Último día de negociación Cláusulas de Ejemplo

Último día de negociación. Fecha de vencimiento del contrato. Ese día no serán admitidas operaciones day trade ni la apertura de nuevas posiciones.
Último día de negociación. Igual que el Contrato de Futuro subyacente. Las opciones podrán ser ejercidas cualquier día hábil desde la fecha de concertación de la operación hasta el último día de negociación de las mismas (Sistema Americano). Las opciones que estén en ganancia y que no hayan sido ejercidas el último día hábil de negociación, serán ejercidas por el MATba automáticamente, salvo instrucciones en contrario del operador titular de la misma, presentada en el MATba dentro del horario que fije el Directorio.
Último día de negociación. Será el día hábil previo a la fecha prevista para la publicación del precio por litro-panel del circuito formal para el mes del contrato, según el calendario elaborado por la Secretaría de Gobierno de Agroindustria de la Nación..
Último día de negociación. Día hábil anterior (día xx xxxxx bursátil) a la fecha de vencimiento del contrato. Si ese día fuese día festivo en la plaza de Nueva York, el último día de negociación será el día hábil anterior (día xx xxxxx bursátil). En ese día, los negocios solo podrán ser realizados hasta las 10:45 hs., horario de la plaza de Nueva York.
Último día de negociación. El contrato podrá ser negociado hasta la rueda previa a las últimas cinco (5) ruedas del mes del contrato.
Último día de negociación. Será el último viernes que preceda en al menos dos días hábiles (EE.UU.) al último día hábil (EE.UU.) del mes del contrato. Si dicho viernes fuera inhábil (EE.UU.), el vencimiento y último día de negociación será el día hábil (EE.UU.) inmediato anterior. Una vez determinado el día de vencimiento en el punto anterior, si este fuera inhábil en la plaza local, el contrato vencerá el día hábil inmediato anterior en la plaza local.

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  • VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN LA VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN ES COMO MÍNIMO DE 30 DÍAS HÁBILES. LOS LICITANTES DEBERAN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LOS PUNTOS 1.2, 1.3, 1.4 Y 1.5.

  • Ausencia del mínimo de Ofertas El procedimiento de prórroga de presentación y apertura de ofertas por ausencia del mínimo de ofertas requeridas, estará sujeta a la reglamentación vigente dispuesta por la DNCP.

  • Moneda de cotización y pago Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.

  • MONEDA DE COTIZACIÓN La moneda de cotización de la oferta se fijará en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares y en principio será moneda nacional. En aquellos casos en que la cotización se hiciere en moneda extranjera y el pago en moneda nacional, se calculará el monto del desembolso tomando en cuenta el tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA vigente al momento de liberar la orden de pago, o bien, al momento de la acreditación bancaria correspondiente, lo que deberá determinarse en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares.

  • EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 26.1.k) TRLCSP y 67.2.d RG)

  • VIGENCIA DE LA PROPUESTA La propuesta deberá estar vigente por el término del proceso y dos (2) meses más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación abierta.

  • VIGENCIA DE LA PÓLIZA Es el período durante el cual la aseguradora se compromete, mediante el pago de una prima, a cubrir un bien o una persona según se detalla en las Condiciones Particulares.

  • Existencia de crédito Se dispone del crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones que se deriven para el órgano de contratación del cumplimiento del contrato hasta su conclusión. En caso de tramitación anticipada del gasto, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato. La consignación presupuestaria de las obligaciones económicas que derivan del presente contrato figura en la letra B del Cuadro de características del contrato.

  • Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación 28.1 El Gerente de Obras deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 El Gerente de Obras determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente de Obras una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación.

  • VIGENCIA DEL SEGURO Las fechas de inicio y de fin de vigencia de la Póliza se indican en las Condiciones Particulares, Certificado o Solicitud-Certificado, según corresponda. La cobertura comienza a las 00:00 horas del día en que se inicia la vigencia y culmina a las 24:00 horas del último día de la vigencia, siempre que se cumplan los términos y condiciones estipulados en la Póliza.