PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A. OPERACIONES OLEODUCTO
PROCEDIMIENTO DE PETROPERÚ S.A.
CONTRATACIÓN DIRECTA OPERACIONES OLEODUCTO
PRIMERA CONVOCATORIA UNIDAD LOGÍSTICA
PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A.
OPERACIONES OLEODUCTO
BASES
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION DIRECTA
Nº DIR-0011-2012-OLE/PETROPERU
“ALQUILER DE LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO XXX XXXXXXX CENTRAL DE PETROLEOS DEL PERU-PETROPERU S.A. OPERACIONES OLEODUCTO, PIURA”
O PERACIONES OLEODUCTO
XXXXX XXXXXXX Xx 000-000 – XXXXX
XXX: 20100128218
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Nº DIR-0011-2012-OLE/PETROPERU
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
Se requiere realizar Contrato por el Alquiler del local para el funcionamiento xxx Xxxxxxx Central de Petróleos del Perú-PETROPERU S.A. Operaciones Oleoducto Piura, por el periodo de tres (03) años.
XXXXXX XXXX XXX XXXXXX XXX XXXXXXX XX XXXXXXXXX
000000.
MONTO ESTIMADO REFERENCIAL
S/. 306,000.00 (Trescientos seis mil con 00/100 Nuevos Soles), incluido IGV.
XXXXX XX XXXXXXXXX
Xx. Xxxxxxx Xxxxx Xx. 000 Xxxx 0x x Xxxx 0x - Xxxxx.
ACCESO A LAS BASES:
-
Las Bases del presente procedimiento se encuentran publicadas en la página web del SEACE: xxx.xxxxx.xxx.xx en la ficha del proceso.
CALENDARIO
-
V.1. Convocatoria
: El 10.02.2012
V.2. Recepción de Propuestas
: El 15.02.2012 desde las 07:30 hasta las 11:00 horas
V.3. Otorgamiento de la Buena Pro
: El 15.02.2012
PETRÓLEOS DEL PERÚ – PETROPERÚ S.A.
OPERACIONES OLEODUCTO
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Nº DIR-0011-2012-OLE/PETROPERU
“ALQUILER DE LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO XXX XXXXXXX CENTRAL DE PETROLEOS DEL PERU-PETROPERU S.A. OPERACIONES OLEODUCTO, PIURA”
INDICE
BASES ADMINISTRATIVAS
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1 |
GENERALIDADES |
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2 |
MARCO LEGAL |
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3 |
DEL POSTOR |
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4 |
MONTO ESTIMADO REFERENCIAL |
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5 |
SISTEMA DE CONTRATACIÓN |
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6 |
RECURSOS FINANCIEROS |
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7 |
CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION DIRECTA |
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8 |
XXXXX XX XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX |
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0 |
XXXXX XX XXXXXXXXX |
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00 |
XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX PRO |
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11 |
CONTRATO |
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12 |
GARANTIAS |
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13 |
FORMA DE PAGO |
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14 |
SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCION CONTRATUAL |
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15 |
CONFIDENCIALIDAD |
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16 |
DISPOSICIONES FINALES |
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BASES TÉCNICAS |
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1 |
MEMORIA DESCRIPTIVA DEL ALQUILER |
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2 |
MONTO |
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3 |
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL ALQUILER |
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4 |
ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS DEL INMUEBLE |
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5 |
OBLIGACIONES DE EL ARRENDADOR |
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6 |
OBLIGACIONES Y DERECHOS DE PETROPERÚ |
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ANEXOS |
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ANEXO N° 01 |
CONTENIDO DEL SOBRE DE LA PROPUESTA TÉCNICA – ECONÓMICA |
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DEL POSTOR |
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ANEXO N° 02 |
MODELO DE CONTRATO |
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ANEXO Nº 03 |
ACTA DE ENTREGA DE GARANTIA |
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FORMATOS |
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FORMATO N° 01 |
DECLARACIÓN JURADA DEL POSTOR |
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FORMATO N° 02 |
DECLARACIÓN JURADA CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES |
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TÉCNICAS MÍNIMAS DEL INMUEBLE |
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FORMATO N° 03 |
PROPUESTA ECONÓMICA |
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ADJUNTO |
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ADJUNTO Nº 01 |
CODIGO DE INTEGRIDAD DE PETROPERU S.A. |
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PETRÓLEOS DEL PERÚ – PETROPERÚ S.A.
OPERACIONES OLEODUCTO
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Nº DIR-0011-2012-OLE/PETROPERU
“ALQUILER DE LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO XXX XXXXXXX CENTRAL DE PETROLEOS DEL PERU-PETROPERU S.A. OPERACIONES OLEODUCTO, PIURA”
BASES ADMINISTRATIVAS
GENERALIDADES
Petróleos
del Perú - PETROPERÚ S.A., en adelante PETROPERÚ, con RUC
N°
20100128218, domiciliado en Xxxxx Xxxxxxx Xx 000-000 – Xxxxxx xx
Xxxxx,
convoca
el “Xxxxxxxx
Xx Xxxxx Xxxx Xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xx Xxxxxxxxx
Xxx Xxxx - PETROPERU S.A. Operaciones Oleoducto”,
el cual se realizará mediante un Procedimiento de Contratación
Directa en los términos y condiciones que se detalla en las
presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y Formatos.
