Common use of VALOR DEL CONTRATO Clause in Contracts

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación por el servicio objeto del presente contrato las partes acuerdan que LA EMPRESA pagará al BANCO la tarifa vigente de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadas. PARÁGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA autoriza de manera expresa e irrevocable al BANCO, para que mensualmente debite automáticamente de la cuenta asociada al presente documento y mencionada en el cuadro de Información Básica del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago de todos los impuestos, tributos o tasas que el pago o abono a la cuenta mencionada en el parágrafo anterior genere. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica de LA EMPRESA que se encuentra en el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas que EL BANCO le indique para la prestación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el objeto de mejorar la calidad del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente contrato, no deberán ser informados por EL BANCO a LA EMPRESA.

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Samples: Convenio De Adición Al Contrato De Depósito en Cuenta, Convenio De Adición Al Contrato De Depósito en Cuenta

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación por el servicio objeto El valor del presente contrato las partes acuerdan que LA EMPRESA pagará al BANCO la tarifa vigente será el resultado de recaudos electrónicos multiplicar el número de impresiones y páginas escaneadas según el valor unitario establecido por cada recaudo exitoso recibidoEL CONTRATISTA, así: a) La hoja impresa tendrá un valor de xxxx. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales b) La hoja escaneada tendrá un valor de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadasxxxx. PARÁGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA acepta que no habrá lugar a ningún tipo de reajuste del valor del contrato durante el plazo de ejecución del mismo, ni por concepto de IPC o incremento al salario mínimo mensual legal vigente. Esto en el entendido que EL CONTRATISTA con la presentación de LA EMPRESA autoriza PROPUESTA realizó todos los cálculos, operaciones, análisis y equivalentes necesarios que determinaron que el valor de manera expresa e irrevocable al BANCOlos servicios que por este documento se contratan, para que mensualmente debite automáticamente durante todo el plazo de ejecución, corresponden a las sumas determinadas en LA PROPUESTA y establecidas en el presente documento. Así mismo tuvo en cuenta el riesgo cambiario de la cuenta asociada al presente documento y mencionada en moneda extranjera, como el cuadro de Información Básica valor del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicoscambio que pueda llegar a tener la importación, suministros o repuestos que requieran las maquinas impresoras o multifuncionales. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago de CONCEPTOS QUE INTEGRAN EL VALOR DEL CONTRATO: El valor total del contrato incluye todos los gastos, costos e impuestos directos e indirectos necesarios para la oportuna y satisfactoria ejecución de los servicios objeto del contrato por parte de EL CONTRATISTA, tales como personal, recursos técnicos, equipos, medios magnéticos, papelería, copias, transporte, administración, seguros, imprevistos, utilidad e impuestos, tributos entre otros. Cualquier costo o tasas que el pago o abono a la cuenta mencionada en el parágrafo anterior genere. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica de LA EMPRESA gasto adicional que se encuentra en el presente documento genere por la suscripción o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas que EL BANCO le indique para la prestación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el objeto de mejorar la calidad del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones ejecución del presente contrato, no deberán ser informados contrato será asumido exclusivamente por EL BANCO a LA EMPRESA.CONTRATISTA. 8)

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Samples: www.ccb.org.co, www.ccb.org.co

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación por el servicio objeto El valor del presente contrato las partes acuerdan que LA EMPRESA pagará al BANCO es por la tarifa vigente de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado suma dexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx M/CTE Moneda Legal Colombiana, incluido el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadas. PARÁGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA autoriza de manera expresa e irrevocable al BANCOvalor del AIU, para que mensualmente debite automáticamente de la cuenta asociada al presente documento y mencionada en el cuadro de Información Básica del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago de todos los impuestos, tributos tasas contribuciones, estampillas y permisos del OrdenNacional, Departamental, Distrital o tasas que el pago o abono a Municipal. PARÁGRAFO: El valor final del contrato será la cuenta mencionada en el parágrafo anterior genere. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica suma de LA EMPRESA los resultados que se encuentra en el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa obtenganal multiplicar las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas cantidades ejecutadas y/o técnicas entregadas a satisfacción de la EntidadContratante, por los valores o precios unitarios fijos pactados para el respectivo ítem. Elpresente contrato se pacta por el sistema de precios unitarios (valor por unidad derecurso, obra, trabajo, servicio o bien, el cual remunera la totalidad de las actividades y/osuministros que EL BANCO le indique sean necesarios para la prestación ejecución de su objeto, de conformidad con lopactado). Cada precio unitario estará dado en precios corrientes y comprende todos loscostos directos e indirectos derivados de la ejecución de la respectiva actividad y/osuministro que hacen parte del servicio objeto del contrato. Incluye entre otros los gastos deadministración, salarios y prestaciones sociales del personal, incremento salariales yprestacionales, desplazamiento, transporte, alojamiento y alimentación del equipo deTrabajo, del CONTRATISTA, honorarios, asesorías en actividades objeto del contrato,computadores, licencias de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta utilización del software, impuestos a cargo delCONTRATISTA, transporte y conoce bodegaje de equipos y materiales, las deducciones a quehaya lugar y en general todo costo en que incurra el CONTRATISTA para la ejecución decada una de las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas actividades o aquellos cambios que se realicen con el suministros objeto de mejorar la calidad del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente este contrato, no deberán ser informados por EL BANCO a LA EMPRESA.lo cual incluye el A.I.U.

