CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL MIXTA
CONVOCATORIA A LA
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL MIXTA
No. 18578021-004-09
“BAJO LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”
PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN:
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANALISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS Y COMPUESTOS ORGANICOS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS
Bajo la modalidad de Contrato Abierto a Precio Fijo
En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1° fracción IV, 3°, 25, 26 fracción I, 26 BIS fracción III, 27, 28 fracción II, 29, 32 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante “Ley”) y aplicables de su Reglamento (en adelante “Reglamento”) y del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 xx Xxxxxx de 2000 (en adelante “ACUERDO”), así como lo aplicable de las Políticas, Bases y Lineamientos Generales de Suministros en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales (en adelante POBALINES) y las disposiciones administrativas vigentes en la materia, PEMEX PETROQUÍMICA por conducto del COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS , de la SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES, JEFATURA DE OBRA PÚBLICA ubicada el complejo Petroquímico Pajaritos, sito en XX. 0.0 XXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX-XXXXXXXXXXXX XXX. XXXXXX, XX XXXXXXXXXXXXX, XXX. con teléfono 000-00-00000 Extensiones 32-251, 32-412 fax 32-012 y correos electrónicos: xxxxxxxx@xxx.xxxxx.xxx; xxxxxxx@xxx.xxxxx.xxx en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA emite la Convocatoria que establece las bases en las que se desarrollará la Licitación Pública Internacional numero de CompraNET 18578021-004-09, (en adelante “Convocatoria”), Solicitud de Servicio Núm. 431-44200-S-1010988, que tiene por objeto la prestación de los servicios consistentes en: “SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANALISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS Y COMPUESTOS ORGANICOS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS” (en adelante “Servicios”), que se describen en el Documento 01. Esta Convocatoria consta de 25 Documentos.
EVENTOS:
VISITA(S) A INSTALACIONES
DIA: |
15 |
MES: |
Octubre |
AÑO: |
2009 |
HORA: |
10:00 |
LUGAR: |
En el Complejo Petroquímico Pajaritos y el punto de reunión será en la Sala de Juntas de la jefatura de Adquisiciones, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5 Pajaritos, Coatzacoalcos, Ver. |
JUNTA(S) DE ACLARACIÓN(ES) A LA CONVOCATORIA
DIA: |
16 |
MES: |
Octubre |
AÑO: |
2009 |
HORA: |
10:00 HRS. |
LUGAR: |
En el Complejo Petroquímico Pajaritos y el punto de reunión será en la Sala de Juntas de la jefatura de Adquisiciones, ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx. |
ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
DIA: |
28 |
MES: |
Octubre |
AÑO: |
2009 |
HORA: |
10:00 HRS. |
LUGAR: |
En el Complejo Petroquímico Pajaritos y el punto de reunión será en la Sala de Juntas de la jefatura de Adquisiciones, ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx. |
FECHA DE ACTO DE FALLO
DIA: |
04 |
MES: |
Noviembre |
AÑO: |
2009 |
HORA: |
13:00 HRS |
LUGAR: |
En el Complejo Petroquímico Pajaritos y el punto de reunión será en la Sala de Juntas de la jefatura de Obra Pública, ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx. |
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La firma del Contrato se hará en cualquier día hábil dentro de los 15 días naturales posteriores a la notificación del fallo. |
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LUGAR: |
En el Complejo Petroquímico Pajaritos y el punto de reunión será en la Sala de Juntas de la jefatura de Obra Pública, ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx. |
Relación de documentos que integran esta Convocatoria
DOCUMENTO |
CONTENIDO |
FOLIO |
01 |
Especificaciones Técnicas. |
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01 A |
Documentos que se integran a la Propuesta Técnica |
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02 |
Aspectos Administrativos. |
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03 |
Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante. |
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03 A |
Formato de escrito que deberán presentar las personas que participen en la Junta de Aclaraciones para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 33 bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
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04 |
Documentos que deberán ser firmados autógrafamente por persona facultada para ello. |
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05 |
Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones. |
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06 |
Formato de oferta (Técnica) |
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06-A |
Formato de oferta (Económica). |
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07 |
Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de conformidad con lo establecido en el Articulo 29 fracción VIII de la citada Ley. |
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08 |
Formato de Declaración de Integridad. |
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09
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Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Proveedor(es) adjudicado(s) para:
Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos, los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad. |
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9 A |
Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberá(n) presentar (án) el(los) proveedor(es) y modelo de declaración de beneficiario. |
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10 |
Formato de manifestación escrita de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. |
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10-A |
Formato para la manifestación de no estar obligado a presentar total o parcialmente las declaraciones por impuestos federales por tener residencia permanente en el extranjero, así como para los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México. |
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11 |
Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento (NO APLICA) |
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Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios (NO APLICA) |
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13 |
Formato del documento de “Compromisos con la Transparencia”. |
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14 |
Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal. |
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15 |
Modelo de Contrato |
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Formato de manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; Acompañada con copia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. |
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17 |
Causas de Desechamiento. |
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18 |
Niveles de inspección de servicios |
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Reglamento de seguridad, salud y protección ambiental, que deben cumplir los contratistas y/o proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica |
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20 |
Formato de manifestacion de integracion nacional de mano de obra en los servicios ofertados, derivado de la estrategia para el desarrollo de proveedores y contratistas de petroleos mexicanos |
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Para mejor conducción de esta licitación preferentemente se deberán utilizar los formatos integrados a esta convocatoria, los cuales contienen los datos mínimos necesarios. Podrán utilizar documentos membretados de su empresa los cuales deberán cumplir cuando menos con los datos solicitados en cada formato. |
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DOCUMENTO 01
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Partida |
Cantidad de referencia |
Unidad de Medida |
Descripción |
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2 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA, ANÁLISIS Y RESULTADO DE LA COMPOSICIÓN DEL COMBUSTIBLE LÍQUIDO UTILIZADO PARA ALIMENTAR A LAS CALDERAS CB-12 Y CB-13 DE SERVICIOS AUXILIARES III.
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3 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA DE EFLUENTES FINALES Y/O PUNTOS DE LA RED INTERNA PARA ANÁLISIS DE MUESTRA COMPUESTA PARA TOXICIDAD, COMPUESTOS ORGÁNICOS VOLÁTILES CLORADOS, COMPUESTOS ORGÁNICOS SEMIVOLATILES, COMPUESTOS ORGANOCLORADOS Y METALES TOTALES. NMX-AA-118-SCFI-2001
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3 |
4 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE METALES PESADOS, PATÓGENOS Y PARÁSITOS EN LODOS Y BIOSOLIDOS DE ACUERDO A LA NORMA NOM-004-SEMARNAT-2002
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4 |
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SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA Y ANÁLISIS CRIT DE ACUERDO A LA NORMA NOM-052-SEMARNAT-2005
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4 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA, ANÁLISIS Y RESULTADOS PARA DETERMINACIÓN DE BIFENILOS POLICLORADOS PCB's DE ACEITES EN TRANSFORMADORES O CORRIENTES DE PROCESO CONSIDERANDO LA NORMA NOM-133-SEMARNAT-2000.
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1 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA, ANÁLISIS Y RESULTADOS EN LA CHIMENEA DEL INCINERADOR II TOMANDO COMO REFERENCIA LO INDICADO EN LA TABLA 1 DE LA NORMA NOM-098-SEMARNAT-2002. ANÁLISIS CON XXXXXXXX Y FURANOS .
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7 |
1 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA, ANÁLISIS Y RESULTADOS EN LA CHIMENEA DEL INCINERADOR II TOMANDO COMO REFERENCIA LO INDICADO EN LA TABLA 1 DE LA NORMA NOM-098-SEMARNAT-2002. ANÁLISIS SIN DIOXINAS Y FURANOS.
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4 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA EN LA CHIMENEA, ANÁLISIS Y ENTREGA DE RESULTADO DEL INCINERADOR II PARA EL PARÁMETRO ACIDO CLORHÍDRICO DE ACUERDO AL MÉTODO NMX-AA-070-1980 INDICADO EN LA NORMA NOM-098-SEMARNAT-2002 .
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1 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA EN LA CHIMENEA, ANÁLISIS Y ENTREGA DE RESULTADOS DEL INCINERADOR II PARA LA EFICIENCIA DE DESTRUCCIÓN DE RESIDUOS DE LOS COMPUESTOS QUÍMICOS 1,2 DICLOROETANO Y 1,1,2 TRICLOROETANO PARA MATRIZ GASEOSA DE ACUERDO AL MÉTODO USEPA 0030 Y 5041 A .
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1 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA, ANÁLISIS Y RESULTADOS A LA SALIDA DEL QUEMADOR DE GASES PARA LA DETERMINACIÓN DE COMPUESTOS ORGANOHALOGENADOS, DIOXINAS Y FURANOS Y GASES DE COMBUSTIÓN DE EFECTO INVERNADERO DE ACUERDO AL LISTADO NMX-AA-118-SCFI-2001.
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SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA, ANÁLISIS Y RESULTADOS PARA ISOCINETICO, SO2 Y PARTÍCULAS UTILIZANDO COMBUSTIBLE LIQUIDO EN LAS CALDERAS DE SERVICIOS AUXILIARES, Y GAS COMBUSTIBLE EN HORNOS Y CALDERAS DE ACUERDO A LA NORMA NOM-085-SEMARNAT-1994.
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SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL ANÁLISIS Y RESULTADOS DE MONITOREO PERIMETRAL UTILIZANDO LA NOM-035-SEMARNAT -1993 PARA PARTÍCULAS SUSPENDIDAS TOTALES (PST). INCLUYE INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS.
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1 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL ANÁLISIS Y RESULTADOS DEL MONITOREO PERIMETRAL UTILIZANDO LA NOM-034-SEMARNAT-1993 PARA MONÓXIDO DE CARBONO (CO). INCLUYE INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS.
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1 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL ANÁLISIS Y RESULTADOS DEL MONITOREO PERIMETRAL UTILIZANDO LA NOM-037-SEMARNAT-1993 PARA BIÓXIDO DE NITRÓGENO (NO2). INCLUYE INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS.
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1 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL ANÁLISIS Y RESULTADOS DEL MONITOREO PERIMETRAL UTILIZANDO LA NOM-038-SEMARNAT-1993 PARA DIÓXIDO DE AZUFRE (SO2). INCLUYE INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS.
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1 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL ANÁLISIS Y RESULTADOS DEL MONITOREO PERIMETRAL PARA COMPUESTOS ORGÁNICOS VOLÁTILES (COVs). EN BASE AL METODO EPA 8260B O EQUIVALENTE. INCLUYE INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
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1 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL ANÁLISIS Y RESULTADOS DEL MONITOREO PERIMETRAL PARA HIDROCARBUROS TOTALES (HCT) EN BASE AL METODO EPA TO-2 1984 O EQUIVALENTE. INCLUYE INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
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1 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL ANÁLISIS Y RESULTADOS DEL MONITOREO PERIMETRAL PARA ACIDO CLORHÍDRICO, CLORO Y CLORUROS EN BASE AL MÉTODO NMX-AA-070-1980. INCLUYE INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
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10 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA, ANALISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS EN HORNOS DE LA PLANTA DE ETILENO CON CAPACIDAD MAYOR A 110000 MJ/HR , EN APEGO A LA NOM-085-SEMARNAT-1994. |
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SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA, ANALISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS XX XXXXXX DE LA PLANTA DE DERIVADOS CLORADOS III CON CAPACIDAD MENOR A 110000 MJ/HR , EN APEGO A LA NOM-085-SEMARNAT-1994.
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21 |
6 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA, ANALISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS EN CALDERAS DE SERVICIOS AUXILIARES CON CAPACIDAD MAYOR A 110000 MJ/HR , EN APEGO A LA NOM-085-SEMARNAT-1994. |
22 |
6 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA, ANALISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS DE RUIDO PERIMETRAL Y PRESENTAR UN REPORTE COMO LO ESTABLECE LA NOM-081--SEMARNAT-1994.
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23 |
3 |
SERVICIO |
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANÁLISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS, COMPUESTOS ORGANICOS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS EN GENERAL TOMA DE MUESTRA DE EFLUENTES FINALES Y/O PUNTOS DE LA RED INTERNA PARA ANALISIS DE DEMANDA QUIMICA DE OXIGENO (DQO) Y SOLIDOS SUSPENDIDOS TOTALES (SST) EN MUESTRA COMPUESTA. |
1.- LOS MONITOREOS DE EMISIONES A LA ATMOSFERA DEL INCINERADOR II, DEL QUEMADOR DE GASES, HORNOS Y CALDERAS, TOMA DE MUESTRA Y ANALISIS DE EFLUENTES Y TOMA DE MUESTRA Y ANALISIS DE RESIDUOS, EN EL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS, DEBERAN REALIZARSE EN CONFORMIDAD CON:
LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGIA Y NORMALIZACION,
LA LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE,
LA LEY GENERAL DE PREVENCION Y GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
LA XXX XX XXXXX NACIONALES,
LA LEY FEDERAL DE DERECHOS EN MATERIA DE AGUAS,
EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DE LA CONTAMINACION A LA ATMOSFERA,
EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PREVENCION Y GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
EL REGLAMENTO DE LA XXX XX XXXXX NACIONALES
EL DECRETO POR EL CUAL SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE REGISTRO DE EMISIONES Y TRANSFERENCIA DE CONTAMINANTES.
APENDICE NORMATIVO A LA LISTA DE SUSTANCIAS Y COMPUESTOS QUIMICOS NMX-AA-118-SCFI-2001
2.- Y CON LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS
NOM-001-SEMARNAT-1996
NOM-004-SEMARNAT-2002
NOM-034-SEMARNAT-1993
NOM-035-SEMARNAT-1993
NOM-037-SEMARNAT-1993
NOM-038-SEMARNAT-1993
NOM-052-SEMARNAT-1993
NOM-053-SEMARNAT-1993
NOM-081-SEMARNAT-1994
NOM-085-SEMARNAT-1994
NOM-098-SEMARNAT-2002
NOM-133-SEMARNAT-2000
NOM -021-SSA-1993
NOM -022-SSA-1993
NOM -023-SSA-1993
NOM -024-SSA-1993
(LA DESCRIPCION DE CADA NORMA SE DETALLA EN LA SECCION DE NORMAS (DOCUMENTO 23)
3. EL LICITANTE DEBERA CONTAR Y PRESENTAR LAS ACREDITACIONES VIGENTES ANTE LA EMA (ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN) O ACREDITACIONES DEL PAIS DE ORIGEN DEL LICITANTE EXTRANJERO, PARA LA REALIZACIÓN DE LOS MUESTREOS ANÁLISIS EN LABORATORIO DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS, EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS, EN SU PROPUESTA TECNICA EN COPIA SIMPLE LEGIBLE Y PARA SU COTEJO COPIA CERTIFICADA U ORIGINAL, (EL AREA USUARIA LO COTEJARÁ) LA CUAL SERA DEVUELTA A SOLICITUD DE LOS LICITANTES QUE ASÍ LO DESEEN AL FINAL DEL EVENTO DE APERTURA DE PROPUESTAS. SIENDO ESTOS:
1.- MUESTREO Y ANÁLISIS DE AGUAS RESIDUALES
2.- MUESTREO Y ANALISIS DE RESIDUOS PELIGROSOS
3.- MUESTREO Y ANALISIS XX XXXXXXX FIJAS (MONITOREOS PARA INCINERADORES. Y MONITOREOS PERIMETRALES)
TODAS LAS ACREDITACIÓNES DEBERAN ESTAR VIGENTES AL MOMENTO DE SU PRESENTACIÓN EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, Y MANTENERSE VIGENTES DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
4.- EL LICITANTE DEBERA PRESENTAR EN SU PROPUESTA TECNICA, UNA CARTA DE INTENCION EN ORIGINAL DE LA SUBCONTRATACION CON LA(S) EMPRESA(S) PARA LOS SERVICIOS DE LAS PARTIDAS QUE NO CUENTE CON LA ACREDITACION MOTIVO DE ESTE CONTRATO, O EN SU CASO PRESENTAR CONVENIO DE PROPUESTA CONJUNTA. DICHO LICITANTE SERA EL RESPONSABLE ANTE PEMEX PETROQUIMICA EN LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS. NO SE PERMITE LA SUBCONTRATACION TOTAL. ESTO SERA MOTIVO DE DESECHAMIENTO DE LA PROPUESTA. ASI MISMO EL LICITANTE DEBERA PRESENTAR EN SU PROPUESTA TECNICA LA DOCUMENTACION QUE EVIDENCIE QUE LA COMPAÑÍA NACIONAL O EXTRANJERA QUE REALIZARA EL ANALISIS DE DIOXINAS Y FURANOS DEL INCINERADOR II Y DEL QUEMADOR DE GASES, CUENTA CON LA CAPACIDAD TECNICA Y ACREDITAMIENTO NECESARIO PARA DICHO ANALISIS EN SU PAIS DE ORIGEN.
5.- PREVIO AL INICIO DE LOS TRABAJOS, EL PROVEEDOR DEBERA PRESENTAR AL SUPERVISOR POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS, COPIAS DE LOS REGISTROS VIGENTES DE CALIBRACION Y MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS A UTILIZAR EN LOS ANALISIS AL INCINERADOR II, QUEMADOR DE GASES, HORNOS Y CALDERAS, ASI MISMO PRESENTARA COPIAS VIGENTES DE LA CALIBRACION DE LOS EQUIPOS A UTILIZAR EN LOS MONITOREOS PERIMETRALES Y DE RUIDO AMBIENTAL.
6.- EL PROVEEDOR DEBERA EFECTUAR LA TOMA DE MUESTRA DE EMISION DE GASES EN LOS PUERTOS DE MUESTREO EVITANDO CUALQUIER INFILTRACION QUE DILUYA O ALTERE LA MEDICION DE GASES DE COMBUSTION. EL TIEMPO, EL NUMERO DE MUESTREOS Y ANALISIS PARA EL INCINERADOR II, SE REALIZARA COMO SE INDICA EN LA NORMA NOM-098-SEMARNAT-2002. Y PARA LOS HORNOS Y LAS CALDERAS COMO SE INDICA EN LA NORMA NOM-085-SEMARNAT-1994.
7.- EL PROVEEDOR DEBERA REALIZAR MEDICIONES DE OXÍGENO PREVIO A LA TOMA DE MUESTRA DEL INCINERADOR II O QUEMADOR DE GASES, HORNOS Y CALDERAS.
8.- PARA LOS MONITOREOS DE CUMPLIMIENTO A LA NOM-098-SEMARNAT-2002 DEL INCINERADOR II, EL PROVEEDOR REALIZARÁ UNA CORRIDA COMPLETA A UNA SOLA CONDICION DE CARGA ESTABLECIDA POR EL SUPERVISOR POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS DE LOS PARAMETROS MONOXIDO DE CARBONO, ACIDO CLORHIDRICO, OXIDOS DE NITROGENO, DIOXIDO DE AZUFRE, PARTICULAS, METALES COMO ARSENICO, SELENIO, COBALTO, NIQUEL, MANGANESO, ESTAÑO, PLOMO, CROMO TOTAL, COBRE, ZINC, MERCURIO, DIOXINAS Y FURANOS. EL PROVEEDOR GARANTIZARA QUE PARA EL MUESTREO DE DIOXINAS Y FURANOS, ESTA SE LLEVARA A CABO EN FORMA INDIVIDUAL A LA CONDICIÓN DE CARGA ESTABLECIDA POR EL SUPERVISOR POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS Y NO DEBEN EXISTIR CORRIDAS PARA OTROS PARAMETROS A MONITOREAR AL MISMO TIEMPO EN EL TREN DE MUESTREO.
9.- PARA EL SEGUNDO MONITOREO DEL INCINERADOR II, EL PROVEEDOR REALIZARA UNA CORRIDA A LA CONDICION DE CARGA ESTABLECIDA POR EL SUPERVISOR DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS, PARA LOS PARAMETROS MONOXIDO DE CARBONO, ACIDO CLORHIDRICO, OXIDOS DE NITROGENO, DIOXIDO DE AZUFRE, PARTICULAS, METALES COMO ARSENICO, SELENIO, COBALTO, NIQUEL, MANGANESO, ESTAÑO, PLOMO, CROMO TOTAL, COBRE, ZINC Y MERCURIO.
10.-PARA EL PARAMETRO DE OXIDOS DE NITROGENO (NOX) EN EQUIPOS DE COMBUSTION MAYORES A 110 000 MJ/HR EN HORNOS Y CALDERAS LA FRECUENCIA DE MEDICION SERA TRIMESTRAL POR LO QUE EL PROVEEDOR DEBERA TOMAR LAS MUESTRAS A LA SALIDA DE LA CHIMENEA DE ACUERDO A LA NORMA NOM-085-SEMARNAT-1994.
11.-PARA EL PARAMETRO DE ACIDO CLORHIDRICO (HCl), SERA DE MANERA TRIMESTRAL, POR LO QUE EL PROVEEDOR DEBERA TOMAR LAS MUESTRAS A LA SALIDA DE LA CHIMENEA DE ACUERDO A LO INDICADO EN LA TABLA 1 DE LA NORMA NOM-098-SEMARNAT-2002.
12.-UNA VEZ INICIADO EL PROGRAMA DE MONITOREO AL INCINERADOR II EL PROVEEDOR NO DEBERA SUSPENDER EL MUESTREO POR NINGUNA CAUSA HASTA SU CONCLUSION, POR LO QUE LOS UNICOS TIEMPOS MUERTOS SERAN DURANTE EL CAMBIO EN LOS PUERTOS PARA EL MUESTREO Y MOVIMIENTOS DE EQUIPO, DEBIENDOSE VERIFICAR LOS TIEMPOS REALES A TRAVES DE LAS HOJAS DE CAMPO. EN CASO DE SUSPENSION POR CUALQUIER CAUSA SEA O NO SEA IMPUTABLE AL PROVEEDOR, LA CORRIDA SE INVALIDARA Y SE DEBERA REINICIAR EL MUESTREO
13.-EL PROVEEDOR REALIZARA UN MUESTREO Y ANALISIS DEL COMPUESTO DE MAYOR DIFICULTAD DE DESTRUCCION PRESENTE EN EL RESIDUO ALIMENTADO AL INCINERADOR II Y PARA ELLO EL PROVEEDOR DEBERA TOMAR COMO BASE EL COMPUESTO ORGANOCLORADO CON MAYOR ESTABILIDAD TERMICA QUE SE ENCUENTRE EN LA CORRIENTE DE RESIDUOS A INCINERAR.
14.-PARA EL CALCULO DE LA EFICIENCIA DE DESTRUCCION DE RESIDUOS (EDR), EL PROVEEDOR DEBERA TOMAR LA MUESTRA EN LA CHIMENEA DE ACUERDO AL METODO EPA 0030 VOLATILE ORGANIC SAMPLING TRAIN (TREN DE MUESTREO PARA COMPUESTOS ORGANICOS VOLATILES), UTILIZANDO TRAMPAS TENAX, EN LAS CUALES SE REALIZARA LA DESORCION TERMICA POR PURGA Y TRAMPA
15.-EL ANALISIS DE LA MUESTRA TOMADA PARA LA DETERMINACION DE LA EFICIENCIA DE DESTRUCCION DE RESIDUOS (EDR) DEBERA SER ANALIZADA POR CROMATOGRAFIA DE GASES / ESPECTROFOTOMETRO DE MASAS DE ACUERDO AL METODO 5041 A DE LA EPA, PARA EL CASO DEL INCINERADOR II LOS COMPONENTES DE MAYOR ESTABILIDAD TERMICA SON LOS COMPUESTOS QUIMICOS 1,2 DICLOROETANO Y 1, 1, 2 TRICLOROETANO
16.-EL CALCULO DE LA EFICIENCIA DE DESTRUCCION DE RESIDUOS (EDR) SERA COMO LO INDICA LA NORMA NOM-098-SEMARNAT-2002 Y DEBERA REALIZARSE EL MUESTREO EL MISMO DIA DE LOS MONITOREOS AL INCINERADOR II.
17.-LA FRECUENCIA DE MEDICION Y LOS METODOS DE EVALUACION PARA EL INCINERADOR II SERAN LOS ESTABLECIDOS EN LA TABLA 1 DE LA NORMA NOM-098-SEMARNAT-2002 EXCEPTUANDO EL METODO DE EVALUACION PARA LAS DIOXINAS Y FURANOS LA CUAL DEBERA SER POR CROMATOGRAFIA DE GASES ACOPLADO A ESPECTROMETRIA DE MASAS DE ALTA RESOLUCION.
18.-EL PROVEEDOR DEBERA TOMAR MUESTRA DE LA CHIMENEA DE VENTEO DEL QUEMADOR DE GASES DE ALTA EFICIENCIA EVITANDO CUALQUIER INFILTRACION QUE DILUYA O ALTERE LA MEDICION DE ESTOS PARAMETROS
19.-LOS COMPUESTOS QUE ANALIZARA EL PROVEEDOR AL QUEMADOR DE GASES SON COMPUESTOS ORGANOHALOGENADOS, GASES DE COMBUSTION DE EFECTO INVERNADERO, DIOXINAS Y FURANOS DE LOS COMPUESTOS IDENTIFICADOS EN LA LISTA DE SUSTANCIAS Y COMPUESTOS QUIMICOS NMX-AA-118-SCFI -2001 ENLISTADOS EN ESTE ANEXO, LA FRECUENCIA DE MEDICION Y LOS METODOS DE EVALUACION PARA EL QUEMADOR DE GASES SERAN LOS ESTABLECIDOS EN LA TABLA 1 DE LA NORMA NOM-098-SEMARNAT-2002 EXCEPTUANDO EL METODO DE EVALUACION PARA LAS DIOXINAS Y FURANOS LA CUAL DEBERA SER POR CROMATOGRAFIA DE GASES ACOPLADO A ESPECTROMETRIA DE MASAS DE ALTA RESOLUCION.
20.- PARA EL CASO DE MONITOREOS PERIMETRALES EL PROVEEDOR REALIZARA LAS MEDICIONES PERIMETRALES PARA PARTICULAS SUSPENDIDAS TOTALES (PST), BIOXIDO DE NITROGENO (NO2), MONOXIDO DE CARBONO (CO) DIOXIDO DE AZUFRE (SO2), COMPUESTOS ORGANICOS VOLATILES (COVs), HIDROCARBUROS TOTALES (HCTs) Y PARA ACIDO CLORHIDRICO, CLORO Y CLORUROS POR 24 HORAS CONTINUAS EN PUNTOS DIFERENTES Y UN BLANCO DE REFERENCIA DE ACUERDO A LAS NORMAS DE CALIDAD AMBIENTAL Y PROCEDIMIENTOS DE CALIBRACION NOM-034-SEMARNAT-1993, NOM-035-SEMARNAT 1993, NOM-037-SEMARNAT-1993, NOM-038-SEMARNAT-1993, METODO EPA TO2 1984, METODO EPA 8260B Y LOS PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE SALUD Y ASISTENCIA (SSA) NOM-021-SSA1-1993,NOM-022-SSA1-1993, NOM-023-SSA1-1993,NOM-024-SSA1- 1993.
21.-EL PROVEEDOR DEBERA LLEVAR A CABO MONITOREO DE MONOXIDO DE CARBONO (CO) CONFORME LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-034-SEMARNAT-1993, MEDIANTE UN EQUIPO ANALIZADOR DE MONOXIDO DE CARBONO (CO) EN CUATRO PUNTOS DIFERENTES CON PRINCIPIO DE OPERACION DE QUIMILUMINISCENCIA EN EXCESO DE CO DURANTE 24 HORAS DE MANERA CONTINUA EN CADA PUNTO. LOS RESULTADOS DEBERAN COMPARARSE CON LOS LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES POR LA NOM-021-SSA1-1993, SALUD AMBIENTAL Y CRITERIO PARA EVALUAR LA CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE CON RESPECTO AL MONOXIDO DE CARBONO.
22.-EL PROVEEDOR DEBERA LLEVARAR A CABO MONITOREO DE PARTICULAS SUSPENDIDAS TOTALES (PST) CONFORME A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-SEMARNAT-1993. EL EQUIPO QUE DEBERA UTILIZAR EL PROVEEDOR PARA ESTA EVALUACION SERA CON MUESTREADORES DE AIRE DE ALTO VOLUMEN (HI-VOL) QUE SE COLOCARAN FIJOS EN UN PUNTO DETERMINADO EN LA CUAL SE SUCCIONARA EL AIRE AMBIENTE HACIA EL INTERIOR DE UNA CASETA DE PROTECCION PARA PARTICULAS SUSPENDIDAS TOTALES. SE REALIZARAN CUATRO MONITOREOS POR 24 HORAS DE MANERA CONTINUA Y LOS RESULTADOS DEBERAN COMPARARSE CON LOS LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES POR LA NOM-024-SSA1-1993, SALUD AMBIENTAL Y CRITERIO PARA EVALUAR LA CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE CON RESPECTO A PST.
23.-EL PROVEEDOR DEBERA LLEVAR A CABO MONITOREO DE BIOXIDO DE NITROGENO (NO2) CONFORME LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-037-SEMARNAT-1993, MEDIANTE UN EQUIPO ANALIZADOR DE OXIDOS DE NITROGENO (NO2) EN CUATRO PUNTOS DIFERENTES CON PRINCIPIO DE OPERACION DE QUIMILUMINISCENCIA EN EXCESO DE NO2 DURANTE 24 HORAS DE MANERA CONTINUA. LOS RESULTADOS DEBERAN COMPARARSE CON LOS LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES POR LA NOM-023-SSA1-1993, SALUD AMBIENTAL Y CRITERIO PARA EVALUAR LA CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE CON RESPECTO AL BIOXIDO DE NITROGENO.
24.-EL PROVEEDOR DEBERA LLEVAR A CABO MONITOREO DE DIOXIDO DE AZUFRE (SO2) CONFORME LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-038-SEMARNAT-1993, CON UN EQUIPO ANALIZADOR DE DIOXIDO DE AZUFRE/ACIDO SULFHIDRICO SO2/H2S EN CUATRO PUNTOS DIFERENTES DURANTE 24 HORAS DE MANERA CONTINUA MEDIANTE EL METODO DE FLUORESCENCIA POR LUZ ULTRAVIOLETA. LOS RESULTADOS DEBERAN COMPARARSE CON LOS LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES POR LA NOM-022-SSA1-1993, SALUD AMBIENTAL Y CRITERIO PARA EVALUAR LA CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE. CON RESPECTO AL DIOXIDO DE AZUFRE
25.-EL PROVEEDOR DEBERA LLEVAR A CABO MONITOREO DE HIDROCARBUROS TOTALES (HCT) MEDIANTE CAPTURA Y ABSORCION DURANTE UN PERIODO DE 24 HORAS EN PUNTOS SEÑALADOS POR EL SUPERVISOR DE ACUERDO AL METODO EPA TO-2 1984. EL ANALISIS ES POR ABSORCION E INYECCION EN CROMATOGRAFIA DE GASES Y LECTURA EN ESPECTROFOTOMETRIA DE MASAS. LOS RESULTADOS DEBERAN COMPARARSE CON NORMAS EPA Y DE SALUD AMBIENTAL.
26.-EL PROVEEDOR DEBERA LLEVAR A CABO MONITOREO DE COMPUESTOS ORGANICOS VOLATILES (COVs) MEDIANTE CAPTURA Y ABSORCION DURANTE UN PERIODO DE 24 HORAS EN PUNTOS SEÑALADOS POR EL SUPERVISOR DE ACUERDO AL METODO EPA 8260 B. EL ANALISIS ES POR ABSORCION E INYECCION EN CROMATOGRAFIA DE GASES Y LECTURA EN ESPECTRROFOTOMETRIA DE MASAS. LOS RESULTADOS DEBERAN COMPARARSE CON NORMAS EPA Y DE SALUD AMBIENTAL.
