CONTRATO PEDIDO DE SERVICIO PERSONA MORAL
CONTRATO PEDIDO DE SERVICIO PERSONA MORAL
003
FORMATO No.
No. PROVEEDOR | FECHA | CONTRATO PEDIDO No. | ||
1721 | 20 XX XXXXX DE 2019 | DGPS/CP-116/2019 |
FOABUC | FONDO A EJERCER | DICTAMEN No. | ||
108988 | SUBSIDIO FEDERAL ORDINARIO | SC/AD/2019/06/20 |
PRESTADOR / R.F.C. (Registro Federal de Contribuyentes) AD RADIAL DE OCCIDENTE, S.A. DE C.V. / ARO110824F62 | PLANTEL O DEPENDENCIA SOLICITANTE DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA Y SERVICIOS | |
REPRESENTANTE LEGAL XXXXXX XXXXXX XXXXXXX PORTUGAL | ||
DOMICILIO AV. XXXXXXXXX XXXXXXXX NUMERO 83 LOCAL 1, CENTRO | PLAZO Y CONDICIONES DE PAGO DENTRO DE LOS 20 DIAS SIGUIENTES A LA PRESTACION DEL SERVICIO Y ENTREGA DE FACTURA CORRESPONDIENTE | |
CIUDAD COLIMA, COLIMA | C.P. 28000 | FECHA DE ENTREGA LA ACORDADA CON LA DEPENDENCIA BENEFICIARIA |
TELÉFONO 0000000000 | LUGAR DE ENTREGA COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL |
Con base en la cotización presentada por su empresa a la Universidad xx Xxxxxx, sírvase remitir los servicios que a continuación se detallan.
NOTA: Los servicios que le son solicitados deberán ser proporcionados en su totalidad presentado la factura que contenga los datos adjuntos. La recepción y aceptación de este Contrato pedido, es la formalización de la prestación de servicios por parte del prestador. Si éste incurriere en algún incumplimiento, se aplicarán las disposiciones legales descritas al reverso.
No. CONS. | CANTIDAD SOLICITADA | UNIDAD | DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO | PRECIO UNITARIO | IMPORTE |
I | 1 | SERVICIO | TRANSMISIÓN DE PUBLICIDAD EN LA BESTIA GRUPERA COLIMA 90.5FM (XHECI) GÉNERO GRUPERO, BANDA Y SOLISTAS. (COBERTURA ESTATAL), DÍAS DE TRANSMISIÓN: LUNES X XXXXXXX; DURACIÓN DEL SPOT 30 SEGUNDOS; TOTAL DE SPOTS: 250 SPOTS MENSUALES. | $35,000.00 | $35,000.00 |
SUBTOTAL | $35,000.00 | ||||
I.V.A. | $5,600.00 | ||||
TOTAL | $40,600.00 |
IMPORTE CON LETRA:
(CUARENTA MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.)
OBSERVACIONES:
• LAS FACTURAS DEBERÁN ENTREGARSE EN ORIGINAL AL PLANTEL O DEPENDENCIA QUE CORRESPONDA.
• ESTE CONTRATO PEDIDO, QUEDA SUJETO A RESCISIÓN ADMINISTRATIVA POR PARTE DE LA UNIVERSIDAD, EN EL CASO DE QUE EL SERVICIO O LOS SERVICIOS NO SE REALICEN EN LAS CONDICIONES PACTADAS.
DIRECTOR DEL PLANTEL O DEPENDENCIA MTRA. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX NOMBRE Y FIRMA | DIRECTOR DE PROVEEDURÍA Y SERVICIOS M.A. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX FIRMA | XXXXXX XXXXXX XXXXXXX PORTUGAL REPRESENTANTE LEGAL DEL PRESTADOR |
CONDICIONES GENERALES
A LAS CUALES QUEDA SUJETO EL CONTRATO PEDIDO DE SERVICIOS Y AMBAS PARTES CONVIENEN.
