SISTEMAS DE COMUNICACIONES Cláusulas de Ejemplo

SISTEMAS DE COMUNICACIONES. Además de los sistemas sistema de transmisión radiofónica (Convencional /Trunking) y telefónica, las ambulancias estarán equipadas con un módulo GPS o similar, dedicado a la ubicación y seguimiento vía satélite de cada una de ellas. Dicho módulo entregará los datos de localización y control de las ambulancias tanto al centro de coordinación de la empresa como al Centro de Coordinación de Urgencias, o al que determine la Dirección Territorial del INGESA en Ceuta. La empresa adjudicataria presentará ante la Dirección Territorial del INGESA en Ceuta antes del día 15 del mes siguiente al que se prestó el servicio, los documentos justificati- vos de los servicios efectuados y -en su caso- el conforme del usuario o acompañante, así como relación mensual de los traslados realizados en la que figuren al menos los siguien- tes datos:  Nombre y apellidos.  Número de afiliación.  Domicilio.  Origen y destino del traslado.  Día y hora.  Motivo del traslado.  Tipo de transporte: - Programado PpPPpPl  Matrícula del vehículo que realiza el traslado.  En su caso, las incidencias formuladas por la empresa derivadas de la presta- ción del servicio y valoración de su ejecución. Igualmente será enviado al buzón de correo electrónico de la Dirección Territorial el ar- chivo correspondiente a los servicios prestados, incluyendo para cada servicio información relativa, al menos, a la identificación del paciente, identificación del facultativo prescriptor, origen y destino del traslado, necesidad de retorno, fecha, hora, y tipo de servicio realiza- do. Para los traslados realizados a o desde la península, se añadirá a los registros igualmente información acerca de la hora de salida desde el origen, hora de llegada al Centro de des- tino, hora de retorno desde el Centro de destino y hora de llegada al origen.
SISTEMAS DE COMUNICACIONES. A continuación, se detallan los distintos sistemas de comunicaciones que deberán proveer, instalar y poner en funcionamiento en cada uno de los sitios. Se deberá instalar y poner en funcionamiento un sistema de gestión y administración de equipamiento de comunicaciones, que permita la gestión del mismo, utilizando perfiles por necesidad de gestión (RBAC) y la asignación de estos perfiles a usuarios por medio de grupos (por ejemplo: Directorio Activo, LDAP, RADIUS o equivalente para administración, operación, monitoreo, etc.) Deberá permitir la trazabilidad de los eventos de inicio de sesión como uso de credenciales para ejecución de servicios. Estos eventos deberán ser reportados al Sistema de Registro y Auditoría. Se deberá permitir la segregación de las funciones de al menos usuarios de administración, operadores y monitoreo. Se deberá permitir la parametrización de políticas de usuario y contraseña para cuentas genéricas (no personalizadas) o cuentas de emergencia (root, admin, etc). La DINE deberá contar con acceso sólo lectura al sistema de gestión de equipamiento de comunicaciones desde el comienzo de la implementación de la red de comunicaciones hasta que se retire la misma de servicio. Para cada sitio, se deberá proveer una red de comunicaciones cableada interna que vincule todos los dispositivos de la infraestructura tecnológica mediante redes Ethernet de 1000Mbps o superior, de acuerdo a los estándares vigentes. El cableado será de tipo estructurado, con utilización de rosetas, cableado protegido por cablecanal o pisocanal y patcheras de interconexión que estarán ubicadas en rack estándares de 19". Se utilizarán exclusivamente patchcords ensamblados en fábrica. Todo el cableado deberá ser verificado con instrumentos de medición de cableado UTP. Será deseable la certificación de los puestos de cableados críticos, como por ejemplo los que se utilicen para la red de servidores, almacenamiento y la red de distribución. Todo el equipamiento activo de comunicaciones debe ser administrable e integrarse con un sistema de monitoreo de red a proveer, instalar y poner en funcionamiento por parte de la cocontratante. La DINE deberá tener acceso sólo lectura a dicho sistema. Se deberán segregar en segmentos lógicos de red (VLAN) de acuerdo a los niveles de riesgo identificados. Los segmentos de red se deberán aislar mediante soluciones que permitan controlar el acceso y el tráfico entre los segmentos teniendo en cuenta los siguientes criterios: ● Los responsa...
SISTEMAS DE COMUNICACIONES. Los Centros de Digitación de Telegramas deberán contar con vínculos redundantes que permitan la comunicación con las aplicaciones desplegadas en los Centros de Datos. Se deberán tomar las precauciones respectivas para garantizar el ancho xx xxxxx necesario para las actividades operativas, de manera tal que el acceso a Internet no interfiera con las mismas. En los Centros de Datos Internos (CDI) se desplegarán los sistemas electorales y complementarios. Se utilizarán dos ubicaciones a los fines de garantizar la disponibilidad de los sistemas electorales y complementarios. Se deberán adjuntar a la propuesta técnica el detalle de marcas y modelos del equipamiento tecnológico (procesamiento, almacenamiento, comunicaciones y seguridad) a desplegar en los Centros de Datos Internos.
SISTEMAS DE COMUNICACIONES. El Centro de Difusión de Resultados deberá contar con sistemas de comunicación redundante de proveedores independientes que permitan la actualización de datos desde el Sistema de Publicación de Resultados, como también el acceso a Internet para los y las asistentes. Se deberán tomar las precauciones respectivas para garantizar el ancho xx xxxxx necesario para la replicación de datos en el CDR, de manera tal que la difusión de resultados no se vea afectada por el consumo de ancho xx xxxxx de Internet. La presentación de resultados deberá ser clara, legible, accesible y adaptada específicamente al tipo de usuario y diferentes formatos de presentación que se establezcan. En todos los formatos de presentación que se establezcan, incluidos los informes, deberá aparecer la fecha y hora asociada a la información que se está presentando. La presentación de los resultados en distintos sistemas deberá estar centralizada, de manera que las actualizaciones se produzcan de forma simultánea. El tiempo de actualización máximo esperado será de 5 minutos. La Dirección Nacional Electoral evaluará y aprobará, asimismo, el diseño y contenido de todos los medios de difusión del recuento provisional de resultados que se detallan. El Sistema de Publicación de Resultados deberá estar disponible al menos hasta 30 días corridos después de cada elección. Se diseñará un árbol de contenidos que permita una navegación ágil para los usuarios y cuyas páginas puedan ser visualizadas de manera correcta por los navegadores más comunes, y diversos dispositivos como tabletas, teléfonos inteligentes y computadoras personales, presentando elementos gráficos diversos, debiendo tenerse en cuenta que el número de archivos de imagen por página sea el adecuado para que el tiempo de descarga sea breve. La aplicación web deberá contemplar los estándares de accesibilidad web aprobados en Argentina (disposición 6/2019 Oficina Nacional de Tecnologías de la Información, Jefatura de Gabinete de Ministros). Debe permitir a la ciudadanía la visualización de datos del recuento provisional, incluyendo al menos las siguientes consultas: ● Datos generales sobre el acto electoral, correspondientes al nivel de desagregación geográfica en que se efectúe la consulta (total país, distrito, sección electoral, etc., hasta nivel mesa). ○ cantidad de electores habilitados según el padrón nacional vigente. ○ cantidad de mesas habilitadas. ○ cantidad de mesas computadas y faltantes. ○ porcentaje de mesas computadas calcula...
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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.