CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO AÑO ESCOLAR 2022
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO AÑO ESCOLAR 2022
Conste por el presente, el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO - AÑO ESCOLAR 2022, que suscribe la PROMOTORA DE INSTITUCIONES CATOLICAS DE APURIMAC, INSTITUCION EDUCATIVA PARTICULAR DIOCESANA
SEDES SAPIENTIAE con RUC Nro. 20607535788, con domicilio y nombre de representante legal señalados al final de este documento, a quien en adelante se denominará “EL COLEGIO” y de otra parte el PADRE, MADRE O TUTOR LEGAL, a quien en adelante se le denominará “EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO”, cuyo nombre y demás generales xx xxx se señalan al final de este documento, de acuerdo a condiciones y términos siguientes:
I. DEL COLEGIO:
1. EL COLEGIO es una institución educativa católica de carácter privado, promovida por el “Obispado deAbancay”, imparte educación escolarizada en los niveles de inicial, primaria ysecundaria, de conformidad a lo establecido en Ley General de Educación - Ley N.º 28044, sus Reglamentos, la Ley de Centros Educativos Privados, Ley N.º 26549, Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en centros y programas educativos privados, Ley N.º 27665, el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica , aprobado por Decreto Supremo N.º 005-2021-MINEDU, la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo 882, Código de Defensa y Protección del Consumidor y el Reglamento Interno de EL COLEGIO, entre otros. De igual manera se encuentra comprendido dentro del ámbito del acuerdo celebrado entre la Xxxxx Xxxx x xx Xxxxxxxxx xxx Xxxx (Decreto Ley N.º 23211).
2. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO, del menor cuyos datos se consignan en el presente COMPROMISO ha solicitado matricular al estudiante para el presente año escolar 2022
II. DEL OBJETO MATERIA DEL CONTRATO:
1. Por el presente acto jurídico EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO solicita y contrata el servicio educativo que ofrece EL COLEGIO para el año escolar 2022, en beneficio de EL ESTUDIANTE cuyos datos se describen en la parte f inal, aceptando libremente las condiciones, derechos y obligaciones que en este documento se estipulan.
2. EL PADRE DE FAMILIA declara conocer que la modalidad del servicio educativo que ofrece EL COLEGIO para el año lectivo 2022 es semi presencial. Esta modalidad propuesta podrá ser modificada por EL COLEGIO de acuerdo a las necesidades de la comunidad educativa en concordancia con la normativa vigente.
3. EL COLEGIO, por su parte accede a la solicitud de EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO y se acepta a otorgar el servicio educativo en el año escolar 2022 a favor de EL ESTUDIANTE de acuerdo a los términos establecidos en el presente contrato.
III. HORARIO DEL SERVICIOEDUCATIVO:
EL COLEGIO, en tanto la educación se mantenga en la modalidad semipresencial, desarrollaremos sesiones de aprendizaje hibridas para lo cual el o la estudiante deberá contar:
• Cuando el estudiante asista al colegio de manera presencial deberá portar un dispositivo (Laptop, Tablet o Celular adecuado) para el desarrollo de sus sesiones de aprendizaje que demanden el uso de herramientas virtuales.
• Cuando el o la estudiante participe de las sesiones académicas de manera virtual desde su domicilio, deberá contar con buena señal de internet y dispositivos adecuados (todo dispositivo deberá tener cámara la cual deberá estar encendida durante el desarrollo de la sesión de aprendizaje)
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El horario de actividades de aprendizajes contemplado en la propuesta educativa para el logro de las competencias según lo dispuesto en la Resolución Ministerial N.º 531-2021-MINEDU, salvo exista disposición legal distinta y posterior por parte del Ministerio de Educación, es como se detalla a continuación:
NIVEL | HORA DE INICIO | HORA DE TERMINO |
Inicial | 08:30 | 12:00 |
Primaria | 07:45 | 12:10 |
Secundaria | 07:45 | 12:15 |
La asistencia a las sesiones presenciales que se desarrollarán en el colegio se realizarán de manera semanal alternando la asistencia de los estudiantes:
• 50% de la cantidad de estudiantes del salón asisten una semana de manera presencial, el otro 50% participa en las mismas sesiones de manera virtual desde su domicilio, con la atención activa de la docente de manera síncrona y la transmisión de las clases en tiempo real.