CONTRATO PEDIDO DE SERVICIOS, QUE CELEBRAN, LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, A QUIEN EN LOS SUCESIVO SE DENOMINARÁ “LA UDEC” Y POR LA OTRA, “EL PRESTADOR”, INDICADO EN EL ANVERSO DE ESTE CONTRATO PEDIDO, QUIENES DE CONFORMIDAD CONVIENEN LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: DECLARACIONES: I. DECLARA “ LA UDEC” QUE: I.1 ES UN ORGANISMO PÚBLICO, DESCENTRALIZADO, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO. I.2 CUENTA CON LOS RECURSOS PRESUPUESTALES Y CON LA AUTORIZACIÓN PARA EJERCERLOS, PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PAGO DE ESTE CONTRATO PEDIDO. I.3 EL PRESENTE CONTRATO PEDIDO FUE ADJUDICADO A “EL PRESTADOR” MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 3° FRACCIÓN VII, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 1°, 2°, 3°, 4° Y 5° DE LA LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX Y 21 FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y ARRENDAMIENTOS DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX. II. DECLARA “EL PRESTADOR” QUE: II.1 TIENE CAPACIDAD JURÍDICA PARA CONTRATAR Y POSEE LAS CONDICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS PARA OBLIGARSE EN LOS TÉRMINOS DE ESTE CONTRATO PEDIDO. II.2 CUENTA CON LA CAPACIDAD PERSONAL Y MATERIAL PARA PROPORCIONAR LOS SERVICIOS DE ESTE CONTRATO PEDIDO, ASUMIENDO LA RESPONSABILIDAD TOTAL DE LAS OBLIGACIONES OBJETO DE ESTE CONTRATO PEDIDO EN MATERIA DE DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DE AUTOR. II.3 NO SE ENCUENTRA EN LOS SUPUESTOS DEL ARTÍCULO 48 DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX. II.4 SU REPRESENTANTE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA OBLIGARLO EN LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE CONTRATO PEDIDO. CLÁUSULAS: 1.- DEL CONTRATO PEDIDO: 1.1 ESTE CONTRATO PEDIDO ÚNICAMENTE SURTIRÁ EFECTOS COMO TAL EN CONTRATACIONES DE SERVICIOS HASTA POR 773 (SETECIENTAS SETENTA Y TRES) VECES EL SALARIO MÍNIMO DIARIO GENERAL VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, POR CANTIDADES MAYORES SE CONSIDERARÁ COMO UNA SIMPLE REQUISICIÓN. 1.2 EN ESTE CONTRATO PEDIDO DE SERVICIOS “EL PRESTADOR” SE OBLIGA CON “LA UDEC”, A PRESTAR LOS SERVICIOS EN LOS TÉRMINOS Y BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL ANVERSO DE ESTE CONTRATO PEDIDO, MISMAS QUE HAN SIDO APROBADAS POR LA DEPENDENCIA O PLANTEL DE “LA UDEC” SOLICITANTE. 1.3 ESTE CONTRATO PEDIDO SE DECLARARÁ NULO EN CASO DE PRESENTAR TACHADURAS, CORRECCIONES, ENMENDADURAS Y/O ALTERACIONES. 1.4 “LAS PARTES” CONVIENEN, SALVO PACTO EN CONTRARIO, QUE LA TITULARIDAD DE LOS DERECHOS DE AUTOR DE NATURALEZA PATRIMONIAL DE LAS OBRAS O RESULTADOS DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO PEDIDO, ASÍ COMO LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL QUE RESULTEN DE LAS ACCIONES DESARROLLADAS EN EL MARCO DEL PRESENTE CONTRATO PEDIDO, SERÁN PROPIEDAD DE “LA UDEC” AL CONSIDERAR LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS COMO UNA OBRA POR ENCARGO EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR Y DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. “EL PRESTADOR” LIBERARÁ DE TODA RESPONSABILIDAD A “LA UDEC” EN CASO DE ACCIONES ENTABLADAS POR TERCEROS EN RAZÓN DE TRANSGRESIONES DE DERECHOS DE PATENTE, MARCA REGISTRADA O DISEÑOS INDUSTRIALES O DERECHOS DE AUTOR COMO CONSECUENCIA DE LA UTILIZACIÓN DE LOS BIENES O PARTE DE ELLOS, PARA LA PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS, EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; QUEDANDO COMPROMETIDO A REEMBOLSAR A “LA UDEC” CUALQUIER EROGACIÓN CAUSADA POR LO REFERIDO EN SUPRALÍNEAS O POR CONCEPTOS SIMILARES. 1.5 LOS PRECIOS SERÁN FIJOS HASTA LA TOTAL PRESTACIÓN DE SERVICIOS. “LA UDEC” PAGARÁ A “EL PRESTADOR” COMO PRECIO TOTAL DE LOS SERVICIOS PROPORCIONADOS (A SU ENTERA SATISFACCIÓN), EL IMPORTE SEÑALADO EN EL ANVERSO DEL PRESENTE CONTRATO PEDIDO, DENTRO DEL PLAZO FIJADO EN EL MISMO, PREVIA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA DEBIDAMENTE REQUISITADA. 1.6 “EL PRESTADOR” DEBERÁ PRESENTAR POR ESCRITO Y EN UN PLAZO MÁXIMO DE SIETE DÍAS NATURALES DESPUÉS DE LA FECHA DE RECEPCIÓN DEL CONTRATO PEDIDO, CUALQUIER INCONFORMIDAD, MODIFICACIÓN, Y/O ACLARACIÓN AL MISMO; DESPUÉS DE ESTE PLAZO, Y NO EXISTIENDO ALGÚN TIPO DE INDICACIÓN PENDIENTE POR RESOLVER, EL CONTRATO PEDIDO SE CONSIDERARÁ TOTALMENTE ACEPTADO. 1.7 “EL PRESTADOR” SE HARÁ TOTALMENTE RESPONSABLE EN LOS CASOS DE FRAUDE, OCULTACIÓN Y VARIACIÓN DE CALIDAD O DE PRECIO DEL SERVICIO REALIZADO. “EL PRESTADOR” SERÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE SE CAUSEN A “LA UDEC” O A TERCEROS, CON MOTIVO DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, CUANDO RESULTEN DE: a) INCUMPLIMIENTO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL PRESENTE CONTRATO PEDIDO. b) INOBSERVANCIA A LAS RECOMENDACIONES QUE “LA UDEC” LE HAYA DADO POR ESCRITO. c) ACTOS CON DOLO, MALA FE O NEGLIGENCIA. d) LA PÉRDIDA DE UNA PIEZA O REFACCIÓN DE DIFÍCIL SUSTITUCIÓN. e) DETRIMENTO GRAVE EN LOS EQUIPOS. f) USO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS. g) EN GENERAL POR ACTOS U OMISIONES IMPUTABLES A “EL PRESTADOR” O AL PERSONAL QUE EMPLEE. 2.- DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2.1 “EL PRESTADOR” SE OBLIGA A INFORMAR SOBRE SUS LABORES CUANTAS VECES LE SEA REQUERIDO, ASÍ COMO A OFRECER LOS SERVICIOS CITADOS EN ESTE CONTRATO PEDIDO EN CUANTO A LA CALIDAD, PRECIO, TERMINO Y LUGAR FIJADO, DENTRO DEL PLAZO Y LOS HORARIOS SEÑALADOS EN EL ANVERSO DE ESTE CONTRATO PEDIDO Y A ENTERA SATISFACCIÓN DE “LA UDEC”; LOS DÍAS DE ENTREGA SE ENTENDERÁN COMO DÍAS NATURALES. 2.2 “LA UDEC” SE COMPROMETE A PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN NECESARIA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTE CONTRATO PEDIDO Y A DAR ACCESO AL PERSONAL AUTORIZADO POR “EL PRESTADOR” PREVIA ACREDITACIÓN E IDENTIFICACIÓN DEL MISMO. 