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Samples: Contrato De Interventoría Técnica, Administrativa Y Financiera Del Contrato De Obra Pública

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación por Los Ítems, y cantidades contenidas en el servicio objeto del presente contrato las partes acuerdan que LA EMPRESA pagará al BANCO formulario Relación de Ítems, Cantidades y Precios de la tarifa vigente de recaudos electrónicos Propuesta deberán ser utilizados por cada recaudo exitoso recibidoproponente para la preparación de la propuesta, estos no deberán modificarse. En documento separado Las cantidades indicadas en el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA formulario son cantidades presupuestadas, las cuales serán debidamente informadasla base de la evaluación de las propuestas y la contratación que se genere. PARÁGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA autoriza Los pagos se realizarán con base en las cantidades de manera expresa e irrevocable al BANCOobra realmente ejecutadas, para que mensualmente debite automáticamente cada ítem contractual definido, aprobadas por el interventor. El contratista debe diligenciar los análisis de precios unitarios para todos y cada uno de los ítems consignados en el formulario de Relación de Ítems, Cantidades y Precios de la cuenta asociada al presente documento Propuesta es de carácter obligatorio y mencionada deberán ser entregados como requisito para ser aceptada la oferta económica. En el evento de que el precio unitario de algún ítem sea Cero deberá consignarse este valor en el cuadro respectivo formulario. Estos precios unitarios servirán al proponente como elemento para determinar el valor total de Información Básica del presente contratosu propuesta y el valor expresado para cada ítem deberá reflejar la totalidad de las características exigidas en las especificaciones técnicas. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago En estos análisis de precios, deberán desglosarse todos los impuestoscostos tenidos en cuenta para el cálculo del precio unitario de cada ítem. Serán responsabilidad exclusiva del proponente los errores, tributos omisiones o tasas que el pago o abono a la cuenta mencionada en el parágrafo anterior genere. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica faltas de LA EMPRESA que se encuentra en el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha conformidad en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos incurra al analizar los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas precios unitarios y/o técnicas que EL BANCO le indique para totales de la prestación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a propuesta, debiendo asumir los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas mayores costos o aquellos cambios pérdidas que se realicen deriven de dichos errores, omisiones o faltas. Igualmente dentro de los precios que calcule cada proponente, deberán incluirse todos los costos asociados con el objeto cumplimiento de mejorar las especificaciones contenidas en los Estándares de Seguridad para Contratistas, Especificaciones Técnicas, Manual de Impacto Urbano, Manual de control ambiental de obras de mantenimiento y/o construcción en las instalaciones de Xxxxx xx Xxxxxxxxx S.A. E.S.P. y PGA_05 “Supervisión Ambiental”, Manual de Control Interno de ACUACAR, Especificaciones de Instalación de Redes de Acueducto y Redes y Colectores de Alcantarillado, Manual de Identidad Contratista, Manual de señalización ACUACAR, Política Derechos Humanos, PSO_03 Trabajos en Espacios Confinados, PSO_04 Trabajos en Alturas, PSO_05 Trabajos en Caliente, PSO_06 Control de Energías Peligrosas, PSO_07 Permiso de Trabajo Seguro, PSO_14 Manejo de Sustancias Peligrosas, PSO_025 procedimiento de excavación Acuacar, Cualquier documento aclaratorio entregado por ACUACAR El contratista también debe enviar con su oferta económica el análisis de precios indirectos (AUI), el cual es de carácter obligatorio y deberán ser entregados como requisito para ser aceptada la calidad del servicio oferta económica. En caso de que en la red que ejecución del contrato sea necesario ejecutar ítems cuyo precio no modifiquen o afecten las condiciones del presente contratoaparezca en el Formulario de Ítems Cantidades y precios, no estos deberán ser informados soportados con su respectivo análisis de precios unitarios y aprobados previamente por EL BANCO a LA EMPRESAACUACAR como requisito para su ejecución y pago.

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Samples: acuacarapps.com:8095

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación El valor del contrato corresponde hasta la suma de XXXXXXXXXXXXXXXX, más el IVA correspondiente o el que haga sus veces de acuerdo a lo establecido en la Ley 1607 de 2012. 10) FORMA DE PAGO. LA CÁMARA pagará a EL CONTRATISTA el valor del contrato por el facturación mensual vencida, de acuerdo con los servicios prestados, según los valores descritos en la propuesta económica presentada por EL CONTRATISTA. PARÁRGRAFO PRIMERO. POSIBLES SERVICIOS ADICIONALES: Cuando se requiera prestación del servicio objeto adicional, LA CÁMARA pagará estos servicios adicionales en los términos y condiciones, según los valores unitarios descritos en la oferta económica presentada por EL CONTRATISTA en LA PROPUESTA, previa aprobación por parte del presente contrato las partes acuerdan que LA EMPRESA pagará al BANCO la tarifa vigente de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadas. PARÁGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA autoriza de manera expresa e irrevocable al BANCO, para que mensualmente debite automáticamente de la cuenta asociada al presente documento y mencionada en el cuadro de Información Básica supervisor del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago de CONCEPTOS QUE INTEGRAN EL VALOR DEL CONTRATO: El valor total del contrato incluye todos los gastos, costos e impuestos directos e indirectos necesarios para la oportuna y satisfactoria ejecución de los servicios objeto del contrato por parte de EL CONTRATISTA, tales como personal, recursos técnicos, equipos, medios magnéticos, papelería, copias, transporte, administración, seguros, imprevistos, utilidad e impuestos, tributos entre otros. Cualquier costo o tasas gasto adicional que el pago se genere por la suscripción o abono ejecución del presente contrato será asumido exclusivamente por EL CONTRATISTA. Por lo tanto EL CONTRATISTA acepta que no habrá lugar a ningún tipo de reajuste del valor del contrato durante la cuenta mencionada en el parágrafo anterior generevigencia del mismo. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre Cada pago se realizará dentro de los 30 días siguientes al recibo de la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán factura mediante transferencia electrónica. EL CONTRATISTA no podrá facturar sin haber prestado los servicios a la dirección electrónica entera satisfacción de LA EMPRESA que se encuentra en el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificaciónCÁMARA. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas que EL BANCO le indique para la prestación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el objeto de mejorar la calidad del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente contrato, no deberán ser informados por EL BANCO a LA EMPRESA.11)

