SUBCONTRATACIÓN O CESIÓN. Queda prohibida la subcontratación o cesión del Acuerdo Marco, en ambos casos, sin la previa autorización fundada de la misma autoridad que dispuso su adjudicación. El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. La inobservancia a esta estipulación faculta a rescindir de pleno derecho el contrato por culpa del proveedor, con pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato.
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Samples: Acuerdo Marco De Suministro, Acuerdo Marco, Acuerdo Marco Informático
SUBCONTRATACIÓN O CESIÓN. Queda prohibida la subcontratación o cesión del Acuerdo Marco, en ambos casos, sin la previa autorización fundada de la misma autoridad que dispuso su adjudicación. El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. La inobservancia a de esta estipulación faculta a rescindir de pleno derecho el contrato por culpa del proveedor, PROVEEDOR SELECCIONADO con pérdida de la garantía de cumplimiento de del contrato.
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Samples: Disposición, Disposición