MARCO LEGAL
Reglamento de Contrataciones de PETROPERÚ S.A., aprobado mediante Resolución N° 523-2009-OSCE/PRE de fecha 11-12-2009, en adelante El Reglamento1.
Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y Formatos.
Las demás disposiciones legales vigentes que sean aplicables al Servicio.
DEL POSTOR
Sólo el Proveedor Invitado puede presentar propuesta, con lo cual adquiere la condición de Postor.
El Postor debe estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores del OSCE como Proveedor de Servicios.
MONTO ESTIMADO REFERENCIAL
El monto Estimado Referencial asciende a S/. 306,000.00, incluido todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y de ser el caso, los costos laborales respectivos conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor del Servicio; el mismo que ha sido determinado al Mes de enero del 2012.
SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El Sistema de Contratación es Suma Alzada, mediante el cual el Postor formula su propuesta por un monto fijo integral y por un determinado plazo de ejecución; en concordancia con El Reglamento, Anexo 1, numeral 4., literal a).
RECURSOS FINANCIEROS
Recursos propios de PETROPERÚ.
CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION DIRECTA
La Recepción de Propuestas se realizara en el día señalado en la Convocatoria (Pag. 02) y en el siguiente lugar.
Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.
Operaciones Oleoducto – Trámite Documentario
Xxxxx Xxxxxxx Xx 000-000 – Xxxxxx xx Xxxxx - Xxxx
Sólo el proveedor invitado podrá presentar propuesta, en caso que un proveedor no invitado presente propuesta, ésta será declarada como NO PRESENTADA.
La propuesta debe ser entregada en un (01) sobre cerrado, con la siguiente rotulación:
-
SOBRE
N° 01
PETRÓLEOS DEL PERÚ – PETROPERÚ S.A.
OPERACIONES OLEODUCTO
UNIDAD LOGÍSTICA
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Nº DIR-0011-2012-OLE/PETROPERU
“ALQUILER DE LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO XXX XXXXXXX CENTRAL DE PETROLEOS DEL PERU-PETROPERU S.A. OPERACIONES OLEODUCTO, PIURA”
PROPUESTA TÉCNICA
ECONÓMICA
<Nombre del Postor>
La Propuesta Técnica - Económica debe ser presentada en original y debe estar foliada y firmada por el postor o su representante legal o apoderado. El contenido de la Propuesta Técnica - Económica se detalla en el Anexo N° 01.
Toda información entregada por el postor en su Propuesta tendrá carácter de declaración jurada.
8.- LUGAR DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
El inmueble propuesto debe estar ubicado en la ciudad de Piura.
9.-PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del Servicio de alquiler es de tres (03) años, contados a partir de la firma del Contrato.
OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
La
Unidad Logística otorgará la Buena Pro cuando la Propuesta Técnica
cumpla con los Requisitos Técnicos Mínimos y la Propuesta Económica
sea concordante con la
pre-cotización que dio origen al Monto
Estimado Referencial.
CONTRATO
Para la suscripción del Contrato que se indica en el Anexo Nº 02, el Postor ganador de la Buena Pro debe entregar los siguientes documentos:
Copia Simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de proveedores (RNP) como proveedor de servicios.
Copia simple del DNI del propietario del inmueble.
Recibo de luz cancelado, correspondiente al último mes.
Recibo de agua cancelado, correspondiente al último mes.
Recibo de Arbitrios Municipales cancelados, correspondiente al último mes.
Registro de propiedad del inmueble otorgado por Registros Públicos.
Certificado Literal de Dominio otorgado por Registros Públicos.
GARANTIAS
PETROPERU entregara a El ARRENDADOR un monto equivalente a una (01) Merced Conductiva Mensual, previa suscripción de Acta de Entrega de Garantía. Ver modelo en el anexo Nº 03.
FORMA DE PAGO
PETROPERÚ cancelará el Arrendamiento mediante Valorizaciones Mensuales, las que se cancelarán en forma adelantada, en calidad de pagos parciales, a través de una (01) Merced Conductiva Mensual, previa presentación de la factura respectiva.
Las Valorizaciones Mensuales, una vez presentadas y aprobadas por PETROPERÚ, se cancelarán dentro de los diez (10) días calendario de presentada correctamente la factura correspondiente (original y copia Sunat). La factura presentada incorrectamente será devuelta para su corrección, rigiendo el plazo a partir de la fecha de su correcta presentación.
Emitir factura a nombre de : PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A.
RUC : 20100128218
DIRECCIÓN : XXXXX XXXXXXX Xx 000-000 – XXXXX.
Hacer llegar la factura, valorización aprobada por PETROPERÚ, copia del Contrato en valorizaciones parciales y el original en la última valorización a Trámite Documentario – Operaciones Oleoducto – PETROPERÚ, ubicada en Xxxxx Xxxxxxx Xx 000-000 – Xxxxxx xx Xxxxx.
SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL2
Las controversias que surjan entre las partes, desde la suscripción del Contrato, sobre su ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia o invalidez, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, según el acuerdo de las partes, debiendo solicitarse el inicio de estos procedimientos en cualquier momento anterior a la culminación del contrato. En caso el Contrato sea resuelto o PETROPERÚ declare su nulidad, el plazo para interponer arbitraje será xx xxxx (10) días hábiles de notificada tal decisión. Estos plazos son de caducidad.