Este horario estará sujeto a las disposiciones del Ministerio de Salud en coordinación con lo que dictamine a su vez el Ministerio de Educación y que en el ejercicio del año escolar 2022 se establezcan como estrategia de organización y rutina escolar. En tal sentido EL PADRE DE FAMILIA da su aceptación previa al cambio de horario que EL COLEGIO pueda determinar para el presente año escolar 2022. EL PADRE DE FAMILIA serán informados en su debida oportunidad sobre cualquier modificación.
IV. DE LAS CONDICIONES ECONÓMICAS DEL SERVICIO EDUCATIVO:
1. EL COLEGIO, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes puso en conocimiento de EL PADRE DE FAMILIA, antes de finalizar el año lectivo 2021, mediante el Boletín Informativo 2022, antes y durante el proceso de matrícula 2022, toda la información respecto al costo y características del servicio educativo, a continuación, reiteramos la información.
2. CUOTA DE INGRESO DE ESTUDIANTE NUEVO: La cuota de ingreso es exclusivamente para estudiantes nuevos, este pago produce la separación y ocupación de una vacante, el pago se realizará al haber accedido a la vacante c o r r e s p o n d i e n t e en tesorería de EL COLEGIO, según el detalle siguiente:
NIVEL | ESTUDIANTE NUEVO |
INICIAL | S/.300.00 |
PRIMARIA | S/.300.00 |
SECUNDARIA | S/.300.00 |
4. MATRICULA: es el pago que se realiza una vez por cada año académico y previa suscripción del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS. Se abonará en tesorería de EL COLEGIO o en número d e cuenta de Banco de la Nación p r o p o r c i o n a d o por secretaria (Realizar el procedimiento de Matricula 2022 detallado en el Boletín Informativo 2022:
CUOTA DE MATRICULA SEMIPRESENCIAL | CUOTA DE MATRICULA PRESENCIAL | |
Inicial | S/.265.00 | S/.265.00 |
Primaria | S/.265.00 | S/.265.00 |
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Secundaria | S/.265.00 | S/.265.00 |
4. CUOTAS MENSUALES: Como contraprestación por los servicios materia del presente y bajo la denominación xx XXXX M E N S U A L I D A D E S POR P E N S I ÓN DE ESTUDIOS, EL PADRE D E FAMILIA, TUTOR L E G A L O APODERADO abonará p o r cada uno de sus menores hijos a la Institución Educativa los siguientes conceptos, según se presente un SERVICIO EDUCATIVO SEMIPRESENCIAL y / o PRESENCIAL
EL COLEGIO, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes del XX Xx 0000, XX Xx 000-0000 x XX 531 – 2021 MINEDU y con el propósito que los Padres de Familia dispongan de toda la información respecto al costo de servicio educativo, pone en conocimiento que para el año lectivo 2022, se ha establecido los siguientes costos.
PENSIÓN DE ENSEÑANZA SEMIPRESENCIAL | PENSIÓN DE ENSEÑANZA PRESENCIAL | |
Inicial | S/.265.00 | S/.265.00 |
Primaria | S/.265.00 | S/.265.00 |
Secundaria | S/.275.00 | S/.275.00 |
5. CRONOGRAMA DE PAGO: El pago de las cuotas mensuales que EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO debe realizar a favor de EL COLEGIO, debe ser de acuerdo al siguiente cronograma:
Íte m | Mes | Fechas de Vencimiento |
1 | Marzo | 01 /abril / /2022 |
2 | Abril | 02 /mayo / 2022 |
3 | Mayo | 01 / junio / 2022 |
4 | Junio | 01 / julio / 2022 |
5 | Julio | 01 /agosto / 2022 |
6 | Agosto | 01 / setiembre / 2022 |
7 | Setiembre | 01 / octubre /2022 |
8 | Octubre | 02/ noviembre /2022 |
9 | Noviembre | 01/ diciembre /2022 |
10 | Diciembre | 23/ diciembre /2022 |
6. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR L E G A L O APODERADO, se obliga expresamente a cumplir con el pago puntual de las condiciones económicas descritas en el presente numeral IV, reconociendo que el presupuesto de EL COLEGIO se financia f u n d a m e n t a l m e n t e , con las pensiones de enseñanza, que a su vez solventan el pago de remuneraciones del personal docente, administrativo, seguridad y mantenimiento, así como la adquisición de bienes y servicios en beneficio del estudiante.
7. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO, reconoce que el pago de la cuota de ingreso, matrícula escolar y cuotas mensuales no tienen exoneración.
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8. Reconoce que las condiciones económicas establecidas en el presente contrato son producto del presupuesto económico elaborado por EL COLEGIO para el año lectivo 2022, por consiguiente, EL PADRE DE FAMILIA, declara conocer que por ningún motivo los costos educativos podrán ser disminuidos.
V. MEDIDAS QUE EL COLEGIO PODRÁ ADOPTAR ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ECONÓMICAS ASUMIDAS POR EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO:
Ante el incumplimiento de las obligaciones económicas asumidas por EL PADRE DE FAMILIA mediante el presente contrato, autoriza expresamente a EL COLEGIO a llevar a cabo las siguientes acciones de cobranza:
1. Enviar mensajes de texto y/o mensajes WhatsApp al celular que EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO, haya registrado en EL COLEGIO, recordándole la deuda atrasada.
2. Citar a EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO m e d i a n t e los sistemas de comunicación oficial de EL COLEGIO para una entrevista personal y/o virtual con la Administración.
3. Realizar llamadas telefónicas al celular o teléfono fijo que EL PADRE DE FAMILIA TUTOR LEGAL O APODERADO haya registrado en EL COLEGIO, recordándole la deuda atrasada.
4. Requerir mediante notificación a través de los medios legales (carta notarial u otro similar) el cumplimiento de las obligaciones económicas.
5. Ante el incumplimiento de pago de las cuotas mensuales, según el cronograma antes mencionado, se procederá al cobro de interés moratorio establecidos por el Banco Central de Reserva del Perú, por día de retraso, aplicables a operaciones ajenas al sistema financiero.
6. Reportar la falta de pago de dos o más cuotas mensuales por el servicio educativo a la central de riesgo INFOCORP.
7. Retener los certificados correspondientes a periodos no pagados.
8. No renovar el contrato de prestación de servicio a favor de EL ESTUDIANTE para el año lectivo 2023, por reiterada morosidad o falta de puntualidad en el pago de las pensiones de enseñanza correspondientes al servicio educativo proporcionado en el año lectivo 2022.
9. EL C O L E G I O podrá demandar judicialmente a EL P A D R E DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO el pago de deudas pendientes.
VI. LA PROPUESTAPEDAGÓGICA DELPLAN DE ESTUDIOSY LOSSISTEMAS DE EVALUACIÓN:
1. EL COLEGIO ofrece un plan curricular que tiene como base al Currículo Nacional de la Educación Básica CNEB (RM N°281-2016-MINEDU), considerando además los documentos normativos del
Ministerio de Educación
2. El plan de estudios: Se encuentra desarrollado y a disposición de EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO en la página web de EL COLEGIO.
3. El sistema de evaluación, es permanente con énfasis en el enfoque formativo en concordancia con el Currículo Nacional de Educación Básica, porque la meta es el logro de los aprendizajes, el desarrollo progresivo de las competencias. Durante el año académico 2022, regirán las orientaciones contempladas en las normas emitidas y las que posteriormente emita el Ministerio de Educación en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus COVID 19, sobre regulación de la evaluación de las competencias de los estudiantes de la educación básica. Estas orientaciones se encuentran contempladas en el Reglamento Interno de EL COLEGIO.
4. EL COLEGIO exige a sus estudiantes que evidencien niveles óptimos de logros de aprendizaje, para tal efecto EL COLEGIO informará periódicamente, por escrito (remitido de manera virtual, en caso corresponda) a EL
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PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO las dificultades en el proceso de aprendizaje o en lo referente a la conducta o disciplina y, dispondrá las indicaciones y sugerencias destinadas a superar las dificultades del estudiante.
5. Si luego del seguimiento respectivo el estudiante no supera las dificultades advertidas, EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO suscribirá una carta de compromiso (recomendaciones, atención externa, etc.) que garantice y asegure el monitoreo, participación efectiva y control a su hijo (a), comprometiéndose al fortalecimiento de los logros de aprendizaje y si fuera el caso, de la conducta adecuada, esto a favor del o de la menor.
