Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CREACIÓN DE 52 PAGINAS WEB AYUNTAMIENTOS ENGLOBADOS EN LA COMARCA LEADERCAL GESTIONADA POR MACOVALL 2000
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato tiene por objeto la realización para la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS MANCOMUNIDADES DE LA COMARCA DE LOS
XXXXXX XX XXXXXXXXX, en adelante (MACOVALL 2000) de los trabajos necesarios para la CREACIÓN de 52 PÁGINAS WEB PARA LOS AYUNTAMIENTOS
englobados en la comarca Leadercal gestionada por MACOVALL 2000, dichos ayuntamientos son los que se relacionan a continuación:
Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Arcos de la Polvorosa, Arrabalde, Xxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx xxx Xxxxx, Xxxxx, Bretocino, Brime de Sog, Brime de Urz, Burganes xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx de Tera, Camarzana de Tera, Castrogonzalo, Coomonte, Cubo xx Xxxxxxxxx, Fresno de la Polvorosa, Xxxxxx xx Xxxxxxxx, Fuente Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxxxx, Granucillo, Maire de Castroponce, Manganeses de la Polvorosa, Xxxxxxx xx Xxxxx, Xxxxxx de Tera, Micereces de Tera, Milles de la Polvorosa, Xxxxxxx xx Xxx, Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, Navianos xx Xxxxxxxx, Pobladura xxx Xxxxx, Pueblica xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxxx de Urz, Quiruelas xx Xxxxxxxxx, San Xxxxxxxxx de Entreviñas, San Xxxxx de Ceque, Santa Colomba de las Monjas, Santa Xxxxxxxx de la Polvorosa, Santa Croya de Tera, Santa Xxxxx de la Xxxx, Santa Xxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx de Tera, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, La Xxxxx xxx Xxxxx, Uña xx Xxxxxxxx, Xxxx de Tera, Villabrázaro, Villaferrueña, Villageriz, Villanázar, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx de las Peras y Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx.
Todo ello con estricta sujeción al Pliego de prescripciones técnicas particulares, al presente Pliego de Claúsulas Administrativas Particulares, y a las Instrucciones sobre Contratación de la Asociación para el Desarrollo Integral de las Mancomunidades de la Comarca de los Xxxxxx xx Xxxxxxxxx (MACOVALL 2000), y a la normativa de contratación del sector público que le sea de aplicación, en especial la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el artículo 10 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
2. NECESIDADES A SATISFACER
Las necesidades que se pretenden satisfacer a través del presente contrato es dotar a los 52 Ayuntamientos de páginas WEB, del ámbito territorial de la comarca Leadercal gestionada por MACOVALL 2000.
El Pliego de condiciones administrativas Particulares y el Pliego de Condiciones Técnicas revestirán carácter contractual, por lo que la presentación de ofertas implicará manifestación expresa del licitador de que acepta dicho contenido y su conformidad con el mismo, debiendo ser firmados, en prueba de conformidad, por el adjudicatario, en el acto de formalización del contrato.
3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y EXISTENCIA DE CREDITO.
3.1 El importe que supone la mencionada contratación asciende a CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL EUROS (145.000 €). De la cantidad anterior corresponde en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido: 22.118,65. €
3.2. El precio del contrato incluirá el IVA. Comprenderá asimismo la totalidad de los gastos que tenga que hacer el adjudicatario para la realización del trabajo objeto de este contrato, hasta su recepción por la entidad contratante incluso la parte correspondiente de sus gastos generales y beneficio.
Toda oferta económica realizada por importe superior al presupuesto máximo indicado, será automáticamente excluida de la licitación.
Este contrato se financia con cargo a la Iniciativa Comunitario de Desarrollo Rural LEADERCAL.
MACOVALL 2000 ha cumplido los trámites precisos para asegurar la existencia de crédito para el pago del servicio que es objeto de este contrato. Se realizará un único pago a la entrega del proyecto.
4. PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS
4.1. El plazo de ejecución del contrato será de doce meses a contar desde el día siguiente al de la formalización del contrato.
