CUADRO RESUMEN DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO AL DESARROLLO Y GESTIÓN EN EL EXTERIOR DEL PLAN DE MOVILIDAD, ENMARCADO EN EL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO (PICE). (EXPEDIENTE Nº 113/2019)
Pliego de Cláusulas Particulares
CUADRO RESUMEN DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO AL DESARROLLO Y GESTIÓN EN EL EXTERIOR DEL PLAN DE MOVILIDAD, ENMARCADO EN EL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO (PICE). (EXPEDIENTE Nº 113/2019)
DATOS PARA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
1.- | Órgano de Contratación: | CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ESPAÑA.- Comisión de Contratación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España. CIF: Q-2802216-H |
2.- | Número de Expediente: | 113/2019 |
3.- | Objeto del Contrato: | Contratación del Servicio de Apoyo al desarrollo y gestión en el exterior del Plan de Movilidad, enmarcado en el Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) Lote 1. Servicios de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad, enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Alemania. Lote 2. Servicios de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad, enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Bélgica. Lote 3. Servicios de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad, enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Francia. Lote 4. Servicios de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad, enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Italia. Lote 5. Servicios de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad, enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Portugal. Lote 6. Servicios de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad, enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Xxxxx Unido. |
4.- | Gastos de anuncios oficiales: | Serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos derivados de los anuncios, ya sea en el DOUE, o en el BOE, o en cualquier otro medio de comunicación que la Cámara de España haya considerado necesario hasta un máximo de 2.000 EUROS |
5.- | Presentación de los sobres | Horario Oficial de Registro: de lunes a jueves de 09:00 a 14:00 horas. Viernes de 09:00 a 13:00 horas. Fecha límite de Presentación: 12 de julio de 2019 a las 13:00 horas SÓLO SE ADMITIRÁ LA PRESENTACIÓN DE TRES SOBRES PARA CADA UNO DE LOS LOTES , en los que se señalará: 1. La referencia del procedimiento (PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO AL DESARROLLO Y GESTIÓN EN EL EXTERIOR DEL PLAN DE MOVILIDAD ENMARCADO DENTRO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO (PICE). (EXPEDIENTE Nº 113/2019) (Indicar nº/s de Lote/s)) 2. El nombre del licitador. 3. Su dirección, teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones y comunicaciones. En cada uno de los tres sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención: En el sobre número 1: “DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS REQUISITOS PREVIOS” (conteniendo un juego de documentación). En el sobre número 2: “DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS MEDIANTE JUICIO DE VALOR” (Conteniendo dos ejemplares en papel y uno en formato electrónico). |
En el sobre número 3: “DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS POR APLICACIÓN DE FÓRMULAS Y CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA” (Conteniendo dos ejemplares en papel y uno en formato electrónico). Apertura de proposiciones técnicas. Documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante juicio de valor (Sobre 2): 30 de julio de 2019 a las 13:00 horas | ||
6.- | Tipo de contrato: Procedimiento de adjudicación | La adjudicación se realizará a través de procedimiento abierto. La tramitación del procedimiento será ordinaria. La adjudicación se realizará por lotes, con la siguiente distribución: Lote 1. Servicios de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad, enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Alemania. Lote 2. Servicios de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad, enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Bélgica. Lote 3. Servicios de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad, enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Francia. Lote 4. Servicios de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad, enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Italia. Lote 5. Servicios de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad, enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Portugal. Lote 6. Servicios de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad, enmarcado dentro del Programa |
Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Xxxxx Unido. | ||
7.- | Clasificación del contrato: | 72224000-1 “Servicios de consultoría en gestión de proyectos” |
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO AL DESARROLLO Y GESTIÓN EN EL EXTERIOR DEL PLAN DE MOVILIDAD ENMARCADO DENTRO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO (PICE). (EXPEDIENTE Nº 113/2019)
ÍNDICE
CAPÍTULO I. GENERAL 1
Sección 1ª. Descripción del Programa y elementos que lo componen
CLÁUSULA 1ª. Antecedentes
Sección 2ª. Características básicas del contrato CLÁUSULA 2ª. Naturaleza de la contratación CLÁUSULA 3ª. Objeto
CLÁUSULA 4ª. Prestaciones que deben ejecutarse CLÁUSULA 5ª. Plazo y lugar de ejecución
CLÁUSULA 6ª. Presupuesto base de licitación, valor estimado y precio del contrato CLÁUSULA 7ª. Régimen jurídico
CLÁUSULA 8ª. Documentos contractuales CLÁUSULA 9ª. Publicidad
CAPÍTULO II. NORMAS APLICABLES AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Sección 1ª. Órgano competente
CLÁUSULA 10ª. Definición del Órgano competente
Sección 2ª. Forma y procedimiento de la contratación
CLÁUSULA 11ª. Procedimiento de licitación
Sección 3ª. Capacidad y solvencia para concurrir al procedimiento
CLÁUSULA 12ª. Condiciones de aptitud CLÁUSULA 13ª. Uniones Temporales de Empresas CLÁUSULA 14ª. Solvencia
CLÁUSULA 15ª. Integración de la solvencia con medios externos
CAPÍTULO III. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Sección 1ª. Lugar y plazo de presentación de proposiciones
CLÁUSULA 16ª. Lugar y plazo
CLÁUSULA 17ª. Presentación de proposiciones
CLÁUSULA 18ª. Efectos de la presentación de proposiciones
Sección 2ª. Requisitos de las proposiciones
CLÁUSULA 19ª. Contenido
Sección 3ª. Sobre 1
CLÁUSULA 20ª. Contenido: Documentación acreditativa de los requisitos previos
Sección 4ª. Sobre 2
CLÁUSULA 21ª. Contenido: Documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor
Sección 5ª. Sobre 3
CLÁUSULA 22ª. Contenido: Documentación relativa a criterios de adjudicación valorados por aplicación de fórmulas y criterios cuantificables de forma automática
Sección 6ª. Otras condiciones
CLÁUSULA 23ª. Confidencialidad CLÁUSULA 24ª. Propiedad Intelectual CLÁUSULA 25ª. Protección de datos
CAPÍTULO IV. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Sección 1ª. Apertura de proposiciones
CLÁUSULA 26ª. Apertura y calificación de sobres CLÁUSULA 27ª. Subsanación de errores
Sección 2ª. Valoración de las proposiciones presentadas
CLÁUSULA 28ª. Criterios de adjudicación de ofertas
Sección 3ª. Contratación de licitadores
CLÁUSULA 29ª. Propuesta de adjudicación, requerimiento de documentación al licitador que haya presentado la mejor oferta y adjudicación
CLÁUSULA 30ª. Garantías CLÁUSULA 31ª. Contrato y gastos
CLÁUSULA 32ª. Falta de formalización del contrato
Sección 4ª Otras cuestiones. Ejecución del contrato CLÁUSULA 33ª. Responsable del contrato CLÁUSULA 34ª. Abonos
CLÁUSULA 35ª. Obligaciones del adjudicatario respecto a su personal o colaboradores CLÁUSULA 36ª. Modificación del contrato
CLÁUSULA 37ª. Cesión del contrato CLÁUSULA 38ª. Subcontratación CLÁUSULA 39ª. Revisión de precios CLÁUSULA 40ª. Resolución del contrato
ANEXO I: Modelo de presentación de oferta
ANEXO II: Modelo de proposición relativa a los criterios valorables a través de fórmulas
ANEXO III: Declaración de confidencialidad
ANEXO IV: Modelo de declaración de cumplimiento de cuota de reserva de puestos de trabajo con discapacidad
ANEXO V.a: Modelo Acuerdo de Colaboración - Castellano
ANEXO V.b: Modelo Acuerdo de Colaboración - Inglés
CAPÍTULO I. GENERAL
SECCIÓN 1ª. DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA Y ELEMENTOS QUE LO COMPONEN CLÁUSULA 1ª. ANTECEDENTES
El Programa Operativo de Empleo Juvenil FSE 2104-2020 (Nº CCI 2014ES05M9OP001) fue aprobado mediante la Decisión de Ejecución de la Comisión de 12 de diciembre de 2014 C (2014) 9891 final. El Programa Operativo de Empleo Juvenil tiene como fin último apoyar la reducción de la tasa de desempleo juvenil en España a través de la mejora de las cualificaciones y el fomento de la contratación y el autoempleo de la población joven, todo ello orientado al cumplimiento de los objetivos y las prioridades establecidas en la Estrategia UE 2020.
En el marco de la Garantía Juvenil y en plena coherencia con el Programa Operativo de Empleo Juvenil FSE 2014- 2020, las Cámaras de Comercio de España plantean el Plan de Movilidad que se enmarca en el Programa Integral de Cualificación y Empleo (en adelante PICE). El mismo está integrado por una serie de medidas ofrecidas a todo el colectivo de jóvenes destinatarios de la Garantía Juvenil con el objetivo principal de proporcionar valor añadido al currículo de los jóvenes participantes mediante la realización de estancias profesionales en empresas de la Unión Europea y formación de carácter internacional que dé respuesta a la demanda y necesidades actuales de las empresas que desempeñan su actividad económica en España. Por lo tanto, lo que se pretende a través de este Plan es reducir de la tasa de desempleo de este colectivo y aumentar la competitividad de las empresas.
Dicho Programa contribuye además al objetivo general del Programa Operativo de atraer a más personas al mercado laboral, haciendo del trabajo una opción real para todos, fomentando la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres, impulsando especialmente la integración sociolaboral de las mujeres, las personas jóvenes, los parados de larga duración, los inmigrantes, las personas con discapacidad y aquellas en riesgo de exclusión xxx xxxxxxx de trabajo.
Este Plan, por lo tanto, se configura con el objetivo de dar respuesta a las necesidades de capacitación y formación internacional que tiene el colectivo de beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (en adelante, SNGJ) que demuestra un interés específico en internacionalizar su currículum, aumentar su nivel de idiomas su nivel de empleabilidad a través de estancias cortas en empresas de la Unión Europea.
En este sentido y en todo caso, las estancias internacionales disfrutadas por los jóvenes tienen por objeto mejorar su cualificación profesional por lo que están relacionadas con su perfil académico o profesional.
Los objetivos específicos del Plan de Movilidad son:
- La mejora de competencia lingüística de los jóvenes participantes.
- Potenciar las habilidades personales y profesionales de los participantes.
- Aumentar la comprensión de otras culturas y países y conocer diferentes culturas organizacionales para poder desenvolverse como profesionales en entornos multiculturales.
- Ofrecer a los jóvenes la oportunidad de desarrollar y ampliar su red de contactos profesionales.
- Dar a conocer la importancia de la movilidad laboral internacional como herramienta para la búsqueda de trabajo y mejora de la empleabilidad.
- Y, por último, facilitar su acceso al mercado de trabajo tras su participación en el Plan de Movilidad, así como favorecer la competitividad de las empresas que les contraten.
La movilidad de los participantes en el Plan de Movilidad se realiza desde España hacia la sede de una empresa en cualquier país miembro de la Unión Europea. Las características de los participantes en el Plan de Movilidad quedan definidos a través del presente enlace:
xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxXxxxxxx.xxxx
El primer periodo de ejecución del Plan de Movilidad ha estado comprendido en los años 2017 y 2018 durante el que se han realizado más de doscientas cincuenta movilidades de jóvenes beneficiarios del SNGJ las cuáles han sido gestionadas por trece Cámaras de Comercio diferentes. Se prevén un total de 400 jóvenes participantes del Plan de Movilidad durante la ejecución de las movilidades con carácter anual.
