SOLUCIÓN DIRECTA Cláusulas de Ejemplo

SOLUCIÓN DIRECTA. Las diferencias que se presenten con ocasión de la ejecución del contrato se someterán a arreglo directo entre las partes, de no ser posible lo anterior, se sujetarán al mecanismo alternativo de solución de conflictos conocido como la conciliación que se surtirá ante el centro de conciliación habilitado para ello.
SOLUCIÓN DIRECTA. Antes de acudir a la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, las partes intentarán solucionar las controversias surgidas con ocasión del contrato a través de la utilización de mecanismos de solución de conflictos como el acuerdo, la transacción, la conciliación o la amigable composición, de conformidad con lo señalado en el artículo 68 de la ley 80 de 1993.
SOLUCIÓN DIRECTA. De manera directa y sin intermediario, cualquiera de las partes formulará por escrito a la otra la invitación a intentar un arreglo directo, describiendo en qué consiste la diferencia y determinando el modo, el día, la hora en que propone celebrar la reunión. Las Partes realizarán sus mejores esfuerzos para que en un término de cinco (5) días calendario se reúnan para solucionar sus diferencias y quince (15) días para que se logren las negociaciones necesarias por parte de los representantes legales para obtener una solución favorable. Si dentro del plazo establecido no se llegare a un acuerdo, las Partes podrán acudir a la demás instancias a las que se hace referencia en el Contrato.
SOLUCIÓN DIRECTA. Las diferencias que surjan con ocasión del presente contrato se sujetarán a los siguientes mecanismos alternativos de solución de conflictos: a. El acuerdo. b. La transacción. c. La conciliación .d. La amigable composición.
SOLUCIÓN DIRECTA. Las diferencias que se presenten con ocasión de la ejecución del contrato se sujetarán al mecanismo alternativo de solución de conflictos: Conciliación, el cual se surtirá únicamente con el Procurador Delegado ante el Tribunal Administrativo de Antioquia, de acuerdo a la Ley 1285 de 2009.
SOLUCIÓN DIRECTA. Las diferencias que se presenten con ocasión de la ejecución del contrato se sujetarán al mecanismo alternativo de solución de conflictos conocido como la conciliación que se surtirá ante la Cámara de Comercio de Medellín.

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  • Contratación Directa Definición Modalidad mediante la cual EL FONDO contratará de manera directa a la persona natural o jurídica que cumpla con los requisitos previstos en los TCC. a) Contratos cuya cuantía sea igual o inferior a 1.000 SMLMV. b) Contratos o Convenios que se celebren con otras entidades públicas, siempre que el objeto de la entidad contratada tenga relación directa con el objeto a contratar. c) Contratos para el desarrollo de actividades científicas o tecnológicas. d) Contratos para la ejecución de actividades que puedan encomendarse a determinadas personas, en consideración a las calidades técnicas, de experiencia y amplio reconocimiento en el mercado de la persona natural o jurídica a contratar debidamente justificada. e) Contratos de prestación de servicios profesionales y los relacionados con actividades operativas, logísticas o asistenciales. f) Contratos de Consultoría. g) Contratos para el desarrollo de actividades de acompañamiento social o para el desarrollo de proyectos de reactivación socio económica en los territorios objeto de intervención. h) Contratos para la proveer soluciones de vivienda. i) Contratos de arrendamiento, comodato y adquisición de bienes inmuebles. j) Cuando el estudio xx xxxxxxx demuestre que sólo hay una persona con capacidad para proveer el bien o servicio, por ser el titular o representante de los derechos de propiedad industrial, propiedad intelectual o de los derechos de autor o por ser, de acuerdo con la ley, su proveedor exclusivo. k) Cuando no se presente propuesta alguna o se declare fallida la invitación abierta o la