2.3 LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO PEDIDO, SERÁN EFECTUADOS EXCLUSIVAMENTE POR EL PERSONAL DESIGNADO Y/O ACREDITADO POR “EL PRESTADOR”, MISMO QUE DEBERÁ APEGARSE A LOS PROCEDIMIENTOS PRESCRITOS POR “LA UDEC” PARA EL CONTROL DE ENTRADAS Y SALIDAS DE SUS INMUEBLES. | 2.4 NO DEBERÁN REALIZARSE ACTIVIDADES O SERVICIOS DISTINTOS O EQUIVALENTES A LOS ESTIPULADOS EN ESTE CONTRATO PEDIDO, CON EXCEPCIÓN DE AUTORIZACIÓN PREVIA Y POR ESCRITO DE LA PARTE SOLICITANTE. 2.5 SI “EL PRESTADOR” NO SUMINISTRA LO SOLICITADO O NO CUMPLE CON LAS CONDICIONES ESTIPULADAS, SE LE APLICARÁ LA PENA CONVENCIONAL DEL APARTADO NÚMERO 6. 2.6 CUANDO “EL PRESTADOR” POR CAUSA MAYOR NO PUEDA REALIZAR SUS ACTIVIDADES O PRESTAR EL SERVICIO SOLICITADO EN LA FECHA CONVENIDA, DEBERÁ SOLICITAR POR ESCRITO, ANTES DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO, UNA AMPLIACIÓN DEL MISMO AL PLANTEL O DEPENDENCIA DE “LA UDEC” SOLICITANTE, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SI EL NUEVO PLAZO SE CONCEDE Y NO SE CUMPLE, SE APLICARA LO ESTIPULADO EN EL PUNTO ANTERIOR, DESDE LA FECHA INICIALMENTE ESTIPULADA. 3. DE LA RELACIÓN LABORAL. 3.1 “EL PRESTADOR” SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DEL PERSONAL QUE EMPLEE CON MOTIVO DE LOS TRABAJOS A QUE SE REFIERE ESTE CONTRATO PEDIDO, RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES, FISCALES, DE SEGURIDAD SOCIAL Y CIVIL QUE RESULTEN, CONFORME A LOS ARTÍCULOS 13 Y 15 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. POR LO MISMO, “EL PRESTADOR” EXIME A “LA UDEC” DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD DERIVADA DE TALES CONCEPTOS Y RESPONDERÁ POR TODAS LAS RECLAMACIONES QUE SUS TRABAJADORES PRESENTEN EN CONTRA DE ÉL O DE “LA UDEC”, SEA CUAL FUERE LA NATURALEZA DEL CONFLICTO, POR LO QUE EN NINGÚN CASO PODRÁ CONSIDERARSE A ÉSTA COMO PATRÓN SOLIDARIO O SUSTITUTO. 3.2 “EL PRESTADOR” SE COMPROMETE A SACAR EN PAZ Y A SALVO A “LA UDEC” DE CUALQUIER RECLAMACIÓN QUE CON MOTIVO DEL PRESENTE CONTRATO PEDIDO PRETENDIERE SU PERSONAL, PAGANDO EN TODO CASO LOS GASTOS Y PRESTACIONES NECESARIOS. 4. DE LA VIGENCIA. 4.1 LA VIGENCIA SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ANVERSO DE ESTE CONTRATO PEDIDO, EN CASO DE PERÍODOS, EL PLAZO SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE SU FIRMA. CONVIENEN LAS PARTES QUE LA VIGENCIA NO SE PRORROGARÁ TÁCITAMENTE, SINO QUE A VOLUNTAD DE LAS PARTES DEBERÁ CELEBRARSE UN NUEVO CONTRATO PEDIDO. EN ESTE SUPUESTO, EL PRECIO POR CONCEPTO DE LOS SERVICIOS SERÁ OBJETO DE NEGOCIACIÓN, SEGÚN LAS EXPERIENCIAS ADQUIRIDAS. 5. DE LA CESIÓN DE DERECHOS. 5.1 LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO PEDIDO, NO PODRÁ CEDERLOS EL PRESTADOR EN FORMA PARCIAL NI TOTAL EN FAVOR DE NINGUNA OTRA PERSONA FÍSICA O MORAL, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, EN CUYO CASO DEBERÁ CONTAR CON LA CONFORMIDAD EXPRESA DE “LA UDEC”. 6. DE LAS GARANTÍAS Y PENAS CONVENCIONALES. 