En el marco de esta actuación, la Cámara de Comercio de España y las Cámaras de Comercio que ofrecen este plan pretenden facilitar el acercamiento de las empresas adheridas al colectivo de jóvenes beneficiarios del SNGJ. El beneficio de facilitar este acercamiento tiene una doble vertiente. Por una parte, la empresa adherida consigue cubrir la demanda xx xxxxxxx joven para prácticas formativas las cuales, en muchos casos, acaban formalizándose en contratos de trabajo y, por otra parte, los jóvenes pueden acceder a una bolsa de vacantes pública y exclusiva para los beneficiarios de Garantía Juvenil lo que les ayuda en el proceso de búsqueda de empresa de acogida.
Esta licitación versa, por tanto, sobre la contratación de servicios de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad en los países que se indican a continuación, dirigidos fundamentalmente a la realización de tareas de difusión de este plan, captación de empresas de acogida, apoyo en los procesos de selección de candidatos, así como otras tareas asociadas a la puesta en marcha y gestión del programa:
Alemania
Bélgica
Francia
Italia
Portugal
Xxxxx Unido
Para ampliar información del Plan de Movilidad · PICE se puede consultar la siguiente página web: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxx/xxxx-xx-xxxxxxxxx.
Naturaleza de la CÁMARA DE ESPAÑA
El artículo 20.1 de la Ley 4/2014, de 1 xx xxxxx, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, configura a la Cámara de España como una corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines que se configura como órgano consultivo y de colaboración con la Administración General del Estado, sin menoscabo de los intereses privados que pueda perseguir.
La Cámara de España está integrada por representantes de las Cámaras de Comercio de todas las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, las grandes empresas de mayor contribución, las organizaciones empresariales y de autónomos, los Ministerios por razón de la competencia y las Federaciones de las Cámaras Oficiales españolas en el extranjero, y es el organismo de representación, relación y coordinación de las mismas.
SECCIÓN 2ª. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL CONTRATO CLÁUSULA 2ª. NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN
De acuerdo con la estructura de funcionamiento del Plan de Movilidad del PICE, y de conformidad con el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, por el que se establecen disposiciones generales relativas a estos Fondos Europeos para el periodo de programación 2014-2020, la Cámara de España participa como Organismo Intermedio del Programa Operativo de Empleo Juvenil FSE 2104-2020 (Nº CCI 2014ES05M9OP001) fue aprobado mediante la Decisión de Ejecución de la Comisión de 12 de diciembre de 2014 C (2014) 9891 final.
CLÁUSULA 3ª. OBJETO.
3.1. OBJETO
El objeto del contrato al que se refiere el presente documento es la contratación de un servicio de apoyo al desarrollo y gestión en el exterior del Plan de Movilidad enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE). Se ha procedido a la división del contrato en lotes, en los términos señalados e continuación pudiendo los licitadores licitar a todos o a cada uno de los lotes individualmente:
- Lote 1. Servicio de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Alemania.
- Lote 2. Servicio de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Bélgica.
- Lote 3. Servicio de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Francia.
- Lote 4. Servicio de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Italia.
- Lote 5. Servicio de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Portugal.
- Lote 6. Servicio de apoyo al desarrollo y gestión del Plan de Movilidad enmarcado dentro del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) en Xxxxx Unido.
3.2. DISTRIBUCIÓN EN LOTES
Definido unitariamente en la forma expresada, el objeto del procedimiento se divide en seis lotes diferenciados, en la medida en que las acciones cuya contratación se lleva a cabo por medio del presente procedimiento se encuentran articuladas entorno a seis países diferentes, precisando de este modo cada lote un servicio especializado adaptado y que dé respuesta a la situación xxx xxxxxxx laboral de cada país y en consonancia a la demanda de perfiles profesionales.
A todos los efectos, las entidades interesadas podrán formular proposiciones a uno, varios o todos los lotes de la presente licitación, debiendo, para cada lote, presentar una proposición independiente (no se admitirán, por tanto, ofertas integradoras).
Dentro xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas quedarán delimitadas las características exigidas a las prestaciones que la/s entidad/es adjudicataria/s realizarán en el marco del presente contrato.
3.2. CÓDIGO DEL CONTRATO
El Código que corresponde al contrato, según la nomenclatura es 72224000-1 “Servicios de consultoría en gestión de proyectos” (Reglamento (CE) n. º 213/2008, de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) n. º 2195/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV)).
CLÁUSULA 4ª. PRESTACIONES QUE DEBEN EJECUTARSE.
Las prestaciones que deben ejecutarse quedan expresadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
CLÁUSULA 5ª. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN
El plazo de vigencia del contrato para cada lote será de un año, a contar desde el día siguiente a la firma del documento en que se formalice el mismo.
El contrato podrá prorrogarse anualmente, antes de su finalización, por mutuo acuerdo de las partes, hasta tres años más. Así, la duración máxima de la contratación, incluidas las eventuales prórrogas puede extenderse a un total de cuatro años.
Los servicios objeto de la presente licitación se llevarán a cabo en las oficinas del contratista, sin perjuicio de las necesarias reuniones de trabajo, reuniones de coordinación u otras acciones que puedan celebrarse en el país donde se desarrollan los trabajos en función del lote.
CLÁUSULA 6ª. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO
Presupuesto Base de Licitación
El presupuesto base de licitación para la duración inicial prevista asciende a la cantidad de trescientos treinta y dos mil trescientos cincuenta y ocho euros con dieciocho céntimos (332.358,18 €), no estando incluido el IVA, que asciende a sesenta y nueve mil setecientos noventa y cinco euros con veintidós céntimos (69.795,22 €). Es decir, el presupuesto base de licitación para la duración inicial (IVA incluido), alcanza los cuatrocientos dos mil ciento cincuenta y tres euros con cuarenta céntimos (402.153,40 €), IVA incluido
A continuación, se refleja la división por lotes:
LOTE Nº 1 (ALEMANIA): treinta y seis mil ochocientos noventa y cuatro euros (36.894,00
€), no estando incluido el IVA, que asciende a siete mil setecientos cuarenta y siete con setenta y cuatro (7.747,74 €). Por tanto, el presupuesto base de licitación para la duración inicial del Lote nº 1 alcanza los cuarenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y un euros con setenta y cuatro céntimos (44.641,74 €), IVA incluido. Este precio incluye todos los gastos que implique la realización del objeto de la licitación con el siguiente desglose:
Lote nº 1 (IVA incluido) | ||
Costes directos | 75% | 33.481,31 € |
Costes indirectos y beneficio empresarial | 25% | 11.160,44 € |
Total | 44.641,74 € |
LOTE Nº 2 (BÉLGICA): ochenta y cinco mil ochocientos diecisiete euros con sesenta y ocho céntimos (85.817,68 €), no estando incluido el IVA, que asciende a dieciocho mil veintiún euros con setenta y un céntimos (18.021,71 €). Por tanto, el presupuesto base de licitación para la duración inicial del Lote nº 2 alcanza los ciento tres mil ochocientos treinta y nueve euros con treinta y nueve céntimos (103.839,39 €), IVA incluido. Este precio incluye todos los gastos que implique la realización del objeto de la licitación con el siguiente desglose:
Lote nº 2 (IVA incluido) | ||
Costes directos | 75% | 77.879,54 € |
Costes indirectos y beneficio empresarial | 25% | 25.959,85 € |
Total | 103.839,39 € |
LOTE Nº 3 (FRANCIA): setenta y siete mil ochocientos cuarenta y tres euros con setenta y seis céntimos (77.843,76 €), no estando incluido el IVA, que asciende a dieciséis mil trescientos cuarenta y siete euros diecinueve céntimos (16.347,19 €). Por tanto, el presupuesto base de licitación para la duración inicial del Lote nº 3 alcanza los noventa y cuatro mil ciento noventa euros con noventa y cinco céntimos (94.190,95 €), IVA incluido. Este precio incluye todos los gastos que implique la realización del objeto de la licitación con el siguiente desglose:
Lote nº 3 (IVA incluido) | ||
Costes directos | 75% | 70.643,21 € |
Costes indirectos y beneficio empresarial | 25% | 23.547,74 € |
Total | 94.190,95 € |
LOTE Nº 4 (ITALIA): sesenta mil novecientos setenta euros con cincuenta y seis céntimos (60.970,56 €), no estando incluido el IVA, que asciende a doce mil ochocientos tres euros con ochenta y dos céntimos (12.803,82 €). Por tanto, el presupuesto base de licitación para la duración inicial del Lote nº 4 alcanza los setenta y tres mil setecientos setenta y cuatro euros con treinta y ocho céntimos (73.774,38 €), IVA incluido. Este precio incluye todos los gastos que implique la realización del objeto de la licitación con el siguiente desglose:
Lote nº 4 (IVA incluido) | ||
Costes directos | 75% | 55.330,78 € |
Costes indirectos y beneficio empresarial | 25% | 18.443,59 € |
Total | 73.774,38 € |
LOTE Nº 5 (PORTUGAL): quince mil doscientos cincuenta y siete con veinte seis céntimos (15.257,26 €), no estando incluido el IVA, que asciende a tres mil doscientos cuatro con dos céntimos (3.204,02 €). Por tanto, el presupuesto base de licitación para la duración inicial del Lote nº 5 alcanza los dieciocho mil cuatrocientos sesenta y un euros con veinte ocho céntimos (18.461,28 €), IVA incluido. Este precio incluye todos los gastos que implique la realización del objeto de la licitación con el siguiente desglose:
Lote nº 5 (IVA incluido) | ||
Costes directos | 75% | 13.845,96 € |
Costes indirectos y beneficio empresarial | 25% | 4.615,32 € |
Total | 18.461,28 € |
LOTE Nº 6 (XXXXX UNIDO): cincuenta y cinco mil quinientos setenta y cuatro euros con noventa y dos céntimos (55.574,92 €), no estando incluido el IVA, que asciende a once mil seiscientos setenta euros con setenta y tres céntimos (11.670,73 €). Por tanto, el presupuesto base de licitación para la duración inicial del Lote nº 6 alcanza los sesenta y siete mil doscientos cuarenta y cinco euros con sesenta y cinco céntimos (67.245,65
€), IVA incluido. Este precio incluye todos los gastos que implique la realización del objeto de la licitación con el siguiente desglose:
Lote nº 6 (IVA incluido) | ||
Costes directos | 75% | 50.434,24 € |
Costes indirectos y beneficio empresarial | 25% | 16.811,41 € |
Total | 67.245,65 € |
Las proposiciones que se presenten superando el presupuesto base de licitación serán automáticamente desechadas.