cerrada. a) Con base en el certificado de idoneidad del contratista expedido por el gerente o su delegado o subgerente o jefe de oficina, según corresponda, se identificará el proponente que será invitado a presentar oferta. b) El competente contractual del Fondo mediante comunicación escrita extenderá invitación a presentar oferta, la cual deberá estar acompañada de los respectivos TCC. c) El invitado deberá presentar su oferta en las condiciones y plazos que para el efecto señalen los TCC. d) Una vez recibida la oferta, el Representante Legal o su delegado mediante comunicación escrita comunicará al invitado dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al recibo de la oferta, la aceptación o no de la misma. e) Se exceptúan del presente procedimiento, los contratos de prestación de servicios profesionales y los relacionados con actividades operativas, logísticas o asistenciales y las consultorias, a suscribirse con personas naturales, en los cuales, la invitación a presentar oferta, los respectivos TCC y el Certificado de Idoneidad del Contratista, deberán ser suscritos por gerente o su delegado o subgerente o jefe de oficina, según corresponda, que requiera la contratación. Particularidades En aplicación de los principios de la función administrativa contenidos en el artículo 209 de la Constitución Política, cuando por las características del objeto a contratar, el impacto nacional o regional de su ejecución o la naturaleza del contrato, se considere conveniente contar con un número mayor de oferentes posibles, el FONDO tendrá la potestad de adelantar procesos de Invitación Abierta, en el rango de cuantía prevista para la modalidad de selección de Invitación Cerrada, lo cual deberá justificarse en los TCC. 00.Xx requerirá autorización del Consejo Directivo para la contratación directa prevista en las causales contenidas en los literales d), e), f) e i) del presente instructivo, en aquellos casos en que la cuantía del futuro contrato, supere los 20.000 SMLMV. 28.También se requerirá autorización del Consejo Directivo tratándose de contratos para operaciones de crédito y sus actividades conexas. 00.Xx invitarán a presentar oferta en el proceso de contratación directa a las personas naturales y jurídicas que este en capacidad de responder a las necesidades de la Entidad.

  • CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL El operador económico solo debe facilitar información cuando se exija el cumplimiento de los criterios de selección (requisitos de solvencia) en cuestión en el anuncio de licitación y en la cláusula 21.2 de de condiciones específicas del contrato. Capacidad Técnica y profesional Respuesta

  • Adjudicación directa Menor asimilado 410.578,10 410.578,10 Informa Middle East Limited 06/10/2021 27/10/2021 24/01/2022 27/01/2022 0,13 1 183/2021 SER Servicio de vigilancia que permite asegurar la actualización permanente y contrastar con la base de datos de INFORMA D&B, campos de información clave de las entidades/empresas españolas clientes de ICEX incluidos en la base de datos corporativa de CRM. Adjudicación directa Menor asimilado 22.400,00 22.400,00 Informa D&B, S.A. 27/10/2021 27/10/2021 15/11/2021 14/11/2022 12,00 1 205/2021 SER Xxxxxxxxxx Xxxxx Internacional de la Defensa y Seguridad (FEINDEF) que se celebrará en Madrid los días 3, 4 y 5 de noviembre de 2021 Adjudicación directa Menor asimilado 25.000,00 25.000,00 Metalia Gestión Integral, S.L. 27/10/2021 27/10/2021 27/10/2021 05/11/2021 0,33 1 176/2021 SER Copatrocinio de la VI edición International Wine Challenge Awards de España que se celebrará el 22 de noviembre en Madrid Adjudicación directa Menor 14.500,00 14.500,00 Xxxxx Xxxxx Comunicaciones, S.L. 29/10/2021 29/10/2021 29/10/2021 29/11/2021 1,03 1 071/2021 SER Contratación de los servicios de traducción de los contenidos del sistema de información de ICEX. Licitación Abierto 140.000,00 85.321,22 Linguaserve Internacionalizació