27.-EL PROVEEDOR DEBERA LLEVAR A CABO EL MONITOREO DE ACIDO CLORHIDRICO, CLORO Y CLORUROS MEDIANTE CAPTURA Y ABSORCION DURANTE UN PERIODO DE 24 HORAS EN PUNTOS SEÑALADOS POR EL SUPERVISOR DE ACUERDO AL METODO EPA-26 O ALGUNA EQUIVALENTE. EL ANALISIS ES POR ABSORCION E INYECCION EN CROMATORGRAFIA DE GASES Y LECTURA EN ESPECTROFOTOMETRIA DE MASAS. LOS RESULTADOS DEBERAN COMPARARSE CON NORMAS EPA Y DE SALUD AMBIENTAL.
28.-EL PROVEEDOR DEBERA INCLUIR EN EL REPORTE TECNICO FINAL LOS COMENTARIOS Y CONCLUSIONES DEL ESTUDIO PERIMETRAL DE TODOS LOS PARAMETROS, CONSIDERANDO LAS APORTACIONES REFLEJADAS EN LOS RESULTADOS POR OTROS CENTROS DE TRABAJO.
29.-EL PROVEEDOR DEBERA TOMAR MUESTRA PARA ANALISIS ISOCINETICO, SO2 Y PARTICULAS UTILIZANDO COMBUSTIBLE LIQUIDO EN LAS CALDERAS DE SERVICIOS AUXILIARES XX-00 X XX-00 XX XXXXXXX X XX XXXXX XXX-000-XXXXXXXX-0000 PARA EQUIPOS CON CAPACIDAD NOMINAL POR ARRIBA DE 110,000 MEGA XXXXX POR HORA.
30.-EL PROVEEDOR DEBERA DE TOMAR MUESTRA Y ANALISIS PARA MEDICIONES DE FLUJO POR ANALISIS ISOCINETICO EN LAS CHIMENEAS XX XXXXXX DE PIROLISIS DE CAPACIDAD NOMINAL MENORES A 110 000 MJ/HR Y HORNOS DE PIROLISIS CON CAPACIDAD NOMINAL MAYORES A 110, 000 MJ/HR DE ACUERDO A LA NORMA NOM-085-SEMARNAT-1994.
31.-EL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS PROPORCIONARA UNA GRUA CON CANASTILLA METALICA PARA SUBIR PERSONAL Y EQUIPO HACIA EL PUERTO DE MUESTREO DONDE SE LLEVARA A CABO LA TOMA DE MUESTRA REFERENCIADA EN LOS PUNTOS ANTERIORES.
32.-EL PROVEEDOR DEBERA TOMAR UNA MUESTRA DEL COMBUSTIBLE LIQUIDO QUE ALIMENTA A LAS CALDERAS CB-12 Y CB-13 PARA ANALISIS DE LA COMPOSICION QUIMICA, CUANDO EL SUPERVISOR POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS LO INDIQUE.
33.-PARA EL ANALISIS DE LA COMPOSICION QUIMICA EL PROVEEDOR UTILIZARA LAS METODOLOGIAS DE ABSORCION ATOMICA PARA METALES; CROMATOGRAFIA DE GASES, ESPECTROMETRIA DE MASAS E INFRARROJO PARA COMPUESTOS ORGANICOS DETERMINANDO COMPUESTOS VOLATILES Y SEMIVOLATILES.
34.-EL PROVEEDOR DEBERA MUESTREAR (6 MUESTRAS SIMPLES) AL EFLUENTE FINAL O PUNTOS DE LA RED INTERNA DE ACUERDO A LA NORMA NOM-001-SEMARNAT-1996 PARA ANALIZAR A LA MUESTRA COMPUESTA TOXICIDAD, COMPUESTOS ORGANICOS VOLATILES CLORADOS, COMPUESTOS ORGANICOS SEMIVOLATILES, COMPUESTOS ORGANOHALOGENADOS Y METALES TOTALES (Ni, Pb, Cr, Ba, As, Cd, Cr+6).
35.-ADICIONALMENTE EL PROVEEDOR DEBERA TOMAR UNA MUESTRA COMPUESTA AL EFLUENTE FINAL O PUNTO DE LA RED INTERNA DE ACUERDO A LA NORMA NOM-001-SEMARNAT-1996 PARA ANALIZAR A LA MUESTRA COMPUESTA, DEMANDA QUIMICA DE OXIGENO (DQO) Y SOLIDOS SUSPENDIDOS TOTALES (SST).
36.-EL PROVEEDOR DEBERA REALIZAR PARA LODOS Y BIOSOLIDOS, MUESTREO Y ANALISIS DE METALES PESADOS (ARSENICO, CADMIO, CROMO, COBRE, PLOMO, MERCURIO, NIQUEL Y ZINC) Y PARA PATOGENOS Y PARASITOS (COLIFORMES FECALES, SALMONELLA Y HUEVOS DE HELMINTO) DE ACUERDO A COMO LO INDICA LA NORMA NOM-004-SEMARNAT-2002.
37.-EL PROVEEDOR DEBERA REALIZAR MUESTREO Y ANALISIS CRIT DE DIFERENTES RESIDUOS QUE LE INDIQUE EL SUPERVISOR DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS. LOS REPORTES DEBERAN ESTAR RESPALDADOS POR REGISTROS, EVIDENCIA FOTOGRAFICA, CADENAS DE CUSTODIA DE MUESTRA, PROTOCOLO DE MUESTREO, CROMATOGRAMAS, ESPECTROGRAMAS, HOJAS DE CALIBRACION DE LOS EQUIPOS DE LABORATORIO CUANDO LE APLIQUE Y DEMAS REGISTROS APLICABLES. TODOS FIRMADOS POR EL SIGNATARIO AUTORIZADO POR EMA MISMOS QUE SERAN ANEXADOS EN CADA REPORTE.
38.-EL PROVEEDOR DEBERA REALIZAR MUESTREO Y ANALISIS DE ACEITE DE TRANSFORMADOR PARA LA DETERMINACION DE BIFENILOS POLICLORADOS PCB's, CONSIDERANDO LA NORMA NOM-133-SEMARNAT-2000. TOMANDO UNA MUESTRA REPRESENTATIVA DE ACEITE DE TRANSFORMADORES QUE EL SUPERVISOR DEL CONTRATO INDICARA, UBICADOS EN EL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS. LA METODOLOGIA QUE EL PROVEEDOR DEBERA UTILIZAR SON AL MENOS LOS METODOS EPA 600/4-81-045-1982 O TM 4059/1995.
39.-EL PROVEEDOR DEBERA INCLUIR EN EL REPORTE FINAL DEL ANALISIS A LOS TRANSFORMADORES PARA LA DETERMINACION DE PCB's LA METODOLOGIA EMPLEADA, UNIDADES REPORTADAS DE ACUERDO A LA NORMA NOM-133-SEMARNAT-2000, GRAFICAS Y CROMATOGRAMAS ASI COMO FOTOS DEL MUESTREO.
40.-LOS EQUIPOS A UTILIZAR PARA EL MONITOREO DE EMISIONES PROVENIENTES DE LAS CHIMENEAS DEL INCINERADOR II Y DEL QUEMADOR DE GASES, ASI COMO PARA LOS MONITOREOS PERIMETRALES DEBERAN CUMPLIR CON LAS NORMAS ESTABLECIDAS EN ESTAS BASES.
41.-EL PROVEEDOR DEBERA DETERMINAR LOS NIVELES DE EMISION DE RUIDO DURANTE HORARIO DIURNO Y NOCTURNO EN LAS ZONAS CRITICAS LOCALIZADAS EN LAS COLINDANCIAS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS QUE EL SUPERVISOR POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS INDICARA.
42.-EL PROVEEDOR REPORTARA EL NIVEL DE RUIDO QUE SE EMITE HACIA EL EXTERIOR Y CONCLUIRA EL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LA NOM-081-SEMARNAT-1994.
43.-EL PROVEEDOR DEBERA LLEVAR REGISTROS DE TODAS LAS ACTIVIDADES QUE SE REALICEN, LA CUAL DEBERA SER FIRMADA POR EL SIGNATARIO AUTORIZADO DE LAS PRUEBAS EN CUESTION Y/O POR EL REPRESENTANTE LEGAL, Y POR EL SUPERVISOR POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS
44.-EL PROVEEDOR DEBERA CUMPLIR CON TODAS LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD SALUD OCUPACIONAL Y NORMATIVIDAD AMBIENTAL INDICADAS EN EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL QUE DEBEN DE CUMPLIR LOS CONTRATISTAS Y /O PROVEEDORES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUIMICA.
45.-EL SUPERVISOR DEL CONTRATO POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS JUNTO CON EL PROVEEDOR ELABORARAN DIARIAMENTE LOS PERMISOS DE TRABAJO QUE SE REQUIERAN PARA LA CORRECTA EJECUCION DE LOS TRABAJOS, ESTOS PERMISOS PODRAN SER PARA TRABAJOS POTENCIALMENTE NO PELIGROSOS P.G.C.S.I.P.A.-1; PERMISO DE TRABAJO CON ENTRADA DE VEHICULOS DE COMBUSTION INTERNA P.G.C.S.I.P.A.-7; PERMISO PARA TRABAJO CON POSIBILIDAD DE FUGA DE PRODUCTO INFLAMABLE / TOXICO / CORROSIVO P.G.C.S.I.P.A. -4; PERMISOS PARA TRABAJO EN ALTURA .G.C.S.I.P.A. -5 ; ASI COMO OTROS PERMISOS ADICIONALES QUE SE REQUIERAN DE ACUERDO AL TIPO DE TRABAJO QUE ESTE REALIZANDO. UNA VEZ CONCLUIDO EL TRABAJO EL PROVEEDOR DEBERA RECABAR LA FIRMA CON EL PERSONAL INVOLUCRADO PARA EL CIERRE DEL PERMISO. EL TIEMPO MAXIMO DE VIGENCIA DE UN PERMISO SERA DE 8 HORAS.
46.-EL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS NO RECONOCERA NINGUN PAGO ADICIONAL CUANDO POR CUESTIONES CLIMATOLOGICAS LOS MUESTREOS SEAN SUSPENDIDOS O DIFERIDOS.
47.-UNA VEZ ENTREGADA LA ORDEN DE SERVICIO POR PARTE DE LA SUPERVISION DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS EL PROVEEDOR, CONTARA CON 30 DIAS NATURALES PARA LA REALIZACION TOTAL DEL SERVICIO SOLICITADO QUE INCLUYE LA ENTREGA DE RESULTADOS, DE LO CONTRARIO SE IMPONDRA UNA PENA DEL 0.5% POR CADA DIA DE ATRASO CON RESPECTO A LA FECHA DE ENTREGA.
48.-PARA EL CASO DE XXXXXXXX Y FURANOS, EL TIEMPO DE ENTREGA DE RESULTADOS SERA DE 45 DÍAS, TODA VEZ QUE LOS ANALISIS SE REALIZAN EN EL EXTRANJERO
49.-El SUPERVISOR DEL CONTRATO POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS PODRA REALIZAR VISITAS DE INSPECCION A LAS INSTALACIONES DONDE SE LLEVEN A CABO LOS ANALISIS MOTIVO DE ESTE CONTRATO CON EL FIN DE CORROBORAR LA LLEGADA DE LAS MUESTRAS, VERIFICACION DE EQUIPO A UTILIZAR, HOJAS DE CALIBRACION DE LOS EQUIPOS, CADENAS DE CUSTODIA Y DEMAS REQUISITOS QUE RESULTEN APLICABLES.
50.-LA ENTREGA DE RESULTADOS DEBERA SER EN ORIGINAL, UNA COPIA Y EN ARCHIVO ELECTRONICO, DEBIENDOSE ENTREGAR AL SUPERVISOR DEL CONTRATO POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS EN EL DEPARTAMENTO DE PROTECCION AMBIENTAL.
51.-SI EL SUPERVISOR DEL CONTRATO POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUIMICO XXXXXXXXX RECHAZA LOS REPORTES FINALES POR DETECTAR FALTANTES O ERRORES, EL PROVEEDOR CONTARA CON 5 DIAS NATURALES PARA LA ENTREGA.
52.- EQUIPOS A ANALIZAR.
AREA: INCINERADOR II
EQUIPO: XX-000 XXXXXXXX X-000
XXXXXXXXX XX EQUIPO (MJ/HR): 1.25 MM KCl/HR
TIPO COMBUSTIBLE: GAS
ALTURA (M): 25
DIAMETRO INTERIOR (M): 0.6
VELOCIDAD SALIDA (M/SEG) 16.7
TEMPERATURA DE SALIDA (°C): 70
AREA: QUEMADOR DE GASES
QUEMADOR DE GASES HN-853
CAPACIDAD DEL EQUIPO 60000 MJ/HR
TIPO COMBUSTIBLE: GAS
TEMPERATURA DE SALIDA (ºC): < 70
AREA: CALDERAS DE SERVICIOS AUXILIARES III
EQUIPO: CB-12 Y CB-13
CAPACIDAD: 337,445 MJ/HR
ALTURA (M): 45.7
DIAMETRO INTERIOR (M):2.6
TEMPERATURA DE SALIDA (`C): 125
TIPO DE COMBUSTIBLE: MEZCLA DE ACEITES GASTADOS Y GASOLINAS
AREA: CALDERAS DE SERVICIOS AUXILIARES III
EQUIPO: CB-12 Y CB-13
CAPACIDAD: 337,445 MJ/HR
ALTURA (M): 45.7
DIAMETRO INTERIOR (M):2.6
TEMPERATURA DE SALIDA (`C): 125
TIPO DE COMBUSTIBLE: GAS
AREA DERIVADOS CLORADOS III
EQUIPO HORNOS HF-401 A Y HF-401-B
CAPACIDAD 56333 MJ/HR CADA UNO
TIPO DE COMBUSTIBLE GAS
AREA DERIVADOS CLORADOS III
EQUIPO HORNO HF-401C
CAPACIDAD 74979 MJ/HR
TIPO DE COMBUSTIBLE GAS
AREA ETILENO II
EQUIPO HORNOS BA-101 AL BA-106
CAPACIDAD 133733 MJ/HR CADA UNO
TIPO DE COMBUSTIBLE GAS
RELACIÓN DE DOCUMENTOS ANEXOS
DOCUMENTO 22.- DATOS BASICOS DE MATERIALES O REFACCIONES QUE SE UTILIZARAN EN EL SERVICIO.
EL LICITANTE DEBERA RELACIONAR LOS MATERIALES, REFACCIONES E INSUMOS NECESARIOS PARA REALIZAR LOS TRABAJOS, ASI COMO INDICAR MARCAS Y UNIDAD.
DOCUMENTO 26.- MATERIALES O REFACCIONES QUE PROPORCIONARA EL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS PARA EL SERVICIO.
EL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS NO PROPORCIONARA MATERIAL ALGUNO.
DOCUMENTO 25.- EQUIPO MINIMO QUE PROPORCIONARA EL PROVEEDOR:
AUTOMOVIL O CAMIONETA PARA EL TRASLADO DEL PERSONAL Y EQUIPO DE MEDICION (1)
MUESTREADOR DE CHIMENEA (1)
ANALIZADOR DE OXIDO DE NITROGENO (1)
ANALIZADOR DE DIOXIDO DE AZUFRE (1)
ANALIZADOR DE MONOXIDO DE CARBONO (1)
INSTRUMENTACION PARA ANÁLISIS DE ACIDO CLORHIDRICO (1)
ANALIZADOR DE OXIGENO (1)
CONSOLA SEMIAUTOMATICA PARA EVALUACION DE EMISION DE PARTICULAS E ISOCINETICO EN FUENTES FIJAS (1)
SONDA, BOQUILLAS Y TUBOS DE PITOT PARA EVALUACIONES EN FUENTES FIJAS (1)
CALIBRADOR MECANICO (1)
HERRAMIENTA MENOR (1)
EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL (ROPA DE ALGODON, TRAJE TYBEK, LENTES, CONTRAIMPACTO, MASCARILLA DE RESPIRACION TIPO 3M, GUANTES DE CARNASA, GUANTES DE NEOPRENO, BOTAS INDUSTRIALES Y CASCO DE SEGURIDAD) (POR PERSONA)
MUESTREADOR DE DIOXINAS Y FURANOS (1)
MUESTREADOR DE METALES (1)
MUESTREADOR PARA COMPUESTOS 1,2 XXXXXXXXXXXX X 0,0, 0 XXXXXXXXXXXXX (1)
MUESTREADOR DE MONOXIDO DE CARBONO AMBIENTAL (1)
MUESTREADOR DE ALTO VOLUMEN PARA PST (1)
MUESTREADOR DE BIOXIDO DE NITROGENO AMBIENTAL (1)
MUESTREADOR DE DIOXIDO DE AZUFRE AMBIENTAL (1)
MUESTREADOR PARA MONITOREO AMBIENTAL DE HIDROCARBUROS TOTALES (HCTS) (1)
MUESTREADOR PARA MONITOREO AMBIENTAL DE COMPUESTOS ORGANICOS VOLATILES (1)
MUESTREADOR PARA MONITOREO AMBIENTAL DE ACIDO CLORHIDRICO, CLORO Y CLORUROS (1)
EQUIPO PARA MONTAJE E INSTRUMENTACION DE MONITOREOS PERIMETRALES (1)
TRAMPAS TENAX (1)
EQUIPO PARA EVALUACION DE LA EXPOSICION A RUIDO PERIMETRAL (1)
EQUIPO PARA MUESTREO DE COMBUSTIBLE LÍQUIDO (1)
FRASCOS PARA MUESTRAS (1)
HIELERAS PARA PRESERVAR MUESTRAS (1)
FRASCOS XX XXXXXXX AMBAR CON TAPA ROSCADA (10)
CUCHARON PARA MUESTREO DE COMPUESTOS SÓLIDOS Y LIQUIDOS (1)
MUESTREADOR PARA SÓLIDOS (1)
DOCUMENTO 24.- RELACION DE EQUIPO QUE PROPORCIONARA EL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS.
DESCRIPCION: ADAPTADOR PARA CONEXION ELECTRICA INDUSTRIAL A PRUEBA DE EXPLOSIÓN
CANTIDAD: UNO
DESCRIPCION: GRUA CON CANASTILLA METALICA
CANTIDAD: UNA
DOCUMENTO 21.- RELACIÓN DE PLANOS Y TABLAS.
1.- DIAGRAMA INDICATIVO DEL INCINERADOR II Y QUEMADOR DE GASES DE ALTA EFICIENCIA SIN ESCALA SIN NÚMERO.
2.- DIAGRAMA INDICATIVO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS Y SUS ÁREAS CIRCUNDANTES SIN ESCALA SIN NÚMERO.
DOCUMENTO 23.- RELACION DE NORMAS
RELACIÓN DE ESPECIFICACIONES-
NORMAS Y MÉTODOS MÍNIMOS APLICABLES PARA MONITOREO DE EMISIONES DEL INCINERADOR II
NO. / CODIGO / DESCRIPCION
01.- NOM-098-SEMARNAT 2002.- NORMA OFICIAL MEXICANA PARA LA INCINERACION DE RESIDUOS, ESPECIFICACIONES DE OPERACIÓN Y LIMITES DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES.
02.- NMX-AA-10-SCFI-2001.- PARTÍCULAS SUSPENDIDAS TOTALES
03.- NMX-AA-55-1979/EPA 03.- DETERMINACIÓN SO2
04.- EPA 7E-NOX, QUIMILUMINISCENCIA
05.- EPA 03.- CO, INFRARROJO NO DISPERSIVO Y CELDA ELECTROQUIMICA
06.-EPA 25 A.- HIDROCARBUROS TOTALES EXPRESADOS COMO METALES ESPECTROMETRIA DE ABSORCION ATOMICA.
07.-NMX-AA-70-1980.- ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR LA EMISION DE CLORO Y/O CLORUROS EN LOS GASES QUE FLUYEN POR UN CONDUCTO
08.-EPA 29/60/CARB 436.- MUESTREO DE METALES: PB, CR TOTAL, CU,
09.-EPA 6020.- ANALISIS DE METALES: PB, XX XXXXX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX Y HG.
10.-EPA-5/CARB 428/EPA 8290.- DIOXINAS Y FURANOS: A) ANALISIS DE FILTRO, B) ANALISIS DE RESINA, C) ANALISIS DE LAVADOS, D) ANALISIS DE IMPACTOS.
11.-EPA METODO 23.- DETERMINACION DE DIBENZO-P-DIOXINAS Y DIBENZO FURANOS POLICLORINADOS PROVENIENTES XX XXXXXXX ESTACIONARIAS. CROMATOGRAFIA DE GASES ACOPLADO A ESPECTROMETRIA DE MASAS DE BAJA RESOLUCIÓN.
12.-EPA 0030, EPA 5040, EPA-5041-A.- MUESTREO EN MATRIZ GASEOSA PARA COMPUESTOS ORGÁNICOS VOLÁTILES.
NORMAS Y METODOS MINIMOS APLICABLES PARA MONITOREO DEL QUEMADOR DE GASES DE ALTA EFICIENCIA DE ACUERDO AL LISTADO DE SUSTANCIAS NMX-AA-118-SCFI-2001
NO./ CODIGO / DESCRIPCION
01.-NMX-AA-118-SCFI-2001.- DETERMINACION DE LOS COMPUESTOS ORGANO-HALOGENADOS: 1,1,1 TRICLOROETANO; 1,1,2 TRICLOROETANO; 1,2 DICLOROETANO; CLOROFORMO; CLORURO DE VINILO; TETRACLORURO DE CARBONO Y TRICLOROETILENO
02.-NMX-AA-118-SCFI-2001.- GASES DE COMBUSTION Y DE EFECTO INVERNADERO: OXIDO NITRICO; BIOXIDO DE CARBONO, BIOXIDO DE NITROGENO, METANO
03.-NMX-AA-118-SCFI-2001.- OTRAS SUSTANCIAS: DIOXINAS Y FURANOS
04.-EPA 0030.- TREN DE MUESTREO PARA COMPUESTOS ORGANICOS VOLATILES
05.-EPA 5040.- ANALISIS POR CROMATOGRAFIA DE GASES/ESPECTROFOTOMETRO DE MASAS
NORMAS Y METODOS MINIMOS APLICABLES A MONITOREOS AMBIENTALES, PERIMETRALES Y DE RUIDO
NO../ CODIGO / DESCRIPCION
01.-NOM-034-SEMARNAT-1993.- QUE ESTABLECE QUE LOS METODOS DE MEDICION PARA DETERMINAR LA CONCENTRACION DE MONOXIDO DE CARBONO EN EL AIRE AMBIENTE Y EL PROCEDIMIENTO PARA LA CALIBRACION DE LOS EQUIPOS DE MEDICION.
02.-NOM-035-SEMARNAT-1993.- QUE ESTABLECE QUE LOS METODOS DE MEDICION PARA DETERMINAR LA CONCENTRACION DE PARTICULAS SUSPENDIDAS TOTALES EN EL AIRE AMBIENTE Y EL PROCEDIMIENTO PARA LA CALIBRACION DE LOS EQUIPOS DE MEDICION.
03.-NOM-037-SEMARNAT-1993.- QUE ESTABLECE QUE LOS METODOS DE MEDICION PARA DETERMINAR LA CONCENTRACION DE BIOXIDO DE NITROGENO EN EL AIRE AMBIENTE Y EL PROCEDIMIENTO PARA LA CALIBRACION DE LOS EQUIPOS DE MEDICION.
04.-NOM-038-SEMARNAT-1993.- QUE ESTABLECE QUE LOS METODOS DE MEDICION PARA DETERMINAR LA CONCENTRACION DE BIOXIDO DE AZUFRE EN EL AIRE AMBIENTE Y EL PROCEDIMIENTO PARA LA CALIBRACION DE LOS EQUIPOS DE MEDICION.
05.-NOM-081-SEMARNAT-1994.- QUE ESTABLECE LOS LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES DE EMISION DE RUIDO DE LAS FUENTES FIJAS Y SU METODO DE MEDICION.
06.-NOM-021-SSAI-1993.- SALUD AMBIENTAL. CRITERIO PARA EVALUAR LA CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE CON RESPECTO AL MONOXIDO DE CARBONO (CO), VALOR NORMADO PARA LA CONCENTRACION DE MONOXIDO DE CARBONO (CO) EN EL AIRE AMBIENTE COMO MEDIDA DE PROTECCION A LA SALUD DE LA POBLACION.
07.-NOM-022-SSA1-1993.- SALUD AMBIENTAL. CRITERIO PARA EVALUAR LA CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE CON RESPECTO AL BIOXIDO DE AZUFRE (SO2), VALOR NORMADO PARA LA CONCENTRACION DE BIOXIDO DE AZUFRE (SO2) EN EL AIRE AMBIENTE COMO MEDIDA DE PROTECCION A LA SALUD DE LA POBLACION.
08.-NOM-023-SSA1-1993.- SALUD AMBIENTAL. CRITERIO PARA EVALUAR LA CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE CON RESPECTO AL BIOXIDO DE NITROGENO (NO2), VALOR NORMADO PARA LA CONCENTRACION DE BIOXIDO DE NITROGENO (NO2) EN EL AIRE AMBIENTE COMO MEDIDA DE PROTECCION A LA SALUD DE LA POBLACION.
09.-NOM-024-SSA1-1993.- SALUD AMBIENTAL. CRITERIO PARA EVALUAR LA CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE CON RESPECTO A PARTICULAS SUSPENDIDAS TOTALES (PST), VALOR PERMISIBLE PAR LA CONCENTRACION DE PARTICULAS SUSPENDIDAS TOTALES (PST) EN EL AIRE AMBIENTE COMO MEDIDA DE PROTECCION A LA SALUD DE LA POBLACION.
10.-NOM-010-STPS-1999.- CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE MANEJEN, TRANSPORTEN, PROCESEN O ALMACENE SUSTANCIAS QUIMICAS (HCl) CAPACES DE GENERAR CONTAMINACION EN EL MEDIO AMBIENTE LABORAL.
11.- MÉTODO TO2.- ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR LA CONCENTRACION DE COMPUESTOS ORGANICOS VOLATILES EN EL AIRE AMBIENTE.
12.-USEPA TEST METHOD 21 1995.- DETERMINACION DE COMPUESTOS ORGANICOS VOLATILES (COV´S).
13.- USEPA TEST METHOD 25 B 2000.- DETERMINACIÓN DE LA CONCENTRACIÓN DE VAPORES ORGÁNICOS GASEOSOS EN EMISIONES XX XXXXXXX FIJAS USANDO UN ANALIZADOR INFRARROJO.
14.-EPA 8310 1998.- ANALISIS DE COMPUESTOS VOLÁTILES HALOGENADOS Y AROMÁTICOS.
15.- EPA- 8260 B 1998 ANALISIS DE COMPUESTOS VOLÁTILES Y SEMIVOLÁTILES.
NORMAS Y METODOS MINIMOS APLICABLES PARA LA TOMA DE MUESTRA Y ANALISIS DE LA COMPOSICION DE LOS EFLUENTES FINALES.
NO. / CODIGO / DESCRIPCION
01.-NOM-01-SEMARNAT-1996.- QUE ESTABLECE LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE COTAMINANTES EN LAS DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES EN AGUAS Y BIENES NACIONALES.
02.-NMX-AA-003-1980.- MUESTREO
03.-NMX-AA-087-1995-SCFI.- EVALUACION DE TOXICIDAD AGUDA CON DAPHNIA MAGNA XXXXXX (CRUSTACEA-CLADOCERA).- METODO DE PRUEBA
04.-NMX-AA-110-SCFI.- TOXICIDAD AGUDA CON ARTEMIA FRANCISCANA XXXXXXX
05.-NMX-AA-112-SCFI-1995.- EVALUACION DE TOXICIDAD AGUDA CON VIBRIO FISHIRI
06.-EPA 600/2-83/054 1983.- EVALUACIÓN TOXICIDAD AGUDA CON VIBRIO FISHERRI (PHOTOBACTERIUM PHOSPHOREUM)
07.-ISO 6341 1996.- TOXICIDAD AGUDA CON DAPHNIA XXXXX STRATUSS
08.-NMX-AA-051-1982.- XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX HEXAVALENTE- METODO ESPECTROFOTOMETRICO DE ABSORCION ATOMICA
09.-NMX-AA-066-1981.- DETERMINACION DE COBRE - METODO DE LA NEOCUPROINA
10.-EPA-8260.- COMPUESTOS ORGANICOS VOLATILES CLORADOS
11.-EPA-8270.- COMPUESTOS ORGANICOS SEMIVOLATILES
12.-EPA-8081.- COMPUESTOS ORGANICOS ORGANOHALOGENADOS
13.-NMX-AA-030-SCFI-2001.- DETERMINACION DE DEMANDA QUIMICA DE OXIGENO (DQO) EN AGUAS RESIDUALES Y RESIDUALES TRATADAS
14.-NMX-AA-034-SCFI-2001.- DETERMINACION DE SOLIDOS Y SALES DISULENTAS EN AGUAS RESIDUALES Y RESIDUALES TRATADAS
NORMAS Y METODOS MINIMOS APLICABLES PARA ANALISIS CRIT DE RESIDUOS INDUSTRIALES.
NO./ CODIGO / DESCRIPCION
01.-NOM-052-SEMARNAT-2005.- QUE ESTABLECE DE LOS RESIDUOS PELIGROSOS, EL LISTADO DE LOS MISMOS Y LOS LIMITES QUE HACEN A UN RESIDUO PELIGROSO POR SU TOXICIDAD AL AMBIENTE.
02.-NOM-053-SEMARNAT-1993.- QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR LA INCOMPATIBILIDAD ENTRE DOS O MAS RESIDUOS CONSIDERADOS COMO PELIGROSOS PARA LA NORMA OFICIAL MEXICANA
NORMAS Y METODOS MINIMOS APLICABLES PARA EL ANALISIS DE LA COMPOSICION QUIMICA DE LOS ACEITES GASTADOS Y DIESEL DE PROCESO QUE SE UTILIZAN COMO COMBUSTIBLE LIQUIDO EN CALDERAS.
NO./ CODIGO / DESCRIPCION
01.-EPA-SW846, EPA 9030B; NMX-AA-084-1982.- DETERMINACION DE SULFUROS TOTALES
02.-ASTM D240; ASTM D129-00.- DETERMINACION DE AZUFRE TOTAL
03.-NMX.AA-018-1984.- DETERMINACION DE SÓLIDOS TOTALES FIJOS
04.-EPA-6010-1996, EPA-7420, 7190, 7020, 7200, 7210, 7450, 7380, 7520,-1986 XXX-0000X, 0000X, 0000X,0000X-0000.-XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX TOTAL, ARSENICO, BARIO, CADMIO, PLOMO, SELENIO, CROMO TOTAL, COBRE, ZINC, COBALTO, NIQUEL, MAGNESIO Y MERCURIO.
05.- EPA-7196A-1992.- CROMO HEXAVALENTE
06.- EPA-9040B, 9045-1995.- PH
07.- EPA-8021B ABRIL DE 1998.- ANALISIS DE COMPUESTOS VOLATILES HALOGENADOS Y AROMATICOS
08.- EPA 8270 C-1998, XXX-0000 X-0000, EPA 3550B-1996.- ANALISIS DE COMPUESTOS SEMIVOLATILES
NORMAS Y METODOS MINIMOS APLICABLES PARA EL ANALISIS DE PCBS
NO. / CODIGO / DESCRIPCION
01.-NOM-133-SEMARNAT-2000.- PROTECCIÓN AMBIENTAL-BIFENILOS POLICLORADOS (BPC¿S)- ESPECIFICACIONES DE MANEJO.
