PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Nombre del organismo contratante | MINISTERIO PÚBLICO FISCAL PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN |
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: Licitación Privada | Nº: 15 | Ejercicio: 2015 |
Clase: De Etapa Única Nacional | ||
Modalidad: Sin Modalidad | ||
Expediente Nº: A 4006/2015 | ||
Rubro comercial: Indumentaria Textil y Confecciones | ||
Objeto de la contratación: Adquisición de Ropa de Trabajo | ||
Costo xxx Xxxxxx: Sin Costo |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Lugar/Dirección | Plazo y Horario |
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN Unidad Operativa de Contrataciones Xx. xx Xxxx 000, Xxxx 0x, Xxxxxxx 000/0, XXXX | Hasta el 01 de Diciembre de 2015 hasta las 10:30 horas. |
ACTO DE APERTURA
Lugar/Dirección | Día y Hora |
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN Unidad Operativa de Contrataciones Xx. xx Xxxx 000, Xxxx 0x, Xxxxxxx 000/0, XXXX | El 01 de Diciembre de 2015 a las 11:00 horas. |
ESPECIFICACIONES
Renglón | Cant. | Unidad | Descripción |
1 | 186 | Un. | Remera de manga corta color gris claro o xxxx Xxxxxxx, con cuello tipo “polo chomba”. 100% algodón. Tela xxxxx. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
2 | 192 | Un. | Pantalón de trabajo tipo cargo (marca Ombú o similar). Color azulino o xxxx xxxxxx. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
3 | 71 | Un. | Zapato de seguridad tipo marca Pampero Argentino PU. de uso intensivo, dieléctrico o similar, con puntera xx xxxxx, en cuero xxxx, xxxxx de poliuretano, horma amplia. Color marrón o negro. Sello Norma IRAM 3610 obligatorio. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
4 | 45 | Un. | Zapatillas para dama de lona (xxxxx Xxxxxx o similar). Capellada 100% algodón. Suela de goma. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
5 | 122 | Un. | Camisa de trabajo grafa (tipo marca Ombú o similar). Color azulino o xxxx xxxxxx. Manga larga. Tela de algodón 100% / Sarga 2/1 o tela de algodón reforzado / Poliéster 35% y algodón 65%. Cerrada en 2 costuras. Hilo mercerizado al tono. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
6 | 62 | Un. | Xxxx xx xxxxx. 100% algodón. Color xxxx xxxxxx. Cuello redondo. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
7 | 90 | Un. | Ambo unisex tela arciel. Chaqueta con bolsillo superior y dos bolsillos laterales. Pantalón náutico con dos bolsillos laterales y dos bolsillos traseros. Color xxxx xxxxxx o gris. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
8 | 11 | Un. | Campera de trabajo tela Trucker. Impermeable, con capucha. Color xxxx xxxxxx. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
9 | 20 | Un. | Ambo (saco y pantalón) para hombre. Corte recto, tiro medio. Color xxxx xxxxxx, liso. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
10 | 60 | Un. | Camisa tipo empleado de seguridad para hombre, manga larga. 100% algodón. Con charreteras en hombros. Dos bolsillos con tapas. Color blanco. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
11 | 20 | Un. | Sweater escote en V para hombre. Color negro. Manga larga. Cintura y puño elastizados. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
12 | 20 | Un. | Cinturón para hombre. Color negro, liso. 100% xxxxx xx xxxx. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
13 | 20 | Un. | Corbata de poliéster, largo aprox 150 cm, ancho aprox. 5 cm. Color negro, liso, satinado. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
14 | 6 | Un. | Ambo (saco y pantalón) para mujer. Corte recto, tiro medio. Color xxxx xxxxxx, liso. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
15 | 18 | Un. | Camisa tipo empleado de seguridad para mujer, manga larga. 100% algodón. Con charreteras en hombros. Dos bolsillos con tapas. Color blanco. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
16 | 6 | Un. | Sweater escote en V para mujer. Color negro. Manga larga. Cintura y puño elastizados. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
17 | 6 | Un. | Cinturón para mujer. Color negro, liso. 100% xxxxx xx xxxx. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1: NORMATIVA APLICABLE – ORDEN DE PRELACIÓN
La presente licitación se regirá por las normas contenidas en el Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14, la Resolución PGN Nº 1459/2015, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición Nº 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones, el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, la Oferta, las Muestras que se hubieren acompañado (en caso de corresponder) y la Orden de Compra.
ARTÍCULO 2: ORGANISMO CONTRATANTE
El organismo contratante es el MINISTERIO PÚBLICO FISCAL – PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 3: OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La presente contratación tiene por objeto la ADQUISICIÓN DE ROPA DE TRABAJO, debiendo ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 4: OBTENCIÓN XXX XXXXXX
A los efectos de obtener el pliego, los interesados deberán proceder de la siguiente manera:
1. El pliego podrá ser retirado personalmente en la Unidad Operativa de Contrataciones de la Procuración General de la Nación, sita en Xx. xx Xxxx 000, Xxxx 0, Xxxxxxx 000/0, X.X.X.X., hasta el día y hora establecidos para la presentación de las ofertas, de lunes a viernes de 09:00 a 16:00 horas.
2. Los interesados podrán descargar el pliego del sitio web del Ministerio Público Fiscal, xxx.xxx.xxx.xx; quienes opten por esta metodología, deberán comunicar la obtención del mismo a la dirección xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx indicando: clave única de identificación tributaria (CUIT), razón social o nombre y apellidos completos y los datos del procedimiento de selección de que se trate.
3. Los oferentes, en oportunidad de retirar o descargar el pliego, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse.
4. Quienes al momento de descargar o retirar el pliego no informen los datos indicados en los puntos 2 y 3 del presente artículo, no podrán alegar el desconocimiento de las circulares que se hubiesen dictado conforme el artículo siguiente.
ARTÍCULO 5: CONSULTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las consultas respecto xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, deberán efectuarse únicamente por presentación escrita ante la Unidad Operativa de Contrataciones, en la dirección consignada en el artículo anterior, o bien por correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.
Las consultas podrán ser efectuadas hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de ofertas.
