Common use of Vacaciones Clause in Contracts

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en treinta días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodo. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 del Estatuto de los trabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal, al permiso, o en el momento en que finalice el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al que correspondan. En caso de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: www.clc.cat

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en treinta tienen una duración de 32 días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxxnaturales, mas ocho días naturales que se consensuarán disfrutarán entre los meses xx xxxxx a septiembre. Se abonarán en la cuantía indicada en la Tabla Salarial Anexa. Se interrumpe el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año disfrute de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a si el trabajador cayera en situación de in- capacidad temporal durante su disfrute, desde dicho momento y mientras dura la parte proporcional I.T., así como no comenzará el cómputo de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodo. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 del Estatuto de los trabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal, al permiso, o si en el momento en que finalice el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al que correspondan. En caso de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes a iniciar las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al que corresponden, mismas el trabajador podrá hacerlo se encontrara en situación de I.T., pudiéndolas disfrutar una vez finalice su incapacidad in- capacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan han originado. En el supuesto de que la I.T. derive del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 y siguientes del estatuto de los trabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la incapacidad temporal o a la de disfrute del permiso que por aplicación de dicho pre- cepto le correspondiera, al finalizar el periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.

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Samples: Convenio Colectivo De La Empresa Fomento De Construcciones Y Contratas, s.a. Con El Personal Dedicado Al Servicio De Limpieza via Ria Y Recogida De Basuras De Arévalo

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en anuales serán de treinta días naturales naturales. Las vacaciones serán retribuidas al año ininterrumpidos promedio obtenido por cada Trabajador en las trece últimas semanas trabajadas por la Empresa. Dicho cálcu- lo servirá igualmente para el segundo período de disfrute, en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales supuesto de que se consensuarán fraccionen. Las fechas en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar se disfruten las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones vacaciones, se fijará negociarán en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodolocalidad. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa em- presa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia lac- tancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48.4 del Estatuto de los trabajadoresET, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso Cuando la situación de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al que correspondenderive de un accidente de trabajo, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más disfrutar sus vacaciones en fecha distinta, fijada de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originadomutuo acuerdo con el empresario.

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Samples: Convenio Colectivo De La Industria

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en treinta días naturales al año ininterrumpidos Todo el personal comprendido en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán presente convenio tendrá derecho a 22 días laborables de vacaciones. El personal de nuevo ingreso, antes de que finalice el año disfrutará de la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajadole corresponda. El calendario No podrán acumularse periodos de vacaciones de un año para otro. En el caso xx xxxxx antes de disfrutar el periodo de vacaciones se fijará en cada empresaabonará la parte proporcional de las no disfrutadas. El trabajador conocerá De igual modo, si el cese se produce después de haber disfrutado las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodovacaciones se retendrá de la liquidación el importe de los días disfrutados no devengados. Cuando el período periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones vaciones de la empresa al que se refiere el primer párrafo coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 ART.48.4 y 48 bis del Estatuto de los trabajadoresTrabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan. Igualmente cuando el periodo de vacaciones de la empresa al que se refiere el primer párrafo coincida en el tiempo con una incapacidad temporal debida a enfermedad común o profesional y accidente, sea o no de trabajo, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la incapacidad temporal, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo De La Empresa

Vacaciones. Las vacaciones se fijan Todos los trabajadores/as comprendidos en este Convenio disfrutarán de un período de treinta días naturales al año ininterrumpidos de vacaciones, que empezarán en lunes no festivo en el periodo período estival entre quince xx xxxxxxxxxxx y quince de septiembre. Por acuerdo entre las partes, mas ocho el período vacacional podrá fraccionarse en dos, uno de los cuales deberá disfrutarse entre el 15 xx xxxxx y el 15 de septiembre, en cuyo caso se contabilizarán 22 días naturales laborables. En las empresas del sector de concesionarios y reparación de automóviles se excluyen los meses de julio y agosto, excepto para el 33% de la plantilla y de forma rotatoria cada año. En aquellos casos en que el trabajador se consensuarán encontrase hospitalizado como consecuencia de accidente de trabajo, con anterioridad al inicio de las vacaciones, éstas se disfrutarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año momento posterior al alta, de servicios cuando llegue la época de disfrutar común acuerdo entre las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodopartes. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o parto, la lactancia natural o natural, con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48.4 del Estatuto de los trabajadoresTrabajadores, adopción o acogimiento de un menor o matrimonio, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: mcaugt.org

