Contract
Contrato de Compraventa de Neumáticos para Vehículos Oficiales, que celebran por una parte la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Oficial Mayor, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría” y por la otra parte la persona física Xxxx Xxxx de la Xxxx Xxxxxx y/o Grupo Xxxxx, representada en este acto por él mismo, en su calidad de Representante Legal, a quien en lo subsecuente se le designará como “El Proveedor”, de conformidad con los Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas siguientes: -------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ANTECEDENTES:
A. Con fecha 21 xx Xxxxx de 2006, “La Secretaría”, a través de la Oficialía Mayor, envió oficios donde se les formuló una invitación a varias empresas y funcionarios de la misma dependencia, asimismo a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a la Contraloría General; para participar en la Licitación Simplificada No. LS/GEV-23-027/06 relativa a la compraventa de Neumáticos para Vehículos Oficiales de “La Secretaría”, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 del Decreto No. 521, del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, para el ejercicio fiscal de 2006 y 1, 9, 10, 26 fracción II, 43, 56, 57, 58 y demás relativos aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.------------------------------------------------------
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B. Con fecha 26 xx Xxxxx de 2006, se celebró la Junta de Presentación y Apertura de Proposiciones respecto a la licitación señalada en el inciso anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, y base quinta de las bases de participación de la licitación de
referencia. -
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C. Con fecha 14 xx Xxxxxx de 2006, se llevo a cabo la Notificación de Fallo de la Licitación Simplificada No. LS/GEV-23-027/06 relativa a la compraventa de Neumáticos para Vehículos Oficiales de “La Secretaría”; siendo favorecido “El Proveedor” en las partidas de la licitación que en la cláusula primera de este contrato se indican, en acatamiento a lo estipulado en el artículo 44 de la Ley citada en el antecedente B.
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D E C L A R A C I O N E S:
I. DE “LA SECRETARÍA”
I.1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, en términos de los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 1, 2, 4, 9 fracción IV, 10, 11, 15, en relación con los artículos 21 y 22 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 186, del Código Financiero para el Estado Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 46 del Decreto No. 521 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, para el Ejercicio Fiscal 2006, 1, 5 y 14 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.----------------
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I.2. Que la personalidad jurídica del C. Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, como Oficial Mayor de la Secretaría de Educación, para celebrar a nombre de “La Secretaría” en los términos del presente contrato, se acredita con el nombramiento expedido a su favor, por el Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Educación para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, así como por las facultades conferidas en los artículos 4 fracción I, 12 y 14 fracciones I, IV y VI, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Educación. -
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I.3. Que cuenta con los Recursos disponibles suficientes, en la Partida Presupuestal 2304, para cubrir el monto de los bienes pactados en el presente contrato.--------------------------------------------------------------
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I.4. Que es su voluntad celebrar el presente contrato relativo a la compraventa de Neumáticos para Vehículos Oficiales de “La Secretaría” con “El Proveedor”, bajo la modalidad de licitación simplificada y de conformidad con los artículos 26, fracción II, 54, 56, 57 y 58, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
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I.5. Que señala como su domicilio para los efectos de este contrato el ubicado en el kilómetro 4.5 de la Carretera Federal Xalapa a Veracruz de la Colonia S.A.H.O.P. con Código Postal 91190 y R.F.C. No. SED9905019C2.