4.2. El contrato será prorrogable por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización.
5. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN.
5.1. La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, y la tramitación ordinaria en los términos previstos en las Instrucciones sobre Contratación de la Asociación para el Desarrollo Integral de las Mancomunidades de la Comarca de los Xxxxxx xx Xxxxxxxxx (MACOVALL 2000), y en la LCSP.
5.2. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, determinados en la cláusula séptima del presente Pliego.
5.3. El órgano de contratación estará asistido por una Mesa de contratación constituida por un Presidente, un mínimo de cuatro vocales, y un Secretario con voz pero sin voto. En caso de empate decidirá el voto de calidad del Presidente.
5.4. La Mesa de Contratación se constituirá el siguiente día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 13:30 horas, procederá a la apertura del Sobre «1» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos, comprobando si contiene todo lo exigido en estos pliegos o existen omisiones determinantes de la exclusión de alguna propuesta. Si observase defectos materiales en la documentación presentada, concederá un plazo máximo de tres días hábiles para su subsanación.
5.5. La Mesa de Contratación, en acto público al sexto día hábil desde la finalización del plazo de admisión de ofertas, procederá a dar cuenta de los licitadores excluidos y la causa de su exclusión, concediéndole al licitador la posibilidad de hacer en el acto y antes de la apertura de las proposiciones económicas las aclaraciones pertinentes. Acto seguido se procederá a la apertura del sobre que contiene la Proposición Económica de las ofertas admitidas y las elevará, con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el presente pliego, al órgano de contratación a efectos de adjudicación del contrato.
5.6. La Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
5.7. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a MACOVALL 2000. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
5.8. La adjudicación provisional del contrato, una vez acordada por el órgano de contratación, será notificada a los participantes de la licitación y publicada en el perfil del contratante.
En el plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de la adjudicación provisional, la empresa seleccionada deberá aportar los documentos justificativos de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, en caso de no haberlos presentado en la documentación, y haber optado sólo por la declaración responsable. También deberá presentar los documentos acreditativos de su aptitud para contratar y de la efectiva disposición de los medios que
se hubiese comprometido a dedicar a la ejecución del contrato, así como constituir la garantía definitiva.
Dentro de los diez días hábiles siguientes a la expiración del plazo señalado en el párrafo anterior, se elevará la adjudicación provisional a definitiva por el órgano de contratación.
6. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LOS LICITADORES.
6.1. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
6.1.1. Están facultados para contratar las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, y no estén incursas en las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 49 L.C.S.P.
6.1.2. El ofertante deberá acreditar documentalmente su identidad, personalidad, capacidad para contratar, poder bastante, ausencia de toda condición inhabilitante al respecto, así como la correspondiente clasificación.
6.1.3. La entidad contratante podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escritura Pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
6.1.4. El ofertante deberá ser persona física o jurídica cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la ejecución del contrato.
6.2. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES.
6.2.1. El licitador deberá presentar dos sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, con la documentación que más adelante se especifica, indicando en cada sobre: el contrato a que se concurre, su respectivo contenido y el nombre o razón social del licitador, teléfono y fax, todo ello de forma legible. Para participar en la licitación, los interesados deberán presentar su oferta, en el plazo máximo de VEINTE DÍAS naturales a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio de licitación en el perfil del contratante, en las oficinas de la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS MANCOMUNIDADES DE LOS XXXXXX XX XXXXXXXXX (MACOVALL 2000), x/ Xxxxxxxx, 0, Xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, XX 00000 Xxxxxx). Teléfono: 000000000 Fax: 000000000; dirección electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx La hora límite de recepción de ofertas el último día de plazo será las 14 horas
Previa a la presentación de la proposición, el LICITADOR podrá examinar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas en la página Web de MACOVALL: xxx.xxxxxxxx.xxx. Apartado: Perfil del Contratante.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
En el supuesto de que las proposiciones sean enviadas por correo, dentro del plazo respectivo de admisión expresado en el anuncio, el licitador justificará la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciará al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no serán admitidas las proposiciones si son recibidas con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. No obstante transcurridos diez días naturales a contar desde el siguiente, incluido el mismo, del día en que finaliza el plazo para presentar las proposiciones sin haberse recibido la documentación enviada por correo, no será admitida en ningún caso.