Valor estimado
El valor estimado del contrato, incluidas las prórrogas, asciende a la cantidad un millón trescientos veintinueve mil cuatrocientos treinta y dos euros con setenta y dos céntimos (1.329.432,72 €) IVA excluido, calculado conforme a lo previsto en el artículo 101 de la LCSP. El valor estimado tiene el siguiente desglose:
Nª Lote | País | Presupuesto Base de Licitación (IVA Excluido) | Presupuesto Prórrogas (IVA Excluido) | Valor estimado (IVA excluido) | IVA 21 % | Total (IVA incluido) |
1 | Alemania | 36.894,00 € | 110.682,00 € | 147.576,00 € | 30.990,96 € | 178.566,96 € |
2 | Bélgica | 85.817,68 € | 257.453,04 € | 343.270,72 € | 72.086,85 € | 415.357,57 € |
3 | Francia | 77.843,76 € | 233.531,28 € | 311.375,04 € | 65.388,76 € | 376.763,80 € |
4 | Italia | 60.970,56 € | 182.911,68 € | 243.882,24 € | 51.215,27 € | 295.097,51 € |
5 | Portugal | 15.257,26 € | 45.771,78 € | 61.029,04 € | 12.816,10 € | 73.845,14 € |
6 | Xxxxx Unido | 55.574,92 € | 166.724,76 € | 222.299,68 € | 46.682,93 € | 268.982,61 € |
Total | 332.358,18 € | 997.074,54 € | 1.329.432,72 € | 279.180,87 € | 1.608.613,59 € |
Precio del contrato
El precio del contrato será el que resulte a la adjudicación del mismo. El citado importe incluye todos los gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido el IVA, que figura como partida independiente.
Para atender a las obligaciones económicas que se derivan del presente procedimiento de contratación existe crédito adecuado y suficiente siendo financiado con cargo al Fondo Social Europeo (FSE) en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil (POEJ) siendo la tasa de cofinanciación media en el caso de las actuaciones encuadradas dentro del Eje 8 del 68,21%.
El contrato se somete a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo y ser coherente con las actividades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social así como la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al
Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.
CLÁUSULA 7ª. RÉGIMEN JURÍDICO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Ley 4/2014, de 1 xx xxxxx, Básica de Cámaras, Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, la contratación y el régimen patrimonial de las Cámaras se regirá por el Derecho privado y habilitando un procedimiento que garantice las condiciones de publicidad, transparencia y no discriminación.
Dado el origen comunitario de los fondos aplicables a los Programas gestionados por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España en adelante “la Cámara de España” o “la Cámara de Comercio de España”, en el marco de los Fondos Europeos en el periodo 2014-2020, este contrato deberá someterse a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo, y será coherente con las actividades políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen las disposiciones comunes al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Marítimo y de la Pesca y se deroga el Reglamento (CE)nº 1083/2006, del Consejo.
En consecuencia, el procedimiento de contratación se regirá por las Instrucciones Internas de Contratación de la Cámara de Comercio de España y los principios de la normativa española de contratación pública.
En todo caso, el contrato que la Cámara de España suscriba con el/los contratista/s tendrá/n carácter privado.
CLÁUSULA 8ª. DOCUMENTOS CONTRACTUALES
En relación con la ejecución del presente contrato, tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
- El presente Pliego de Cláusulas Particulares
- El Pliego de Prescripciones Técnicas
- El documento de formalización del Contrato
- La oferta presentada por el contratista
En caso de discrepancia entre lo recogido en algunos de los anteriores documentos, tendrá prioridad lo que se disponga en este Pliego de Cláusulas Particulares.
El desconocimiento xxx Xxxxxx en cualquiera de sus términos o de los documentos anexos que forman parte del mismo, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
CLÁUSULA 9ª. PUBLICIDAD
El presente procedimiento de contratación se anunciará en el Diario Oficial de la Unión Europea (“DOUE”), el Boletín Oficial del Estado (“BOE”) y en el Perfil de Contratante de la Cámara de España (xxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx), en el que estarán disponibles los Pliegos que rigen el procedimiento.
CAPÍTULO II
NORMAS APLICABLES AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SECCIÓN 1ª. ÓRGANO COMPETENTE
CLÁUSULA 10ª. DEFINICIÓN DEL ÓRGANO COMPETENTE
La Comisión de Contratación de la Cámara de España será el órgano encargado de realizar la adjudicación del contrato, una vez recibida la propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación y, por tanto, ostentará la condición de órgano de contratación a todos los efectos.
La Comisión de Contratación estará integrada por los siguientes miembros:
- La Directora General de la Cámara de España.
- El Secretario General de la Cámara de España.
- El Tesorero de la Cámara de Comercio de España.
- Un representante del Departamento Jurídico de la Cámara de España.
- El Director del Departamento Financiero de la Cámara de España.
- La Directora del Departamento de Empleo, Formación y Emprendimiento.
El encargado de gestionar el procedimiento y proponer la selección de la(s) empresa(s) será la denominada “Mesa de Contratación”, que formulará una propuesta de adjudicación, a la Comisión de Contratación de la Cámara de España.
La Mesa de Contratación estará integrada por los siguientes miembros:
- Presidenta: la Directora del Departamento de Empleo, Formación y Emprendimiento de la Cámara de España y responsable del Contrato.
- Secretario: un miembro del Área de Empleo, Formación y Emprendimiento de la Cámara de España.
- Vocal (jurídico): designado entre el personal del Departamento Jurídico de la Cámara de España.
- Vocal (técnico): designado entre el personal del Área de Empleo, Formación y Emprendimiento de la Cámara de España.
- Vocal (técnico): designado entre el personal del Área de Empleo, Formación y Emprendimiento de la Cámara de España.
- Vocal (financiero): designado entre el personal del Departamento Financiero de la Cámara
de España.
En el acto público de apertura de las proposiciones se dará cuenta de las personas que han sido designadas para el desempeño de los cargos indicados.
La ausencia de cualquiera de los miembros de la Mesa podrá ser suplida por un empleado de la Cámara de España con similar categoría. Los nombres del sustituido y del sustituto, puesto desempeñado por éste y actuación en la que se produce su intervención, se harán igualmente constar en las actas que documenten las actuaciones de la Mesa en que aquellas se han producido.
Tanto la Mesa de Contratación como la Comisión de Contratación, antes de formular su propuesta o decisión, podrán solicitar cuantos informes técnicos consideren precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación.
SECCIÓN 2ª. FORMA Y PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN CLÁUSULA 11ª. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
La contratación, tramitada de forma ordinaria, se adjudicará mediante procedimiento abierto a la mejor oferta, de acuerdo con las Instrucciones Internas de Contratación de la Cámara de Comercio de España y los principios de la normativa española de contratación pública.
Se considera que éste es el procedimiento que mejor garantiza la publicidad, transparencia y libre concurrencia al permitir valorar otras cualidades de las entidades participantes, aparte de las meramente económicas e, igualmente, el más adecuado para la finalidad pretendida pues se intenta obtener no sólo el mejor precio sino las mejores características de los servicios ofertados.
SECCIÓN 3ª. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO. CLÁUSULA 12ª. CONDICIONES DE APTITUD
12.1. Podrán tomar parte en el presente procedimiento las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias descritas en los apartados 1 y 2 del artículo 57 de la Directiva 2014/24 ni igualmente en las causas de prohibición de contratar previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se transpones
al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero.
12.2. Las empresas licitadoras deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales. Asimismo, deberán disponer de una organización con elementos personales o materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
12.3. Del mismo modo, se exigirá que quienes concurran se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
12.4. Quienes acudan al presente procedimiento de selección podrán hacerlo por sí mismos o representados por persona autorizada que justifique documentalmente que está facultada para ello, mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad o aquel que legal o reglamentariamente lo sustituye, así como del correspondiente poder o copia previamente autentificada del mismo.
12.5 En relación con las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y empresas no comunitarias, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la LCSP.
CLÁUSULA 13º. UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS
Podrán concurrir al presente procedimiento las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se hay efectuado la adjudicación del contrato en su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del Contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de que puedan otorgarse poderes mancomunados para la gestión de cobros o pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación en cada caso, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados como empresa contratada.
La duración de las uniones temporales de empresarios deberá extenderse hasta cubrir la totalidad de las actividades realizadas al amparo del presente procedimiento.
En relación a las Uniones Temporales de Empresarios, la alteración de su composición, así como los supuestos de modificación durante la licitación se estará a lo dispuesto en el artículo 69, apartados 8 y siguientes de la LCSP.
En los casos de fusión de empresas en los que participe la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las
mismas, continuará el contrato con la entidad a la que se atribuya el contrato, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que reúna las condiciones de capacidad, ausencia de prohibición de contratar, y la solvencia exigida al acordarse la adjudicación o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas operaciones y, en caso de subsistir, la sociedad de la que provengan el patrimonio, empresas o ramas segregadas, se responsabilicen solidariamente con aquellas de la ejecución del contrato. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias, se resolverá el contrato, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del adjudicatario.
A los efectos anteriores la empresa deberá comunicar al órgano de contratación la circunstancia que se hubiere producido.
CLÁUSULA 14º. SOLVENCIA
Para poder concurrir a la licitación las personas físicas o jurídicas deberán estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera técnica o profesional que se acreditará por el medio o los medios que se señalan a continuación:
Solvencia económica y financiera
Volumen anual de negocios que, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o inicio de actividades del licitador y de presentación de ofertas por importe mínimo de:
o Lote 1. Alemania. Igual o superior a cincuenta y cinco mil trescientos cuarenta y un euros (55.341,00 €), IVA excluido.
o Lote 2. Bélgica. Igual o superior a ciento veintiocho mil setecientos veinte y seis euros con cincuenta y dos céntimos (128.726,52 €), IVA excluido.
o Lote 3. Francia Igual o superior a ciento dieciséis setecientos sesenta y cinco mil euros con sesenta y cuatro céntimos (116.765,64 €), IVA excluido.
o Lote 4. Italia. Igual o superior a noventa y un mil cuatrocientos cincuenta y cinco euros con ochenta y cuatro céntimos (91.455,84€), XXX excluido.
o Lote 5. Portugal. Igual o superior a veinte y dos mil ochocientos ochenta y cinco euros con noventa y nueve céntimos (22.885,99€), IVA excluido.
o Lote 6. Xxxxx Unido. Igual o superior a ochenta y tres mil trescientos sesenta y dos euros con treinta y ocho céntimos (83.362,38€) IVA excluido.
En el caso de que el licitador presente oferta para varios lotes el importe a acreditar será el acumulado de cada uno de los lotes.
Acreditación: el volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar
inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha, el destinatario, público o privado de los mismos y un resumen del alcance de las tareas que implica cada uno de ellos. Se consideran servicios de igual o similar naturaleza aquellos relacionados con la gestión de programas internacionales con empresas.
El importe anual de los servicios o trabajos de igual o similar naturaleza realizados en la anualidad de mayor ejecución del periodo de los tres años señalados, será como mínimo de:
o Lote nº 1. Alemania. Igual o superior a ciento tres mil trescientos tres euros con veinte céntimos (103.303,20 €), IVA excluido.
o Lote nº 2. Bélgica. Igual o superior a doscientos cuarenta mil doscientos ochenta y nueve euros con cincuenta céntimos (240.289,50 €), IVA excluido.
o Lote nº 3. Francia. Igual o superior a doscientos diecisiete mil novecientos sesenta y dos euros con cincuenta y tres céntimos (217.962,53 €), XXX excluido.
o Lote nº 4. Italia. Igual o superior a ciento setenta mil setecientos diecisiete euros con cincuenta y siete céntimos (170.717,57 €), IVA excluido.
o Lote nº 5. Portugal. Igual o superior a cuarenta y dos mil setecientos veinte euros con treinta y tres céntimos (42.720,33 €), IVA excluido.
o Lote nº 6. Xxxxx Unido Igual o superior a ciento cincuenta y cinco mil seiscientos nueve mil euros con setenta y ocho céntimos (155.609,78 €), IVA excluido.
