CONVENIO ESPECÍFICO DE COTUTELA DE TESIS DOCTORAL ENTRE LA UNIVERSITAT DE GIRONA Y (nombre de la universidad)
CONVENIO ESPECÍFICO DE COTUTELA DE TESIS DOCTORAL ENTRE LA UNIVERSITAT XX XXXXXX Y (nombre de la universidad)
De una parte, el/la Sr./Sra. (añadir nombre y apellidos, así como el marco jurídico y legal del nombramiento del rector de esa universidad)
Y de la otra, el Xx. Xxxxxxx Xxxxx Xxx, Rector de la Universitat xx Xxxxxx (UdG), que actúa en nombre y representación de esta universidad, tal y como establece el Decreto 401/2021, de 14 de diciembre, de nombramiento del rector de la Universitat xx Xxxxxx (publicado en el DOGC núm. 8564, de 16 de diciembre de 2021), y de conformidad con lo que se establece en los artículos 93 y 97 de los Estatutos de la Universitat xx Xxxxxx, aprobados por el Acuerdo GOV/94/2011, de 7 xx xxxxx (DOGC núm. 5897, de 9 xx xxxxx de 2011), con sede en Xxxxxx, xxxxx xx Xxxx Xxxxxxx xxx. 3, CP 17004 y NIF Q-6750002E.
Ambas partes, debidamente representadas, formalizan el presente convenio de cotutela de tesis doctoral, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Normativa
Este convenio regula la realización de una tesis en régimen de cotutela conducente a la obtención del título de doctor/a.
Con esta finalidad, conviene tener presente la normativa (nacionalidad):
(indicar la legislación vigente en el país/universidad correspondiente):
Y la normativa española siguiente, y sus modificaciones:
Ley Orgánica 2/2023, de 22 xx xxxxx, del Sistema Universitario.
Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y el procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
Real Decreto 576/2023 (que modifica el RD 99/2011, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado).
Estatutos de la Universitat xx Xxxxxx, aprobados por el Acuerdo GOV/94/2011, de 7 xx xxxxx (DOGC núm. 5897, de 9 xx xxxxx de 2011).
Texto refundido de la Normativa académica de los estudios de doctorado de la Universitat xx Xxxxxx, aprobado por el Consejo de Gobierno en la sesión 11/2019, de 16 de diciembre (eBOUdG-1754), y modificado en la sesión 5/2021, de 29 xx xxxxx (eBOUdG-2294).
Procedimiento de seguimiento de las tesis doctorales de la Universitat xx Xxxxxx, m Aprobado para el Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado en la sesión 1/2011, de 9 de septiembre de 2011, y modificado en las sesiones 2/2020, de 29 xx xxxxx, 4/2021, de 28 xx xxxxx, y 6/2023, de 8 de noviembre.
Segunda. Doctorando o doctoranda, título de la tesis y programas de doctorado
De conformidad con la normativa vigente en los países de las entidades firmantes de este convenio, y de acuerdo con la normativa interna de cada universidad, las partes convienen la organización conjunta de una cotutela de tesis doctoral en beneficio del estudiante:
Nombre y apellidos: (rellenar)
Documento de identificación (pasaporte, DNI o NIE): (rellenar)
Programa de doctorado de la Universitat xx Xxxxxx: (rellenar)
Programa de doctorado de (nombre de la universidad): (rellenar)
Título de la tesis doctoral: (rellenar, aunque sea con un título provisional)
El doctorando o doctoranda debe reunir los requisitos exigidos para el acceso a cada uno de los programas de doctorado mencionados.
La Universitat xx Xxxxxx, con el fin de verificar el cumplimiento de estos requisitos, solicitará al doctorando o doctoranda que efectúe la preinscripción en el programa de doctorado en las fechas establecidas en el calendario académico, paso previo para ser admitido en él por la Comisión Académica correspondiente y poder matricularse.
Tercera. Condiciones generales
La tesis se realizará a tiempo completo. El período de elaboración de la tesis no será superior al estipulado en el Real Decreto 576/2023 (que modifica el RD 99/2011, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado), desde la firma del presente convenio, sin perjuicio de las prórrogas que se puedan autorizar.
Durante el período de elaboración de la tesis cotutelada, el doctorando o doctoranda deberá realizar estancias alternativas en ambas universidades. La duración de la estancia en cada universidad no podrá ser inferior a 6 meses. Las estancias se llevarán a cabo de acuerdo con los requisitos científicos y las condiciones de preparación de la tesis, previa autorización de los directores o directoras, y se podrán realizar en un solo período o más de uno. Concretamente, se realizará una estancia de (número de meses) meses en la universidad (nombre de la universidad) durante el curso (rellenar) (incluir todas las estancias que se prevén y su duración).