Si la conciliación concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes deberán someter a arbitraje las diferencias no resueltas. El arbitraje será de derecho y será resuelto por un árbitro único o tribunal arbitral.
En los procedimientos de conciliación y arbitraje será de aplicación lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado.
CONFIDENCIALIDAD
Queda establecido que al término del Contrato, toda información que sea entregada a EL CONTRATISTA para el Alquiler, deberá ser devuelta, inclusive las que estén deterioradas. Además está obligado a cumplir y hacer cumplir la prohibición de copiar y/o reproducir, por cualquier medio, procedimiento o sistema, dicha información bajo pena de acción legal correspondiente por parte de PETROPERÚ.
EL CONTRATISTA deberá mantener absoluta confidencialidad con la información que le fuera proporcionada por PETROPERÚ, que pueda obtener o que entregue a PETROPERÚ por el Alquiler.
DISPOSICIONES FINALES
Todo aquello no previsto en las Bases de este Procedimiento de Contratación Directa se sujetará a lo establecido en El Reglamento.
La preparación de la propuesta, o cualquier otro gasto relacionado con el presente Procedimiento de Contratación Directa, no genera ningún derecho al Postor de recuperar dichos gastos.
PETRÓLEOS DEL PERÚ – PETROPERÚ S.A.
OPERACIONES OLEODUCTO
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Nº DIR-0011-2012-OLE/PETROPERU
“ALQUILER DE LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO XXX XXXXXXX CENTRAL DE PETROLEOS DEL PERU-PETROPERU S.A. OPERACIONES OLEODUCTO, PIURA”
BASES TÉCNICAS
MEMORIA DESCRIPTIVA DEL ALQUILER
Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. – en adelante PETROPERU, requiere realizar contrato por “ALQUILER DE LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO XXX XXXXXXX CENTRAL DE PETROLEOS DEL PERU - PETROPERU S.A. OPERACIONES OLEODUCTO PIURA”, mediante un Proceso de Contratación Directa.
MONTO
El Monto Estimado Referencial asciende a S/. 306,000.00, incluido IGV; el mismo que ha sido determinado en el Mes de Enero del 2012.
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL ALQUILER
El Plazo de Ejecución del Alquiler es de tres (03) años.
ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS DEL INMUEBLE
El inmueble propuesto debe tener como mínimo los siguientes características:
El inmueble debe tener un área construida mínima de 1000 m2.
El inmueble debe ser cerrado y debe estar ubicado en zonas o áreas no inundables en época de lluvia.
El inmueble debe tener un acceso independiente (a la calle) y puedan ingresar camiones de carga a los almacenes.
El inmueble debe tener ambientes definidos para oficinas que brinden todas las facilidades.
El inmueble debe tener mínimo dos baños completos en buen estado. Asimismo debe contar con cuarto para vigilante y baño.
Deberá contar con los servicios básicos: Luz, agua y desagüe.
El inmueble debe tener las condiciones mínimas de seguridad.
EL ARRENDADOR debe ser propietario del inmueble, debidamente acreditado con copia simple del Registro de Propiedad Inmueble u otro documento similar otorgado por Registros Públicos.
OBLIGACIONES DE EL ARRENDADOR
EL ARRENDADOR debe entregar el inmueble propuesto en perfectas condiciones para ser utilizada inmediatamente.
EL ARRENDADOR debe cancelar Impuesto Predial del inmueble propuesto.
EL ARRENDADOR debe devolver el monto total de la Garantía, cuando PETROPERÚ desocupe el inmueble, siempre y cuando se encuentre en las mismas condiciones en que fue entregado.
EL ARRENDADOR asumirá los costos de reparación del inmueble por vicios ocultos de la construcción o por casos fortuitos o fuerza mayor.
OBLIGACIONES Y DERECHOS DE PETROPERÚ
PETROPERÚ puede desocupar el inmueble antes del plazo pactado, debiendo comunicar a EL ARRENDADOR con treinta (30) días de anticipación.
PETROPERÚ utilizará en inmueble exclusivamente como oficinas.
PETROPERÚ no puede sub-arrendar, ceder, ni traspasar total o parcialmente el inmueble, sin consentimiento escrito de EL ARRENDADOR.
PETROPERÚ efectuará el pago de los servicios de agua, energía eléctrica y teléfono, así como los árbitros municipales de alumbrado público y limpieza pública durante todo plazo de alquiler.
PETROPERÚ devolverá el inmueble en las mismas condiciones en que fue entregado, salvo el deterioro causado por el uso normal, por vicios ocultos de la construcción o por casos fortuitos o fuerza mayor.
PETROPERÚ no puede introducir mejoras en el inmueble sin consentimiento expreso de EL ARRENDADOR. Las mejoras que PETROPERÚ realice quedarán en beneficio del inmueble, sin que EL ARRENDADOR quede obligado a pagar suma alguna por tal concepto.
ANEXO N° 01
CONTENIDO DEL SOBRE DE LA PROPUESTA TÉCNICA – ECONÓMICA DEL POSTOR
CONTENIDO DEL SOBRE N° 01: PROPUESTA TÉCNICA - ECONOMICA
Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) como Proveedor de Servicios.
Declaración Jurada del Postor, según Formato N° 01.