Vacaciones. Las Todo el personal afectado por este Convenio tendrá derecho a un período de vacaciones, no sustituibles por compensación económica, de 22 días laborables al año. El personal con derecho a vacaciones se fijan en treinta días naturales al año ininterrumpidos que cese en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un transcurso del año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán tendrá derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajadovacaciones. El calendario CVE-Núm. de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodo. registre: 062017000352 Cuando el período periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en el los apartados 4, 5 y 7 del artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48 del Estatuto de los trabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en finalizar el momento en que finalice el período periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho 18 meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo De La

Vacaciones. Las Los trabajadores afectados por este Convenio Colectivo disfrutarán anualmente de 22 días laborales de vacaciones retribuidas, según salario real. Por necesidades de la empresa, las vacaciones podrán ser disfrutadas en períodos inferiores a 22 días laborales, debiendo ser uno de los periodos como mínimo de catorce días naturales consecutivos. La forma de disfrute de las vacaciones se fijan acordará entre la empresa y los representantes de los trabajadores antes del día 30 xx xxxxx de cada año, sirviendo como principios generales a tener en treinta días naturales al año ininterrumpidos en cuenta para la fijación de los períodos de vacaciones, el periodo xx xxxxxxde rotación de todo el personal, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as para que no hayan cumplido siempre corresponda un año mismo período a los mismos empleados; el de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función coincidencia del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodo. Cuando disfrute con el período estival; y que el nivel de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones producción y ventas será una variable que afectará a determinados departamentos o secciones de la empresa coincida a la hora de distribuir las vacaciones. Sin perjuicio del párrafo anterior, en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazoningún caso la duración de las vacaciones, el parto o la lactancia natural o con el período cualquiera que sea su forma de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4disfrute, 48.5 i 48.7 del Estatuto de los trabajadores, se tendrá derecho será inferior a treinta días naturales. Se podrán disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal, al permiso, o en el momento en que finalice el período de suspensióndistinta, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso , si coincide el periodo de que el período de vacaciones coincida disfrute con una incapacidad temporal por contingencias diferentes a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlastemporal, total o parcialmente, durante el año natural al que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y, siempre y siempre que cuando, no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: www.carm.es

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en para el personal afectado por el presente Convenio tendrán una duración de treinta y un días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajadonaturales. El calendario de vacaciones se fijará confeccionará de acuerdo a lo dispuesto en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, el artículo 13 del comienzo del periodopresente Convenio. Cuando el período periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período periodo de suspensión del de contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48.4 y 48.bis del Estatuto de los trabajadoresTrabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en finalizar el momento en que finalice el período periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador trabajador/a disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador trabajado/a podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: doe.juntaex.es

Vacaciones. Las El período de vacaciones se fijan en anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será de treinta días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajadonaturales. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, al menos, del comienzo del periododisfrute. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48.4 y 48.bis del Estatuto de los trabajadoresTrabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso Así mismo y de conformidad con el artículo 38 ET, en el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: www.boe.es

Vacaciones. Todo el personal afectado por el presente Convenio Colectivo disfrutará de un periodo de vacaciones retribuidas de treinta y un días naturales o la parte proporcional que le corresponda en función de la fecha de alta en la Empresa. Las vacaciones se fijan en treinta días naturales al año ininterrumpidos en disfrutaran preferentemente durante los meses de Xxxxx a Septiembre, ambos inclusive. Cuando concurran circunstancias que imposibiliten el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año disfrute de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional durante los meses mencionados anteriormente, estas se disfrutarán de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodomutuo acuerdo. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 del Estatuto 48.4 y 48.bis de los trabajadoresesta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: Convenio Colectivo De Las Industrias De Captación