En cuanto a ello, en caso de la prestación de servicio virtual, las reuniones se desarrollarán por medio de video llamadas o video conferencias a través de los enlaces que proporcione EL COLEGIO.
6. Si, mediado el compromiso (mediante carta física o compromiso virtual) señalado en el párrafo que antecede el o la estudiante no supera las dificultades en el logro de aprendizajes o en cuanto a la conducta y/o disciplina por omisión por parte de EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO de dicho compromiso; EL COLEGIO informará a la Unidad de Gestión Educativa Local del sector dicha omisión de participación asertiva y activa del PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO en el proceso educativo de su menor hijo y además aplicará las medidas señaladas en este contrato, así como en el Reglamento Interno de EL COLEGIO.
7. EL PADRE DE FAMILIA, T U T O R LEGAL O APODERADO se compromete a p a r t i c i p a r activamente en las actividades académicas y formativas programadas por EL COLEGIO (estar presente en el momento de la matrícula, en la entrega de informes académicos, asistir a las reuniones convocadas por los directivos, profesores y/o Departamento Psicopedagógico, tutores, etc.). La a s i s t e n c i a podrá realizarse de m a n e r a presencial y/o v i r t u a l , siendo respetuosos de las normativas sanitarias.
VII. SOBRE LA PROPUESTA DE CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA Y PACÍFICAEN EL COLEGIO:
EL COLEGIO y EL PADRE DE FAMILIA reconocen la siguiente propuesta de convivencia democrática y pacífica entre estudiantes, que debe ser respetada en las modalidades presenciales, semi presencial y virtual:
1. Se entiende por Convivencia Democrática y Pacífica, el espacio en el cual todos los alumnos pueden tener un ambiente armónico, tolerante y respetuoso de las diferencias y buen trato, que haga posible el que todos cuenten con los mismos derechos y deberes, respetando los acuerdos de Convivencia en aula (presencial y/o virtual) los cuales deben de ser publicados.
2. Se considera acoso escolar ( Bullying), aquellos que presenten algún tipo de violencia que esté caracterizada por conductas intencionales, hostigamiento, falta de respeto, maltrato psicológico, verbal o físico por parte de uno o varios estudiantes contra la víctima, c o n el objeto de intimidar o excluir, a t e n t a n d o así contra su dignidad y derecho a gozar de un entorno escolar libre de violencia. Característica importante es la reiteración y permanencia en el tiempo de dichos actos contra la víctima.
3. Asimismo, constituye acoso escolar (bullying), el uso deliberado de la fuerza física o agresión psicológica, ya sea en grado de amenaza o acción efectiva; contra otra persona, un grupo o comunidad, que causa o pueda causar l e s i ó n , mue r te , d a ñ o s p s i c o l ó g i c o s .
4. Los actos señalados en los numerales 1, 2 y 3 precedentes, están expresamente prohibidos en EL COLEGIO ya sea que se realicen personalmente o por cualquier otro medio incluyendo virtuales, telefónicos, electrónicos u otros análogos.
5. Está prohibida la agresión física, verbal o psicológica de personas adultas a estudiantes de nuestra I n s t i t u c i ó n dentro y /o fuera del colegio, t o m a n d o justicia p o r sus propias manos , esta acción
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constituy e un acto grave que será informado de inmediato a las autoridades competentes para su i n v e s t i g a c i ó n y sanción de a c u e r d o a l as r e c o m e n d a c i o n e s del Ministerio Público.
6. El protocolo de atención en casos de maltrato y acoso escolar se encuentra establecido en el Reglamento Interno de EL COLEGIO a disposición de EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO en la página Web.
7. EL P A D R E DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO debe leer y comentar con EL ESTUDIANTE la Ley n.º 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en la instituciones educativas; el D. S. N.º 004-2018-MINEDU, sobre los lineamientos para la gestión de la Convivencia Escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes; la R. M. N.º 274-2020-MINEDU, que aprueba la actualización de protocolos para la atención contra la violencia de niñas, niños y adolescentes; y el Plan de Convivencia del COLEGIO (publicado en la página Web) debiendo motivar a EL ESTUDIANTE para que sea un miembro pacífico y respetuoso en bienestar de la comunidad escolar
8. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO debe corregir conductas y/o mensajes discriminatorios, difamatorios, de hostigamiento e intimidación que pudiera realizar EL ESTUDIANTE.
9. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO debe supervisar el uso adecuado de información electrónica y medios de comunicación como: correo electrónico, plataforma, campus virtual, redes sociales, blogs, mensajería instantánea, mensajes de texto, teléfonos móviles (WhatsApp), y website empleados por EL ESTUDIANTE.
10. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO debe asistir (presencial y/o virtual) al llamado de algún representante del Comité de Convivencia Pacífica de EL COLEGIO y brindar toda su colaboración para contravenir cualquier acto de acoso o maltrato escolar.
11. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR L E G A L O APODERADO reconoce que todo acto de acoso, hostigamiento, violencia y, en especial, los casos de reincidencia en estos, serán inscritos en el Libro de Registro de Incidencias de EL COLEGIO, según lo establecido en la Ley N° 29719 que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas para seguir el proceso de acuerdo a la ley. De igual manera será registrado en el programa del Ministerio de Educación SISEVE e incluso de acuerdo a la gravedad de los hechos podrá ser informado al Ministerio Público y/o Policía Nacional del Perú.
12. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR L E G A L O APODERADO se c o m p r o m e t e a p a r t i c i p a r (presencial y /o virtual) en las actividades f o r m a t i v a s p r o g r a m a d a s p o r EL COLEGIO (actividades pastorales, escuela de padres y otros) así como, en las actividades recreativas programadas por EL COLEGIO. En caso EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO tenga hijos en diferentes secciones y/o niveles, EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR L E G A L O APODERADO deberá discernir a cuál de las reuniones u actividades asistir.
13. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR L E G A L O APODERADO se compromete a cumplir c o n las obligaciones y recomendaciones dadas por las diferentes áreas de EL COLEGIO, de ser el caso a efectuar terapias externas cuando sean específicamente recomendadas a favor de EL ESTUDIANTE y presentar los informes de acompañamientos externos de EL ESTUDIANTE suscritos por los especialistas en las fechas solicitadas por el Departamento Psicopedagógico de EL COLEGIO.
14. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO se obliga a respetar el marco doctrinal, axiológico y la fe católica que sustenta la educación de EL COLEGIO, c om pr o me t i é nd o se a participar activamente en las actividades de formación espiritual que promueve el colegio.
15. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO reconoce que, si uno de los padres
tiene la tenencia legal del ESTUDIANTE, ello no limita de modo alguno el derecho de l otro padre o madre de acceder a la información sobre el estado académico, conductual y administrativo de EL ESTUDIANTE, salvo exista resolución judicial que indique lo contrario, la misma que para su
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cumplimiento deberá s e r puesta en conocimiento de EL COLEGIO mediante oficio de la autoridad que la emite.
16. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO, se compromete a no involucrar a EL COLEGIO, en los procesos judiciales o extrajudiciales, sobre asuntos de tenencia, alimentos, régimen de visitas o litigios entre padres y/o familiares, siendo consciente de que EL COLEGIO carece de autoridad para decidir en estos casos y, en particular, carece de autoridad para impedir a alguno de los padres el retiro de EL ESTUDIANTE del local escolar, salvo exista resolución judicial que indique lo contrario, la misma que para su cumplimiento deberá ser puesta en conocimiento de EL COLEGIO mediante oficio de la autoridad que la emite.
17. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO se obliga a cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento Interno del Colegio.
18. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO reconoce que EL COLEGIO no ofrece el servicio de movilidad escolar, por lo tanto, se encuentra exento de toda responsabilidad.
19. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO autoriza a EL COLEGIO a fin de que su menor h i j o , mediante el Departamento de Psicopedagogía, pueda se r entrevistado en el transcurso del año, a fin de coadyuvar a su desarrollo integral.
20. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO asiente que la selección de estudiantes que representarán a EL COLEGIO en el año escolar 2022, en actividades deportivas, culturales y académicas en los diferentes eventos, es única y exclusiva decisión del equipo técnico responsable nombrado por EL COLEGIO.