02.-EPA-600/4-81-045-1982 /AS.- DETERMINACION DE BIFENILOS POLICLORADOS
03.-TM 4059-1995.- DETERMINACION DE BIFENILOS POLICLORADOS
NORMAS Y METODOS MINIMOS APLICABLES PARA EL ANALISIS DE LODOS BIOLOGICOS
NO. / CODIGO / DESCRIPCION
01.-NOM-04-SEMARNAT-2003.- LODOS Y BIOSOLIDOS. ESPECIFICACIONES Y LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES DE CONTAMINANTES PARA SU APROVECHAMIENTO Y DISPOSICION FINAL ANEXO VI NORMA NOM-04-SEMARNAT-2003
02.-NMX-AA-34-SCFI-2001.- DETERMINACION DE SÓLIDOS TOTALES Y SÓLIDOS VOLATILES
NORMAS Y METODOS MINIMOS APLICABLES PARA MONITOREO DE EMISIONES EN LAS CALDERAS DE SERVICIOS AUXILIARES
NO. / CODIGO / DESCRIPCION
01.-NOM-085-SEMARNAT 1994.- NORMA OFICIAL MEXICANA PARA FUENTES FIJAS QUE UTILIZAN COMBUSTIBLES FÓSILES SÓLIDOS, LÍQUIDOS Y GASEOSOS O CUALQUIERA DE SUS COMBINACIONES, QUE ESTABLECE LOS NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN A LA ATMÓSFERA DE HUMOS, PARTÍCULAS SUSPENDIDAS TOTALES, BIÓXIDO DE AZUFRE Y OXIDOS DE NITRÓGENO Y LOS REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LA OPERACIÓN DE LOS EQUIPOS DE CALENTAMIENTO INDIRECTO POR COMBUSTIÓN.
02.-NMX-AA-10-SCFI-2001.- PARTICULAS SUSPENDIDAS TOTALES. ISOCINÉTICO (MÍNIMO DURANTE 60 MINUTOS) 2 MUESTRAS DEFINITIVAS
03.-NMX-AA-55-1979 / EPA 03.- DETERMINACION SO2
CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS MINIMOS APLICABLES EN MATERIA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DEL CENTRO DE TRABAJO
DESCRIPCION / CODIGO
PROCEDIMIENTO CRÍTICO PARA LA APERTURA DE LÍNEAS Y EQUIPOS DE PROCESO 400-GCSIPA-PO-08
PROCEDIMIENTO CRÍTICO PARA LA DELIMITACIÓN DE ÁREAS DE RIESGO (BARRICADAS) 400-GCSIPA-PO-12
PROCEDIMIENTO CRÍTICO PARA LA PREVENCIÓN DE CAÍDAS 400-GCSIPA-PO-14
PROCEDIMIENTO OPERATIVO CRÍTICO PARA LA SELECCIÓN DE EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL 400-GCSIPA-PO-15
DOCUMENTO 28.- PROGRAMA DE UTILIZACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO.
VEHICULO: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
MUESTREADOR DE CHIMENEA: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
ANALIZADOR DE OXIDO DE NITROGENO: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
ANALIZADOR DE DIOXIDO DE AZUFRE: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
ANALIZADOR DE MONOXIDO DE CARBONO: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
ANALIZADOR DE OXIGENO: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
INSTRUMENTACION PARA ANALISIS DE ACIDO CLORHIDRICO: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
CONSOLA SEMIAUTOMATICA PARA EVALUACION DE EMISION DE PARTICULAS E ISOCINETICO EN FUENTES FIJAS: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
SONDA, BOQUILLAS, TUBOS DE PITOT Y TRAMPAS TENAX PARA EVALUACIONES EN FUENTES FIJAS: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
CALIBRADOR MECANICO: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
HERRAMIENTA MENOR: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL (ROPA DE ALGODON, TRAJE TYBEK, LENTES CONTRAIMPACTO, MASCARILLA DE RESPIRACION TIPO 3M, GUANTES DE CARNASA, GUANTES DE NEOPRENO, BOTAS INDUSTRIALES Y CASCO DE SEGURIDAD) (POR PERSONA): DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO ASI COMO XXXXX Y CABO DE VIDA PARA PERSONAL QUE TRABAJE EN ALTURA
MUESTREADOR DE XXXXXXXX Y XXXXXXX: SEGUNDO SEMESTRE 2009
MUESTREADOR DE METALES: SEGUNDO SEMESTRE 2009
MUESTREADOR PARA COMPUESTOS 1,2 DICLOROETANO Y 1,1,2 TRICLOROETANO: SEGUNDO SEMESTRE 2009
MUESTREADOR DE MONOXIDO DE CARBONO AMBIENTAL: SEGUNDO SEMESTRE 2009
MUESTREADOR DE ALTO VOLUMEN PARA PST: SEGUNDO SEMESTRE 2009
MUESTREADOR DE BIOXIDO DE NITROGENO AMBIENTAL: SEGUNDO SEMESTRE 2009
MUESTREADOR DE DIOXIDO DE AZUFRE AMBIENTAL: SEGUNDO SEMESTRE 2009
MUESTREADOR PARA COMPUESTOS ORGANICOS VOLATILES (COVs): SEGUNDO SEMESTRE 2009
MUESTREADOR PARA HIDROCARBUROS TOTALES (HCT): SEGUNDO SEMESTRE 2009
MUESTREADOR PARA ACIDO CLORHIDRICO, CLORO Y CLORUROS: SEGUNDO SEMESTRE 2009
EQUIPO PARA MONTAJE E INSTRUMENTACION DE MONITOREOS PERIMETRALES: SEGUNDO SEMESTRE 2009
EQUIPO PARA EVALUACION DE RUIDO PERIMETRAL: SEGUNDO SEMESTRE 2009
EQUIPO PARA MUESTREO DE COMBUSTIBLE LIQUIDO: SEGUNDO SEMESTRE 2009
FRASCOS PARA MUESTRAS: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
HIELERAS PARA PRESERVAR MUESTRAS: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
FRASCOS XX XXXXXXX AMBAR CON TAPA ROSCADA: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
CUCHARON PARA MUESTREO DE COMPUESTOS SÓLIDOS Y LIQUIDOS: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTATO
MUESTREADOR PARA SÓLIDOS: DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
DOCUMENTO 27 FORMATO PARA EL SERVICIO DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL.
DOCUMENTO 01 A
DOCUMENTOS QUE SE INTEGRAN A LA PROPUESTA TÉCNICA
I.- EL LICITANTE DEBERA CONTAR Y PRESENTAR LAS ACREDITACIONES VIGENTES ANTE LA EMA (ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN) PARA LA REALIZACIÓN DE LOS MUESTREOS ANÁLISIS EN LABORATORIO DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS, SIENDO ESTOS:
1.- MUESTREO Y ANÁLISIS DE AGUAS RESIDUALES
2.- MUESTREO Y ANALISIS DE RESIDUOS PELIGROSOS
3.-MUESTREO Y ANALISIS XX XXXXXXX FIJAS (MONITOREOS PARA INCINERADORES. Y MONITOREOS PERIMETRALES)
TODAS LAS ACREDITACIÓNES DEBERAN ESTAR VIGENTES AL MOMENTO DE SU PRESENTACIÓN EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, Y MANTENERSE VIGENTES DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
II.- EL LICITANTE DEBERA PRESENTAR EN SU PROPUESTA TECNICA, UNA CARTA DE INTENCION EN ORIGINAL DE LA SUBCONTRATACION CON LA(S) EMPRESA(S) PARA LOS SERVICIOS DE LAS PARTIDAS QUE NO CUENTE CON LA ACREDITACION MOTIVO DE ESTE CONTRATO, O EN SU CASO PRESENTAR CONVENIO DE PROPUESTA CONJUNTA. DICHO LICITANTE SERA EL RESPONSABLE ANTE PEMEX PETROQUIMICA EN LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS. NO SE PERMITE LA SUBCONTRATACION TOTAL. ESTO SERA MOTIVO DE DESECHAMIENTO DE LA PROPUESTA. ASI MISMO EL LICITANTE DEBERA PRESENTAR EN SU PROPUESTA TECNICA LA DOCUMENTACION QUE ACREDITE QUE LA COMPAÑÍA NACIONAL O EXTRANJERA QUE REALIZARA EL ANALISIS DE DIOXINAS Y FURANOS DEL INCINERADOR II Y DEL QUEMADOR DE GASES, CUENTA CON LA CAPACIDAD TECNICA Y ACREDITAMIENTO NECESARIO PARA DICHO ANALISIS EN SU PAIS DE ORIGEN.
III.-. DOCUMENTO 22 EL LICITANTE RELACIONARA LOS MATERIALES, REFACCIONES E INSUMOS NECESARIOS PARA REALIZAR LOS TRABAJOS, ASÍ COMO INDICAR MARCA Y UNIDAD, LA NO PRESENTACION DE ESTE DOCUMENTO NO SERA MOTIVO DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICION.
IV.- EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR UNA RELACIÓN DEL EQUIPO MÍNIMO QUE PROPORCIONARA EN CASO DE RESULTAR LICITANTE GANADOR (DOCUMENTO 25).
"Con fundamento en el Art. 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales de Pemex-Petroquímica utilizarán en sus licitaciones y procesos de contratación de bienes, servicios y obra pública las Especificaciones Técnicas Internas que se listan, mientras se elaboran las respectivas Normas de Referencia, de acuerdo al programa de trabajo correspondiente."
DOCUMENTO 02
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS
I N D I C E
1. Consulta y/u obtención de la Convocatoria.
Información General sobre el Procedimiento.
2.1 Condiciones Generales de la Licitación.
2.2 Participación de Testigos Sociales.
Eventos previos a la presentación de proposiciones.
3.1 Visitas a las instalaciones.
3.2 Junta(s) de aclaraciones a la convocatoria.
4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las proposiciones y desarrollo del procedimiento.
4.1. Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica.
Documentación que se entregará en el acto de recepción y apertura de proposiciones.
Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.
4.4. Acto de presentación y apertura de proposiciones.
4.4.1. Criterios de evaluación de aspectos técnicos y legales
4.4.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos.
4.4.3. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio
5 Criterios de adjudicación.
5.1. Abastecimiento simultáneo. (NO APLICA)
6. Casos en que se declarará desierta la licitación.
7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.
8. Causas de desechamiento de proposiciones.
9. Fallo.
10. Inconformidades.
11. Compromisos con la Transparencia.
12. Firma del Contrato.
13. Aspectos contractuales básicos.
13.1 Contrato Abierto.
13.1.1 Vigencia del Contrato
13.1.2 Cantidades del Contrato
13.1.3 Ordenes de Servicio
13.2. Condición, plazo y lugar de ejecución de los Servicios.
13.2.1 Recepción de los Servicios.
13.3. Supervisión de los Servicios.
13.4 Garantías
13.4.1 Fianza para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.
13.4.2. Carta de Crédito Standby irrevocable confirmada.
13.5. Anticipo (NO APLICA)
13.6. Condiciones y forma de pago.
13.6.1 Ajuste de Precios. (NO APLICA)
13.7. Facturación.
13.8. Penas convencionales
13.9 Deducciones. NO APLICA
13.10. Rescisión Administrativa del Contrato.
13.11. Información Reservada y Confidencial.
13.12. Seguros.
13.13. Fuentes de Financiamiento. (NO APLICA)
13.14. Propiedad Industrial y Derechos de Autor.
13.15. Responsabilidad Laboral.
13.16. Otras Obligaciones del Proveedor.
13.17. Modificaciones al Contrato.
13.18. Terminación Anticipada del Contrato.
13.19. Controversias.
13.20. Responsabilidades por Contaminación y/o Daños al Medio Ambiente.
13.21. Subcontratación
13.22. Soporte del Servicio. (NO APLICA)
13.23. Normas de Calidad en la prestación de los Servicios. (NO APLICA)
Este procedimiento de contratación se convoca:Mediante LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL
Bajo la cobertura de los Capítulos o Títulos de Compras de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos, en la que sólo podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros de países con los que nuestro país tenga celebrado un tratado de libre comercio con capítulo de compras gubernamentales.
Este procedimiento de contratación se realiza bajo los Capítulos de Compras del Sector Público de todos los Tratados de Libre Comercio suscritos con México.
1. Consulta y/u obtención de la Convocatoria.
La publicación de la convocatoria a la licitación pública se realizará a través de CompraNet y su obtención será gratuita, y asimismo, la convocante pondrá a disposición de los licitantes copia del texto de la convocatoria, de acuerdo a lo siguiente:
A. Para su consulta una copia del texto de la convocatoria en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles, en: En el Complejo Petroquímico Pajaritos en la jefatura de Obra Pública, ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx.
Para consulta y obtención en el sistema electrónico de contrataciones gubernamentales CompraNET en la dirección electrónica: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
2. Información General sobre el Procedimiento.
2.1. Condiciones Generales de la Licitación.
No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas.
2.2 Participación de Testigos Sociales. ((NO APLICA)
3. Eventos previos a la presentación de proposiciones.
3.1 Visitas a las instalaciones.
La visita a las instalaciones se llevará a cabo el día 15 de Octubre del 2009 a las 10:00 horas en: el punto de reunión será en la Sala de Juntas de la jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx., la cual únicamente tendrá por objeto Ver el sitio donde se realizarán los trabajos, misma que será coordinada por el Departamento de Protección Ambiental y será coordinada por el biólogo Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
Las personas que pretendan participar en la visita a las instalaciones, preferentemente entregarán un escrito al coordinador de la visita, en el que expresen su interés en participar en la visita, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante, utilizando el formato del documento 03-A anexo.
En caso de haber dudas o cuestionamientos de carácter técnico por los interesados, deberán solicitar por escrito su aclaración conforme a lo indicado en el segundo, tercero y cuarto párrafos del numeral 3.2 de esta convocatoria, ya que el acta que se levante de la citada junta de aclaraciones, formará parte de la convocatoria a la licitación.
Los interesados que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad implantadas en el centro de trabajo Reglamento de seguridad, salud y protección ambiental, que deben cumplir los contratistas y/o proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.
La asistencia a esta visita no es obligatoria para los licitantes, sin embargo, se recomienda su participación en la misma.
3.2 Junta(s) de aclaraciones a la Convocatoria.
La(s) junta(s) de aclaración a la Convocatoria se llevará a cabo el día 16 de Octubre del 2009 a las 10:00 horas, en la Sala de Juntas de la jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx., siendo optativa la asistencia de los interesados a las reuniones que, en su caso, se realicen.
Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de los aspectos establecidos en la Convocatoria, las cuales podrán enviarse a través de Compranet o entregarlas personalmente en la jefatura de Obra Pública en el domicilio de la convocante ubicado en ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx.x más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria, deberán presentar un escrito, en el que expresen su interés en participar en la licitación, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante, utilizando el formato del documento 03-A anexo.
Medio para presentar la Solicitud de Aclaraciones a la convocatoria acompañada del escrito:
La solicitud de aclaraciones acompañada del escrito (utilizando el formato del documento 03-A anexo) podrán enviarla a través de CompraNet a más tardar 24 horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.
La solicitud de aclaraciones acompañada del escrito (utilizando el formato del documento 03-A anexo) podrán entregarla personalmente a más tardar 24 horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones en el domicilio de la convocante en:la Jefatura de Obra Pública localizada en en el Complejo Petroquímica Pajaritos, sito en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx.,
Preferentemente indicar el numeral de la convocatoria al que hace referencia su duda o cuestionamiento. Si la convocante no recibe las preguntas o solicitudes de precisiones en el tiempo establecido no dará respuesta a las mismas durante la junta de aclaraciones.
Los cuestionamientos formulados por los licitantes y las precisiones y respuestas de la Convocante, derivadas de la(s) junta(s) de aclaración, constarán en el acta que al efecto se levante, en forma clara y precisa, indicando los puntos de la Convocatoria que hayan resultado afectados y señalando, en su caso, las disposiciones normativas que sustenten las modificaciones. Dicha acta formará parte de esta Convocatoria.
En caso de proceder las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los servicios convocados originalmente, o bien, en la adición de otros distintos.
Los licitantes que no hayan asistido al acto, se darán por notificados del acta que se levante de la(s) junta(s) de aclaración, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de CompraNET, sin perjuicio de que puedan obtener una copia directamente en las oficinas de la Convocante.
4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las proposiciones y desarrollo del procedimiento.
El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación:
A) Sólo podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros y, en su caso, los servicios a contratar de este procedimiento de contratación que se realiza bajo los Capítulos de Compras del Sector Público de todos los Tratados de Libre Comercio suscritos con México.
Acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, escrito que deberá contener los datos que se citan en el Documento 03.
El apoderado o representante que firme el Documento 03, deberá ser quien firme autógrafamente la propuesta.
Elaborar y entregar la proposición; la documentación distinta a éstas; así como las manifestaciones requeridas en esta Convocatoria, deberán entregarse en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Las proposiciones deberán estar firmadas autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga, mismos que se relacionan en el Documento 04.
Las proposiciones se presentarán dentro de un sobre cerrado, preferentemente identificado con la siguiente información:
Nombre o razón social y domicilio del licitante.
Número de licitación.
Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar las proposiciones foliadas en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta.
C) Entregar las manifestaciones escritas bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los Artículos 50 y 60 de la Ley conforme al Documento 07.
D) Entregar declaración de integridad, bajo protesta de decir verdad, conforme al Documento 08.
E) Elaborar su oferta, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Servicios que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01.
Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español.
La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de esta convocatoria.
Se deberán describir los Servicios propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01, ya que será motivo para desechar la propuesta.
F) Elaborar su oferta en pesos mexicanos ó dólares de los Estados Unidos de América conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables.
G) De conformidad con la regla octava del Acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación y acreditación del grado de contenido nacional, tratándose de procedimientos de contratación de carácter nacional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 xx xxxxx de 2000, el licitante que resulte ganador, previo a la firma del contrato que se adjudique como resultado de este procedimiento de contratación, deberá acreditar su nacionalidad mexicana; conforme a lo siguiente:
Tratándose de personas xxxxxxx: Mediante la copia certificada de la escritura pública correspondiente, en la que conste que se constituyó conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional.
Tratándose de personas físicas: Mediante copia certificada del acta de nacimiento correspondiente o, en su caso, de la carta de naturalización respectiva expedida por la autoridad competente, y la documentación con la que demuestre tener su domicilio legal en el territorio nacional.
H) Se podrán presentar proposiciones conjuntas de conformidad con el tercer párrafo del artículo 34 de la Ley, observando los términos establecidos en esta Convocatoria.
H.1) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará que alguno de los integrantes del grupo, presente el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica.
H.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
c) La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, especifico para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación, mismo que firmará la proposición;
d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones,
Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del Contrato que se firme.
En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato podrá formalizarse con cada uno de los integrantes de dicha propuesta, o bien con el representante común quién deberá acreditar su personalidad y facultades con escritura publica, aplicable previo a la firma del contrato.
PEMEX PETROQUÍMICA no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 60 de la Ley.
H.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta, Documento 03.
H.4) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.
H.5) Presentar los escritos a que se hace referencia en los incisos C) y D) de este numeral 4, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.
H.6) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de cumplimiento del Contrato, calidad, defectos y vicios ocultos de los Servicios, la cual deberá otorgarse conforme al punto 13.4.
H.7) La declaración de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en el segundo párrafo del punto 12, deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato, debiendo contener como mínimo lo indicado en el Documento 10.
H.8) La experiencia en la ejecución de los Servicios, deberá acreditarse por el representante común en base a la experiencia de cada persona que integra la propuesta conjunta, de acuerdo a lo señalado en el inciso L), de esta convocatoria.
H.9) El capital contable se acreditará con la suma de los capitales contables del grupo de personas que integran la propuesta conjunta. (NO APLICA).
H.10) El certificado de aseguramiento de calidad a que se refiere el inciso N), deberá acreditarse por cada una de las personas que integran la propuesta conjunta. (NO APLICA).
OS JUSTIFICADOS POR EL ÁREA SOLICITANTE, NO APLICARÁ ESTE INCISO G) de conformidad cado en el último párrafo del numeral 6.23.2 de los POBALINES.
I) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de proposiciones, preferentemente entregar el Documento 05, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
J) Ninguna de las condiciones contenidas en esta Convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.
K) No se aceptan propuestas enviadas por servicio postal o mensajería.
L) Contar con experiencia en la ejecución de los Servicios, lo cual deberá demostrarse con lo indicado en el Documento 01.
M) Contar con un capital contable de $__________ lo cual deberá acreditarse con lo indicado en el Documento 01.(NO APLICA)
N) Xxxxxxxx en su proposición, copia del certificado expedido por Organismo acreditado conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en el que se establezca que cuenta con procedimientos de aseguramiento de calidad sobre la prestación de los servicios que propone. En cualquier caso y de resultar adjudicado previo a la firma del Contrato, deberá presentarse original o copia certificada para su cotejo.(NO APLICA)
O) El licitante propondrá un solo precio para todos los lugares de ejecución de los servicios.
P) Los bienes y/o servicios que integran la presente convocatoria podrán ser subcontratados de acuerdo a lo indicado en el Documento 01.
Q) Los licitantes deberán abstenerse de acordar con otro u otros, elevar el costo de los bienes y servicios objeto de esta licitación o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. La comprobación de que se haya incurrido en lo anterior, será motivo de desechamiento de la propuesta de los licitantes involucrados.
R) PARA LICITANTES NACIONALES, Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden.
Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:
-
Estratificación
Tamaño
Sector
Rango de número de trabajadores
Rango de monto de ventas anuales (mdp)
Tope máximo combinado*
Micro
Todas
Hasta 10
Hasta $4
4.6
Pequeña
Comercio
Desde 11 hasta 30
Desde $4.01 hasta $100
93
Industria y Servicios
Desde 11 hasta 50
Desde $4.01 hasta $100
95
Mediana
Comercio
Desde 31 hasta 100
Desde $100.01 hasta $250
235
Servicios
Desde 51 hasta 100
Industria
Desde 51 hasta 250
Desde $100.01 hasta $250
250
*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.
El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.
Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una base de información que coadyuve a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas.
La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la propuesta.
S) Los bienes que se utilizarán para la ejecución de los servicios que, en su caso, el licitante proponga y utilice deberán ser nuevos.
T) Los licitantes podrán presentar mediante el Documento 16, la manifestación de ser persona física o moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del 5% cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; para comprobar esta antigüedad deberá anexar al citado Documento el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, lo anterior para aplicar en su caso, lo establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley.
U) El licitante podrá incluir, junto con su propuesta y en “FORMATO DE MANIFESTACION DE INTEGRACION NACIONAL DE MANO DE OBRA EN LOS SERVICIOS OFERTADOS” que se incluye como documento 20, la información de la integración nacional de mano de obra que oferte, así como de los bienes involucrados en su caso. En caso de ser distribuidor o comercializador de los bienes involucrados en su caso, adicionalmente se requiere proporcionar el nombre o razón social del fabricante del bien, así como el origen del mismo.
La omisión de esta información no es motivo para descalificar la proposición, sin embargo, contribuirá a conocer el grado de integración nacional de la mano de obra y de los bienes en su caso, que se oferta, con el propósito de identificar áreas de oportunidad para proporcionar el desarrollo de la industria nacional. Dicha información es adicional y NO se refiere al cumplimiento de los Acuerdos relacionados con el contenido nacional expedidos por la Secretaría de Economía.
V) Los licitantes que presenten sus propuestas a través de medios remotos de comunicación electrónica deberán confirmar al correo electrónico xxxxxxxx@xxx.xxxxx.xxx, que la propuesta enviada a través de medios electrónicos corresponde al propio licitante, dentro de los tres días hábiles siguientes al del acto de presentación y apertura de proposiciones, en el entendido de que si no se cumple este requisito la propuesta será desechada.
Los licitantes deberán incluir en las propuestas que presenten por medios electrónicos, una declaración en la que manifiesten que aceptan todas las cláusulas y condiciones de la convocatoria
4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica.
Los licitantes que a su elección presenten su proposición a través de medios remotos de comunicación electrónica conforme a lo establecido en el ACUERDO, deberán sujetarse a lo siguiente:
A) Elaborar la proposición en formatos con extensión .DOC, .XLS, versión 2003, de Xxxxxx 0000 ó anterior, PDF versión 7 ó menor, HTML, o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera, incluyendo la documentación no preparada por el licitante tales como catálogos y/o folletos y/o fichas técnicas, y/o impresiones de páginas de Internet. A fin de agilizar la descarga de las proposiciones electrónicas se recomienda digitalizar los documentos en blanco y negro.
B) Preferentemente, deberán identificarse cada una de las páginas que integran la propuesta, con los datos siguientes: clave del registro federal de contribuyentes, número de licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de proposiciones,
C) En sustitución de la firma autógrafa, se empleará el medio de identificación electrónica proporcionado previamente por la Secretaría de la Función Pública (CompraNET).
D) El sobre será generado mediante el uso de tecnologías, que resguarden la confidencialidad de la información, a través del programa informático que la Secretaría de la Función Pública les proporcione una vez concluido el proceso de certificación correspondiente.
E) Los licitantes que opten por el envío de su propuesta a través de medios remotos de comunicación electrónica, deberán concluir el envío de ésta y contar con el acuse de recibo electrónico que emita la Secretaría de la Función Pública a través de CompraNET, a más tardar, una hora antes del acto de presentación y apertura de proposiciones.
4.2. Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Así mismo, con el propósito de facilitar la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica y agilizar la conducción del acto de presentación y apertura de proposiciones, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el Documento 05.
4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.
Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará que los licitantes presenten un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica.
El acto de presentación y apertura de proposiciones iniciará a la hora establecida en esta Convocatoria, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas.
Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto.
El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta convocatoria, será el único facultado para recepcionar las propuestas sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos de la normatividad vigente.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones, primeramente se registrarán las proposiciones de los licitantes presentes en el acto y posteriormente las que en su caso, se hayan recibido vía electrónica. Concluido lo anterior la apertura de las proposiciones iniciará con las que en su caso, fueron enviadas por medios electrónicos y posteriormente con las presentadas en papel en el citado acto (Art. 39 del Reglamento). La recepción de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al precio unitario de cada una de las partidas que integran las propuestas, así como al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva; la Convocante podrá omitir dar lectura al precio de cada una de las partidas siempre y cuando se incluyan en el acta del evento o se anexen a la misma. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.
En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de la Función Pública o de la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones previas, salvo lo previsto en el inciso d) de la disposición Sexta del ACUERDO.
Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y de proposiciones, y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia en la jefatura de Obra Pública sito en ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx., por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.
A los actos del procedimiento de licitación pública podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
4.4. Acto de presentación y apertura de proposiciones.
El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo de conformidad a lo previsto por los artículos 34 y 35 de la Ley y los artículos 39 y 40 del Reglamento (así como por lo dispuesto en el ACUERDO), el día 28 de Octubre del 2009 a las 10:00 hrs., ubicada en la Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones Complejo Petroquímico Pajaritos sito en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5 Pajaritos, Coatzacoalcos, Ver.
De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán las proposiciones, las que para estos efectos constarán documentalmente.
Criterios de evaluación de aspectos técnicos y legales.
Nota: Los criterios expresados a continuación, se señalan de manera enunciativa más no limitativa, ya que éstos deberán ajustarse por la Convocante de acuerdo a la naturaleza de los servicios, normas con las que deben cumplir los servicios, etc. anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica cada requisito que se solicite en el apartado técnico deberá tener su forma de evaluarse
Los requisitos que serán evaluados con el criterio binario de cumple o no cumple son los solicitados el punto 4 incisos: A, X, X, X, X, X, X, X, X, X, X, X, y con el Documento 06.
Se evaluarán técnicamente todas las proposiciones, verificando que los Servicios propuestos cumplan con lo solicitado en el Documento 01, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración (es) a la Convocatoria.
En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso H) del punto 4, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.
Los aspectos que serán evaluados para acreditar el capital contable serán: (NO APLICA).
Los aspectos que serán evaluados para acreditar la experiencia serán: De acuerdo con lo indicado en el Documento 01.
La evaluación se hará por partida; ante la omisión o incumplimiento a lo requerido en esta Convocatoria de algún servicio integrante de dicha partida, la proposición será desechada.
4.4.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos.
La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario.
La propuesta deberá cumplir con los requisitos que se solicitan en el punto 4 incisos: F, I, J, O, Q y con el Documento 06-A.
Se verificará si los precios que cotice el licitante son convenientes, según lo que establece el artículo 2 de la Ley.
Precio Conveniente: es aquel que se encuentra por arriba o es superior al obtenido después de restar el 10% al promedio resultante de los precios que se observan como preponderantes o prevalecientes en las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación, esto es, a los precios que se ubican dentro de un rango que permite constatar que existe consistencia entre ellos, toda vez que la diferencia entre ellos es relativamente pequeña. Una vez calculado el precio conveniente, los que se ubiquen por debajo de este o sean inferiores al resultante, con fundamento a la fracción segunda del artículo 36 bis de la Ley, se podrá desechar y por lo tanto serán considerados como inconvenientes.
D. En la evaluación de las proposiciones se verificará el precio no aceptable, en tal caso la proposición será desechada.
Precio no aceptable: es aquél que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación
4.4.3. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.
Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.
En caso de subsistir el empate entre las personas pertenecientes al sector descrito en el párrafo anterior, se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren así como del representante del Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA.
5. Criterios de adjudicación.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará a:
I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo.
II. La propuesta que tenga la mejor evaluación combinada en términos de los criterios de puntos y porcentajes o de costo beneficio (NO APLICA).
lIl. La adjudicación del Contrato será por: SOLICITUD DE PEDIDO.
5.1 Abastecimiento simultáneo. (NO APLICA).
6. Casos en que se declarará desierta la licitación.
La Convocante podrá declarar desierta la licitación en los casos previstos por el primer párrafo del artículo 38 de la Ley y 47 del Reglamento.
En los procedimientos que sean declarados como desiertos las propuestas que se hayan recibido serán archivadas por la Convocante por un período de tres (3) años.
7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.
La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos previstos en el penúltimo y último párrafo del artículo 38 de la Ley.
8. Causas de desechamiento de proposiciones.
Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 17 y que afecte la solvencia de la propuesta.
9. Fallo.
El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto por los artículos 29 fracción III, 37 y 37 bis de la Ley así como 46 de su Reglamento, será el día 04 de noviembre del 2009 a las 13:00 hrs., en la sala de juntas de la Jefatura de Obra Pública localizada en en el Complejo Petroquímica Pajaritos, sito en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx., fecha que podrá diferirse conforme a lo indicado en la fracción III del artículo 35 de la Ley.
Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo o bien en la convocatoria a la licitación pública.
10. Inconformidades.
Podrá interponerse inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen la materia objeto de la Ley, cuando dichos actos se relacionen con:
I. La convocatoria a la licitación y la junta de aclaraciones, siempre que el interesado haya manifestado su interés por participar en el procedimiento según lo establecido en el artículo 33 Bis de esta Ley, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la última junta de aclaraciones.
II. El acto de presentación y apertura de proposiciones y el fallo.
En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, o de que se le haya notificado al licitante en los casos en que no se celebre junta pública.
III. Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la firma del contrato en los términos establecidos en la convocatoria o en la Ley.
En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los seis días hábiles posteriores a aquél en que hubiere vencido el plazo establecido en el fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.
IV. La cancelación de la licitación.
En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante que hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación
En todos los casos en que se trate de licitantes que hayan presentado proposición conjunta, la inconformidad sólo será procedente si se promueve conjuntamente por todos los integrantes de la misma.
La Secretaría de la Función Pública desechará las inconformidades que se presenten en contra de actos o en momentos distintos a los establecidos en las fracciones anteriores; igualmente, desechará las inconformidades a que se refiere la fracción I de este punto, cuando de las constancias se desprenda que el inconforme no hubiere asistido a la junta de aclaraciones o cuando, habiendo asistido, no hubiere manifestado su objeción y los argumentos y razones jurídicas que la funden respecto de aquellos actos que presuntamente contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de esta Ley.
Toda inconformidad será presentada, a elección del promovente, por escrito o a través de los medios remotos de comunicación electrónica que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública.
Transcurrido el plazo establecido en este numeral, se tendrá por precluido el derecho a inconformarse, sin perjuicio de que la Secretaría de la Función Pública pueda actuar en cualquier tiempo en términos xx Xxx.
Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Xxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx Xxxxxx X, Xxxxx X-0, a la atención del LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.
11. Compromisos con la Transparencia.
En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su proposición, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al Documento 13.
El servidor público de PEMEX PETROQUÍMICA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado.
