Xxxxxxx base. Es la parte de retribución del trabajador fijada por unidad de tiempo, sin atender a las circunstancias que definen los complementos personales, de puesto de trabajo, de calidad o de cantidad, de vencimiento periódico superior al mes, en especie o de residencia. Remunera la jornada anual efectiva de trabajo y los descansos legal y convencionalmente establecidos.
Xxxxxxx base. Es la parte de la retribución fija abonada a los trabajadores y trabajadoras en virtud de su Función Profesional, por unidad de tiempo del trabajo convenido durante la jornada ordinaria de trabajo fijada en Convenio, incluido los tiempos de descanso establecidos.
Xxxxxxx base. Complementos salariales
Xxxxxxx base. El salario base estará compuesto por las cantidades señaladas en el artículo 9.
Xxxxxxx base. Gratificaciones extraordinarias xx xxxxx, diciembre y marzo
Xxxxxxx base. Incentivo de nivel
Xxxxxxx base. Complementos por cantidad y calidad de trabajo:
Xxxxxxx base. Es la parte de la retribución del trabajo fijada por unidad de tiempo y de conformidad con la categoría laboral que ostente cada trabajador. En el anexo I se detallan los distintos niveles salariales de aplicación para el año 2011, 2012 y 2013.
Xxxxxxx base. Complementos:
Xxxxxxx base. Es la parte de retribución del trabajador fijada por uni- dad de tiempo, sin atender a las circunstancias que definen los com- plementos personales, de puesto de trabajo, de calidad o de cantidad,