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Samples: www.ccb.org.co

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación El valor del servicio será el determinado en la carátula del contrato conforme a la lista de precios vigente por el servicio objeto del presente contrato las partes acuerdan que LA EMPRESA pagará al BANCO parte de la tarifa vigente de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadasINSTITUCIÓN. PARÁGRAFO PRIMERO: Las Partes reconocen y aceptan que LA EMPRESA autoriza INSTITUCIÓN presta al ESTUDIANTE un servicio de manera expresa e irrevocable al BANCOeducación media técnica y de formación laboral para la enseñanza de idiomas del cual forma parte un material metodológico asociado a la enseñanza de idiomas, por medio de lecciones presenciales o virtuales (BVC) basados en su lista de precios. LA INSTITUCIÓN a su vez, podrá realizar campañas temporales de promoción, descuento o beneficio para que mensualmente debite automáticamente de la cuenta asociada EL ESTUDIANTE, no obstante lo anterior, el valor otorgado por dicha promoción, descuento o beneficio sólo será aplicable al presente documento y mencionada en el cuadro Contrato, sin que pueda entenderse que corresponde al precio regular de Información Básica del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago de todos los impuestos, tributos o tasas que el pago o abono a la cuenta mencionada en el parágrafo anterior genere. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica de LA EMPRESA que se encuentra en el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas que EL BANCO le indique para la prestación del servicio de recaudoo pueda extenderse a otros productos no incluidos en el presente Contrato. PARAGRAFO SEPTIMOSEGUNDO: El incumplimiento o retraso del ESTUDIANTE / SUSCRIPTOR DEL CONTRATO en el pago del servicio dará lugar a la constitución en xxxx en el pago, razón por la cual, EL ESTUDIANTE / SUSCRIPTOR DEL CONTRATO reconocerá y pagará a LA EMPRESA acepta y conoce que INSTITUCIÓN intereses xx xxxx liquidados sobre el valor dejado de pagar a la tasamáxima permitida por la ley, subsistiendo la obligación de pagar la totalidad de las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios obligaciones que se realicen con hayan derivado por la ejecución de este Contrato. El ESTUDIANTE reconoce y acepta que mientras se mantenga en xxxx, la INSTITUCIÓN continuará ejecutando el objeto de mejorar la calidad del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente contrato, no deberán ser informados dando cumplimiento con la programación de lecciones y el cobro de estas hasta el final del programa adquirido por EL BANCO a LA EMPRESAel ESTUDIANTE.

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Samples: Contrato Marco De Prestación De Servicios Educativos

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación por el servicio objeto El valor del presente contrato las partes acuerdan es de cuantía indeterminada, pero determinable, la cual en ningún caso podrá exceder la suma de hasta XXXXXXXXXXXXXXX, más el IVA correspondiente o el que LA EMPRESA pagará al BANCO haga sus veces de acuerdo a lo establecido en la tarifa vigente Ley 1607 de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadas2012. PARÁGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA acepta que no habrá lugar a ningún tipo de reajuste del valor del contrato durante el primer año de ejecución del mismo. Para los Tipos de envió de hasta 100 gramos, de 101 gramos hasta 500 gramos, de 501 hasta 1000 gramos y de 1001 gramos hasta 2000 gramos durante el término de ejecución del contrato, LA EMPRESA autoriza CÁMARA pagará la tarifa mínima establecida de manera expresa e irrevocable al BANCO, para que mensualmente debite automáticamente conformidad con lo señalado en el artículo 3 y 6 de la cuenta asociada Resolución 2567 del 2010 “Por la cual se determina la tarifa mínima de los servicios de mensajería expresa que tengan como fin la distribución de objetos postales masivos y su interconexión entre operadores, y se dictan otras disposiciones” y de conformidad con lo señalado en los numerales 2.1 a 3.2. xx xxx 1369 del 2009 “Por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales y se dictan otras disposiciones”. Para los demás ítems señalados en la propuesta económica se pagará de acuerdo con los valores ofertados para el año uno en su propuesta económica y LA CÁMARA pagará para el año dos (2) estos valores, de acuerdo al presente documento y mencionada incremento sobre el salario mínimo legal vigente. Esto en el cuadro entendido que EL CONTRATISTA con la presentación de Información Básica del LA PROPUESTA realizó todos los cálculos, operaciones, análisis y equivalentes necesarios que determinaron que el valor de los servicios que por este documento se contratan, durante todo el plazo de ejecución, corresponden a las sumas determinadas en LA PROPUESTA y establecidas en el presente contratodocumento. La tarifa vigente para recaudos electrónicosAsí mismo tuvo en cuenta el riesgo cambiario de la moneda extranjera. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago de todos los impuestos, tributos o tasas que el pago o abono a la cuenta mencionada en el parágrafo anterior genere. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica de LA EMPRESA que se encuentra en el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas que CONCEPTOS QUE INTEGRAN EL BANCO le indique para la prestación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el objeto de mejorar la calidad del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente contrato, no deberán ser informados por EL BANCO a LA EMPRESA.VALOR DEL