Las circulares que emita el Organismo, ya sean de oficio o con motivo de una consulta, serán notificadas con cuarenta y ocho (48) horas como mínimo de anticipación a la fecha de la apertura, a todas las personas que hubieran retirado el pliego y al que hubiera efectuado la consulta que origina la circular, si éste fuera el caso.
Todas las circulares serán incluidas como parte integrante xxx xxxxxx, exhibidas en la cartelera del Ministerio Público Fiscal para conocimiento de los restantes interesados y difundidas en el sitio web del Organismo.
Las circulares podrán ser notificadas en forma válida al domicilio, fax o correo electrónico denunciados al obtener el pliego conforme el artículo 4 del presente.
La Procuración General de la Nación podrá de oficio realizar las aclaraciones que sean pertinentes, debiendo comunicarlas siguiendo el procedimiento detallado en los párrafos precedentes e incluirlas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas formando parte integrante del mismo.
Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado, resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a cuarenta y ocho
(48) horas contadas desde que se presentare la solicitud, esta Procuración tiene la facultad para posponer de oficio la fecha de apertura. El cambio de fecha de la apertura de ofertas será comunicado a todos aquellos a quienes se les hubiese comunicado el llamado, publicado en los mismos medios en los que se haya difundido el llamado y notificado en forma fehaciente a todas las firmas que hayan obtenido el pliego.
Los oferentes deberán tomar vista de las actuaciones en forma obligatoria en la Unidad Operativa de Contrataciones, cuarenta y ocho (48) horas antes al Acto de Apertura de Ofertas, para informarse de todas las circulares emitidas, sean aclaratorias o modificatorias. En caso de que no lo hicieran, los oferentes no podrán alegar el desconocimiento de las circulares que se hubiesen dictado.
ARTÍCULO 6: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
1. Forma y lugar de la presentación: las ofertas deberán presentarse en la Unidad Operativa de Contrataciones de la Procuración General de la Nación, sita en Xx. xx Xxxx 000, Xxxx 0, Xxxxxxx 000/0, X.X.X.X., hasta el día y hora fijados para la recepción de ofertas. Estará contenida en sobres, cajas o paquetes, los cuales deberán estar perfectamente cerrados e indicar los siguientes datos:
• Tipo y Nº de Procedimiento
• Objeto de la Contratación
• Día y hora de la Apertura de Ofertas
• Nombre o Razón Social del oferente
A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no podrán recibirse otras, aun cuando el Acto de Apertura no se haya iniciado. Aquellas ofertas presentadas fuera de término serán rechazadas sin más trámite por la Unidad Operativa de Contrataciones de la Procuración General de la Nación.
2. Traspapeleo / Apertura prematura: la Procuración General de la Nación no se responsabilizará por traspapeleo o apertura prematura de la oferta como consecuencia de que su envoltorio o sobre exterior no haya sido debidamente cerrado y rotulado según las instrucciones indicadas. Asimismo, la Procuración General de la Nación no recibirá ni se responsabilizará por los documentos que no sean entregados en el lugar indicado y dentro del plazo establecido.
ARTÍCULO 7: EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La presentación de la oferta significará para el oferente el pleno conocimiento y aceptación de los términos y cláusulas xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rige el llamado a licitación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el oferente su desconocimiento.
ARTÍCULO 8: INMODIFICABILIDAD DE LA OFERTA
La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna en la esencia de las propuestas después de esa circunstancia.
ARTÍCULO 9: CONTENIDO DE LA OFERTA E INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EL OFERENTE
El sobre deberá contener la documentación que se detalla a continuación, en las condiciones establecidas en los artículos precedentes y con los recaudos exigidos por los artículos 41 y 43 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14:
1. Deberán ser redactadas en idioma nacional.
2. Deberán encontrarse foliadas en todas sus hojas de manera correlativa.
3. Deberán estar firmadas en todas sus fojas por el oferente o su representante legal autorizado, en cuyo caso deberá acreditar la personería invocada.
4. La cotización deberá contener el precio unitario y cierto, en moneda nacional y con referencia a la unidad de medida establecida en las especificaciones técnicas, el precio total de
cada renglón y el precio total general de la oferta, expresado en letras y números.
5. Para el caso de Personas Jurídicas deberá presentar el estatuto junto con las modificaciones y acompañar actas de designación de los directores.
6. Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas en las propuestas, deberán ser debidamente salvadas por el oferente o su representante legal autorizado.
7. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rige la licitación, así como la constancia de su obtención; o constancia de conformidad con el mismo.
8. Constitución de domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
9. Descripción de la propuesta técnica ofertada.
10. Garantía de Mantenimiento de Oferta constituida conforme lo establecen los artículos 13 y 15 del presente pliego, salvo en los casos en que el oferente se encontrara exento de presentar la misma de acuerdo a lo normado en el artículo 16 del citado pliego.
11. En el caso que el monto ofertado sea mayor o igual a Pesos cincuenta mil ($ 50.000,00), el oferente deberá presentar el “Certificado Fiscal para Contratar”, o en su defecto la constancia de haber iniciado ante la AFIP el trámite para la obtención del mismo.
