COFICAB TÉRMINOS Y CONDICIONES DE COMPRA
COFICAB TÉRMINOS Y CONDICIONES DE COMPRA
1. ALCANCE. Los siguientes Términos y Condiciones de Compra, están destinados a regular la relación entre el comprador, incluyendo sus entidades y partes relacionadas, referidas en el presente como (“COFICAB”) y su proveedor, referido en el presente como (“Proveedor”). Estos términos aplican a todas las compras de COFICAB, excepto cuando se acuerde de otro modo por escrito por COFICAB.
Las compras son referidas como (“Suministros”) y consisten en productos tales como materia prima, consumibles, herramientas, equipo, o partes (“Productos”), o Servicios (“Servicios”), según se determine en cada orden o acuerdo que se refiera a estos Términos y Condiciones de Compra.
2. ACEPTACIÓN. Estos Términos y Condiciones se presumen aceptados por el Proveedor, sin ninguna reserva o modificación, al aceptar la orden.
3. ORDEN. Los Suministros de COFICAB se compran de manera obligatoria a través de una orden ("Orden"), misma que puede ser emitida para una cantidad y precio específico de acuerdo con el tiempo y programación de entrega especificado por COFICAB ("Orden Cerrada") o para una cantidad estimada de Suministros identificados para ser entregados en un periodo de tiempo de acuerdo con un programa de entregas especificado por COFICAB ("Orden Abierta").
La Orden se materializa mediante una orden de compra ("Orden de Compra") debidamente establecida y enviada por correo u otros medios aceptados.
Cada Orden emitida bajo estos Términos y Condiciones será considerada como aceptada por el Proveedor mediante reconocimiento escrito o por la ejecución de la Orden. Ejecución de la Orden significa el envío de Suministros, inicio de trabajo sobre Suministros o cualquier otra conducta del Proveedor a través de la cual se reconozca la existencia de un contrato relacionado a la Orden.
4. ACUERDO COMPLETO. ORDEN DE PRIORIDAD. Estos Términos y Condiciones de Compra, junto con la Orden de Compra y documentos relacionados ("Documentos Contractuales"), constituyen el acuerdo completo entre COFICAB y Proveedor. Los Documentos Contractuales son documentos relacionados a la Orden, mismos que son emitidos dentro del proceso de abastecimiento y compra entre ambos, COFICAB y Proveedor, e incorporados a la Orden de Compra. Los Documentos emitidos por el Proveedor no pueden ser considerados como Documentos Contractuales a menos que sean expresamente aprobados por escrito por COFICAB. Estos Términos y Condiciones, junto con la Orden de Compra y los Documentos Contractuales, prevalecen y reemplazan, salvo que COFICAB indique lo contrario, a:
(i) los términos y condiciones del Proveedor a través de los cuales declara, al aceptar la Orden que tiene total conocimiento y acepta los Términos y Condiciones de Compra sin reservas;
(ii) cualquier otra condición contenida en, o mencionada en, las negociaciones entre COFICAB y Proveedor, o que el Proveedor de otra forma o en otra parte busque imponer; o
(iii) las reglas implícitas, practicas, o costumbres de comercio. En caso de que exista un conflicto o inconsistencia entre estos Términos y Condiciones de Compra, la Orden de Compra y otros términos acordados que aparezcan en los Documentos Contractuales, el siguiente orden de importancia deberá observarse, cualquier disposición contraria quedará, a través del presente, excluida o eliminada, salvo que COFICAB los acepte:
A. La Orden de Compra.
B. Los Documentos Contractuales.
C. Estos Términos y Condiciones de Compra.
La compra y recepción de los Suministros no constituye, en ninguna manera, una aceptación de ninguna condición no acordada por COFICAB.
