SERVICIOS SOCIALES Cláusulas de Ejemplo
SERVICIOS SOCIALES. Se acuerda prorrogar el Convenio suscrito entre la Diócesis xx Xxxxxxxx – Guadalajara y el Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara, para la ayuda en la construcción, rehabilitación y mantenimiento de espacios para el culto y el servicio de la comunidad cristiana en Gua- dalajara para el presente ejercicio 2015. Así mismo se acordó aprobar la distribución de 147.000 euros, según el Anexo I de dicho Convenio y el pago anticipado de las subvenciones para la ejecución de las obras, sujeto a las disponibilidades de Tesorería del Ayuntamiento. – Aprobar la justificación final de la subvención del ejercicio 2014 presentada por la Entidad Xxxx Xxxx Española-Guadalajara del Convenio de Colaboración de fecha 25 xx xxxxx de 2015 por un importe total de 10.000 euros, que tenía por objeto establecer un dispositivo para el apoyo en el desarrollo del proyecto "Promoción del éxito escolar en niños/as en dificultad social". Aprobar un nuevo Convenio de Colaboración para el apoyo en el desarrollo del Proyecto "Promoción del éxito escolar en niños/as en dificultad social". Y conceder una subvención pública a la Entidad Xxxx Xxxx Española –Delegación de Guadalajara, por un importe de 10.000,00 euros para tal fin. – Aprobar la justificación final del convenio de colaboración suscrito el 24 de enero de 2014 entre el Ayuntamiento de Guadalajara y la Entidad Fundación Pía Autónoma de Acción Social y Caritativa año 2000 de Guadalajara, por importe de 12.000 euros y cuyo objeto ha sido contribuir a los gastos habidos en el comedor social, con la finalidad de apoyar a aquellas familias de Guadalajara que se han encontrado en situación precaria como consecuencia de la crisis económica. Aprobar un nuevo convenio de colaboración para atender a las familias en situación de crisis económica de Guadalajara en el comedor social que actualmente tiene en funcionamiento. Y conceder una subvención pública a la Fundación Pía Autónoma de Acción Social y Caritativa Año 2000, por importe de 12.000 euros para tal fin. JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA 00 XX XXXX XX 2015.
SERVICIOS SOCIALES. La Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza, por intermedio del organismo correspondiente, de acuerdo a la reglamentación que a este fin se dicte, prestará los servicios médicos asistenciales a los trabajadores activos y jubilados, pensionados y respectivos familiares a cargo. Estos servicios tendrán alcance de medicina integral dentro de una programática sanitaria moderna. El costo de estos servicios será por cuenta de las entidades en un ochenta por ciento (80%) del mismo, el veinte por ciento (20%) restante será abonado por la Federación a través de un régimen de aportes por coseguros en la provisión de medicamentos y atención médica ambulatoria y a domicilio. En ningún caso el nivel y alcance de los beneficios serán inferiores a los otorgados hasta el presente por los Servicios Sociales según reglamentación aprobada por los cuerpos orgánicos de la FATLyF. Si con la modalidad de coseguros en los rubros mencionados, no se alcanzara a recaudar el veinte por ciento (20%) del gasto de cada ejercicio anual, las entidades se harán cargo de las diferencias correspondientes. A los efectos de mantener vigente y sin interrupción los aportes mensuales por parte de las entidades, se establecerá con anticipación y en base a los gastos por prestaciones médico- asistenciales efectuadas por la FATLyF en el último ejercicio de servicios sociales, el porcentaje de incidencia proporcional al número total de su liquidación y aporte mensual, conforme a los mecanismos fijados por lal ley 18610. Este aporte mensual será en concepto de anticipo, a reajustar trimestralmente, según balance de recursos y gastos de los servicios sociales, en lo que hace a la prestación médico-asistencial y los gastos de administración correspondiente. Al término de cada ejercicio financiero de la FATLyF, se efectuará el reajuste final, prorrateándose las diferencias a cubrir, si las hubiere, a las entidades, en forma proporcional a los trabajadores activos de cada una. Los aportes mensuales deberán ser depositados por las entidades dentro de los cinco (5) días subsiguientes al mes correspondiente. Los ajustes trimestrales y reajuste final del ejercicio, deberán ser depositados dentro de los treinta (30) días subsiguientes a la fecha de entrega por parte de la FATLyF, de los balances y documentación correspondiente en cada caso. Las entidades convendrán con la Federación el régimen de auditoría y sindicatura que permita a las entidades una efectiva y fluida fiscalización contable de las...
SERVICIOS SOCIALES. 6.1.- Conceder subvenciones a 4 asociaciones dentro de la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para realización de actividades dirigidas a desarrollar la iniciativa Bancos del Tiempo en la zona Xxxxx xxx xxxxxxxxx xx Xxxxxx, 2013, por importe de 10.000,00 €.
SERVICIOS SOCIALES. Se garantiza para los distintos conceptos clasificados bajo el epígrafe de Servicios Sociales en el desglose de Gastos de Personal, el mismo nivel de atención y calidad mantenidos durante 2010. En el informe trimestral a los Comités de Empresa se facilitará la evolución de dichos conceptos. La Empresa establece, como filosofía general, que en aquellos Centros de Trabajo que tengan jornadas con interrupción para la comida de hasta una hora, y que el horario de salida rebase las tres y media de la tarde (sin contar flexibilidades o recuperaciones), o tendrá comedor o abonará un suplido por almuerzo. Igualmente, en los casos de doblaje de turno, anticipación del de tarde o prolongación del de mañana, anticipación del de noche o prolongación del de tarde, por necesidades del servicio, la Empresa facilitará comida o cena a los afectados o, cuando ello no fuera posible, las compensaciones económicas correspondientes. Se mantendrán las Comisiones de Servicios Sociales actualmente existentes, que continuarán desempeñando las funciones que les fueran encomendadas.
SERVICIOS SOCIALES. Los miembros en los Comités de Empresa o Delegados de Personal tendrán participación en los órganos colegiados de los servicios sociales y asistenciales de la Empresa Colaboradora, Grupos de Empresa y Plan de Pensiones, dentro de los límites que pudieran establecer las normas que los regulan. La Dirección de RTVE facilitará a los Comités de Empresa o Delegados de Personal la información que posea sobre el funcionamiento y actividades de los mencionados servicios.
SERVICIOS SOCIALES. Se acuerda conceder becas del Proyecto Pigmalión 2.0 a las personas relacionadas a continuación y por los importes indicados, así como aprobar su justificación: BENEFICIARIO/A PUNTOS IMPORTE BECA(*) Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx 3,50 300,00 Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx 4,00 300,00
SERVICIOS SOCIALES. Personal Administrativo
SERVICIOS SOCIALES. 4.1.- Aprobar la convocatoria de subvenciones para mantenimiento de taxis-accesibles, con un gasto de 16.000,00 €. (Expte.:2017/6).
SERVICIOS SOCIALES. La ITAIPU continuará manteniendo los mismos servicios sociales (centros de esparcimientos, educativos, culturales, clubes, bibliotecas, teatros, etc.), en las condiciones actuales, para los empleados y dependientes, quienes podrán tener prioridad en el proceso de tercerización, transferencia o administración de dichos servicios. El valor de estos servicios no forma parte xxx xxxxxxx.
SERVICIOS SOCIALES. 8.1.- Consulta pública previa a la aprobación de las Bases para la concesión de prestaciones económicas de Servicios Sociales.