Vacaciones. El régimen de vacaciones anuales retribuidas del personal será de treinta días naturales. Las vacaciones se fijan concederán, preferentemente, en treinta días naturales los meses xx xxxxx a septiembre, ambos inclusive, y se otorgarán de acuerdo con las necesidades del servicio. Se procurará complacer al año ininterrumpidos personal en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue cuanto a la época de disfrutar las su disfrute, pu- diéndose utilizar, en casos de discrepancia, criterios de equidad o sistemas de rotación por años. Las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones anuales se disfrutarán dentro del año natural al que les corresponda corres- pondan y no podrán compensarse en función del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones se fijará metálico, en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodotodo ni en parte. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural na- tural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el los apartados 4, 5 y 7 del artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48 del Estatuto de los trabajadoresTrabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado termi- nado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad incapaci- dad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior ante- rior que imposibilite al trabajador personal disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que Horario Recuperación de fiestas no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.reglamentarias o días no trabajados

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Samples: Convenio Colectivo Estatal

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en treinta A partir del año 2017 los trabajadores regidos por este Convenio tienen que disfrutar de 31 días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajadovacaciones. El calendario periodo de vacaciones disfrute general, por turnos, tiene que ser preferentemente entre el 1 xx xxxxx y el 30 de septiembre de cada año, sin tener en cuenta la antigüedad, con exclusión del personal de temporada. En las zonas y/o municipios turísticos se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá pueden establecer otros periodos de disfrute de las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antesvacaciones, del comienzo del periodomediante acuerdo entre la empresa y su representación. Cuando el período periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en el los apartados 4, 5 y 7 del artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48 del Estatuto de los trabajadores, se tendrá derecho a disfrutar de las vacaciones en otra fecha distinta a la diferente de la incapacidad temporaltemporal o de la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondería, al permiso, o en finalizar el momento en que finalice el período periodo de suspensión, aunque haya terminado acabado el año natural al que correspondancual corresponden. En caso de el supuesto que el período periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por miedo contingencias diferentes a en las señaladas en el al párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al que cual corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan haya transcurrido más de dieciocho 18 meses a partir del final del año en que el cual se hayan originado.

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Samples: www.ccoo-servicios.es

Vacaciones. Las vacaciones anuales serán de 30 días naturales de los cuales, al menos 15 se disfrutarán ininterrumpidamente. Las vacaciones se fijan en treinta días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboralfijarán de común acuerdo entre empresa y trabajadores. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional Cada trabajador conocerá su fecha de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo con dos meses antes, del de antelación al comienzo del periodode las mismas. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.448.5, 48.5 i 48.7 y 48.8 del Estatuto de los trabajadoresET, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: Convenio Colectivo De Hostelería

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en treinta Todo el personal afecto al presente Xxxxxxxx disfrutará de 31 días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a retribuidas o la parte proporcional de vacaciones que les le corresponda en función del tiempo trabajadode permanencia en la Empresa. El calendario periodo de disfrute de vacaciones se fijará en cada será entre los periodos comprendidos entre el 15 xx xxxxx y el 30 de septiembre. Se podrá disfrutar fuera de dicho periodo de común acuerdo con la empresa. El La retribución de las vacaciones comprenderá los conceptos económicos que percibe el trabajador conocerá las fechas durante un mes normal de trabajo, es decir, salario base, pluses de asistencia, transporte y la antigüedad a quien corresponda. En el supuesto de que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodo. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal IT derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en el los apartados 4, 5, y 7 del artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48 del Estatuto de los trabajadoresETT, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal, al permiso, o en finalizar el momento en que finalice el período periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondancorresponda. En caso el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: www.carm.es

Vacaciones. Las Todos los trabajadores disfrutarán de unas vacaciones se fijan en retribuidas de treinta días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajadonaturales. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, al menos, del comienzo del periododisfrute. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48.4 y 48.bis del Estatuto de los trabajadoresTrabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: Convenio Colectivo Del Comercio Sector De La Madera, El Mueble