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Samples: www.ccb.org.co

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación por el servicio objeto El valor del presente contrato las partes acuerdan es la suma de MIL OCHOCIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS ($1.830.695.264,00) M/CTE., incluido el valor del IVA, costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones a que LA EMPRESA pagará al BANCO hubiere lugar, de acuerdo con la tarifa vigente de recaudos electrónicos oferta económica presentada por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadas. PARÁGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA autoriza de manera expresa e irrevocable al BANCO, para que mensualmente debite automáticamente CONSULTOR dentro de la cuenta asociada Convocatoria PAF-DNP-C-004-2021. El método para la determinación del valor del contrato es por PRECIO GLOBAL FIJO SIN FÓRMULA DE AJUSTE y corresponderá a un valor efectivo del contrato, que resulte de la multiplicación y sumatoria de las dedicaciones, duraciones y salarios establecidos por el CONTRATISTA DE CONSULTORÍA al presente documento momento de la presentación de la propuesta económica y mencionada considerados necesarios para desarrollar las actividades establecidas en los documentos de la convocatoria; afectados por el factor multiplicador establecido desde la presentación de la propuesta económica, más los costos directos e indirectos necesarios. Por tanto, en el cuadro valor pactado para la ejecución del contrato se entienden incluidos, entre otros, los gastos de Información Básica administración, salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del presente personal, incrementos salariales y prestacionales; desplazamientos, transporte, alojamiento y alimentación del equipo de trabajo mínimo del CONTRATISTA DE CONSULTORÍA; honorarios, asesorías y/o el acompañamiento en actividades relacionadas con la ejecución del contrato; implementación de protocolos y de elementos de bioseguridad, uso de computadores, licencias de utilización de software; la totalidad de tributos originados por la celebración, ejecución y liquidación del contrato; las deducciones a que haya lugar; la remuneración para el CONTRATISTA DE CONSULTORÍA, imprevistos y en general, todos los costos en los que deba incurrir el CONTRATISTA DE CONSULTORÍA para el cabal cumplimiento del contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago de todos los impuestosCONTRATANTE no reconocerá, tributos o tasas que el pago o abono a la cuenta mencionada en el parágrafo anterior genere. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica de LA EMPRESA que se encuentra en el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por consiguiente, ningún reajuste realizado por el gerente del BANCO CONTRATISTA DE CONSULTORÍA en relación con los costos, gastos o actividades adicionales que maneja aquel requería para la cuenta, con ejecución que fueron previsibles al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir momento de la fecha en que se hace efectiva presentación de la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas que EL BANCO le indique para la prestación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el objeto de mejorar la calidad del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente contrato, no deberán ser informados por EL BANCO a LA EMPRESAoferta.

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Samples: Contrato De Consultoría

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación El valor del contrato corresponde a la suma de XXXXXX ($XXXXXX) más el IVA o el que haga sus veces, de acuerdo con la tarifa que corresponda conforme con la normatividad vigente. PARÁGRAFO PRIMERO: El valor especificado fue el ofrecido por EL CONTRATISTA en LA PROPUESTA teniendo en cuenta todas las actividades para la plena ejecución del presente contrato, las cuales EL CONTRATISTA conoce y acepta en su integridad. EL CONTRATISTA acepta que no habrá lugar a ningún tipo de reajuste del valor del contrato durante la vigencia del mismo. PARÁGRAFO SEGUNDO: CONCEPTOS QUE INTEGRAN EL VALOR DEL CONTRATO. El valor total del contrato incluye todos los costos directos e indirectos necesarios para el servicio oportuno y satisfactorio cumplimiento del objeto del presente contrato las partes acuerdan por parte del CONTRATISTA, tales como materiales, recursos técnicos, medios magnéticos, papelería, copias, transporte, administración, seguros, imprevistos, utilidad e impuestos, entre otros. Cualquier costo, impuesto o gasto adicional que LA EMPRESA pagará al BANCO se genere por la tarifa vigente de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadas. PARÁGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA autoriza de manera expresa e irrevocable al BANCO, para que mensualmente debite automáticamente de la cuenta asociada al presente documento y mencionada en el cuadro de Información Básica celebración o ejecución del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así contrato y relacionado directamente con el objeto del mismo LA EMPRESA asumirá el pago de todos los impuestos, tributos o tasas que el pago o abono a la cuenta mencionada en el parágrafo anterior genereserá asumido exclusivamente por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre PRECIO UNITARIO FIJO. EL CONTRATISTA acepta que no habrá lugar a ningún tipo de reajuste de los valores unitarios de la contraprestación establecida propuesta en caso de que antes o después del perfeccionamiento del contrato se haya modificado o se modifique por cualquier razón el valor del cualquiera de los elementos incluidos en la presente cláusula se comunicarán propuesta, en atención a la dirección electrónica de LA EMPRESA que se encuentra en el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA contratación y remuneración se obliga a cumplir con las especificaciones operativas realiza bajo la modalidad de precio unitario fijo sin fórmula de reajuste y/o técnicas que EL BANCO le indique para la prestación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el objeto de mejorar la calidad del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente contratopor tanto, no deberán ser informados por EL BANCO a LA EMPRESA.habrá modificación de precios por

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Samples: Contrato De XXXXXX

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación por el servicio objeto El valor del presente contrato las partes acuerdan que LA EMPRESA pagará al BANCO asciende a la tarifa vigente suma de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado XXXXXXXXXXXXXXXXX PESOS M/CTE ($XXXXXXXXXXXXX),M/L. incluido el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadas. A.I.U, el valor del IVA PARÁGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA autoriza de manera expresa e irrevocable al BANCO, para que mensualmente debite automáticamente de La oferta económica del CONTRATISTA es la cuenta asociada al presente documento y mencionada en el cuadro de Información Básica del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. siguiente: PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá El valor del presente contrato se encuentra amparado con el siguiente Certificado de Disponibilidad Presupuestal, expedido por el responsable Fondo Ejecución de Proyectos de FONADE: PARÁGRAFO TERCERO.- SISTEMA DE PAGO: El sistema de pago de todos los impuestos, tributos o tasas que del presente contrato es el pago o abono a la cuenta mencionada establecido en el parágrafo anterior generenumeral 3.4.3 del Estudio Previo así: Para la ejecución del contrato se encuentran establecidas las especificaciones técnicas, las cantidades de obra y los precios unitarios por lo tanto, el sistema de pago del contrato (ejecución de obra) es por PRECIOS UNITARIOS FIJOS SIN FÓRMULA DE AJUSTE. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre En consecuencia, el valor definitivo del contrato será la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica suma de LA EMPRESA los resultados que se encuentra obtengan al multiplicar las cantidades ejecutadas por EL CONTRATISTA y entregadas a FONADE a su entera satisfacción, por los valores o precios unitarios fijos pactados para el respectivo ítem según la oferta económica (formato 07). El Contratista no podrá superar en su ejecución el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita presupuesto asignado por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificaciónentidad. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación EL CONTRATISTA está obligado a ejecutar todas las actividades, servicios y obras que resulten necesarias para la ejecución del objeto contractual, incluyendo todas aquellas no contempladas en la oferta o en el resultado de los Estudios Técnicos y Diseños realizados y que se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que requieran para la ley indiqueejecución del proyecto. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas que EL BANCO le indique para la prestación Para los casos de Modificación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el objeto de mejorar la calidad valor del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente contrato, definición de cantidades de obra, mayores cantidades de obra y sobre ítems o actividades no deberán ser informados por EL BANCO previstas, se deberá atender a LA EMPRESAlo dispuesto en los numerales 11.3,11.4,11.5, de las Reglas de Participación, respectivamente.