n de Servicios, S.A 28/10/2021 02/11/2021 03/11/2021 03/11/2023 24,03 1 069/2021 SER Adaptación en la herramienta GC- épsilon a los requerimientos del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, sobre la Igualdad retributiva entre hombres y mujeres, que entró en vigor en mes xx xxxxx de 2021. Adjudicación directa Menor 14.865,00 14.865,00 Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, S.A. 04/11/2021 04/11/2021 04/11/2021 31/12/2021 1,92 1 Nº REGISTRO TIPO DE CONTRATO OBJETO DEL CONTRATO FORMA DE ADJUDICACIÓN PROCEDIMIENTODE ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO DE LICITACION (€) SIN IVA IMPORTE DE ADJUDICACIÓN (€) SIN IVA ADJUDICATARIO FECHA ADJUDICACIÓ N FECHA FIRMA CONTRATO FECHA INICIO CONTRATO FECHA FIN CONTRATO PLAZO EJECUCION (Meses) Nº OFERTAS 184/2021 SER Transporte de la mercancía a exhibir en la JTEC Y EXPOSICIÓN DISEÑO HÁBITAT PARÍS a celebrarse en la Embajada de España en París (Francia) el día 14 de diciembre de 2021 Selección de Ofertas Menor 7.000,00 5.207,25 AGS Mudanzas Intenacionales, S.L. 08/11/2021 10/11/2021 10/11/2021 31/12/2021 1,72 N/A INC 00000696 CTO 235/2018 SER Servicio de Prevención Ajeno 2022 Prórroga Procedimiento Simplificado CON publicidad N/A 21.952,95 Quirón Prevención, S.L. 20/10/2021 04/11/2021 01/01/2022 31/12/2022 12,00 N/A 187/2021 SER Reserva de espacio del Pabellón de España en la feria MEDLAB XXXXXX XXXX 0000, a celebrar en Dubái (E.A.U.) del 24 al 27 de enero del 2022. Adjudicación directa Menor asimilado 82.728,00 82.728,00 Informa Middle East Limited 06/10/2021 08/10/2021 24/01/2022 27/01/2022 0,13 1 INC. 00000679 CTO. 166/2019/3 SER Transporte de las mercancías a exhibir en la EAT & DRINK SEMINAR que tendrá lugar en Tokio (Japón) el 9 de noviembre de 2021 y que sustituye a la SPAIN WINE & SPAIN GOURMET FAIR y para la feria FOODEX a celebrar en Tokio (Japón) del 9 al 12 xx xxxxx de 2022. Tasas Covid impuestas por las autoridades Japonesas para la ejecución del Contrato. Prórroga Abierto N/A 37.000,00 Expotransit Events Logistics, S.L. 14/09/2021 24/09/2021 09/10/2021 13/03/2022 5,16 N/A INC. 00000685 CTO. 343/2019/1 SER Transporte de Mercancías a exhibir en la edición del 2022 de las ferias: - FPO ISM 2022 -Colonia (Alemania) – (Del 30 de enero al 02 de febrero 2022) - EESP VYNOS DIENOS 2022 – Vilnius (Lituania) – mayo 2022) - FPO PROWEIN 2022 – Düsseldorf (Alemania) – (Del 27 al 00 xx xxxxx xx 2022) - SIAL 2022 -París (Francia) – (Del 15 al 00 xx xxxxxxx xx 0000) Xxxxxxxx Abierto N/A 38.500,00 Euroexpress, S.A. 06/10/2021 12/11/2021 30/12/2021 19/10/2022 9,66 N/A 104/2021 SER Contratación de un servicio de apoyo en el seguimiento y control del servicio ICEX-eMarket Services de Consultoría Estratégica en Venta Online Internacional, así como de optimización de la metodología empleada y de sus respectivos modelos de prestación de servicio, gestión y control. Licitación Abierto 130.239,67 107.464,55 Innova Next, S.L 25/10/2021 02/11/2021 02/11/2021 01/01/2023 14,00 N/A INC. 00000664 CTO. 213/2019 SER Decoración de la feria WEB SUMMIT que se celebrará en Xxxxxx xxx 0 xx 0 xx xxxxxxxxx xx 0000 Xxxxxxxx Abierto N/A 21.626,78 Ferias, Congresos y Exposiciones Saypa, S.L 15/06/2021 09/09/2021 09/09/2021 05/11/2021 1,92 N/A

  • Grupos profesionales Cada grupo profesional contendrá puestos de trabajo en los que se deberán cumplir en todo momento las funciones asignadas y la titulación y experiencias requeridas en el listado contenido en el anexo I de este mismo convenio colectivo. El listado contenido en dicho anexo I no es exhaustivo ni excluyente, por lo que el mismo podrá ser modificado y/o ampliado en función de nuevas necesidades. Caso de que se produzcan nuevos requerimientos profesionales para alguno de los puestos de trabajo ya existentes o se precise realizar una descripción de funciones puestos de trabajo, la comisión paritaria del mismo, podrá decidir la modificación y/o