12. Todo otro requisito específico indicado en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
13. Constancia de inscripción o preinscripción en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO): (Título VIII, Capítulo I, del Decreto Nº 893/12, concordante con la Disposición Nº 6/12 de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión de la Jefatura de Gabinete de Ministros – PEN). En el momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, los interesados deberán suministrar lo detallado a continuación:
Oferentes no inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO):
Si el oferente no se encontrara inscripto en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) deberá preinscribirse por internet accediendo a la página: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, debiendo suministrar la siguiente información:
a) Personas físicas:
• Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real, estado civil y número de documento de identidad
• Número de fax y dirección de correo electrónico
• Domicilio especial para los procedimientos que se realicen en el ámbito de la Oficina Nacional de Contrataciones y en el que serán válidas las comunicaciones y notificaciones que se cursen en dichos procesos
• Número de Código Único de Identificación Tributaria
• Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de facturación, en los últimos tres (3) años
• Declaración Jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Nacional
• Datos de la nota presentada ante la dependencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos en la cual se encuentren inscriptos a los fines de solicitar el Certificado Fiscal para Contratar o bien los datos del Certificado Fiscal para Contratar vigente
b) Personas jurídicas:
• Razón social y domicilio real
• Número de fax y dirección de correo electrónico
• Domicilio especial para los procedimientos que se realicen en el ámbito de la Oficina Nacional de Contrataciones en el que serán válidas las comunicaciones y notificaciones que se cursen en dichos procesos
• Número de Código Único de Identificación Tributaria
• Lugar, fecha, objeto y duración del contrato social y datos de inscripción registral o de la constancia de iniciación del trámite respectivo
• Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración
• Fechas de comienzo y finalización de los mandatos de los órganos de administración y fiscalización
• Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de facturación, en los últimos tres (3) años
• Declaración Jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Nacional
• Declaración Jurada del oferente en la que manifieste el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo infantil
• Datos del Balance General correspondiente al último ejercicio anterior a la fecha de presentación de la oferta, con excepción de aquellos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha información de acuerdo a la fecha de inicio de actividades
• Datos de la nota presentada ante la dependencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos en la cual se encuentren inscriptos a los fines de solicitar el Certificado Fiscal para Contratar o bien los datos del Certificado Fiscal para Contratar vigente
c) Agrupaciones de Colaboración y Uniones Transitorias de Empresas:
• Denominación y domicilio real
• Número de fax y dirección de correo electrónico
• Domicilio especial para los procedimientos que se realicen en el ámbito de la Oficina Nacional de Contrataciones en el que serán válidas las comunicaciones y notificaciones que se cursen en dichos procesos
• Número de Código Único de Identificación Tributaria
• Lugar y fecha del compromiso de constitución y su objeto
• Datos de inscripción registral o de la constancia de iniciación del trámite respectivo
• Identificación de las personas físicas o jurídicas que los integran
• Identificación de las personas físicas que integran cada empresa
• Declaración de solidaridad de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes de la presentación de la oferta, de la adjudicación y de la ejecución del contrato
• Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de facturación, en los últimos tres (3) años
• Declaración Jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Nacional
• Declaración Jurada del oferente en la que manifieste el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo infantil
• Datos del Balance General correspondiente al último ejercicio anterior a la fecha de presentación de la oferta, con excepción de aquellos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha información de acuerdo a la fecha de inicio de actividades
• Datos de la nota presentada ante la dependencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos en la cual se encuentren inscriptos a los fines de solicitar el Certificado Fiscal para Contratar o bien los datos del Certificado Fiscal para Contratar vigente
d) Cooperativas, Mutuales y otros:
• Denominación y domicilio real
• Número de fax y dirección de correo electrónico
• Domicilio especial para los procedimientos que se realicen en el ámbito de la Oficina Nacional de Contrataciones en el que serán válidas las comunicaciones y notificaciones que se cursen en dichos procesos
• Número de Código Único de Identificación Tributaria
• Nómina de los actuales integrantes
• Lugar, fecha, objeto y duración del instrumento constitutivo y datos de inscripción
• Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de facturación, en los últimos tres (3) años
• Declaración Jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Nacional
• Declaración Jurada del oferente en la que manifieste el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo infantil
• Datos del Balance General correspondiente al último ejercicio anterior a la fecha de presentación de la oferta, con excepción de aquellos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha información de acuerdo a la fecha de inicio de actividades
• Datos de la nota presentada ante la dependencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos en la cual se encuentren inscriptos a los fines de solicitar el Certificado Fiscal para Contratar o bien los datos del Certificado Fiscal para Contratar vigente
e) Organismos Públicos:
Cuando el proveedor sea una jurisdicción o entidad del Estado Nacional o un Organismo Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá proporcionar la siguiente información:
• Denominación
• Rubro en el que haya efectuado provisiones o prestado servicios
A los fines de la inscripción, los oferentes deberán complementar su preinscripción presentando junto con la oferta la información suministrada en la preinscripción utilizando los formularios estándar aprobados por la Oficina Nacional de Contrataciones y la documentación respaldatoria de dicha información.
Oferentes inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO):
• El oferente deberá presentar la Declaración Jurada de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Nacional
• Si los datos incorporados en el sistema hubieren variado, deberán actualizarlos en la misma forma prevista en la presentación original (Preinscripción). En caso de constatarse que dichos datos se encuentran desactualizados, el oferente será intimado a subsanar los defectos dentro del término de tres (3) días hábiles administrativos
• Se verificará respecto de la vigencia del Certificado Fiscal para Contratar emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos. Si el mismo no estuviera vigente al momento de la apertura y ello se debiera a causas imputables exclusivamente a la Administración, ello deberá estar acreditado con la presentación de la oferta
La Unidad Operativa de Contrataciones procederá a verificar en el sitio de internet de la Oficina Nacional de Contrataciones el contenido de la información que el oferente en cuestión hubiese suministrado. En caso de constatarse algún error u omisión en la información aportada, el oferente será intimado a subsanar los defectos dentro del término de tres (3) días hábiles.
Toda documentación que se presente en fotocopias deberá ser legible y estar certificada por escribano público, autoridades judiciales o administrativas competentes, legalizándose la documentación cuando intervenga en su certificación notario de extraña jurisdicción; o bien presentar junto con la copia, el original para su cotejo.
ARTÍCULO 10: FORMA DE COTIZACIÓN
Se deberá cotizar en moneda de curso legal. La oferta expresada en otra moneda será automáticamente desestimada.
Se podrá cotizar uno, varios o todos los renglones que integran el presente llamado; se deberá cotizar por renglón completo, no pudiéndolo hacer por una parte o división del mismo.
Deberá consignarse las cantidades ofrecidas, el precio unitario y cierto, con referencia a la unidad de medida establecida en las especificaciones, el precio total del renglón, y el total general de la oferta, expresado en números y letras.
La cotización deberá ser por cantidades netas, libres de envases y gastos de embalaje o flete; es decir que el precio ofertado deberá incluir los gastos de embalaje y traslado hasta el lugar de entrega.
Los precios cotizados deberán incluir el importe correspondiente a la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, quedará tácitamente establecido que dicho valor se encuentra incluido en la misma.
Deberá indicar el origen del producto cotizado o de sus componentes principales. Si no se indicara lo contrario, se entenderá que es de producción nacional.
Errores de cotización: si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado. Todo otro error en el monto cotizado denunciado por el oferente o detectado por el Organismo contratante antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la oferta en la proporción que corresponda.