En el caso de que el licitador presente oferta para varios lotes, el licitador debe alcanzar la suma de los importes mínimos establecidos para cada uno de los lotes a los que presenta oferta.
Acreditación. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación;
- Indicación del equipo técnico y unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato.
El licitador deberá adscribir al contrato un equipo que incluya al menos los siguientes perfiles para cada uno de los lotes:
- 1 Coordinador/a. Este perfil podrá coincidir en aquellos casos en los que un licitador haya resultado adjudicatario de varios lotes.
- 1 Técnico/a de proyecto que trabajará en exclusiva y con dedicación plena al proyecto en la sede que así se determine en cada lote. Deberá contar con titulación universitaria y el siguiente nivel de idiomas:
o Nivel C2 de lengua española.
o Nivel C1 o superior de la lengua principal de trabajo en el país en el que se desarrolla el servicio.
En los términos expresados en el Pliego de Cláusulas Particulares, el licitador deberá acreditar que el equipo de trabajo asignado reúne los requisitos mínimos de solvencia técnica exigidos.
Si durante la ejecución del contrato la empresa adjudicataria tuviese necesidad de cambiar alguno de los medios personales propuestos en la oferta, lo podrá hacer previa información a la Cámara de España y con el acuerdo de éste, sin que ello suponga menoscabo en la calidad de los trabajos o de las fechas comprometidas.
La Cámara de España se reserva el derecho a solicitar la sustitución de alguno o de todos los miembros del equipo cuando exista razón justificada para ello. Dicha petición deberá ser indefectiblemente atendida por la empresa prestataria del servicio.
El citado personal dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria, y por tanto ésta tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresa, debiendo cumplir las disposiciones vigentes en materia Laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud, sin que en ningún caso pueda alegarse, por dicho personal, derecho alguno en relación con la Cámara de España, ni exigirse a éste responsabilidades como consecuencia de las obligaciones existentes entre la empresa adjudicataria y sus empleados.
La disponibilidad efectiva de los medios exigidos se acreditará mediante la aportación de la siguiente documentación:
o CV de los dos perfiles asignados al servicio.
o Título universitario y certificado oficial acreditativo del nivel de idiomas exigido del perfil “Técnico/a de proyecto”. Las titulaciones se acreditarán mediante título original, fotocopia compulsada o copia legitimada notarialmente.
Además de los requisitos mencionados, deberán aportarse los siguientes medios para acreditar la solvencia técnica:
- Una declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los últimos tres años, acompañada de la documentación justificativa cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
- Una declaración del material y equipo técnico de los que disponga el empresario para la prestación efectiva de los servicios, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios correspondientes del órgano de contratación.
- Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
CLÁUSULA 15ª INTEGRACIÓN DE LA SOLVENCIA CON MEDIOS EXTERNOS
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.
En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 LCSP, podrán recurrir a las capacidades ajenas a la unión temporal.
Por tanto, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional recogidos en la Cláusula 14 basándose en la solvencia y medios de otras entidades.
No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos profesionales que se indican en el artículo 90.1 de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a prestar los servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades.
CAPÍTULO III. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
SECCIÓN 1ª. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES CLÁUSULA 16ª. LUGAR Y PLAZO
Las proposiciones podrán entregarse, en el registro de la sede de la Cámara de España, en la xxxxx Xxxxxx xxx Xxxxx, 00 – 00000 (Xxxxxx) a la atención del Departamento de Empleo, Formación y Emprendimiento, (de lunes a jueves de 09:00 a 14:00 horas. Viernes de 09:00 a 13:00 horas) del último día del plazo que se señale en el anuncio de licitación publicado en el Perfil de Contratante de la Cámara de Comercio de España xxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxxx-xx- contratante, en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El horario de presentación de proposiciones será de 09:00-14:00 horas de lunes a jueves y de 09:00-13:00 horas el viernes.
Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las proposiciones podrán igualmente enviarse dentro del mismo plazo por correo certificado a la dirección indicada en el anuncio de licitación, debiéndose en este caso justificar la fecha de imposición del envío y anunciar a la Cámara de España tal circunstancia mediante, fax o telegrama.
A estos efectos se entenderá como la única habilitada para recibir tal anuncio, la Cámara de España, cuyo fax es el (x00 00 000 00 00).
Transcurridos los diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido en la sede de la Cámara de España la documentación, ésta no será admitida en ningún caso. Los licitadores presentarán sus proposiciones utilizando el modelo que consta en el Anexo I del presente Xxxxxx.
Lugar dónde se puede solicitar información sobre la licitación
Además se puede solicitar información sobre la licitación a través del Responsable del contrato mediante correo electrónico (xxxxxxxxx.xxxx@xxxxxx.xx). Para ello deberá hacerse expresa mención al número del procedimiento.
CLÁUSULA 17ª. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Cada licitador sólo podrá presentar una propuesta en relación con cada lote al que licite, que deberá ser determinada y concreta, sin incluir alternativas o variantes.
Quienes opten por concurrir en unión temporal de empresas:
a. No podrán presentar su proposición más que en una unión temporal.
b. No podrán presentar su proposición individualmente.
CLÁUSULA 18ª. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
La presentación de las proposiciones conlleva la aceptación incondicionada, por parte del interesado, de las cláusulas de este Pliego y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna. Asimismo, las ofertas presentadas vincularán a los licitadores hasta la finalización del procedimiento de contratación.
Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales, tal como se indica en el artículo 133 de la LCSP. El carácter confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en este procedimiento de licitación o en otros posteriores. El deber de confidencialidad del órgano de contratación, así como de sus servicios dependientes no podrá extenderse a todo el contenido de las proposiciones, ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, genere directa o indirectamente el órgano de contratación en el curso del procedimiento de licitación. Únicamente podrá extenderse a documentos que tengan una difusión restringida, y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles. El modelo de declaración de confidencialidad se incluye en el Anexo III.
Además, al presentar sus propuestas, todos los licitadores garantizan al órgano de contratación que:
a) Son titulares de los derechos, autorizaciones y poderes necesarios para el desarrollo y ejecución de los servicios objeto del presente procedimiento.
b) En todo lo relacionado con el objeto del presente procedimiento, no se encuentran incursas en ningún litigio en cuanto a derechos de uso, licencias, patentes, utilización de marcas o nombres comerciales, u otro tipo de propiedades industriales o intelectuales.
c) En la prestación de los servicios, deberán garantizar el cumplimiento de todas las condiciones técnicas establecidas y los restantes requisitos establecidos en los Pliegos.
d) Xxxxxxxxxx a subsanar, por su cuenta y riesgo, los errores y/o defectos que sean imputables a su actuación, sin cargo alguno a la Cámara de España o cualquiera de los agentes ejecutores del proyecto.
e) Se encuentran al día del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
SECCIÓN 2ª. REQUISITOS DE LAS PROPOSICIONES CLÁUSULA 19ª. CONTENIDO
Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados y firmados por el licitador o por quien le represente. Los licitadores presentarán tantos sobres nº 1, nº 2 y nº 3 como lotes para los que se presente oferta.
En cada uno de los sobres se señalará:
1. La referencia del procedimiento (“PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO AL DESARROLLO Y GESTIÓN EN EL EXTERIOR DEL PLAN DE MOVILIDAD ENMARCADO DENTRO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO (PICE). (EXPEDIENTE Nº 113/2019). (Indicar nº/s de lote/s”)
2. El nombre del participante.
3. Su dirección, teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones y comunicaciones.
4. Finalmente, en cada uno de los tres sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención:
- En el sobre número 1: “DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS REQUISITOS PREVIOS”
(conteniendo un juego de documentación).
- En el sobre número 2: “DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
VALORADOS MEDIANTE JUICIO DE VALOR” (conteniendo dos ejemplares en papel y uno en formato electrónico).
- En el sobre número 3: “DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS POR APLICACIÓN DE FÓRMULAS Y CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA
AUTOMÁTICA” (conteniendo dos ejemplares en papel y uno en formato electrónico).
La Cámara de España se reserva el derecho a exigir a los licitadores que presenten documentación que acredite la veracidad de la información presentada en las proposiciones, o bien información adicional sobre el contenido de las mismas, siempre que sea meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada, estando el licitador obligado a ello.
En todo caso, la documentación presentada será original o copia de carácter auténtico conforme a la legislación vigente. Sin excepción, las declaraciones o relaciones que se mencionan en las cláusulas del presente pliego serán firmadas en todas sus páginas por el representante de la empresa licitadora que formula su oferta.
Todos los documentos se presentarán en lengua castellana.
SECCIÓN 3ª: SOBRE 1
CLÁUSULA 20ª. CONTENIDO: DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS REQUISITOS PREVIOS
El sobre número 1 deberá contener los siguientes documentos:
1. Declaración responsable.
Todos los licitadores deberán aportar una declaración responsable que siga el formulario normalizado del Documento Europeo de Contratación (en adelante DEUC) cumplimentando los apartados del I al VI, incluyendo en la parte IV la capacidad y solvencia para concurrir al procedimiento descrita en la Sección 3ª, Capítulo II del presente pliego de cláusulas particulares.
Al efecto de facilitar la cumplimentación del DEUC, los licitadores podrán consultar la Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública, publicada en el Boletín Oficial del Estado nº 85, de 8 xx xxxxx de 2016.
Los licitadores también podrán obtener la versión electrónica del DEUC en la dirección web:
xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxxxxx
La declaración responsable del licitador deberá incluir una dirección de correo electrónico de la empresa o, en su caso, de la UTE, a los efectos de poder cursar en el mismo las notificaciones.
En el caso de empresas que concurran a la licitación agrupadas en Unión Temporal de Empresas, cada una de las empresas presentará un DEUC por separado.
Además del DEUC, estas empresas tienen que aportar un documento con indicación de la participación de cada una de ellas, la designación de la persona representante o apoderado único de la unión, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato, conforme a lo establecido en el artículo 69.3 de la LCSP.
En el supuesto de que el contrato se adjudique a una Unión Temporal de Empresas, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión, una vez efectuada la adjudicación del contrato a su favor. En todo caso, la duración de la Unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
En el caso de que la empresa licitadora recurra a capacidades de otras empresas para acreditar la solvencia económica y/o técnica de conformidad con lo previsto en el artículo 75 de la LCSP, debe indicar esta circunstancia en el DEUC (en la parte II, sección C) y presentar otro DEUC separado para cada una de las empresas a la capacidad de las que recurra debidamente firmado.
En el caso de que la empresa licitadora tenga intención de celebrar subcontratos, debe indicar esta circunstancia en el DEUC y presentar otro DEUC separado para cada una de las empresas que tenga intención de subcontratar.
Se aportará una declaración responsable por cada lote.
Para justificar la capacidad y solvencia descritas en la Sección 3ª, Capítulo II de este pliego de cláusulas particulares, necesariamente se deberá cumplimentar la “Parte IV: Criterios de Selección del DEUC en sus apartados A: Idoneidad, B: Solvencia económica y financiera y C: Capacidad técnica y profesional para concurrir al procedimiento. En consecuencia, en el inicio de la cumplimentación de la Parte IV “Criterios de selección”, la pregunta ¿quiere usar los criterios de selección de A a D? deberá responderse afirmativamente y a continuación cumplimentar adecuadamente los apartados A a C.