La tesis se defenderá solo en una de las dos universidades, en las condiciones especificadas en su normativa académica.
De acuerdo con la normativa vigente en el país de acogida, el doctorando o doctoranda deberá dejar constancia de las pólizas de seguro que le cubran cualquier problema de salud o accidente que pueda producirse durante su estancia.
Las pólizas de seguro también puede emitirlas la entidad remitente, según sus propias normas, o ser adquiridas directamente por el doctorando o doctoranda.
Cuarta. Directores/directoras de tesis
El doctorando o doctoranda llevará a cabo su investigación objeto de la tesis bajo la supervisión y responsabilidad de los directores/directoras que se mencionan a continuación (uno o una de cada institución), que se comprometen a ejercer plena, coordinada y conjuntamente la dirección de la tesis doctoral.
Dr./Dra. (nombre y apellidos), perteneciente al Departamento (rellenar) de la Facultad/Escuela (rellenar) de la Universitat xx Xxxxxx.
Dr./Dra. (nombre y apellidos), perteneciente al Departamento (rellenar), de la Facultad/Escuela (rellenar) de la (nombre de la universidad).
Quinta. Responsabilidades de los directores y directoras de tesis
Los directores y directoras de tesis son los máximos responsables de la orientación xxx xxxxxxxxxx o doctoranda en las actividades de investigación conducentes a la realización de la tesis doctoral, de la coherencia e idoneidad de las actividades de formación, del impacto y novedad de la temática de la tesis doctoral en su campo y de la guía en su planificación y su adecuación, en su caso, a otros proyectos y actividades a las que esté vinculado el doctorando o doctoranda. Los directores y directoras de tesis realizarán un seguimiento de las actividades xxx xxxxxxxxxx o doctoranda de acuerdo con lo estipulado en los correspondientes programas de doctorado.
Sexta. Preinscripción y matrícula (pago)
En el momento de la firma del convenio, el doctorando o doctoranda deberá haber formalizado la preinscripción y deberá matricularse, si todavía no lo ha hecho, en ambas universidades.
El doctorando o doctoranda tendrá la obligación de matricularse en ambas universidades, en cada curso académico, durante todo el período de vigencia de la cotutela, de acuerdo con sus respectivas normativas académicas. Obtendrá así el reconocimiento como estudiante de doctorado y podrá beneficiarse de los servicios y recursos materiales de ambas universidades.
El doctorando o doctoranda deberá abonar la totalidad del importe de la matrícula en la (nombre de la universidad donde se defenderá la tesis o, si se acuerda abonarla de forma alternativa en ambas universidades, deben especificarse los cursos académicos).
En la (nombre de la universidad donde no se defenderá la tesis), en la que no se defenderá la tesis (y si no se ha especificado de otra forma), el doctorando o doctoranda solo deberá abonar la parte de la matrícula correspondiente a las tasas administrativas (es decir, quedará exento de abonar el importe de la tasa de tutela académica).
Los pagos a abonar en la Universitat xx Xxxxxx se regirán por los precios fijados en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya para cada curso académico.
Séptima. Responsabilidades xxx xxxxxxxxxx o doctoranda
El doctorando o doctoranda deberá cumplir la normativa en vigor en los países de las instituciones firmantes, tanto en lo que se refiere a la presentación, defensa y reproducción de la tesis como al resto de aspectos que se deriven de su condición de miembro de las dos comunidades universitarias.
El doctorando o doctoranda será responsable de todos los trámites administrativos requeridos hasta la defensa de la tesis.
En la Universitat xx Xxxxxx el doctorando o doctoranda deberá superar 2 créditos (20 horas) de cursos de formación transversal antes de presentar la tesis doctoral. Si estos cursos se realizan fuera de la Universitat xx Xxxxxx, el estudiante podrá solicitar su reconocimiento. El coste de este reconocimiento irá a cargo xxx xxxxxxxxxx o doctoranda.
Antes de presentar la tesis, el doctorando o doctoranda deberá realizar también las actividades formativas y de producción científica que cada programa de doctorado exija.
Asimismo, en la Universitat xx Xxxxxx el doctorando o doctoranda deberá cumplir el plan de investigación presentado durante el primer año, que deberá haber recibido la evaluación positiva de la comisión académica del programa. Las actividades formativas que se prevé que realizará el doctorando o doctoranda y el curso académico en que las llevará a cabo se detallan a continuación: (cursos, asistencia a congresos, seminarios...; curso académico de realización de cada actividad)
El doctorando o doctoranda deberá registrar todas las actividades formativas y de investigación que lleve a cabo en el “Documento de actividades xxx xxxxxxxxxx o doctoranda”, que deberá mantener convenientemente actualizado.