ARTÍCULO 11: OFERTA ALTERNATIVA
El oferente podrá efectuar una oferta alternativa de conformidad con lo normado por el artículo 43 de la Resolución PGN Nº 1107/14, modificada por su similar Nº 1459/15. La oferta alternativa no exime al oferente de efectuar la presentación simultánea de la oferta básica o principal, ajustada a las bases. La garantía de mantenimiento de oferta deberá calcularse sobre el mayor valor propuesto.
ARTÍCULO 12: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días corridos, contados a partir de la fecha del Acto de Apertura de Ofertas y con renovación automática por igual período, salvo manifestación fehaciente por parte del oferente de no renovar su propuesta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento de dicho plazo de mantenimiento de oferta, de conformidad con las condiciones dispuestas por el artículo 46 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14.
ARTÍCULO 13: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deberán integrar la Garantía de Mantenimiento de Oferta por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total de su oferta. En caso de cotizarse con alternativa, el monto de la garantía deberá calcularse sobre el mayor valor propuesto. La misma deberá ser presentada conjuntamente dentro del sobre con la oferta para que la misma resulte válida, y constituirse en alguna de las formas previstas en el artículo 15 del presente pliego.
ARTÍCULO 14: ERROR EN EL MONTO DE LA GARANTÍA
No serán desestimadas las ofertas cuando, por error, la garantía presentada fuera por un importe inferior al que corresponda siempre que se encuentre comprendido dentro del veinte por ciento (20%) del correcto. Cuando se verificara el error en el importe de la garantía de acuerdo a lo señalado, se intimará al oferente a subsanar la diferencia en un plazo perentorio de tres (3) días hábiles, bajo apercibimiento de la pérdida del monto integrado en concepto de garantía.
ARTÍCULO 15: FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS
Las Garantías de Mantenimiento de Oferta, de Cumplimiento de Contrato, de Impugnación del Dictamen de la Comisión Evaluadora de Ofertas y la Contragarantía por Anticipo, podrán constituirse en alguna de las siguientes formas o combinaciones de ellas:
a) En efectivo o mediante depósito bancario en la cuenta oficial del Ministerio Público Fiscal de la Nación, acompañando la boleta pertinente
b) Mediante cheque certificado contra una entidad bancaria
c) Mediante aval bancario u otra fianza a satisfacción del Ministerio Público Fiscal de la Nación, constituyéndose el fiador -cuando así corresponda- en deudor solidario, liso, llano y principal pagador, con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial
d) Mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, cuyas cláusulas no se opongan a las disposiciones del Reglamento de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14, y sean extendidas a favor del Ministerio Público Fiscal de la Nación
e) Con pagarés a la vista suscriptos por quienes tengan el uso de la firma social o actuaren con poderes suficientes, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, de Cumplimiento de Contrato o de Impugnación, no supere la suma de quince (15) Módulos de Compra; estableciéndose el valor del Módulo de Compra en Pesos un mil ($ 1.000,00)
La elección de la forma de constitución de las garantías queda a opción del oferente y/o adjudicatario.
Las garantías establecidas deben ser constituidas a entera satisfacción del Ministerio Público Fiscal de la Nación y en forma independiente para cada contratación.
Las garantías deberán ser extendidas a nombre de la Procuración General de la Nación y deberán indicar como datos principales el número de expediente, el tipo y número de Licitación/Contratación que corresponda, el nombre o razón social del proponente, con su correspondiente firma, sello y/o aclaración, el lugar de emisión y el de pago (indicando el domicilio legal del organismo: Av. xx Xxxx 760, C.A.B.A.), el importe a pagar en pesos (no se aceptarán documentos expresados en otra moneda), sin fecha de vencimiento, y cualquier otro dato que identifique el respaldo de oferta/adjudicación.
Todas las garantías serán sin término de validez y garantizarán el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas.
ARTÍCULO 16: EXCEPCIONES A LA PRESENTACIÓN DE LAS GARANTÍAS
No será necesario constituir las Garantías de Mantenimiento de Oferta y de Cumplimiento de Contrato en los siguientes casos:
a) Cuando se cumpla la prestación contractual dentro del plazo de integración de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, salvo en caso de rechazo. En estos casos, el plazo para la integración se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Los elementos así rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin previamente integrar la garantía que corresponda
b) En los supuestos de contratos interadministrativos o con Universidades Nacionales
c) Cuando el monto ofertado o el monto adjudicado no fuere superior a cien (100) Módulos de Compra; estableciéndose el valor del Módulo de Compra en Pesos un mil ($ 1.000,00)
ARTÍCULO 17: DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías serán devueltas bajo las siguientes modalidades y plazos, según el tipo de instrumento de que se trate:
a) Garantía de Mantenimiento de Oferta: se devolverá de oficio o a solicitud del interesado a los oferentes que no resulten adjudicatarios dentro de los diez (10) días posteriores a la publicación del acto administrativo de adjudicación. A los adjudicatarios, se devolverá una vez que integren válidamente la Garantía de Cumplimiento de Contrato o ejecuten la prestación dentro del plazo previsto para su constitución
b) Garantía de Impugnación: se devolverá de oficio o a solicitud del interesado dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo que resuelve, solo en el caso de que éste haga lugar a la impugnación
c) Garantía de Cumplimiento de Contrato: se devolverá de oficio o a solicitud del interesado, dentro de los diez (10) días de aprobada la recepción definitiva de los bienes o servicios objeto del contrato. Durante la etapa de ejecución del contrato, se devolverá parcialmente a solicitud de los interesados en proporción a la parte cumplida del contrato, para lo cual se aceptará la sustitución del instrumento para cubrir los valores restantes.
Notificado fehacientemente el interesado respecto de la devolución de la garantía, podrá efectuar su retiro dentro del plazo de seis (6) meses. La falta de presentación dentro del mencionado plazo, implicará la renuncia tácita del mismo a favor del Ministerio Público Fiscal. Cuando la garantía haya sido constituida mediante pagaré, éste se destruirá al término de dicho plazo.
ARTÍCULO 18: APERTURA DE OFERTAS
El Acto de Apertura de sobres se llevará a cabo en el lugar, día y hora determinados para el mismo, en presencia de los funcionarios de la Unidad Operativa de Contrataciones y de todos aquellos interesados que desearen asistir, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres dispuestos para ser abiertos.