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Samples: www.fonade.gov.co

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación por el servicio objeto El valor del presente contrato es hasta por la suma de XXXXXXXXXXXXXXXXX ($XXXXXXXX), incluido AIU, más el IVA correspondiente o el que haga sus veces de acuerdo con lo establecido en la Ley 1607 de 2012, el cual se calculó sobre el porcentaje de utilidad de EL CONTRATISTA, siendo igual a la suma de XXXXXXXXXXXXXX M/CTE ($XXXXXXXX), de acuerdo con la oferta económica presentada por EL CONTRATISTA en LA PROPUESTA. El valor especificado fue el ofrecido por EL CONTRATISTA en LA PROPUESTA teniendo en cuenta todas las partes acuerdan que LA EMPRESA pagará al BANCO características del proyecto y las actividades relevantes, necesarias y menores para la tarifa vigente de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA ejecución del presente contrato, las cuales serán debidamente informadasEL CONTRATISTA conoce en su integridad. . PARÁGRAFO PRIMERO: PRECIO UNITARIO FIJO. EL CONTRATISTA acepta que no habrá lugar a ningún tipo de reajuste de los valores unitarios de LA EMPRESA autoriza PROPUESTA en caso de manera expresa e irrevocable al BANCOque antes o después del perfeccionamiento del contrato se haya modificado o se modifique por cualquier razón el valor del cualquiera de los elementos incluidos en LA PROPUESTA, para en atención a que mensualmente debite automáticamente la contratación y remuneración se realiza bajo la modalidad de Precio Unitario Fijo sin fórmula de reajuste y, por tanto, no habrá modificación de precios por cambio de año, variaciones de los precios de los insumos, cambios en las condiciones locales de la cuenta asociada al presente documento y mencionada obra, o por cualquier otra razón o motivo que pueda en un momento dado incidir o afectar el cuadro de Información Básica precio o valor del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago de CONCEPTOS QUE INTEGRAN EL VALOR DEL CONTRATO. El valor total del Contrato incluye todos los costos directos e indirectos necesarios para el oportuno y satisfactorio cumplimiento del objeto del presente Contrato por parte del CONTRATISTA, tales como materiales, recursos técnicos, medios magnéticos, papelería, copias, transporte, administración, seguros, imprevistos, utilidad e impuestos, tributos entre otros. Cualquier costo, impuesto o tasas gasto adicional que se genere por la celebración o ejecución del presente Contrato y relacionado directamente con el pago o abono a la cuenta mencionada en el parágrafo anterior genereobjeto del mismo será asumido exclusivamente por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO TERCERO: Las OBRAS ADICIONALES O EXTRAS. LA CÁMARA podrá hacer cambios en los planos y especificaciones de la obra, por conveniencia, por factores relacionados con el diseño o por eventos especiales. Estas modificaciones sobre podrán generar obras extras cuyo valor unitario deberá ser acordado previa y formalmente entre la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica interventoría y EL CONTRATISTA, previa autorización de LA EMPRESA CÁMARA quienes suscribirán las actas de Obras Extras o adicionales. Dentro de la ejecución del contrato se podrán presentar dos tipos de obras especiales: a) OBRAS ADICIONALES: Son las obras que implican un aumento en las cantidades de obra de los ítems contratados. b) OBRA EXTRA: Se entiende por obra extra la que no se encuentra especificada en el listado de ítems de LA PROPUESTA, constituyéndose en un ítem no previsto del proyecto. Los precios de los insumos, materiales, herramientas, equipos y mano de obra de LA PROPUESTA serán los mismos que se encuentra en el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por el gerente del BANCO que maneja utilizarán para la cuentacomposición de los precios unitarios de las obras extras. En ambos casos, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA se deberá aceptar de manera expresa suscribir las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada respectivas actas por LA EMPRESA en todos los demás casos que CÁMARA, EL CONTRATISTA y la ley indiqueSupervisión, previa las autorizaciones correspondientes. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas que EL BANCO le indique para la prestación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el objeto de mejorar la calidad del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente contrato, no deberán ser informados por EL BANCO a LA EMPRESA.7)

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Samples: Contrato De Obra

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación El valor del contrato es hasta por la suma de [valor estimado del contrato en letras y valor del contrato en números], equivalentes a [número de salarios mínimos] SMLMV para el servicio objeto año de suscripción del presente contrato. El interventor con la suscripción del contrato las partes acuerdan acepta que LA EMPRESA pagará al BANCO la tarifa vigente de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadas. PARÁGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA autoriza de manera expresa e irrevocable al BANCO, para que mensualmente debite automáticamente de la cuenta asociada al presente documento y mencionada en el cuadro de Información Básica del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago de todos los impuestos, tributos o tasas evento en que el pago valor total a pagar tenga centavos, estos se ajusten o abono aproximen al peso, ya sea por exceso o por defecto, si la suma es mayor o menor a la cuenta mencionada 50 centavos. Lo anterior, sin que sobrepase el valor total establecido en el parágrafo anterior genere. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica de LA EMPRESA que se encuentra en el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiendeDe conformidad con la propuesta económica presentada por EL CONTRATISTA, entre otrasel valor del contrato es hasta por la suma de XXXX incluido IVA y todos los costos directos e indirectos y gastos en que debe incurrir EL CONTRATISTA para el cumplimiento de sus obligaciones, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando su utilidad o ganancia, así como también deberá implementar el servicio respectivo protocolo de recaudo electrónico a partir bioseguridad para el manejo de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada pandemia por LA EMPRESA en todos covid19, de conformidad con las directrices impartidas por las autoridades Nacionales, Regionales y Locales, y los demás casos tributos que cause dicho contrato, independientemente de la ley indiquedenominación que asuman o del nivel territorial del que provengan. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA Por tal razón, no se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas reconocerán sumas adicionales por estos conceptos. Los costos de personal y los costos directos, antes de IVA, serán ajustados única y exclusivamente por cambio de la vigencia fiscal. El ajuste de los costos será realizado anualmente según el Índice de Precios al Consumidor IPC calculado por el DANE, correspondiente al año anterior al año de ejecución de los costos que EL BANCO le indique para la prestación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el serán objeto de mejorar la calidad del servicio ajuste. No serán objeto de ajuste los valores de actividades ejecutadas como costos reembolsables. Tampoco serán objeto de ajuste los costos de personal y otros costos directos ejecutados en la red vigencia 2021. Los ajustes se consignarán en actas separadas que no modifiquen o afecten las condiciones suscribirán el Representante Legal del presente contratoInterventor, no deberán ser informados por EL BANCO a LA EMPRESAel Director de Interventoría, el Supervisor del contrato de Interventoría y el Director Técnico de la UG.