Octava. Depósito de la tesis, autorización de la defensa, tribunal y defensa
La tesis deberá cumplir los criterios de formato establecidos en la normativa de ambas universidades, tanto en el formato de tesis como monografía como en el formato de tesis como compendio de publicaciones.
El depósito de la tesis se realizará en ambas universidades, de acuerdo con su normativa aplicable.
Antes de la defensa de la tesis, una vez cumplidos todos los trámites legales, es necesario que el doctorando o doctoranda obtenga la autorización para la defensa de la tesis por parte de las comisiones académicas (o los órganos a los que corresponda autorizar las defensas de tesis) de los programas de doctorado de las universidades que firman el presente convenio. Deberá tenerse en cuenta el calendario de las reuniones de estas comisiones (u órganos que autoricen las defensas de las tesis), si las universidades lo tienen así establecido.
Para poder solicitar el título de doctor o doctora en la universidad donde no se defienda la tesis, es indispensable obtener la autorización de esa universidad para la defensa de la tesis con anterioridad a la fecha de defensa.
La tesis será objeto de una única defensa pública que tendrá lugar en la (nombre de la universidad donde se defenderá la tesis), en las condiciones especificadas en su normativa académica.
El tribunal ante el que se defenderá la tesis se designará de común acuerdo entre ambas instituciones y de conformidad con las normas de la universidad en la que se lleve a cabo la defensa.
Los gastos que genere la constitución del tribunal correrán a cargo de la universidad donde tenga lugar la defensa de la tesis.
La redacción de la tesis se realizará en lengua (rellenar: debe ser una lengua habitual para la comunicación científica en su campo de conocimiento) y la defensa se hará en lengua (rellenar). En cualquier caso, la tesis deberá contener un resumen escrito en lengua catalana, castellana o inglesa, salvo que el órgano competente autorice el uso de otra lengua distinta.
Novena. Calificación de la tesis
La equivalencia de calificaciones entre ambas universidades, que deberá ser observada por el tribunal en el momento de cumplimentar el certificado o acta, se indica a continuación:
.....................
Si la tesis doctoral se defiende fuera de la Universitat xx Xxxxxx, el director o directora de tesis de la Universitat xx Xxxxxx hará cumplimentar, el mismo día de la defensa, una acta propia teniendo en cuenta que el acta oficial es la generada por la universidad donde se defiende la tesis (de la que el director o directora de tesis de la Universitat xx Xxxxxx obtendrá una copia).
Si se concede la máxima calificación se dará la posibilidad de conceder la mención “cum laude” siguiendo las instrucciones que indicará el director o directora de la tesis.
Décima. Mención internacional por la Universitat xx Xxxxxx
El doctorando o doctoranda podrá obtener la mención “Doctor internacional” cuando, de acuerdo con la Normativa académica de los estudios de doctorado de la Universitat xx Xxxxxx (23/06/2021: eBOUdG-2294), haya realizado una estancia mínima de tres meses en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio fuera de los países de las dos universidades firmantes de este convenio, es decir, en una tercera institución de enseñanza superior o centro de investigación reconocido internacionalmente distinto de los firmantes de este convenio, bien cursando estudios, bien desarrollando en él trabajo de investigación. Asimismo, deberán cumplirse todas y cada una de las circunstancias determinadas en la citada normativa para la obtención de esta mención.
Undécima. Título de doctor o doctora
Efectuada la defensa de la tesis y habiendo obtenido el doctorando o doctoranda el voto favorable del tribunal, en virtud de este acuerdo la Universitat xx Xxxxxx y la (nombre de la otra universidad) reconocerán plenamente la validez del título de doctorado que expida la otra universidad, siempre que el doctorando haya cumplido todos los trámites administrativos requeridos hasta la defensa de la tesis. Los títulos de doctor expedidos serán:
En la UdG: Doctor o doctora por la Universitat xx Xxxxxx
En la (nombre de la otra universidad): Doctor o doctora en (rellenar)
Duodécima. Publicación, explotación y protección de los resultados
La publicación, explotación y protección de los resultados de la investigación serán garantizadas por ambas instituciones conforme al ordenamiento jurídico de cada país. En cuanto a la Universitat xx Xxxxxx, las tesis doctorales se publican en un repositorio cooperativo en red, integrado por todas las tesis doctorales leídas en las universidades de Cataluña.
Decimotercera. Derechos de propiedad intelectual
Los derechos de propiedad intelectual a los que pueda dar lugar el proyecto conjunto de investigación estarán protegidos por la legislación del país de cada una de las partes firmantes.