Si el día señalado para la Apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora.
El Acta de Apertura de ofertas confeccionada al efecto, será firmada por los funcionarios intervinientes y por los asistentes al acto que desearan hacerlo.
Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el Acto de Apertura.
ARTÍCULO 19: RECHAZO DE LAS OFERTAS – INEGIBILIDAD
Serán objeto de desestimación sin más trámite las ofertas en las que se produzca alguna/s de las siguientes situaciones:
a) Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas
b) Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles
c) Que carecieran de la garantía exigida
d) Que no acompañaren las muestras requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares con carácter obligatorio
e) Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14
f) Que contuvieren condicionamientos
g) Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas
h) Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la licitación
i) Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio
j) Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente este Pliego de Bases y Condiciones Particulares hubiere previsto
Asimismo, se evaluará que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con el Ministerio Público Fiscal de la Nación; quedando inhabilitadas para hacerlo:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones
b) Los funcionarios y empleados públicos del Ministerio Público Fiscal de la Nación y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones
e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal
ARTÍCULO 20: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La etapa de evaluación de las ofertas es confidencial, por lo cual mientras se sustancie ese proceso no se concederá vista de las actuaciones.
La Comisión Evaluadora de Ofertas analizará el cumplimiento de la totalidad de la documentación e información requerida en el presente pliego y en caso de resultar necesario requerirá la producción de informes técnicos, a efectos de ampliar los elementos de juicio para pronunciarse sobre las ofertas recibidas.
La Comisión Evaluadora de Ofertas emitirá un dictamen de carácter no vinculante, que proporcionará a la autoridad competente para adjudicar, los fundamentos para el dictado del Acto Administrativo con el cual concluya el procedimiento.
La adjudicación recaerá en la/s oferta/s más convenientes para el Organismo teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás características de la propuesta.
Se dará preferencia a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyMES) que desarrollen actividades productivas en el país, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Nº 25.300; a tales efectos, el oferente deberá acreditar fehacientemente su condición de tal mediante certificado expedido por autoridad pública competente.
ARTÍCULO 21: SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES
Para la subsanación de errores u omisiones insustanciales de la oferta, se procederá a intimar a los oferentes a que subsanen los mismos dentro del término de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de recibido el requerimiento.
La solicitud de subsanación se realizará al número de fax, dirección de correo electrónico o domicilio oportunamente declarados, donde se tendrán por válidas las comunicaciones efectuadas.
Si no se subsanaren los defectos en el plazo indicado, la Comisión Evaluadora de Ofertas desestimará la oferta de que se trate sin más trámite.
ARTÍCULO 22: NOTIFICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
El Dictamen de Evaluación de Ofertas emitido por la Comisión de Evaluadora de Ofertas se notificará en forma fehaciente a todos los oferentes dentro de los tres (3) días hábiles de emitido. Desde la fecha de notificación y hasta el vencimiento del plazo para impugnar, las actuaciones quedarán a disposición de los oferentes para su vista en la Unidad Operativa de Contrataciones de este Organismo.
Asimismo, el dictamen en cuestión se publicará durante un (1) día en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el sitio web del Ministerio Público Fiscal.
ARTÍCULO 23: IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN
Los interesados podrán impugnar el Dictamen de Evaluación de Ofertas dentro de los tres (3) días hábiles de notificado, previa integración de la Garantía de Impugnación prevista en el artículo siguiente, en caso de corresponder. Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
ARTÍCULO 24: GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
En aquellos casos en que los oferentes hubiesen presentado más de dos (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario, deberán con carácter previo a interponer una nueva impugnación, integrar una garantía del uno por ciento (1%) del valor de cotización del oferente impugnante.
ARTÍCULO 25: ADJUDICACIÓN
Una vez vencido el plazo para presentar impugnaciones al Dictamen de Evaluación de Ofertas, y dentro del plazo de mantenimiento de oferta, se realizará el acto administrativo aprobando la adjudicación. El mismo será notificado a los oferentes dentro de los tres (3) días de su emisión. Asimismo, será publicado durante un (1) día en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el sitio web del Ministerio Público Fiscal.
La adjudicación se hará por renglón completo al/los oferente/s que en arreglo a lo expresado en los artículos anteriores, hubiese/n presentado la oferta más conveniente a los intereses del Organismo.
ARTÍCULO 26: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El adjudicatario deberá presentar una garantía xxx xxxx por ciento (10%) del monto total adjudicado, dentro de los cinco (5) días hábiles de recibida la notificación de la Orden de Compra. Vencido dicho plazo, se le intimará en forma fehaciente a presentar la garantía en cuestión en un plazo no mayor de cinco (5) días, transcurrido el cual se rescindirá el contrato con la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
ARTÍCULO 27: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro de los diez (10) días corridos de notificada la adjudicación, se emitirá la Orden de Compra, la cual se notificará al adjudicatario dentro de los tres (3) días de emitida. En los tres
(3) días subsiguientes, el adjudicatario deberá presentarse en la Unidad Operativa de Contrataciones a fin de suscribir el instrumento en cuestión.
Suscripto el instrumento o transcurrido el plazo sin haber sido rechazado, se tendrá por perfeccionado el contrato.
Si el adjudicatario rechazara la Orden de Compra dentro de los tres (3) días de recibida la notificación o no constituyera la Garantía de Cumplimiento de Contrato en tiempo y forma, podrá adjudicarse la licitación al oferente que siga en el orden de mérito, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades correspondientes.
ARTÍCULO 28: PLAZO DE ENTREGA
El adjudicatario deberá notificar la disponibilidad de la indumentaria dentro de los quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación de la Orden de Compra. A partir de la notificación, se dispondrá xx xxxx (10) días hábiles para que los usuarios de la indumentaria prueben los talles en el local, y retiren la indumentaria tras firma del remito correspondiente.
ARTÍCULO 29: PRÓRROGA DEL PLAZO CONTRACTUAL
El adjudicatario podrá solicitar la prórroga del plazo de entrega por causas debidamente acreditadas que justifiquen la demora, la cual podrá ser aceptada siempre que las necesidades del Ministerio Público Fiscal admitan la satisfacción de la entrega fuera de término.
