Contract
CONVENIO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN, LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA, EN LO SUCESIVO "LA UAM", REPRESENTADA POR SU SECRETARIO GENERAL, XX. XXXX XXXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXXX, Y -
NOTA 1
EN ADELANTE "LA PRESTADORA", AL TENOR DE
LOS ANTECEDENTES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
AN TE CEDEN T E S
NOTA 1
l. El 00 xx xxxxx xx 0000, "XX XXX" y "LA PRESTADORA" celebraron un contrato de prestación de servicios profesionales, en lo sucesivo "EL CONTRATO", en el cual "LA PRESTADORA" se obligó a proporcionar a "LA UAM", los servicios consistentes en ser el contacto principal y quien lleve a cabo el seguimiento de cualquier actividad que se derive del proyecto de internacionalización; así como de trámites administrativos de la Oficina de Cooperación y Vinculación en las instalaciones de Toulouse-Francia; apoyar y dar seguimiento a las solicitudes de la Casa Universitaria Xxxxxx-Mexjcana (MUFRAMEX) y la Universidad Federal de Toulouse Midi-Pyrénées (UFTMiP), y brindar apoyo administrativo al Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx.
11. En las cláusulas tercera y cuarta de "EL CONTRATO", se estableció que el monto de los servicios sería por un monto total de $80,000.00 (ochenta mil pesos 00/100 M.N.), que se cubriría en cuatro exhibiciones.
111. En la cláusula décima novena de "EL CONTRATO" se estableció una vigencia del 10 de septiembre al 30 de diciembre de 2018.
IV. De conformidad con la cláusula cuarta de "EL CONTRATO", "LA PRESTADORA" proporcionó sus servicios del 10 al 30 de septiembre de 2018, fecha en que, se le pagó la cantidad de $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 M.N.), por lo que no tiene contraprestación pendiente por cobrar a "LA UAM".
V. Mediante el oficio CGFAyV.307.2018, el Coordinador General para el Fortalecimiento Académico y Vinculación de la "LA UAM", solicitó dar por terminado de manera anticipada "EL CONTRATO", a partir del 1 de octubre de 2018.
VI. En la cláusula vigésima primera de "EL CONTRATO", se pactó la posibilidad de darlo por terminado de manera anticipada.
VII. "LA PRESTADORA" reconoce que "LA UAM" no le adeuda cantidad o contraprestación alguna derivada de "EL CONTRATO", en el periodo comprendido del 1O al 30 de septiembre de 2018, toda vez que los servicios contratados se recibieron durante este periodo a entera satisfacción.
X XXX S U L A S
PRIMERA. OBJETO. "LA UAM" y "LA PRESTADORA", dan por terminado
anticipadamente "EL CONTRATO", con efectos a partir del 1 de octubre de 2018, en virtud de que desde esa fecha se dejaron de proporcionar los servicios materia del mismo.
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... .
... -
NOTA 1
NOTA 1
NOTA | FOJA | DATOS TESTADOS DEL PRESTADOR | SE ELIMINA | FUNDAMENTO | MOTIVACIÓN |
1 | Nombre y firma | 5 renglones | Artículo 116, primer párrafo | Son datos personales que | |
de la LGTAIP; artículo 113, | constituyen información | ||||
fracción I de la LFTAIP; | confidencial, misma que | ||||
artículo 3, fracción IX de la | requiere del | ||||
LGPDPPSO; lineamiento | consentimiento del titular | ||||
Trigésimo Noveno de los | para su difusión. | ||||
Lineamientos Generales en | |||||
Materia de Clasificación y | |||||
Desclasificación de la | |||||
Información, así como para | |||||
la Elaboración de Versiones | |||||
Públicas; artículos 1, 16, | |||||
fracción III, 17 y 23, fracción I | |||||
del Reglamento para la | |||||
Transparencia de la | |||||
Información Universitaria de | |||||
la UAM. |
LGTAIP: Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. LFTAIP: Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
LGPDPPSO: Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de sujetos Obligados