En caso de que el último día de presentación de ofertas coincida en festivo, el plazo de admisión de ofertas se ampliará al siguiente día hábil.
6.2.2. El licitador deberá presentar dos sobres, esto es:
Un sobre nº 1, que se subtitulará CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR.
Sobre nº 2 se subtitulará OFERTA ECONÓMICA y contendrá la Proposición económica y la documentación técnica relativa a los criterios de adjudicación.
6.2.3. El sobre nº 1 contendrá los siguientes documentos:
1).- Escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro Mercantil, si el licitador fuera persona jurídica, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
En caso de persona natural, D.N.I. no caducado.
En el caso de empresas de Estados miembros de la Unión Europea, se estará a lo dispuesto en los artículos 22 y 39 de las instrucciones sobre contratación de la Asociación para el Desarrollo Integral de las Mancomunidades de la Comarca de los Xxxxxx xx Xxxxxxxxx ( MACOVALL 2000)
2)- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, deberán presentar copia autorizada del poder o testimonio del mismo.
Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea obligatoria dicha inscripción.
Al indicado poder deberá acompañarse el documento nacional de identidad, del apoderado o apoderados firmantes de la proposición o copia del mismo, autentificada notarialmente.
3)- Declaración expresa responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 49 L.C.S.P., según ANEXO I. Esta declaración podrá otorgarse ante una Autoridad Administrativa, Notario Público u Organismo Profesional Cualificado. Dicha declaración responsable comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse antes de la adjudicación a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato.
4)- Acreditación de la solvencia económica y financiera, técnica y profesional, según los artículos 63, 64 y 67 de la L.C.S.P.
A) Acreditación de la solvencia económica y financiera por los medios siguientes:
A.1. Declaraciones apropiadas de entidades financieras y justificante de la existencia de un seguro de indemnización de riesgos profesionales.
A.2. Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
B) La solvencia técnica y profesional del licitador se apreciará en función de sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, en relación con el objeto del contrato, y deberá acreditarse por varios de los medios siguientes:
B.1.-Relación de los principales trabajos similares realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
B.2.- Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
B.3.- Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos ejercicios, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
B.4.- Declaración indicando el material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
Cuando dos o más empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión de Empresarios, deberán presentar, además de cada una de ellos los documentos a que se refieren los números anteriores que correspondan, documento privado en el que se indique los nombres y circunstancias de los empresarios, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que designan para que durante la vigencia del contrato ostente la plena representación de todos ellos frente a la entidad contratante.
6.2.4. Sobre nº 2 se subtitulará OFERTA ECONÓMICA y contendrá la Proposición económica y la documentación técnica relativa a los criterios de adjudicación.
Con independencia de que el licitador pueda adjuntar a su oferta cuanta información complementaria considere de interés, deberá estar obligatoriamente estructurada de la siguiente forma:
A.- Características generales Identificación de la oferta.
Acatamiento con carácter general a las condiciones xxx xxxxxx.
B.-Oferta Económica y Técnica:
Proposición económica, expresada conforme al modelo que figura en el ANEXO II a estos pliegos. A todos los efectos se entenderá que la oferta presentada comprende no sólo el precio del contrato, sino también el importe del IVA. Los precios se indicarán en euros y no serán susceptibles de modificación, cualquiera que fuese la causa.
Se adjuntará la documentación técnica acreditativa relativa a los criterios de adjudicación contenidos en la cláusula 7 de este pliego.
6.2.5. El licitador podrá presentar la documentación exigida en documento original, copia o fotocopia del mismo, debidamente legalizada o compulsada.
6.2.6. La falta de presentación de los documentos relacionados podrá determinar la no apertura de la proposición económica y la exclusión del licitador.