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en anuales tendrán una duración no inferior a treinta días naturales na- turales, iniciándose, su disfrute, en día laborable. De dichos días, al año ininterrumpidos en menos veintidós de ellos serán laborables. El cómputo para el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que disfrute de las vacaciones se consensuarán en efectuará por años natura- les. Durante el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un primer año de prestación de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a deberá disfrutarse la parte proporcional de las vacaciones que les corresponda en función correspondientes al período devenga- do antes del tiempo trabajado. El calendario 31 de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periododiciembre. Cuando el período periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con en el período periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en el los apartados 4, 5 y del artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48 del Estatuto de los trabajadoresET, se tendrá el derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la al de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en finalizar el momento en que finalice el período periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondancorresponda. En caso el supuesto de que el período periodo de vacaciones coincida con una incapacidad incapaci- dad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior ante- rior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, corresponden el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a me- ses partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: www.ugt-fica.org

Vacaciones. Las vacaciones se fijan Todos los trabajadores/as comprendidos en este Convenio disfrutarán de un período de treinta días naturales al año ininterrumpidos de vacaciones, que empezarán en lunes no festivo en el periodo estival entre quince xx xxxxxxxxxxx y quince de septiembre. Por acuerdo entre las partes, mas ocho el periodo vacacional podrá fraccionarse en dos, uno de los cuales deberá disfrutarse entre el 15 xx xxxxx y el 15 de septiembre, en cuyo caso se contabilizarán 22 días naturales laborables. En las empresas del sector de concesionarios y reparación de automóviles se excluyen los meses de julio y agosto, excepto para el 33% de la plantilla y de forma rotatoria cada año. En aquellos casos en que el trabajador se consensuarán encontrase hospitalizado como consecuencia de accidente de trabajo, con anterioridad al inicio de las vacaciones, éstas se disfrutarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año momento posterior al alta, de servicios cuando llegue la época de disfrutar común acuerdo entre las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodopartes. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o parto, la lactancia natural o natural, con el período periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48.4 del Estatuto de los trabajadores, adopción o acogimiento de un menor o matrimonio, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: ugtfica.cat

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en treinta El personal fijo sujeto a las normas de este Convenio disfrutará de 31 días naturales al de vacaciones anuales retribuidas, siempre y cuando lleve 1 año ininterrumpidos de servicio en la empresa, siendo en otro caso proporcional el periodo xx xxxxxxtiempo de alta en la empresa y el 31 de diciembre siguiente. Si el trabajador disfrutara las vacaciones antes de la fecha y causara baja, mas ocho se le descontarán en la liquidación los días naturales que se consensuarán haya disfrutado, de acuerdo con la proporcionalidad establecida. CVE-Núm. de registre: 062014001376 Tienen preferencia a escoger todo aquel personal que tenga hijos en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido edad escolar obligatoria y serán rotativas de un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda otro, según método adquirido en función del tiempo trabajadoaños anteriores. El calendario periodo de vacaciones disfrute vacacional se fijará establece en cada dos periodos 16 días de abril a septiembre y 15 días de octubre a marzo, añadiendo tantos días como festivos que coincida en dicho periodo vacacional. Serán rotativas de un año a otro en la forma en que viene siendo habitual en la empresa. El trabajador conocerá pago de las fechas vacaciones se realizará a final del mes en que le correspondan como mínimo dos meses antesse disfruten. En caso de no llegar a un acuerdo en la fecha de disfrute de las vacaciones, del comienzo del periodo. Cuando el período de vacaciones fijado este artículo se regirá por lo establecido en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 del Estatuto de los trabajadores. No se podrán limitar por el hecho de estar en situación de Incapacidad Temporal derivada de enfermedad profesional, se tendrá derecho a enfermedad común, accidente de trabajo o no laboral y por maternidad, pudiéndose disfrutar las vacaciones en otra fecha distinta a la de siempre y cuando la incapacidad temporal, laboral se produzca con anterioridad al permiso, o en el momento en que finalice el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al que correspondan. En caso de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originadoperiodo vacacional.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo De La Empresa Caher Servicios Al Marketing

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en para el personal afectado por el presente Convenio tendrán una duración de treinta y un días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajadonaturales. El calendario de vacaciones se fijará confeccionará de acuerdo a lo dispuesto en cada empresael art. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, 13 del comienzo del periodopresente Convenio. Cuando el período periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período periodo de suspensión del de contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48.4 y 48.bis del Estatuto de los trabajadoresTrabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en finalizar el momento en que finalice el período periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador trabajador/a disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: Convenio Colectivo De Hostelería