La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la proposición presentada.
Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 14 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica:
xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxxxxxxxxx/xxxx_xxx_Xxxxx_Xxxxxx.xxx
12. Firma del Contrato.
Dentro de los quince días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en: la jefatura de Obra Pública localizada en el Complejo Petroquímico Pajaritos, sito en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx., y en el horario comprendido de las 8.00 a 14.00 horas.
El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos cuyos datos se citan en el Documento 03.
Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando el monto del contrato sea superior a $300,000.00 M. N. sin incluir el IVA, al momento de suscribir el contrato deberá presentar y entregar lo siguiente:
Documento actualizado expedido por el SAT (“acuse de respuesta”), en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con la Regla I.2.1.17. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2009.”; ó en su caso,
Escrito bajo protesta de decir verdad que realizó ante el SAT la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos señalados en la Regla I.2.1.17. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2009, en apego al modelo de manifestación que se presenta como Documento 11, anexando el “acuse de recepción”, que compruebe que realizo la solicitud de opinión prevista en la regla I.2.1.17. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2009.
Para dar cumplimiento a lo antes citado, deberá considerar lo siguiente:
1.- Realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente.
2.- En la solicitud de opinión al SAT deberán incluir el correo electrónico siguiente: xxxxxxxx@xxx.xxxxx.xxx para que el SAT envíe el “acuse de respuesta”, que emitirá en atención a su solicitud de opinión.
3.- En el caso de proveedores o contratistas residentes en el extranjero que resulten adjudicados y que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el CFC o declaraciones periódicas en México, así como los contribuyentes que no estén obligados a presentar total o parcialmente la declaración anual del ISR, deberán realizar su solicitud de opinión al SAT ante la administración local de servicios al contribuyente que corresponda al domicilio de la convocante, en apego al modelo de manifestación que se presenta como Documento 10-A.
Si PEMEX PETROQUÍMICA, previo a la formalización del contrato, recibe del SAT el “acuse de respuesta” de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo del Proveedor que resulto adjudicado, PEMEX PETROQUÍMICA dará cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato, por causas imputables al adjudicado.
Deberá presentar original o copia certificada de la documentación solicitada en el inciso N) del punto 4, para su cotejo. (NO APLICA)
Cuando una proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato.
Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio.
El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, perderá el derecho a formalizarlo y se hará acreedor a las sanciones señaladas por los artículos 59 y 60 de la Ley.
El licitante a quien se hubiere adjudicado el contrato no estará obligado a prestar el servicio, si PEMEX PETROQUÍMICA, por causas imputables a la misma, no firmare el contrato, En este supuesto, PEMEX PETROQUIMICA, a solicitud escrita del licitante, cubrirá los gastos no recuperables en que hubiere incurrido para preparar y elaborar su proposición, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación de que se trate, limitándose a los siguientes conceptos, conforme a lo establecido en el numeral 6.30.2 de las Políticas, Bases y Lineamientos Generales de Suministros en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales:
Xxxxxxx y hospedaje debidamente comprobados, de una persona que haya asistido a la junta de aclaraciones, al acto de presentación y apertura de proposiciones y al fallo de la licitación. En pasajes clase turista en cualquier medio de transporte utilizado y en hospedaje hasta 15 salarios mínimos diarios vigentes en el Distrito federal, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento de contratación.
Los gastos no recuperables serán pagados dentro de un término que no exceda de 45 días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada del licitante.
13. Aspectos contractuales básicos.
Como Documento 15 se incluye el modelo de contrato que aplicará en este procedimiento, el licitante deberá considerar las condiciones ahí establecidas.
13.1 Contrato abierto.
13.1.1 Vigencia del Contrato.
La vigencia del contrato iniciará en la fecha de formalización del mismo y concluirá el 10 de diciembre del 2009, para PEMEX PETROQUÍMICA o antes de esta fecha si se agota la cantidad o presupuesto máxima(o) susceptible de ejercer, lo que ocurra primero, en el entendido de que PEMEX PETROQUIMICA no se obligan a agotar la cantidad máxima solicitada.
13.1.2. Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato.
El presupuesto máximo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá ejercer es de $ 991,000.00 (nuevecientos noventa y un mil pesos 00/100 m.n.) y el presupuesto mínimo que ejercerá es de: $ 396,400.00 (trecientos noventa y seis mil cuatrocientos pesos 00/100 m.n.).
La cantidad máxima de los servicios que PEMEX PETROQUÍMICA podrá ejecutar es de: (numero) (letra) y la mínima que adquirirá (numero) (letra), son las siguientes:
No. Partida |
Cantidad Máxima |
Cantidad Mínima |
Centro de Trabajo o xxxxx xx xxxxxxx |
0 |
0 (xxx) |
0 (xxx) |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
0 |
0 (xxxx) |
0 (xxx) |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
0 |
0 (xxxxxx) |
0 (xxx) |
Complejo Petroquímico Pajaritos |
4 |
10 (diez) |
4 (cuatro) |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
0 |
0 (xxxxxx) |
0 (xxx) |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
0 |
0 (xxx) |
0 (xxx) |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
0 |
0 (xxx) |
0 (xxx) |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
0 |
0 (xxxxxx) |
0 (xxx) |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
0 |
0 (xxx) |
0 (xxx) |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
00 |
0 (xxx) |
0 (xxx) |
Xxxxxxxx Petroquímico Pajaritos |
11 |
10 (diez) |
4 (cuatro) |
Complejo Petroquímico Pajaritos |
12 |
1 (uno) |
1 (uno) |
Complejo Petroquímico Pajaritos |
13 |
1 uno) |
1 (uno) |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
00 |
0 (xxx) |
0 (xxx) |
Xxxxxxxx Petroquímico Pajaritos |
15 |
1 (uno) |
1 (uno) |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
00 |
0 (xxx) |
0 (xxx) |
Xxxxxxxx Petroquímico Pajaritos |
17 |
1 (uno) |
1 (uno) |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
00 |
0 (xxx) |
0 (xxx) |
Xxxxxxxx Petroquímico Pajaritos |
19 |
10 (diez) |
4 (cuatro) |
Complejo Petroquímico Pajaritos |
20 |
6 (seis) |
3 (tres) |
Complejo Petroquímico Pajaritos |
21 |
6 (seis) |
3 (tres) |
Complejo Petroquímico Pajaritos |
22 |
6 (seis) |
3 (tres) |
Complejo Petroquímico Pajaritos |
23 |
3 (tres) |
2 (dos) |
Complejo Petroquímico Pajaritos |
Cabe citar que PEMEX PETROQUÍMICA, no se obliga a ejercer la cantidad máxima indicada.
13.1.3. Ordenes de Servicio.
PEMEX PETROQUÍMICA ejercerá el Contrato a través de “órdenes de servicio” (de aquí en adelante “ORDEN” u “ÓRDENES”).
La ORDEN que emita PEMEX PETROQUÍMICA será entregada al Proveedor a través de El Departamento de Protección Ambiental del CPQ. Pajaritos, en horario de 8:00 a 16:00 horas, transmitida vía facsímile ó vía electrónica.
PEMEX PETROQUÍMICA a través de los administradores del contrato en forma conjunta con el proveedor se obligan a llevar el saldo correspondiente de las ÓRDENES, mismas que no podrán rebasar el presupuesto (o la cantidad) máximo(a) establecido(a) en el Contrato.
La(el) cantidad máxima(o) y mínima(o) para cada orden de servicio:
No. Partida |
Cantidad Máxima |
Cantidad Mínima |
1 |
2 |
1 |
2 |
3 |
2 |
3 |
4 |
2 |
4 |
10 |
4 |
5 |
4 |
2 |
6 |
1 |
1 |
7 |
1 |
1 |
8 |
4 |
2 |
9 |
1 |
1 |
10 |
1 |
1 |
11 |
10 |
4 |
12 |
1 |
1 |
13 |
1 |
1 |
14 |
1 |
1 |
15 |
1 |
1 |
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El Proveedor sólo recibirá Órdenes cuando éstas puedan ser ejecutadas dentro de la vigencia originalmente pactada o modificada en el convenio respectivo.
Cuando se requiera variar alguna orden de servicio en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por El Departamento de Protección Ambiental del CPQ. Pajaritos, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en el Contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales.
13.2. Plazo y lugar de ejecución de los servicios.
El plazo de ejecución de los Servicios es de 30 (treinta) días naturales, contados a partir de la fecha de recepción de la ORDEN por parte del Proveedor.
Cuando la ORDEN sea transmitida vía electrónica, el Proveedor se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de ejecución. Si el Proveedor no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de ejecución empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de PEMEX PETROQUÍMICA según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por PEMEX PETROQUÍMICA.
La ejecución de los Servicios amparados en cada ORDEN, se realizará en: las instalaciones del proveedor y en el Complejo Petroquímico Pajaritos de PEMEX PETROQUÍMICA, conforme a las condiciones descritas en el Documento 01.
No se contabilizará como día de ejecución de los Servicios, todo aquel que no se hayan laborado por caso fortuito o fuerza mayor, según sea el caso, o por motivos imputables a PEMEX PETROQUÍMICA.
PEMEX PETROQUÍMICA se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los Servicios, el(los) lugar(es) en que deberá(n) ejecutarse los mismos.
El Proveedor deberá ejecutar los Servicios amparados en cada ORDEN, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de ejecución se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación xx xxxxx convencionales, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el Proveedor no ejecuta los Servicios en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación xx xxxxx convencionales.
13.2.1 Recepción de los Servicios.
PEMEX PETROQUÍMICA recibirá los Servicios, cuando éstos se hayan ejecutado y concluido de acuerdo con los alcances y estipulaciones convenidas.
La recepción de los Servicios se hará a través de:El Departamento de Protección Ambiental del Complejo Petroquímico Pajaritos, en días hábiles y en el horario siguiente: de 8:00 a 16:00 horas.
En caso de que la fecha de conclusión de los servicios coincida con un día inhábil, la recepción de éstos se correrá al siguiente día hábil, sin dar lugar a la aplicación xx xxxxx convencionales.
La responsabilidad de los Servicios amparados en el contrato así como la terminación de los mismos hasta su recepción formal por parte de PEMEX PETROQUÍMICA será a responsabilidad del Proveedor.
13.3 Supervisión de los Servicios.
El NIVEL DE INSPECCIÓN que aplicará será IV de conformidad con lo indicado en el Documento 18. El área responsable que realizará la Supervisión de los Servicios será El Departamento de Protección Ambiental del Complejo Petroquímico Pajaritos, Dicha supervisión se llevará a cabo en: del Complejo Petroquímico Pajaritos.
El Proveedor acepta que el Supervisor de PEMEX PETROQUÍMICA vigilará, controlará y revisará en todo tiempo los Servicios y dará al Proveedor por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de Servicios ejecutados y que sean presentados por el Proveedor.
La supervisión que realice PEMEX PETROQUÍMICA a los servicios, no libera al Proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en el Contrato así como de los defectos o vicios ocultos que aparezcan posteriormente una vez concluidos los Servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de ésta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los Servicios, ni libera al Proveedor de las obligaciones que contrae en el Contrato.
De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los Servicios amparados en esta licitación, pudiendo solicitar a PEMEX PETROQUÍMICA y al Proveedor todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.
Por su parte, el proveedor se obliga a tener en el lugar de los Servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los Servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los mismos.
El responsable del proveedor previamente a su intervención en los Servicios, deberá ser aceptado por PEMEX PETROQUÍMICA quien determinará si reúne los requisitos señalados en esta convocatoria.
En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar el cambio del responsable del proveedor y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos antes señalados.
13.4 GARANTÍAS.
EL PROVEEDOR A SU ELECCIÓN PODRÁ ENTREGAR CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES INSTRUMENTOS DE GARANTÍA: FIANZA O CARTA DE CRÉDITO.
13.4.1 FIANZA PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos, vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios prestados, y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Póliza de Fianza que se constituirá por el 10 % del monto MÁXIMO del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más SEIS meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, otorgada por institución de fianzas debidamente autorizada por el Gobierno Federal y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA; en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.
La Fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y/o defectos, vicios ocultos de los bienes, y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 09, de esta convocatoria y deberá entregarse en el domicilio siguiente: En el Complejo Petroquímico Pajaritos en la jefatura de Obra Pública, ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx.
Xx Xxxxxx de Cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la Fianza.
En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el Proveedor se obliga a entregar a PEMEX PETROQUÍMICA a la firma del convenio respectivo, el endoso o documento modificatorio de la Fianza de Cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad otorgada originalmente, debiendo contener el documento modificatorio de la póliza en cuestión, la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la Fianza inicialmente presentada por el Proveedor, en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.
El Proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo:
(A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUÍMICA para responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes y de la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.
En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUÍMICA.
(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva las garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.
(C) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.
(D) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
(E) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora en el caso de reclamación, y con fundamento en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que la excepción de subjudicidad, se tendrá por justificada únicamente, si se exhibe copia sellada del escrito de demanda, en el que conste que en el ejercicio de la acción principal, el fiado señala como documento fundatorio de dicha acción, este contrato y existe identidad entre las prestaciones reclamadas y los hechos que soportan la improcedencia del reclamo, renunciando expresamente a cualquier otra acepción que se pudiera dar a la excepción de subjudicidad o exigibilidad de la póliza de fianza sujeta a controversia judicial o administrativa entre las partes de este contrato; así como a que en este supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo.
(F) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios, y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad a satisfacción de PEMEX PETROQUÍMICA, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.
(G) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:
Por cumplimiento.
PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.
CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.
DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.
LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION.
FINIQUITO.
CUANTIFICACIÓN DEL IMPORTE RECLAMADO.
Por defectos, vicios ocultos de los bienes, así como la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad.
PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.
CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.
DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO,
QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN
DE LOS DEFECTOS, DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O LA MALA
CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD
RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS
SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN.
ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS O
VICIOS OCULTOS DETECTADOS Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS
En caso de Propuestas Conjuntas, la Fianza de Cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes.
La Fianza de Cumplimiento, defectos, vicios ocultos de los bienes, calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, se podrá hacer efectiva por PEMEX PETROQUÍMICA, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos:
a).- Cuando el Proveedor incumpla con cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato.
b).- Cuando se rescinda el contrato por causas imputables al Proveedor.
c).- Cuando se presenten defectos, vicios ocultos de los bienes, mala calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en los bienes y/o servicios materia del contrato.
d).- Cuando hubiese transcurrido el plazo, que en su caso, se haya concedido al Proveedor para reparar, reponer o corregir los defectos, vicios ocultos y la calidad de los bienes y servicios, así como cualquier otra responsabilidad cuando aplique, y no se hayan reparado, repuesto o corregido los defectos, vicios ocultos de los bienes y la mala calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.
CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE CONFIRMADA.
CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE CONFIRMADA RELACIONADA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASI COMO LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Carta de Crédito STANDBY Irrevocable Confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10 % del monto MÁXIMO] del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado más NUEVE meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, a total satisfacción y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA; en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.
La Carta de Crédito STANDBY que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, y sus documentos modificatorios, si los hubiere, se deberán otorgar en estricto apego al Documento 09-A, de esta convocatoria y deberán entregarse en original en el domicilio siguiente: En el Complejo Petroquímico Pajaritos en la jefatura de Obra Pública, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5 Pajaritos, Coatzacoalcos, Ver..
La Carta de Crédito STANDBY que garantiza el cumplimiento, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de dicha garantía.
En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el Proveedor se obliga a entregar a PEMEX PETROQUÍMICA a la firma del convenio respectivo, el documento modificatorio en original de la Carta de Crédito STANDBY otorgada inicialmente que garantiza el cumplimiento, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.
El Proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo:
(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.
(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente la Carta de Crédito Standby otorgada.
(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.
13.5. Anticipo.
Para la contratación de los servicios objeto de esta licitación PEMEX PETROQUÍMICA NO otorgará anticipo.
13.6. Condiciones y forma de pago.
PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los servicios concluidos y aceptados a los 20 días naturales máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el certificado de aceptación de los servicios, fecha de la aceptación, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.
El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago.
Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.
Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta.
Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:
a).- Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor.
b).- Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX PETROQUÍMICA.
c).- Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única ubicada en el interior de los Complejos Petroquímicos Cangrejera, Cosoleacaque, y Pajaritos, en el horario de 9:00 a 13:00 hrs., y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.
d).- Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).
e).- El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.
f).- La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.
g).- Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.
Nancional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Adiministración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa xx Xxxxxxx Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la pagina web de Nacional Financiera xxxx://xxx.xxxxx.xxx\portalnf\content\ventas-al-gobierno\programa-de-compras-del-gobierno-federal\cadenas-productivas.htlm.
13.6.1. Ajuste de Precios. (NO APLICA).
13.7. Facturación.
El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en: Ventanilla única del Departamento de tesorería del Complejo Petroquímico Pajaritos en horario de 8.00 a 14.00 horas.
Debidamente requisitadas, en original y 3 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los servicios en los términos del Contrato.
El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la ORDEN, a la (partida) que ejecutó, la unidad de medida y al precio unitario de los Servicios.
En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MAXIMO para pago, establecido en el primer párrafo del punto 13.6. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.
En caso de que existan servicios faltantes o discrepantes, o pago de lo indebido, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.
13.8. Penas convencionales.
Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el Proveedor se haga acreedor por atraso en el plazo de ejecución de los servicios, se calcularán, a partir del día siguiente del plazo pactado para la ejecución de los mismos, o en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los servicios ejecutados con atraso, cuando éstos se hubieran cotizado en forma unitaria y el resultado esperado no dependa de la ejecución total de los mismos) a razón de 0.5 %, por cada día calendario de atraso y hasta el importe del 10% de la ORDEN de que se trate.
PEMEX PETROQUÍMICA, podrá exigir la ejecución de los servicios con la aplicación de las penas convencionales que procedan, o cancelar la ORDEN una vez agotado el 10% del importe de la ORDEN de que se trate.
Una vez transcurrido el plazo máximo de espera de aplicación xx xxxxx convencionales de una orden sin que el proveedor haya ejecutado los servicios PEMEX PETROQUÍMICA procederá a aplicar una deducción equivalente al 10% del valor de la misma y podrá generar una nueva orden.
Cuando la suma de las penas convencionales alcance el importe de la garantía de cumplimiento del Contrato, PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, el pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el Proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y/o deducciones.
Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al Proveedor.
Conforme al Artículo 63 del Reglamento, de presentarse caso fortuito o fuerza mayor o por causas imputables a la convocante, se podrá otorgar una prórroga al cumplimiento de las obligaciones.
13.9. Deducciones. (NO APLICA)
13.10. Rescisión Administrativa del Contrato.
PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, por causas imputables al Proveedor, rescindir administrativamente el Contrato, cuando éste incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas en el mismo. Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de declaración o resolución judicial, bastando que se cumpla con el procedimiento señalado en el contrato.
Las causas que pueden dar lugar a que PEMEX PETROQUÍMICA inicie el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato, son las siguientes:
Si el PROVEEDOR no entrega la(s) garantía(s) solicitadas en el contrato.
Cuando se agote el monto límite de aplicación xx xxxxx convencionales.
Una vez agotado el monto limite de aplicación de deducciones, (NO APLICA)
Si el Proveedor no ejecuta los servicios en el plazo establecido.
Si el PROVEEDOR antes del vencimiento del plazo para la ejecución de los servicios, manifiesta por escrito su imposibilidad de ejecutar los mismos.
Si el PROVEEDOR se niega a reponer los servicios que PEMEX PETROQUÍMICA hubiere considerado como rechazados o discrepantes.
Si los servicios no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en el contrato.
Si el PROVEEDOR es declarado en concurso mercantil o de acreedores, o en cualquier situación análoga que afecte su patrimonio.
Si el PROVEEDOR cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin sujetarse a la autorización previa y por escrito de PEMEX PETROQUÍMICA.
Si el proveedor no da a PEMEX PETROQUÍMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades o datos necesarios para la supervisión de los Servicios.
En general, por el incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato y sus anexos o a las leyes y reglamentos aplicables.
En caso de incumplimiento del Proveedor a cualquiera de las obligaciones del Contrato, PEMEX PETROQUÍMICA podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el pago de las penas convencionales por el atraso, o declarar la rescisión administrativa conforme al procedimiento que se señala en el contrato y hacer efectiva la garantía otorgada, sin menoscabo de que PEMEX PETROQUÍMICA pueda ejercer las acciones judiciales que procedan.
Si el Proveedor es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración correspondiente.
13.11 INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL.
Se hace del conocimiento de las personas físicas y xxxxxxx que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter.
13.12 SEGUROS
El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.
13.13. FUENTES DE FINANCIAMIENTO. (NO APLICA).
13.14. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR (NO APLICA).
13.15. Responsabilidad Laboral.
El proveedor, como empresario y patrón del personal que ocupará para la ejecución de los servicios objeto del Contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.
Asimismo, el proveedor reconoce y acepta que con relación al Contrato, actuará exclusivamente como proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en dicho instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes del mismo, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el proveedor, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados y PEMEX PETROQUÍMICA.
Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en este punto y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PEMEX PETROQUÍMICA o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, el proveedor quedará obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto.
13.16. Otras Obligaciones del Proveedor.
El proveedor será el único responsable cuando los Servicios, no se realicen de acuerdo con lo estipulado en el Contrato, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte de PEMEX PETROQUÍMICA; por lo que en estos casos PEMEX PETROQUÍMICA podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos Servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el proveedor tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del proveedor; en tal supuesto, el proveedor procederá de manera inmediata a la rectificación o reposición de los Servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión.
Si el proveedor realiza Servicios por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los Servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.
El proveedor tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del Contrato, por lo que, también se obliga a cumplir y realizar el Servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el proveedor deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PEMEX PETROQUÍMICA para la ejecución de los Servicios.
Se conviene que las obligaciones del proveedor, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones, que aún cuando no estén descritas explícitamente en el Contrato, puedan ser inferidos como requeridos o indispensables para la conclusión satisfactoria de los Servicios.
Así mismo, las partes convienen en que el proveedor será responsable por los daños y perjuicios que ocasione a Petróleos Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales y/o sus trabajadores y/o sus beneficiarios en sus bienes y/o personas en los términos dispuestos por Libro Cuarto Primera Parte, Título Primero, Capítulo V del Código Civil Federal.
13.17. Modificaciones al Contrato.
PEMEX PETROQUÍMICA podrá acordar con el proveedor por razones fundadas y explicitas respecto del contrato vigente, el incremento en la cantidad de los Servicios o vigencia del Contrato, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% de los conceptos y volúmenes establecidos, el precio de los Servicios sea igual al originalmente pactado, el contrato este vigente y el proveedor no se encuentre en incumplimiento.
En el caso de que el presente Contrato incluya Servicios de diferentes características, el porcentaje será aplicado a cada partida o concepto de los Servicios de que se trate.
Cualquier solicitud de modificación que se presente por parte del proveedor a las condiciones pactadas deberá tramitarse por escrito exclusivamente ante la Superintendencía de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Pajaritos de PEMEX PETROQUÍMICA, en el entendido de que cualquier cambio o modificación que no sea autorizada expresamente por el área citada, se considerará inexistente para todos los efectos administrativos y legales del Contrato.
La solicitud de modificación no interrumpirá el plazo de ejecución originalmente pactado, salvo que la comunicación, en la que de ser el caso se autorice, exprese lo contrario.
En términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas comparadas con las establecidas originalmente.
13.18. Terminación Anticipada del Contrato.
PEMEX PETROQUÍMICA podrá dar por terminado anticipadamente el Contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los Servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio a PEMEX PETROQUÍMICA, lo anterior, de conformidad con el articulo 54 de la Ley.
En este supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA procederá a reembolsar, previa solicitud del proveedor, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el Contrato.
13.19. Controversias.
Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación del Contrato celebrado con base en la Ley, se resolverán por los tribunales federales con sede en la Ciudad de Coatzacoalcos Veracruz en los términos del artículo 15 del citado ordenamiento.
En el supuesto de que se suscite alguna controversia relacionada con la información enviada a través de medios remotos de comunicación electrónica, se estará a lo dispuesto por el ACUERDO.
13.20. Responsabilidades por Contaminación y/o Daños al Medio Ambiente.
El proveedor, en relación con el objeto del Contrato, se obliga a cumplir con todas las disposiciones legales, federales, estatales y municipales de carácter ambiental, así como a responder por cualquier demanda, requerimiento, multa, inspección o responsabilidad instaurada en contra de PEMEX PETROQUÍMICA y/o Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de los Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, como consecuencia de violaciones y/o daños ocasionados en materia del medio ambiente.
De igual modo, el proveedor se obliga a pagar a PEMEX PETROQUÍMICA los gastos, erogaciones y pagos que llegare a efectuar por los conceptos a que se refiere el párrafo anterior.
13.21. Subcontratación.
El proveedor podrá contratar con algún tercero la adquisición de determinados bienes y/o la prestación de algunos servicios, con la exclusiva finalidad de permitirle la posibilidad de cumplir íntegramente con sus obligaciones contractuales, sin que dicha contratación implique una cesión de derechos u obligaciones en términos del artículo 46 de la Ley.
La forma o en su caso el porcentaje que podrá subcontratar será el siguiente: De acuerdo con lo indicado en el documento 01.
13.22. Soporte del Servicio. (NO APLICA)
13.23. Normas de Calidad en la prestación de los Servicios. (NO APLICA)
DOCUMENTO 03
FORMATO DE INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE
Xx, (nombre del apoderado ó representante que firme la propuesta), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente licitación pública, a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral).
Clave del Registro Federal de Contribuyentes: |
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Domicilio.- Calle y Número: |
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Colonia: |
Delegación o Municipio: |
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Código Postal: |
Entidad Federativa: |
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Teléfonos: |
Fax: |
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Correo electrónico: |
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No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
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Fecha: |
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Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx ó Fedatario Público que la protocolizó: |
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Relación de Socios: Apellido Paterno: |
Apellido Materno: |
Nombre( s ) |
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Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional:
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Reformas o modificaciones al acta constitutiva:
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Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx ó Fedatario Público que las protocolizó: |
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RFC y domicilio del apoderado o representante (que firma la propuesta): |
Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta: |
Escritura pública número: Fecha: |
Nombre, número, y circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Publico que la protocolizó:
|
Lugar y fecha
(Firma autógrafa original del apoderado o representante)
Notas:
1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.
3.- Con la finalidad de agilizar la formalización del contrato, el licitante podrá integrar en su propuesta copia de la documentación indicada en este formato.
DOCUMENTO 03 A
FORMATO DE ESCRITO QUE DEBERÁN PRESENTAR LAS PERSONAS QUE PARTICIPEN EN LA JUNTA DE ACLARACIONES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 33 BIS DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
_______ de _________ de _______________(1)
PEMEX PETROQUÍMICA
_______(2)_____________
______________________
P R E S E N T E
CON REPRESENTANTE
Me refiero a la licitación Pública No. ____(3)____, en cuya(s) junta(s) de aclaraciones mi representada, ______________(4)___________________, tiene el interés de participar.
SIN REPRESENTANTE
Me refiero a la licitación Pública No. ____(3)____, en cuya(s) junta(s) de aclaraciones tengo el interés de participar.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el artículo 33 bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, manifiesto lo siguiente.
DATOS DEL LICITANTE.
Registro Federal de Contribuyentes:
Nombre:
Domicilio fiscal:
Descripción del objeto social:
Número y fecha de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
DATOS DEL REPRESENTANTE:
Registro Federal de Contribuyentes:
Nombre:
Domicilio fiscal:
Número y fecha de la escritura pública mediante la cual fueron otorgadas facultades DE REPRESENTACIÓN.
Nombre, numero y circunscripción xxx Xxxxxxx público o Federatario Público que lo protocolizó:
A T E N T A M E N T E
____________________(5)___________________
INSTRUCTIVO DE LLENADO:
NUMERO |
DESRIPCIÓN |
1 |
Señalar la fecha de suscripción del documento |
2 |
Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante |
3 |
Indicar numero respectivo |
4 |
Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa |
5 |
Anotar el nombre y firma del interesado o de su representante |
DOCUMENTO 04
DOCUMENTOS QUE DEBERÁN SER FIRMADOS AUTÓGRAFAMENTE POR EL APODERADO O REPRESENTANTE.
Cons.
|
Descripción |
NOMBRE DEL ARCHIVO PARA PROPOSICIONES ELECTRÓNICAS |
1. |
Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 03). |
DOC_03 |
2. |
Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones. |
|
3. |
Declaración escrita de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de conformidad con lo establecido en el Articulo 29 fracción VIII de la citada Ley (Documento 07). |
DOC_07 |
4 |
Declaración de Integridad (Documento 08). |
DOC_08 |
5 |
De ser el caso, el convenio privado mediante el cual se conviene en presentar propuesta conjunta. |
CONVEN |
6 |
De ser el caso, el documento Compromisos con la Transparencia (Documento 13). |
DOC_13 |
7 |
Formato de oferta (Técnica) Documento 06
|
DOC_06
|
8 |
Formato de oferta (Económica) Documento 06-A
|
DOC_06-A
|
9 |
FORMATO DE MANIFESTACION DE INTEGRACION NACIONAL DE MANO DE OBRA EN LOS SERVICIOS OFERTADOS, DERIVADO DE LA ESTRATEGIA PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS DE PETROLEOS MEXICANOS (Documento 20). |
DOC_20 |
10 |
Formato para la manifestación de ser persona física ò moral que cuente con personal con discapacidad. (Documento 16). |
DOC_16 |
En el caso de proposiciones enviadas por medios de comunicación electrónica, los documentos listados del 1 al 10, se imprimirán para su rúbrica durante el acto de presentación y apertura de proposiciones.
DOCUMENTO 05
FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
No. |
DOCUMENTO |
PUNTOS DEL DOCTO. 2 DE LA CONVOCATORIA |
NOMBRE DEL ARCHIVO (tratándose de proposiciones enviadas por medios remotos de comunicación electronica) |
ENTREGO |
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DONDE SE EXIGE |
SI |
NO |
Dentro o fuera del sobre de la proposición a elección del licitante
1 |
Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones. |
4.3 INCISO A) |
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2 |
Acreditación de la existencia y personalidad del licitante (Documento 03). |
4 INCISO A) |
DOC_03 |
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3 |
Declaración escrita de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de conformidad con lo establecido en el Articulo 29 fracción VIII de la citada Ley (Documento 07). |
4 INCISO C) |
DOC_07 |
|
|
4 |
Declaración de Integridad (Documento 08). |
4 INCISO D) |
DOC_08 |
|
|
5 |
De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas conjuntas. |
4 INCISO H.2) |
CONVEN |
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|
6 |
Declaración en la que manifieste que aceptan todas las cláusulas y condiciones de la convocatoria. |
4 INCISO V) |
Aplica para licitaciones electrónicas |
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7 |
Formato para la manifestación de ser persona física ò moral que cuente con personal con discapacidad. (Documento 16). CUANDO APLIQUE |
4 INCISO T) |
DOC_16 |
|
|
La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la proposición.
8 |
FORMATO DE MANIFESTACION DE INTEGRACION NACIONAL DE MANO DE OBRA EN LOS SERVICIOS OFERTADOS, DERIVADO DE LA ESTRATEGIA PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS DE PETROLEOS MEXICANOS (Documento 20). |
4 INCISO U) |
DOC_20 |
|
|
9 |
El documento denominado Compromisos con la Transparencia (Documento 13). |
11 |
DOC_13 |
|
|
10 |
Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones (Documento 05). |
4 INCISO I) |
DOC_05 |
|
|
Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la proposición.
11 |
Formato de oferta (técnica) Documento 06 |
4 INCISO E) |
DOC_06 |
|
|
Formato de oferta (económica) Documento 06-A |
4 INCISO F) |
DOC_06-A |
|
|
|
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|
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|
Documentación para la acreditación de la experiencia. CASO CONTRARIO ELIMINAR |
4 INCISO L) |
EXPER |
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|
Acreditación del capital contable. .(NO APLICA) ASO CONTRARIO ELIMINAR |
4 INCISO M) |
CAP_CON |
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|
Copia del certificado del procedimiento de aseguramiento de calidad de los Bienes que propone. .(NO APLICA) CASO CONTRARIO ELIMINAR |
4 INCISO N) |
ASEG_CAL |
|
|
Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en la Convocatoria será verificado y evaluado por la Convocante.