2. Empresas extranjeras:
En el caso de que el licitador sea una empresa extranjera, deberá aportar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, renunciando, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
3. Empresas vinculadas.
Todos los licitadores deberán aportar, a los efectos de lo previsto en el artículo 149.3 de la LCSP, las personas licitadoras deberán presentar declaración bien de que no pertenecen a ningún grupo de empresas o bien de que se encuentran en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio y pertenece a un grupo de empresas, con indicación de la relación de las empresas de dicho grupo y de las que se presentan a la licitación.
4. Declaración de confidencialidad
De conformidad con lo establecido en la cláusula 18, los licitadores podrán presentar una declaración designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. El modelo para dicha declaración se encuentra en el Anexo III.
5. Plan de igualdad
En el caso de que el licitador sea una empresa española con más de 250 trabajadores, deberá aportar una declaración de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres, cumple con la obligación de contar con un plan de igualdad.
6. Cumplimiento de la cuota de reserva de puestos de trabajo con discapacidad
En el caso de que el licitador sea una empresa española, deberá aportar una declaración responsable referente al cumplimiento de la cuota de reserva de puestos de trabajo con discapacidad. El modelo para dicha declaración se encuentra en el Anexo IV.
7. Uniones temporales
En caso de que los licitadores concurran a la licitación agrupados en uniones temporales deberán presentar una declaración de compromiso de constitución en unión temporal, indicando los nombres y circunstancias de las que la suscriben, el porcentaje de participación de cada una de ellas, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato y designando a la persona o personas que durante la vigencia del contrato han de ostentar la plena representación de todas ante la Cámara de España.
8. Dirección de correo electrónico
Todos los licitadores deberán designar una dirección de correo electrónico en la que efectuar las notificaciones.
El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores, en cualquier momento del procedimiento que presenten la totalidad o parte de los documentos necesarios para acreditar las condiciones mínimas de capacidad y/o solvencia que se requieren en el presente Pliego.
Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de las prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
SECCIÓN 4ª: SOBRE 2
CLÁUSULA 21ª. CONTENIDO: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA PONDERACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR
En este sobre, como justificación de la propuesta técnica se incluirán, debidamente ordenados y relacionados según los casos, los documentos acreditativos de los elementos distintos del precio que constituyen criterios de selección de las empresas contratadas, explicando el contenido y alcance de cada uno de ellos, a fin de poder asignar a cada propuesta la puntuación que corresponda.
Si un mismo licitador se presenta a varios lotes, deberá presentar las proposiciones técnicas de cada uno de ellos en sobres diferentes y claramente diferenciados.
En todo caso, las proposiciones abarcarán la totalidad de los servicios y compromisos requeridos en el Pliego de Prescripciones Técnicas; el incumplimiento de este requisito será causa de exclusión definitiva de la propuesta.
El licitador generará la documentación e información, tanto en formato papel como en soporte electrónico, necesaria y suficiente para la adecuada ejecución de cada uno de los capítulos anteriormente indicados.
Con independencia de que pueda adjuntarse cuanta información se estime de interés, y de que la estructura de la oferta sea la que el ofertante considere más adecuada, las propuestas deberán comprender al menos los siguientes elementos de un modo expreso y común para todos los lotes:
MEMORIA.
Descripción detallada del programa de trabajo que garantice la organización y puesta en marcha del Plan de Movilidad según lo establecido en la cláusula. Requisitos técnicos, xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas en el que se incluya:
Tareas de apoyo al joven participante
Estrategia de trabajo para el apoyo a los jóvenes participantes en la búsqueda de alojamiento en destino, vida práctica y cultural del país de acogida, así como otras tareas de apoyo según lo establecido en la cláusula 5.1 "Requisitos técnicos” xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Tareas de apoyo x Xxxxxx de España
Estrategia de trabajo para el apoyo x Xxxxxx de España en acciones de difusión del Plan de Movilidad y en la búsqueda de alianzas estratégicas que fomenten la Movilidad de jóvenes en el marco del programa, según lo establecido en la cláusula 5.1 "Requisitos técnicos” xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Tareas de apoyo a la Red de Cámaras territoriales
Estrategia de trabajo incluyendo una descripción del procedimiento de captación de empresas, tramitación, y comprobación de la calidad de las empresas de acogida y así como la calidad y el cumplimiento de las condiciones de la práctica o vacante ofertada. Se deberán incluir herramientas para evaluar las estancias y apoyar a las Cámaras territoriales durante el seguimiento de las estancias.
Metodología de difusión a nivel nacional e internacional con el objetivo de promocionar el Plan de Movilidad entre las empresas, así como para facilitar el proceso de selección entre los jóvenes solicitantes de la vacante.
Descripción del procedimiento de gestión de las vacantes, así como del proceso de preselección de los jóvenes solicitantes.
Descripción de acciones innovadoras que mejoren la gestión del Plan de Movilidad.
Todos aquellos aspectos detallados en la cláusula 5.1 "Requisitos técnicos” xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
METODOLOGÍA Y CRONOGRAMA
El licitador presentará el calendario, las herramientas y la metodología, sistema de evaluación, control, seguimiento y definición de acciones correctivas, considerando además la necesaria coordinación entre la planificación, cubriendo los requisitos planteados en la cláusula 7 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
El licitador deberá presentar el planteamiento de seguimiento y evaluación de las acciones ejecutadas cubriendo los requisitos planteados en la cláusula 7 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
El número máximo de folios admitido para el global de la propuesta es de 75 impresos a una sola cara en tamaño A4.
En general, la descripción de las propuestas que se presenten debe incluir, junto con los puntos reseñados anteriormente, cualquier documentación adicional que desarrolle aspectos relevantes, y su descripción se realizará a un nivel suficientemente detallado para que ésta pueda ser evaluada con detenimiento por técnicos competentes. Con carácter general la información presentada en la propuesta debe estar estructurada y expuesta de forma clara y concisa, y no deben contenerse referencias a documentos externos relevantes que no se adjunten a la misma.
Todos los documentos se presentarán en lengua castellana.
En ningún caso se incluirá en el Sobre 2 documentación sobre la oferta correspondiente al Sobre 3, ni referencia alguna a la misma, siendo esto causa de exclusión.
Tal y como se indica, deberán entregarse dos ejemplares de la oferta técnica en papel, además de una copia en formato electrónico (soporte PENDRIVE o similar).
SECCIÓN 5ª: SOBRE 3
CLÁUSULA 22ª: CONTENIDO: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS POR APLICACIÓN DE FÓRMULAS Y CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA
En el sobre 3 se incluirá la documentación que permita valorar aquellos criterios de adjudicación cuya valoración se efectúe mediante la aplicación de fórmulas. Para ello se utilizará el modelo que figura en el Anexo II del Presente Xxxxxx.
Si un mismo licitador se presenta a varios lotes, deberá presentar las proposiciones económicas de cada uno de ellos en documentos diferentes y claramente diferenciados.
El sobre número 3 deberá contener dos ejemplares en papel y uno en formato electrónico (en soporte pendrive o similar), con la siguiente información:
OFERTA ECONÓMICA: La empresa licitadora realizará su oferta económica respetando el importe máximo establecido para cada lote:
o LOTE Nº 1 (ALEMANIA): treinta y seis mil ochocientos noventa y cuatro euros - 36.894,00 €, IVA excluido.
o LOTE Nº 2 (BÉLGICA): ochenta y cinco mil ochocientos diecisiete euros con sesenta y ocho céntimos - 85.817,68 €, IVA excluido.
o LOTE Nº 3 (FRANCIA): setenta y siete mil ochocientos cuarenta y tres mil euros con setenta y seis céntimos - 77.843,76 €, IVA excluido.
o LOTE Nº 4 (ITALIA): sesenta mil novecientos setenta euros con cincuenta y seis céntimos - 60.970,56 €, IVA excluido.
o LOTE Nº 5 (PORTUGAL): quince mil doscientos cincuenta y siete euros con veintiséis céntimos - 15.257,26 €, IVA excluido.
o LOTE Nº 6 (XXXXX UNIDO): cincuenta y cinco mil quinientos setenta y cuatro euros con noventa y dos céntimos - 55.574,92 €, IVA excluido.
En caso de discrepancia entre las cifras indicadas (en letra y número) en la proposición económica, se tendrá siempre en cuenta el importe más elevado.
ACUERDO/S DE COLABORACIÓN: la empresa licitadora adjuntará en el sobre número tres los acuerdos o contactos reales disponibles por parte de empresas interesadas en la participación activa en el Plan de Movilidad, según el modelo facilitado a través del
Anexo V1, que serán objeto de cuantificación según lo dispuesto en la cláusula 28.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares.
En el supuesto de que los licitadores tengan intención de subcontratar, se incluirá en este sobre la indicación de la parte del contrato que el licitador tenga previsto subcontratar, señalando el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización.
SECCIÓN 6ª. OTRAS CONDICIONES
CLÁUSULA 23ª. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario ejecutará el contrato en los términos previstos en el presente Pliego de cláusulas particulares y en el de prescripciones técnicas y en el contrato, realizando de manera competente y profesional el objeto de éste, cumpliendo los niveles de calidad exigidos.
En relación con la confidencialidad será de aplicación lo dispuesto en el artículo 133 de la LCSP.
Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Cámara de España o de otros agentes para la ejecución del contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito.
El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él.
El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga la Cámara de España o en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Cámara de España y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo en lo que proceda.
A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, que serán de obligado cumplimiento para aquellos, quienes suscribirán con la Cámara de España los compromisos necesarios con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones.
La Cámara de España no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores que estos hayan declarado confidencial en el momento de presentar su oferta y se refiera a secretos técnicos o comerciales a los aspectos reservados de las ofertas o a otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia. Este deber de confidencialidad no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario ni a todo el contenido de los
1 Los datos personales incluidos en el citado anexo serán tratados por Cámara de Comercio de España (con CIF X0000000X, y domicilio en Madrid, xxxxx Xxxxxx xxx Xxxxx, 00, 00000, Xxxxxx, con la finalidad exclusiva de realizar una valoración sobre las propuestas remitidas por las empresas licitadoras en el ámbito de la presente licitación
informes y documentación que, en su caso, genere el órgano de contratación en el curso del procedimiento de licitación, ni podrá impedir la divulgación pública de determinados aspectos no confidenciales de los contratos en los casos que la misma resulta legalmente exigible.
CLÁUSULA 24ª. PROPIEDAD INTELECTUAL
Todos los derechos de Propiedad Intelectual sobre las obras de todo tipo que resulten de la ejecución del contrato pertenecerán a la Cámara de España en exclusiva para todo el mundo y por el tiempo de duración legal de los derechos, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Propiedad Intelectual, y demás normativa en la materia.
La Cámara de España será el titular exclusivo de todos los materiales elaborados en ejecución del contrato.
