OBLIGACIONES “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a: A) Prestar sus servicios en la forma, en el tiempo y en los lugares convenidos o que se requieran de acuerdo a las indicaciones señaladas por el “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, utilizando todos sus conocimientos en el desempeño de sus actividades y haciéndose responsable en consecuencia de su negligencia, impericia o dolo en el desempeño de las mismas. B) No ceder en forma parcial o total a favor de cualquier otra persona física o moral sus derechos y obligaciones derivados de este contrato, con excepción de los derechos de cobro sobre las facturas, en cuyo caso deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”. C) Respetar en todo momento las disposiciones normativas que en materia electoral rigen en el Estado de Coahuila xx Xxxxxxxx. D) Adjuntar el tarifario comercial de cada uno de los productos y servicios ofrecidos, el cual quedará sujeto a su revisión y negociación correspondiente atendiendo al artículo 22 de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila xx Xxxxxxxx. E) Todos los permisos que para el desarrollo de los trabajos objeto de este contrato sea necesario obtener, gestionar o tramitar, correrán a cargo de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, quien asimismo se hará cargo del pago de los impuestos, derechos federales, estatales y municipales que para dichos efectos requiera.
OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA A más de las obligaciones señaladas en el numeral 5.1 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato, las siguientes: 5.1 El contratista se compromete a ejecutar el contrato derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de las especificaciones técnicas o los términos de referencia elaborados por la Entidad Contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad con los mismos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo, o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración. 5.2 El contratista se compromete durante la ejecución del contrato, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la ejecución del contrato, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos. 5.3 Queda expresamente establecido que constituye obligación del CONTRATISTA ejecutar el contrato conforme a las especificaciones técnicas o términos de referencia establecidos en el en el pliego. 5.4 El CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable. 5.5 El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución del contrato, ni con el personal de la subcontratista. 5.6 EL CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de lo exigido en el pliego, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ambiental, de seguridad industrial y salud ocupacional, seguridad social, laboral, etc.