Declaración Jurada de Cumplimiento de Requisitos Técnicos Mínimos del Servicio, según Formato N° 02.
Propuesta Económica según el Formato N° 03, el cual debe estar firmado por el Representante Legal y no podrá tener ninguna borradura, enmendadura o corrección, caso contrario se considerará como NO PRESENTADA su propuesta.
ANEXO N° 02: MODELO DE CONTRATO
ALQUILER DE LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO XXX XXXXXXX CENTRAL DE PETROLEOS DEL PERU - PETROPERU S.A. OPERACIONES OLEODUCTO, PIURA.
Conste
por el presente documento, el Contrato de Arrendamiento que celebran
de una parte, Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., con Registro
Único de Contribuyente N° 20100128218, con domicilio en Xxxxx
Xxxxxxx Xx 000 - Xxxxx - Xxxx, debidamente representada por el
Sr.
_____________________________________________________________, en su
condición de ____________________________, identificado con D.N.I N°
____________, con poder inscrito en la Partida Electrónica N°
_______________, asiento ______________ del Registro de Personas
Jurídicas de _______________ a quien en adelante se denominará
PETROPERÚ
y de la otra parte, la persona natural
__________________________________________________
con RUC N° _________________ con domicilio legal en
____________________________________, debidamente representada por el
Sr. ______________________________________________ con D.N.I Nº
______________________ en su condición de propietario del inmueble,
según consta en el Registro de Propiedad Inmueble Partida N°
_______________, a quien en adelante se denominará EL
ARRENDADOR.
Contrato que se celebra en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA
EL ARRENDADOR es propietario del inmueble ubicado en ______________________________
CLAUSULA SEGUNDA
El ARRENDADOR da en arrendamiento a PETROPERÚ el inmueble indicado en la Cláusula que antecede, por el plazo de tres (03) años a partir del _________ al _______________, el mismo que puede renovarse por igual o menor plazo en forma sucesiva, sujetándose los reajustes que pudieran acordarse al Índice de Precios al Consumidor que establece el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); en concordancia con el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de PETROPERÚ S.A., aprobado mediante Resolución N° 523-209-OSCE/PRE, numeral 10.8.
CLAUSULA TERCERA
La Merced Conductiva Mensual asciende a S/. ___________ ( __________________ Nuevos Soles), la cual será abonada en forma adelantada previa presentación de la factura respectiva.
Los pagos serán de la siguiente manera:
Del 01.02.2012 al 31.01.2013 S/. 8,000.00 mensual
Del 01.02.2013 al 31.01.2014 S/. 8,500.00 mensual
Del 01.02.2014 al 31.01.2015 S/. 9,000.00 mensual
CLAUSULA CUARTA
PETROPERÚ
puede desocupar el inmueble antes del plazo pactado, debiendo
comunicar a
EL ARRENDADOR con treinta (30) días de
anticipación, en cuyo caso quedará resuelto el presente Contrato,
siendo obligación de EL ARRENDADOR devolver el monto total del
Depósito de Garantía.
CLAUSULA QUINTA
PETROPERÚ utilizará en inmueble exclusivamente como almacén central de Operaciones Oleoducto.
CLAUSULA SEXTA
PETROPERÚ no puede sub-arrendar, ceder, ni traspasar total o parcialmente el inmueble, sin consentimiento escrito de EL ARRENDADOR, bajo pena de resolución inmediata del contrato de arrendamiento.
CLAUSULA SETIMA
PETROPERÚ efectuará el pago de los servicios de agua, energía eléctrica y teléfono, durante todo plazo de alquiler. EL ARRENDADOR debe cancelar Impuesto Predial del inmueble.
CLAUSULA OCTAVA
PETROPERÚ deja constancia que recibe el inmueble en buen estado de conservación, según inventario adjunto, obligándose a devolverlo en el mismo estado, salvo el deterioro causado por el uso normal, por vicios ocultos de la construcción o por casos fortuitos o de fuerza mayor. Queda
entendido
que las reparaciones y/o mejoras necesarias serán de responsabilidad
de
el
Arrendador, para lo cual
PETROPERÚ dará el Aviso correspondiente.
CLAUSULA NOVENA
PETROPERÚ
no podrá introducir mejoras en el inmueble sin consentimiento
expreso de
EL ARRENDADOR. Las mejoras que PETROPERÚ introduzca
quedarán en beneficio del inmueble, sin que EL ARRENDADOR quede
obligado a pagar suma alguna por tal concepto, excepto las mejoras
necesarias referidas en la Cláusula precedente.
CLAUSULA DECIMA
EL
ARRENDADOR deja constancia de haber recibido de PETROPERÚ la suma
equivalente a una (01) Merced Conductiva Mensual, como depósito de
garantía, suma que será devuelta por
EL ARRENDADOR al término
del Contrato previa recepción del inmueble en buen estado, salvo el
deterioro causado por el uso normal, por vicios ocultos de la
construcción o por casos fortuitos o de fuerza mayor.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA
Las controversias que surjan entre las partes, desde la suscripción del Contrato, sobre su ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia o invalidez, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, según el acuerdo de las partes, debiendo solicitarse el inicio de estos procedimientos en cualquier momento anterior a la culminación del contrato. En caso el Contrato sea resuelto o PETROPERÚ declare su nulidad, el plazo para interponer arbitraje será xx xxxx (10) días hábiles de notificada tal decisión. Estos plazos son de caducidad.