El adjudicatario reconoce expresamente que la Cámara de España es titular exclusivo de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial derivados de los trabajos encomendados por virtud del contrato, y como tal, todos los derechos de explotación inherentes a los mismos pertenecen exclusivamente a la Cámara de España , con carácter mundial, quien podrá ejercerlos en la forma más amplia que la Ley permita, comprendiendo ello su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública y puesta a disposición en cualquier soporte, formato o idioma, y con los efectos que las leyes determinen. En consecuencia, el adjudicatario se abstendrá de comercializar, publicar o difundir, o comunicar de cualquier forma, total o parcialmente el contenido de los citados materiales y trabajos sin el consentimiento previo expreso de la Cámara de España. Asimismo, el adjudicatario deberá adoptar las medidas oportunas para asegurarse de que ninguna de las personas que tienen a su cargo, así como que ningún tercero, podrá reclamar a la Cámara de España ningún tipo de derecho sobre los mismos comprometiéndose a eximir de responsabilidad a la por las actuaciones que se produzcan contraviniendo lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996 y demás normativa sobre la materia.
Asimismo, el adjudicatario deberá adoptar las medidas oportunas para asegurarse de que ninguna de las personas que tiene a su cargo, así como ningún tercero, pueda reclamar a la Cámara de España ningún tipo de derecho sobre los trabajos realizados, comprometiéndose a eximir de responsabilidad a la Cámara de España por las actuaciones que se produzcan contraviniendo lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996 y demás normativa sobre la materia. De este modo, el adjudicatario exonerará a la Cámara de España de cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros por reclamaciones de los servicios, materiales, procedimientos y medios utilizados para la ejecución del contrato objeto del presente Xxxxxx, procedente de los titulares de derechos de propiedad intelectual e industrial sobre los mismos.
El adjudicatario se compromete, al extinguirse el contrato por cualquier causa, a entregar a la Cámara de España cualquier material que, como consecuencia de la prestación de servicios obre en su poder o de su personal.
CLÁUSULA 25ª. PROTECCIÓN DE DATOS
La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, En
los términos establecidos en la normativa que resulte de aplicación en materia de protección de datos.
El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.
Si el contrato adjudicado implica el tratamiento de datos de carácter personal en la ejecución del mismo se deberá respetar el Reglamento (UE) nº 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y su normativa de desarrollo en lo que proceda.
CAPÍTULO IV.
DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. SECCIÓN 1ª. APERTURA DE PROPOSICIONES.
CLÁUSULA 26ª. APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES
Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, y constituida la Mesa de Contratación, ésta calificará, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos presentados en tiempo y forma por los licitadores. A estos efectos, el Presidente de la Mesa ordenará la apertura del Sobre 1. La documentación aportada será calificada por la Mesa, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no se ajuste a los términos de la convocatoria, sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 27ª.
El acto de apertura del sobre 2 se efectuará públicamente por la Mesa de Contratación. El lugar, día y hora en que vaya a realizarse dicho acto se anunciará en el Perfil del Contratante (xxxx://xxx.xxxxxx.xx./xxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx) una vez adoptado el acuerdo sobre admisión definitiva de los licitadores.
La ponderación asignada a los criterios valorados mediante juicio de valor correspondiente a cada una de las ofertas admitidas, se dará a conocer en el acto público de apertura del Sobre 3.
El lugar, día y hora en que vaya a realizarse dicho acto se anunciará con la debida antelación en el Perfil de contratante de la Cámara de España: xxxx://xxx.xxxxxx.xx./xxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx
Terminado el acto de apertura de los sobres, la Mesa iniciará seguidamente, a puerta cerrada, el estudio técnico y económico de las proposiciones admitidas, que continuará en días sucesivos si fuera preciso.
La Mesa de Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación.
CLÁUSULA 27ª. SUBSANACIÓN DE ERRORES
Si, antes de la apertura del Sobre 2, la Mesa de Contratación observare defectos formales o materiales subsanables en la documentación presentada por alguno de los ofertantes, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el interesado subsane el error bajo apercibimiento de su exclusión definitiva si, en el plazo concedido, no lo lleva a cabo.
En el supuesto del citado requerimiento, el candidato deberá presentar la documentación requerida en el citado plazo en la sede xxx Xxxxxx de España (Calle Xxxxxx xxx Xxxxx, 12, C.P. 28042 –Madrid).
SECCIÓN 2ª. VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS. CLÁUSULA 28ª. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las proposiciones de las empresas interesadas se valorarán, xx XXXX (0) a CIEN (100) puntos, cada lote, conforme a los criterios que se indican a continuación y con la ponderación que se señala.
28.1. CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR. HASTA 40 PUNTOS.
- Enfoque y metodología del servicio. 15 puntos
Enfoque y metodología diseñada para el desarrollo de las actividades que comprende el servicio. En concreto, se valorará el grado de adecuación, conocimiento y detalle, en relación a objetivos generales y específicos de cada una de las actividades a desarrollar en la ejecución del contrato conforme a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
o Tareas de apoyo al joven participante. Hasta 5 puntos.
o Tareas de apoyo x Xxxxxx de España. Hasta 5 puntos.
o Tareas de apoyo a la Red de Cámaras territoriales. Hasta 5 puntos.
- Programación y organización del servicio. 15 puntos
La claridad, concreción y descripción de la secuencia de actividades necesarias para la prestación de cada una de las tareas que comprende el servicio, con expresión gráfica (cronograma) de las mismas.
o Tareas de apoyo al joven participante. Hasta 5 puntos.
o Tareas de apoyo x Xxxxxx de España. Hasta 5 puntos.
o Tareas de apoyo a la Red de Cámaras territoriales. Hasta 5 puntos.
- Procedimientos de seguimiento y control de calidad. 10 puntos
o La adecuación de los procedimientos internos para garantizar el seguimiento, la coordinación y el control de calidad de los trabajos objeto del contrato. Hasta 5 puntos.
o Los modelos de informe y reporte. Hasta 5 puntos.
Estos criterios no serán evaluados de forma automática por aplicación de fórmulas, sino mediante una valoración técnica efectuada por personal especializado en la materia designado a tal fin, cuyo informe-propuesta de valoración será sometido a la consideración de los órganos que sucesivamente hayan de tener intervención en el proceso de valoración de las ofertas y adjudicación del contrato.
28.2. CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS Y CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA. HASTA 60 PUNTOS.
- Oferta económica. Hasta 55 puntos
Se tomará en consideración la oferta económica que en su conjunto sea más ventajosa, de acuerdo a los siguientes criterios:
Regla para la valoración económica del precio global:
La puntuación máxima se concederá a la empresa con mejor propuesta económica resultante de aplicar la siguiente fórmula:
=
∗
Donde:
P es la puntuación obtenida
X es la mayor cantidad de puntos que pueden obtenerse en este apartado
Min es la oferta más baja de todas las presentadas
Of es la oferta correspondiente al licitador que se valora
- Acreditación de contactos o acuerdos con empresas con interés en la acogida de jóvenes en prácticas y con demanda xx xxxxxxx joven. 5 puntos
Será objeto de valoración la presentación de documentación acreditativa de acuerdos o contactos reales disponibles por parte de empresas interesadas en la participación activa en el Plan de Movilidad. Se otorgará un punto por acuerdo de colaboración documentado bajo la forma del Anexo V “Modelo Acuerdo de Colaboración”, hasta un máximo de 5 puntos.
La Mesa de Contratación podrá proponer que se declare desierto el procedimiento de contratación salvo que exista una oferta o proposición admisible conforme a los criterios de valoración aplicables.
28.3. Ofertas anormalmente bajas.
El criterio económico será tomado en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas anormales. A tal efecto, se considerarán ofertas anormalmente bajas aquellas proposiciones que se encuentran en los siguientes supuestos:
a) Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
b) Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
c) Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
d) Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobe las tres ofertas de menor cuantía.
En estos supuestos, la Cámara de España, comunicará tal situación al licitador, otorgándole un plazo de hasta tres (3) días para que justifique el precio ofertado, apercibiéndole que, de no hacerlo, se tendrá por retirada su oferta. La justificación en ningún caso podrá suponer modificación alguna de la oferta técnica y económica ya presentada.
Recibida en su caso la justificación, y recabado en su caso el asesoramiento técnico correspondiente, la Cámara de España podría apreciar que la proposición es susceptible de un normal cumplimiento, en cuyo caso exigiría al citado licitador que en caso de resultar adjudicatario aporte una garantía complementaria de hasta un 5% del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía definitiva total el 10 % del importe del precio del contrato.
Si el órgano de contratación considera que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales la excluirá de la clasificación y se acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta.
SECCIÓN 3ª. CONTRATACIÓN DE LICITADORES
CLÁUSULA 29ª. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN, REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN AL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA MEJOR OFERTA Y ADJUDICACIÓN.
Tras el análisis de la información facilitada y su valoración conforme a las cláusulas anteriores, la Mesa de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones admitidas,
atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en el presente pliego, y elevará a la Comisión de Contratación de la Cámara de España una propuesta de adjudicación del contrato al licitador que haya presentado la mejor oferta , la cual no crea derecho a favor de la persona licitadora propuesta, o una propuesta de declarar el procedimiento desierto.
La Cámara de España se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación, si bien no podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta que se ajuste a los criterios de adjudicación que figuran en el Pliego.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 132.3 de la LCSP en caso de que se observen hechos que puedan constituir infracción a la legislación de defensa de la competencia, la mesa o en su defecto el órgano de contratación, cuando tuviesen indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de contratación, lo trasladará, de conformidad con lo establecido en el artículo 150.1 de la LCSP, con carácter previo a la adjudicación a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación.
En caso de empate en la puntuación obtenida por dos o más licitadores, éste se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas:
a) Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
b) Menor porcentaje de contratos temporales en plantilla de cada una de las empresas.
c) Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
d) El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar al desempate.
La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento que se produzca el empate y no con carácter previo.
La Comisión de Contratación, recibida y valorada la propuesta de la Mesa, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes, tras lo cual y atendiendo a los criterios de valoración señalados en el Pliego, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas anormalmente bajas, y posteriormente requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa a la que se refiere el artículo 150 de la LCSP
La documentación se presentará en original o mediante copias de los mismos que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación vigente, a excepción de aquellos documentos
que acrediten la constitución de la garantía definitiva, que deberán ser en todo caso originales. La documentación se presentará en lengua castellana o mediante traducción oficial.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, en su caso, a exigirle el importe del 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad.
En el supuesto señalada en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Asimismo, el licitador que haya presentado la mejor oferta, así como todas las empresas integrantes de la UTE que, en su caso, haya sido propuesta como adjudicataria, deberán presentar la siguiente documentación acreditativa de las circunstancias referidas en la declaración responsable:
1.- Capacidad de obrar.
1.1. Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución o modificación, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal (NIF).
1.2. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
1.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
1.4. Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa.
1.5. Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones de España derivadas de acuerdos internacionales, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asumibles a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente. En relación con las empresas de estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio se prescindirá del informe sobre reciprocidad.
1.6. Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
1.7. Si el firmante de la proposición actúa en nombre y representación del licitador, aquel que acredite su personalidad. DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
Igualmente deberá aportarse, poder bastante en derecho a su favor, debidamente inscrito en el Registro Mercantil (o Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica del que se trate), si actúa en representación de personas jurídicas, por imperativo de la legislación mercantil, que le habilite para concurrir en nombre del representado a la celebración del contrato.
2.- Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
La solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios que se relacionan en la Cláusula 14 presente pliego.