La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su proposición.
DOCUMENTO 06
FORMATO DE OFERTA (TECNICA)
No. Partida |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Descripción y Especificaciones Técnicas de los Servicios (Incluir marca y modelo o Nombre del Fabricante, así como las normas con las que cumplen los Bienes que propone en su caso) |
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|
1.- LUGAR DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO |
En el Complejo Petroquímico Pajaritos |
2.-PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO |
fecha de formalización del mismo y concluirá el 10 de diciembre del 2009 |
NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)
NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________
FIRMA: _____________________
CARGO: ____________________
FECHA: _____________________
Nota al Licitante: En caso de incluir el suministro de bienes que utilizará en la ejecución de los servicios, se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.
DOCUMENTO 06-A
FORMATO DE OFERTA (ECONOMICA)
No. Partida |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Descripción Genérica de los Servicios
|
Precio Unitario sin I.V.A. ($) |
Importe Total sin I.V.A. ($) |
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* NOTA: DEBERÁ INDICAR EL TIPO DE MONEDA EN LA CUAL COTIZA.
Condiciones Económicas
1.- VIGENCIA DE PROPOSICIÓN |
Mínimo 60 DÍAS NATURALES |
2.- LUGAR DE EJECUCIÓN |
En el Complejo Petroquímico Pajaritos |
3.-PLAZO DE EJECUCIÓN |
iniciará en la fecha de formalización del mismo y concluirá el el 10 de diciembre del 2009 |
4.- MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN SIN IVA |
|
NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)
NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________
FIRMA: _____________________
CARGO: ____________________
FECHA: _____________________
DOCUMENTO 07
FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 29 FRACCION VIII DE LA CITADA LEY.
(Lugar y Fecha)
PEMEX PETROQUÍMICA
______________________
______________________
P R E S E N T E
EN CASO DE SER PERSONA MORAL
(Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
A T E N T A M E N T E
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O
APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)
EN CASO DE SER PERSONA FISICA y sea quien suscriba este documento
(Nombre de la persona fìsica ), en mi carácter de (propietario ), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que NO me encuentro en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante
(Nombre del representante legal), en mi carácter de (indicar término en que este otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
A T E N T A M E N T E
(NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FISICA O DEL
APODERADO LEGAL)
NOTA:
El presente formato se adecuará de acuerdo a la personalidad del licitante.
DOCUMENTO 08
FORMATO DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.
(Lugar y Fecha)
PEMEX PETROQUÍMICA
______________________
______________________
P X X X X X X X
Xxx xxxx xonducto, quien suscribe, Sr. (nombre de la persona física o del apoderado o representante legal), declaro, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que (denominación o razón social) a quien represento, por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de la Convocante, induzcan o alteren la evaluación de la proposición, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, de acuerdo al artículo 30 del Reglamento de la Ley.
Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.
A T E N T A M E N T E
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO
LEGAL DE LA EMPRESA)
NOTA:
1. En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.
DOCUMENTO 09
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS.
SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR______________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ____________________ Y SUS ANEXOS, ASÍ COMO DE RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DEL CONTRATO.
EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO_________________________________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA
CANTIDAD DE $__________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA)
ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.
ESTA FIANZA TAMBIÉN RESPONDE DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.
EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, A PETICIÓN DEL FIADO, PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, DEBIENDO EMITIR LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. CUANDO EL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO SUPERE EL 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL 20%.
ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO, POR LO QUE EL FIADO DEBERÁ SOLICITAR A LA AFIANZADORA EL ENDOSO CORRESPONDIENTE. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.
ESTA FIANZA GARANTIZA HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.
ESTA FIANZA GARANTIZA IGUALMENTE LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE SUMINISTREN LOS BIENES O CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.
EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO XX XXXXX CONVENCIONALES, ESTIPULADAS EN EL CONTRATO GARANTIZADO.
LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO XX XXXX MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO; Y DE SEIS MESES PARA LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y CON LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS.
EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO, A PETICIÓN DEL FIADO.
LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
1.- PARA CUMPLIMIENTO:
A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.
B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.
C) DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.
D) LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION.
E) FINIQUITO.
F) CUANTIFICACIÓN DEL IMPORTE RECLAMADO.
2.- PARA DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y/O CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD:
A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.
B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.
C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO,
QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN
DE LOS DEFECTOS, DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O LA MALA
CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD
RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS
SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN.
D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS O
VICIOS OCULTOS DETECTADOS Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS.
ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.
LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR XXXX QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.
LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE PAGAR AL BENEFICIARIO HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR XXXX QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EN RECLAMACIONES ORIGINADAS POR INCUMPLIMIENTO A OBLIGACIONES ESTABLECIDAS A CARGO DEL FIADO, PARA EL CASO EN QUE EL CONTRATO HAYA SIDO ADJUDICADO EN PROPUESTA CONJUNTA SIN IMPORTAR SI SE CONSTITUYÓ UNA SOCIEDAD O SOCIEDAD DISTINTA, YA QUE CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE INTEGRANTES, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE FRENTE AL BENEFICIARIO ASUME UNA RESPONSABILIDAD ÚNICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS TÉRMINOS EN QUE AQUELLOS SE HUBIERAN OBLIGADO, ENTRE SÍ Y/O CON LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, ATENDIENDO A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.
ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.
LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA HASTA POR EL MONTO GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR XXXX QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.
EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.
ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.
LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO.
ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.
LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO; Y SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS.
ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.
ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.
FIN DEL TEXTO.
DOCUMENTO 09-A
F
ORMATO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY (PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR)
Fecha de emisión
Banco Emisor
Nombre y domicilio completo
Beneficiario Fecha de vencimiento: (PEMEX, Organismo Subsidiario o Empresa Filial (Día, Mes y Año) Domicilio)
Carta de Crédito Standby No. XXXXXX
Estimados señores:
Comunicamos a ustedes que hemos establecido nuestra carta de crédito standby No. a favor de (Petróleos Mexicanos, Organismo Subsidiario o Empresa Filial) (el "Beneficiario") por la cantidad máxima de $ (importe con número, letra y moneda);, Esta carta de crédito standby es emitida para garantizar las obligaciones asumidas por (nombre. denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX) con relación al contrato [o convenio si ese es el caso] (número y fecha del contrato o convenio) celebrado entre (nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX) y el Beneficiario así como sus futuras modificaciones, para (descripción de la obligación que garantiza)
La presente carta de crédito standby será pagadera a la vista en [nuestras oficinas ubicadas en (domicilio del banco emisor y horario de presentación) mediante la presentación de los siguientes documentos:
Requerimiento de pago en hoja membretada del beneficiario según formato anexo, manifestando el
incumplimiento por parte de (nombre, denominación o razón social de la persona que asumió
obligaciones con PEMEX).
Original o copia de Carta de crédito standby.
Condiciones especiales:
1. Conforme a esta carta de crédito standby se permiten disposiciones parciales y disposiciones múltiples. En ningún caso el importe acumulado de los requerimientos de pago podrán exceder del importe total de esta carta de crédito standby
Carta de Crédito Standby No. XXXXXX
Nos comprometemos irrevocablemente con el Beneficiario a honrar sus requerimientos de pago siempre y cuando sean presentados en cumplimiento con los términos y condiciones de esta carta de crédito standby en o antes de la fecha de vencimiento, mediante transferencia electrónica de fondos inmediatamente disponibles de acuerdo a las instrucciones que=el Beneficiario señale en el propio requerimiento de pago.
En caso de que el requerimiento de pago no cumpla con los términos y condiciones de esta carta de crédito standby, el banco emisor deberá dar aviso por escrito al Beneficiario del rechazo de la presentación especificando todas las discrepancias en las cuales ha basado su rechazo. Dicho aviso podrá ser entregado al Beneficiario al correo electrónico o facsímil (fax) que el Beneficiario informe por escrito para tal fin al banco emisor, a más tardar el tercer día hábil inmediato siguiente a aquel en que se haya hecho la presentación del requerimiento de pago
El Beneficiario podrá volver a presentar un nuevo requerimiento de pago que cumpla con los términos y condiciones de esta carta de crédito standby, siempre y cuando dicho requerimiento de pago se presente dentro de la vigencia de esta carta de crédito.
En el supuesto que el último día hábil para presentación de documentos el lugar de presentación por alguna razón esté cerrado, el último día para presentar documentos será extendido al quinto día hábil inmediato siguiente a aquél en que el que el banco emisor reanude sus operaciones.
La emisión de esta carta de crédito standby se sujeta a las Reglas "ISP 98" Prácticas Internacionales para Standby emitidas por la Cámara Internacional de Comercio publicación ICC 590.
Cualquier controversia que surja con motivo de la misma deberá resolverse exclusivamente ante los tribunales federales competentes de los Estados Unidos Mexicanos con sede en la Ciudad de México, Distrito Federal.
Atentamente,
BANCO EMISOR
NOMBRE Y FIRMA DE
FUNCIONARIOS FACULTADOS
(Hoja membretada del beneficiario)
Requerimiento de pago
Fecha: (fecha de presentación) Banco emisor
(Denominación v domicilio)
Ref. Carta de Crédito Standbv No.
(Petróleos Mexicanos, Orqanismo Subsidiario o Empresa Filial) en su carácter de beneficiario de la Carta de crédito standby de referencia, por medio de la presente manifiesta que:
(Nombre denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX) ha incumplido con los términos y condiciones suscritas en el contrato [convenioj no. (Numero y fecha del contrato), específicamente en lo estipulado en la(s) cláusula (s) (no. Cláusula del contrato) por lo que el beneficiario (Petróleos Mexicanos Orqanismo Subsidiario o Empresa Filial) está en su derecho de girar a cargo de esta Carta de crédito standby.
Por lo anterior sírvanse transferir el pago por la cantidad de (moneda. importe con numero v letra) a la cuenta bancaria no. (Cuenta del banco) de (Nombre del banco) a nombre de (Petróleos Mexicanos, Organisirc Subsidiario o Empresa Filial).
Agradeceremos citar la referencia de la presente carta de crédito standby en cada pago realizado. Nombre completo, Cargo y firma del funcionario autorizado
Correo Electrónico Teléfono Fax
(
Banco Emisor
Nombre y domicilio completo.
Modelo para ser utilizado solo en caso de modificacion a Carta de Crédito Standby)(PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR)
F echa de emisión
(Nombre, Denominación o Razón Social de la persona que asumió obligaciones con Pemex) Número del Contrato:
Beneficiario Referencia Banco Emisor
(PEMEX, Organismo Subsidiario o Empresa Filial, (Número de carta de crédito standby) Domicilio Fiscal)
Modificación no.
Estamos modificando la Carta de crédito standby de referencia como sigue de acuerdo con los términos del propio crédito:
Dice: (incluir texto actual)
Debe decir:
(incluir nuevo texto)
Los demás términos y condiciones de la carta de crédito standby permanecen sin cambio. Esta modificación forma parte integral de la Carta de crédito standby de referencia. Atentamente,
BANCO EMISOR NOMBRE Y FIRMA DE FUNCIONARIOS FACULTADOS
DOCUMENTO 10
MODELO DE MANIFESTACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES.
(Lugar y Fecha): ______________, a ___ de______________de__________.
PEMEX PETROQUÍMICA
_______________________________________
_______________________________________
PRESENTE
__________________________en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal) con Registro Federal de Contribuyentes Clave _________________________y correo electrónico ______________de la Empresa denominada _____________________con Registro Federal de Contribuyentes clave ____________,cuya actividad Preponderante es _______________________y con domicilio Fiscal en _________________.
Que como resultado de (señalar el procedimiento de Adjudicación utilizado) _______________________________respecto de la licitación o concurso número _____________ de adquisiciones, con un monto de (______________) sin incluir I. V. A., por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que mi representada:
Ha realizado ante el SAT la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de mis obligaciones fiscales en los términos señalados en la Regla I.2.1.17. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2009, de la cual anexo copia del “acuse de recepción”, que comprueba que he realizado la solicitud de opinión prevista en la regla 1.2.1.17
A T E N T A M E N T E
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO
LEGAL DE LA EMPRESA)
DOCUMENTO 10-A
FORMATO DE MANIFESTACIÓN PARA: LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE NO ESTÉN OBLIGADOS A PRESENTAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL RFC, NI LOS AVISOS AL MENCIONADO REGISTRO; PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE NO HUBIERAN ESTADO OBLIGADOS A PRESENTAR, TOTAL O PARCIALMENTE, LAS DECLARACIONES A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN I INCISO b) DE LA REGLA 2.1.17 DE LA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELÁNEA FISCAL PARA 2004; ASÍ COMO PARA LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE NO ESTÉN OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIONES PERIÓDICAS EN MÉXICO.
(Xxxxx membretado del proveedor)
(Lugar y Fecha): _______________. a __de___________de____.
PEMEX PETROQUÍMICA
______________________________:
______________________________
PRESENTE
[Escribir el Nombre de Representante o Apoderado Legal], R.F.C. [Escribir el RFC del Representante o Apoderado Legal]_, correo electrónico:_[del Representante o Apoderado Legal]_ en mi carácter de _____[cargo]_________, de la Empresa denominada (Nombre, Denominación o Razón Social), cuyo domicilio fiscal es: __(domicilio fiscal de la empresa)____, Clave de RFC: _(escribir el RFC de la empresa), cuya actividad preponderante es: , el contrato No.______________________ fue adjudicado por un importe máximo total de ____________________________________sin incluir I.V.A, tipo de moneda del contrato:________________, por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto lo siguiente:
Que mi representada no se encuentra obligada a presentar:
La solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro;
La declaración anual del ISR por los dos últimos ejercicios fiscales; así como de los pagos mensuales del IVA y retensiones de ISR de los últimos 12 meses anteriores al penúltimo mes a aquél en que se presente el escrito.
Declaraciones periódicas en México.
A T E N T A M E N T E
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO
LEGAL DE LA EMPRESA)
La presente carta tendrá que actualizarse con los ajustes necesarios cuando:
1. El Proveedor se trate de una persona física, ajustando el presente formato en su parte conducente.
DOCUMENTO 11 (NO APLICA)
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO
DOCUMENTO 12 (NO APLICA)
Si este
FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS
DOCUMENTO 13
COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA
COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ____________________________________________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-PETROQUÍMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL ING. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE JEFE DE OBRA PÚBLICA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-PETROQUÍMICA Y _________________________________________________, REPRESENTADA POR ________________________________________ EN SU CARÁCTER DE _______________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:
CONSIDERACIONES
EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.
QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.
QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.
ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.
SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.
LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:
COMPROMISOS
I.- DEL LICITANTE
INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.
ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.
ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.
ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.
ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA NACIÓN.
OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.
II.- DE PEMEX-PETROQUÍMICA
EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.
EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.
FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES.
PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.
EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN _____________________________________, A ___________________________________ DE 20_____.
POR PEMEX-PETROQUÍMICA
ING. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXJEFE DE OBRA PÚBLICA
Nombre y Cargo del Servidor Público.
|
Nombre de la EmpresaPOR EL LICITANTE
___________________________________ Nombre y Cargo. |
DOCUMENTO 14
NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
“Artículo 222
Cometen el delito de cohecho:
I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
Capítulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros
Artículo 222 bis
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”
* Fuente http//:xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
DOCUMENTO 15
MODELO DE CONTRATO
CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS A PRECIO FIJO (EN ADELANTE “CONTRATO”), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE PEMEX PETROQUIMICA COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ PEMEX PETROQUIMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. ING. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX , EN SU CARÁCTER DE APODERADO GENERAL, DE PEMEX PETROQUIMICA Y POR LA OTRA, _____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, REPRESENTADA POR EL ____________________________________________ EN SU CÁRACTER DE __________________________], AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
1. PEMEX PETROQUIMICA declara a través de su apoderado que:
1.1 Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios publicada el 00 xx xxxxx xx 0000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx. y tiene por objeto ____________________________ y continúa realizando dichas actividades, en cumplimiento de su objeto, de conformidad con el artículo Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx.
1.2 Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. . 141,536, de fecha 08 xx Xxxxxx de 2008, otorgada ante la fe del Lic. Xxxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx, Titular de la Notaría Xxxxxxx Xx. 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.
1.3. Cuenta con suficiencia presupuestal para hacer frente a las erogaciones que se originen en este contrato, DE ACUERDO CON LA REQUISICIÓN APROBADA PRESUPUESTALMENTE No.431-44200-S1010988
1.4. Este contrato se celebra como resultado del procedimiento de Licitación Pública Número 18578021-004-09 de carácter Internacional -bajo la cobertura de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio suscritos por México, mismo que se instrumentó de conformidad con los artículos 26 fracción I, 28 fracción ______ y 47 la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuyo fallo fue dado a conocer el ___ de ___________ de ____.
2. A) En caso de que se trate de una persona moral o física que actúe con representante
El PROVEEDOR declara a través de su representante que:
B) En caso de que se trate de una persona física que actúe por su propio derecho
El PROVEEDOR declara que:
2.1. A) Tratándose de personas xxxxxxx de nacionalidad mexicana o extranjera cuya existencia legal se acredite con instrumento público mexicano.
Acredita la legal existencia de su representada con la (Póliza, Escritura Pública o Acta) Número _____ de fecha __ de _____ de ______, otorgada ante la fe del Lic. ____________, Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de la Ciudad de _________, la cual quedó debidamente inscrita en el Registro Público correspondiente.
B) Tratándose de una persona moral de nacionalidad extranjera cuya existencia legal se acredite con un documento extranjero.
Acredita la legal existencia de su representada con el documento denominado (nombre y datos).
Esta declaración deberá ajustarse conforme a la documentación con la cual se acredite su legal existencia, la cual deberá estar apostillada, o en su caso, legalizada y acompañarse con traducción al español por perito autorizado, en caso de idioma distinto al inglés.
C) En caso de que se trate de una persona física que actúe por su propio derecho.
Es una persona física actuando por su propio derecho y se identifica con (precisar los datos de identificación del proveedor).
A) Para la acreditación de la personalidad y facultades del representante de una persona moral de Nacionalidad Mexicana o Extranjera, dichas facultades deberán protocolizarse ante fedatario público mexicano.
Acredita su personalidad y facultades en su carácter de ____________ de (nombre de la compañía o empresa), mediante la (Póliza –cuando se acrediten las facultades en la constitución de la persona moral o en sus modificaciones estatutarias-, Escritura Pública o Acta) Número ____ de fecha __ de ____ de _____, otorgada ante la fe del Lic. ____________, Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de la Ciudad de ________, la que quedo debidamente inscrita en el Registro Público correspondiente, mismas que no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.
Nota: Tratándose de poderes especiales no se deberá requerir la inscripción en el Registro Público de Comercio.
B) Para la acreditación de la personalidad y facultades de una Persona Física con representante.
Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder simple, según proceda.)
A).- Tratándose de personas mexicanas o extranjeras con establecimiento permanente en el país.
Cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________.
B).- Tratándose de personas extranjeras sin establecimiento permanente en el pais.
Cuenta con (señalar documento equivalente al R. F. C. del país del proveedor).
2.4 A).- Tratándose de un proveedor de nacionalidad mexicana.
Es mexicano y conviene que, aún y cuando llegare a cambiar de nacionalidad, seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de ningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana, todo derecho derivado de este contrato.
B).- Tratándose de un proveedor de nacionalidad extranjera.
Es una persona de nacionalidad _____________ y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de ningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana, todo derecho derivado de este contrato.
2.5. Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones y recursos técnicos, humanos y económicos para obligarse a la ejecución de los servicios objeto de este contrato.
2.6. Conoce plenamente el contenido y requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento así como las disposiciones legales y administrativas aplicables al presente contrato.
2.7. Ha entregado la manifestación a que se refiere el artículo 29 fracción VIII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
2.8. Reconoce plenamente la personalidad con que interviene el representante de PEMEX PETROQUIMICA.
Reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios a que se refiere el artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo y en consecuencia es el único patrón de todas y cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución del objeto de este contrato.
2.10 Su moneda funcional es _________. (Para efectos es esta declaración, por Moneda Funcional deberá entenderse la moneda correspondiente al medio económico principal en que opera el proveedor y que, normalmente, pero no necesariamente, se utiliza para informar, en congruencia con su medio económico.)
2.11 Cuando aplique de acuerdo a la naturaleza de los servicios.
Cuenta con las siguientes licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la adecuada ejecución de los servicios objeto del presente contrato:_______________________
2.12. Cuando aplique de acuerdo a la naturaleza de los servicios.
Ha inspeccionado debidamente el lugar en donde se prestarán los servicios objeto de este contrato y considerado todos los factores que intervienen en su ejecución. Asimismo, manifiesta haber revisado los documentos e información proporcionada por PEMEX PETROQUIMICA, para el debido cumplimiento del objeto del contrato.
2.13. Tratándose de contratos cuyo monto exceda el importe de $300,000 sin incluir el I.V.A.
De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PEMEX PETROQUIMICA el "acuse de recepción" con el que comprueba que ha realizado la solicitud de opinión respecto de sus obligaciones ante el Sistema de Administración Tributaria prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
2.14. Tratándose de un proveedor residente en el extranjero que no cuente con establecimiento permanente en el país.
No tiene establecimiento permanente en el país y que, durante la ejecución de este contrato no tiene la intención de crearlo. Para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación ha presentado a PEMEX PETROQUIMICA el escrito de manifestación de no encontrarse obligado a presentar los requisitos establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
2.15. Tratándose de personas xxxxxxx o físicas y que la contratación resulte de uno de los procedimientos de contratación de carácter nacional fundados en el artículo 26 fracción I y II y 28 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Ha presentado ante la (nombre del área de contratación), la documentación correspondiente con la cual acredita su nacionalidad mexicana así como la que demuestra tener su domicilio en territorio nacional, en términos de la Regla Octava del “Acuerdo por el que se establecen las Reglas para la Determinación y Acreditamiento del Grado de Contenido Nacional tratándose de Procedimientos de Contratación de Carácter Nacional” publicado en el Diario Oficial de la Federación del 3 xx xxxxx del 2000.
2.16 Tratándose de contratos adjudicados con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El PROVEEDOR declara que su empresa se encuentra ubicada en la siguiente estratificación (Tamaño, Sector y Clasificación) de acuerdo con la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
2.17. Tratándose de una Proposición Conjunta.
Con base en lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, presentaron una proposición conjunta y con fundamento en el artículo 31 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, celebraron un convenio privado de proposición conjunta de fecha __________________, mismo que forma parte integrante de este contrato como anexo “[señalar número de anexo]”, por el cual se obligan de manera solidaria a [entregar los bienes/prestar los servicios] en términos del presente contrato. Para los efectos del presente acuerdo de voluntades y congruente con el convenio de proposición conjunta, las empresas adjudicatarias del presente instrumento han designado como representante común a [nombre de la empresa].
Xxxxxx las declaraciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO
PEMEX PETROQUIMICA encomienda al PROVEEDOR y éste se obliga a realizar hasta su total terminación, de conformidad con las especificaciones y alcances contenidos en el contrato y sus anexos, el servicio consistente en: SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANALISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS Y COMPUESTOS ORGANICOS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS, (en adelante “servicios”).
SEGUNDA.- VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia de este contrato iniciará en la fecha de firma del mismo y concluirá el 10 de Diciembre del 2009 o antes de esta fecha si se agota el presupuesto máximo susceptible de ejercer, lo que ocurra primero, en el entendido de que PEMEX PETROQUIMICA no se obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato.
TERCERA.- IMPORTE DEL CONTRATO
El presupuesto mínimo es de $ 396,400.00 (trecientos noventa y seis mil cuatrocientos pesos 00/100 m.n.). más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y el presupuesto máximo que PEMEX PETROQUIMICA podrá ejercer es de: $ 991,000.00 (nuevecientos noventa y un mil pesos 00/100 m.n.)más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).
La cantidad mínima de servicios es __________ y la máxima será: _____________.
El precio unitario de los servicios [es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por [posición/partida] en el anexo Documeto 06 de este contrato], mismo que se considerará fijo hasta la conclusión total de los servicios y no estará sujeto a ajustes.
La(s) referencia(s) (MXP, USD ó Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del anexo __ de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.)
El a presupuesto mínimo de los servicios que PEMEX PETROQUIMICA solicitará es de: 396,400.00 (trecientos noventa y seis mil cuatrocientos pesos 00/100 m.n.). y el máximo podrá ser de: 991,000.00 (nuevecientos noventa y un mil pesos 00/100 m.n.) en cada orden.
De conformidad con la fracción I del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la cantidad mínimo y máximo por (partida será de acuerdo a lo siguiente:
PARTIDA |
MÍNIMO |
MÁXIMO |
1 |
2 (dos) |
1 (uno) |
2 |
3 (tres) |
2 (dos) |
3 |
4 (cuatro) |
2 (dos) |
4 |
10 (diez) |
4 (cuatro) |
5 |
4 (cuatro) |
2 (dos) |
6 |
1 (uno) |
1 (uno) |
7 |
1 (uno) |
1 (uno) |
8 |
4 (cuatro) |
2 (dos) |
9 |
1 (uno) |
1 (uno) |
10 |
1 (uno) |
1 (uno) |
11 |
10 (diez) |
4 (cuatro) |
12 |
1 (uno) |
1 (uno) |
13 |
1 (uno) |
1 (uno) |
14 |
1 (uno) |
1 (uno) |
15 |
1 (uno) |
1 (uno) |
16 |
1 (uno) |
1 (uno) |
17 |
1 (uno) |
1 (uno) |
18 |
1 (uno) |
1 (uno) |
19 |
10 (diez) |
4 (cuatro) |
20 |
6 (seis) |
3 (tres) |
21 |
6 (seis) |
3 (tres) |
22 |
6 (seis) |
3 (tres) |
23 |
3 (tres) |
2 (dos) |
PEMEX PETROQUIMICA con la aceptación del PROVEEDOR podrán modificar hasta en un veinte por ciento la cantidad o presupuesto máximo de alguna (partida/posición) originalmente pactada, utilizando para su pago el presupuesto de otra u otras (partidas/posiciones) previstas en este contrato, siempre que no resulte un incremento en el presupuesto máximo del contrato. La modificación que se prevé en este párrafo, es independiente de la prevista en la cláusula denominada Modificaciones al Contrato.
CUARTA.- ÓRDENES DE SERVICIO
PEMEX PETROQUIMICA ejercerá este contrato a través de “órdenes de servicio” (de aquí en adelante “ORDEN u ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia a este contrato.
La ORDEN que emita PEMEX PETROQUIMICA será entregada al PROVEEDOR por el Departamento de Protección Ambiental del Complejo Petroquímico Pajaritos, en horario de 8:00 a 16.00 Hrs. o transmitida vía fax o cualquier otro medio que en el futuro las partes convengan.
Las partes se obligan a llevar el saldo correspondiente de las ÓRDENES, mismas que no podrán rebasar el presupuesto máximo establecido en este contrato, ya que, si en algún momento las ÓRDENES rebasan el presupuesto máximo establecido en este contrato, el PROVEEDOR no deberá realizar ejecución alguna de los servicios, a menos que se celebre convenio modificatorio en los términos de la cláusula denominada Modificaciones al Contrato.
El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser ejecutadas dentro de la vigencia originalmente pactada o modificada mediante el convenio respectivo.
Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Departamento de Protección Ambiental del Complejo Petroquímico Pajaritos de PEMEX PETROQUIMICA, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.
QUINTA.- PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS
El plazo de ejecución de los servicios es de 30 días naturales, contados a partir de la fecha de recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR.
Cuando la ORDEN sea transmitida vía fax o cualquier otro medio convenido por las partes, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de ejecución. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de ejecución empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de PEMEX PETROQUIMICA según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por PEMEX PETROQUIMICA.
La ejecución de los servicios amparados en cada ORDEN, se realizará en: las instalaciones del PROVEEDOR y el Complejo Petroquímico Pajaritos, conforme a las condiciones descritas en el anexo ___, mismo que forma parte integrante de este contrato.
No se contabilizará como día de ejecución de los servicios, todo aquel que no se haya laborado por caso fortuito o fuerza mayor, según sea el caso, de conformidad con la cláusula denominada Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor o por motivos imputables a PEMEX PETROQUIMICA.
PEMEX PETROQUIMICA se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los servicios, el (los) lugar(es) en que deberá(n) ejecutarse los servicios objeto de este contrato.
SEXTA.- CONDICIONES Y FORMA DE PAGO
PEMEX PETROQUIMICA pagará al PROVEEDOR el importe de los servicios concluidos y aceptados que ampare cada ORDEN de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato a los (20) (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda en los términos de este contrato y del acuse de recibo correspondiente conteniendo: el sello del área receptora de los servicios, fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.
El pago al PROVEEDOR se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe el mismo en el momento de darse de alta en la Ventanilla Única de PEMEX PETROQUIMICA.
Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, éste tendrá diez (10) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.
Los pagos que al respecto procedan, se realizarán de acuerdo a lo dispuesto en esta cláusula y estarán sujetos a lo establecido en el segundo y tercer párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para el caso de atraso en los pagos y pagos en exceso que se realicen.
El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los servicios hayan sido prestados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con dos días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.
Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con tres (3) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de PEMEX PETROQUIMICA bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUIMICA.
Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de aplicar la Tasa Prime Arte publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con dos días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.
Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en la fecha en que se haga dicho pago.
el siguiente párrafo se adicionará en caso de que se haya presentado una proposición conjunta, sin que se haya constituido una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, o si no se celebra un contrato de asociación en participación.
[Nombre de la empresa adjudicataria en proposición conjunta] será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato.
el siguiente párrafo aplica en caso de que se haya presentado una proposición conjunta y los contratistas hayan manifestado en su proposición su intención de celebrar un contrato de asociación en participación, en términos de lo dispuesto en el artículo 17-b del código fiscal de la federación:
Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de proveedores, sin perjuicio del convenio de proposición conjunta señalado en la declaración 2.16 del presente contrato, han celebrado un contrato de asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que [denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.], será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que PEMEX PETROQUIMICA no será responsable por la forma en que [denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.], distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato.
SÉPTIMA.- ANTICIPO
En el presente contrato PEMEX PETROQUIMICA no otorgará anticipo al PROVEEDOR.
OCTAVA.- FACTURACIÓN
El PROVEEDOR deberá entregar sus facturas, acompañadas de la documentación soporte a que se refiere este contrato, para inicio del trámite de pago en El Departamento de tesorería del Complejo Petroquímico Pajaritos en horario de 8.00 a 14.00 horas, debidamente requisitadas, en original y 3 copias, para proceder en los términos que se establecen en este contrato, mismas que deberán ser presentadas en un plazo máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los servicios en los términos de este contrato.
El PROVEEDOR, al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la ORDEN, a los servicios proporcionados de acuerdo a la (partida/posición) correspondiente y al precio unitario de los mismos.
En caso de que las facturas entregadas por el PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUIMICA dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido en el primer párrafo de la cláusula denominada Condiciones y Forma de Pago de este contrato. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado.
Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda electrónica de PEMEX PETROQUIMICA, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.
NOVENA.- PAGOS EN EXCESO
En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PEMEX PETROQUIMICA. procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PEMEX PETROQUIMICA.
DÉCIMA.- TRANSFERENCIA DE DERECHOS
En ningún caso los derechos y obligaciones derivados de este contrato, podrán ser transferidos total o parcialmente en favor de otras personas físicas x xxxxxxx distintas de aquella a la que se le hubiere adjudicado el contrato, con excepción de los derechos de cobro en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de PEMEX PETROQUIMICA.
El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un Intermediario Financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PEMEX PETROQUIMICA otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo.
En virtud de lo anterior, las Partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007.
DÉCIMA PRIMERA.- OBLIGACIONES FISCALES
Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PEMEX PETROQUIMICA realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.