5. ENTREGA. El Proveedor reconoce la importancia de la puntualidad y el cumplimiento de los plazos en la entrega de los productos. Los Suministros se entregarán de conformidad con los términos establecidos en la Orden de Compra. COFICAB se reserva el derecho de revisar los Suministros entregados antes de aceptar la recepción final sin reservas o reclamaciones. La aceptación final se llevará a cabo dentro de tiempos razonables.
A pesar de la responsabilidad del Proveedor por el incumplimiento de los términos contractuales y por la entrega de productos defectuosos, en caso de la inconformidad de una entrega (i.e., incumplimiento en el tiempo de entrega, entrega incompleta o en exceso, incumplimiento con la Orden o especificaciones), COFICAB se reserva el derecho a rechazar por medio de una simple carta, correo electrónico, fax o cualquier otro medio acordado, los Suministros sujetos a la Orden. Los Suministros rechazados serán devueltos al Proveedor a su propio costo y riesgo dentro de los quince (15) días siguiente a partir de la notificación del rechazo de la entrega. El Proveedor se hará cargo del pago de una penalización por inconformidad de entrega a la tasa predeterminada en la Orden de Compra y se le podrá requerir indemnice a COFICAB por todos los reclamos y/o costos adicionales relacionados al incumplimiento de su obligación de entregar en tiempo.
COFICAB también tiene derecho a cancelar la Orden de acuerdo con las disposiciones de estos Términos y Condiciones de Compra.
6. INVENTARIO DE RESERVA. PLAN DE CONTINGENCIA. Cuando así lo requiera COFICAB, le podrá pedir al Proveedor que mantenga un inventario de reserva. Los términos para mantener inventario de reserva serán acordados entre COFICAB y el Proveedor.
Cuando sea determinado por COFICAB, podrá requerirse al Proveedor que implemente un plan de contingencia para evitar cualquier interrupción en la entrega de Suministros. Sin perjuicio a disposiciones de Fuerza Mayor, la falta de cumplimiento con compromisos establecidos en el plan de contingencia será considerada como una violación grave de las obligaciones contractuales, facultando a COFICAB terminar la Orden en las condiciones establecidas por el presente.
7. CONTROL DE CALIDAD. DERECHO A AUDITAR. El Proveedor deberá cumplir requisitos para el Sistema de Administración y Calidad Ambiental incluidos en el “Manual de Control de Calidad del Proveedor” o “Manual de Control Calidad del Proveedor Indirecto” emitidos por COFICAB y firmado por el Proveedor, y cuando resulte necesario, los requisitos de los clientes de COFICAB, además de cualquier requisito legal y regulatorio de calidad aplicable.
El Proveedor se compromete en participar activamente en el desarrollo de programas de calidad de COFICAB cuando lo así lo requiera COFICAB.
Los requerimientos para administrar asuntos de calidad, investigaciones, y reclamaciones, adicionales a los términos de resolver reclamos de calidad, se encuentran especificados en el “Manual de Control de Calidad del Proveedor” o “Manual de Control de Calidad del Proveedor Indirecto” emitido por COFICAB y firmado por el Proveedor. Los acuerdos relacionados con reclamaciones de calidad y reembolsos de costos relacionados a tales reclamaciones serán reembolsados por el Proveedor de acuerdo con los Términos acordados dentro del “Manual de Aseguramiento de Calidad del Proveedor” o del “Manual de Aseguramientos de Calidad del Proveedor Indirecto”.
El Proveedor se encuentra obligado a proporcionar todo el apoyo razonablemente solicitado por COFICAB para abordar de inmediato y corregir las inquietudes con respecto a la calidad de los Suministros solicitados.
El Proveedor proporcionará recursos adicionales, según sean necesarios e identificados por COFICAB, para respaldar el desarrollo y la validación de productos y procesos, el lanzamiento de la producción y para resolver cualquier problema que pueda poner en peligro la eficacia de la producción de COFICAB.
El Proveedor otorgará a COFICAB el derecho ilimitado y sin trabas para auditar todos los registros relevantes, instalaciones, procesos, o material del Proveedor.