Vacaciones. Las vacaciones anuales serán de 31 días naturales de los cuales, al menos 21 se disfrutarán ininterrumpidamente salvo pacto en contrario entre empresa y trabajador. Las vacaciones se fijan en treinta días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboralfijarán de común acuerdo entre empresa y trabajadores. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional Cada trabajador conocerá su fecha de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo con dos meses antes, del de antelación al comienzo del periodode las mismas. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.448.5, 48.5 i 48.7 y 48.8 del Estatuto de los trabajadoresET, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones vacacio- nes en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: www.fesmcugt.org

Vacaciones. Las Los trabajadores afectados por el presente convenio tendrán derecho a un descanso por vacaciones se fijan en treinta mínimo anual de 30 días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho o a la parte proporcional para aquellos traba- jadores que hayan ingresado en la empresa en el transcurso del año. Las vacaciones deberán comenzar en día laboral y no coincidiendo con el inicio del descanso semanal. En todo caso la empresa pactará con la representación de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajado. El los trabajadores el calendario de vacaciones se fijará de cada año, que deberá firmarse por dichas partes antes del 31 xx xxxxx de cada año. — Cómputo de vacaciones en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodo. caso de IT: Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario calen- xxxxx de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 del Estatuto 48.4 y 48.bis de los trabajadoresesta ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondie- ra, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondancorres- pondan. En caso el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: doe.juntaex.es

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en treinta días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los Todos los trabajadores/as disfrutarán anualmente de treinta y un días ininterrumpidos, entre el 20 xx xxxxx y el 30 de septiembre. En los casos en que no hayan cumplido la empresa cierre un año mes, éste será obligatorio para todos los trabajadores para el disfrute de servicios cuando llegue la época sus vacaciones dentro del período anteriormente mencionado. No obstante a lo anteriormente dicho y siempre de disfrutar común acuerdo entre las partes, las vacaciones tendrán podrán disfrutarse fuera del período anteriormente citado. Las vacaciones no podrán empezar en vísperas de festivos, salvo cuando comienza el día 1 de cada mes. La fecha del disfrute de las vacaciones se establecerá por turno rotativo entre los trabajadores. Una vez suscrito el contrato, el trabajador/a y la empresa podrán acordar el disfrute de las mismas en dos períodos, coincidiendo uno de ellos entre el 20 xx xxxxx y el 30 de septiembre. El disfrute de las vacaciones se interrumpirá al pasar el trabajador a la situación de incapacidad temporal, teniendo éste derecho a la parte proporcional disfrutar en concepto de vacaciones los días en que les corresponda en función del tiempo trabajado. El calendario haya permanecido de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodobaja por enfermedad. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 art. 48.4 del Estatuto de los trabajadoresET, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: Convenio Colectivo Del Comercio Vario De La Comunidad De Madrid

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en treinta serán de 30 días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajadonaturales. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodo. Cuando el período periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en el los apartados 4, 5, 7 y 8 del artículo 48.4, 48.5 i 48.7 del Estatuto de los trabajadores48, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en finalizar el momento en que finalice el período periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: doe.gobex.es

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en treinta serán de 30 días naturales al año ininterrumpidos naturales. En el caso de que en el periodo xx xxxxxx, mas ocho de días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajadoexista un festivo de carácter nacional, regional o local, el mismo no computará a los efectos de cómputo de vacaciones. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodo. Cuando el período periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período periodo de suspensión del contrato de trabajo tra- bajo previsto en el los apartados 4, 5, 7 y 8 del artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48 del Estatuto de los trabajadoresET, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en finalizar el momento en que finalice el período periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador a la persona trabajadora disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador la persona trabajadora podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: www.ccoo-servicios.es

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en treinta días naturales al año ininterrumpidos en el periodo período xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán y serán disfrutadas en el calendario laboral. Los trabajadoreslas fechas negociadas individualmente entre empresa y trabajador/as a. El personal que no hayan haya cumplido un año de servicios contrato cuando llegue la época el momento de disfrutar las vacaciones tendrán vacaciones, tendrá derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodomismas. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del de embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, o suspensión por riesgo durante el artículo 48.4embarazo, 48.5 i 48.7 del Estatuto de los trabajadores, se el trabajador/a tendrá derecho a disfrutar de las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal, al permiso, o en finalizar el momento en que finalice el período periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural al que correspondan. En caso el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador trabajador/a disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que correspondencorrespondan, el trabajador trabajador/a podrá hacerlo una vez finalice su la incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del de año en que se hayan originado.