6.2.7. La concurrencia a la licitación es presunción de que por parte del empresario se acepta el contenido de este Xxxxxx en su totalidad, sin salvedad alguna.
6.2.8. El que vaya a resultar adjudicatario del contrato deberá acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, mediante la presentación de los siguientes documentos:
1. Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente o el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
2. Certificación administrativa expedida por el órgano competente del Estado acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
3. Certificación administrativa expedida por el órgano competente del Estado de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
No obstante, cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren dichos artículos, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
7. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN Y ADJUDICACIÓN.
7.1. Los criterios objetivos que servirán de base para la valoración de las ofertas, así como su ponderación, son los siguientes:
Los siguientes criterios servirán de base para la adjudicación del contrato:
1) OFERTA ECONÓMICA. HASTA 40 PUNTOS.
El mayor importe de baja sobre el precio total del contrato IVA incluido, será valorado con 40 puntos atribuyéndose a las restantes ofertas la puntuación que proceda proporcionalmente, por el procedimiento de regla de tres simple directa.
Se considerarán, en principio, anormales o desproporcionadas las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 5 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 5 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas.
No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
2) OFERTA TÉCNICA. HASTA 60 PUNTOS.
2.1.- Proyecto (Hasta un máximo de 40 puntos). Se valorará el grado de concreción de cada uno de los apartados del Proyecto exigido en el Pliego de Condiciones Técnicas, entre otros: Plan de trabajo, propuesta metodológica, actuaciones concretas, objetivos, cronograma, dedicación individual, tiempo de permanencia, documentos a entregar.
2.2.- Tiempo de respuesta a las incidencias (Hasta un máximo de 10 puntos). 2.3.- Usabilidad del Gestor de Contenidos (Hasta un máximo de 10 puntos).
8. VARIANTES O ALTERNATIVAS.
8.1 No se admitirán variantes. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
9. GARANTÍAS
9.1. El adjudicatario deberá constituir una garantía definitiva, a disposición del órgano de contratación, por el importe del 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA, en alguna de las modalidades del artículo 84 de la L.C.S.P.
10. OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
10.1. Acusado recibo de la notificación de adjudicación definitiva el contratista, dentro del plazo de 10 días hábiles, deberá aportar los siguientes documentos:
- Documento que acredite haber constituido, a disposición del Organismo contratante, garantía definitiva por importe del 5% del presupuesto de adjudicación del contrato.
- Código Cuenta Cliente bancario donde desee que se le ingrese el importe de las facturas.
10.2. Si una Unión de Empresarios resultase adjudicataria, deberá acreditar ante el órgano de contratación, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación, la constitución de la unión, mediante la presentación de la pertinente Escritura Pública y el nombramiento en igual forma, de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejecutar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin
perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa; todo ello se entiende sin perjuicio de la responsabilidad solidaria, ante la entidad contratante, de todos los empresarios que integren la Unión.
11. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
11.1. La formalización del contrato se llevará a cabo dentro de los 10 días hábiles siguientes al recibo de la notificación de la adjudicación definitiva, previa justificación de haber cumplido las obligaciones previas señaladas en la cláusula anterior, y de haber constituido la garantía definitiva.
11.2. El documento en que se formalice el contrato será privado.
No obstante, el contrato se formalizará en Escritura Pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento, debiendo entregar al órgano de contratación la primera copia del mismo.
11.3. Al contrato que se formalice, se unirá como anexo, un ejemplar de este Pliego de Cláusulas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, que será firmado, en prueba de su conformidad, por el adjudicatario.
11.4. Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato, la entidad contratante podrá acordar dejar sin efecto la adjudicación, en cuyo caso procederá a la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
12. OBLIGACIONES Y DERECHOS ESPECÍFICOS DE LAS PARTES.
12.1. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA.
12.1.1. El trabajo se ejecutará por el contratista con estricta sujeción a las Cláusulas estipuladas en el contrato y en el presente Pliego de Cláusulas, observando fielmente lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como las instrucciones que le diere el responsable del contrato.
12.1.2. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva, en su caso.