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II. DE “EL PROVEEDOR”
II.1. Que es una Persona Física, con actividad empresarial y objeto social de Comercialización de Llantas, Cámaras y Corbatas para Vehículos de todo tipo, acreditando su personalidad con fotocopia de su Acta de Nacimiento No. 640005, expedida por el Registro Civil del Distrito Federal de fecha 17 xx Xxxxx de 1992 y fotocopia de su Credencial de Elector con Folio No. 49730953 expedida por el Instituto
Federal Electoral en Xalapa, Ver. -
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II.2. Que cuenta con R.F.C. No. ROGL610118C24 expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.-
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II.3. Que señala como su domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en la Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xx. 0, Xxxxxxx 0 xx Xxxxxxxxx, X.X. 91150, con No. telefónico y fax 000-00-00, en Xalapa, Ver. -
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II.4. Que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera suficiente para el suministro de los bienes
requeridos por “La Secretaría”. -
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II.5. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en ninguno de los casos de excepción para la contratación del servicio establecidos en el artículo 45, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento, Administración y Enajenación de Bienes Muebles para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
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C L Á U S U L A S:
PRIMERA: Objeto. “El Proveedor” vende a “La Secretaría” y éste se obliga a proporcionar los Neumáticos que a continuación se detallan:-
PARTIDA | DESCRIPCIÓN | U.M. | CANT. | P.U. | TOTAL |
1 | NEUMÁTICO MED. 10R15LT, MARCA EUZKADI, MODELO ALL TERRAIN PROF PISO 13.0 MM. | PIEZA | 16 | $814.00 | $13,024.00 |
2 | NEUMÁTICO MED. 11R22.5 ( DIRECCIONALES), MARCA CONTINENTAL, MODELO SEMPERIT ST DIRECCIONAL PROF PISO 14 MM. | PIEZA | 2 | 3,005.00 | 6,010.00 |
NEUMÁTICO MED. 11R22.5, TRACCION, MARCA CONTINENTAL, MODELO SEMPERIT DR PROF PISO 20 MM. | PIEZA | 4 | 3,165.00 | 12,660.00 | |
3 | NEUMÁTICO MED. 11R24.5, MARCA CONTINENTAL, MODELO SEMPERIT ST DIRECCIONAL PROF PISO 14 MM. | PIEZA | 6 | 3,050.00 | 18,300.00 |
4 | NEUMÁTICO MED. 1100-22, XXXXX XXXXXX, MODELO T-2400 PROF PISO 19.5 MM. | PIEZA | 12 | 1,825.00 | 21,900.00 |
5 | NEUMÁTICO MED. 175/70 R13, MARCA EUZKADI, MODELO SPORT DRIVE, PROF PISO 8.5 MM. | PIEZA | 152 | 289.50 | 44,004.00 |
10 | NEUMÁTICO MED. 225/95 D 17, XXXXX XXXXXX, MODELO EXPRESS, PROF PISO 12.4 MM. | PIEZA | 36 | 828.00 | 29,808.00 |
11 | NEUMÁTICO MED. 155/80 R15, MARCA GENERAL, MODELO XP 2000, PROF PISO 8.0 MM. | PIEZA | 40 | 291.00 | 11,640.00 |
12 | NEUMÁTICO MED. 195/70 R14, MARCA GENERAL, MODELO XP 2000, PROF PISO 8.5 MM. | PIEZA | 8 | 378.00 | 3,024.00 |
14 | NEUMÁTICO MED. 225/75 R16, XXXXX XXXXXX, MODELO AT-09, PROF PISO 10.7 MM. | PIEZA | 40 | 630.00 | 25,200.00 |
15 | NEUMÁTICO MED. 235/70 R16, XXXXX XXXXXX, MODELO AT-09, PROF PISO 11MM. | PIEZA | 60 | 640.00 | 38,400.00 |
16 | NEUMÁTICO MED. 235/75 R15, MARCA EUZKADI, MODELO SPORT DRIVE, PROF PISO 10.0 MM. | PIEZA | 60 | 640.00 | 38,400.00 |
SUBTOTAL | $262,370.00 | ||||
I.V.A. | 39,355.50 | ||||
TOTAL | $301,725.50 |
SEGUNDA: Forma de Pago. “La Secretaría” se compromete a pagar a precio fijo a “El Proveedor” la cantidad de $301,725.50 (Trescientos Un Mil Setecientos Veinticinco Pesos 50/100 M.N.) incluido el 15% del Impuesto al Valor Agregado, cantidad que será pagada dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrega total de los bienes, previa presentación de la factura debidamente requisitada fiscalmente. Los pagos se efectuarán a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, mediante transferencia electrónica.-----------------------------------------------
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TERCERA: Lugar de Entrega. Los bienes deberán ser entregados libre a bordo en el almacén de “La Secretaría” ubicado en la prolongación de Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx N°. 43 de la Colonia Viveros del Municipio de Banderilla, Veracruz. Las entregas deberán realizarse coordinadamente con el almacén, con previo aviso a los teléfonos 000-00-00, 000-00-00 y 0-00-00-00 extensión 104 en días hábiles de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas.-------------------------------------------------------------------
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CUARTA: Plazo de Entrega. “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 20 (veinte) días hábiles siguientes a la suscripción de este contrato. No se aceptarán entregas parciales de los bienes, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total de los bienes se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago.