21. EL COLEGIO dentro de los límites y alcances que la ley le faculte; actuará de oficio y comunicará, informará y/o denunciará a las autoridades correspondientes cuando se sientan amenazados o vulnerados los derechos de EL ESTUDIANTE por causa directa o indirecta que incurra el Padre o Padres de Familia, Xxxxx(es) Legal(es), Apoderado o a causa de agentes externos, a fin de garantizar y velar por el desarrollo integral de EL ESTUDIANTE.
VIII. MEDIOS OFICIALES DE COMUNICACIÓN:
1. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO reconoce como medios oficiales de comunicación de EL COLEGIO los siguientes:
a. Página Web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
b. Facebook: xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxx.xxxxxxxxxx
c. Correos institucionales @xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
d. Mensajería de texto de los números: x00 000000000
e. Cualquier documento físico debidamente firmado y sellado.
2. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO se compromete a utilizar los medios oficiales de comunicación de manera adecuada.
3. EL COLEGIO remitirá, antes del 30 de noviembre de 2022, el Boletín Informativo 2022 a través del comunicado final. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO se compromete a revisar el documento que contendrá información veraz, suficiente y apropiada sobre el monto, número, oportunidad de pago y posible incremento de las pensiones al año lectivo 2023.
X. VIGENCIA DEL CONTRATO:
La vigencia del presente CONTRATO es anual y corresponde al AÑO ESCOLAR 2022, s i e n d o renovable por otro periodo igual, previo acuerdo expreso, en forma escrita, de las partes.
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Las partes acuerdan que no habrá renovación automática del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, previo la suscripción anual de las partes
No habrá renovación del CONTRATO, en los siguientes casos:
a. Si EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO ha incumplido con una o más de las obligaciones asumidas en este contrato.
b. Si EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO mantiene deudas por concepto de pensiones durante el año escolar 2022 y/o culmine el año escolar 2022 con deudas por algún otro concepto.
c. Si existe reiterada impuntualidad en el pago de las cuotas mensuales durante el año escolar 2022 según cronograma establecido en el presente contrato.
d. Si no se matriculó a EL ESTUDIANTE en las fechas fijadas en el cronograma de matrícula.
e. Las demás establecidas en el Reglamento Interno de EL COLEGIO.
XI. JUECES Y TRIBUNALES:
Las partes acuer dan que cualquier litigio o controversia que pudiera s x x x x x xxxxx xxx xxxxxx xxxxxxxx xx xxxx contrato, sea relativa a su interpretación y/o cumplimiento, incluidas las referidas a su nulidad o validez, que no p u e d a ser r e s ue l ta en forma directa mediante negociación de las partes, acudirán para llegar a una solución, a la competencia de los jueces y tribunales de la ciudad de Abancay.
DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD:
EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO declara que este documento lo firma en f o r m a libre y sin que medie ningún tipo de p r e s i ó n , así c o m o declara tener pleno conocimiento de las condiciones y características del servicio que brinda EL COLEGIO, las que encuentra a su entera satisfacción. En ese sentido, este c o n t r a t o es obligatorio en todo lo expresado en él, por lo que leído en todas y cada una de sus partes, lo ratifican firmándolo en dos ejemplares en señal de conformidad.
DEL COLEGIO
Razón social | Promotora de instituciones educativas católicas de Apurímac |
Nombre Comercial | Institución Educativa Particular Diocesana Sedes Sapientiae |
R. U. C. | 20607535788 |
Representante legal | Rvdo. X. Xxxxxx Juro Xxxxxx |
DNI | 00000000 |
Dirección | Xx. Xxxxx Xxxxx X/X Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, xxxxxxxxx x xxxxxxxx xx Xxxxxxx |
DEL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO (PADRE, MADRE O TUTOR LEGAL)
Nombres y apellidos | |
DNI o C. E. | |
Domicilio | |
Ocupación | |
Teléfono de casa |
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Teléfono de trabajo | |
Celular | |
Correo electrónico |
DEL ESTUDIANTE
Nombres y apellidos | |
DNI | |
Domicilio | |
Grado y nivel (año 2022) |
Abancay, de de 2022
Firma del PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO
Rvd. X Xxxxxx Juro Xxxxxx
Director
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