inclusión en el grupo profesional y área profesional correspondiente, y en cuanto a la descripción de sus funciones, en el anexo I del presente convenio colectivo. Aquellas entidades o empresas que tengan puestos de trabajo con funciones definidas en este convenio colectivo deberán cumplir con lo aquí establecido ya que ésta es materia indisponible en la negociación de ámbito inferior al mismo. En caso de duda en alguna entidad o empresa del sector sobre lo regulado en el presente artículo se podrá requerir resolución al respecto por parte de la comisión paritaria. Desde el momento en que exista un trabajador que realice de forma habitual las funciones de uno de los puestos de trabajo descritos en el Anexo I, el mismo habrá de ser remunerado, por lo menos, con la retribución que se establece para el Grupo Profesional en el que el mismo resulta encuadrado. Los grupos profesionales son los siguientes: Grupo profesional 1: Personal encargado de tareas que requieran máximos niveles de complejidad y autonomía, normalmente con formación universitaria de grado o equivalente o, en su defecto, con cualificación y experiencia contrastadas para el desempeño de su profesión. El contenido general de la prestación viene definido por funciones que requieren un alto grado de autonomía, conocimientos profesionales y responsabilidades que se ejercen sobre uno o varios departamentos o secciones de la organización. Parten de directrices muy amplias, debiendo dar cuenta de su gestión a los directores de las áreas de actividad o departamentos existentes. Sus funciones consisten en la realización de tareas complejas y diversas, con objetivos definidos y con alto grado de exigencia en autonomía y responsabilidad. Se incluyen, además, la realización de tareas complejas que pueden o no implicar responsabilidad de supervisión de otros puestos de trabajo y que, en todo caso, exigen un alto contenido intelectual o de interrelación humana. Pueden desarrollar la coordinación de colaboradores en su ámbito funcional o de actividad. Este grupo además será el único desde el que se podrá acceder a alguna de los puestos de trabajo directivos que son de libre designación y que quedan establecidos este convenio colectivo. cve: BOE-A-2022-20526 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx En todo caso, se respetarán las exigencias de titulación específica para el desempeño de su profesión, en todos los puestos que así esté establecido por normativa legal. Este grupo se dividirá en dos subgrupos dependiendo de los requerimientos profesionales y formativos requeridos para el desempeño del puesto de trabajo y venga recogido dentro de las competencias del catálogo nacional de clasificación profesional: Subgrupo 1.A Títulos de Grado universitario con especialización obligatoria a través de máster universitarios vinculados al desempeño de su labor profesional: En este grupo se incluyen los profesionales que a la entrada en vigor de este convenio estén contratados y ejerciendo sus funciones como licenciados y aquellos que se les exija para el cumplimiento de sus funciones un grado más máster: A título orientativo podemos mencionar los puestos de: psicólogos clínicos, médicos, psiquiatras, etc. Subgrupo 1.B Títulos de Grado universitario vinculados al desempeño de su labor profesional: A título orientativo podemos mencionar los puestos de: economista, educador social, técnico de relaciones laborales, psicólogo, trabajador social, abogado, psicopedagogo, sociólogo, educador (categoría a extinguir), mediador social, maestro, profesor, DUE, informático, administrador, etc. Grupo profesional 2: Personal encargado de tareas que requieran niveles medios de complejidad y autonomía; normalmente con niveles de formación altos (ciclos formativos de grado superior, bachillerato, certificados de profesionalidad de grado superior) y/o cualificación y experiencia contrastadas para el desempeño de las mismas. Este