Cuando el contrato se celebre con personas físicas x xxxxxxx extranjeras, deberá sustituirse el párrafo anterior por la siguiente redacción e invariablemente deberá solicitarse la sanción fiscal de la Gerencia Fiscal o representación fiscal que corresponda, en cuyo caso, la redacción de la presente cláusula puede variar
Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del otro contratante), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que PEMEX PETROQUIMICA esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia.
DÉCIMA SEGUNDA.-
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD
El PROVEEDOR, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad consistente en:
Póliza de fianza que se constituirá por el 10 % del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más seis meses a partir de que se concluya el servicio, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.
Cuando se trate de Carta De Crédito Standby
Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10 % del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más seis meses más noventa días naturales adicionales, a partir de que se concluya el servicio, y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.
La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de _________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.
De no cumplir con dicha entrega en el (los) plazo (s) establecido (s) así como en los términos y condiciones que se señalan en esta cláusula, PEMEX PETROQUIMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión del contrato, tomándose en cuenta dicho procedimiento para efectos del artículo 50 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.
DÉCIMA TERCERA.- RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS
PEMEX PETROQUIMICA recibirá los servicios objeto de este contrato, cuando éstos se hayan ejecutado y concluido de acuerdo con los alcances y estipulaciones convenidas.
El párrafo siguiente estará sujeto a adecuación, en caso de que el área requirente de los servicios pueda recepcionar los servicios en el día inhábil que corresponda.
La recepción de los servicios se hará a través de: Departamento de Protección Ambiental del Complejo Petroquímico Pajaritos, en días hábiles y en el horario siguiente: 8.00 a 16:00 Hrs.
El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los Servicios en los términos previstos en este Contrato y sus Anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PEMEX PETROQUIMICA.
En caso de que la fecha de conclusión de los servicios coincida con un día inhábil, la recepción de éstos se correrá al siguiente día hábil, sin dar lugar a la aplicación xx xxxxx convencionales.
DÉCIMA CUARTA.- SUPERVISIÓN E INSPECCIÓN DE LOS SERVICIOS
El área responsable que realizará la supervisión de los servicios será Departamento de Protección Ambienta, a través de su titular. Dicha supervisión se llevará a cabo en: el Complejo Petroquímico Pajaritos.
El PROVEEDOR acepta que el Supervisor de PEMEX PETROQUIMICA vigilará y revisará en todo tiempo los servicios objeto de este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR.
La supervisión de los servicios que realice PEMEX PETROQUIMICA no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de responder por deficiencias en la calidad de los servicios una vez concluidos estos. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.
De conformidad con el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los servicios, pudiendo solicitar a PEMEX PETROQUIMICA y al PROVEEDOR todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.
Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato.
El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por PEMEX PETROQUIMICA quien determinará si reúne los requisitos señalados.
En cualquier momento o por razones justificadas, PEMEX PETROQUIMICA podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula.
Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de inspección: ________ el área que realizará la inspección será: ________________, el lugar donde se llevará a cabo será: ____________.
Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los servicios fueron realizados de conformidad con este contrato.
DÉCIMA QUINTA.- RESPONSABILIDAD LABORAL
El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.
Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PEMEX PETROQUIMICA
Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PEMEX PETROQUIMICA o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto.
cuando aplique. tratándose de contratos que requieran uso intensivo de mano de obra (más del 30% del monto total).
El PROVEEDOR estará obligado a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social, para lo cual deberá entregar a PEMEX PETROQUIMICA las constancias de cumplimiento, de manera bimestral.
DÉCIMA SEXTA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
El PROVEEDOR será el único responsable cuando los servicios objeto de este contrato, no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las instrucciones dadas por escrito por parte de PEMEX PETROQUIMICA; por lo que en estos casos PEMEX PETROQUIMICA podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión.
Si el PROVEEDOR realiza servicios por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.
El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir y realizar el servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PEMEX PETROQUIMICA para la ejecución de los servicios.
El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este Contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que practique la Secretaría de la Función Pública y/o el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUIMICA.
Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para la conclusión satisfactoria de los servicios en los términos de este contrato.
cuando aplique, tratándose de contratos celebrados con micro, pequeñas y medianas empresas.
El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.
DÉCIMA SÉPTIMA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
El PROVEEDOR será el único responsable de la ejecución de los servicios y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PEMEX PETROQUIMICA. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.
Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento.
Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.
Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.
Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.
DÉCIMA OCTAVA.- PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR
El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.
En caso de que derivado de los servicios prestados por el PROVEEDOR se invadan derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUIMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/x xxxxx judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUIMICA en relación con el asunto.
Si se actualiza dicho supuesto, PEMEX PETROQUIMICA dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de __ (letra) ____ (número) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUIMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.
El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a PEMEX PETROQUIMICA respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUIMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.
En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a PEMEX PETROQUIMICA.
Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de PEMEX PETROQUIMICA de los derechos de propiedad intelectual generados.
DÉCIMA NOVENA.- PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES
Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en el plazo de ejecución de los servicios, se calcularán, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los servicios ejecutados con atraso a razón de 0.5 % por cada (día calendario de atraso y hasta el importe del 10% del valor de los servicios ejecutados con atraso de la ORDEN de que se trate.
Si el PROVEEDOR ejecuta los servicios durante el plazo máximo de espera PEMEX PETROQUÍMICA aplicará la pena convencional que corresponda en el momento que se concluya su ejecución, y en el caso de que no los ejecute se aplicará una deducción equivalente al 10% del importe de la orden y se podrá emitir una nueva orden.
Para determinar el número máximo de ÓRDENES que podrán ser objeto de deducciones se considerará como límite el importe de la garantía de cumplimiento del contrato
Si el PROVEEDOR incurre en atrasos imputables a él mismo, PEMEX PETROQUIMICA emitirá una factura que ampare el monto de las penas convencionales a que se haya hecho acreedor el PROVEEDOR, correspondientes a los días de atraso entre la fecha pactada en el contrato o convenio modificatorio y la fecha real de conclusión de los servicios.
El pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y/o deducciones
Cuando la suma de las penas convencionales y/o de las deducciones alcance el importe de la garantía de cumplimiento de este contrato, PEMEX PETROQUIMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa de este contrato
Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.
VIGÉSIMA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO
PEMEX PETROQUIMICA podrá acordar con el PROVEEDOR por razones fundadas y explicitas respecto del contrato vigente, el incremento en el monto del contrato o en la cantidad de los servicios del contrato, así como en la vigencia que, en su caso, se derive de dicha ampliación, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% de los conceptos y volúmenes máximos establecidos, el precio de los servicios sea igual al originalmente pactado y el PROVEEDOR no se encuentre en incumplimiento.
En el caso de que el presente contrato incluya dos o más partidas, el porcentaje se aplicará para cada una de ellas.
Cualquier solicitud de modificación que se presente por parte del PROVEEDOR a las condiciones originalmente pactadas deberá tramitarse por escrito exclusivamente ante la Superintendencia De Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Pajaritos de PEMEX PETROQUIMICA, en el entendido de que cualquier cambio o modificación que no sea autorizada expresamente por el área citada, se considerara inexistente para todos los efectos administrativos y legales del presente contrato.
La solicitud de modificación por parte del PROVEEDOR, no interrumpirá el plazo para la conclusión de los servicios originalmente pactado.
En términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas comparadas con las establecidas originalmente.
En el caso de cualquier modificación a lo pactado en el contrato y/o sus anexos, el PROVEEDOR se obliga a entregar a PEMEX PETROQUIMICA dentro de los diez días siguientes a la fecha de la formalización del convenio modificatorio respectivo; el endoso o documento modificatorio de la fianza otorgada originalmente el cual deberá contener la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la fianza inicialmente presentada por el PROVEEDOR.
Tratándose de obligaciones garantizadas mediante carta de crédito, dicho instrumento tendrá que sustituirse, por otro similar conforme a los términos establecidos en este contrato, en el cual se garanticen las obligaciones de este contrato y del convenio correspondiente.
En el caso de que el PROVEEDOR no cumpla con dicha entrega, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.
VIGÉSIMA PRIMERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR
Ninguna de las partes será responsable ante la otra por causa que derive de caso fortuito o fuerza mayor.
Se entiende por caso fortuito o causa de fuerza mayor, aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de las partes, siempre y cuando, dichos hechos o acontecimientos sean imprevisibles, irresistibles, insuperables y actuales y no provengan de alguna negligencia o provocación del PROVEEDOR, tales como los que a continuación se señalan de manera enunciativa más no limitativa: terremotos, incendios, inundaciones, ciclones o huracanes, huelgas o paros no imputables a la administración de la empresa del PROVEEDOR, actos terroristas, estado de sitio, levantamiento armado, alborotos públicos, escasez en el mercado de materias primas que incidan directamente con la prestación de los servicios y otras causas imputables a la autoridad. Cualquier causa no obstante ser del dominio público deberá acreditarse documentalmente por la parte que la padezca y notificar a la otra parte dentro de un plazo de cinco días hábiles contados a partir de que se presente el evento que la motivó a través de un oficio con acuse de recibo. Cuando se le notifique a PEMEX PETROQUIMICA, deberá ser ante la Superintendencía de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Pajaritos de PEMEX PETROQUIMICA
El PROVEEDOR podrá solicitar la modificación al plazo y/o fecha establecida para la conclusión de los servicios, por caso fortuito o fuerza mayor que ocurran de manera previa o hasta la fecha pactada.
Para estos efectos cuando el PROVEEDOR por causa de fuerza mayor o caso fortuito no pueda cumplir con sus obligaciones en la fecha convenida, deberá solicitar por escrito a (área de contratación), una prórroga al plazo pactado, sin que dicha prórroga implique una ampliación al plazo original, acompañando los documentos que sirvan de soporte a su solicitud, en la inteligencia de que si la prórroga solicitada se concede y no se cumple, se aplicará la pena convencional correspondiente en términos de la cláusula denominada Penas Convencionales. En caso de que el PROVEEDOR no dé aviso en el término a que se refiere este párrafo, acepta que no podrá reclamar caso fortuito o fuerza mayor.
Cuando se determine justificado el caso fortuito o fuerza mayor, se celebrará entre las partes, a más tardar dentro de los treinta días naturales siguientes a que se reanuden los servicios o se actualice la condición operativa a que hubiere quedado sujeta la misma, un convenio modificatorio de prórroga al plazo respectivo sin la aplicación xx xxxxx convencionales, en términos del artículo 63 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, debiendo el PROVEEDOR actualizar las garantías correspondientes.
No se considera caso fortuito o fuerza mayor, cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión, negligencia, impericia, provocación o culpa del PROVEEDOR, o bien, aquellos que no se encuentren debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales que se establecen en la cláusula correspondiente.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO
Ambas partes convienen y el PROVEEDOR está de acuerdo en que PEMEX PETROQUIMICA podrá en cualquier momento, por causas imputables al PROVEEDOR, rescindir administrativamente el presente contrato, cuando éste último incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas en el mismo. Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de declaración o resolución judicial, bastando que se cumpla con el procedimiento señalado en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato.
Las causas que pueden dar lugar a que PEMEX PETROQUIMICA inicie el procedimiento de rescisión administrativa del contrato, son las siguientes:
Si el PROVEEDOR no entrega la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se haya exceptuado al PROVEEDOR de su presentación.
Cuando se agote el monto límite de aplicación xx xxxxx convencionales.
Una vez agotado el monto limite de aplicación de deducciones.
Si el PROVEEDOR no presta los servicios en el plazo establecido.
Si el PROVEEDOR antes del vencimiento del plazo para la conclusión de los servicios, manifiesta por escrito su imposibilidad para continuar prestando los mismos.
Si el PROVEEDOR se niega a reponer los servicios que PEMEX PETROQUIMICA hubiere considerado como rechazados o discrepantes.
Si los servicios no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en el contrato.
Si el PROVEEDOR suspende injustificadamente los servicios o bien si incumple con los programas de ejecución que se hubieren pactado en este contrato.
Si el PROVEEDOR no inicia la ejecución de los servicios en la fecha pactada en este contrato.
Si el PROVEEDOR es declarado en concurso mercantil o de acreedores o en cualquier situación análoga que afecte su patrimonio.
Si el PROVEEDOR cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con el consentimiento de PEMEX PETROQUIMICA
Si el PROVEEDOR no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades o información necesarias para la supervisión de los servicios.
En general, por el incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato y sus anexos o a las leyes y reglamentos aplicables.
En caso de incumplimiento del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones del contrato, PEMEX PETROQUIMICA podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el pago de las penas convencionales por el atraso, o declarar la rescisión administrativa conforme al procedimiento que se señala en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato y hacer efectiva la garantía otorgada, en forma proporcional al incumplimiento, sin menoscabo de que PEMEX PETROQUIMICA pueda ejercer las acciones judiciales que procedan.
En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de las penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento si la hubiere.
Si el PROVEEDOR es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración o resolución correspondiente.
VIGÉSIMA TERCERA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO
El procedimiento de rescisión administrativa del contrato se iniciará a partir de que al PROVEEDOR le sea comunicado por escrito el o los incumplimientos en que haya incurrido, para que en un término de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, PEMEX PETROQUIMICA resolverá considerando los argumentos y pruebas que, en su caso, hubiere hecho valer el PROVEEDOR.
La determinación de dar o no por rescindido el contrato, deberá ser comunicada al PROVEEDOR dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo a que se refiere el primer párrafo o contados a partir del día siguiente de recibida la contestación del PROVEEDOR dentro de dicho plazo.
Cuando se rescinda el contrato PEMEX PETROQUIMICA formulará el finiquito correspondiente, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido administrativamente el presente contrato, el PROVEEDOR concluyere con la ejecución de los servicios, el procedimiento quedará sin efecto, sin perjuicio de que PEMEX PETROQUIMICA pueda aplicar las penas establecidas en la cláusula correspondiente de este contrato.
Se podrá negar la recepción de los servicios una vez iniciado el procedimiento de rescisión administrativa del contrato, cuando el incumplimiento del PROVEEDOR implique que se extinga para PEMEX PETROQUIMICA la necesidad de la contratación de los servicios, por lo que en este supuesto, PEMEX PETROQUIMICA determinará la rescisión administrativa del contrato y hará efectiva la garantía de cumplimiento.
En caso de que PEMEX PETROQUIMICA decida no dar por rescindido el contrato, se deberá establecer con el PROVEEDOR otro plazo que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento, debiéndose celebrar un convenio en términos de los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
De actualizarse el último párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, PEMEX PETROQUIMICA podrá recibir los servicios, previa verificación de que continúa vigente la necesidad de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, en cuyo caso, mediante Convenio se modificará la vigencia del presente contrato con los precios originalmente pactados. Cualquier pacto en contrario se considerará nulo.
VIGÉSIMA CUARTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
Ambas partes convienen y el PROVEEDOR está de acuerdo en que PEMEX PETROQUIMICA podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio a PEMEX PETROQUIMICA, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaria de la Función Publica, lo anterior, de conformidad con el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En este supuesto, PEMEX PETROQUIMICA procederá a reembolsar, previa solicitud del PROVEEDOR, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales deberán señalarse en el finiquito correspondiente.
VIGÉSIMA QUINTA.- DOMICILIO CONVENCIONAL Y NOTIFICACIONES
Para los efectos del presente contrato, las partes señalan como su domicilio convencional los siguientes:
-
PEMEX PETROQUIMICA
Por el PROVEEDOR
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx.
Número de Fax: (921) 10202 Ext 32012
ATENCIÓN: ING. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
(dirección completa)
Número de Fax:
ATENCIÓN: _______________
El PROVEEDOR se obliga a comunicar cualquier cambio en su domicilio y acepta que las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realicen en los siguientes términos:
Por escrito entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula, o
Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio, o
Por correo certificado con acuse de recibo.
Asimismo, el PROVEEDOR acepta que en caso de incumplir con la obligación de informar su cambio de domicilio, y una vez que obre constancia fehaciente emitida por autoridad jurisdiccional o fedatario público en el expediente formado con motivo de la contratación, de que no se encuentra en el domicilio convencional, reconoce como válidas las notificaciones que se fijen en la ventanilla única de pago a proveedores de PEMEX PETROQUIMICA, aceptando expresamente que la notificación realizada por dicho medio será legal y surtirá sus efectos al día siguiente de su fijación en dicho lugar.
Las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realizarán a PEMEX PETROQUIMICA en los siguientes términos:
a) Por escrito con acuse de recibo de PEMEX PETROQUIMICA entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula, o
b) Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio, o
c) Por correo certificado con acuse de recibo.
VIGÉSIMA SEXTA.- SUSPENSIÓN
Cuando en la ejecución del contrato, se presenten causas de caso fortuito o fuerza mayor, PEMEX PETROQUIMICA, podrá suspender el contrato en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubieren sido efectivamente prestados y, en su caso, el PROVEEDOR deberá reintegrar los anticipos no amortizados.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA, adicionalmente se pagaran al PROVEEDOR los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y que se relacionen directamente con el contrato.
Al presentarse cualquier causa que obligue a suspender la prestación de los servicios imputable a PEMEX PETROQUIMICA, el administrador del contrato deberá notificar por escrito al PROVEEDOR tal situación dentro de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de que se presente el evento que la motivó.
Si la suspensión obedece a caso fortuito o fuerza mayor, el mismo deberá acreditarse en términos de lo previsto en la cláusula denominada Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor.
El convenio modificatorio para la formalización de la prórroga deberá suscribirse a más tardar dentro de los treinta días naturales siguientes a que se reanuden los servicios o se actualice la condición operativa a que hubiere quedado sujeta la misma, la nueva fecha de terminación prorrogada no modificará el plazo original pactado, y deberá actualizarse la garantía correspondiente.
Cuando concluido el plazo de suspensión, se determine no reanudar la prestación de los servicios, deberá llevarse a cabo la terminación anticipada del contrato y se exigirá al PROVEEDOR, en su caso, el reintegro de los anticipos no amortizados, debiendo formalizarse el convenio correspondiente.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- SEGUROS
El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.
VIGÉSIMA OCTAVA.- ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
El área de PEMEX PETROQUIMICA que administrará el contrato será Departamento de Protección Ambiental del Complejo Petroquímico Pajaritos, a través de su titular.
_________.- CONFIDENCIALIDAD (Cuando Aplique)
Toda la información y documentación que resulte de la ejecución del presente contrato, así como la que PEMEX PETROQUIMICA, le proporcione al PROVEEDOR, incluyendo información de carácter técnica y/o comercial, será considerada por el mismo como información clasificada como confidencial, y por lo tanto, no deberá usarse dicha información para cualquier otro propósito distinto que no sea para el cumplimiento de las obligaciones pactadas por el PROVEEDOR, absteniéndose de divulgar dicha información por cualquier medio como lo son, en forma enunciativa más no limitativa, las publicaciones, conferencias, o bien proporcionarse a cualquier tercero sin el consentimiento previo y por escrito de PEMEX PETROQUIMICA.
El PROVEEDOR deberá señalar los documentos que entrega a PEMEX PETROQUIMICA que contengan información clasificada como confidencial, reservada, y/o comercial reservada, siempre que tenga el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones legales aplicables, y salvo aquella información que sea del dominio público, que sea divulgada por causas ajenas a PEMEX PETROQUIMICA, por disposición legal u orden judicial, la que esté en posesión de una de las partes antes de recibirla la otra, sea recibida legalmente por un tercero sin la obligación de confidencialidad, o bien, sea dada a conocer por la aplicación de una ley y que por tanto esté obligada a revelar.
_________.- SUBCONTRATACIÓN
La forma que podrá subcontratar el PROVEEDOR es el (la) siguiente:
Sera de acuerdo a lo indicado en el documento 01
Dicha subcontratación no implicará una transferencia de derechos u obligaciones en términos del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que el PROVEEDOR será el único responsable frente a PEMEX PETROQUIMICA respecto de las obligaciones contraídas en el presente Contrato.
_________.- SOPORTE DEL SERVICIO (NO APLICA)
_____.- NORMAS DE CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS (NO APLICA).
__________ CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO (NO APLICA) .
__________.- CONDICIÓN SUSPENSIVA (NO APLICA)
__________.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO (NO APLICA)
__________.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA
aplica en caso de proposiciones conjuntas y se incluirá al clausulado con el número que le corresponda.
Cada una de las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asume en forma solidaria las obligaciones de este contrato y, asimismo, manifiestan que el convenio de proposición conjunta que se adjunta al presente contrato como anexo [indicar número de anexo], forma parte integrante del mismo.
_____________.- OTRAS ESTIPULACIONES
aplica para servicios de mantenimiento que se lleven a cabo en el interior de las instalaciones de petróleos mexicanos o de sus organismos subsidiarios, y se incluirá al final del clausulado con el número que le corresponda.
Cuando los Servicios se efectúen en el interior de las instalaciones de PEMEX PETROQUIMICA, el PROVEEDOR, para la realización de los mismos, deberá preferir en igualdad de condiciones y sin perjudicar los derechos que conforme a la ley tengan terceros, al personal que proponga el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.
__________.- DEDUCCIONES (NO APLICA
__________.- ANEXOS
Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por ambas partes.
Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de la Prestación de los Servicios”
Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)”
Anexo “____”.- ____
DOCUMENTOS TÉCNICOS
Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.
En caso de cualquier discrepancia entre lo estipulado en el clausulado de este contrato y sus anexos, prevalecerá lo pactado en el clausulado.
_________.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL
El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.
Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.
El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.
El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.
_________.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN
Este contrato se regirá por las cláusulas que lo integran, por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, por las demás disposiciones legales aplicables, y supletoriamente por el Código Civil Federal, por la Ley Federal del Procedimiento Administrativo y por el Código Federal de Procedimientos Civiles.
Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la aplicación de las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos, y en caso de controversia se sujetarán a la jurisdicción de los tribunales federales competentes con residencia en la Ciudad de Coatzacoalcos Veracruz, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia a cualquier otra jurisdicción o fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____.
POR PEMEX PETROQUIMICA
ING. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX ____________________________ APODERADO GENERAL PEMEX PETROQUIMICA
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POR EL PROVEEDOR
_________________________________
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REVISIÓN JURÍDICA POR PARTE DE LA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL
_______________________________ |
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DOCUMENTO 16 (NO APLICA)
DOCUMENTO 17
CAUSAS DE DESECHAMIENTO
Se desecharán las propuestas que no cumplan con los requisitos esenciales siguientes:
No presentar el DOCUMENTO 03 bajo protesta de decir verdad, para acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de conformidad con el punto 4 inciso A), de esta convocatoria.
No presentar su proposición redactada en idioma español, de conformidad con el punto 4 inciso B), de esta convocatoria.
Si no satisface cualquiera de los requisitos técnicos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a la convocatoria.
Asimismo se desechará la proposición que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes, cuando se incluya el suministro de bienes para la ejecución de los servicios:
Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone.
Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca”
Que proponga más de una marca para un mismo bien.
Que no indique marca o nombre del fabricante.
Que algún documento este firmado “por ausencia” o “por atención”
Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A. en su proposición.
Cuando el (los) precio(s) ofertado(s) por el licitante no fueren aceptables de acuerdo al punto 4.4.2 incisos C) y D) de esta convocatoria.
El señalar condicionantes dentro de sus proposiciones, a cualesquiera de los requisitos establecidos en esta convocatoria, de conformidad con lo establecido en el punto 4.
Cuando el licitante no incluya la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, relativa a no encontrarse en alguno(s) los supuestos establecidos en los Artículos 50 y 60 de la Ley respectivamente, tal y como se solicita en el punto 4 inciso C), de esta convocatoria.
Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes del servicio objeto de la presente licitación, de conformidad con lo establecido en el punto 4 inciso P), de esta convocatoria.
Cuando se compruebe que ha habido acuerdo entre los licitantes, para elevar los precios de los servicios objeto de esta licitación o para obtener ventaja respecto a cualquier otro licitante, punto 4 inciso Q).
En el caso de propuestas conjuntas, el no presentar, el original del convenio privado, o bien, cuando dicho convenio no reúna los requisitos señalados, punto 4 inciso H).
No incluir alguno de los documentos de soporte de la proposición, o bien, si no satisface cualesquiera de los requisitos técnicos, establecidos de conformidad con lo previsto en el DOCUMENTO 01 y en su caso las modificaciones que se deriven de la(s) juntas(s) de aclaraciones a las mismas.
No presentar la declaración de integridad, bajo protesta de decir verdad (DOCUMENTO 08) de conformidad a lo establecido en el punto 4 inciso D) de esta convocatoria.
Cualquier violación a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias aplicables.
El NO señalar dentro de su proposición, que los bienes que en su caso propone y utilizará para la ejecución de los servicios son nuevos, punto 4 inciso S) de esta convocatoria.
Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el punto 13.2 de la presente convocatoria.
Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en esta Convocatoria que afecte directamente la solvencia de su proposición.
En el caso de las enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida en esta convocatoria, cuando el sobre en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.
La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la proposición, solicitados en esta convocatoria, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a la propia convocatoria.
No presentar los documentos 03, 06, 06-A, 07, 08, debidamente requisitados.
No ser claro, preciso y congruente en su proposición, de acuerdo a lo solicitado.
En caso de que el licitante nacional o extranjero que presente sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, no confirme dentro de los tres días hábiles siguientes al del acto de presentación y apertura de proposiciones, que la propuesta enviada a través de medios remotos de comunicación electrónica, corresponde al propio licitante, según se establece e indica en el punto 4 inciso V).
En caso de que el Licitante nacional o extranjero que presente sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, no presente la manifestación expresa que acepta todas las cláusulas y condiciones de la convocatoria y bases de licitación de acuerdo a lo establecido en el punto 4 inciso V) del Documento 02.
DOCUMENTO 18
NIVELES DE INSPECCIÓN DE SERVICIOS
Inspección de Servicios
Se establecen los siguientes niveles de inspección para servicios.
Nivel IV
Aplica cuando se requiere inspección en una o más actividades en la prestación del servicio hasta su aceptación final.
El área o personal designado para realizar la inspección, deberá verificar documental y físicamente lo siguiente:
1. LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y CONTRACTUALES.
2 LA COMPETENCIA (FORMACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL, HABILIDADES Y EXPERIENCIA) DEL PERSONAL TÉCNICO QUE INTERVENGA EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
3 LOS DISPOSITIVOS DE MEDICIÓN Y PRUEBA, CON REGISTRO DE CALIBRACIÓN VIGENTE.
4 EL PROCESO DEL SERVICIO, EN LAS ETAPAS SELECCIONADAS.
5. LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS, CÓDIGOS, PROCEDIMIENTOS O ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES.
6 LAS PRUEBAS DURANTE LAS FASES DEL SERVICIO DETERMINADAS.
7 REPORTES PARCIALES Y FINALES DEL AVANCE DEL SERVICIO.
DOCUMENTO 19
REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL, QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONTRATISTAS Y/O PROVEEDORES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUIMICA
400-ACSIPA-FO-12 Rev. 03
Reglamento.
Identificación |
400-ACSIPA-RE-01 |
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Área emisora |
Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental |
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Revisión |
01 |
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Fecha de revisión: 19 xx Xxxxx del 2006 |
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Nombre del documento: Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquimica. |
1.- OBJETIVO.
Establecer las disposiciones generales de Seguridad, Salud y Protección Ambiental (SSPA), que deberán ser observadas por el personal de las Empresas Contratistas, Sub-contratistas y Terceros que presten servicios en las instalaciones de Pemex Petroquímica,
2.- PROPÓSITO.
La Seguridad Industrial, Salud y la Protección al Medio Ambiente, es compromiso de funcionarios y empleados de Pemex Petroquímica, buscando la eliminación de accidentes, enfermedades laborales y de todo aquello que afecte nuestro proceso productivo y medio ambiente, comprendiendo y respetando la Política de Petróleos Mexicanos la cual se menciona a continuación:
“Ser una empresa eficiente y competitiva que se distinga por el esfuerzo y compromiso de sus trabajadores con la Seguridad, Salud y Protección Ambiental, bajo los siguientes Principios:
La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son valores con igual prioridad que la producción, el transporte, las ventas, la calidad y los costos.
Todos los incidentes y lesiones se pueden prevenir.
La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son responsabilidad de todos y condición de empleo.
En PEMEX nos comprometemos a continuar la protección y el mejoramiento del medio ambiente en beneficio de la comunidad.
Los trabajadores estamos convencidos de que la Seguridad, Salud y Protección Ambiental son en beneficio propio y nos motivan a participar en este esfuerzo”.
Por lo que esta Política se hace extensiva a las compañías contratistas y/o proveedores, generando el presente Reglamento diseñado para que todo personal de Compañía Contratista que realice actividades para cualquier instalación de Pemex Petroquímica, cumpla con la normatividad en materia de Seguridad, Salud y Protección Ambiental.
3.- ALCANCE
Este Reglamento se refiere a:
3.1. Las responsabilidades y obligaciones de los contratistas que proporcionan servicios de mantenimiento, reparación, construcción, desmantelamiento, modificación u otros trabajos, en las instalaciones de Pemex Petroquimica.
3.2. Los requerimientos mínimos de seguridad industrial que debe cumplir el personal contratista en el desarrollo de sus actividades, mecanismos de control correspondientes y las responsabilidades que debe asumir.
3.3. Así como de cuidar de su salud e integridad física y la de sus compañeros de trabajo, contribuyendo a prevenir y a evitar los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, accidentes con daño a la propiedad, al medio ambiente y/o a terceras personas.
3.4. Este Reglamento formará parte integrante de las Bases Técnicas de todos los Contratos de Pemex Petroquímica con Empresas Contratistas, Subcontratistas y Terceros, como también formará parte de cualquier Contrato de Servicios y Obras.
3.5. Este reglamento es de aplicación general y obligatoria para todas las Compañías Contratistas o personas que mediante contratos de obras públicas o de servicios efectúen trabajos de: instalación, ampliación, adecuación, remodelación, restauración, modificación, demolición, adaptación, conservación, mantenimiento, rehabilitación, reacondicionamiento, construcción, y todos aquellos de naturaleza análoga, en cualquier instalación de Pemex Petroquímica.
4.- REFERENCIA NORMATIVA.
Estas normas, principios y procedimientos son complementarios de las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir. A continuación se listan las Normativas Legales más importantes, la cual no excluye otra legislación aplicable y las modificaciones posteriores
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 123, Apartado A, Fracciones XIII y XXXI.
Ley Federal del Trabajo, (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º xx Xxxxx de 1970, Ultima modificación 17 de Enero de2006) Artículo 132, Capítulo III BIS, Artículo 153-X.
Xxx General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento.
Xxx xx Xxxxx Nacionales y su Reglamento.
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.
Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo,(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de Enero de 1997), Capítulo Segundo, “Obligaciones de los Patrones” Artículo 17 Fracción VII, Capítulo Tercero “Obligaciones de los Trabajadores” Fracción IV, Capítulo V “Capacitación” Artículo 135, 136, 137, 138, 139, 140 y 141.
Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.-Actualizado al 28-1I-03 y sus normas.
Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, 08/05/2006
Contrato Colectivo de Trabajo, PEMEX-STPRM 2005-2007.
Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.
Norma NO.03.0.03 “Acceso de personas a instalaciones de Petróleos Mexicanos” Abril, 1987.
Acuerdo por el que se fijan Criterios Generales y se establecen los formatos correspondientes para la realización de Trámites Administrativos en Materia de Capacitación y Adiestramiento de los Trabajadores, (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 xx Xxxxx de 1997).
5. ACTUALIZACIÓN.
Las sugerencias para la revisión de este Reglamento, deben ser enviadas a la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, quien debe programar y realizar la actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas y en su caso, este Reglamento debe revisarse y actualizarse por lo menos cada cinco años, o antes si las sugerencias de cambios o recomendaciones lo ameritan.
Las propuestas y sugerencias deben dirigirse por escrito a:
Subgerencia de Seguridad Industrial
Corporativo de Pemex Petroquímica.
Jacarandas no. 100, Fracc. Rancho Alegre I, Nivel X-0, Xxxxxxxx Xxxx xx Xxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, Xxx, Xxxxxx.
Teléfono Directo: (00-000)-0-00-00-00, Conmutador: (00-000)-0-00-00-00, extensión 20-309.