Si la conciliación concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes deberán someter a arbitraje las diferencias no resueltas. El arbitraje será de derecho y será resuelto por un árbitro único o tribunal arbitral.
En los procedimientos de conciliación y arbitraje será de aplicación lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA
Cualquiera de las partes tiene derecho a cambiar de domicilio. Para que el cambio tenga validez deberá consignarse en forma expresa y notificarse por Carta Notarial a la otra parte contratante, con cinco (05) días calendario de anticipación a la fecha en que se efectúe el cambio, salvo causas de fuerza mayor, para las que se notificará el cambio dentro de los cinco (05) días calendario posteriores a la fecha de producido el evento.
Las partes convienen en que las notificaciones a cursarse, serán consideradas como válidas, sólo si se entregan con cargo ó notarialmente.
Cualquiera de las partes contratantes podrá elevar este contrato a escritura pública, corriendo los gastos que esto origine, a cargo del que lo solicite.
Las partes suscriben dos (02) ejemplares del presente contrato, correspondiendo, el primero, a PETROPERÚ y el segundo a EL ARRENDADOR.
Se suscribe el presente Contrato en la ciudad de Piura, a los _______ días del mes de __________ del año dos mil once.
PETROPERÚ |
|
ARRENDADOR |
ANEXO N° 03
Acta de Entrega de Garantía
CONTRATO N°
ALQUILER DE LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO XXX XXXXXXX CENTRAL DE PETROLEOS DEL PERU - PETROPERU S.A. OPERACIONES OLEODUCTO, PIURA.
He recibido de PETROPERÚ, el importe
de S/. ___________ ( __________________________
Nuevos Soles),
equivalente a una (01) Merced Conductiva Mensual, por concepto de
Depósito de Garantía por el Alquiler del inmueble ubicado en
____________________________.
En
caso, PETROPERÚ procediera a devolver el inmueble en las condiciones
pactadas y
el
Arrendador no hiciera
devolución simultánea de la suma depositada en garantía, PETROPERÚ
queda facultado a retener el inmueble, sin asumir responsabilidad
alguna por ningún concepto, hasta la cancelación total de la
garantía, incluidos los intereses xx xxx y los gastos que se
pudieran haber ocasionado.
EL ARRENDADOR
Nombre y Apellido
DNI N° __________________
FORMATO N° 01
DECLARACIÓN JURADA DEL POSTOR
Lugar, de de 2012
Señores
UNIDAD LOGÍSTICA
OPERACIONES OLEODUCTO
Presente
Ref.: PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION DIRECTA
N° DIR-0011-2012-OLE/PETROPERU
“ALQUILER DE LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO XXX XXXXXXX CENTRAL DE PETROLEOS DEL PERU - PETROPERU S.A. OPERACIONES OLEODUCTO, PIURA”
..….(Nombre y Apellidos del Representante Legal)…... identificado con DNI N°……………….…… domiciliado en ……….……………, en calidad de …...(Gerente / apoderado común / Accionista)..…. de la empresa ..…....(Razón social)…......, cuyo domicilio legal es ………………………….., inscrita en el Registro Público de .…....(indicar ciudad, asiento, fojas, tomo, fecha)….…..; que se presenta como Postor al Proceso de la referencia, DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada:
No tengo impedimento para participar en el proceso de adquisición o contratación ni para contratar con el Estado.
No he participado en la elaboración del Expediente Técnico, Términos de Referencia o Especificaciones Técnicas previos que dan origen al proceso de adquisición o contratación y sirvieron de base para el objeto del contrato, salvo en el caso de los contratos de supervisión.
Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección,
Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento para efecto del proceso de contratación.
Me comprometo a mantener su oferta hasta la firma del contrato, o emisión de la Orden de Compra u Orden de Trabajo a Terceros, según corresponda.
Conozco las sanciones que estipula el Reglamento de Gestión de Base de Datos de Proveedores de PETROPERU, la normativa en materia de contrataciones del Estado y la Ley Nº 27444.
Mi número de inscripción electrónica vigente en el Registro Nacional de Proveedores del OSCE, como Proveedor de Servicios es:
Sin otro particular, quedamos de ustedes.
Atentamente,
Nombre, firma y sello del Gerente o Funcionario autorizado Sello de la empresa |
Nota Importante:
En caso de consorcios, cada uno de los integrantes del consorcio debe presentar este formato.
FORMATO N° 01 - A
IMPEDIMENTOS PARA SER POSTORES Y/O CONTRATISTAS DE PETROPERU S.A.