El alcance de la auditoría, programación, frecuencia y métodos, serán acordados entre COFICAB y el Proveedor
incluidos dentro del “Manual de Control de Calidad del Proveedor” o “Manual de Aseguramiento de Calidad del Proveedor Indirecto” emitido por COFICAB y firmado por el proveedor.
Cualquier limitación a este derecho podrá ser considerada como una grave violación de las obligaciones contractuales, lo que dará derecho a COFICAB de terminar de inmediato la Orden de conformidad con estos Términos y Condiciones de Compra.
8. INSPECCIONES DE MUESTRAS. Si así lo requiere COFICAB, el Proveedor deberá someter para su aprobación, muestras de los productos, la fabricación de Productos no deberá iniciar hasta en tanto COFICAB haya aprobado por escrito las muestras. COFICAB podrá retener las muestras hasta que los Productos hayan sido entregados y aceptados.
9. EMPAQUE. En ausencia de requisitos logísticos específicos acordados con COFICAB, el Proveedor deberá entregar los Productos con un empaque adaptado a su naturaleza, forma de transportación y almacenamiento, a fin de asegurar su entrega en perfectas condiciones.
Cada unidad de empaque deberá etiquetarse de manera externa, legible y con la información prescrita por las regulaciones de transportación y producto aplicables, y, cuando resulten aplicables, regulaciones aduanales, así como indicaciones respecto a condiciones particulares de manejo y almacenamiento.
Además, la información del número de Orden de Compra, el número de lote, designación de Productos, nombres y direcciones del remitente y destinatario, cantidad y peso neto bruto y neto también debe aparecer claramente en las etiquetas.
La entrega vendrá acompañada de una nota de entrega en duplicado para la identificación de los Productos y su control cuantitativo, acompañado, de ser necesario, por hojas de datos de seguridad.
Cualquier daño, (rotura, faltante, etc.) que afecte los Productos como resultado de un empaque inapropiado, será cubierto por el Proveedor.
10. TRANSFERENCIA DE RIESGO Y TITULARIDAD. La transferencia de riesgo y titularidad ocurre en la aceptación final por parte de COFICAB de los Productos entregados, con independencia de los términos acordados para la entrega, INCOTERMS incluidos.
Al aceptar estos Términos y Condiciones de Compra, el Proveedor renuncia a reclamar cualquier retención de propiedad sobre los Productos entregados, cualquier disposición en contario será considerada nula.
11. PRECIO. Los Precios acordados se indican en la Orden de Compra o en otro(s) documento(s) a los que la Orden de Compra refiera. A menos que se indique otra cosa
en la Orden de Compra, los precios aplicables serán DAP
(INCOTERMS 2020), sin incluir impuestos.
Salvo que se acuerde otra cosa entre COFICAB y el Proveedor, los precios serán fijos, definitivos, no-revisables, y no pueden ser modificados sin previo y específico acuerdo por escrito de COFICAB.
Cualquier aumento de precio solicitado por el Proveedor y no acordados con COFICAB puede derivar en la terminación anticipada de la Orden por parte de COFICAB en las condiciones determinadas en los presentes Términos y Condiciones de Compra sin perjuicio de otros recursos disponibles que COFICAB pueda promover.
12. COMPETITIVIDAD. Si COFICAB recibe cotizaciones con términos más competitivos (incluyendo, entre otros, costos, precio, tecnología, diseño y calidad) comparados con aquellos ofrecidos por el Proveedor, este último será invitado a igualar su oferta con la más competitiva, dentro de un período de tiempo razonable según sea notificado por COFICAB.
En el caso de que una discusión para revisar los términos de suministro concluya sin éxito, COFICAB podrá terminar anticipadamente la Orden de conformidad con estos Términos y Condiciones de Compra y adquiera los Suministros con otro Proveedor sin responsabilidad ninguna.