12.1.3. El contrato se entiende convenido a riesgo y xxxxxxx del contratista.
12.1.4. El contratista no podrá introducir en la ejecución del contrato modificación alguna, salvo que para ello hubiese obtenido autorización u orden expresa, por escrito, del órgano de contratación.
12.1.5. El contratista deberá contratar el personal preciso para atender a sus obligaciones y acreditar que no se producirá una interrupción del mismo por ninguna causa. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la entidad contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato.
12.1.6. El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por la entidad contratante.
12.1.7 Gastos exigibles al contratista
Serán de cuenta del contratista, los que, en su caso, se deriven de indemnizaciones, los que se requieran para la obtención de autorizaciones, derechos, licencias, documentos o cualquier otra información de organismos oficiales o particulares, los correspondientes a pruebas, ensayos y, en general, cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización de la prestación.
13.1. Subcontratación
El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, salvo que por su naturaleza y condiciones se deduzca que la misma haya de ser ejecutada directamente por el contratista.
El contratista podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda del 60% del importe de la adjudicación.
Para el cómputo de este porcentaje máximo no se tendrán en cuenta los subcontratos concluidos con empresas vinculadas al contratista principal, entendiéndose por tales las que se encuentren en algunos de los supuestos previstos en el art. 42 del Código de Comercio.
El adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a MACOVALL 2000 la intención de celebrar los subcontratos señalando como mínimo:
. La parte de la prestación que se pretende subcontratar.
. El importe de las prestaciones que se pretende subcontratar.
. La identidad del subcontratista, justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. En el caso de que el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la comunicación de esta circunstancia eximirá al contratista de la necesidad de justificar la aptitud de aquél.
La acreditación de la aptitud del subcontratista podrá realizarse inmediatamente después de la celebración del subcontrato si ésta es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica suficientemente.
El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50% del importe del subcontrato.
El contratista deberá abonar a los subcontratistas o suministradores el precio pactado en los plazos y condiciones establecidos en el art. 211 de la LCSP.
12.2. OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE
12.2.1. La ejecución del contrato se desarrollará, sin perjuicio de las obligaciones que corresponden al contratista, bajo la dirección, inspección y control del órgano de contratación, el cual podrá dictar las instrucciones oportunas para el fiel cumplimiento de lo convenido. A estos efectos, el órgano de contratación podrá nombrar un responsable del contrato que realice las funciones descritas.
El calendario de actuaciones será planificado y ajustado, por períodos mensuales, bajo la iniciativa y coordinación del responsable del contrato, con la participación y obligada aceptación del mismo por parte del adjudicatario.
12.2.2. Calidad. Durante el desarrollo de los trabajos y la ejecución de las diferentes fases del proyecto la entidad contratante podrá establecer controles de calidad sobre la actividad desarrollada y los productos obtenidos, siempre en el marco de referencia del plan específico de calidad aplicable en cada caso.
12.2.3. La entidad contratante tiene la obligación de abonar el precio convenido una vez recibido o informado de conformidad el trabajo por el director técnico.
12.2.4. El órgano de contratación deberá respetar en todo caso el carácter confidencial de los datos, facilitados por los empresarios.
13. REGIMEN DE PAGOS.
13.1. La facturación de los trabajos realizados se efectuará concluido el proyecto con carácter único.
13.2. El pago del precio se efectuará, previa presentación de la correspondiente factura, en la que se especifiquen los servicios prestados, debidamente conformada por el Director Técnico designado por el Órgano de contratación para el control y seguimiento de la ejecución del contrato y emitido la correspondiente certificación valorativa y justificativa de que el servicio se ha prestado en los términos establecidos.
13.3. El abono de los trabajos o prestaciones realizadas se condiciona a la declaración de la recepción de conformidad por MACOVAL 2000 y se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que indique el contratista, previa presentación de la correspondiente factura, que deberá obtener la conformidad del órgano competente.
14. REVISIÓN DE PRECIOS.
14.1 Durante la duración del contrato no procederá la revisión de precios.
15. RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.
15.1. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la entidad contratante, la totalidad de su objeto.
Dentro del mes siguiente de haberse realizado el objeto del contrato, la entidad contratante comprobará que el trabajo prestado se ajusta a lo contratado, emitiéndose el correspondiente informe de conformidad por el director técnico.
15.2. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Si la prestación del contratista no reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito las instrucciones necesarias para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, emitiéndose entonces el informe correspondiente.
15.3. Dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de conformidad, se acordará y notificará al contratista, en su caso, la liquidación correspondiente del contrato y se le abonará el saldo resultante.
16. PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN DE GARANTIA DEFINITIVA.
16.1 Se establece un plazo de garantía de un año a contar desde la fecha del informe de conformidad. Si durante el período de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación del mismo.
16.2 Terminado el plazo de garantía sin que la entidad contratante haya formalizado algún reparo u objeción, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, procediéndose a la devolución de la garantía definitiva constituida.
17. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.
17.1. La contratación y ejecución del contrato de servicio a que se refiere el presente Xxxxxx se ajustará a las prescripciones técnicas, y a las Cláusulas en él contenidas, teniendo ambos documentos carácter contractual.
En el supuesto de que se plantee una posible contradicción entre el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de Cláusulas Particulares, rige lo dispuesto por el Pliego de Cláusulas.
17.2. El presente contrato es de naturaleza privada, rigiéndose por el presente Xxxxxx, y supletoriamente por la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público en lo relativo a la preparación y adjudicación del contrato; y por las normas de Derecho Civil en lo relativo a sus efectos, cumplimiento y extinción.
17.3. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación se resolverán ante la jurisdicción civil.
San Xxxxxxxxx de Entreviñas a 24 xx xxxx de 2010.
A N E X O I
D. ........................................................................................................................., con DNI.
núm.: ............................, y poder suficiente para representar a la empresa
........................................................................................................, con domicilio social en
......................................, C/. ................................................ nº C.P.
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que la empresa que representa, no está incursa en prohibición de contratar, conforme al artículo 49 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Igualmente, declara responsablemente, que la empresa que representa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatario, a presentar los siguientes documentos:
1. Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente o el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
2. Certificación administrativa expedida por el órgano competente del Estado acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
3. Certificación administrativa expedida por el órgano competente del Estado de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Y para que conste, firmo la presente declaración responsable en
............................................................, a ........ de de .
ANEXO II
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
CONTRATO DE SERVICIOS --PROCEDIMIENTO ABIERTO OFERTA ECONÓMICA
CONTRATO DE SERVICIOS DE CREACION DE 52 PAGINAS WEB AYUNTAMIENTOS ENGLOBADOS EN LA COMARCA LEADERCAL GESTIONADA POR MACOVALL 2000.
D. ........................................................................................, mayor de edad, con
domicilio en ................................, C/............................................ nº ......., con
D.N.I.........................., actuando en su propio nombre y derecho o en representación de D....................................................................... o de la
Sociedad/Empresa..........................................................en su calidad de
................................................ EXPONE:
Primero.- Que enterado de las condiciones y requisitos, que acepta, y que se exigen para la adjudicación del contrato de servicios que se especifica mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, a cuyo cumplimiento se compromete en su totalidad, con estricta sujeción a los pliegos de Condiciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas Particulares, presenta a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS MANCOMUNIDADES DE LA COMARCA DE LOS XXXXXX XX XXXXXXXXX
OFERTA:
Empresa oferente:
Denominación del servicio:
PROPOSICIÓN ECONÓMICA: (Se desglosarán los importes de la Base Imponible y del IVA, señalando el tipo del mismo)
BASE IMPONIBLE: ………….
I.V.A. al 18 %: …………….
TOTAL: (expresar el importe en cifra y letra)
Segundo.- Que, a todos los efectos debe entenderse que, dentro de la presente oferta, está comprendido, no sólo el precio de la contrata, sino también todos los tributos que graven los diferentes conceptos.
Lugar, fecha,firma y sello