3.- Jurisdicción de empresas extranjeras.
Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
4.- Obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Obligaciones tributarias:
a) Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención.
Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
c) Los licitadores extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no o Estados miembros de la Unión Europea, que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por la autoridad competente en el país de
procedencia, acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias.
Obligaciones con la Seguridad Social:
Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
Los licitadores extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes a Estados miembros de la Unión Europea, deberán presentar certificación expedida por la autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente de las obligaciones sociales que se exigen en el país de su nacionalidad.
5.- Registro de Licitadores.
La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores inscritos, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, de la presentación en las convocatorias de contratación de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como de la acreditación de la no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en aquél, siempre que en el certificado presentado figuren reflejadas las circunstancias mencionadas
El certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación.
6.- Integración de la solvencia con medios externos.
En el supuesto de que los licitadores recurran a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 LCSP, deberán presentar, además, la siguiente documentación:
El licitador deberá presentar un compromiso por escrito de dichas entidades, siempre que no se hubiese aportado conforme a lo señalado en el 140.3 LCSP, del que se derive que durante toda la duración de la ejecución del contrato, ponen a disposición del licitador la solvencia y medios a los que se compromete.
7.-Garantía definitiva.
Documentación acreditativa de la constitución de la garantía definitiva de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 30 del presente pliego.
8. Cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad (en los casos que fuera obligatoria)
Aquellas empresas con 50 o más trabajadores de plantilla que hayan optado por el cumplimiento de medidas alternativas legalmente previstas, deberán presentar la declaración de excepcionalidad y declaración con las concretas medidas aplicadas.
9. Plan de igualdad (sólo para las empresas españolas de más de 250 trabajadores)
Una vez comprobada que la documentación requerida al licitador que presentó la mejor oferta es correcta, la Comisión de Contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes. El acuerdo de adjudicación se deberá adoptar en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de apertura de las proposiciones presentadas, el citado plazo se ampliará en quince días hábiles cuando se hubiere identificado una o varias ofertas incursas en presunción de anormalidad. Transcurrido dicho plazo sin que la Cámara hubiese dictado acuerdo, los candidatos que lo deseen podrán retirar sus ofertas.
La resolución de adjudicación, que será motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en el Perfil de Contratante de la Cámara de España. xxxx://xxx.xxxxxx.xx./xxxxxx- de-contratante
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, la notificación podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que el plazo para considerar rechazada la notificación será xx xxxx días naturales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la citada Ley.
CLÁUSULA 30ª. GARANTÍAS.
30.1. Importe de la Garantía definitiva
Se requerirá al licitador cuya oferta sea considerada la mejor para que, dentro de los diez días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha en que reciba el requerimiento de documentación a que se refiere la Cláusula 29ª, presente el documento que acredite haber constituido la garantía definitiva por un 5% del importe del precio final ofertado, excluido el IVA.
En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 110 de la LCSP
La garantía definitiva deberá ser constituida, a elección de la empresa, mediante alguna de las siguientes formas:
d) En efectivo o en valores, que en todo caso serán de Deuda Pública.
e) Mediante aval prestado, en la forma y condiciones reglamentarias, por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito y Sociedades de Garantía Recíproca autorizados para operar en España. Este aval deberá reunir los siguientes requisitos: garantizar íntegramente la cuantía indicada, ser indivisible, a primer requerimiento y con renuncia al beneficio de excusión.
f) Por contrato de seguro de caución, celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución.
Si la garantía no llegase a formalizarse por causa imputable al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación, no se efectuará la adjudicación a su favor, y, en consecuencia se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
30.2 Duración de la garantía definitiva
En todos los casos anteriores, la garantía definitiva deberá permanecer vigente hasta transcurrido un año del final de la contratación.
30.3. Devolución y cancelación de la garantía definitiva
Finalizado el contrato y transcurrido el plazo de garantía de los servicios determinado en el apartado anterior, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se devolverá la garantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución.
CLÁUSULA 31ª. CONTRATO Y GASTOS.
31.1.- Formalización del Contrato y publicidad de la formalización.
La formalización del contrato no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
Una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato, la Comisión de Contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en el plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.
El Contrato se formalizará mediante documento que, en unidad de acto, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, será suscrito, por una parte, por un representante de la Cámara de España y, por la otra, por un representante del adjudicatario.
El Contrato tendrá por objeto regular los derechos y obligaciones que, han de corresponder a la Cámara de España y al adjudicatario
Al propio tiempo, la empresa contratada suscribirá una copia de este Pliego de Cláusulas Particulares y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, en prueba de su conocimiento y aceptación.
No podrá procederse a la ejecución del contrato con carácter previo a su formalización.
La formalización del contrato, junto con el correspondiente documento del contrato, se publicará en el perfil de contratante de la Cámara de España en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del contrato. El anuncio de formalización deberá publicarse, además previamente, en el DOUE.
31.2.- Gastos.
Serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos e impuestos. Estos comprenderán, en concreto, los siguientes conceptos: gastos para la publicación de anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier otro medio comunicación que la Cámara de España haya estimado necesario, hasta un máximo de 2.000 euros; los de formalización del contrato, en supuestos de elevación a escritura pública; así como cuantas licencias, autorizaciones y permisos, procedan en orden a la ejecución del contrato.
CLÁUSULA 32ª. FALTA DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Cuando por causas imputables a la persona adjudicataria no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, se le exigirá el 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de la aplicación de la prohibición de contratar prevista en el artículo 71.2,b) de la LCSP.
En este caso, el contrato se adjudicará a la siguiente persona licitadora por el orden en el que hubieran quedad clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en la cláusula 30 del presente pliego.
SECCIÓN 4ª. OTRAS CUESTIONES. EJECUCIÓN DEL CONTRATO CLAUSULA 33ª. RESPONSABLE DEL CONTRATO
El órgano de contratación designará un responsable del contrato, al cual le podrá atribuir las funciones de coordinar, supervisar y controlar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución pactada.
CLAUSULA 34ª ABONOS
El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado.
El pago del precio lo realizará la Cámara de España, con carácter trimestral, en el plazo de treinta días contados desde la recepción de cada factura y conformidad con los trabajos realizados y, en su caso, el correspondiente certificado de emisión.
En ese sentido, las facturas deberán ir acompañadas de los entregables indicados en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El pago del precio lo realizará la Cámara de España, en el plazo de treinta días contados desde la recepción de cada factura y conformidad con los trabajos realizados.
Cada factura irá acompañada del informe de seguimiento y recomendaciones, así como de las evidencias de gasto realizado.
No tendrá derecho el contratista al abono de las mejoras realizadas sin autorización expresa del órgano de contratación.
La Cámara de España se reserva el derecho de detraer del precio las penalidades impuestas por la Cámara de España al contratista de conformidad con el presente Xxxxxx.
CLAUSULA 35ª OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO RESPECTO A SU PERSONAL O COLABORADORES
Los trabajadores o colaboradores que el adjudicatario emplee o contrate para la ejecución del contrato, aunque éste haya de desarrollarse en las instalaciones de la Cámara de España, estarán exclusivamente vinculados al adjudicatario, sin vínculo laboral alguno con la Cámara de España, siendo aquel el único y absoluto responsable del cumplimiento de las obligaciones que la legislación vigente le imponga como empleador y ejerciendo plenamente las facultades directivas y organizativas que como empresario correspondan en relación con dicho personal, incluido el poder disciplinario y la concesión de permisos y vacaciones. Las relaciones sindicales del personal adjudicatario con éste se sustanciarán igualmente de forma exclusiva entre ambos.
No obstante, lo anterior, la Cámara de España podrá cursar las instrucciones técnicas necesarias en materia de servicio a los responsables del adjudicatario para que, a través de sus coordinadores, se trasladen las órdenes oportunas a su personal, reservándose asimismo la Cámara de Comercio de España la facultad de supervisar el trabajo efectuado por el adjudicatario.
El adjudicatario deberá estar al corriente, y será su única responsabilidad, en el pago de tributos, nóminas y cuotas a la Seguridad Social.
Asimismo, los licitadores que cuenten con 50 o más trabajadores, deberán declarar mediante presentación de Declaración responsable , que de entre ellos, al menos, el 2% son trabajadores con discapacidad de conformidad con lo señalado en el artículo 42 del RD Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, o que están exentas de esta obligación, por aplicación de medidas alternativas según el artículo 2 del Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de trabajadores con discapacidad. Igualmente, en caso de empresas con más de 250 trabajadores, deberán contar con un Plan de Igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres, debiendo declarar su existencia o no en la citada declaración responsable. El incumplimiento de estas obligaciones legales o la falta de acreditación del cumplimiento de las mismas será causa de exclusión del licitador en la presente licitación por considerarse una prohibición para contratar con el sector público de conformidad con lo señalado en el artículo 71.1.d) de la LCSP.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en esta condición, la Cámara de España queda expresamente facultada para reclamar al adjudicatario la totalidad de las cuantías que pretendan hacerse valer frente a la Cámara de España, por cualquiera de los conceptos señalados anteriormente.
CLAUSULA 36ª MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contratista no podrá introducir o ejecutar modificación alguna en el objeto o precio del contrato.
Las modificaciones que no estén debidamente autorizadas por la Cámara de España originarán responsabilidad del contratista, el cual estará obligado a rehacer la parte de los mismos que resulte afectada por aquellos sin abono alguno.
CLÁUSULA 37ª. CESIÓN DEL CONTRATO
Al margen de los supuestos de sucesión del contratista, el adjudicatario no podrá ceder o traspasar a terceros, sin autorización previa y expresa de la Cámara de España, las obligaciones o derechos dimanantes del contrato.
En cualquier caso, para que los contratistas puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20% del importe del contrato.
b) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con el sector público, y la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato, y que no se encuentre incurso en una causa de prohibición para contratar.
c) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública.
d) Que el cesionario se subrogue en todos los derechos y obligaciones que correspondían al cedente.
CLÁUSULA 38ª. SUBCONTRATACIÓN
Las empresas que pretendan subcontratar parte de las prestaciones reguladas en el presente Xxxxxx deberán hacer constar dicha circunstancia en su propuesta, indicando la parte de las prestaciones que se propongan subcontratar a terceros, así como los subcontratistas propuestos, que deberán certificar documentalmente la existencia de tales acuerdos.
La celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:
(i) Que el contratista haya informado en su oferta a la Cámara de España previamente y por escrito de la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización.
(ii) En todo caso, el contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando se inicie la ejecución de este, al órgano de contratación, la intención de celebrar subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que se dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar a las que se refiere el artículo 71 de la LCSP.
El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano de contratación cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal, y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas.
(iii) Los subcontratos que no se ajusten a los indicado en la oferta, por celebrarse con empresarios distintos de los indicados nominativamente en la misma o por referirse a partes de la prestación diferentes a las señaladas en ella, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que se hubiere cursado la notificación y aportado las justificaciones a que se refiere el apartado anterior., salvo que con anterioridad hubiesen sido autorizados expresamente, siempre que la Cámara de España no hubiese notificado dentro de este plazo su oposición a los mismos.
La infracción de las condiciones para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista, tendrá, entre otras, alguna de las siguientes consecuencias:
a) La imposición al contratista de una penalidad de hasta el 50% del importe del subcontrato.
b) La resolución del contrato, siempre y cuando se trate de una obligación principal del contrato.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista, que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución total del Contrato frente a la Cámara de España.