La solicitud de prórroga deberá hacerse antes del vencimiento del plazo de entrega, exponiendo los motivos de la demora; el Ministerio Público Fiscal deberá resolver el pedido dentro de los cinco (5) días de presentado el mismo.
En caso de vencimiento del plazo contractual y no habiéndose expedido la autoridad competente respecto de una solicitud de prórroga cursada por el adjudicatario, se tendrá por concedida la prórroga.
La aceptación de la prórroga por parte del organismo implicará la aplicación de las penalidades por xxxx establecidas en el artículo 40 del presente pliego.
El adjudicatario sólo podrá hacer uso de este derecho por única vez y el total de la prórroga que se le otorgue no podrá exceder, en ningún caso, el cincuenta por ciento (50%) del plazo original del contrato.
ARTÍCULO 30: REHABILITACIÓN DEL CONTRATO
Vencido el plazo de la prórroga concedida sin que se hubiera satisfecho la obligación contractual, se producirá la caducidad del contrato.
No obstante, antes de producirse el vencimiento del plazo de la prórroga que se hubiere otorgado, el adjudicatario podrá requerir la rehabilitación del contrato por la parte no cumplida del mismo. La rehabilitación podrá ser aceptada por única vez, previo pago de una multa equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato que se rehabilita, el que debe cumplirse de acuerdo a las condiciones estipuladas en el presente pliego.
Si el adjudicatario no abonara la multa dentro de los tres (3) días de notificado el acto administrativo que aprueba la rehabilitación, se dará por rescindido el contrato sin más trámite, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato establecida en el artículo 26 del presente.
ARTÍCULO 31: LUGAR DE ENTREGA
Luego de probarse los talles de la indumentaria en el local del adjudicatario, los usuarios retiraran la misma, tras firmar el remito correspondiente.
ARTÍCULO 32: RECEPCIÓN DE LOS BIENES
La Comisión de Recepción Definitiva procederá a la recepción de los bienes adjudicados. A tales efectos, confrontará la prestación con las especificaciones técnicas contractuales, la muestra presentada, la orden de compra y/o con los resultados de las pruebas que fuere necesario realizar. En caso de verificar que la misma cumple con las condiciones establecidas, procederá a otorgar la conformidad de la recepción emitiendo en consecuencia la correspondiente Acta de Recepción Definitiva. Un (1) ejemplar de dicha acta será entregado al adjudicatario a los efectos del trámite de pago.
En caso de verificar que los bienes entregados o los servicios prestados no cumplieran en cantidad y/o calidad con lo solicitado, se procederá a su rechazo y se intimará al proveedor a realizar las acciones correspondientes para proceder al reemplazo de los bienes y/o prestar los servicios conforme lo adjudicado, dentro del plazo que se le otorgue.
El proveedor estará obligado a retirar los elementos rechazados dentro del plazo que se le fije, el que comenzará el día siguiente al de la notificación del rechazo. Vencido el lapso indicado, se considerará que existe renuncia tácita a favor del Ministerio Público Fiscal, pudiendo éste disponer de los elementos. Sin perjuicio de las penalidades que correspondieren, el proveedor cuyos bienes hubieran sido rechazados deberá hacerse cargo de los costos de traslado y, en su caso, de los que se derivaren de la destrucción de los mismos.
La recepción definitiva se otorgará dentro del plazo de cinco (5) días de la recepción provisoria de los bienes o servicios, contados a partir del día siguiente de la fecha de entrega o prestación de los mismos.
En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá intimar la recepción. Si el Ministerio Público Fiscal no se expidiera dentro de los diez (10) días siguientes al de la recepción de la intimación, los bienes se tendrán por recibidos de conformidad.
ARTÍCULO 33: VICIOS REDHIBITORIOS
La conformidad definitiva otorgada de acuerdo a lo normado en el artículo precedente, no libera al adjudicatario de las responsabilidades emergentes de los vicios redhibitorios que se adviertan durante el plazo de un (1) año, computado a partir de dicha conformidad, quedando el adjudicatario obligado a efectuar las reparaciones o reposiciones correspondientes en el mismo término y lugar que se indica en el presente pliego y la correspondiente Orden de Compra.
ARTÍCULO 34: FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO
Las facturas deberán contener la referencia a la Orden de Compra y al Expediente (identificados con número y año). Deberá aclararse si se procedió a facturar el total o una parte de la Orden de Compra, indicando en éste último caso qué renglones o ítems se incluyeron.
El adjudicatario deberá entregar la factura en la Mesa de Entradas de la Secretaría General de Administración, sita en Xx. xx Xxxx 000, Xxxx 0, Xx. 234, CABA. A partir de la Recepción Definitiva o entrega de la factura –el que fuese posterior– comienza el plazo para cumplir la gestión de pago. El pago se hará efectivo dentro de los treinta (30) días hábiles.
La factura será emitida a nombre del Ministerio Público Fiscal, CUIT Nº 30-68723581-5. A los efectos de su posición en el Impuesto al Valor Agregado, este organismo reviste el carácter de consumidor final.
Las facturas deberán ajustarse a la reglamentación vigente de la Administración Federal de Ingresos Públicos, debiendo indicar en las mismas, como mínimo los siguientes datos:
- Número de la orden de compra
- Número del expediente asignado a la Licitación
- Número y fecha de los remitos de entrega
- Número de renglón, especificaciones e importe unitario y total de cada uno de ellos
- Importe total bruto
- Monto y tipo de descuento, si corresponde
- Importe total neto de la factura
Asimismo, en caso de estar alcanzado por alguna eximición parcial o total de algún tributo, se deberá acompañar con las facturas que se presenten una copia de la Resolución correspondiente de la AFIP.
Según la Resolución General AFIP Nº 2485/2008, sus modificatorias y complementarias, para poder percibir el pago correspondiente por la prestación de servicios y/o provisión de bienes, los adjudicatarios deberán presentar la Factura Electrónica en los términos de la citada normativa.
ARTÍCULO 35: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Las penalidades establecidas en el artículo 124 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14, no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, o de actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o del Ministerio Público Fiscal, de tal gravedad que coloquen al adjudicatario en una situación de razonable imposibilidad de cumplimiento con las obligaciones a su cargo, debidamente documentados por el adjudicatario y aceptados por el Organismo.