Artículo 10.- Impedimentos para ser postor y/o contratista
Cualquiera sea el régimen legal de contratación aplicable, están impedidos de ser participantes, postores y/o contratistas:
a) En todo proceso de contratación pública, hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo, el Presidente y los Vicepresidentes de la República, los Congresistas de la República, los Ministros y Viceministros de Estado, los Vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República, los titulares y los miembros del órgano colegiado de los Organismos Constitucionales Autónomos;
b) En el ámbito regional, hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo, los Presidentes, Vicepresidentes y los Consejeros de los Gobiernos Regionales;
c) En el ámbito de su jurisdicción, hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo, los Vocales de las Cortes Superiores de Justicia, los Alcaldes y Regidores;
d) En la Entidad a la que pertenecen, los titulares de instituciones o de organismos públicos del Poder Ejecutivo, los directores, gerentes y trabajadores de las empresas del Estado, los funcionarios públicos, empleados de confianza y servidores públicos, según la ley especial de la materia;
e) En el correspondiente proceso de contratación, las personas naturales o jurídicas que tengan intervención directa en la determinación de las características técnicas y valor referencial, elaboración de Bases, selección y evaluación de ofertas de un proceso de selección y en la autorización de pagos de los contratos derivados de dicho proceso, salvo en el caso de los contratos de supervisión;
f) En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, el cónyuge, conviviente o los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad;
g) En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, las personas jurídicas en las que aquellas tengan o hayan tenido una participación superior al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social, dentro de los doce (12) meses anteriores. a la convocatoria;
h) En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, las personas jurídicas sin fines de lucro en las que aquellas participen o hayan participado como asociados o miembros de sus consejos directivos, dentro de los doce (12) meses anteriores a la convocatoria;
i) En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, las personas jurídicas cuyos integrantes de los órganos de administración, apoderados o representantes legales sean las personas señaladas en los literales precedentes. Idéntica prohibición se extiende a las personas naturales que tengan como apoderados o representantes a las personas señaladas en los literales precedentes;
j) Las personas naturales o jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente en el ejercicio de sus derechos para participar en procesos de selección y para contratar con Entidades, de acuerdo a lo dispuesto por la presente norma y su Reglamento;
k) Las personas jurídicas cuyos socios, accionistas, participacioncitas, titulares, integrantes de los órganos de administración, apoderados o representantes legales formen o hayan formado parte, en los últimos doce (12) meses de impuesta la sanción, de personas jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para participar en procesos de selección y para contratar con el Estado; o que habiendo actuado como personas naturales hayan sido sancionadas por la misma infracción; conforme a los
criterios señalados en el presente Decreto Legislativo y su Reglamento. Para el caso de socios, accionistas, participacioncitas o titulares, este impedimento se aplicará siempre y cuando la participación sea superior al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social y por el tiempo que la sanción se encuentre vigente;
l) Otros establecidos por ley o por el Reglamento de la presente norma.
Las propuestas que contravengan lo dispuesto en el presente artículo se tendrán por no presentadas. Los contratos celebrados en contravención de lo dispuesto por el presente artículo son nulos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar de los funcionarios y servidores de la Entidad contratante y de los contratistas que celebraron dichos contratos.
“Artículo 237º. Impedimentos
Adicionalmente a los impedimentos establecidos en el artículo 10º de la Ley, se encuentran impedidos de ser participantes, postores y/o contratistas aquellas personas naturales o jurídicas a través de las cuales una autoridad, funcionario público, empleado de confianza, servidor público o proveedor pretenda eludir su condición de impedido valiéndose de cualquier modalidad de representación societaria y/o utilización de testaferros para participar en un proceso de selección”3.
FORMATO N° 02
DECLARACIÓN JURADA
CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DEL INMUEBLE
Lugar, de de 2012
Señores
UNIDAD LOGÍSTICA
OPERACIONES OLEODUCTO
PETROPERÚ S.A.
Presente
Ref.: ProceDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DIRECTA
N° DIR-0011-2012-OLE/PETROPERU
“ALQUILER DE LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO XXX XXXXXXX CENTRAL DE PETROLEOS DEL PERU - PETROPERU S.A. OPERACIONES OLEODUCTO, PIURA”
-
N°
DISTRIBUCIÓN
SI
NO
1
Área Construida mínimo 1000 m2.
2
El inmueble de ser cerrado
3
Inmueble de tener acceso independiente ( a la calle) y puedan ingresar camiones de carga a los almacenes.
4
El inmueble debe tener ambientes definidos para oficinas que brinden todas las facilidades.
5
El inmueble debe tener mínimo dos baños completos en buen estado. Asimismo debe contar con un cuarto para vigilante y baño.
6
Deberá contar con los servicios básicos: Luz, agua y desagüe.
N°
CARACTERÍSTICAS
SI
NO
1
El inmueble está ubicado en zonas o áreas
no inundables en época de lluvia
2
El inmueble esta a disposición inmediata
3
El inmueble debe tener las condiciones mínimas de seguridad
4
EL ARRENDADOR debe ser propietario del inmueble
Nombre, firma y sello del Gerente o Funcionario autorizado Sello de la empresa |
FORMATO N° 03
PROPUESTA ECONÓMICA
Lugar, de de 2012
Señores
UNIDAD LOGÍSTICA
OPERACIONES OLEODUCTO
PETROPERÚ S.A.
Presente
Ref.: ProceDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DIRECTA
N° DIR-0011-2012-OLE/PETROPERU
“ALQUILER DE LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO XXX XXXXXXX CENTRAL DE PETROLEOS DEL PERU - PETROPERU S.A. OPERACIONES OLEODUCTO, PIURA”
Nuestra Propuesta Económica asciende a la cantidad de S/. ( expresar el monto en números y letras ). Este monto incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y de ser el caso, los costos laborales respectivos conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor del Alquiler; bajo el Sistema de Suma Alzada.