6.- DEFINICIONES.
Para los fines del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones:
6.1. Accidente personal: Es cualquier lesión o enfermedad profesional sufrida por una persona, la cual resulta de y en el curso del trabajo, o en tránsito de ésta a casa o viceversa.
6.2. Accidente industrial: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones y/o de la industria causándoles averías graves, acompañado o no de daño al medio ambiente o a las personas en su integridad física.
6.3 Análisis de Seguridad de Trabajos: Es la aplicación de controles Administrativos a los trabajos de mantenimiento en las áreas de proceso, no proceso y talleres, de manera que los riesgos del trabajo y los asociados con el mismo sean Identificados, minimizados y controlados para que las Lesiones e Incidentes puedan ser eliminados, enfocados a: la Planeación, Programación y Ejecución de los trabajos
6.4. Áreas de riesgo: Los lugares donde se puedan suscitar los eventos siguientes:
6.4.1. Existan de modo continuo o periódico concentraciones de gases, líquidos y sólidos de materiales peligrosos.
6.4.2. Se procesen, manejen o usen materiales peligrosos.
6.4.3. Exista la presencia de materiales combustibles o inflamables gaseosos, líquidos o sólidos que ofrezcan posibilidad de incendio y/o explosión.
6.4.4. Instalación y/o equipo que opere a altas presiones y/o temperaturas.
6.4.5. Instalaciones y/o equipos que se encuentren en reparación.
6.4.6. Instalación y/o equipo en que se manejen productos tóxicos o corrosivos.
6.4.7. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 10 metros de altura.
6.4.8. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 5 metros de altura de una plataforma o excavaciones de más de 1.20 metros de profundidad, drenajes, túneles y pozos en general.
6.4.9. Instalación y/o equipo que opere con alta tensión.
6.4.10. Instalación y/o equipo que genere ruido, radiaciones ionizantes y/o radiación térmica.
6.4.11. Interior de recipientes o equipos (espacios confinados).
6.5. CCSIPA: Coordinación de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Pajaritos.
6.6. Contratista y/o proveedor: La persona que celebra contratos de Obras Públicas o de Servicios Relacionados con las Mismas, así como de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, incluyendo al personal empleado.
6.7. Centro de Trabajo: Instalación industrial de Pemex Petroquímica.
6.8. Derrame: Es toda liberación de materiales en el aire, suelo y agua de desechos industriales y otras materias.
6.9. Encargado en Seguridad Radiológica: Es la persona designada por el contratista como responsable de la ejecución de los trabajos radiológicos. Deberá estar acreditado como Perito en Seguridad Radiológica por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, en los términos del Título Séptimo Capítulo III, “Del permisionario, encargado de seguridad radiológica y personal ocupacionalmente expuesto”, del Reglamento General de Seguridad Radiológica.
6.10. Equipo generador de flama o chispa: Es aquél que en forma ocasional o continua, directa o indirectamente produce flamas o chispas o emite calor con energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y sólidos inflamables o combustibles.
6.11. Incidente: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones, acompañado o no de daños a las instalaciones, al medio ambiente o a las personas en su integridad física.
6.12. Pemex Petroquímica: Organismo Subsidiario de Petróleos Mexicanos,
6.13. Permiso para ejecución de trabajo con riesgo: Formato a través del cual, el jefe de operación de la instalación y el Ingeniero de Seguridad, otorgan de manera conjunta, la autorización correspondiente para que se realice el trabajo, condicionado a que se cumpla con las medidas preventivas establecidas en el propio formato.
6.14. Residuo peligroso: Todos aquellos residuos en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, tóxicas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas o infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.
6.15. Reglamento General de Seguridad Radiológica: Corresponde al Reglamento General de Seguridad Radiológica emitido por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de Noviembre de 1988.
6.16 Superintendencia de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Pajaritos, el CP Cosoleacaque, el CP Escolín, el CP Independencia y el CP Tula.
6.17. SSPA: Seguridad, Salud y Protección Ambiental.
6.18. Superintendente de Construcción: Persona física representante del Contratista ante Pemex Petroquímica.
6.19. Trabajo con riesgo: Es aquél que se realiza en un área de riesgo o cerca de ella, con equipo que produce calor, flama o chispa con energía suficiente para provocar la ignición de gases, vapores o líquidos inflamables; así como aquellos trabajos que por su naturaleza o por las condiciones del área de trabajo y sus alrededores y/o naturaleza de las substancias manejadas, generan una condición de peligro para quienes los efectúen.
6.20. Residente de Obra y/o supervisor de los servicios: Servidor Público designado por Pemex Petroquímica, para supervisar la correcta ejecución de los trabajos, inspeccionar servicios o bienes contratados o adquiridos y quien fungirá como su representante ante el contratista ó proveedor.
6.21. Supervisor de Seguridad: Persona asignada por el contratista y/o proveedor para llevar a cabo las funciones de supervisión de los aspectos de seguridad, salud y protección ambiental en los trabajos que se efectúen al amparo de un contrato.
6.22. Usuario: Personal quien solicita y hace uso de los servicios, obras o productos adquiridos y/o amparados en los contratos.
7. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES.
7.1. DEL CONTRATISTAS Y/O PROVEEDOR.
7.1.1.- DEL ACCESO Y TRANSITO EN LAS INSTALACIONES.
7.1.1.a. El acceso al personal de la Compañía Contratista a las instalaciones, deberá ser a través de las entradas oficiales o por los lugares señalados por los centros de trabajo, para que los Departamentos de Seguridad Física mantengan un estricto control.
7.1.1.b. Los contratistas y/o proveedores antes de iniciar los trabajos objeto de cada contrato, deberá registrar a su personal en las oficinas de la Coordinación de Auditoría de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de cada centro de trabajo o a quien este último designe.
7.1.1.c. Este registro tiene entre otros objetivos, el que al personal de la Compañía Contratista y/o proveedor se le incluya en los planes de emergencia y/o evacuación, instruyéndolos con los lineamientos específicos a seguir.
7.1.1.d. Los contratistas y/o proveedores deben proporcionar a su personal, el pase que el centro de trabajo proporcione, para que pueda accesar a las instalaciones y exhibirlo cuando así se lo solicite.
7.1.1.e. Los contratistas y/o proveedores deben cumplir con el horario de labores que previamente al inicio de la obra o servicio se haya estipulado en el centro de trabajo.
7.1.1.f. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores que vayan a laborar, deberán cumplir con los puntos que a continuación se mencionan, para tener acceso a los centros de trabajo:
Exhibir en la puerta oficial de Vigilancia que se le indique, la(s) credencial(es) de su personal, que contendrán el nombre, firmas del trabajador y del Representante de la Compañía, No. de afiliación al I.M.S.S., y fotografía del trabajador de frente, así como nombre y R.F.C. de la compañía a la cual pertenece, vigencia y número del contrato, el área o lugar donde deba trabajar y nombre del Supervisor de Seguridad, en su caso.
Los contratistas y/o proveedores que terminen su relación contractual y laboral con cualquiera de sus trabajadores lo deberán notificar de manera simultánea a dicha terminación y por escrito al Departamento de Seguridad Física, de lo contrario serán responsables de lo que dicho trabajador realice en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filial.
Portar su equipo básico de protección personal desde el acceso al centro de trabajo, ropa de trabajo de algodón consistente en: pantalón, camisa de algodón u overol (color naranja) de manga larga, guantes de carnaza, zapatos de seguridad, casco (color naranja) protección ocular con lentes de seguridad, gogles y tapones auditivos, en el entendido de que la ropa y casco deberán ser color naranja, para su identificación, además la ropa deberá estar razonablemente ajustada al cuello, puños y parte baja de los pantalones, de tal forma que no se tengan partes colgantes.
Como excepción, para los operadores de autotanques ajenos a los Organismos Subsidiarios de Pemex, que deberán vestir ropa del tipo overol en color xxxx xxxxxx, confeccionado en algodón 100 %, portar casco de seguridad fabricado con polipropileno de color xxxx xxxxxx, calzar zapatos de seguridad y usar gogles contra salpicaduras químicas, y en su caso contar con guantes adecuados al tipo de producto que maneja.
7.1.2. DE LOS VEHÍCULOS.
7.1.2.a. Los contratistas y/o proveedores que manejen vehículos en el interior de las instalaciones deberán contar con licencias de manejo vigentes y utilizar en todo momento el cinturón de seguridad, asimismo deberán respetar la velocidad permitida (de acuerdo a los señalamientos) y todos los avisos de tránsito ubicados en el interior del centro de trabajo. El Contratista se obliga a tramitar ante el departamento de Seguridad Física, el pase de acceso para el vehículo y que deberá portar en lugar visible, el cual se expedirá siempre y cuando el mismo cuente con póliza de seguro emitida por compañía legalmente constituida y se encuentre en buenas condiciones de seguridad (frenos, llantas, sistema eléctrico y escape, matachispas, etc. previa inspección de las áreas de seguridad (CCSIPA o SCSIPA)
7.1.2.b. Así mismo, no es permitido estacionar vehículos en sitios donde obstruyan hidrantes o equipo contra-incendio y salidas de emergencia.
7.1.2.c. Será responsabilidad única y exclusivamente del contratista y/o proveedor la utilización de equipos y accesorios de maniobra (grúas, winches, diferenciales, estrobos, eslingas, montacargas, etc.) en buen estado y condiciones seguras de trabajo.
7.1.2.d. En el caso de la operación de grúas, el contratista debe de contar con personal entrenado, certificado de competencia laboral, certificado de salud satisfactorio, tener un mínimo de tres años de experiencia en la operación y maniobras, debe de contar con sus procedimientos escritos para tránsito, preparación del equipo, preparación de la carga, cálculos de la maniobra, de comunicación, de emergencia, listas de verificación, certificación de la grúa etc., todo movimiento que realice la grúa debe contar con una supervisión continua, los procedimiento deben ser aprobados por el Residente de Obra con visto bueno de CCSIPA o SCSIPA y Mantenimiento, estos están facultados para impedir el uso de este equipo en caso de que detecte que no reúne las condiciones de operación y seguridad requeridos. De lo anterior descrito se hace extensivo en lo que corresponda para tractocamiones, plataformas, plataforma baja, montacargas, autotanques, equipos presión vacío, motoconformadoras, tractores, trascabos, etc.
7.1.2.e. En el caso de que el contratista y/o proveedor considere indispensable efectuar algún bloqueo de las calles para realizar un trabajo o maniobra, debe solicitarlo con toda oportunidad al personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, para que tome las medidas pertinentes.
7.1.2.f. Los trabajadores no deberán transportarse en los sistemas y equipos destinados al traslado de materiales en general, materiales o sustancias químicas peligrosas, con excepción de aquellos que cuenten con las condiciones adecuadas de seguridad , higiene y ergonomía, así como cuando lo requiera la actividad especifica.
Los vehículos de carga para transportes o equipos deben ser exclusivamente los designados para tales fines. Y se entenderá por vehículos de carga para materiales y equipo los: Camiones de redilas, remolques con plataforma, camiones-plataformas y remolques (o tráiler) con caja cerrada o de redilas y cama plana, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.
Los camiones que se usen para el transporte de trabajadores deben estar dotados de asientos adecuados, así como de protección lateral y cabina, que de protección en caso de mal tiempo o accidentes de transito. Y en el caso de la actividad especifica, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.
7.1.2.g. Los vehículos y máquinas con motor de combustión interna de la compañía, deben contar con un dispositivo matachispas en el escape.
7.1.2.h. Manifestar en el formato que le proporcione el departamento de Seguridad Física de el total de equipo y herramientas que introduzcan a las instalaciones del centro de trabajo, de lo contrario no podrán retirar a su salida el equipo y herramientas que no estuviesen manifestados en dicho documento hasta en tanto no comprueben su propiedad.
7.1.2.i. Las lámparas a prueba de explosión de los contratistas deben registrarlas en el Departamento de Vigilancia desde su ingreso y presentarlas numeradas para su revisión, prueba y control por parte del personal de mantenimiento eléctrico del centro de trabajo.
7.1.3. DE LA CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL DE LAS COMPAÑÍAS CONTRATISTAS.
7.1.3.a. El encargado responsable de la realización de los trabajos y del supervisor de seguridad de la compañía contratista y/o proveedor deben comprobar a satisfacción de las Coordinaciones de Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, que cuenta con los conocimientos y experiencia suficiente sobre seguridad industrial y protección ambiental, debiendo capacitar y/o entrenar al personal de la Compañía, sobre las recomendaciones de seguridad que deben ser observadas.
7.1.3.b. La Compañía Contratista debe establecer y mantener procedimientos efectivos para asegurar la competencia en cada función y nivel del personal que realiza las funciones, mediante programas de capacitación en materia de seguridad industrial, salud y protección ambiental, debe comprender los siguientes puntos como ejemplo, los cuales no son limitativos:
Trabajos con riesgo, básicamente en trabajos xx xxxxx y soldadura (en áreas riesgosas y/o en líneas y recipientes que hayan contenido o contengan productos inflamables), radiografiado, transporte de sustancias químicas, trabajos de altura, etc.
Programa de capacitación al personal en sus respectivas categorías, que incluya pláticas y prácticas de contra-incendio, pláticas de seguridad, primeros auxilios, uso del equipo de protección personal, manejo y disposición de residuos, rutas de evacuación, etc.
Para los efectos de la disposición anterior, el contratista debe contar con un registro por cada uno de sus trabajadores, en el cual se debe anotar cursos, pláticas y prácticas recibidas por el trabajador, con las fechas en las que se dieron dichos eventos así como las evaluaciones de los mismos.
El contratista y su personal deben asistir cuando sea convocado a presentaciones, pláticas y prácticas de seguridad, que organicen Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, se reservan el derecho de impedir la ejecución de los trabajos, al personal de la Compañía Contratista que no acuda a esta convocatoria, de la instrucción a que se refiere el párrafo anterior, en la inteligencia de que cualquier suspensión de los trabajos contratados, quedará bajo la responsabilidad del propio Contratista.
El programa de capacitación que debe implementar el contratista a su personal debe de abarcar los siguientes temas, antes del iniciar las actividades propias del contrato:
Inducción en materia de SSPA para trabajadores de nuevo ingreso.
Comunicación de riesgos.
Primeros auxilios.
Combate de incendios.
Protección contra caídas.
Permiso de Trabajo.
Protección respiratoria.
Uso de equipo de protección personal.
Trabajos en altura.
Trabajos en espacios confinados.
Riesgos y peligros de sustancias tóxicas.
Manejo, transporte y almacenamiento de cilindros con gases comprimidos.
Excavaciones, trincheras, ademes, barricadas, etc.
Plan de respuesta a emergencias.
Reglamento de tránsito vehicular.
Residuos Peligrosos.
Pemex Petroquímica a través de la CCSIPA de los Centros de Trabajo, se reserva el derecho de realizar en el inicio y en cualquier tiempo, una evaluación de conocimientos de los puntos anteriores al personal contratista, así como verificar las evidencias documentales de la capacitación.
7.1.3.c. Los operadores de grúas y/o montacargas de la Compañía Contratista que ejecuten trabajos en los términos de este Reglamento, deberán tener su licencia vigente expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
7.1.3.d. Los operarios de la Compañía Contratista que ejecuten labores de soldadura, deben estar calificados de acuerdo con lo que especifica, la última edición del manual de la Sociedad Americana de Soldadura (A.W.S.) D.1.1. ó ASME Sección IX y presentar la documentación que los acredite.
7.1.4. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS AL MEDIO AMBIENTE.
7.1.4.a. El contratista y/o proveedor debe vigilar que sus trabajadores, los subcontratistas e incluso sus proveedores, no dañen el medio ambiente, respetando las normas que regulan las actividades, aplicando medidas que reduzcan la generación de residuos y sus impactos contaminantes sobre el ambiente, a las personas y los bienes. En especial, se debe cuidar que no se produzcan problemas de contaminación por generación de residuos peligrosos y/o emisiones al aire, agua, suelo y también por contaminación visual y acústica.
7.1.4.b. Protección de la flora y fauna.
Flora: El contratista y/o proveedor y su personal no podrán, sin autorización previa de parte del área administradora del contrato, del supervisor o la autoridad pertinente, cubrir o cortar ninguna especie vegetal. Tampoco podrá utilizarlas como combustible, particularmente aquellas reconocidas como raras o protegidas.
Fauna: Respecto de la fauna, estará expresamente prohibida la caza de cualquier especie dentro de los límites de los establecimientos y lugares donde se efectúen actividades industriales de Pemex Petroquímica, como también en terrenos de derecho de paso, servidumbre, privados y fiscales que Pemex Petroquímica atribuya legalmente a cualquier título. También estará expresamente prohibido capturar, molestar o maltratar a los animales. Se exigirá un respeto irrestricto de las temporadas de veda y las demás condiciones establecidas en la legislación con respecto a la pesca.
7.1.4.c. Protección del medio ambiente.
Aire: Los equipos de de combustión interna (Diesel y Gasolina), deberán contar con verificación vehicular. Cualquier infracción en este sentido dará lugar a que Pemex Petroquímica no permita la utilización de dichos equipos, o maquinarias. En los terrenos donde se lleva cabo algún trabajo o proyecto, no se permitirá quemas de neumáticos, aceites usados u otros lubricantes, solventes o productos que puedan liberar gases tóxicos.
Agua: Además de lo que estipula la legislación vigente, será causal de suspensión al contrato el vaciado de materiales o residuos peligrosos a los drenajes, cauces naturales o artificiales o a otras obras hidráulicas de conducción o acopio de aguas existentes, sean de aguas superficiales o subterráneas, tales como: tanques, pozos, lagunas, fosas, drenes, cauces secos, etc.
Se consideran materias nocivas, entre otras, las siguientes: Jabones y detergentes, materiales peligrosos, combustibles, lubricantes, solventes, aceites quemados, basuras domésticas y residuos sólidos industriales, aguas no tratadas en plantas o sin un sistema autorizado de evacuación a base de fosa séptica y pozo o drenes absorbentes, productos de movimiento de tierras y demoliciones, cualquier otra sustancia nociva.
En la ejecución de los trabajos en terreno abierto, el Contratista y/o proveedor deberá mantener inalterado el sistema natural de drenaje superficial existente, canalizando las aguas interceptadas por las obras provisorias y por sus instalaciones hacia los cursos originales, sin perjuicio de las autorizaciones administrativas que procedieren, de modo de evitar la formación de nuevos cauces y minimizar o controlar las erosiones asociadas.
Durante la ejecución de los trabajos está estrictamente prohibido a la Compañía Contratista y/o proveedor arrojar a los drenajes, materiales no biodegradables como los que se señalan a continuación: Cualquier tipo de plástico, incluyendo ropa sintética, trapos, vidrio, metales, botellas, loza, equipaje y materiales de recubrimiento, pinturas, solventes, así como todos aquellos materiales a que se refiere la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Suelo: Los residuos de desechos o escombros provenientes de las actividades, así como los materiales del escarpes el excedentes de y de movimientos de la tierra, recolectados deberán de ser transportados por el contratista y/o proveedor en sitios autorizados para la disposición -- y asignados por la Autoridad correspondiente y bajo las condiciones que ésta señale, de acuerdo un los procedimientos y normas existentes para tales efectos.
En el caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor genere residuos peligrosos, deberá de manejarlos y almacenarlos de acuerdo a lo previsto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como a su Reglamento en la Materia y demás normas oficiales mexicanas. . En caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor derrame accidentalmente materiales peligrosos, estará obligada a reportarlo al centro de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de las Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental mediante el formato correspondiente.
7.1.5. DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL.
7.1.5.a. Sin excepción, durante la ejecución de los trabajos, el personal Contratista y/o proveedor debe utilizar el equipo de protección personal adecuado a la realización de sus actividades, en caso de que los trabajos tenga que ejecutarse dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica. Únicamente se le permitirá el acceso si lleva puesto el equipo de protección personal, que de manera enunciativa más no limitativa se indica a continuación:
Ropa de trabajo de algodón de color naranja, con el logotipo de la Compañía Contratista, casco de seguridad con barbiquejo, botas con suela antiderrapante con casquillo metálico de protección, protección auditiva, ocular y manos.
Además deberá utilizar durante el desarrollo de sus labores, el equipo de protección adecuado al riesgo al que se está expuesto, tal como: Guantes, protección ocular (lentes, gogles, o pantalla facial), equipo de protección respiratoria, cinturón de seguridad, equipo para soldador, (guantes, careta, polainas y peto), etc.
7.1.5.b. En el supuesto que algún (os) trabajador (es) de la Compañía Contratista, y/o proveedor esté (n) ejecutando algún trabajo y no cumpliese (n) con esta disposición se les impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente.
7.1.5.c. El contratista ó y/o proveedor es responsable de proporcionar y vigilar el uso por parte de su personal, de la ropa, calzado y del equipo de protección personal adecuados y en óptimas condiciones, de acuerdo a la normatividad vigente, para llevar a cabo las diferentes labores dentro de las instalaciones.
7.1.5.d. El contratista y/o proveedor es responsable de que su personal utilice correctamente el equipo de protección respiratorio necesario en espacios confinados (acceso a recipientes, en registros de drenaje, tanques de almacenamiento, etc.).
7.1.5.e. El contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones tendientes a proteger debidamente a su personal en aquellos trabajos que se efectúen en altura, para lo cual debe utilizar en forma segura y apropiada los andamios, barandales o escaleras, revisándolos para certificar sus adecuadas condiciones de armado o construcción, así como supervisar que su personal utilice los cinturones de seguridad y cables de vida requeridos para asegurar su integridad física. No se permitirá el uso xx xxxxxx en la instalación de andamios.
7.1.6. DE LAS INSTALACIONES DEL CONTRATISTA O PRESTADOR DE SERVICIO.
7.1.6.a. El área asignada por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica para la instalación provisional de bodegas para resguardo del material, herramientas y/o equipo que requiere la Compañía Contratista y/o proveedor, según el caso y las condiciones particulares del lugar, debe estar cercada e identificada; así mismo colocar servicios sanitarios para su personal (letrinas móviles), extintores contra fuego y mantenerse limpia y ordenada.
7.1.6.b. El contratista y/o proveedor debe contar con un botiquín de primeros auxilios en el lugar de trabajo, con el fin de tratar lesiones leves que pudieran ocurrir a su personal, en el caso de que el contratista empleé a mas de 150 trabajadores deberá contar con una ambulancia y un médico o paramédico de base.
7.1.6.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe suministrar agua potable a sus trabajadores y contenedores para basura.
7.1.7. DEL PERMISO DE TRABAJO CON RIESGO.
7.1.7.a. El personal ejecutor y supervisor de la Compañía Contratista y/o proveedor que intervendrá directamente en la ejecución de trabajos con riesgo de cualquier naturaleza, deberá contar con la capacitación específica en trabajos con riesgo. Sus conocimientos y experiencias deberán estar evaluados y documentados por instructores certificados. El supervisor de la Contratista y/o proveedor será el responsable de la seguridad y deberá estar en coordinación con el Supervisor de Seguridad del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y este último tendrá la facultad de realizar auditorías.
7.1.7.b. El Contratista y/o proveedor debe observar las recomendaciones de seguridad que se establezcan en los permisos de trabajo correspondientes, obligándose a conocer y a cumplir con el procedimiento y reglamento respectivos, de los siguientes permisos:
Trabajo potencialmente No peligroso: Es aquel trabajo no operacional que por su naturaleza no representa un riesgo, al personal, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son barrer, toma de lecturas en los mantenimientos predictivos, rotulación de letreros a nivel de piso, etc.
Trabajo Potencialmente Peligroso: Son aquellos trabajos no operacionales que por su naturaleza representan un riesgo al trabajador, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son: entrada a espacios confinados, trabajos con posibilidad de fuga, trabajos con energía eléctrica, trabajo con fuego abierto, trabajos con vehículos de combustión interna, trabajos en altura, trabajos de excavación y trabajos con fuente radiactiva, etc.
Trabajos con Fuego Abierto: Son aquellos que al ejecutarse generan una fuente de ignición capaz de provocar incendio de vapores de hidrocarburos, de materiales combustibles, detonación o explosión.
Trabajos en Espacios Confinados: Son aquellos que se realizan en lugares parcialmente cerrados en los que además pueda existir una atmósfera contaminada y/o deficiente de oxigeno, y/o temperaturas extremas.
Trabajos con posibilidad de fuga de producto: Son trabajos con apertura (ruptura de hermeticidad) de líneas, recipientes, equipos dinámicos de proceso, envases/embalaje que contienen o hayan contenido sustancias tóxicas, corrosivas/reactivas/explosivas y/o que durante la apertura de las mismas, exista la posibilidad de fuga de éstas y trabajos en los que exista la posibilidad de contaminación del ambiente o en los que pueda haber temperaturas extremas. Nota: Para trabajos de instalación o retiro de juntas o tapas ciegas en líneas, equipos y accesorios conectados a los sistemas de desfogue donde descarguen más de 2 plantas, además se utilizará el Procedimiento GSIPA-SI-0901 vigente.
Trabajos en Altura: Son aquellos trabajos que se ejecutan a diferentes niveles por arriba del nivel de piso terminado (dos metros) y que por las condiciones del lugar y la falta de plataformas y/o escaleras propias del equipo o instalaciones y/o trabajos que por las condiciones en que se realiza aunado a la altura, exista el riesgo de caída del (os) ejecutor (es).
Trabajos con Energía Eléctrica: Son aquellos trabajos que se ejecutan en equipos o accesorios que generen u operen con energía eléctrica, y/o que se realizan con las mismas instalaciones eléctricas, estando o no energizados al momento de efectuarse éstos.
Trabajos con vehículos de combustión interna: Son aquellos trabajos que requieren la entrada, salida y/o maniobra de una máquina de combustión interna en áreas de proceso, almacenamiento u otras, en donde se requiera una labor de prevención al entrar al área, durante la actividad, y al salir de ésta.
Trabajos de Excavación: Son aquellos trabajos que se llevan a cabo en el interior o en el perímetro del centro de trabajo, con posibilidad de afectaciones a instalaciones subterráneas o superficiales.
Trabajos con Fuente Radiactiva: Son aquellos trabajos que se ejecutan con o alrededor xx xxxxxxx generadoras o emisoras de radiaciones ionizantes, fijas o móviles. Estos trabajos así como el ingreso y permanencia de los trabajadores en el área de riesgo será controlada por el encargado se seguridad radiológica del centro de Trabajo.
AST: Como complemento elemental a los permisos anteriores es necesario contar con los conocimientos mas amplio sobre los riesgos de trabajos que se planean ejecutar, y esto consiste en realizar un análisis de riesgos del trabajo sobre las tareas que ejecutaran las personas. Los factores que se deben considerar para asignar una prioridad para Análisis de Seguridad de un Trabajo, incluye:
Frecuencia y gravedad de accidentes: trabajos donde los accidentes ocurren frecuentemente o no muy frecuente pero que resultan en lesiones incapacitantes.
Potencial para lesiones o enfermedades graves: las consecuencias de un accidente, condiciones peligrosas, o exposición a sustancias nocivas son potencialmente grave.
Trabajos recientemente establecidos: debido a la falta de experiencia de nuestros trabajos los riesgos puede que no sean evidentes o anticipados.
Trabajos modificados: se pueden formar nuevos riesgos con los cambios en los procedimientos de trabajo
Trabajos desarrollados con poca frecuencia: los trabajadores pueden estar en riesgo mayor cuando realizan trabajos que no son rutinarios, un AST brinda un medio eficaz de revisar los riesgos.
7.1.8. DE LA INTERVENCIÓN EN LOS EQUIPOS O INSTALACIONES.
7.1.8.a. Cualquier intervención en líneas o equipos de proceso que estén o hayan estado en operación, debe ser aprobada previamente por el personal responsable de la instalación.
7.1.8.b. Está estrictamente prohibido accionar, tocar, mover o manipular válvulas, conexiones, instrumentos y controles de los Centros de Trabajo, sin autorización previa del personal responsable del área en el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.
7.1.8.c Está prohibido efectuar maniobras reteniéndose o apoyándose en tuberías, soportes, válvulas o equipos.
7.1.8.d. Todo trabajo que se efectúe en el sistema de drenajes debe contar con la autorización respectiva, previas pruebas que sean necesarias a juicio del encargado de la instalación.
7.1.8.e. Las conexiones que se requieran para hacer uso de agua, aire, electricidad, u otros servicios, deben aprobarse previamente por el grupo técnico del sector o planta del centro de trabajo de Pemex Petroquímica si esta estipulado en el contrato
7.1.8.f. Cualquier excavación que tenga que realizarse por la compañía, debe ser previamente autorizada por el personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y debe contar con los ademes necesarios para evitar derrumbes de las paredes de las mismas, así como el uso de líneas de vida y con señalizaciones adecuadas para evitar accidentes al personal.
7.1.9. DE LA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO.
7.1.9.a. El Contratista y/o proveedor debe conocer el área donde va a llevar a cabo sus trabajos, incluyendo los equipos y sistemas de protección contra incendio existentes en la misma, así como los de seguridad.
7.1.9.b. En los trabajos que requieran de protección contra incendio, el Contratista y/o proveedor, previo acuerdo con el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe contar con el personal y equipo contra incendio portátil propios para proporcionar dicha protección.
7.1.9.c. Está prohibido que el Contratista y/o proveedor haga uso de la red de agua de contra incendio, para servicios diferentes a los autorizados por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.
7.1.10. DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.
7.1.10.a. Todo trabajo en el cual se requiera intervenir equipos eléctricos (subestaciones, interruptores, alimentadores, líneas eléctricas, etc.), debe contar con la autorización previa del personal encargado de la instalación, para tomar las acciones pertinentes y evitar algún incidente.
7.1.10.b. Los cables de energía eléctrica que utilice el Contratista y/o proveedor, deben estar en buen estado (empalmes y conexiones debidamente aislados) y no estar cerca de registros de drenajes o materiales inflamables o combustibles. En las áreas industriales se utilizarán cables y conexiones a prueba de explosión.
7.1.10.c. La conexión a tierra de equipos de soldar, debe realizarse a un pozo de tierras y no debe ser a estructuras o tuberías cercanas a los trabajos.
7.1.10.d. El Contratista y/o proveedor le queda prohibido el violar la integridad de los sistemas eléctricos, y el uso de conexiones eléctricas provisionales y este deberá de cumplir con la clasificación de las áreas eléctricas de acuerdo a la especificada en el diseño y a las normas correspondientes.
7.1.11. DE LA SUSPENSIÓN DE TRABAJOS.
7.1.11.a. En el caso de suscitarse una emergencia en el área de trabajo o en sus proximidades, el Contratista y/o proveedor, debe suspender los trabajos y seguir las instrucciones del personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica encargado de la instalación, por lo que debe conocer previamente las rutas de evacuación para los casos de emergencia.
7.1.11.b. El Contratista y/o proveedor, debe suspender sus actividades cuando por razones de seguridad, el personal encargado de la instalación industrial así lo solicite, asentando en la bitácora de obra lo conducente.
7.1.12. DEL TRANSPORTE Y MANEJO DE CILINDROS DE GASES COMPRIMIDOS.
7.1.12.a. Los cilindros de oxígeno y acetileno utilizados para trabajos xx xxxxx y soldadura, por ningún motivo deben permanecer en el interior de tanques y/o recipientes, y deben estar siempre en posición vertical, soportados y asegurados adecuadamente para evitar que se caigan, así como manejados con el cuidado según lo indican las propias recomendaciones del proveedor o fabricante, esto se hace extensivo al uso de otros gases comprimidos utilizados o suministrados por el Contratista y/o proveedor.
7.1.13. DE LOS SERVICIOS XX XXXXX X (RADIOGRAFIADO).
7.1.13.a. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de tomar, revelar e interpretar radiografías de uniones soldadas, así como reportar resultados de la inspección, deberá tener y presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado en inspección no destructiva de acuerdo a la práctica recomendada SNT-TC-IA de la Sociedad Americana de Pruebas no Destructivas (ASNT).