El contratista se obliga a abonar a los subcontratistas el pago del precio en los términos y plazos pactados. Los subcontratistas no podrán reclamar a la Cámara de España en ningún caso, el incumplimiento de pago por parte del contratista.
El conocimiento que tenga la Cámara de España de los subcontratos celebrados en virtud de las comunicaciones a las que se refieren los apartados ii y iii anteriores no alterarán la responsabilidad exclusiva del contratista.
En ningún caso podrá concertarse por el contratista la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 71 de la LCSP.
El contratista deberá informar a los representantes de los trabajadores de la subcontratación, de acuerdo con la legislación laboral.
CLÁUSULA 39ª. REVISIÓN DE PRECIOS
El importe de los servicios que, en su caso, vayan a ser prestados por la empresa contratada, no podrá ser objeto de revisión.
CLÁUSULA 40ª. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
40.1. Causas de Resolución del contrato
La Cámara de España resolverá el Contrato cuando (sin ánimo exhaustivo o excluyente) concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- El mutuo acuerdo entre la Cámara de España y el contratista.
- En el caso de que durante la ejecución del contrato, y como consecuencia de actuaciones de terceros, la ejecución del contrato deviniera técnica o económicamente inviable, procederá, a juicio razonado de la Cámara de España, la resolución del contrato, abonándose al contratista exclusivamente por los trabajos encargados por la Cámara de España y efectivamente ejecutados por el contratista hasta el momento en que la CCE acuerde la resolución, sin que por tal motivo proceda indemnización o reclamación de cualquier índole por parte del contratista a la Cámara de España.
- La demora por el contratista en el cumplimiento del plazo de ejecución de los trabajos objeto del contrato.
- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 205 de la LCSP.
- El impago durante la ejecución del contrato, de los salarios por parte del contratista a los trabajadores que estuvieran participando en la misma, o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los Convenios colectivos en vigor para estos trabajadores también durante la ejecución del contrato.
El acaecimiento de cualquiera de estas causas, en los términos establecidos, facultará a la Cámara de España para dar por resuelto el contrato, con la indemnización de daños y perjuicios y demás efectos que procedan a su favor conforme a este Pliego y a la normativa aplicable, pudiendo, además, optar por la ejecución subsidiaria, realizando las obligaciones incumplidas o continuando la ejecución de los trabajos por sí o a través de las personas o empresas que determine, x xxxxx del contratista.
40.2. Penalizaciones.
De producirse la resolución del Contrato por una causa imputable a la empresa contratada, ésta vendrá obligada a satisfacer como penalización una cantidad equivalente al 10% del importe de adjudicación del contrato.
En ningún caso, la satisfacción de tales penalizaciones sustituirá la indemnización de daños y perjuicios a lo que, conforme a Derecho, la empresa contratada estuviera obligada.
40.3. Cláusula Penal
Si por cualquier motivo el adjudicatario incurriera en un incumplimiento grave de sus obligaciones, la Cámara de España tendrá derecho a percibir una cantidad equivalente al 10% del importe de adjudicación del contrato.
En ningún caso, el cumplimiento de la pena será sustitutiva de la obligación del adjudicatario de resarcir a la Cámara de España de todos los daños y perjuicios que le hubieren sido causados por su incumplimiento, en los términos que establece el Código Civil y demás normativa aplicable y sin perjuicio de la facultad de la Cámara de España de instar – en su caso - la resolución del contrato por incumplimiento.
ANEXOS AL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
ANEXO I. Modelo de presentación de oferta
ANEXO II. Modelo de proposición relativa a los criterios valorables a través de fórmulas.
ANEXO III. Modelo de declaración de confidencialidad
ANEXO IV. Modelo de declaración de cumplimiento de cuota de reserva de puestos de trabajo con discapacidad
ANEXO V.a: Modelo Acuerdo de Colaboración – Castellano
ANEXO V.b: Modelo Acuerdo de Colaboración - Inglés
ANEXO I AL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES MODELO DE PRESENTACIÓN DE OFERTA
Don/Dña ....................................., con D.N.I. núm. ........, mayor de edad, en nombre y representación de …………………………….con C.I.F núm…………..y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación de los SERVICIOS DE APOYO AL DESARROLLO Y GESTIÓN EN EL EXTERIOR DEL PLAN DE MOVILIDAD ENMARCADO DENTRO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO (PICE). (EXPEDIENTE Nº
113/2019) – LOTE Nº XX según procedimiento aprobado por la CÁMARA DE ESPAÑA, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos,
Asimismo declara, que los documentos aportados son originales o copias auténticas de los mismos.
a) Presenta la documentación exigida por los Pliegos, en tres sobres cuyo contenido es el siguiente:
i. Sobre 1: DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS REQUISITOS PREVIOS.
[Índice del Sobre 1]
ii. Sobre 2: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS MEDIANTE JUICIO DE VALOR.
[Índice del Sobre 2]
iii. Sobre 3: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS POR APLICACIÓN DE FÓRMULAS Y CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA.
[Índice del Sobre 3]
b) Solicita que se tenga por presentada dicha documentación y por reconocida la condición de participante en este proceso de selección [a él mismo / a la sociedad …]
c) Declara que, a efectos de notificaciones, consiente expresamente la utilización del correo electrónico como medio preferente de comunicación y por tanto solicita que las notificaciones en el presente procedimiento que se realicen a la siguiente dirección de correo electrónico [. ].
En …, a … de … de …
[Firma y rúbrica]
Datos de contacto:
Teléfono y FAX: .........................................................................................................
Dirección: .........................................................................................................
E-mail: .........................................................................................................
ANEXO II AL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
MODELO DE PROPOSICIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS VALORABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS Y CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA PARA LOTE Nº XX [INDICAR LOTE
Nº]
Don/Dña ....................................., con D.N.I. núm. ........, mayor de edad, en nombre y representación de …………………………….con C.I.F número…………..y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación de los Servicios de APOYO AL DESARROLLO Y GESTIÓN EN EL EXTERIOR DEL PLAN DE MOVILIDAD ENMARCADO DENTRO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO (PICE). (EXPEDIENTE Nº
113/2019) según procedimiento aprobado por la CÁMARA DE ESPAÑA, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos, se compromete a prestar los servicios objeto del procedimiento de contratación, por la oferta económica (IVA excluido), que se señala a continuación:
- PRECIO (IVA excluido): , decimales) (*)(**)
€. (cantidad en letra y número con dos
- A esta cantidad le corresponde un IVA de:
número con dos decimales)
, € (cantidad en letra y
Asimismo, declara adjuntar en el presente sobre acuerdo/s de colaboración (cantidad en letra y número), según lo dispuesto en la cláusula 28.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares.
Todo ello de acuerdo con lo establecido en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
En……………, a………….de de …
FDO:
(*) El importe ofertado no puede ser superior al presupuesto base de licitación expuesto en la Cláusula 6ª para atender al precio global por lote.
(**) Éste será el importe sobre el que se aplicará la fórmula de valoración del precio ofertado descrita en la Cláusula 28.2.
DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
Don/Dña ....................................., con D.N.I. núm. ........, mayor de edad, en nombre y representación de …………………………….con C.I.F número…………..y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de ,
DECLARA
Que los documentos y datos que se relacionan a continuación, presentados en el sobre nº… (1) se consideran de carácter confidencial:
1………….
2……………
3…………
4. ……….
En……………, a………….de de …
FDO:
(1) Indicar número de sobre.
Deberá presentarse, en su caso, una declaración por cada sobre, no pudiendo la misma alcanzar a toda la documentación. En ningún caso podrá referirse a la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de fórmulas.
DECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE CUOTA DE RESERVA DE PUESTOS DE TRABAJO CON
DISCAPACIDAD (solo empresas españolas)
Don/Dña. ....................................., con D.N.I. núm. ........, mayor de edad, en nombre y representación de …………………………….con C.I.F número…………..y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de ,
DECLARA
1) Que el número global de trabajadores de plantilla, así como el número particular de trabajadores con discapacidad es el siguiente
AÑO | |
Nº TOTAL DE EMPLEADOS | |
Nº DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD | |
PORCENTAJE DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD |
2) Que en lo que respecta a la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad (marcar lo que corresponda):
-Que no está obligado por lo establecido en el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por tener empleados a menos de 50 trabajadores en plantilla.
- Que cumple con las obligaciones impuestas por el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derecho de las personas con discapacidad y su inclusión social, de tener empleados trabajadores discapacitados en un porcentaje igual o superior al dos por ciento de la plantilla de la empresa.
- Que la empresa ha optado por el cumplimiento de las medidas alternativas en lo referente a lo señalado en el artículo 42.1.del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, de conformidad con lo establecido en el RD 364/2005, de 8 xx xxxxx.
En……………, a………….de de …
FDO:
XXXXX X.x MODELO ACUERDO DE COLABORACIÓN - CASTELLANO
Empresa Colaboradora
PLAN DE MOVILIDAD | PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO
DATOS DE LA EMPRESA COLABORADORA | ||
ORGANIZACIÓN | ||
RAZÓN SOCIAL | ||
CIF | ||
DIRECCIÓN LEGAL | ||
CÓDIGO POSTAL | ||
POBLACIÓN - CIUDAD | ||
PAÍS | ||
PÁGINA WEB | ||
DATOS DE CONTACTO | ||
APELLIDOS Y NOMBRE | ||
CARGO | ||
DEPARTAMENTO | ||
TELÉFONO | ||
DATOS DEL TUTOR (EN CASO DE SER DIFERENTE DE DATOS DE CONTACTO) | ||
NOMBRE Y APELLIDOS | ||
CARGO | ||
DEPARTAMENTO | ||
TELÉFONO | ||
SOLICITA Y ACEPTA participar de forma activa en el marco Plan de Movilidad del PICE. | ||
OBSERVACIONES | ||
LUGAR Y FECHA | En a de de | |
EMPRESA FIRMA Y SELLO DE LA EMPRESA LICITADORA | EMPRESA FIRMA Y SELLO DE LA EMPRESA COLABORADORA | |
Fdo. | Fdo. |
XXXXX X.x MODELO ACUERDO DE COLABORACIÓN - INGLÉS
Collaborating Company
PLAN DE MOVILIDAD | PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO
COMPANY DETAILS | ||
ORGANISATION | ||
COMPANY NAME | ||
FISCAL IDENTIFICATION CODE (CIF) | ||
REGISTERED ADDRESS | ||
POST CODE | ||
TOWN – CITY | ||
COUNTRY | ||
WEBSITE | ||
CONTACT DETAILS | ||
FULL NAME | ||
POSITION | ||
DEPARTMENT | ||
TELEPHONE | ||
SUPERVISOR DETAILS (IF DIFFERENT FROM CONTACT DETAILS) | ||
FULL NAME | ||
POSITION | ||
DEPARTMENT | ||
TELEPHONE | ||
XXXXXX REQUESTS AND ACCEPTS its active participation in the PICE Mobility Plan [Plan de Movilidad]. | ||
OBSERVATIONS | ||
PLACE AND DATE | In on | |
TENDERY COMPANY SIGNATURE AND SEAL | COLLABORATING COMPANY SIGNATURE AND SEAL | |
Signed: | Signed: |