La existencia de dichas circunstancias deberá ser puesta en conocimiento del Organismo dentro de los diez (10) días de producido o desde que cesaren sus efectos. Transcurrido dicho plazo no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor.
ARTÍCULO 36: RESCISIÓN SIN CULPA DEL ADJUDICATARIO
La revocación o rescisión de los contratos por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, cuyas causas no fueran imputables al proveedor, no generará derecho a indemnización en concepto de lucro cesante o por intereses de capitales requeridos para la financiación de la prestación. El adjudicatario sólo tendrá derecho a que se le reconozcan los gastos que probare fehacientemente haber incurrido con motivo del contrato.
ARTÍCULO 37: RESCISIÓN POR CULPA DEL ADJUDICATARIO
Si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes del plazo fijado para su cumplimiento, o si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su prórroga o el contrato rehabilitado, en todos los casos sin que los bienes hubiesen sido entregados o los servicios prestados de conformidad, el Ministerio Público Fiscal rescindirá el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato por la parte no cumplida del mismo.
Si el adjudicatario no integrara la Garantía de Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 26, se rescindirá el contrato con la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
En caso de fraude, negligencia en la ejecución del contrato o en incumplimientos de las obligaciones por parte del adjudicatario que diera lugar a la aplicación de multas por un importe acumulado equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del contrato, el Ministerio
Público Fiscal rescindirá unilateralmente el mismo con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, quedando a cargo del adjudicatario la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado su accionar.
Si el adjudicatario transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por el Ministerio Público Fiscal, el mismo se rescindirá unilateralmente, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
ARTÍCULO 38: MODIFICACIONES AL CONTRATO
En los casos de prestaciones de servicios, el Ministerio Público Fiscal podrá prorrogar el plazo contractual original por única vez y por un período igual al del contrato original, o por un plazo máximo de un (1) año en caso de contratos cuya duración exceda dicho período. La prórroga se realizará en las mismas condiciones y precios originales. Por circunstancias debidamente acreditadas, el Ministerio Público Fiscal podrá renegociar el monto del contrato con el adjudicatario; en caso de no llegar a un acuerdo, no podrá hacerse uso de la opción de prórroga.
Asimismo, y de manera unilateral, este Ministerio Público Fiscal podrá aumentar o disminuir el monto del contrato hasta el veinte por ciento (20%), sin variar las condiciones contractuales y los precios unitarios adjudicados; y podrán incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la Orden de Compra o Contrato.
En los casos en que resulte imprescindible garantizar el normal funcionamiento del Organismo, dicho porcentaje podrá excederse hasta el treinta y cinco por ciento (35%), en cuyo caso el adjudicatario deberá prestar conformidad en forma previa a proceder con dicha modificación.
ARTÍCULO 39: CESIÓN O SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario tendrá la obligación de ejecutar el contrato por si, quedando prohibida la subcontratación, transferencia o cesión del contrato, salvo consentimiento expreso del Ministerio Público Fiscal, el cual verificará que el cesionario o subcontratista cumpla con todos los requisitos de la convocatoria.
El adjudicatario quedará obligado solidariamente con el cesionario por las obligaciones emergentes del contrato.
ARTÍCULO 40: PENALIDADES
En caso que los Oferentes y/o Adjudicatarios no den cumplimiento en tiempo y forma con lo establecido en el presente Xxxxxx serán pasibles de las penalidades establecidas en el Título V del Reglamento de Compras y Contrataciones del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14.
Pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta:
a) Si el Oferente manifestara su voluntad de no mantener su Oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación.
b) Si luego de ser intimado, el Adjudicatario no presentara la garantía de cumplimiento de contrato, se procederá a la recisión del contrato lo cual acarreará la pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.
c) En caso de errores en la cotización denunciados por el Oferente antes de la adjudicación.
d) Cuando rechazara la orden de compra dentro de los tres (3) días de recibida la notificación de la misma.
Pérdida de la Garantía de Cumplimiento del Contrato:
a) Cuando el adjudicatario no abonara la multa correspondiente a la rehabilitación del contrato establecida en el Artículo Nº 30 del presente, dentro de los tres (3) días de habérsele notificado el acto administrativo que aprueba la rehabilitación.
b) Si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su prórroga o el contrato rehabilitado, en todos los casos sin que los bienes hubiesen sido entregados o los servicios prestados de conformidad, se rescindirá el contrato con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato por la parte no cumplida del mismo.
c) Si el adjudicatario incurriera en fraude, negligencia en la ejecución del contrato o en incumplimientos de las obligaciones que dieran lugar a la aplicación de multas por un importe acumulado equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del contrato, se rescindirá el mismo con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato.
d) Si el adjudicatario transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por el Ministerio Público Fiscal, el mismo se rescindirá con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato.
Multa por xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones:
a) Se aplicará una multa del UNO POR CIENTO (1%) del valor de lo satisfecho fuera de término por cada SIETE (7) días hábiles de atraso o fracción mayor de TRES (3) días hábiles.
b) Toda prórroga concedida en los términos del Artículo 29 del presente Pliego, acarrea la aplicación de la multa establecida en el apartado anterior.
Rescisión por su culpa:
Según lo dispuesto en el Artículo Nº 37 del presente Xxxxxx.
ARTÍCULO 41: AFECTACIÓN DE MULTAS
Las multas que se apliquen se afectarán conforme el siguiente orden de prelación:
a) A las facturas emergentes del contrato que estén al cobro o en trámite
b) A la correspondiente Garantía de Cumplimiento de Contrato
c) A los créditos del adjudicatario resultantes de otros contratos de suministro o prestación de servicios no personales
ARTÍCULO 42: CLASES DE SANCIONES
Los oferentes y/o adjudicatarios podrán ser pasibles de las siguientes sanciones:
a) Apercibimiento
b) Suspensión
c) Inhabilitación
Las sanciones enumeradas precedentemente serán aplicadas por la Oficina Nacional de Contrataciones, según lo dispuesto en el inciso a) del artículo 23 y en el inciso b) del artículo 29, ambos del Decreto Nº 1023/01.