grupo profesional contiene puestos de trabajo que exigen la comprensión y dominio de fundamentos teóricos y prácticos. Las decisiones que se toman y su nivel de autonomía están relacionadas con la aplicación de sistemas, pautas, procedimientos y métodos de trabajo previamente definidos. Funciones: Consisten en la realización de tareas de complejidades medias y caracterizadas por el desempeño de un conjunto de actividades profesionales operativas bien determinada, con la capacidad de utilizar instrumentos y técnicas que conciernen principalmente a un trabajo de ejecución, que puede ser autónomo en el límite de dichas técnicas. Estas actividades se circunscriben a áreas de especialización profesional. Formación: Formación profesional superior o de grado medio, o formación académica equivalente o en su defecto, con conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión, complementados con conocimientos adquiridos por demostrada experiencia en su puesto de trabajo y con formación específica necesaria para desarrollar la función el puesto de trabajo. A título orientativo podemos mencionar los puestos de: monitores de taller, auxiliar técnico educativo, mediador intercultural, mediador social, técnico en integración social, técnico en animación socio-cultural, técnico de administración y finanzas, etc. Los profesionales que desempeñen funciones de atención directa a los menores en centros residenciales de protección y/o reforma estarán bajo la supervisión del equipo educativo. Siendo el puesto de trabajo de referencia para estos casos el de Auxiliar Técnico Educativo. Grupo profesional 3: Este grupo profesional contiene puestos de trabajo que se encargan de tareas que requieren niveles ordinarios de complejidad, responsabilidad y autonomía; normalmente con unos niveles de formación medios o básicos, no universitaria (ciclos formativos de grado medio, certificados de profesionalidad), bachillerato y/o cualificación y experiencia contrastadas para el desempeño de las mismas. La autonomía y complejidad vienen dadas por el propio marco normativo o procedimental de las actividades y pueden tener responsabilidad operativa de actualización, tratamiento, disponibilidad y control de la información, documentación, especialmente en los puestos de apoyo administrativo. Su responsabilidad está limitada por una supervisión directa y sistemática. cve: BOE-A-2022-20526 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Funciones: tareas consistentes en la ejecución de actividad que, aun cuando se realicen bajo instrucciones precisas, requieren adecuados conocimientos profesionales y aptitudes prácticas. Requieren conocimientos, destreza y dominio dentro de su especialidad enmarcada en un área de actividad funcional. Ejecutan actividades auxiliares y de soporte o apoyo a otros puestos o proyectos, correspondientes a procesos normalizados y bien definidos. A título orientativo: auxiliar de servicio de tareas, auxiliar socio-sanitario, cocinero, ayudante de cocina, personal de mantenimiento, auxiliar administrativo, controlador/TAI/ auxiliar de control educativo, etc. Grupo profesional 4: Este grupo profesional contiene puestos de trabajo que se encargan de tareas que requieren bajos niveles de complejidad, responsabilidad y autonomía; normalmente con unos niveles de formación básicos o sin formación o, simplemente, con cualificación y experiencia contrastadas para el desempeño de las mismas. Normalmente serán puestos de soporte auxiliar que siguen rutinas e instrucciones concretas simples y repetitivas. Funciones: tareas que consisten en actividades realizadas siguiendo un método de trabajo preciso, con alto grado de supervisión. Exigen conocimientos profesionales de carácter elemental y un periodo breve de adaptación. A título orientativo: Personal de limpieza y lavandería, auxiliar de apoyo, ordenanza, conserje, portería, personal xx xxxxxxx y repartidor, telefonista, etc.