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QUINTA: Seguro de Traslado. “El Proveedor” se obliga a que el seguro de traslado de los bienes (neumáticos), hasta su total entrega, así como los gastos adicionales que este genere, corran por su
cuenta y costo. -
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SEXTA: Garantía de los bienes. “El Proveedor” se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto de fabricación, composición y/o vicio oculto, por el término de 1 (un) año o conforme a la garantía de fabrica, contado a partir de la entrega total de los bienes, comprometiéndose a su reposición por otros de la misma calidad, marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación por escrito de “La Secretaría”.--------------------------------------------------
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SÉPTIMA: Garantía de Cumplimiento de Contrato. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato la calidad de los bienes y el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Proveedor” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Póliza de Fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de $26,237.00 (Veinte Seis Mil Doscientos Treinta y Siete Pesos 00/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------------------
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OCTAVA: Vigencia de la Fianza. El “Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el término de de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro.
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NOVENA: Incremento. “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.----------
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DÉCIMA: Pena Convencional. “El Proveedor” se compromete a pagar a “La Secretaría” como pena convencional un 5 (cinco) al Millar por cada día de atraso en la entrega de los bienes objeto del presente contrato, mismo que será deducido proporcionalmente del importe total a pagar, con sujeción en lo establecido en el artículo 62 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------------------
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DÉCIMA PRIMERA: Rescisión de Contrato. “La Secretaría” podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por ”El Proveedor”, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 79, 80 y 81 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.---------
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DÉCIMA SEGUNDA: Derechos y Obligaciones. Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse total, ni parcialmente bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “La Secretaría”. Queda entendido y aceptado expresamente por “La Secretaría” y “El Proveedor” que el pago por resarcimiento de daños y perjuicios como consecuencia de la rescisión del contrato, no podrá exceder del monto total del valor del presente contrato.---------------
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DÉCIMA TERCERA: Incumplimiento. “El Proveedor” acepta y reconoce que en caso de incumplimiento en el sostenimiento de su oferta, como se establece en la base Décima Octava de las Bases de la licitación que originan este contrato o a las obligaciones pactadas en este instrumento legal, se hará acreedor a las sanciones consistentes en multa de cien a mil xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la capital del Estado, en la fecha que se cometa la infracción; y prohibición para participar en los procesos de licitación durante dos años, de conformidad con el artículo 73 fracciones I y II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
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DÉCIMA CUARTA: Capacidad. “El Proveedor” acepta que “La Secretaría” analice en los lugares que crea convenientes la calidad de los bienes, así como realizar visitas a las instalaciones de “El Proveedor” cuando lo considere necesario para verificar su capacidad.------------------------------------------
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DÉCIMA QUINTA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones ya especificadas.------------------------------------------------------------------
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DÉCIMA SEXTA: Jurisdicción. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales comunes de la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx; renunciando al fuero que les corresponda en atención a su domicilio presente o futuro.---------------------------------------------------------
Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal de este contrato lo firman en la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; a los Veintiún días del mes xx Xxxxxx de Dos Mil Seis. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Por “El Proveedor”
Por “La Secretaría”
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
Oficial Mayor.
Xxxx Xxxx de la Xxxx Xxxxxx y/o Grupo Xxxxx
C. Xxxx Xxxx de la Xxxx Xxxxxx
Representante Legal.