ARTÍCULO 43: ALTA DE BENEFICIARIO
El adjudicatario deberá poseer Alta de Beneficiario (Anexos I y II), otorgado de conformidad a la Disposición Conjunta Nº 21/95 de la Contaduría General de la Nación y Nº 10/95 de la Tesorería General de la Nación, por la que se aprueban los anexos antes señalados. La información requerida en lo atinente a cuenta bancaria y alta de beneficiario, son condiciones imprescindibles y excluyentes para poder proceder al pago de las facturas pertinentes, conforme lo establecido en la Resolución Nº 262/95 de la Secretaria de Hacienda.
ARTÍCULO 44: JURISDICCIÓN
El organismo contratante, los oferentes y los adjudicatarios se someterán, para dirimir cualquier divergencia en la presente contratación una vez agotadas todas las instancias administrativas, a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción de excepción que pudiera corresponderles.
ARTÍCULO 45: MUESTRAS
La Procuración General de la Nación se reserva el derecho de solicitar muestras a los oferentes en el momento de la contratación en que lo considere necesario. De no ser presentada la misma, y mediando dos (2) reclamos, se desestimará oportunamente la oferta en cuestión.
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
CONDICIONES:
Presentación: La indumentaria a proveer deberá ser nueva y sin uso. Se entiende por nueva y sin uso que el Ministerio Público Fiscal será el primer usuario de la indumentaria desde que esta sale de fábrica.
- Para el caso de las prendas, deberán estar debidamente planchadas y empaquetadas.
- Los zapatos y zapatillas deberán entregarse por pares en cajas de cartón.
Cualquier incumplimiento sobre lo dispuesto anteriormente, dará lugar al rechazo del material entregado.
Cambios: En caso de presentarse defectos de fabricación no detectados al momento de retiro de las prendas, estas podrán ser cambiadas dentro del plazo de las 72 hs. de su retiro.
Talles: Dentro del precio cotizado para cada renglón, el oferente deberá contemplar los siguientes talles:
• Renglón N° 1: Talles S a XXL.
• Renglón N° 2: Talles S a XXL.
• Renglón N° 3: Talles 38 a 45.
• Renglón N° 4: Talles 34 a 42.
• Renglón N° 5: Talles S a XXL.
• Renglón N° 6: Talles S a XXL.
• Renglón N° 7: Talles S a XXL.
• Renglón N° 8: Talles S a XXL.
• Renglón N° 9: Talles S a XXL.
• Renglón N° 10: Talles S a XXL.
• Renglón N° 11: Talles S a XXL.
• Renglón N° 12: Talles 80 a 110.
• Renglón N° 13: Talla única.
• Renglón N° 14: Talles S a XXL.
• Renglón N° 15: Talles S a XXL.
• Renglón N° 16: Talles S a XXL.
• Renglón N° 17: Talles 80 a 110.
PLANILLA DE COTIZACIÓN
El que suscribe..........................................................., Documento Nº , en
nombre y representación de la Empresa………..………………………….......……..…………
con domicilio legal en la calle………..……..……………………………………… Nº ,
Localidad…………...…………………………., Teléfono/Fax ,
Email……………….……………………………., CUIT Nº y con poder
suficiente para obrar en su nombre, según consta en acta poder que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente contratación, cotiza los siguientes precios:
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción | Costo unitario (IVA incluido) | Costo total (IVA incluido) |
1 | 186 | Un. | Remera de manga corta color gris claro o xxxx Xxxxxxx, con cuello tipo “polo chomba”. 100% algodón. Tela xxxxx. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
2 | 192 | Un. | Pantalón de trabajo tipo cargo (marca Ombú o similar). Color azulino o xxxx xxxxxx. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
3 | 71 | Un. | Zapato de seguridad tipo marca Pampero Argentino PU. de uso intensivo, dieléctrico o similar, con puntera xx xxxxx, en cuero xxxx, xxxxx de poliuretano, horma amplia. Color marrón o negro. Sello Norma IRAM 3610 obligatorio. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
4 | 45 | Un. | Zapatillas para dama de lona (xxxxx Xxxxxx o similar). Capellada 100% algodón. Suela de goma. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
5 | 122 | Un. | Camisa de trabajo grafa (tipo marca Ombú o similar). Color azulino o xxxx xxxxxx. Manga larga. Tela de algodón 100% / Sarga 2/1 o tela de algodón reforzado / Poliéster 35% y algodón 65%. Cerrada en 2 costuras. Hilo mercerizado al tono. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
6 | 62 | Un. | Xxxx xx xxxxx. 100% algodón. Color xxxx xxxxxx. Cuello redondo. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
7 | 90 | Un. | Ambo unisex tela arciel. Chaqueta con bolsillo superior y dos bolsillos laterales. Pantalón náutico con dos bolsillos laterales y dos bolsillos traseros. Color xxxx xxxxxx o gris. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
8 | 11 | Un. | Campera de trabajo tela Trucker. Impermeable, con capucha. Color xxxx xxxxxx. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
9 | 20 | Un. | Ambo (saco y pantalón) para hombre. Corte recto, tiro medio. Color xxxx xxxxxx, liso. Código de catálogo: 000-00000-00000 |
10 | 60 | Un. | Camisa tipo empleado de seguridad para hombre, manga larga. 100% algodón. Con charreteras en hombros. Dos bolsillos con tapas. Color blanco. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
11 | 20 | Un. | Sweater escote en V para hombre. Color negro. Manga larga. Cintura y puño elastizados. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
12 | 20 | Un. | Cinturón para hombre. Color negro, liso. 100% xxxxx xx xxxx. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
13 | 20 | Un. | Corbata de poliéster, largo aprox 150 cm, ancho aprox. 5 cm. Color negro, liso, satinado. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
14 | 6 | Un. | Ambo (saco y pantalón) para mujer. Corte recto, tiro medio. Color xxxx xxxxxx, liso. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
15 | 18 | Un. | Camisa tipo empleado de seguridad para mujer, manga larga. 100% algodón. Con charreteras en hombros. Dos bolsillos con tapas. Color blanco. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
16 | 6 | Un. | Sweater escote en V para mujer. Color negro. Manga larga. Cintura y puño elastizados. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
17 | 6 | Un. | Cinturón para mujer. Color negro, liso. 100% xxxxx xx xxxx. Código de catálogo: 000-00000-00000 | ||
Costo total (IVA incluido): |
Son Pesos (IVA Incluido):…………………….……………………………………………………………
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