  • Promoción profesional En los procesos de selección y contratación del personal, Xxxx Xxxx en la Comunidad de Madrid se regirá por los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad, objetividad, no discriminación e igualdad de oportunidades, garantizando el acceso al empleo en igualdad de condiciones de los grupos más vulnerables y seguirá los protocolos establecidos por Xxxx Xxxx Española en la Comunidad de Madrid y la legislación y acuerdos vinculantes al respecto. En aras de garantizar la máxima transparencia, el comité de empresa participará de forma efectiva, con voz y voto, en la comisión de selección, así como en los tribunales y pruebas que se consideren pertinentes hacer. Dichas comisiones o tribunales estarán representadas por una persona del departamento o servicio, otra de recursos humanos y otra del comité de empresa. 1. La Institución se compromete a la cobertura de los puestos de trabajo y a la promoción profesional según lo establecido en el Art. 7 del presente convenio y Anexo 1. No obstante, en virtud de su capacidad organizativa, la dirección de la Institución se reserva el derecho a la cobertura de cargos de confianza o de especial cualificación a través del sistema que considere pertinente o incluso a través de la contratación externa. siempre de acuerdo al sistema preestablecido de ingreso del personal, donde sólo se excluyen aquellos que, por contrato y funciones de dirección, así lo reflejen en acuerdos entre partes o contratos de alta dirección. A efectos de promoción profesional dentro del mismo grupo, la dirección articulará un procedimiento, con la misma composición del comité de selección de personal con participación activa del comité de empresa, que permita la valoración objetiva del desempeño de la plantilla y la revisión de los criterios de valoración del desempeño y el resultado de la misma. 2. Superado el proceso de convocatoria interna y desde el momento que se inicie el ejercicio real del puesto, el personal laboral y la Institución dispondrán de un periodo de prueba de 3 meses en el que la persona conserva su derecho al reingreso en su puesto anterior. Superado este periodo de prueba, el trabajador/a no podrá presentarse a nuevo proceso de convocatoria interna hasta haber transcurrido un año natural desde el inicio en el ejercicio del puesto a no ser por causas justificadas, que tendrán que ser oídas y también comunicadas en plazo y forma adecuada a la Institución y el comité de empresa.

  • ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS EL CENACE" designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato al C. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXX , en su carácter de SUBGERENTE de Tecnologías de Información y Comunicaciones de la Subgerencia de Administración de la Gerencia de Control Regional Central, con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la prestación de los servicios o de su personal. Asimismo, "EL CENACE" sólo aceptará la prestación de los servicios materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. Los servicios serán recibidos previa revisión del administrador del contrato; que consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato y en su caso en los anexos respectivos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, la prestación de los servicios, no se tendrán por aceptados por parte de "EL CENACE". Contrato: 2021 -A-A-NAC-A-C-18-TQM-00002650 "EL CENACE", a través del administrador del contrato o a través del personal que para tal efecto designe, podrá rechazar los servicios si no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato y en su Anexo técnico, obligándose "EL PROVEEDOR" en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para "EL CENACE".

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 01/24/2024 01/25/2024 24/09/2024 TATIANA MARGARITA BALLESTEROS JIMENEZ CÉDULA DE CIUDADANÍA 33025551 5 INVERSIÓN 2942024 CONTRATACIÓN DIRECTA 2942024 https://community.secop.gov.co/Public/Te ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5492758&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 96.000.000 Prestar servicios profesionales para ejecutar el ciclo de desarrollo de software y dar soporte en el Aplicativo Klic de la Agencia de Desarrollo Rural. PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 01/25/2024 01/29/2024 28/09/2024 ALVARO FERNANDO RAMIREZ RAMIREZ CÉDULA DE CIUDADANÍA 80513779 1 INVERSIÓN No. PROCESO MODALIDAD CONTRATO No. PUBLICACIÓN SECOP VALOR DEL CONTRATO OBJETO CLASE DE CTO FECHA DE SUSCRIPCION INICIO DD/MM/AA PLAZO DE EJECUCION DD/MM/AA NOMBRE DEL CONTRATISTA TIPO DE IDENTIFICACIÓN CONTRATISTA No. DE IDENTIFICACION DV RUBRO 2952024 CONTRATACIÓN DIRECTA 2952024 https://community.secop.gov.co/Public/Te ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5494070&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 87.200.000 Prestar servicios profesionales a la Oficina Jurídica en la proyección, revisión y seguimiento al trámite de actos administrativos, atención de consultas jurídicas y las demás actuaciones administrativas necesarias para la ejecución de los proyectos de inversión que financian el contrato. PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 01/23/2024 01/25/2024 