13. PAGO. Salvo que se acuerde algo distinto, los Suministros serán pagados mediante transferencia bancaria, dentro de los 60 días siguiente a la recepción de la factura. La factura de los Suministros entregados deberá contener el numero de la Orden de Compra y todos los detalles que permitan la identificación y control de Suministros y será enviada a la dirección de cobro especificada en la Orden de Compra.
COFICAB se reserva el derecho de compensar sumas que, adeudadas por el Proveedor, bajo cualquier escenario, con relación a la Orden.
14. RESPONSABILIDAD. El Proveedor está vinculado por una obligación de resultado o de cuidado dependiendo de la naturaleza de los Suministros requeridos y, a este respecto, asume completamente la responsabilidad por los Suministros, su diseño, proceso de fabricación y selecciones técnicas que realizar para su implementación así como para las condiciones de uso para los que son objeto, para lo cual, el Proveedor declara contar con perfecto control para cualquier asistencia que COFICAB pudiera requerir durante el desarrollo de los Suministros objeto de la Orden.
El Proveedor garantiza los Suministros contra cualquier inconformidad con la Orden, las especificaciones técnicas cuando fueran solicitadas por COFICAB y el propósito para el cual fueron destinados, ya sea como resultado de un defecto en el diseño, material o mano de obra, y en lo general contra cualquier defecto aparente u oculto.
15. GARANTÍA. El período de garantía inicia a partir de la fecha de la aceptación final de los Suministros con independencia de los términos acordados (INCOTERMS incluidos) y será vigente a partir de lo que resulte mayor
entre (i) el período de garantía estándar previsto por las leyes aplicables, o (ii) el período de garantía que el Proveedor otorga a COFICAB.
Los términos de garantía serán los que resulten más favorables para COFICAB entre (i) esos previstos por las leyes aplicables, o (ii) los términos de garantía que el Proveedor otorga a COFICAB.
16. INDEMNIZACIÓN. RECURSOS. El Proveedor indemnizará, y sacará en paz y a salvo a COFICAB contra cualquiera daño físico, material o intangible, incluyendo cualquier daño a la imagen de su marca y cualesquiera costos directos o indirectos, resultado del incumplimiento de sus obligaciones.
Sin perjuicio a cualesquiera otros recursos disponibles por COFICAB, el Proveedor, según COFICAB lo prefiera, indemnizará, reembolsará o repondrá, los Suministros defectuosos sin cargo alguno, además, a menos que se acuerde otra cosa, indemnizará a COFICAB por los costos indirectos incurridos por COFICAB resultando del incumplimiento de obligaciones del Proveedor, incluyendo entregas realizadas y puntuales tales como, entre otros, costos por mano de obra, de selección, provisionales, por almacenaje, y costos de transporte, al ordenar Suministros incluyendo equipos de un tercero, campañas de retiro, responsabilidad por productos, pérdidas financieras, pérdida de ingresos, pago de sumas adeudadas a clientes de COFICAB derivados del incumplimiento de obligaciones de COFICAB.
En caso de notificación de Suministros defectuosos, COFICAB podrá retener pagos dentro del límite del valor de los Suministros entregados defectuosos.
Sin perjuicio de cualquier otro recurso disponible, cualquier pago adelantado hecho por COFICAB relacionado con una entrega que en su momento pudiera considerarse que no cumple con lo requerido, será reembolsado.
17. TRANSFERENCIA DE ORDEN. La Orden no puede ser subcontratada, total o parcialmente, directa o indirectamente, sin el acuerdo previo y expreso por escrito de COFICAB. Si el Proveedor está autorizado para subcontratar toda o parte de la Orden a uno o varios subcontratistas, el Proveedor sigue siendo el único y pleno responsable ante COFICAB de la ejecución de la Orden y del cumplimiento de estos Términos y Condiciones de Compra.