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Samples: www.clc.cat

Vacaciones. Las vacaciones se fijan en treinta serán de 30 días naturales al año ininterrumpidos naturales. En el caso de que en el periodo xx xxxxxx, mas ocho de días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajadotrabajador/a exista un festivo de carácter nacional, regional o local, el mismo no computará a los efectos de cómputo de vacaciones. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodo. Cuando el período periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en el los apartados 4, 5, 7 y 8 del artículo 48.4, 48.5 i 48.7 del Estatuto de los trabajadores48, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en finalizar el momento en que finalice el período periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: Convenio Colectivo De Oficinas Y Despachos

Vacaciones. Las Todos los trabajadores disfrutarán de unas vacaciones se fijan en retribuidas de treinta días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajadonaturales. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, al menos, del comienzo del periododisfrute. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo tra- bajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48.4 y 48.bis del Estatuto de los trabajadoresTrabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: Convenio Colectivo Del Trabajo Del Sector De Comercio De La Madera

Vacaciones. Las vacaciones anuales serán de 31 días naturales de los cuales, al menos 21 se disfrutarán ininterrumpidamente salvo pacto en contrario entre empresa y trabajador. Las vacaciones se fijan en treinta días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán en el calendario laboralfijarán de común acuerdo entre empresa y trabajadores. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año de servicios cuando llegue la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional Cada trabajador conocerá su fecha de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo con dos meses antes, del de antelación al comienzo del periodode las mismas. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.448.5, 48.5 i 48.7 y 48.8 del Estatuto de los trabajadoresET, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: www.ccoo-servicios.es

Vacaciones. El personal afectado por este Convenio disfrutará al año de veintiun días laborales de vacaciones. A efectos del abono del plus de asistencia establecido en el Anexo de este Convenio, se considerarán los días de vacaciones como efectivamente trabajados. Las vacaciones se fijan disfrutarán en treinta días naturales al año ininterrumpidos la época en que el trabajador y empresario determinen de común acuerdo. El personal que ingrese o cese en el periodo xx xxxxxx, mas ocho días naturales que se consensuarán transcurso del año las disfrutará en el calendario laboral. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año cuantía proporcional al tiempo de servicios cuando llegue permanencia en la época de disfrutar las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antes, del comienzo del periodo. Cuando el período periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4, 48.5 i 48.7 48.4 y 48.bis del Estatuto de los trabajadoresTrabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la de disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en finalizar el momento en que finalice el período periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que le corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: Convenio Colectivo De Industrias De La Madera

Vacaciones. Las vacaciones se fijan anuales serán de 22 días laborales para el personal afectado por este Convenio, disfrután- dose en treinta días naturales al año ininterrumpidos en el periodo xx xxxxxxlas fechas acordadas entre empresas y personas trabajadoras, mas ocho días naturales y supeditadas a las exigencias de trabajo que se consensuarán en el calendario laboraltengan aquellas. Los trabajadores/as que no hayan cumplido un año Como preferencia, si las circunstancias y carga de servicios cuando llegue la época de disfrutar trabajo lo permiten, las vacaciones tendrán derecho a la parte proporcional anuales se disfrutarán en los meses de vacaciones que les corresponda en función del tiempo trabajado. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan como mínimo dos meses antesjulio, del comienzo del periodoagosto y septiembre. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión sus- pensión del contrato de trabajo previsto en el artículo los artículos 48.4, 48.5 i y 48.7 del Estatuto de los trabajadoresET, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporaltemporal o a la del disfrute del permiso que por aplica- ción de dicho precepto le correspondiera, al permiso, o en el momento en que finalice finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al a que correspondan. En caso el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias diferentes distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador a la persona trabajadora disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al a que corresponden, el trabajador la persona trabajadora podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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Samples: castillalamancha.ccoo.es