Nombre, firma y sello del Gerente o Funcionario autorizado Sello de la empresa |
ADJUNTO Nº1
CÓDIGO DE INTEGRIDAD
DE PETRÓLEOS DEL PERÚ – PETROPERÚ S.A.
I. PRINCIPIOS BÁSICOS DE COMPORTAMIENTO ÉTICO
Los siguientes principios han de inspirar nuestro comportamiento, así como de todos aquellos que tengan vinculación comercial o de otra índole con nuestra Empresa.
A) PROBIDAD
Actuamos con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer los intereses legítimos de nuestra Empresa, de sus clientes y de la sociedad en su conjunto, desechando el provecho o ventaja personal, obtenido de forma directa o por interpósita persona. Profesamos y practicamos un claro rechazo a la corrupción en todos los ámbitos de nuestro desempeño dentro de la Empresa y cumplimos cabalmente con las normas vigentes.
B) VERACIDAD
Nos expresamos con autenticidad en las relaciones laborales o prestación de servicios con todos los miembros de la Empresa y con terceros. La verdad está por encima de todo, en todas las acciones y relaciones de la Empresa.
C) RESPETO
Adecuamos nuestra conducta hacia el respeto a la Constitución, a las leyes y a las normas internas de PETROPERÚ S.A., garantizando que en todo el proceso de la toma de decisiones o en el cumplimiento de los procedimientos, se respeten los derechos de las personas, principalmente el derecho a la defensa y al debido procedimiento. De la misma manera guardamos respeto a los miembros de la empresa, clientes y proveedores.
D) RESPONSABILIDAD
Actuamos con conciencia, reflexionamos, administramos, orientamos y valoramos las consecuencias de nuestros actos; desarrollando nuestras actividades con serenidad, seguridad y puntualidad. Tenemos la obligación moral de hacer el mejor esfuerzo por conseguir los objetivos empresariales con un manejo eficiente de los recursos, asegurando el desarrollo sostenible del entorno y el auto cuidado prevaleciendo el bien común por encima del interés particular.
E) JUSTICIA
Actuamos con equidad en nuestras relaciones con la Empresa, con los clientes, con el resto del personal y con la ciudadanía en general, otorgando a cada uno lo que es debido.
F) TRANSPARENCIA
Ejecutamos los actos de nuestra función de manera clara, veraz y contrastable. Permitimos el acceso y difundimos la información pública de la gestión empresarial a la ciudadanía a través de los mecanismos pertinentes, de manera clara, exacta y completa.
G) EFICIENCIA
Brindamos calidad en cada una de las funciones a nuestro cargo buscando el resultado más adecuado y oportuno, dentro de los plazos, métodos y procedimientos establecidos en la Empresa y normatividad vigente.
H) OBJETIVIDAD
Actuamos con igualdad e imparcialidad, libre de influencias, frente a los intereses particulares e inclusive los propios.
I) LEALTAD Y OBEDIENCIA
Actuamos con fidelidad y solidaridad hacia nuestros compañeros y colaboradores en tanto se tenga como finalidad el cumplimiento de la visión y misión institucional. De tratarse de personal con vínculo laboral, cumpliendo las órdenes que imparta el superior jerárquico competente, en la medida que reúnan las formalidades del caso y tengan por objeto la realización de actos de servicio que se vinculen con las labores a su cargo, salvo los supuestos de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, los cuales deberán ponerse en conocimiento de la Administración de la Empresa.
II. DEBERES ÉTICOS
Los principios básicos contemplados en el artículo anterior debemos traducirlos en el cumplimiento de los siguientes deberes éticos:
Inhibirse del conocimiento y trámite de cualquier asunto, cuando se tenga interés directo o indirecto en el mismo, o cuando exista relación de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con cualquier persona, socio, directivo o funcionario interesado en el asunto. Igual criterio será aplicable cuando se trate de postores, proveedores o contratistas de bienes y servicios de la Empresa.
Actuar con absoluta objetividad e imparcialidad política en el desempeño de nuestras funciones demostrando independencia en las vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones ajenas.
Guardar discreción y abstención de utilizar en provecho propio, directo o indirecto, como de terceros, la información o hechos calificados como reservados, confidenciales o secretos de los que se tenga conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de labores y la prestación de servicios, así como de aquella información cuya divulgación pueda ocasionar un perjuicio a la Empresa. Esta obligación subsiste aún después xx xxxxx en las funciones.
Realizar nuestro trabajo en condiciones seguras en resguardo de la integridad de nuestros compañeros, clientes, comunidad y activos de la empresa.
Realizamos una operación eficiente, responsable y de protección de la comunidad y el medio ambiente. Contribuir a la mejora del estándar de vida de las poblaciones donde operamos, respetando su diversidad étnica y cultural mediante un sistema de inclusión y participación que involucre también a nuestros clientes y proveedores.
III. CONDUCTAS NO PERMITIDAS EN PETROPERÚ S.A.
En PETROPERÚ S.A. no permitimos las siguientes conductas:
Obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas, para sí o para otros, mediante el uso de su cargo y/o influencia o apariencia de influencia. En ese sentido se deberá adoptar las medidas necesarias para que bajo ninguna circunstancia los intereses personales dificulten el normal ejercicio de las obligaciones o responsabilidades encomendadas.