El Proveedor deberá defender e indemnizar a COFICAB por cualquier reclamación presentada contra los subcontratistas o formulada por estos últimos contra el Proveedor o COFICAB. Las partes acuerdan que no existe ni habrá ninguna relación laboral entre COFICAB y el personal del PROVEEDOR, por lo tanto, el PROVEEDOR está obligado a cumplir puntual, exacta y fielmente todas las obligaciones impuestas por las leyes y regulaciones aplicables al PROVEEDOR en su calidad de empleador de su personal.
El PROVEEDOR se compromete a indemnizar y eximir de responsabilidad a COFICAB en caso de cualquier reclamación laboral derivada del Trabajo, presentada por cualquier trabajador o empleado del PROVEEDOR, así como cualquier reclamación presentada por el ‘Instituto Hondureño de Seguro
Social (IHSS) y el Régimen de Aportaciones Privadas (RAP) debido al incumplimiento del PROVEEDOR en el pago de las cuotas correspondientes.
El PROVEEDOR será el único responsable de garantizar que su personal extranjero tenga la documentación de inmigración adecuada requerida por las autoridades Hondureñas para poder ingresar y prestar servicios dentro de la República de Honduras.
El PROVEEDOR deberá indemnizar y eximir a COFICAB de pérdidas, costos, gastos, impuestos, recargos, multas, demandas, reclamaciones, pagos, demandas, recuperaciones y sentencias de cualquier naturaleza y descripción presentadas contra él por motivo de cualquier acto u omisión del PROVEEDOR, sus agentes o empleados, incluyendo las consecuencias legales.
18. SUBCONTRATACIÓN. El Proveedor no podrá ceder y/o transferir, desde ningún punto de vista, ya sea en su totalidad o en parte, la ejecución de la Orden sujeta a los presentes Términos y Condiciones de Compra, a menos que COFICAB exprese previamente su autorización por escrito.
En el caso de que haya un cambio directo o indirecto del control o transferencia del negocio del Proveedor, COFICAB tiene el derecho de cancelar la Orden en curso.
La Orden no puede ser subcontratada, ya sea en su totalidad o en parte, directa o indirectamente, sin el consentimiento previo y expreso de COFICAB.
Si se autoriza al Proveedor subcontratar total o parcialmente la Orden por uno o varios subcontratistas, el Proveedor continua único y total responsable hacia COFICAB por la ejecución de la Orden y el respeto de estos Términos y Condiciones de Compra.
El Proveedor tendrá que defender e indemnizar a COFICAB por cualquier demanda hecha contra los subcontratistas o hecha por estos más tarde contra el Proveedor de COFICAB.
19. FUERZA MAYOR. En caso de evento de Fuerza Mayor impida o retrase completa o de manera parcial la ejecución de la Orden, la porción en incumplimiento se exentará de la responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones contractuales por el período en que tal cumplimiento se impedido o retrasado derivado del evento de Fuerza Mayor, de acuerdo a las provisiones legales aplicables. La exención de responsabilidad no resulta aplicable si, la imposibilidad o retraso es causada por una de las partes, invocando el evento de Fuerza Mayor.
Sin perjuicio de lo previsto por la legislación aplicable, COFICAB y el Proveedor acuerdan que Fuerza Mayor significa un evento fuera de su control, que no se puede prever o superar, ocurrido después de la Orden, y que impida en su totalidad o en parte el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
La parte que invoque Fuerza Mayor deberá notificar la existencia del evento a la otra parte dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a su ocurrencia e indicar la fecha esperada en la que se reanudará el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
El aviso deberá hacerse por medios escritos acompañado por documentos de soporte cuando se requieran.
A menos que se notifique según se indica, la parte incumpliendo es responsable por el daño causado a la otra parte, ya que se considera haber fallado en probar la existencia del evento de Fuerza Mayor.