6.1 GARANTÍAS EN GENERAL NO SE OTORGARÁN ANTICIPOS; SIN EMBARGO, “LA UDEC” DE ACUERDO A SU DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA PODRÁ EFECTUAR EL PAGO DE ANTICIPOS, SUJETÁNDOSE A LAS CONDICIONES DE PAGO ESTIPULADAS EN EL PRESENTE CONTRATO PEDIDO, MISMO QUE NO PODRÁ EXCEDER DEL 40% DEL MONTO TOTAL CONTRATADO, DEBIENDO GARANTIZAR “EL PRESTADOR” MEDIANTE CHEQUE CRUZADO O PÓLIZA DE FIANZA, DE ACUERDO A LOS REQUISITOS ESTIPULADOS POR LOS ARTÍCULOS 176 Y 197 DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO EL 57 DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y ARRENDAMIENTOS DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX ASÍ COMO EL 103 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, POR EL MONTO TOTAL DEL(LOS) ANTICIPO(S) QUE SE OTORGUE(N). 6.2 PENAS CONVENCIONALES SI “EL PRESTADOR” INCURRIERA EN INCUMPLIMIENTO EN LAS CONDICIONES DE LOS SERVICIOS, POR CAUSAS IMPUTABLES A ÉL O EN LA DEVOLUCIÓN POR GARANTÍA, LE SERÁ APLICABLE LA PENA SIGUIENTE: 6.2.1 CINCO AL MILLAR ANTES DE I.V.A, DEL VALOR TOTAL DE LOS SERVICIOS NO REALIZADOS OPORTUNAMENTE, CANTIDAD QUE SERÁ CONTABILIZADA POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO. LA PENA ANTERIORMENTE ESTABLECIDA POR EL RETRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE “EL PRESTADOR”, SE IMPONDRÁ SIN PERJUICIO DEL DERECHO QUE TIENE “LA UDEC” DE OPTAR POR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PEDIDO O DE RESCINDIRLO. ASÍ MISMO, “EL PRESTADOR” ACEPTA EXPRESAMENTE ESTAR DE ACUERDO EN QUE LOS IMPORTES QUE SE APLIQUEN COMO PENA CONVENCIONAL POR EL RETRASO EN LA ENTREGA DE LOS SERVICIOS, LE SEA DESCONTADO DEL MONTO TOTAL ADJUDICADO. 7. DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA Y CAUSALES DE LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO PEDIDO DE SERVICIOS. 7.1 “LA UDEC” SIN INCURRIR EN RESPONSABILIDAD ALGUNA PODRÁ EN CUALQUIER MOMENTO DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE ESTE CONTRATO PEDIDO CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL O PARTICULAR, ASÍ MISMO, PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO PEDIDO, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE “EL PRESTADOR”, CUANDO SE INFRINJAN CUALQUIERA DE LAS CLÁUSULAS SOBRE LAS CUALES SE CELEBRÓ EL MISMO O SI SUBCONTRATA O CEDE LA TOTALIDAD O PARTE DEL COMPROMISO OBJETO DE ESTE CONTRATO PEDIDO O LOS DERECHOS DERIVADOS DEL MISMO. 8. DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA 8.1 LAS PARTES CONTRATANTES SE SOMETEN EXPRESAMENTE PARA TODO LO RELACIONADO CON LA INTERPRETACIÓN, CUMPLIMIENTO Y, EN SU CASO, EJECUCIÓN DE ESTAS CONDICIONES GENERALES, ASÍ COMO PARA TODO AQUELLO QUE NO ESTÉ ESTABLECIDO EN LAS MISMAS, A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE LA CIUDAD XX XXXXXX, COLIMA, RENUNCIANDO “EL PRESTADOR” AL FUERO QUE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO O CUALQUIER OTRA CAUSA, PUDIERA CORRESPONDERLE. LEÍDO QUE FUE LAS PRESENTES Y ENTERADAS LAS PARTES DE SU VALOR Y ALCANCE LEGALES, MANIFIESTAN SU TOTAL CONFORMIDAD Y ACEPTACIÓN, EN LA CIUDAD XX XXXXXX, COLIMA. NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL “PRESTADOR”: XXXXXX XXXXXX XXXXXXX PORTUGAL FECHA: 20 XX XXXXX DE 2019 FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL PRESTADOR: _ |