Realizar actividades de proselitismo político o cualquier política partidaria o electoral durante o fuera del calendario de los procesos electorales, dentro del horario de trabajo o de la prestación de servicios, o mientras se permanezca en los locales institucionales, o durante las comisiones de servicio. Asimismo está prohibida la utilización de la infraestructura, bienes o recursos de la Empresa, incluyendo el uso de la página Web institucional y correo electrónico, ya sea en beneficio propio o a favor o en contra de partidos u organizaciones políticas o candidatos.
Ejercer presiones, amenazas o cualquier forma de acoso físico o verbal, incluyendo al hostigamiento o chantaje sexual, por parte de aquel que aprovechándose de una posición de autoridad o jerarquía o cualquier otra situación ventajosa que pueda afectar la dignidad de la persona o inducir a la realización de acciones dolosas, en contra de un subordinado o cualquier miembro de la Empresa.
Realizar actos que estén reñidos con la moral y/o las buenas costumbres, ya sea de modo individual, entre personas del mismo o diferente sexo.
Realizar o consentir cualquier forma de discriminación, distinción, exclusión o preferencia, por razones de raza, sexo, edad, nivel socioeconómico, laboral, nivel jerárquico u otro, que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades, de trato en el empleo o en la ocupación.
Solicitar y/o recibir, para sí o para terceros, dentro o fuera de la Empresa, regalos o favores de los clientes, proveedores, o de quienes se encuentren en proceso de evaluación, negociación, contratación o sanción, ni después de concluidos éstos; que tiendan o aparenten un deseo de influenciar una acción o decisión. En algunas circunstancias, un regalo u obsequio puede ser aceptado, siempre que no tenga valor significativo y que sea coherente con las prácticas de promoción o publicidad de la empresa que lo brinda y que no pueda interpretarse como factor de influencia.
Los obsequios, agasajos y atenciones a cargo de PETROPERÚ S.A. para cualquier persona, organismo o institución, con las cuales mantiene relaciones institucionales; se pueden realizar, siempre que no consistan en otorgar dinero, que no tengan valor significativo o que puedan ser o interpretarse como condición del resultado de negocios. Para estas actividades se debe contar con la debida autorización.
G) Emitir opiniones personales sobre asuntos de PETROPERÚ S.A., sin autorización expresa o sobre asuntos ajenos a los intereses empresariales, a través de los medios de comunicación o cualquier medio público, dando a entender que las mismas representan una opinión oficial de PETROPERÚ S.A.
H) Prestar servicios a terceros, de manera directa, indirecta o encubierta, en base a información o documentación a la que se tenga acceso en mérito o derivada de sus funciones en la empresa incompatibles con las actividades de PETROPERÚ S.A.
IV. RELACIONES FUNCIONALES
A) CON LOS CLIENTES:
Servir al cliente con énfasis en la calidad, productividad e innovación, con responsabilidad social, comunitaria y ambiental y con pleno respeto a las leyes y reglamentos vigente en cada lugar.
B) CON LOS PROVEEDORES
Debe sustentarse en las necesidades de la empresa delimitada por criterios técnicos, éticos y profesionales y ser conducida mediante procesos que garanticen mejor la combinación del costo, plazo y calidad.
C) CON EL MERCADO
Nuestra competitividad debe ser ejercida conforme a nuestra capacidad de negociación junto con nuestros proveedores y en la gestión correcta de nuestros márgenes y gastos.
D) CON LA COMUNIDAD
Corresponde actuar conforme los preceptos éticos, sin privilegios de ningún orden y asegurar el respeto a la dignidad humana.
V. OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR LOS ACTOS IRREGULARES O CONTRARIOS AL CÓDIGO
Cuando en el ejercicio de las funciones se tome conocimiento directa o indirectamente de una infracción a la ética o cualquier irregularidad en la administración y gestión de PETROPERÚ S.A., tenemos el deber de denunciarla, bajo responsabilidad, ante los órganos competentes.
La Gerencia Área Administración – Coordinación de Integridad y Ética es el órgano encargado de conocer, tramitar y evaluar las quejas o denuncias por infracción al presente Código.
VI. PROCEDIMIENTO Y SANCIÓN
Nadie puede invocar desconocimiento de las disposiciones del presente Código, su incumplimiento o infracción genera responsabilidad pasible de sanción. En el caso de quienes tengan vínculo laboral, para su aplicación y graduación se tendrá presente el Capítulo pertinente del Reglamento Interno de Trabajo y los procedimientos que sobre la materia cuenta la empresa.
Para los colaboradores se adoptarán las penalidades y/o sanciones contempladas en sus contratos o convenios.
CONSULTAS Y PROMOCIÓN DE VALORES
La Gerencia Área Administración – Coordinación de Integridad y Ética es el órgano encargado de absolver las consultas a las disposiciones contempladas en el presente Código de Integridad de PETROPERÚ S.A. Del mismo modo, es el órgano encargado de elaborar las propuestas de directivas que efectivicen el cumplimiento del presente Código; así como de promover una cultura de valores y difusión.
1El Reglamento ha sido publicado en el Diario Oficial El Peruano el 12-ABR-2008.
2El Reglamento, numeral 11.
ALQUILER DE LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO XXX XXXXXXX CENTRAL DE PETROLEOS DEL PERU-PETROPERU S.A. OPERACIONES OLEODUCTO-PIURA
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