20. PROPIEDAD INTELECTUAL. El Proveedor es responsable totalmente y en lo personal por la validez de sus derechos de propiedad intelectuales e industriales relacionados con el objeto del Suministro de la Orden y su uso libre por terceras personas, en cuanto a derechos de propiedad intelectual e industrial.
El Proveedor garantiza a COFICAB frente a cualquier reclamación planteada por terceros.
Cuando una acción iniciada por un tercero con el propósito de prohibir, limitar, o modificar el uso, comercialización o venta de los Suministros, el Proveedor será el único responsable por todas las consecuencias perjudiciales que pudieran resultar de esta acción, incluyendo cualquier daño en la reputación o a la imagen de la marca de COFICAB.
En caso de violación de los derechos de propiedad intelectual e industrial por parte del Proveedor, éste indemnizará a COFICAB por la totalidad de los daños ocasionados por el incumplimiento total o parcial del contrato entre COFICAB y sus clientes en relación con los Suministros solicitados. incluidas las reparaciones que COFICAB adeudará a sus clientes en caso de incumplir satisfactoriamente sus compromisos con ellos, así como los costos adicionales en que incurra por una modificación necesaria de los Suministros y/o procesos que incorporen o requieran para su ejecución estos Suministros. COFICAB también tendrá la opción de terminar el Pedido de manera anticipada de conformidad con los presentes Términos y Condiciones de Compra.
21. DURACIÓN. La Orden Cerrada expira a la entrega de la cantidad acordada. La Orden Abierta expira a la entrega de las cantidades acordadas o al expirar el periodo de tiempo señalado.
22. TERMINACIÓN. El acuerdo de COFICAB y el Proveedor terminará, sin necesidad de intervención judicial, si cualquiera de ellos se declara insolvente, en bancarrota, o inicia procesos de liquidación, o cede sus derechos y obligaciones sin el consentimiento previo de la otra parte.
La Orden puede ser cancelada anticipadamente por COFICAB sin aviso o procedimiento alguno derivado de una violación grave contractual. Para que esta disposición tenga fundamento, una violación grave será tal evento, donde el Proveedor incumple una obligación contractual y en tomar medidas adecuadas para subsanar el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, después de un aviso razonable por parte de COFICAB.
La Orden podrá ser cancelada anticipadamente en cualquier momento de manera discrecional por COFICAB a los 30 días posteriores a la fecha de recepción del Proveedor de un aviso de cancelación por escrito.
Este período podrá, sujeto un acuerdo expreso entre COFICAB y el Proveedor, disminuirse o ampliarse de acuerdo a las especificaciones de la Orden.
En cualquier caso, durante el período del aviso, la Orden deberá ser cumplida bajo las mismas condiciones contractuales aplicables al tiempo de la cancelación., en particular aquellas respecto a precio y entrega.
La cancelación no elimina la responsabilidad contractual, cada parte se encuentra vinculada a cumplir todas sus obligaciones respecto de la ejecución de la otra parte y de sus propias acciones, incluyendo aquellas contrarias a los términos previamente acordados a la fecha de cancelación.
En cualquier caso y por cualquier motivo, el Proveedor no podrá dejar de ejecutar abruptamente la Orden y se compromete, mediante la aceptación de los presentes Términos y Condiciones de Compra, en participar para asegurar la continuidad de la ejecución de las obligaciones de COFICAB hacia sus clientes hasta la entrega de los Suministros objeto de una Orden cancelada por un Proveedor sustituto.
23. SEGURO. El Proveedor contratará de una empresa solvente y con una trayectoria reconocida cualquier Seguro que resulte necesario, ya sea obligatorio o requerido por COFICAB, de acuerdo con las condiciones fijadas por COFICAB y proporcionará una póliza válida a la primera solicitud de COFICAB. El Seguro no constituye, en ningún caso, un límite en la responsabilidad del Proveedor.