Contrato de Compraventa de Neumáticos, que celebran por una parte la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Oficial Mayor, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría” y por la otra parte la empresa Llantera Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx S.A. de C.V., representada en este acto por la C. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx, en su calidad de Representante Legal, a quien en lo subsecuente se le designará como “El Proveedor”, de conformidad con los Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas siguientes: -------------------------------------------------------------
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ANTECEDENTES:
A. Con fecha 21 xx Xxxxx de 2006, “La Secretaría”, a través de la Oficialía Mayor, envió oficios donde se les formuló una invitación a varias empresas y funcionarios de la misma dependencia, asimismo a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a la Contraloría General; para participar en la Licitación Simplificada No. LS/GEV-23-027/06 relativa a la compraventa de Neumáticos para los Vehículos Oficiales de “La Secretaría”, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 del Decreto No. 521, del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, para el ejercicio fiscal de 2006 y 1, 9, 10, 26 fracción II, 43, 56, 57, 58 y demás relativos aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.------------------------------------------------------
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B. Con fecha 26 xx Xxxxx de 2006, se celebró la Junta de Presentación y Apertura de Proposiciones respecto a la licitación señalada en el inciso anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, y base quinta de las bases de participación de la licitación de
referencia. -
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C. Con fecha 00 de Julio de 2006, se llevo a cabo la Notificación de Fallo de la Licitación Simplificada No. LS/GEV-23-027/06 relativa a la compraventa de Neumáticos para los Vehículos Oficiales de “La Secretaría”; siendo favorecido “El Proveedor” en las partidas de la licitación que en la cláusula primera de este contrato se indican, en acatamiento a lo estipulado en el artículo 44 de la Ley citada
en el antecedente B. -
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D E C L A R A C I O N E S:
I. “DE LA SECRETARÍA”
I.1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, en términos de los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 1, 2, 4, 9 fracción IV, 10, 11, 15, en relación con los artículos 21 y 22 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 186, del Código Financiero para el Estado Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 46 del Decreto No. 521 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, para el Ejercicio Fiscal 2006, 1, 5 y 14 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.----------------
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I.2. Que la personalidad jurídica del C. Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, como Oficial Mayor de la Secretaría de Educación, para celebrar a nombre de “La Secretaría” en los términos del presente contrato, se acredita con el nombramiento expedido a su favor, por el Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Educación para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, así como por las facultades
conferidas en los artículos 4 fracción I, 12 y 14 fracciones I, IV y VI, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Educación. -
-
I.3. Que cuenta con los Recursos disponibles suficientes, en la partida presupuestal 2304, para cubrir el monto de los bienes pactados en el presente contrato.--------------------------------------------------------------
-
I.4. Que es su voluntad celebrar el presente contrato relativo a la compraventa del Neumáticos para los Vehículos Oficiales con “El Proveedor” bajo la modalidad de licitación simplificada y de conformidad con los artículos 26, fracción II, 54, 56, 57 y 58, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx
de la Llave. -
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I.5. Que señala como su domicilio para los efectos de este contrato el ubicado en el kilómetro 4.5 de la Carretera Federal Xalapa a Veracruz de la Colonia S.A.H.O.P. con Código Postal 91190 y R.F.C. No. SED9905019C2.
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II. DE “EL PROVEEDOR”
II.1. Que es una Sociedad Anónima de Capital Variable constituida conforme a las Leyes mexicanas, con objeto social de Compra, Venta y Consignación de Llantas, Cámaras, Corbatas, Refacciones Automotrices y Servicio de Taller Mecánico, justificada con la Escritura Pública No. 3,335, pasada ante la Xx xxx Xxxxxxx Público No. 2, Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, en la Ciudad de Coatepec, Ver., de
fecha 28 de Noviembre de 1995. -
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II.2. Que su representante legal acredita su personalidad a través del Instrumento Público No. 3,391, pasada ante la Xx xxx Xxxxxxx Público No. 2, Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, en la Ciudad de
Coatepec, Ver., de fecha 8 xx Xxxxx de 1996. -
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II.3. Que acredita su actividad empresarial mediante el R.F.C. No. LHS951124FI1 expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
-
II.4. Que señala como su domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en Xxxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, X.X. 91030, con No. Telefónico 000-00-00 y Fax No.