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Samples: scotiabankfiles.azureedge.net

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación por el servicio objeto del El presente contrato es de cuantía indeterminada pero determinable. El valor final del contrato resultará de multiplicar las partes acuerdan que LA EMPRESA pagará al BANCO la tarifa vigente tarifas de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadas. PARÁGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA autoriza de manera expresa e irrevocable al BANCO, para que mensualmente debite automáticamente de la cuenta asociada al presente documento y mencionada los servicios previstas en el cuadro Anexo No. 2 por los servicios efectivamente prestados por EL CONTRATISTA y recibidos a satisfacción de Información Básica CORFERIAS. No obstante, el valor total del mismo no podrá exceder la suma de PESOS M/CTE ($ ) más IVA sobre el AIU xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato, suma que será pagada por CORFERIAS en la forma y plazos establecidos en la cláusula séptima del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago de . EL CONTRATISTA manifiesta que para todos los impuestosefectos fiscales del presente contrato el valor del AIU (Administración, tributos o tasas Imprevistps y Utilidad) corresponde al %. valores indicados en el Anexo No. 2 se mantendrán fijos e inmodificables hasta el 31 de diciembre de 2016. En el evento que el pago presente contrato sea prorrogado, el valor del presente contrato se ajustará de manera anual (a partir del primero de enero de cada año) de conformidad con las tarifas que para el efecto determine el Gobierno Nacional – Superintendencia de Seguridad y Vigilancia Privada, para los servicios objeto del contrato. El valor total del contrato incluye todos los costos directos e indirectos necesarios para la oportuna y satisfactoria ejecución de los servicios objeto del contrato por parte de EL CONTRATISTA, tales como: recursos humanos, materiales, recursos técnicos, medios magnéticos, papelería, copias, transporte, administración, seguros, imprevistos, utilidad e impuestos. Cualquier costo, impuesto o abono a la cuenta mencionada en el parágrafo anterior genere. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica de LA EMPRESA gasto adicional que se encuentra en el genere por la celebración o ejecución del presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita contrato será asumido exclusivamente por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificaciónEL CONTRATISTA. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otrastodos los efectos tributarios, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas que EL BANCO le indique para la prestación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el objeto de mejorar la calidad del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente contrato, no deberán ser informados por EL BANCO a LA EMPRESApertenece al régimen común.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Vigilancia Y Seguridad

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación por Para todos los efectos legales y fiscales el servicio objeto valor del presente contrato corresponde a la suma de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX PESOS MONEDA CORRIENTE ($XXXXXXXXXXXXX) incluido el valor de A.I.U., IVA sobre la utilidad y demás impuestos y tributos a que haya lugar para la celebración, legalización, ejecución y liquidación del contrato. No obstante el valor global del contrato, el cual se encuentra discriminado por municipio, rubro y valor, si por fuerza mayor o caso fortuito no fuere posible la construcción de la solución de vivienda, EL CONTRATANTE pagará por las partes acuerdan que LA EMPRESA pagará al BANCO soluciones de vivienda efectivamente construidas y recibidas a satisfacción, lo cual constará en el acta de entrega y recibo de obras formato SV-FT-015 del reglamento operativo de la tarifa vigente gerencia de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadasvivienda del BAC. PARÁGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA autoriza Las obras se realizarán por el sistema de manera expresa precios global fijo “Llave en mano”. Dicho precio incluye las obras preliminares como los accesos y vías necesarios para la movilización de los recursos en la construcción de viviendas, instalación de las redes de servicios públicos provisionales de energía eléctrica, acueducto y alcantarillado, vigilancia, almacenamiento de materiales, la localización y el replanteo de topografía, honorarios de construcción, equipos y herramientas, formaletas, equipos e irrevocable al BANCOimplementos, materiales certificados y de primera calidad, imprevistos, gastos generales de obra, pólizas, ensayo de materiales, control de calidad de las obras, impuestos, utilidades esperadas, IVA sobre utilidad del constructor y demás costos y gastos en que deba incurrir EL CONTRATISTA para llevar a cabo estas obras de acuerdo con las especificaciones técnicas que mensualmente debite automáticamente se anexan, y que hacen parte de este acuerdo. CONTRATANTE, el informe del supervisor y visto bueno del INTERVENTOR, así como la cuenta asociada al presente documento y mencionada certificación del revisor fiscal o representante legal, según corresponda, sobre el cumplimiento en el cuadro de Información Básica del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago de todos los impuestosaportes parafiscales, tributos o tasas que el pago o abono a la cuenta mencionada riesgos profesionales y de seguridad social de sus empleados dentro de los últimos seis (6) meses de acuerdo con lo establecido en el parágrafo anterior genere. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica de LA EMPRESA que se encuentra en el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir artículo 50 de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas que EL BANCO le indique para la prestación del servicio Ley 789 de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el objeto de mejorar la calidad del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente contrato, no deberán ser informados por EL BANCO a LA EMPRESA2002.