7.1.13.b. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de efectuar las inspecciones ultrasónicas deberá presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado de acuerdo al SNT-TC-IA de la ASNT.
7.1.13.c. Los certificados mencionados anteriormente, tiene una vigencia de tres años, por lo que el personal con las categorías mencionadas, deberán revalidarlos al vencimiento del período.
7.1.13.d. Cuando el Contratista y/o proveedor realice servicios de radiografiado con rayos X, el área será previamente delimitada, acordonada y marcada con letreros que indiquen: “¡PELIGRO! Altos niveles de radiación”.
7.1.14. DE LOS ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO.
7.1.14.a. Al lesionarse uno o mas trabajador (es), el Contratista y/o proveedor debe trasladarlo (s) al centro de atención designado por ésta.
7.1.14.b. El Contratista y/o proveedor se obliga a reportar a Pemex Petroquímica, por conducto de las CCSIPA o SCSIPA y del Supervisor del centro de trabajo, dentro de los primeros cinco días de cada mes, sus estadísticas de accidentes relacionados con los trabajos, incluyendo los acontecidos en las instalaciones de Pemex Petroquímica y los sucedidos en tránsito; dicho reporte deberá realizarse mediante el llenado del anexo 1 (GS-1) del documento y se acompañará de las estadísticas relacionadas tales como:
Indice de frecuencia (I.F.):
IF= NUM. DE ACCIDENTES CON PERDIDA DE TIEMPO X 1´000,000
HORAS HOMBRE LABORADAS.
Indice de gravedad (I.G.):
IG= NUM. DE DIAS PERDIDOS POR ACCIDENTE X 1´000,000
HORAS HOMBRE LABORADAS.
Indice de fatalidad (FAR):
FAR=NUM. DE FATALIDADES X 10´000,000
HORAS HOMBRE LABORADAS.
Número de Trabajadores:
Horas hombre de exposición al riesgo:
Días calendario sin accidentes:
Número de trabajadores lesionados con días perdidos.
7.1.14.c. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista y/o proveedor está obligada a realizar el reporte del accidente en el mismo día en que ocurra, llenando para tal efecto el anexo número 2 adjunto. En caso que el Contratista y/o proveedor permanezca contratada menor tiempo a un mes, deberá reportar sus estadísticas del período que haya durado el contrato.
7.1.14.d. El Contratista y/o proveedor deberá asumir totalmente la responsabilidad de los accidentes, lesiones o daños que ocurran tanto a su personal, instalaciones o equipos, como al del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, cuando éstos se motiven a consecuencia de los trabajos que directamente realiza la compañía.
7.1.14.e. Al ocurrir algún incidente imputable el Contratista y/o proveedor, ésta esta obligada a notificarlo inmediatamente al Supervisor de la empresa; así mismo deberá participar en el Análisis Técnico del mismo y cumplir o acatar las medidas correctivas y preventivas que se determinen con ello.
7.1.15. DEL RESPONSABLE DE SEGURIDAD POR PARTE DEL CONTRATISTA Y/O PROVEEDOR.
7.1.15.a. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para cumplir los requisitos referentes a la seguridad industrial dispuestos es este manual y aquellos que determine el centro de trabajo de Pemex Petroquímica y/o los encargados del área de trabajo.
7.1.15.b. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada el Contratista y/o proveedor.
7.1.15.c. Realizar los trabajos de acuerdo a las indicaciones del personal técnico encargado del área de trabajo.
7.1.16. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES.
7.1.16.a. El contratista y/o proveedor debe instruir a su personal, acerca del contenido y cumplimiento de las medidas de seguridad dispuestas en este Reglamento.
7.1.16.b. La Compañía Contratista y/o proveedor, debe contar en el sitio, con un Supervisor de seguridad, salud y protección ambiental como mínimo, por cada 50 trabajadores, que se responsabilice de SSPA y la conducta del personal de la Compañía dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.
7.1.16.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe observar las disposiciones de seguridad, orden y limpieza, con el objeto de mantener en óptimas condiciones en lugar de trabajo. Por ello, se obliga a dejar el lugar en donde se ejecutaron los trabajos en las mismas condiciones en que la recibió. Por consiguiente, se entenderá como no terminada la obra ó servicio, hasta en tanto la Compañía Contratista y/o proveedor entregue el lugar limpio de escombros, basura, contaminación, etc. El tiempo que utilice la Compañía Contratista y/o proveedor en el cumplimiento de esta disposición, correrá por su cuenta.
7.1.16.d. En el supuesto de que la Compañía Contratista y/o proveedor se negara a hacer la limpieza del área, el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, por su conducto o mediante la contratación de terceros, llevará a cabo los trabajos de limpieza correspondiente, corriendo a cargo de la Compañía Contratista y/o proveedor el pago de los mismos, ya sea que se cubran directamente por éste, o mediante el descuento en el pago de sus facturas, quedando asentada esta circunstancia en la bitácora.
7.1.16.e. El contratista y/o proveedor debe informar al personal de Pemex Petroquímica, cuando observe condiciones anómalas dentro del área en la cual se encuentre laborando (fugas, derrames, averías, etc.)
7.1.16.f. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con todas las disposiciones legales aplicables (Federales, Estatales y Municipales), en materia de protección ambiental y seguridad industrial.
7.1.16.g. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones adicionales que el centro de trabajo de Pemex Petroquímica especifique para la prevención y control de riesgos.
7.1.17. DE LOS PROCEDIMIENTOS.
7.1.17.a. La Compañía Contratista durante la ejecución de los trabajos, deberá acatar todos los procedimientos aplicables de acuerdo a la naturaleza y objeto del contrato, debiendo de ponerlos al alcance de sus trabajadores, especialmente aquellas actividades que generen un riesgo potencial como las que se describen de manera enunciativa, más no limitativa en los puntos siguientes:
7.1.17.b. Procedimiento para entrar a espacios confinados (recipientes que hayan contenido hidrocarburos).
7.1.17.c. Procedimiento para realizar trabajos de altura, excavaciones, eléctricos, plantas, civil, instrumentos, mecánico, etc.
7.1.17.d. Procedimiento para realizar trabajos de reparación de líneas de proceso. Procedimiento para realizar trabajos de soldadura o Hot Tapping sobre equipos que contienen productos inflamables.
7.1.17.e. Procedimiento para realizar trabajos de reparación y limpieza de recipientes atmosféricos y/o presurizados, etc.
7.1.17.f. Procedimiento para realizar maniobras con grúas.
7.1.17.g. PPQ revisará los procedimientos y/o protocolos de pruebas finales entre los que se encuentran: Procedimientos específicos de pruebas, Protocolos de Pruebas de Equipos (Separadores, motores, compresores, turbinas, bombas, generadores de energía eléctrica, recuperadores, detectores gas, fuego y humos, reguladores de presión, transmisores de presión, rociadores, relevadores, tableros de carga, tableros de mando y control local, extinguidores de CO2 etc.), Protocolos de Pruebas de Sistemas eléctricos, Protocolos de Pruebas de Sistemas electrónicos y de control, Protocolos de Pruebas de Sistemas estructurales, Protocolos de Pruebas de Sistemas en su conjunto: sistemas de emergencia, sistemas de separación, sistemas de detección y extinción de incendio, sistemas de medición, sistemas de proceso, etc.
7.1.17.h. Cada procedimiento deberá incluir la información necesaria para organizar, definir la participación y responsabilidades del personal, definir la secuencia, los parámetros a medir, la duración y los resultados esperados de las pruebas.
7.1.17.i. Corresponde al residente de obra y/o supervisor de los servicios vigilar que se cumplan las disposiciones del presente reglamento y de comunicar al Contratista, a través del Superintendente de Construcción de las disposiciones específicas de seguridad mencionadas en el párrafo anterior y las especificadas en el presente Reglamento, así como de gestionar lo correspondiente en caso de incumplimiento por parte del Contratista o del personal bajo su responsabilidad.
7.2. DE LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROQUIMICA
7.2.1. DEL PERSONAL TÉCNICO RESPONSABLE DEL ÁREA DE TRABAJO (Grupo Técnico).
7.2.1.a. Elaborar y analizar el o los permisos de trabajo correspondientes con los encargados del área involucrada, cuando el contrato de obra lo requiera.
7.2.1.b. Personal de mantenimiento, operación y seguridad industrial, debe participar en la supervisión de los trabajos del Contratista en el ámbito de su competencia, de tal manera que aseguren que dichas labores se efectúen en un ámbito de seguridad, orden y limpieza.
7.2.1.c. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para que los trabajos se desarrollen sin contratiempo por la Compañía.
7.2.1.d. El personal técnico de CCSIPA o SCSIPA, tiene la responsabilidad de efectuar inspecciones no planeadas durante la ejecución de los trabajos, a fin de detectar actos y condiciones inseguras, así como de riesgos no previstos en las disposiciones antes mencionadas y notificará el resultado de las inspecciones al Residente de Obra y/o al Superintendente de Construcción, para que tomen acciones correctivas / preventivas.
7.2.1.e. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada la Compañía Contratista.
7.2.2. DE LAS BASES DE LA LICITACION Y OBRA.
7.2.2.a. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se debe de incluir este Reglamento.
7.2.2.b. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se deben de incluir los procedimientos de seguridad, salud y protección ambiental, específicas y especiales; independientemente de las disposiciones generales de SSPA, contenidas en este Reglamento.
7.2. 3. DE LOS DAÑOS A LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUIMICA
7.2.3.a. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica no son responsables de daños por incendio, robo o fenómenos naturales que ocurran en las instalaciones o equipos de la Compañía, pero si por las afectaciones a Contratistas como consecuencia directa de sus operaciones.
7.2.3.b. Todo daño a las instalaciones imputable a los contratistas y/o proveedores será reparado inmediatamente por ellas mismas, sin cargo Pemex Petroquímica.
7.2.3.c. Cualquier trabajador de Pemex Petroquímica que tenga conocimiento de que los trabajadores de los contratistas y/o proveedores estén ejecutando labores riesgosas sin tomar en cuenta las medidas de seguridad necesarias, podrá ponerlo en conocimiento de su superior inmediato o de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, a fin de que se suspenda la ejecución del trabajo, mediante la intervención del Residente de Obra hasta que se adopten las medidas necesarias de seguridad, higiene y protección ambiental adecuadas, siendo el contratistas y/o proveedores responsable del retraso que con ello se genere, de conformidad en lo estipulado en el contrato del que se deriven dichos trabajos.
7.2.4. DE LOS ACCESOS A LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROUIMICA
7.2.4.a. Para el control de acceso a las instalaciones, la autoridad máxima de Seguridad Física del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe expedir pases firmados para cada uno de los trabajadores del Contratista, con vigencia establecida, especificando claramente el área o lugar donde debe laborar.
8. DISPOSICIONES GENERALES.
8.1. Para los trabajos a desarrollar, en la solicitud de pedido o de servicio, así como en el “ANEXO B” del contrato de obra, deberá incluirse un anexo en el cual se especifique que el contratista y/o proveedor se compromete a presentar una constancia sobre la capacitación de su personal en materia de seguridad industrial, salud y protección al medio ambiente certificada o autorizado por la Camara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) u otra Organización de prestigio, certificada para poder otorgar capacitación en la materia.
8.2. Los contratistas y/o proveedores están obligados a capacitar, instruir y orientar a sus trabajadores sobre la manera más segura de ejecutar su trabajo y éstos de atender de manera obligatoria dichas indicaciones o recomendaciones.
8.3. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores deberán ejecutar sus labores de acuerdo a las normas que para la realización del trabajo contratado estén establecidas, y están obligados a acatar las instrucciones de seguridad, que se les indiquen en los permisos de trabajo correspondientes, de acuerdo al procedimiento 400-1100-ACSIPA-2400 vigente, emitido por la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, así como de las Instrucciones Operativas Generales del Sistema de Administración Ambiental que apliquen.
8.4. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo que se dicten con la intervención de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, al igual que las medidas preventivas de seguridad, higiene y de protección al ambiente, que acuerden las autoridades competentes y las que indique Pemex Petroquímica, para protección personal de los trabajadores, instalaciones y ambiental.
8.5. Los contratistas y/o proveedores podrán contar con sistemas de gestión funcionando: de Calidad, Seguridad y Protección Ambiental bajo las normas o estándares que les apliquen. Y podrán demostrar que estos sistemas de gestión han sido implantados, lo que permite asegurar la calidad, seguridad y protección ambiental del servicio.
8.6. Los contratistas y/o proveedores serán responsables de que sus trabajadores utilicen el tipo de ropa y el equipo de seguridad adecuado, conforme se especifica en el numeral 7.1.5 de este reglamento, y según la obra de que se trate, además deberán proporcionarles a éstos los que a juicio del personal de CCSIPA o SCSIPA se requieran, esto último deberá estar especificado en el correspondiente permiso de trabajo.
8.7. Los contratistas y/o proveedores, deberán contar y llevar un programa de seguridad e higiene por escrito, durante el tiempo que dure el contrato o servicio, apegado a los programas de la instalación donde prestan dichos servicios o se lleva a cabo el contrato.
8.8. Los contratistas y/o proveedores deberán realizar previo al inicio de la obra o servicio y de la autorización de los permisos de trabajo peligrosos, un reconocimiento del área donde van a llevar a cabo sus trabajos, con el objeto de conocer e identificar la ubicación de los sistemas y equipos de protección, contra incendio y seguridad, así como los riesgos potenciales existentes en la misma, para ello contarán con la asesoría del responsable del área.
8.9. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo contenidas en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos vigente.
8.10. Las áreas donde se efectúen trabajos con riesgos, los contratistas y/o proveedores como mínimo deben ser acordonadas con cinta de barricada de 3.5” de ancho, fabricadas con polietileno de color amarillo, rojo o naranja de gran visibilidad, para impedir el paso a personas ajenas al área de trabajo y demás letreros alusivos a la seguridad necesarios.
8.11. Los contratistas y/o proveedores que se encuentren realizando labores en las instalaciones de Pemex Petroquímica, deberán identificarse cuando se le solicite ante cualquier trabajador técnico o supervisor de seguridad física de Pemex Petroquímica, exhibiendo para ello en todo momento su respectiva credencial y/o el pase de acceso personal.
8.12. Para los contratistas y/o proveedores, que ejecuten trabajos para Pemex Petroquímica y durante el tiempo que permanezcan en ésta, queda estrictamente prohibido lo siguiente:
El uso de ropa especificada para trabajadores de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios o Filiales.
No usar el equipo de protección personal ni adoptar las medidas preventivas de seguridad indicadas.
Dañar o alterar los avisos de seguridad o la propaganda alusiva fijada en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filiales
Fumar y encender fósforos dentro de las instalaciones, independientemente de que existan o no letreros indicando la prohibición.
Presentarse en las instalaciones en estado de embriaguez, con aliento alcohólico, bajo el influjo de drogas, enervantes y en general cualquier sustancia que altere los sentidos, Introducir o ingerir bebidas embriagantes, así como consumir narcóticos o drogas enervantes en el interior de las instalaciones de Pemex Petroquímica.
Portar armas de cualquier clase, se exceptúan los objetos punzantes y punzo cortantes que formen parte de las herramientas o útiles de trabajo.
Realizar bromas, fechorías, jugar y cualquier acto que altere el orden en el interior de las instalaciones.
Arrojarse herramientas o material para que lo reciba en el aire algún compañero.
Realizar trabajos sobre barriles o tambores de cualquier clase.
Pasar carretillas de mano, materiales, diablos, etc. sobre mangueras con aire comprimido o con agua de contraincendio, conductores o cables eléctricos o tuberías de gas o aire de alta presión, así como pisarlos o dejar caer objeto alguno sobre ellos, que impidan su adecuado funcionamiento.
Sujetar garruchas o diferenciales, de las estructuras de los techos para levantar o suspender maquinaria o piezas pesadas, si no están diseñadas para ello. Así como retenerse o apoyarse en soportes, tuberías, válvulas o cualquier clase de instrumento o equipo de las instalaciones, para efectuar maniobras.
Pasar por debajo de los autotanques, carrostanques o plataformas de ferrocarril, así como subirse y viajar en ellos si no son personal de la tripulación.
El uso de parrillas eléctricas, extensiones y cualquier dispositivo o aparato eléctrico que no sea a prueba de explosión.
Hacer fogatas o cualquier tipo de fuego en las proximidades de tanques de almacenamiento y/o equipos de líneas de proceso, salvo en los casos requeridos y previo trámite del permiso correspondiente.
Operar y manipular los hidrantes y monitores de la red de agua de Contraincendio para otro uso que no sea su fin.
Distraer a los demás trabajadores de sus ocupaciones.
Xxxx impresos durante las horas de labor.
Hacer inscripciones o dibujos en muebles o inmuebles de la compañía o de sus compañeros.
Ensuciar intencionalmente o por descuido o negligencia, los lugares donde prestan sus servicios, los baños, vestidores y demás locales de servicio.
Hacer propaganda de cualquier clase, vender o rifar mercancías dentro de las horas de labor.
Entrar o permanecer dentro de las instalaciones a horas que no les corresponde.
Escuchar radio en el lugar de trabajo.
Bañarse durante las horas de trabajo.
Ocupar el tiempo en cosas ajenas al trabajo.
Tomar alimentos fuera del lugar asignado y a la hora destinada para este fin.
Usar los sanitarios más tiempo del que normalmente se requiere.
Efectuar operaciones de usura, apuestas o colectas durante las horas de servicio.
Causar desorden dentro y a las puertas Pemex Petroquímica
Mentir a sus superiores.
Desobedecer las órdenes que reciban de sus superiores, aunque a juicio del trabajador sean equivocadas, salvo el caso que dichas órdenes contravengan Las Normas Básicas y los Procedimientos de Seguridad.
Transportar en los estribos y parte exterior de los vehículos a trabajadores.
Estacionar vehículos fuera de las áreas autorizadas, así como obstaculizar el libre acceso a los extinguidores, equipo contraincendio y equipo de protección personal; bloquear maquinaria, materiales, salidas de emergencia y vías normales para el acceso del personal o el tránsito de vehículos.
Utilizar vehículos que tengan los cristales de color oscuro o reflejantes.
El uso de cámaras fotográficas ó vídeo, dentro de los Centros de Trabajo de Pemex Petroquímica sin la autorización expresa del Residente de Obra y/o Supervisor del centro de trabajo.
Acceso de contratistas y/o proveedores, a las áreas industriales y de almacenamiento en operación, sólo podrán accesar con autorización expresa del personal encargado de los sitios.
Todos aquellos actos u omisiones que a su juicio determine CCSIPA, en cada uno de los trabajos a realizar.
Suspender el trabajo durante las horas del mismo, sin causa justificada.
Abuso de confianza.
Hacer mal trabajo, actuando con dolo.
Provocar a riña o reñir dentro de los recintos de la Compañía.
El deterioro intencional de propiedades de la Compañía, de compañeros o de tercera persona.
Dormir dentro de las jornadas de trabajo.
Perjuicio doloso a los compañeros en sus obras de labor, maquinaria, herramienta y útiles.
No cumplir con los Procedimientos de Seguridad de Pemex Petroquímica.
Robar materiales, útiles, herramientas, equipo, etc. propiedad de la compañía, vestuario y efectos personales, etc., propiedad de sus compañeros de trabajo o de terceras personas.
Xxxxxse el trabajador de manera manifiesta a adoptar las medidas preventivas de seguridad, a usar equipos de seguridad o a seguir los procedimientos indicados en general, para evitar accidentes o enfermedades.
Operar o usar maquinaria o equipo que no le corresponde para sus labores o del que no haya recibido instrucciones acerca de su uso.
Comunicar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación, de los cuales tenga conocimiento por razón del trabajo que desempeña.
8.13. En caso de incumplimiento a cualquiera de los artículos mencionados en el presente Reglamento, se procederá a la cancelación del pase y/o credencial de acceso a los trabajadores que hayan cometido la violación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.
9.- DISCIPLINA.
9.1 Al encontrar a algún trabajador de la Compañía Contratista ejecutando actividades incumpliendo o violando las reglas de seguridad industrial, protección ambiental y/o higiene establecidas, se le impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente y amonestación, otorgándosele a la Compañía un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad y la exposición al riesgo que tenga su personal, para su corrección sin perjuicio de las sanciones en que incurra, de conformidad con los programas de trabajo.
9.2. Si algún trabajador de la Compañía Contratista es amonestado dos veces por la misma falta incumpliendo o violando las reglas de SSPA establecidas, se hará acreedor a no permitirle el acceso a la instalación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.
9.1 Pemex Petroquímica, comunicará verbal y/o por escrito a la Contratista, las indisciplinas en que incurran sus trabajadores, a manera de que ésta proceda a corregir las anomalías en un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad.
10. AUDITORIAS
10.1. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica se reservan el derecho de auditar el cumplimiento a lo estipulado en el presente reglamento, a través de las CCSIPA o SCSIPA, sin perjuicio de que los supervisores de dicha rama como representantes de Pemex Petroquímica hagan lo propio en el cumplimiento de su función, quedando facultados para suspender cualquier trabajo con riesgo que no se ejecute de conformidad con el presente documento.
10.2. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de los encargados en las instalaciones y/o equipos, tienen la facultad de prohibir el paso a sus instalaciones, a cualquier trabajador de la Compañía Contratista que carezca del equipo de protección personal mencionando en este reglamento, sin que esto represente un motivo de incumplimiento imputable a Pemex Petroquímica por el retraso de los trabajos, motivo de cada contrato.
10.3. Durante la realización de una auditoria por parte de Pemex Petroquímica, la Compañía Contratista brindará todas la facilidades y proporcionará la información que requiera el Auditor a efecto de que éste revise el cumplimiento de las normas contenidas en este reglamento, en el entendido de que cuando se detecte alguna anomalía, levantará un acta administrativa y pormenorizada en la que se describirá minuciosamente el incumplimiento. En dicha Acta, la Compañía Contratista asentará lo que en su derecho convenga, debiendo ser firmada por ambas partes y dos testigos. Si la Compañía se negara a firmar, se asentará este hecho. La falta de firma por parte de la Contratista, no invalidará este documento.
ANEXO 1
RESUMEN ESTADISTICO MENSUAL SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO (GS-1)
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ANEXO 2
REPORTE DE ACCIDENTES PERSONALES Y/O INDUSTRIALES DE COMPAÑIAS CONTRATISTAS
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A) Operativo: |
B) Construcción y/o Mantenimiento: |
C) S.I.P.A.: |
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Nombre: Cargo: |
Forma de distribución:
ORIGINAL .-CCSIPA o SCSIPA
COPIA.-OPERATIVO
COPIA.-CONSTRUCCION Y/O MANTENIMIENTO.
DOCUMENTO 20
FORMATO DE MANIFESTACION DE INTEGRACION NACIONAL DE MANO DE OBRA EN LOS SERVICIOS OFERTADOS, DERIVADO DE LA ESTRATEGIA PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS DE PETROLEOS MEXICANOS
__________de __________ de ______________
Pemex-Petroquímica.
P R E S E N T E
Licitación Pública Internacional No. 18578021-004-03
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Descripción de los trabajos a realizar |
Cantidad (hrs) |
Costo |
Mano de obra total (horas hombre totales (Y)) |
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Mano de obra nacional (horas hombre (X)) |
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Porcentaje de participación nacional en servicios (PPNS) |
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PPNS=(X/Y)*100
Y=Costo de la mano de obra (horas hombre) total requerida o utilizada en la prestación del servicio.
X=Costo de la mano de obra nacional (horas hombre) utilizada en la prestación del servicio
Para los casos en que la prestación de los servicios involucre bienes, el licitante deberá requisitar adicionalmente lo siguiente:
Con fundamento en lo establecido en los articulos 18 fraccion I y 19 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la informacion Publica Gubernamental, (nombre del representante) , en mi carácter de representante legal de (Nombre o Razon Social), entrego con el carácter de confidencial la informacion correspondiente al porcentaje de integracion nacional del (de los) siguiente(s) bien(es).
No. de material |
Descripcion |
% Integracion Nacional (0 a 100%) |
Xxxxx |
Xxxxxx adicionales, unicamente para distribuidores o comercializadores |
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Nombre o razon social del fabricante |
Origen del bien |
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La información proporcionada en este formato, será de uso exclusivo de Pemex Petroquímica, misma que será utilizada para registrar el contenido actual, así como para desarrollar la estrategia para incrementar el contenido nacional a que hace mención el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.
NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)___________________
NOMBRE DEL REPRESENTANTE:____________________________________
FIRMA: ______________________
CARGO: __________________________________________________
FECHA:_____________________
|
PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES |
HOJA No. 1 DE 1
DOCUMENTO 21
RELACIÓN DE PLANOS
LICITACIÓN No. 18578021-004-09 FECHA:
LICITANTE: ______________________________________________________________________
Xx. XXXXXX. |
X X X X X X X X I O N
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No. DEL PLANO |
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1 |
DIAGRAMA INDICATIVO DEL INCINERADOR II Y QUEMADOR DE GASES DE |
SIN NUMERO |
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ALTA RESISTENCIA, SIN ESCALA, SIN NÚMERO. |
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2 |
DIAGRAMA INDICATIVO DEL C.P. PAJARITOS Y SUS AREAS CIRCUNDANTES |
SIN NUMERO |
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SIN ESCALA, SIN NÚMERO. |
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FORMATO: FORMA LS-PA-001 REV. 5
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PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES |
Documento 22
Hoja 1 de 1
DATOS BASICOS DE MATERIALES O REFACCIONES QUE SE UTILIZARAN EN EL SERVCIO INSUMOS NECESARIOS PARA REALIZAR LOS TRABAJOS, ASÍ COMO INDICAR MARCA Y UNIDAD.
LICITACIÓN No. 18578021-004-09 FECHA:
LICITANTE:
No. |
Descripción del Concepto |
Marca |
Unidad |
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EL LICITANTE DEBERA RELACIONAR LOS MATERIALES, REFACCIONES E INSUMOS NECESARIOS PARA REALIZAR LOS TRABAJOS, ASI COMO INDICAR MARCAS Y UNIDAD.
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El no presentar éste formato, no es motivo de desechamiento |
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PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES |
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Documento 23
RELACIÓN DE NORMAS
LICITACIÓN No 18578021-004-09 FECHA:
SERVICIO:
SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANALISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS Y COMPUESTOS ORGANICOS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS
EL PROVEEDOR DEBERA DE CUMPLIR CON TODA LA NORMATIVIDAD INDICADA EN LAS BASES TECNICAS DE ESTA REQUISISCION.
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PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES |
HOJA 1 DE 1
Documento 24
RELACION DE EQUIPO QUE PROPORCIONARA EL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS
LICITACIÓN No. 18578021-004-09 FECHA:
SERVICIO: SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANALISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS Y COMPUESTOS ORGANICOS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS
D E S C R I P C I O N
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C A N T I D A D
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ADAPTADOR PARA CONEXIÓN ELECTRICA A PRUEBA DE EXPLOSION |
UNO |
GRUA CON CANASTILLA METALICA |
UNA |
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PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES |
HOJA 1 DE 1
Documento 25
RELACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO MÍNIMO QUE PROPORCIONARA EL PROVEEDOR
LICITACIÓN No. 18578021-004-09 FECHA:
SERVICIO: SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANALISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS Y COMPUESTOS ORGANICOS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS
EQUIPO (MÍNIMO) |
PROPIETARIO |
MARCA |
No. DE SERIE |
UBICACIÓN |
MODELO |
VIDA UTIL |
ESTE FORMATO DEBERA LLENARLO EL LICITANTE DE ACUERDO A LO INDICADO EN SU PROPUESTA |
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PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES |
HOJA 1 DE 1
Documento 26
MATERIALES O REFACCIONES QUE PROPORCIONARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS PARA EL SERVICIO
LICITACIÓN No. 18578021-004-09 FECHA: 06-JUL-2009
SERVICIO: SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANALISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS Y COMPUESTOS ORGANICOS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS
No. |
Descripción del Concepto |
Cantidad |
Unidad |
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EL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS NO PROPORCIONARA MATERIAL ALGUNO.
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COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS AUDITORIA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL SUPERINTENDENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL |
DOCUMENTO 27
Nombre de servicio: SERVICIO DE RECOLECCION DE MUESTRAS, ANALISIS Y RESULTADOS DE CONTAMINANTES QUIMICOS, HIDROCARBUROS Y COMPUESTOS ORGANICOS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS
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Fecha: 12-Mayo-2009 |
Hoja 1 de 1 |
ACTIVIDAD
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ASPECTO AMBIENTAL |
CONTROL OPERACIONAL |
MANEJO DE CONTENEDORES DE GASES PARA CALIBRACION DE EQUIPOS
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EMISION DE GASES |
REGLAMENTO LGEEPA EN MATERIA DE CONTAMINACION A LA ATMOSFERA |
USO DE FRASCOS, MATERIAL DE MUESTREO, MATERIA DESECHABLE
|
GENERACION DE RESIDUOS |
400-ACSIPA-CR-12 |
USO DE VEHICULO DENTRO DE LAS INSTALACIONES
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GENERACION DE GASES DE COMBUSTION |
400-ACSIPA-CR-15 |
TRASLADOS MUESTRAS
|
POTENCIAL DERRAME DE RESIDUOS SOLIDOS Y LIQUIDOS |
400-ACSIPA-CR-12 |
USO DE EQUIPOS ELECTRICOS
|
CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA |
400-ACSIPA-CR-10 |
ACTIVIDADES DIVERSAS PERSONALES
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GENERACION DE RESIDUOS URBANOS |
400-ACSIPA-CR-12 |
USO SANITARIO S |
CONSUMO DE AGUA |
400-ACSIPA-CR-11 |
Xxxxxxxxxx Xxxxxx X. Responsable del Área |
Firma |
Ing. Xxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Jefe Protección Ambiental |
Firma |
Formato: 431-DPA-FO-01, Rev. 3
Fecha de Revisión: 14-DIC-06
DESCRIPCIÓN DE LLENADO
ACTIVIDAD.- Actividad que realizará el prestador de servicios y con la cual pudiera generar un aspecto ambiental.
ASPECTO AMBIENTAL.- Nombre del aspecto que pueda provocar un impacto ambiental.
CONTROL OPERACIONAL.-Identificación de la instrucción operativa con la que se va a controlar el o los aspectos ambientales.
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PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES
PROGRAMA DE UTILIZACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO- (DOCUMENTO 28)LICITACIÓN No. 18578021-004-09LICITANTE: HOJA 1 DE 1 |
No.
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EQUIPO |
TIEMPO EN DIAS 1 |
OBSERVACIONES |
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ESTE FORMATO LO DEBERA DE LLENAR EL PROVEEDOR DE ACUERDO A LO SOLICITADO EN LAS BASES TECNICAS DE ESTA REQUISICION. |
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Documento 29
Manifiesto de la información reservada y/o confidencial
(Preferentemente en papel membretado del licitante)
Hoja 1 de X
PEMEX PETROQUIMICA
PRESENTE:
En referencia a las bases de licitación pública internacional N°. 18578021-004-09, que PEMEX PETROQUIMICA lleva a cabo para la adjudicación del contrato de SERVCIO, para los trabajos consistentes en: ___________________________________________________________-
[NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL] en mi carácter de representante legal de [NOMBRE DEL LICITANTE], manifiesto que la información correspondiente a la propuesta técnico-económica presentada esta debidamente clasificada en los términos de lo dispuesto en los Capítulos III de la Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental, IV, V y VI de su Reglamento así como por los Lineamientos Generales para la Clasificación y Desclasificación de la Información de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.
Lo anterior derivado de lo dispuesto en los artículos 2 y 3, apartados III.-Documentos y V.-Información; de la Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Relación de Anexos de la Propuesta Clasificados
Anexo No. |
Carácter de la Información. |
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Fechado a los ______ días del mes de ______________ de _____.
Protesto lo necesario
__________________________
[NOMBRE DEL LICITANTE]
[NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O REPRESENTANTE COMÚN]
La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.
Sesión No. 363 Caso No. 03, de fecha 15-JUL-2009
Página 24