TARIFAS DEL SERVICIO. IMATEL cobrará al Cliente las tarifas indicadas en el presente Contrato y el resto de tarifas vigentes en cada momento disponibles en xxx.xxxxxx.xx. El Cliente podrá, con carácter previo a la contratación conocer las tarifas a las que se acoge al contratar el Servicio a través de la página web de IMATEL, pudiendo ser descargada en formato de archivo digital desde esa misma página por el Cliente. En caso de que el Cliente solicite dicha información por escrito, IMATEL se la facilitará sin que el Cliente tenga que afrontar ningún gasto. Cualquier modificación en las tarifas será comunicada al Cliente con al menos 30 días de antelación a la fecha de entrada en vigor. La modificación de las tarifas dará derecho al Cliente a resolver el Contrato. EL Cliente satisfará a IMATEL los importes correspondientes a los servicios contratados de acuerdo con los siguientes conceptos:
TARIFAS DEL SERVICIO. Las tarifas a aplicar en las consumiciones que se produzcan en el Hogar del Jubilado deberán estar expuestas al público debiendo ser fácilmente visibles para todo aquel que acceda al local, y deberán ser comunicadas al Ayuntamiento. Del mismo modo, se deberán exponer y notificar las modificaciones.
TARIFAS DEL SERVICIO. El Ayuntamiento aprobará, de conformidad con las disposiciones vigentes, las tarifas por la prestación de los servicios de suministro de agua y demás prestaciones complementarias definidas y detalladas en el artículo 1. Las tarifas a aplicar, desde el inicio del contrato, serán las siguientes: Cuota de enganche: 150,00 € Mínimo semestral sin consumo: 12,00 € Consumo semestral hasta 60 m3: 25,00 € Consumo semestral de más de 60 m3: 1,00 €/m3, excepto para las industrias que será de 0,95 €/m3.
TARIFAS DEL SERVICIO. 52 ANEXOS
A.1.1.- Presupuesto inicial del Contrato (Año 1) 54
A.1.2.- Presupuesto Ampliación (Año 4) 55
A.1.3.- Evolución anual del Contrato (8 primeros años) 56 ANEXO 2.- NORMATIVA DE APLICACIÓN 57 ANEXO 3.- LISTADO DE PERSONAL A SUBROGAR POR EL ADJUDICATARIO 59 ANEXO 4.- REQUISITOS EN MATERIA DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES, RUIDO Y VIBRACIONES 60
TARIFAS DEL SERVICIO. Se acompaña el Proyecto de Explotación con un ejemplo básico y simplificado de estudio de tarifas del servicio, derivadas del Presupuesto Base de Licitación. Las tarifas finales del servicio se desarrollarán posteriormente por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx tras la adjudicación del Contrato.
X. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Ingeniero Industrial Aprobado por:
TARIFAS DEL SERVICIO. Las tarifas para la prestación del servicio serán las aplicables en cada momento por la Ordenanza Municipal aprobada por el Ayuntamiento. Las tarifas serán notificadas al concesionario quien tendrá la obligación de aplicarlas.
TARIFAS DEL SERVICIO. Por la utilización de NUESTROS SERVICIOS, el Usuario pagará las tarifas estimadas al momento de la contratación del servicio sin generar ningún tipo de deducción. Sistemas Maestros de Información S.A se reserva el derecho de ajustar las tarifas en cualquier momento como respuesta a variaciones en tipo de cambio, circunstancias xxx xxxxxxx, funcionalidad de la aplicación, requerimientos específicos del Usuario o simple decisión empresarial. La continuación del uso del servicio será considerada como aceptación de las nuevas tarifas. El vencimiento del período de pago será definido al momento de la contratación del servicio. Las tarifas expresadas no incluyen impuesto, de forma tal que, en caso de cambio normativo o similar, este monto deberá ser revisado. Cualquier impuesto que el Usuario deba cancelar no será responsabilidad de Sistemas Maestros de Información S.A. Cualquier tarifa, retención, obligación fiscal, impuestos requeridos por cualquier gobierno y relacionados con los servicios provistos, no serán responsabilidad por parte de Sistemas Maestros de Información S.A, con la única excepción de las obligaciones fiscales específicas de Sistemas Maestros de Información S.A por concepto de ganancia neta. Para cambios en las tasas de suscripción, Sistemas Maestros de Información S.A realizará los esfuerzos comerciales razonables para otorgarle al El Usuario una notificación treinta (30) días antes del cambio de las tasas de suscripción.
TARIFAS DEL SERVICIO. 2.1 ACNET y EL CLIENTE acuerdan que el servicio objeto del presente Anexo lo constituye: (i) el Servicio de telefonía local fija y móvil, y (ii) el Servicio de larga distancia internacional.
2.2 ACNET y EL CLIENTE acuerdan que las Tarifas, Rentas Mensuales, Gastos de Instalación y Equipo de los Servicios citados en el numeral 2.1 anterior, son los siguientes:
TARIFAS DEL SERVICIO. Las tarifas a aplicar en las consumiciones que se produzcan en el Hogar del Jubilado deberán estar expuestas al público debiendo ser fácilmente visibles para todo aquel que acceda al local.
TARIFAS DEL SERVICIO. Recursos humanos