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Samples: Invitación Pública

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación por el servicio objeto El valor del presente contrato las partes acuerdan es por la suma de M/CTE ($ ), más el IVA correspondiente, o el que LA EMPRESA pagará al BANCO haga sus veces de acuerdo a lo establecido en la tarifa vigente de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadasnormatividad vigente. PARÁGRAFO PRIMERO: El valor ofrecido por EL CONTRATISTA en LA EMPRESA autoriza de manera expresa e irrevocable al BANCO, PROPUESTA contempló todas las actividades para que mensualmente debite automáticamente de la cuenta asociada al presente documento y mencionada en el cuadro de Información Básica plena ejecución del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos, las cuales EL CONTRATISTA conoce y acepta en su integridad. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo EL CONTRATISTA acepta que no habrá lugar a ningún tipo de reajuste del valor del contrato durante el plazo de ejecución del mismo, ni por concepto de IPC o incremento al salario mínimo mensual legal vigente. Esto en el entendido que EL CONTRATISTA con la presentación de LA EMPRESA asumirá el pago de PROPUESTA realizó todos los impuestoscálculos, tributos o tasas operaciones, análisis y equivalentes necesarios que determinaron que el pago valor de los servicios y/o abono bienes que por este documento se contratan, durante todo el plazo de ejecución, corresponden a la cuenta mencionada las sumas determinadas en LA PROPUESTA y establecidas en el parágrafo anterior generepresente documento. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre la contraprestación establecida en la CONCEPTOS QUE INTEGRAN EL VALOR DEL CONTRATO. El valor total del Contrato incluye todos los costos directos e indirectos necesarios para el oportuno y satisfactorio cumplimiento del objeto del presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica Contrato por parte de LA EMPRESA EL CONTRATISTA, tales como materiales, recursos técnicos, medios magnéticos, papelería, copias, transporte, administración, seguros, imprevistos, utilidad e impuestos, entre otros. Cualquier costo, impuesto o gasto adicional que se encuentra en el genere por la celebración o ejecución del presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas contrato y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas que EL BANCO le indique para la prestación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen relacionado directamente con el objeto de mejorar la calidad del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente contrato, no deberán ser informados mismo será asumido exclusivamente por EL BANCO CONTRATISTA. Así mismo tuvo en cuenta el riesgo cambiario de la moneda extranjera, como el valor del cambio que pueda llegar a LA EMPRESA.tener la importación de los insumos de los elementos a suministrar. 8)

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Samples: www.ccb.org.co

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación EL ARRENDATARIO deberá pagar a LA ARRENDADORA por razón del uso normal del vehículo, el servicio objeto valor de alquiler, impuestos, protecciones, cargo por hora adicional, cargo por días adicionales, cargos adicionales por reparaciones, manos de obra, piezas, partes, gastos de manejo de accidente, asistencias viales, deducibles, limpieza de interiores, equipo, accesorios, combustible, lucro cesante, Abogado y otros, la cantidad equivalente en dólares moneda de uso legal de los Estados Unidos de Norteamérica que corresponda según resulte de las tarifas y cargos especificados en la página anverso y reverso de este contrato, calculando hasta la devolución del presente vehículo a satisfacción de LA ARRENDADORA. Mientras este contrato esté vigente, EL ARRENDATARIO deberá pagar todas las partes acuerdan multas, derechos de estacionamiento, y cualquier otro gasto que LA EMPRESA pagará al BANCO la tarifa vigente de recaudos electrónicos se le imponga por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadas. PARÁGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA autoriza de manera expresa e irrevocable al BANCO, para que mensualmente debite automáticamente infracciones de la cuenta asociada al presente documento xxx xx xxxxxxxx y mencionada en su reglamento, durante el cuadro de Información Básica del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago de todos los impuestos, tributos o tasas tiempo que el pago vehículo haya estado bajo su responsabilidad, así como también los gastos de recuperación del vehículo, servicio xx xxxx o abono a la cuenta mencionada en remolque, daños menores que hubiese sufrido el parágrafo anterior genere. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica de LA EMPRESA que se encuentra en el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita vehículo (entendiéndose por el gerente del BANCO que maneja la cuentadaños menores, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá todos aquellos que no fueron aceptadas y se dará sean cubiertos por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, las protecciones o que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir estén por debajo de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada suma del deducible) y reclamos presentados por LA EMPRESA en todos los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas terceros, costas y gastos judiciales etc., y que EL BANCO le indique para la prestación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el objeto de mejorar la calidad del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente contrato, no deberán ser informados por EL BANCO ARRENDATARIO deberá reembolsar a LA EMPRESAARRENDADORA en caso que por su incumplimiento ésta deba afrontar gastos por este concepto, ya sea después de la entrega del vehículo.

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Samples: Contrato De Arrendamiento

VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación por el servicio objeto El valor del presente contrato las partes acuerdan que LA EMPRESA pagará al BANCO asciende a la tarifa vigente suma de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado XXXXXXXXXXXXXXXXX PESOS M/CTE ($XXXXXXXXXXXXX), M/CTE, incluido el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadas. A.I.U, el valor del IVA PARÁGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA autoriza de manera expresa e irrevocable al BANCO, para que mensualmente debite automáticamente de La oferta económica del CONTRATISTA es la cuenta asociada al presente documento y mencionada en el cuadro de Información Básica del presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicos. siguiente: PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá El valor del presente contrato se encuentra amparado con el siguiente Certificado de Disponibilidad Presupuestal, expedido por el responsable Fondo Ejecución de Proyectos de FONADE: PARÁGRAFO TERCERO.- SISTEMA DE PAGO: El sistema de pago de todos los impuestos, tributos o tasas que del presente contrato es el pago o abono a la cuenta mencionada establecido en el parágrafo anterior generenumeral 3.4.4 del Estudio Previo así: Para la ejecución del contrato se encuentran establecidas las especificaciones técnicas, las cantidades de obra y los precios unitarios por lo tanto, el sistema de pago del contrato (ejecución de obra) es por PRECIOS UNITARIOS FIJOS SIN FÓRMULA DE AJUSTE. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre En consecuencia, el valor definitivo del contrato será la contraprestación establecida en la presente cláusula se comunicarán a la dirección electrónica suma de LA EMPRESA los resultados que se encuentra obtengan al multiplicar las cantidades ejecutadas por EL CONTRATISTA y entregadas a FONADE a su entera satisfacción, por los valores o precios unitarios fijos pactados para el respectivo ítem según la oferta económica (formato 07). El Contratista no podrá superar en su ejecución el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita presupuesto asignado por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificaciónentidad. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación EL CONTRATISTA está obligado a ejecutar todas las actividades, servicios y obras que resulten necesarias para la ejecución del objeto contractual, incluyendo todas aquellas no contempladas en la oferta o en el resultado de los Estudios Técnicos y Diseños realizados y que se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que requieran para la ley indiqueejecución del proyecto. PARÁGRAFO SEXTO: LA EMPRESA se obliga a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas que EL BANCO le indique para la prestación Para los casos de Modificación del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta y conoce que las modificaciones a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el objeto de mejorar la calidad valor del servicio en la red que no modifiquen o afecten las condiciones del presente contrato, definición de cantidades de obra, mayores cantidades de obra y sobre ítems o actividades no deberán ser informados por EL BANCO previstas, se deberá atender a LA EMPRESAlo dispuesto en los numerales 11.3,11.4,11.5, de las Reglas de Participación, respectivamente.

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VALOR DEL CONTRATO. Como contraprestación por el servicio objeto El valor del presente contrato las partes acuerdan es hasta por la suma de xxxx xxxx xxxxx PESOS M/CTE ($xxx.xxx), más el IVA o el que LA EMPRESA pagará al BANCO haga sus veces, de acuerdo con la tarifa vigente de recaudos electrónicos por cada recaudo exitoso recibido. En documento separado el BANCO podrá establecer condiciones especiales de exoneración para que corresponda conforme con la normatividad vigente, teniendo en cuenta lo ofrecido en LA EMPRESA las cuales serán debidamente informadasPROPUESTA. PARÁGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA autoriza EL CONTRATISTA acepta que no habrá lugar a ningún tipo de manera expresa e irrevocable reajuste del valor del contrato durante el plazo de ejecución del mismo, ni por concepto de IPC o incremento al BANCO, para que mensualmente debite automáticamente de la cuenta asociada al presente documento y mencionada salario mínimo mensual legal vigente. Esto en el cuadro entendido que EL CONTRATISTA con la presentación de Información Básica del LA PROPUESTA realizó todos los cálculos, operaciones, análisis y equivalentes necesarios que determinaron que el valor de los servicios que por este documento se contratan, durante todo el plazo de ejecución, corresponden a las sumas determinadas en LA PROPUESTA y establecidas en el presente contrato. La tarifa vigente para recaudos electrónicosdocumento. PARÁGRAFO SEGUNDO: Así mismo LA EMPRESA asumirá el pago de CONCEPTOS QUE INTEGRAN EL VALOR DEL CONTRATO. El valor total del Contrato incluye todos los costos directos e indirectos necesarios para el oportuno y satisfactorio cumplimiento del objeto del presente Contrato por parte del CONTRATISTA, tales como materiales, recursos técnicos, medios magnéticos, papelería, copias, transporte, administración, seguros, imprevistos, utilidad e impuestos, tributos entre otros. Cualquier costo, impuesto o tasas gasto adicional que se genere por la celebración o ejecución del presente Contrato y relacionado directamente con el pago o abono a la cuenta mencionada en el parágrafo anterior genereobjeto del mismo será asumido exclusivamente por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO TERCERO: Las modificaciones sobre El riesgo cambiario de la contraprestación establecida moneda extranjera lo asume EL CONTRATISTA. Así mismo el valor del cambio que pueda llegar a tener la adquisición de licencias y demás servicios necesarios; es por cuenta y riesgo de EL CONTRATISTA, por lo que no se aceptarán solicitudes de reajustes del valor del contrato por estos conceptos. Ya que tuvo en cuenta el riesgo cambiario de la presente cláusula se comunicarán moneda extranjera, como el valor del cambio que pueda llegar a tener la dirección electrónica importación de LA EMPRESA que se encuentra en el presente documento o si esto no es posible mediante comunicación escrita suscrita por el gerente del BANCO que maneja la cuenta, con al menos diez (los elementos a suministra. 10) días hábiles de antelación a la fecha en que pretenden hacer efectiva la modificación. LA EMPRESA deberá aceptar de manera expresa las modificaciones a la contraprestación dentro del término señalado pues de lo contrario se entenderá que no fueron aceptadas y se dará por terminado el presente contrato. PARÁGRAFO CUARTO: Se entiende, entre otras, que LA EMPRESA acepta expresamente las modificaciones a la contraprestación si LA EMPRESA continua utilizando el servicio de recaudo electrónico a partir de la fecha en que se hace efectiva la modificación. PARÁGRAFO QUINTO: La modificación se entenderá igualmente aceptada por LA EMPRESA en todos los demás casos que la ley indique. PARÁGRAFO SEXTOFORMA DE PAGO: LA EMPRESA se obliga CÁMARA pagará a cumplir con las especificaciones operativas y/o técnicas que EL BANCO le indique para la prestación CONTRATISTA el valor del servicio de recaudo. PARAGRAFO SEPTIMO: LA EMPRESA acepta acceso a internet y conoce redes wifi en mensualidades vencidas, más el IVA o el que las modificaciones haga sus veces de acuerdo a los sistemas de interconexión, interface, pasarelas electrónicas o aquellos cambios que se realicen con el objeto de mejorar la calidad del servicio lo establecido en la red que no modifiquen o afecten las condiciones Ley 1819 de 2016, será pagado previa entrega de lo establecido en la cláusula de ENTREGABLES del presente contrato, no deberán ser informados por EL BANCO todo a entera satisfacción de LA EMPRESA.CÁMARA. PARÁGRAFO: Cada pago se realizará dentro de los treinta

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