000-00-00 en Xalapa. Ver. -
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II.5. Que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera suficiente para el suministro de los bienes
requeridos por “La Secretaría”. -
-
II.6. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en ninguno de los casos de excepción para la contratación del servicio establecidos en el artículo 45, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento, Administración y Enajenación de Bienes Muebles para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
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C L Á U S U L A S:
PRIMERA: Objeto. “El Proveedor” vende a “La Secretaría” y este se obliga a proporcionar los
Neumáticos que a continuación se detallan: -
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PARTIDA | DESCRIPCIÓN | U.M. | CANTIDAD | P.U. | TOTAL |
6 | 185 R14C | PIEZA | 208 | $508.70 | $105,809.60 |
7 | 205/70 R14 | PIEZA | 4 | 443.48 | 1,773.92 |
13 | P215/70 HR15 | PIEZA | 8 | 569.57 | 4,556.56 |
17 | P275/60 R15 | PIEZA | 12 | 691.30 | 8,295.60 |
SUBTOTAL | $120,435.68 | ||||
I.V.A. | 18,065.35 | ||||
TOTAL | $138,501.03 |
SEGUNDA: Forma de Pago. “La Secretaría” se compromete a pagar a precio fijo a “El Proveedor” la cantidad de $138,501.03 (Ciento Treinta y Ocho Mil Quinientos Un Pesos 03/100 M.N.) incluido el 15% del Impuesto al Valor Agregado, cantidad que será pagada dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrega total de los bienes, previa presentación de la factura debidamente requisitada fiscalmente. Los pagos se efectuarán a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, mediante transferencia electrónica.-----------------------------------------------
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TERCERA: Lugar de Entrega. Los bienes deberán ser entregados libre a bordo en el almacén de “La Secretaría” ubicado en la prolongación de Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx N°. 43 de la Colonia Viveros del Municipio de Banderilla, Veracruz. Las entregas deberán realizarse coordinadamente con el almacén, con previo aviso a los teléfonos 000-00-00, 0-00-00-00 extensión 104 y 000-00-00 en días hábiles de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas.-------------------------------------------------------------------
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CUARTA: Plazo de Entrega. “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 20 (veinte) días hábiles siguientes a la suscripción de este contrato. No se aceptarán entregas parciales de los bienes, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total de los bienes se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago.
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QUINTA: Garantía de los bienes. “El Proveedor” se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto de fabricación, composición y/o vicio oculto, por el término de 1 (un) año o conforme a la garantía de fabrica, contado a partir de la entrega total de los bienes, comprometiéndose a su reposición por otros de la misma calidad, marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación por escrito de “La Secretaría”.-------------------------------------------
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SEXTA: Garantía de Cumplimiento de Contrato. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato la calidad de los bienes y el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Proveedor” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Póliza de Fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de $12,043.56 (Doce Mil Cuarenta y Tres Pesos 56/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.------------------------------------------------------
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SÉPTIMA: Vigencia de la Fianza. El “Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el término de de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de
Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro.
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OCTAVA: Incremento. “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.----------
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NOVENA: Pena Convencional. “El Proveedor” se compromete a pagar a “La Secretaría” como pena convencional un 5 (cinco) al Millar por cada día de atraso en la entrega de los bienes objeto del presente contrato, mismo que será deducido proporcionalmente del importe total a pagar, con sujeción en lo establecido en el artículo 62 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------------------
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DÉCIMA: Rescisión de Contrato. “La Secretaría” podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por ”El Proveedor”, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 79, 80 y 81 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------------------
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DÉCIMA PRIMERA: Derechos y Obligaciones. Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse total, ni parcialmente bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “La Secretaría”. Queda entendido y aceptado expresamente por “La Secretaría” y “El Proveedor” que el pago por resarcimiento de daños y perjuicios como consecuencia de la rescisión del contrato, no podrá exceder del monto total del valor del presente contrato.---------------
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DÉCIMA SEGUNDA: Incumplimiento. “El Proveedor” acepta y reconoce que en caso de incumplimiento en el sostenimiento de su oferta, como se establece en la base Décima Octava de las Bases de la licitación que originan este contrato o a las obligaciones pactadas en este instrumento legal, se hará acreedor a las sanciones consistentes en multa de cien a mil xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la capital del Estado, en la fecha que se cometa la infracción; y prohibición para participar en los procesos de licitación durante dos años, de conformidad con el artículo 73 fracciones I y II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
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DÉCIMA TERCERA: Capacidad. “El Proveedor” acepta que “La Secretaría” analice en los lugares que crea convenientes la calidad de los bienes, así como realizar visitas a las instalaciones de “El Proveedor” cuando lo considere necesario para verificar su capacidad.------------------------------------------
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DÉCIMA CUARTA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones ya especificadas.-----------------------------------------------------
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DÉCIMA QUINTA: Jurisdicción. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales comunes de la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx; renunciando al fuero que les corresponda en atención a su domicilio presente o futuro.---------------------------------------------------------
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Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal de este contrato lo firman en la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; a los 000000000 días del mes de 000000 de Dos Mil Seis. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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Por “La Secretaría”
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
Oficial Mayor.
Por “El Proveedor”
Llantera Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx S.A. de C.V.
C. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx
Representante Legal.