24/09/2024 IVON MARCELA VARGAS CARREÑO CÉDULA DE CIUDADANÍA 37844177 1 INVERSIÓN 2962024 CONTRATACIÓN DIRECTA 2962024 https://community.secop.gov.co/Public/Te ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5512350&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 96.000.000 Prestar servicios profesionales a la oficina de tecnologías de la información en Arquitectura de sistemas de información y adelantar el ciclo de desarrollo de software para los sistemas de información de la Agencia de Desarrollo Rural. PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 01/26/2024 01/29/2024 28/09/2024 HERNAN JUSTINO RODRIGUEZ ERASO CÉDULA DE CIUDADANÍA 75104171 1 INVERSIÓN 2972024 CONTRATACIÓN DIRECTA 2972024 https://community.secop.gov.co/Public/Te ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5512095&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 52.000.000 Prestar servicios profesionales a la oficina de tecnologias de la informacion en el diseño e implementacion del marco de interoperabilidad de los sistemas de Información de la Agencia de Desarrollo Rural. PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 01/25/2024 01/26/2024 25/09/2024 LUIS FERNANDO BARAJAS DUARTE CÉDULA DE CIUDADANÍA 80921755 5 INVERSIÓN 2992024 CONTRATACIÓN DIRECTA 2992024 https://community.secop.gov.co/Public/Te ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5535774&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 96.000.000 Prestar servicios profesionales a la oficina de tecnologías de la información ejecutando el ciclo de desarrollo de software y soporte para los desarrollos asignados de los Aplicativos de la Agencia de Desarrollo Rural. PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 01/30/2024 02/01/2024 30/09/2024 JOSE FERNANDO MONSALVE GOMEZ CÉDULA DE CIUDADANÍA 74373857 4 INVERSIÓN 3002024 CONTRATACIÓN DIRECTA 3002024 https://community.secop.gov.co/Public/Te ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5472483&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 105.800.000 Prestar sus servicios profesionales como abogado, apoyando en el impulso, trámite, sustanciación, expedición de autos y demás actos administrativos, en la etapa de instrucción de los procesos disciplinarios radicados y por radicar ante la autoridad que ejerza la función de instrucción disciplinaria dentro de la Agencia de Desarrollo Rural,de conformidad con la normatividad vigente, así como las directrices y políticas definidas por la entidad.

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • MEDIOS HUMANOS La empresa adjudicataria deberá facilitar al MUSEO la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en el edificio. La empresa adjudicataria deberá designar una persona responsable, que debe poseer un título de ingeniero/a técnico/a o superior y con experiencia en mantenimiento y en gestión de instalaciones térmicas y eléctricas en edificios. Actuará como responsable del servicio frente al MUSEO y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por este. Será la persona encargada de la relación con las/os responsables del MUSEO, emitiendo, además, informes trimestrales que recojan todas las incidencias habidas en las instalaciones, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etc. La empresa adjudicataria se asegurará de que todos/as los/as miembros de su equipo conozcan los términos del contrato. La empresa adjudicataria no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato. Durante los períodos vacacionales xx xxxxxxx, semana santa y verano, la empresa adjudicataria no paralizará su coordinación con el MUSEO, por lo que deberá tener el personal suficiente en activo. La empresa adjudicataria se compromete a que, en los supuestos de vacaciones, bajas del personal u otras circunstancias análogas, dichas plazas quedarán cubiertas con personal sustituto de igual titulación o capacidades. Todas las altas, bajas, situaciones análogas, y cambios en las actividades desarrolladas por el personal adscrito al contrato serán puestas en conocimiento del MUSEO. Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos/as trabajadores/as y el MUSEO, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior. Todos/as los/as trabajadores/as deberán estar debidamente asegurados/as en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, relevando de toda responsabilidad al MUSEO, y debiendo la empresa adjudicataria poner a disposición del MUSEO, de forma trimestral, las documentaciones mensuales que lo certifiquen. El MUSEO deberá ser consultado sobre cualquier cambio de cualificación que afecte a trabajadoras/es adscritas/os al contrato. Todo el personal de la empresa adjudicataria que vaya a participar en actividades bajo el objeto del presente pliego, podrá recibir formación por parte del MUSEO sobre cuestiones que se consideren de vital importancia para el desarrollo de los trabajos con las más altas cotas de excelencia. La formación impartida por el MUSEO o por terceras personas facilitadas por el MUSEO se considera obligatoria, y no supondrá gasto para la empresa adjudicataria, exceptuando la liberación del tiempo necesario para la misma a su personal.

  • Cohecho a servidores públicos extranjeros Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: