AXA Seguros, S.A. de C.V. Seguro Básico Estandarizado de Accidentes Personales
Seguro Básico Estandarizado de Accidentes Personales
Condiciones generales
AXA Seguros, S.A. de C.V. Seguro Básico Estandarizado de Accidentes Personales
Tipo de seguro
Seguro de Accidentes Personales Individual
Cobertura
Muerte Accidental, no incluye pérdidas orgánicas, ni indemnización diaria por invalidez, ni reembolso de Gastos Médicos
Moneda
Nacional
Suma Asegurada
- $ 100,000.00 pesos
- $ 200,000.00 pesos.
Monto máximo de cobertura por persona
Edades de Aceptación Mínima de Admisión: 12 años Máxima de Aceptación: 65 años Máxima de Renovación: Vitalicia
Forma de Pago
Anual
Periodo xx Xxxxxx para Pago de Prima
30 días
Un año Renovable
Tarificació
La compañía definirá la tarifa total (que incluye I A) por edad, género y Ocupación de los solicitantes.
Ocupación de los Solicitantes
Una de las variables para definir la tarifa, será con base en la ocupación del asegurado considerando edad, género y ocupación.
El nivel del riesgo de su actividad, corresponde a las descritas en el Manual de Accidentes Personales, es decir:
Temporalidad del Plan
3
Riesgo A:
1. Personas que trabajan tiempo completo en lugares no peligrosos tales como oficinas, tiendas, locales, despachos, etc., cuya ocupación no representa peligro especial.
Ejemplo: oficinistas, farmacéuticos, o tometristas, bibliotecarios, sastres, modistas, dibujantes, etc.
En lugares fijos
En oficina, tienda, despacho, laboratorio, etc
1. Abarrotero
2. Abogado
3. Actuario
4. Agente de Compras
5. Xxxxxxx
0. Xxxxxxxx
0. Xxx xx Xxxx
0. Xxxxxxxxxx
9. Archivista
10. Arquitecto
11. Artesano
12. Auditor
13. Avicultor
14. Banquero
15. Bibliotecario
16. Cajero
17. Contador
18. Contratista
19. Compositor
20. Corresponsal
21. Costurera
22. Decorador
23. Dibujante
24. Diplomático
25. Diseñador
26. Dulcero
27. Editor
28. Embajador
29. Embotellador (vinos, cerveza, refrescos)
30. Empacador (de Carne)
31. Encuadernador
32. Escultor
33. Estereotipista
34. Etnólogo
35. Farmacéutico
36. Ferrocarrilero
37. Físico
38. Florista
39. Forrajero
40. Fotograbador
41. Fotógrafo
42. Frutero
43. Fruticultor
44. Geólogo
45. Grabador
46. Guía de Turistas
47. Xxxxxxx
48. Hojalatero
49. Hortelano
50. Hotelero
51. Impresor
52. Ingeniero
53. Instrumentista
54. Xxxxxxxx
00. Xxxxxx
00. Lavador de Ropa
57. Empleado de Laboratorio
58. Lechero Propietario
59. Lechero o Repartidor en Establo
60. Librero
61. Linotipista
62. Locutor
63. Maderero
64. Manicurista
65. Maestro de Escuela(s)
66. Mayordomo
67. Mecánico
68. Mensajero
69. Meteorólogo
70. Minero
71. Modista
72. Xxxxxxxx
00. Mueblero
74. Músico de Sinfónica
75. Oculista
76. Oficinist
77. Optometrista
78. Xxxxxxx
00. Xxxxxxxx
00. Peletero o Curtidor
81. Periodista
82. Petrolero
83. Pintor de muebles, ventanas y casas, etc.
84. Xxxxxxx
85. Plomero
86. Profesor
87. Publicista
88. Pulidor de pisos y muebles
89. Quesero
90. Radio-Fabricante
91. Radio-Operador
92. Relojero
93. Rentista
94. Sacerdote
95. Xxxxxxxx
96. Sastre
97. Sombrerero
98. Xxxxxxxxx
00. Xxxxxxxxxxx
000. Xxxxxxxx
000. Telefonista, Operador, Instalador y Técnico
102. Telegrafist
103. Xxxxxxx
104. Tendero
105. Tintorero
106. Topógrafo
107. Xxxxxxx
108. Xxxxxxxxxxx
000. Xxxxxxxx
000. Veterinario
111. Vidriero
112. Vitivinicultor
113. Vulcanizador
114. Zapatero
4
Supervisando
1. Mesero
Otros Empleos o Actividades
1. Arreglista (Música)
Sin Manejo de Herramienta
1. Cajista
Riesgo B:
1. Personas cuya ocupación se desempeña principalmente en la calle sin exposición de riesgos calificados
Ejemplo: cobradores, vendedores, inspectores, propagandistas, etc.
2. Personas que realizan trabajos manuales ligeros utilizando material y herramienta poco peligrosa.
Ejemplo: reparadores de radio, televisión, refrigeradores, estufas, encuadernadores, tapizadores, cortineros, etc.
Desplazandose con mucha Frecuencia en la calle
1. | Abarrotero | 31. | Empacador (de Carne) | 62. | Lechero Propietario | ||
2. | Abogado | 32. | Encuadernador | 63. | Librero | ||
3. | Agente de Compras | 33. | Enfermera | 64. | Locutor | ||
4. | Agente de Ventas | 34. | Escultor | 65. | Maderero | ||
5. | Agricultor | 35. | Estereotipista | 66. | Maestro de Escuela(s) | ||
6. | Ajustador de Seguros | 36. | Etnólogo | 67. | Materialista | ||
7. | Alcalde | 37. | Ferretero | 68. | Mayordomo | ||
8. | Alfarero | 38. | Ferrocarrilero | 69. | Mecánico | ||
9. | Anestesiólogo | 39. | Físico | 70. | Médico de Consultorio | ||
10. | Anticuario | 40. | Fisicoterapista | 71. | Mensajero | ||
11. | Aparadorista | 41. | Florista | 72. | Meteorólogo | ||
12. | Arquitecto | 42. | Forrajero | 73. | Minero | ||
13. | Artesano | 43. | Fotograbador | 74. | Misionero | ||
14. | Auditor | 44. | Fotógrafo | 75. | Modelo | ||
15. | Avicultor | 45. | Fotógrafo Periodista | 76. | Modista | ||
16. | Carpintero | 46. | Frutero | 77. | Xxxxxxxx | ||
17. | Cartero | 47. | Fruticultor | 78. | Mueblero | ||
18. | Cerrajero | 48. | Fumigador (no Piloto) | 79. | Músico | ||
19. | Xxxxxxxx | 00. | Xxxxxxxx | 00. | Músico de Sinfónica | ||
20. | Cobrador | 50. | Geólogo | 81. | Oculista | ||
21. | Contador | 51. | Grabador | 82. | Ostéopata | ||
22. | Contratista | 52. | Guía de Turistas | 83. | Panadero | ||
23. | Cordelero | 53. | Xxxxxxx | 84. | Pedicurista | ||
24. | Coreógrafo | 54. | Hojalatero | 85. | Peinadora | ||
25. | Corresponsal | 55. | Hortelano | 86. | Peletero o Curtidor | ||
26. | Cultora de Belleza | 56. | Hotelero | 87. | Periodista | ||
27. | Dulcero | 57. | Impresor | 88. | Petrolero | ||
28. | Editor | 58. | Ingeniero | 89. | Xxxxxx Xxxxxxx | ||
00. | Electricista | 59. | Instrumentista | 90. | Pintor de muebles, | ||
30. | Embotellador (vinos, | 60. | Jabonero | ventanas y casas, etc. | |||
cerveza, refrescos) | 61. | Lavador De Ropa | 91. | Xxxxxxx | |||
5 | |||||||
92. Xxxxxxx | 000. | Xxxxxxxx | 000. | Xxxxxxx |
93. Profesor | 105. | Sacerdote | 115. | Tintorero |
94. Publicista | 106. | Xxxxxxxx | 116. | Topógrafo |
95. Pulidor de pisos y muebles | 107. | Sastre | 117. | Xxxxxxx |
96. Quesero | 108. | Soldador | 118. | Xxxxxxxxxxx |
00. Químico | 109. | Sombrerero | 119. | Valuador |
98. Quiropráctico | 110. | Xxxxxxxxx | 000. | Veterinario |
99. Radiólogo | 111. | Xxxxxxxx | 000. | Xxxxxxxx |
000. Radio-Fabricante | 112. | Telefonista, Operador, | 122. | Vitivinicultor |
101. Radio-Operador | Instalador y Técnico | 123. | Vulcanizador | |
102. Radioterapista | 113. | Telegrafist | 124. | Zapatero |
103. Relojero |
En lugares fijos
En oficina, tienda, despacho, laboratorio, etc.
1. Apicultor
2. Bacteriólogo
3. Biólogo
4. Botánico
5. Criado Doméstico
6. Cultora de Belleza
7. Dermatólogo
8. Enfermera
9. Fisicoterapista
10. Fotógrafo Periodista
11. Materialista
12. Médico de Consultorio
13. Mesero
14. Misionero
15. Modelo
16. Pedicurista
17. Peinadora
18. Xxxxxx Xxxxxxx
00. Químico
Supervisando
1. Cerrajero
2. Costurera
3. Xxxxxxx
Manejo de Maquinaria Ligera
1. Dulcero
Sin Manejo de Herramienta
1. Alfarero
2. Aparadorista
3. Avicultor
4. Jardinero
5. Xxxxxxx
6. Talabartero
Otros Empleos o Actividades
1. Anestesiólogo
2. Elevadorista
3. Estudiante
4. Lavandera
Con Manejo de Herramienta
1. Aparadorista
2. Decorador
Riesgo C:
1. Personas que necesiten viajar constantemente para el desempeño de su ocupación habitual, sin exposición de riesgos calificados
Ejemplo: agentes viajeros, inspectores viajeros, auditores viajeros, comerciantes viajeros, propagandistas viajeros, etc.
2. Personas que supervisan procesos de manufactura y operaciones de construcción.
Ejemplo: ingenieros, arquitectos, superintendentes, contratistas, etc.
6
Desplazandose con mucha frecuencia
En la calle
1. Chofer Particular
2. Chofer Pick Up
3. Lechero Repartidor o en establo
En Viaje
1. Abarrotero
2. Abogado
3. Agente de Compras
4. Agente de Ventas
5. Agricultor
6. Ajustador de Seguros
7. Alcalde
8. Alfarero
9. Anestesiólogo
10. Anticuario
11. Aparadorista
12. Arquitecto
13. Artesano
14. Auditor
15. Avicultor
16. Bailarín
17. Botánico
18. Carpintero
19. Cartero
20. Cerrajero
21. Cirujano
22. Cobrador
23. Contador
24. Contratista
25. Cordelero
26. Coreógrafo
27. Corresponsal
28. Cultora de Belleza
29. Decorador
30. Dibujante
31. Diplomático
32. Director de Orquesta
33. Dulcero
34. Editor
35. Electricista
36. Embajador
37. Embotellador (vinos, cerveza, refrescos)
38. Empacador (de Carne)
39. Encuadernador
40. Enfermera
41. Escultor
42. Estereotipista
43. Etnólogo
44. Ferretero
45. Ferrocarrilero
46. Físico
47. Fisicoterapista
48. Florista
49. Forrajero
50. Fotograbador
51. Fotógrafo
52. Fotógrafo Periodista
53. Frutero
54. Fruticultor
55. Fumigador (No Piloto)
56. Ganadero
57. Geólogo
58. Grabador
59. Guía de Turistas
60. Xxxxxxx
61. Hojalatero
62. Hortelano
63. Hotelero
64. Impresor
65. Ingeniero
66. Instrumentista
67. Xxxxxxxx
00. Xxxxxx
00. Empleado de Laboratorio
70. Librero
71. Locutor
72. Maderero
73. Maestro de Escuela(s)
74. Materialista
75. Mayordomo
76. Mecánico
77. Médico de Consultorio
78. Mensajero
79. Meteorólogo
80. Minero
81. Misionero
82. Modelo
83. Modista
84. Xxxxxxxx
85. Mueblero
86. Músico
87. Músico de Sinfónica
88. Oculista
89. Osteópata
90. Xxxxxxxx
00. Xxxxxxxxxxx
00. Peinadora
93. Peletero o Curtidor
94. Perforador de Minas
95. Perforador xx Xxxxx
96. Periodista
97. Petrolero
98. Xxxxxx Xxxxxxx
00. Pintor de muebles, ventanas y casas, etc.
100. Xxxxxxx
000. Xxxxxxx
000. Profesor
103. Publicista
104. Pulidor de pisos y muebles
105. Quesero
106. Químico
107. Quiropráctico
108. Radiólogo
109. Radio-Fabricante
110. Radio-Operador
111. Radioterapista
112. Relojero
113. Rentista
114. Sacerdote
115. Xxxxxxxx
116. Sastre
117. Xxxxxxxx
000. Sobrestante
119. Sombrerero
120. Xxxxxxxxx
000. Tapicero
7
122. Telefonista, Operador, Instalador Técnico
123. Telegrafist
124. Xxxxxxx
125. Tendero
126. Tintorero
En lugares Fijos
127. Topógrafo
128. Xxxxxxx
129. Xxxxxxxxxxx
000. Xxxxxxxx
000. Veterinario
132. Vidriero
133. Vitivinicultor
134. Vulcanizador
135. Zapatero
136. Zoólogo
En oficina, tienda, despacho, laboratorio, etc
1. Cirujano
2. Cocinero
3. Dentista
4. Ferretero
5. Fumigador (No Piloto)
6. Mozo
7. Músico
8. Operador de Cine
9. Osteópata
10. Peluquero
11. Quiropráctico
12. Tlapalero
Supervisando
1. Artesano
2. Avicultor
3. Carpintero
4. Coreógrafo
5. Embalsamador
6. Embotellador (vinos, cerveza, refrescos)
7. Encuadernador
8. Estereotipista
9. Ferrocarrilero
10. Forrajero
11. Impresor
12. Linotipista
13. Materialista
14. Xxxxxxxx
15. Mueblero
16. Panadero
17. Peletero o Curtidor
18. Pulidor de pisos y muebles
19. Quesero
20. Químico
21. Radio-Fabricante
22. Sobrestante
23. Sombrerero
24. Xxxxxxxxx
00. Xxxxxxxxxxx
00. Tapicero
27. Telefonista, Operador, Instalador y Técnico
28. Telegrafist
29. Xxxxxxx
30. Tintorero
31. Vitivinicultor
Sin Manejo de Herramienta
1. Apicultor
2. Bodeguero
3. Empacador (De Carne)
4. Encuadernador
5. Forrajero
6. Fotograbador
7. Grabador
8. Mueblero
9. Xxxxxxx
Con Manejo de Herramienta
1. Agricultor
2. Alfarero
3. Artesano
4. Cerrajero
5. Embalsamador
6. Enfermera
7. Escultor
8. Forrajero
9. Fotograbador
10. Frutero
11. Fruticultor
12. Hortelano
13. Xxxxxxxxx
00. Xxxxxx
00. Xxxxxxx
16. Pulidor de pisos y muebles
17. Radio-Fabricante
18. Sastre
8
Con Manejo de Maquinaria Ligera
1. Avicultor
2. Costurera
3. Impresor
Otros Empleos o Actividades
1. Artista, Radio, TV, Cine y Teatro (Extras Consideración Individual)
2. Geólogo
3. Masajista
4. Mesero
5. Sepulturero
6. Tenista Profesional
7. Topógrafo
Con Manejo de Maquinaria Pesada
1. Dulcero
En caso de ocupaciones no clasificadas en estos niveles de riesgo, verificarán en la compañía de seguros cuál es el incremento de la prima dado la actividad que realicen, es decir el seguro básico no aplicará para ellos.
En caso de practicar algún deporte de manera ocasional se deberá reportar a la aseguradora, especificando el deporte y la frecuencia con que lo practica.
Si la actividad a la cual se dedica la persona está catalogada entre alguna de las clasificaciones que van de
D) a J), se sugiere acudir con la aseguradora para proporcionar la tarifa correspondiente.
Conductos de Venta
Se podrá realizar por cualquier conducto que la aseguradora tenga autorizado.
“En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 18 de Diciembre de 2015, con el número CNSF-S0048- 0636-2015”
9
Condiciones Generales
Página
1.9 Fecha de Inicio de Cobertura 13
1.10 Fecha de Inicio de Vigencia 13
1.11 Fecha de Término de Vigencia 13
1.17 Renovación Vitalicia y Automática 14
10 |
Condiciones Generales
Página
6.2.5 Terminación del Contrato 18
6.3 Cláusulas Contractuales 19
6.3.4 Revelación de Comisiones 19
6.3.7 Cambio de Beneficiario 20
11
AXA Seguros, S.A. de C.V. Seguro Básico Estandarizado de Accidentes Personales Condiciones Generales
I. Definicione
1.1 Accidente
Acontecimiento provocado por una causa externa súbita, imprevista, fortuita, violenta e involuntaria.
1.2 Asegurado
Es la persona física amparada por la Póliza.
1.3 Beneficiari
Persona designada en la Póliza por el Asegurado para recibir el beneficio del seguro
1.4 Compañía
Es la persona moral, constituida de acuerdo a las leyes mexicanas aplicables a la materia como institución de seguros, que asume el riesgo amparado por la Póliza.
1.5 Contratante
Persona física o moral que es responsable ante la Compañía de la contratación y pago de la prima del seguro en su totalidad.
1.6 Contrato de Seguro
Documento donde se establecen los términos y condiciones celebradas entre el Contratante y la Compañía, así como los derechos y obligaciones de las partes. Este documento está integrado por las Condiciones Generales, la carátula de la Póliza, la Solicitud de Seguro y Endosos que se agreguen, los cuales constituyen prueba del Contrato de Seguro.
Este Contrato de Seguro está constituido por:
a) Las declaraciones del Solicitante Titular proporcionadas por escrito en la solicitud del seguro.
b) La Póliza.
c) Las cláusulas adicionales o endosos, los cuales son documentos que modifican o condicionan en cualquier sentido los alcances del contrato, sin que lo anterior se refiera a modificar el texto de las Condiciones Generales.
d) Las Condiciones Generales.
e) Cualquier otro documento que hubiera sido materia para la celebración del mismo.
1.7 Edad
La edad cronológica que tiene un Asegurado en una fecha determinada.
12
Situaciones, eventos o circunstancias que en caso de presentarse no estarán cubiertos por esta Póliza.
1.9 Fecha de inicio de Cobertura
Es la fecha a partir de la cual cada uno de los Asegurados cuenta con la protección ofrecida en este Contrato de Seguro.
1.10 Fecha de inicio de Vigencia
Es la fecha a partir de la cual el Contrato de Seguro entra en vigor.
1.11 Fecha de término de Vigencia
Fecha en la cual concluye la protección de la Póliza, estipulada en la carátula de la Póliza.
1.12 Lugar de residencia
Lugar donde el Asegurado radica permanentemente, domicilio habitual. Sólo estarán protegidas bajo este seguro, las personas que radiquen permanentemente y que su domicilio habitual sea dentro de la República Mexicana.
1.13 Ocupación
Actividad desempeñada por el Asegurado y de la cual percibe un salario de manera periódica.
1.14 Póliza
Conjunto de documentos que establecen los derechos y obligaciones de las partes involucradas por la transferencia del riesgo, así como los términos y condiciones específicos que se seguirán en este proceso y que en general se componen de:
a) Carátula de Póliza.- Documento escrito que identific claramente al emisor del documento y en el que señala:
1. Nombres y firmas de los representantes de la Comp ñía.
2. Nombre y domicilio del Contratante.
3. Nombre y fecha de nacimiento del Asegurado.
4. Nombre de los Benefici xxxx.
5. La naturaleza de los riesgos transferidos.
6. Fecha de inicio y fin de l vigencia.
7. Lista de Endosos incluidos.
8. Monto de Suma Asegurada.
9. Cobertura Contratada.
10. Prima del seguro.
b) Condiciones Generales.- Conjunto de cláusulas donde se establece la descripción jurídica de las condiciones de cobertura, y que señalan detalladamente los términos y características que tiene la transferencia del riesgo, las obligaciones y derechos que cada parte tiene de acuerdo con las disposiciones legales y cuando es el caso por las convenidas lícitamente por los participantes para la correcta aplicación del contrato.
c) Endosos.- Documento generado por la Compañía, previo acuerdo entre las partes, que al adicionarse a las Condiciones Generales, modifica alguno de los elementos contractuales, y que tiene por objeto señalar una característica específica, que por el tipo de riesgo, el tipo de transferencia o la administración del contrato, es necesario diferenciar de lo establecido en los documentos generales para su adecuada aplicación.
Lo señalado por estos documentos prevalecerá sobre las Condiciones Generales en todo aquello que se contraponga.
13
d) Información para la orientación en caso de siniestro.- Texto(s) que describe(n) los pasos a seguir, ante la necesidad de uso de la condición de protección otorgada, y que resuelve las principales dudas que por esta situación se presentan.
1.15 Recibo de Pago
Es el documento emitido por la Compañía en el que se establece la Prima que deberá pagar el Contratante por el periodo de cobertura que en él se señala.
1.16 Reclamación Es el trámite que realiza el Beneficiario ante la Compañía, para obtener el beneficio del Contrato a consecuencia del fallecimiento del Asegurado por un Accidente.
1.17 Renovación Vitalicia y Automática
Proceso administrativo mediante el cual, a cambio del pago de la prima correspondiente, se mantiene en vigor por un periodo igual, dando continuidad de cobertura a los Asegurados amparado en los mismos términos de cobertura.
1.18 Solicitud
Documento que comprende la voluntad del Contratante y Asegurado para adquirir un seguro y expresa la protección solicitada e información para la evaluación del riesgo. Este documento es indispensable para la emisión de la Póliza y deberá ser llenado y firmado por el Contratante y Asegurado.
1.19 Suma Asegurada
Es el límite máximo de responsabilidad de la Compañía, convenido y especificado en la carátula de la Póliza.
2. Objeto del Seguro
AXA, en adelante la Compañía, pagará a los beneficiarios designados la Suma Asegurada a consecuencia de algún accidente que produzca la muerte del Asegurado según lo descrito en estas Condiciones Generales, siempre y cuando ocurra durante la vigencia de la Póliza.
3. Descripción del Seguro de Muerte Accidental
Si como consecuencia de un accidente sufrido por el Asegurado durante el periodo de vigencia de esta Póliza, y dentro de los 90 días naturales siguientes a la fecha del accidente sobreviniese su muerte, la Compañía pagará la Suma Asegurada especificada en la carátula de esta Póliza
Una vez que fallece el Asegurado, se dará por terminado este contrato.
4. Exclusiones
No es objeto de la presente Póliza las muertes originadas por lo siguiente:
A.- Enfermedad corporal o mental.
B.- Infecciones con excepción de las que acontezcan como resultado de una lesión accidental.
C.- Tratamiento médico o quirúrgico cuando éste no sea necesario a consecuencia de un accidente.
14
E.- Accidentes derivados de riña y actos delictuosos en que participe directamente el Asegurado o sus beneficiarios y éste sea sujeto activo
F.- Homicidio cuando se derive de la participación directa del Asegurado como sujeto activo en actos delictivos intencionales, suicidio o cualquier intento del mismo o mutilación voluntaria aun cuando se cometa en estado de enajenación mental.
G.- Envenenamientos de cualquier origen o naturaleza, excepto cuando se demuestra que es accidental.
H.- Las lesiones que sufra el Asegurado a consecuencia de la práctica de actividades de paracaidismo, buceo, alpinismo, box, charrería, velideltismo, esquí, jockey, tauromaquia, artes marciales, carreras de vehículos motorizados, lucha libre, lucha grecorromana, espeleología, equitación, rapel, u otras actividades deportivas o profesionales igualmente peligrosas.
I.- El uso de taxis aéreos o aeronaves que no pertenezcan a una línea comercial legalmente establecida y autorizada para el servicio de transporte regular de pasajeros.
J.- Ser piloto y/o mecánico en vuelo y/o miembro de la tripulación de cualquier aeronave, fuera de las líneas comerciales autorizadas para la transportación regular de pasajeros.
K.- Ser ocupante de algún automóvil o cualquier otro vehículo que participe en carreras, pruebas, o contiendas de seguridad, resistencia o velocidad.
L.- El uso de motocicletas, motonetas y otros vehículos similares de motor.
M.- Las lesiones que se originen por culpa grave del Asegurado cuando se encuentre bajo el efecto del alcohol, drogas, enervantes o alucinógenos, así como fármacos no prescritos por un médico, o bien ingerir somníferos, barbitúricos, estupefacientes.
5. Pago de Siniestros e Indemnizaciones
Para el pago de la indemnización, es necesario que se presente a la Compañía los siguientes documentos:
1. Solicitud de reclamación de Beneficiario(s), requisita a en todos sus puntos.
2. Acta de defunción (copia certificada)
3. Acta de nacimiento del Asegurado (copia certificada)
4. Acta de nacimiento de los Beneficiarios (copia certificada).
5. Si algún Beneficiario ha allecido, presentar acta de defunción correspondiente (copia certificada)
6. Identificación del Asegurado y beneficiarios (original y copia de credencial de elector, pasaporte o cédula profesional).
7. Comprobante de domicilio vigente (no mayor a 3 meses, puede ser recibo del servicio telefónico, luz, agua, predial, etc.).
8. Presentar actuaciones del Ministerio Público completas (averiguaciones previas, identificación del cadáver, autopsia o dispensa, resultado de los estudios químico toxicológicos y de alcoholemia, fotografías), parte de tránsito en caso de accidente en carretera y conclusiones (copias certificadas)
15
Que señala:
Ley sobre el Contrato de Seguro, Artículo 69.- “La empresa aseguradora tendrá el derecho de exigir del Asegurado o Beneficiario toda clase de informaciones sobre los hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.”
Asimismo, el artículo 71 de la misma ley señala:
“El crédito que resulte del contrato de seguro vencerá treinta días después de la fecha en que la empresa haya recibido los documentos e informaciones que le permitan conocer el fundamento de la reclamación.
Será nula la cláusula en que se pacte que el crédito no podrá exigirse sino después de haber sido reconocido por la empresa o comprobado en juicio”.
6. Cláusulas Generales
6.1 Cláusulas de Interés para el Asegurado
6.1.1 Renovación
Este Contrato se considerará renovado, por periodos de un año, si dentro de los últimos 30 días naturales de vigencia de cada periodo, el Contratante no da aviso por escrito o por cualquier otro medio pactado con la Compañía de su voluntad de no renovarlo.
El pago de prima acreditada mediante el recibo, extendido en las formas usuales de la Compañía, se tendrá como prueba suficiente de tal Renovación
La renovación automática se otorgará, de manera vitalicia sin cumplir nuevos requisitos de asegurabilidad cuando el Asegurado haya sido asegurado dentro del periodo de aceptación.
6.1.2 Primas (Monto xx Xxxxxx)
La prima total de la Póliza es la especificada en la carátula de la Póliza, de acuerdo con la ocupación, sexo y edad alcanzada en la fecha de emisión del Asegurado.
A la renovación de la Póliza, la prima se determinará con base en la Suma Asegurara, Ocupación, edad alcanzada y sexo.
Cualquier prima no pagada será deducida de cualquier indemnización.
6.1.3 Forma de pago
La prima especificada en la carátula de la Póliza será pagada de manera anual
6.1.4 Lugar de Pago
Los pagos deberán efectuarse:
Salvo que se establezca expresamente un lugar de pago diverso, las primas estipuladas se pagarán con la periodicidad convenida, en las oficinas de la Compañía o se cargarán de forma automática en el instrumento bancario o financiero que al efecto autorice el Contratante, a cambio del Recibo de Pago correspondiente expedido por la Compañía, en este último caso el estado de cuenta en donde aparezca el cargo hará prueba plena del pago de las primas.
16
Años cumplidos que tiene el Asegurado a la fecha de inicio de vigencia.
6.1.6 Edad Mínima de Aceptación
12 años cumplidos.
6.1.7 Edad Máxima de Aceptación
65 años cumplidos.
6.1.8 Rehabilitación
En caso que el Contrato de Xxxxxx hubiere cesado por falta de pago xx xxxxxx, el contratante podrá proponer la rehabilitación del Contrato, siempre y cuando el periodo comprendido entre el último Recibo de Pago xx xxxxxx que haya sido pagado y la solicitud de rehabilitación, no sea mayor a 90 (noventa) días naturales. Asimismo, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a. El Contratante deberá presentar firmada una solicitud de rehabilitación, en el formato en que la Compañía tiene expresamente para este fin
b. El Asegurado deberá comprobar que reúne las condiciones necesarias de salud y de asegurabilidad establecidos por la Compañía, a la fecha de la solicitud de rehabilitación.
c. El Contratante deberá cubrir el importe del costo de la rehabilitación establecido por la Compañía.
El Contrato se considerará nuevamente en vigor a partir del día en que la Compañía comunique por escrito al Contratante haber aceptado la propuesta de rehabilitación correspondiente.
6.1.9 Periodo xx Xxxxxx Plazo de 30 días que la Compañía otorga al Contratante para cubrir el monto de prima, dentro del cual se otorga protección por el presente Contrato de Seguro, aún cuando no se hubiere pagado la prima correspondiente.
6.2 Cláusulas Operativas
6.2.1 Cambio en el Riesgo
Es obligación del Asegurado avisar a la Compañía de los cambios de la información proporcionada en la solicitud del seguro. La Compañía evaluará si dichos cambios afectan el riesgo contratado, y si procede modificará las condiciones del contrato, lo cual se notificará por escrito al Contratante y/ Asegurado.
6.2.2 Lugar de Residencia
Para efectos de este Contrato, solamente estarán protegidos por este seguro los Asegurados que vivan permanentemente en la República Mexicana.
6.2.3 Cancelación
Este Contrato será cancelado si el Contratante no paga la prima respectiva dentro del plazo señalado en el comprobante de pago.
En caso de que el Contratante decida dar por terminado el Contrato dentro de los primeros 30 días naturales de vigencia de la Póliza, la Compañía devolverá el 60% de la prima de tarifa (prima cobrada sin incluir derechos de Póliza ni impuestos) correspondiente al tiempo no transcurrido de vigencia de la Póliza.
En caso de que el Contratante decida dar por terminado el Contrato después de los primeros 30 días naturales de vigencia de la Póliza, la Compañía devolverá el 60% de la prima neta (sin incluir derechos de Póliza, impuestos ni comisiones) correspondiente al tiempo no transcurrido de vigencia de la Póliza.
En caso de que el Asegurado incurra en falsas e inexactas declaraciones u omisiones, la Compañía podrá rescindir el Contrato en términos de lo previsto por el artículo 47 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, devolviendo la prima no devengada correspondiente.
17
“Artículo 47.- Cualquier omisión o inexacta declaración de los hechos a que se refieren los artículos 8, 9 y 10 de la presente ley, facultará a la empresa aseguradora para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aunque no hayan influido en la realización del siniestro
Artículo 8o.- El proponente estará obligado a declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato.
Artículo 9o.- Si el contrato se celebra por un representante del Asegurado, deberán declararse todos los hechos importantes que sean o deban ser conocidos del representante y del representado.
Artículo 10.- Cuando se proponga un seguro por cuenta de otro, el proponente deberá declarar todos los hechos importantes que sean o deban ser conocidos xxx Xxxxxxx Asegurado o de su intermediario.”
6.2.4 Vigencia
Periodo de validez del contrato que es de un año a partir de la fecha de inicio de vigencia que se estipula en la carátula de la Póliza.
6.2.5 Terminación del Contrato
Este contrato dejará de estar en vigor al ocurrir cualquiera de los siguientes eventos:
1. Mediante petición por escrito del Asegurado o Contratante a la Compañía.
2. Falta de pago, después de los 30 días naturales del periodo xx xxxxxx.
3. Fallecimiento del Asegurado.
6.2.6 Modificacione
El Contrato sólo podrá modificarse previo acuerdo entre el Asegurado o el Contratante y la Compañía. Estas modificaciones deberán constar por escrito y estar debidamente registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
En consecuencia, los agentes o cualquier otra persona no autorizada por la Compañía carecen de facultades para hacer modificaciones o concesiones
Si el contenido de la Póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la Póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la Póliza o de sus modificaciones
Cualquier comunicación o notificación relacionada con el presente Contrato de Seguro deberá hacerse a la Compañía por escrito, precisamente en su domicilio indicado en la carátula de la Póliza, o en su caso, en el lugar que para estos efectos hubiera comunicado posteriormente la Compañía al Contratante o Asegurado, estando obligada la Compañía a expedir constancia de la recepción.
6.2.7 Notificacione
18
6.3.1 Competencia
En caso de controversia, la persona podrá presentar su reclamación ante la Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones (Centro de Atención y Servicio a Asegurados) de la Institución o ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), pudiendo a su elección, determinar la competencia por territorio, en razón del domicilio de cualquiera de sus delegaciones, en términos de los artículos 50 Bis y 68 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y 277 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Lo anterior dentro del término de dos años contados a partir de que se suscite el hecho que dio origen a la controversia de que se trate, o en su caso, a partir de la negativa de la Institución a satisfacer las pretensiones del reclamante, en términos del artículo 65 de la primera Ley citada.
De no someterse las partes al arbitraje de la CONDUSEF, se dejarán a salvo los derechos del reclamante para que los haga valer ante los tribunales competentes del domicilio de dichas delegaciones. En todo caso, queda a elección del reclamante acudir ante las referidas instancias administrativas o directamente ante los citados tribunales.
6.3.2 Prescripción
Todas las acciones que se deriven de este Contrato de Seguro, prescribirán en dos años contados desde la fecha del acontecimiento que les dio origen. Dicho plazo no correrá en caso de omisión, falsas o inexactas declaraciones sobre el riesgo corrido, sino desde el día en que la empresa haya tenido conocimiento de él; y si se trata de la realización del siniestro, desde el día en que haya llegado a conocimiento de los interesados, quienes deberán demostrar que hasta entonces ignoraban dicha realización. Tratándose de terceros Beneficiarios se necesitará además que éstos tengan conocimiento del derecho constituido a su favor, en términos de lo dispuesto por los artículos 81 y 82 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
La prescripción se interrumpirá no sólo por las causas ordinarias, sino también por el nombramiento de peritos o por la iniciación del procedimiento conciliatorio señalado en el artículo 68 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
Asimismo la prescripción se suspenderá por la presentación de la reclamación ante la Unidad Especializada de atención de consultas y reclamaciones de esta Institución.
6.3.3 Moneda
Todas las obligaciones de pago de este Contrato serán pagaderas en Moneda Nacional.
6.3.4 Revelación de Comisiones Durante la vigencia de la Póliza, el Contratante podrá solicitar por escrito a la institución le informe el porcentaje de la prima que, por concepto de comisión o compensación directa, corresponda al intermediario o persona moral por su intervención en la celebración de este Contrato. La institución proporcionará dicha información, por escrito o por medios electrónicos, en un plazo que no excederá xx xxxx días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud.
6.3.5 Interés Moratorio
En el caso de que la Compañía, no obstante haber recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la cantidad procedente en los términos del artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Xxxxxx, estará obligada a pagar una indemnización por xxxx de conformidad con lo dispuesto en el artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Ley sobre el Contrato de Seguro Artículo 71.- “El crédito que resulte del contrato de seguro vencerá treinta días después de la fecha en que la empresa haya recibido los documentos e informaciones que le permitan conocer el fundamento de la reclamación.
19
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Artículo 276.- “Si una Institución de Seguros no cumple con las obligaciones asumidas en el contrato de seguro dentro de los plazos con que cuente legalmente para su cumplimiento, deberá pagar al acreedor una indemnización por xxxx de acuerdo con lo siguiente:
I. Las obligaciones en moneda nacional se denominarán en Unidades de Inversión, al valor de éstas en la fecha del vencimiento de los plazos referidos en la parte inicial de este artículo y su pago se hará en moneda nacional, al valor que las Unidades de Inversión tengan a la fecha en que se efectúe el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo de la fracción VIII de este artículo.
Además, la Institución de Seguros pagará un interés moratorio sobre la obligación denominada en Unidades de Inversión conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, el cual se capitalizará mensualmente y cuya tasa será igual al resultado de multiplicar por 1.25 el costo de captación a plazo de pasivos denominados en Unidades de Inversión de las instituciones de banca múltiple del país, publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, correspondiente a cada uno de los meses en que exista xxxx;
II. … III …
IV. Los intereses moratorios a que se refiere este artículo se generarán por día, a partir de la fecha del vencimiento de los plazos referidos en la parte inicial de este artículo y hasta el día en que se efectúe el pago previsto en el párrafo segundo de la fracción VIII de este artículo.
Para su cálculo, las tasas de referencia a que se refiere este artículo deberán dividirse entre trescientos sesenta y cinco y multiplicar el resultado por el número de días correspondientes a los meses en que persista el incumplimiento;
…”
6.3.6 Beneficiario
El Asegurado debe designar a sus Beneficiarios en forma clara y precisa, para evitar cualquier incertidumbre sobre el particular. Cuando existan varios Beneficiarios, la parte del que fallezca antes que el Asegurado, acrecentará por partes iguales la de los demás, salvo estipulación en contrario.
En el caso de que se desee nombrar Beneficiarios a menores de edad, no se debe señalar a un mayor de edad como representante de los menores para efecto de que, en su representación, cobre la indemnización.
Lo anterior porque las legislaciones civiles previenen la forma en que deben designarse tutores, albaceas, representantes de herederos u otros cargos similares y no consideran al Contrato de Seguro como el instrumento adecuado para tales designaciones.
La designación que se hiciera de un mayor de edad como representante de menores Beneficiarios, durante la minoría de edad de ellos, legalmente puede implicar que se nombra Beneficiario al mayor de edad, quien en todo caso sólo tendrá una obligación moral, pues la designación que se hace de Beneficiarios en un Contrato de Xxxxxx le concede el derecho incondicionado de disponer de la Suma Asegurada.
Cuando no exista Beneficiari designado o si sólo se hubiera nombrado uno y éste fallece antes o al mismo tiempo que el Asegurado y no exista designación de otro Beneficiario, el importe del seguro se pagará a la sucesión del Asegurado.
6.3.7 Cambio de Beneficiario
Siempre que no exista restricción legal en contrario el Asegurado podrá hacer designación de Beneficiarios mediante notificación por escrito a la Compañía. En el supuesto de que la notificación de que se trata, no se reciba oportunamente y la Compañía pague el importe del seguro conforme a la última designación de Beneficiarios de que haya tenido conocimiento, será sin responsabilidad alguna para ésta
20
6.3.8 Edad
Para efectos de este Contrato de Seguro se entenderá como edad del Asegurado, el número de años cumplidos a la Fecha de Inicio de Vigencia del seguro.
Los límites de admisión fijad s por la Compañía son de 12 (doce) años como mínimo y de 65 (sesenta y cinco) años como máximo.
La edad declarada por el Asegurado deberá comprobarse legalmente y por una sola ocasión cuando la Compañía lo solicite, antes o después de su fallecimiento, y lo hará constar ya sea en la Póliza o en cualquier otro comprobante y no podrá exigir nuevas pruebas de edad.
Si al hacer la comprobación de la edad del Asegurado, se encuentra que hubo inexactitud en la indicación de la misma y ésta se encuentra fuera de los límites de admisión fijados por la Compañía, esto será motivo de rescisión automática del Contrato de Seguro, reduciéndose la obligación de la Compañía a pagar el monto de la Reserva Matemática existente a la fecha de rescisión.
Si la edad real del Asegurado estuviera comprendida dentro de los límites de admisión fijados por la Compañía, se aplicarán las siguientes reglas:
a. Cuando a consecuencia de la indicación inexacta de la edad, se hubiera pagado una prima menor de la que correspondería por la edad real, la obligación de la Compañía se reducirá en la proporción que exista entre la Prima pagada y la prima correspondiente a la edad real en la fecha de celebración del Contrato de Seguro.
b. Si la Compañía hubiere satisfecho ya el importe del seguro al descubrirse la inexactitud de la indicación sobre la edad, tendrá derecho a repetir lo que hubiere pagado de más conforme al cálculo de la fracción anterior, incluyendo los intereses respectivos.
c. Si a consecuencia de la inexacta indicación de la edad, se estuviere pagando una prima más elevada que la correspondiente a la edad real, la Compañía estará obligada a rembolsar la diferencia entre el monto de la Reserva Matemática existente y el monto de la Reserva Matemática correspondiente a la edad real. Las primas ulteriores deberán reducirse de acuerdo con la edad, y
d. Si con posterioridad al fallecimiento del Asegurado, se descubriera que fue incorrecta la edad manifestada en la solicitud, y ésta se encuentra dentro de los límites de admisión autorizados, la Compañía estará obligada a pagar la Suma Asegurada que las Primas cubiertas hubieren podido pagar de acuerdo con la edad real.
Registro
“En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 18 de Diciembre de 2015, con el número CNSF-S0048- 0636-2015”
“Para cualquier aclaración o duda no resueltas en relación con su seguro, contacte a la Unidad Especializada de nuestra Compañía a los teléfonos. en el Distrito Federal: 5169 2746 (opción 1), en el interior de la República: 01 800 737 76 63 (opción 1), o visite xxx.xx; o bien comunicarse a CONDUSEF al teléfono (00) 0000 0000 en el D.F. y del interior de la República al 01 800 999 8080 o visite la página xxx.xxxxxxxx.xxx.xx”
21
Básico Estandarizado de Accidentes Personales
Solicitud de Seguro
Solicitud No. Fecha
Para facilitar los trámites de esta solicitud le pedimos que sea llenado con letra molde y tinta. No será atendida su propuesta de aseguramiento si presenta tacharuras, enmendaduras o falta alguno de los datos solicitados.
Autorización
De interés para el solicitante (debe leerlo antes de firmar
De acuerdo a la Ley del Contrato de Xxxxxx, el solicitante debe declarar todos los hechos para la apreciación del riesgo a que se refiere esta solicitd, tal como los conozca o deba conocer en el momento de firmar la misma, en la negligencia de que la no declaración o la inexacta o falsa declaración de los hechos importantes que se le pregunten, daran a la cancelación de la Póliza y en consecuencia a la pérdida de los derechos de los beneficiarios
Este documento sólo constituye una solicitud de seguro y, por tanto, no representa garantía alguna de que la misma será aceptada por la empresa de seguros, ni de que, en caso de aceptarse, concuerde totalmente con los términos de la solicitud.
Datos del Solicitante
Nombre completo del Solicitante (Nombre(s), Apellido Paterno, Apellido Materno)
Fecha de | Día | Mes | Año | Sexo | Edad | Estado Civil | ||
Nacimiento | Masculino Femenino |
Nacionalidad Ciudad y Estado de Nacimiento
Datos Laborales
Nombre de la empresa donde trabaja R.F.C. con Homoclave Profesión u Ocupación Principal
C.U.R.P. Nombre de su puesto y en qué consisten sus labores
Giro de la Empresa Domicilio del lugar de Trabajo
Alguna otra ocupación Describa en qué consisten sus labores
Empresas en las que desempeña su labor
Domicilio Particular
Calle y Número Exterior No. Interior Colonia
Ciudad o Población
Municipio o Delegación
Estado
Código Postal
Teléfono Particular
Teléfono Oficin
Correo Electrónico
Datos del Contratante (en caso de ser diferente al titular)
Nombre completo del Contratante (Nombre y/o Razón Social/Apellido Paterno, Apellido Materno, Nombre(s))
Relación con el Solicitante
Nacionalidad
R.F.C. con Homoclave
C.U.R.P.
Correo Electrónico
Sexo
Masculino Femenino
Teléfono Particular
AXA Seguros, S.A. de C.V. Xxxxx Xxxxxx 000, Xxxx 0, Xxx. Xxxxxxxxxxxxxx, Xxx. Xxxxxx Xxxxxx, 00000, Xxxxxx, X.X. • Tels. 5169 1000 • 01 800 900 1292 • xxx.xx
Básico Estandarizado de Accidentes Personales
Solicitud de Seguro
Domicilio Particular | |||
Calle y Número Exterior | No. Interior | Colonia | |
Ciudad o Población | Municipio o Delegación | Estado | Código Postal |
Datos del Plan |
Seguro Básico de Accidentes Personales
Datos de los Beneficiario
Advertencia:
Suma Asegurada (Moneda Nacional):
Elegir solo una opción: 100,000 200,000
Forma de Pago
ANUAL
“En el caso de que se desee nombrar beneficiarios a menores de edad, no se debe señalar a un mayor de edad como representante de los menores para efecto de que, en su representación, cobre la indemnización.”
“Lo anterior porque las legislaciones civiles previenen la forma en que debe designarse tutores, albaceas, representantes de herederos u otros cargos similares y no consideran al contrato de seguro como el instrumento adecuado para tales designaciones.”
“La designación que se hiciera de un mayor de edad como representante de menores beneficiarios, durante la minoría de edad de ellos, legalmente puede implicar que se nombra beneficiario al mayor de edad, quien en todo caso sólo tendría una obligación moral, pues la designación que se hace de beneficiarios en un contrato de seguro le concede el derecho incondicionado de disponer de la Suma Asegurada”
Nombre(s) de(los) Beneficiario(s
Parentesco
(para efectos de identificación
Participación % de la Suma Asegurada
Otros Seguros de Vida o Accidentes Personales
¿Está solicitando o ha solicitado seguros en otra compañía? Sí No Compañía:
Suma Asegurada ¿Le han rechazado, limitado o extraprimado alguna solicitud? Sí No En caso afirmativo ¿Por qué motivo
Seguros expedidos y solicitantes (en vigor o cancelados)
Compañía Suma Asegurada Moneda Plan Estado Actual
AXA Seguros, S.A. de C.V. Xxxxx Xxxxxx 000, Xxxx 0, Xxx. Xxxxxxxxxxxxxx, Xxx. Xxxxxx Xxxxxx, 00000, Xxxxxx, X.X. • Tels. 5169 1000 • 01 800 900 1292 • xxx.xx
Básico Estandarizado de Accidentes Personales
Solicitud de Seguro
Autorizo a los médicos que me hayan asistido o examinado, a los hospitales, clínicas, sanatorios, laboratorios, y/o establecimiento de salud, a los que hayan acudido para tratmiento y/o diagnóstico de cualquier enfermedad, accidente, o lesión y/o a las autoridades judiciales o administrativas que hayan tenido conocimiento de mi caso para que proporcionen a AXA, aún cuando no exista una orden judicial o administrativa toda la información referente a mis antecedentes personales patológicos, historial clínico, indicaciones médicas, resultados de estudios de laboratorio y gabinete y cualquier información contenida en mi expediente clínico, misma que podra ser requerida en cuaqluier momento que AXA, lo considere oportuno, inclusive después de mi fallecimiento. Con la presente autorización relevo de cualquier responsabilidad derivada xxx xxxxxxx médico a las personas responsables de proporcionar la información requerida, asimismo autorizo a las compañias de seguros a las que previamente he solicitado la celebración de cualquier contrato o solicitud de seguros para que proporcionen a AXA la información de su conocimiento y que a su vez AXA proporcione a cualquier otra empresa del sector asegurador la información que requiera y que se derive de este documento y de otros que sean de su conocimiento. Este documento sólo constituye una solicitud de seguro y, por tanto, no representa garantía alguna de que la misma será aceptada por la empresa de seguros, ni de que, en caso de aceptarse, concuerde totalmente con los términos de la solicitud. | ||