Decimocuarta. Patentes y comercialización
Los resultados fruto del proyecto conjunto de investigación no podrán ser patentados o explotados comercialmente por una de las partes sin autorización expresa previa de la otra parte. Sin embargo, si en un plazo de 90 días la institución requerida no responde a la petición de autorización para la presentación conjunta, o bien para la explotación comercial directamente, la institución interesada podrá presentar la patente en nombre propio.
Decimoquinta. Protección de datos personales
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), las partes firmantes de este documento se comprometen a tratar como información estrictamente confidencial los datos y la información a que tengan acceso en el desarrollo de las funciones que les son conferidas en la gestión de este convenio, y a hacer un buen uso de ella.
Para la correcta ejecución del convenio pueden existir comunicaciones de datos entre las partes firmantes. El cedente de los datos informará a las partes interesadas, en los términos establecidos en la normativa de protección de datos, de las comunicaciones de datos que tenga previsto realizar antes de hacerlas efectivas. El destinatario de los datos procederá a informar a las partes interesadas del tratamiento de sus datos.
Los datos objeto de tratamiento se conservarán, de acuerdo con los plazos establecidos en el marco normativo regulador de los servicios de cada una de las partes firmantes y en la normativa de archivos aplicable. Las partes firmantes certifican haber implementado las medidas técnicas y organizativas recogidas en el Reglamento (UE) 2016/679, a fin de garantizar la seguridad e integridad de los datos de carácter personal incluidos en los ficheros y evitar su alteración, pérdida y tratamiento o acceso no autorizados.
Las partes deben garantizar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación del tratamiento de sus datos, y el derecho a la portabilidad de los mismos, mediante escrito, acompañado de copia de documento oficial que lo identifique, dirigido a la persona responsable o delegada de protección de datos. En caso de disconformidad con el tratamiento, también se tiene derecho a presentar una reclamación ante la autoridad catalana de protección de datos.
Decimosexta. Vigencia
El presente convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y será vigente hasta la finalización del procedimiento de tesis doctoral en régimen de cotutela, de acuerdo con la legislación vigente en los países de ambas instituciones firmantes, siempre y cuando no se supere el período de elaboración de la tesis estipulado en la cláusula tercera.
Decimoséptima. Modificaciones, idioma y firma de los ejemplares del convenio
Este convenio puede ser modificado de forma expresa en cualquier momento en que las partes así lo convengan, mediante adenda que se incorporará al acuerdo.
El presente convenio se redacta por duplicado o triplicado (suprimir lo que no proceda), en catalán, castellano, inglés o francés, y cada ejemplar está firmado por: los representantes legales de las dos universidades, los directores/as de tesis y el doctorando o doctoranda.
Decimoctava. Responsables del seguimiento de la aplicación del convenio
Tal y como requiere el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cada una de las partes deberá designar a un responsable del seguimiento de la aplicación del convenio.
En la Universitat xx Xxxxxx será el director o directora de la Escuela de Doctorado.
En la (nombre de la otra universidad) será (nombre y apellidos, y cargo).
Estas personas responsables tendrán las siguientes tareas, sin perjuicio de otras que les puedan ser encomendadas:
a) Resolver los problemas de interpretación y aplicación que puedan plantearse en la ejecución del convenio.
b) Realizar el seguimiento de la ejecución del convenio.
c) En caso de resolución del convenio, proponer la continuación o modo y plazo de finalización de las actuaciones en curso.
Las partes se comprometen a intentar resolver de forma amistosa cualquier controversia que pueda surgir en la interpretación o cumplimiento de este convenio, mediante los responsables de su seguimiento, antes de iniciar cualquier reclamación ante la jurisdicción que corresponda.
Decimonovena. Extinción del convenio
El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que eran objeto del mismo o por incurrirse en causa de resolución. Son causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia o de prórroga del convenio sin haberse acordado su prórroga.
b) El acuerdo unánime de los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. La extinción del convenio por este supuesto requiere la realización del requerimiento previsto en el apartado c del artículo 51.1 de la Ley 40/2015.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Cualquier otra causa distinta de las anteriores, contemplada en el convenio o en las leyes.
Girona, (día) de (mes) de 202…
Firman por la Universitat xx Xxxxxx: |
Firman por la (nombre de la otra universidad): |
Xxxxxxx Xxxxx Xxx Rector de la Universitat xx Xxxxxx
Fecha: (rellenar) |
(nombre y apellidos) (cargo) de (nombre de la otra universidad)
Fecha: (rellenar) |
(nombre y apellidos) Director/a de tesis de la Universitat xx Xxxxxx
Fecha: (rellenar) |
(nombre y apellidos) Director/a de tesis de (nombre de la otra universidad)
Fecha: (rellenar) |
(nombre y apellidos) El doctorando / la doctoranda
Xxxxx: (rellenar) |