24. CONFIDENCIALIDAD. El Proveedor no deberá proporcionar a terceros ninguna información respecto de COFICAB. La información necesaria para el desempeño de la Orden solo deberá darse a sus empleados y con base en la necesidad de saberla. COFICAB y el Proveedor acuerdan no usar información ni contactos que sean el resultado de su actividad conjunta para beneficio propio de modo que pudiera causar daño, directa o indirectamente entre ellos, ni durante la ejecución de la Orden ni después de terminada la misma.
25. PROTECCIÓN DE DATOS. COFICAB y el Proveedor deberán cumplir con sus respectivas obligaciones bajo cualquier legislación relevante de protección de datos y ninguno de ellos llevará a cabo acciones que conlleven como resultado que la otra parte caiga en incumplimiento a de dicha legislación.
Estos Términos & Condiciones de Compra están relacionados con una relación de negocios que no contempla incluir ningún procesamiento de datos personales. Los detalles de contacto de negocios del personal del Proveedor involucrados en las transacciones sujetas a estos Términos & Condiciones de Compra, tales como teléfono y cuentas de correo electrónico, serán usadas por COFICAB solo respecto de las transacciones o relaciones de negocios entre el Proveedor y COFICAB. El Proveedor garantiza que los contactos e información de negocios proporcionada a COFICAB para efectos del presente, cumple con todas las leyes de protección de datos vigentes y autoriza a COFICAB a guardar y usar dichos datos y
comunicarlos a las compañías dentro de su grupo, sus agentes y aseguradores, proveedores de servicios o subcontratistas, solo en los casos en que sean necesarias para las transacciones. El Proveedor se compromete a avisar de inmediato a COFICAB sobre cualesquiera restricciones al uso de los datos que le sean proporcionados.
26. CUMPLIMIENTO. El Proveedor acepta, en todo momento, con respecto a, y durante el curso del desempeño de la Orden, cumplir y tomar medidas razonables para que sus subcontratistas, agentes u otras terceras partes que sean sujetas a su control o influencia decisiva cumplan con las leyes vigentes, regulaciones y estándares, en particular aquellos relativos a asegurar un entorno laboral seguro e integridad de negocios.
El Proveedor está comprometido a entregar los Suministros cumpliendo con los estándares y prácticas aplicables a su campo de actividades, y, cuando se requiera, con los aplicables al campo de actividades de COFICAB, en particular respecto a conformidad del producto, higiene, seguridad, protección Ambiental, y leyes laborales vigentes en cada uno de los países de producción y entrega de los Suministros, además de las instrucciones y requisitos exigidos por COFICAB, a saber, los provistos en los "Requisitos EHS para Proveedores de Productos y Subcontratistas" mismos que se incorporan a los presentes por referencia y se entenderán como debidamente suscritos -en su última versión- por el Proveedor.
El Proveedor será responsable de todas las consecuencias directas e indirectas y mantendrá a COFICAB libre y a salvo contra cualquier demanda que resulte del incumplimiento de los requerimientos antes mencionados.
Durante su relación de negocios con COFICAB, el Proveedor deberá tener y mantener válidas todas las certificaciones de calidad y permisos requeridos por COFICAB.
27. LEYES Y JURISDICCIÓN APLICABLES. Si surge una disputa inherente a la interpretación o ejecución de estos Términos y Condiciones de Compra de la Orden, COFICAB y el Proveedor buscarán de buena fe, llegar a una solución amigable previa a cualquier litigio.
Salvo lo expresamente acordado por escrito, COFICAB no está de acuerdo en tomar parte en un proceso de arbitraje para resolver cualesquier disputas relacionadas con cualquier asunto de cualquier tipo con el Proveedor.
La ley aplicable a la disputa será la xxx xxx xxxx que corresponda a la oficina registrada de COFICAB que emitió la Orden de Compra sujeta al asunto de la disputa, con jurisdicción exclusiva otorgada a las xxxxxx xxx xxxxx de esa oficina registrada.