Firma del Contratante | Firma del Solicitante | Lugar y fecha |
Quejas | ||
1. Unidad Especializada de Atención a Clientes (UNE) | 2. Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) | |
Si tienes alguna queja comunícate con nosotros a los teléfonos: En el Distrito Federal: 5169 2746 (opción 1) Interior de la República: 01 800 737 76 63 (opción 1) Dirección: Xxxxx Xxxxxx 366, Piso 6, Col. Tlacoquemécatl, C.P. 03200, Del. Xxxxxx Xxxxxx, en la Ventanilla Integral de Atención de AXA. En el horario de atención de lunes a jueves de 8:00 a 17:30 horas y viernes de 8:00 a 16:00 horas. Escríbenos a: xxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx o ingresa a: xxx.xx/xxx/xxxxxxxxx-xxx/xxxxxx | Si tienes alguna queja comunícate con nosotros a los teléfonos: En el Distrito Federal: (00) 00 00 0000 Interior de la República: 01 800 999 8080 Dirección: Av. Xxxxxxxxxxx Xxx #000, Xxx. Xxx Xxxxx, Xxxxxx, X.X., X.X. 00000. Para consultar las oficinas de atención en el resto del país ver: xxx.xxxxxxxx.xxx.xx |
“En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 18 de Diciembre de 2015, con el número CNSF-S0048-0636-2015”
AXA Seguros, S.A. de C.V. Xxxxx Xxxxxx 366, Piso 6, Col. Tlacoquemécatl, Del. Xxxxxx Xxxxxx, 03200, México, D.F. • Tels. 5169 1000 • 01 800 900 1292 • xxx.xx
Básico Estandarizado de Accidentes Personales Solicitud de Reclamación de Beneficiario(s
Los datos proporcionados en esta forma deberán ser proporcionados por el o los benficiarios nombrados en las Pólizas del Seguro o sus Representantes Legales bajo sus firma
No. de Póliza Tipo de Seguro (Individual) Nombre del Contratante
Datos del Asegurado
Nombre (Apellido Paterno, Apellido Materno, Nombre(s))
Domicilio a la fecha de Fallecimiento
Calle y Número Exterior No. Interior Colonia
Ciudad o Población
Municipio o Delegación
Estado
Código Postal
R.F.C.
C.U.R.P.
Fecha de fallecimiento
Día Mes Año
Lugar de nacimiento
Nacionalidad
Ocupación al momento del fallecimiento
Nombre de la Empresa o negocio donde trabaja Domicilio del lugar de Trabajo
Indique en qué otras compañias estaba asegurado
Datos de los Médicos que atendieron al Asegurado (en caso de que hubiera)
Nombre (Apellido Paterno, Apellido Materno, Nombre(s))
Domicilio (calle, número, ciudad y estado) Teléfono
Nombre (Apellido Paterno, Apellido Materno, Nombre(s))
Domicilio (calle, número, ciudad y estado) Teléfono
Nombre (Apellido Paterno, Apellido Materno, Nombre(s))
Domicilio (calle, número, ciudad y estado) Teléfono
Datos sobre el fallecimiento
Lugar del fallecimiento Fecha de
fallecimiento
Día Mes Año
Causa de fallecimiento
Agencia que proporciona los servicios funerarios Fecha Día Mes Año
El fallecimiento fue en el domicilio particular, hospital u otros
En caso de muerte violenta indique qué autoridad tomó conocimiento del hecho No. de Acta MP
Nota: Como Beneficiario autorizo a médicos, hospitales, clínicas, sanatorios, a las autoridades judiciales o administrativas, laboratorios y/o establecimientos de salud donde fue atentido el Asegurado, a que otorguen a AXA todos los informes que se refieran a la salud de este, inclusive todos los datos de padecimientos anteriores, para tal efecto en este caso relevo a las Instituciones o personas involucradas, xxx xxxxxxx profesional y hago constar que una copia fotostática de esta autorización tiene el mismo valor que el original.
AXA Seguros, S.A. de C.V. Xxxxx Xxxxxx 366, Piso 6, Col. Tlacoquemécatl, Del. Xxxxxx Xxxxxx, 03200, México, D.F. • Tels. 5169 1000 • 01 800 900 1292 • xxx.xx
Básico Estandarizado de Accidentes Personales Solicitud de Reclamación de Beneficiario(s
Datos de los Beneficiario | |||||||||
Nombre (Apellido Paterno, Apellido Materno, Nombre(s)) | Fecha de Día | Mes | Año | ||||||
fallecimiento | |||||||||
Domicilio (calle, número, delegación o municipio, ciudad y estado) | Teléfono | ||||||||
R.F.C. | C.U.R.P. | Parentesco | |||||||
Ocupación | Nacionalidad | Giro o Actividad | |||||||
Correo Electrónico | Firma | ||||||||
Nombre (Apellido Paterno, Apellido Materno, Nombre(s) | Fecha de | Día | Mes | Año | |||||
fallecimiento | |||||||||
Domicilio (calle, número, delegación o municipio, ciudad y estado) | Teléfono | ||||||||
R.F.C. | C.U.R.P. | Parentesco | |||||||
Ocupación | Nacionalidad | Giro o actividad | |||||||
Correo Electrónico | Firma | ||||||||
Nombre (Apellido Paterno, Apellido Materno, Nombre(s)) | Fecha de | Día | Mes | Año | |||||
fallecimiento | |||||||||
Domicilio (calle, número, delegación o municipio, ciudad y estado) | Teléfono | ||||||||
R.F.C. | C.U.R.P. | Parentesco | |||||||
Ocupación | Nacionalidad | Giro o actividad | |||||||
Correo Electrónico | Firma | ||||||||
Nombre (Apellido Paterno, Apellido Materno, Nombre(s)) | Fecha de | Día | Mes | Año | |||||
fallecimiento | |||||||||
Domicilio (calle, número, delegación o municipio, ciudad y estado) | Teléfono | ||||||||
R.F.C. | C.U.R.P. | Parentesco | |||||||
Ocupación | Nacionalidad | Giro o actividad | |||||||
Correo Electrónico | Firma |
AXA Seguros, S.A. de C.V. Xxxxx Xxxxxx 366, Piso 6, Col. Tlacoquemécatl, Del. Xxxxxx Xxxxxx, 03200, México, D.F. • Tels. 5169 1000 • 01 800 900 1292 • xxx.xx
Llámanos sin costo
01 800 911 1292
xxx.xx
AXA Seguros, S.A. de C.V. Xxxxx Xxxxxx 000, Xxxx 0,
Xxx. Xxxxxxxxxxxxxx, Xxx. Xxxxxx Xxxxxx, 00000, XXXX, Xxxxxx Xels. 5169 1000 • 01 800 900 1292 • xxx.xx