Contract
Acuerdo de Coordinación que celebran por una parte, el Ejecutivo Federal y, por otra parte, el Ejecutivo del Estado con objeto de la Operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias en el Ejercicio Fiscal 2014, a través de los Proyectos “Estructura y Mano de Obra para Techos (techos mejorados) y “Construcción de Piso Firme” en los Municipios de Jiutepec, Yautepec, Cuautla, Temixco, Tetela del Volcán, Ciudad Xxxxx, Xxxxxx xx Xxxxx, Axochiapan, Mazatepec, Cuernavaca, Ocuituco y Totolapan del Estado xx Xxxxxxx
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx. Dirección General de Legislación.
Subdirección de Informática Jurídica.
Última Reforma: Texto original
ACUERDO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL Y, POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO CON OBJETO DE LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS EN EL EJERCICIO FISCAL 2014, A TRAVÉS DE LOS PROYECTOS “ESTRUCTURA Y MANO DE OBRA PARA TECHOS (TECHOS MEJORADOS) Y “CONSTRUCCIÓN DE PISO FIRME” EN LOS MUNICIPIOS DE JIUTEPEC, YAUTEPEC, CUAUTLA, TEMIXCO, TETELA DEL VOLCÁN, CIUDAD XXXXX, XXXXXX XX XXXXX, AXOCHIAPAN, MAZATEPEC, CUERNAVACA, OCUITUCO Y TOTOLAPAN DEL ESTADO XX XXXXXXX
OBSERVACIONES GENERALES.-
Aprobación 2014/07/31
ACUERDO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, DELEGADO DE LA SEDESOL EN EL ESTADO XX XXXXXXX, Y POR OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO XX XXXXXXX, REPRESENTADO POR LA LIC. XXXXXXX XXXXXX XXXXX, SECRETARIA DE XXXXXXXX,(sic) Y POR LA C. XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX, SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DESIGNARÁ LA “SEDESOL” Y EL “ESTADO” RESPECTIVAMENTE, QUIENES AL ACTUAR EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, CON OBJETO DE LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS EN EL EJERCICIO FISCAL 2014, A TRAVÉS DE LOS PROYECTOS “ESTRUCTURA Y MANO DE OBRA PARA TECHOS (TECHOS MEJORADOS) Y “CONSTRUCCIÓN DE PISO FIRME” EN LOS MUNICIPIOS DE JIUTEPEC, YAUTEPEC, CUAUTLA, TEMIXCO, TETELA DEL VOLCÁN, CIUDAD XXXXX, XXXXXX XX XXXXX, AXOCHIAPAN, MAZATEPEC, CUERNAVACA, OCUITUCO Y TOTOLAPAN DEL ESTADO XX XXXXXXX, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1.- El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013, en su Artículo 32, establece que los Programas de Subsidios xxx Xxxx Administrativo
20 Desarrollo Social, entre ellos, el Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, se destinarán, en las Entidades Federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los Programas que resulte aplicable y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía; conforme
lo establece el artículo 14, de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las Entidades Federativas. Los recursos de dichos Programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.
2.- De conformidad con la Ley General de Desarrollo Social, y al Decreto de la Declaratoria de la Zonas de Atención Prioritaria para el año 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013, se reconocen en el país Zonas de Atención Prioritaria, con un total de 1,080 Municipios cuya población registra índices de pobreza y marginación indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social, por lo que las partes convienen en la atención de estas zonas.
3.- El Ejecutivo Federal a través xxx Xxxx Administrativo 20 “Desarrollo Social” ha instrumentado el Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, cuyo objetivo general es contribuir a proveer un entorno adecuado de los territorios que presentan mayor marginación y rezago social del país, a través de la reducción de los rezagos que se relacionan con la calidad, espacios y acceso a los servicios básicos de la vivienda; así como en infraestructura social comunitaria. Este objetivo se vincula con los objetivos y estrategias señalados en los Antecedentes 1 y 2 del presente instrumento.
4.- La “SEDESOL” y el “ESTADO” han decidido conjuntar esfuerzos en el marco del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias para concretar Proyectos que conlleven a mejorar la calidad de vida de los habitantes de las zonas con mayor rezago en el país.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 y 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 32, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 6, 24, 25, 54, 74, 75, 77 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, así como 1 y 176, de su Reglamento; 1, 2, 3, 4, 6, 7, 24 y 43, de la Ley General de Desarrollo Social; 32, del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 7, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias publicadas en el
Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2013; 1, 2, 37, 38, 39 y 40, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; los Lineamientos de Operación de los Programas de Desarrollo Social y Humano 2014; los artículos 74, de la Constitución Política del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx; 3, 9, 10, fracciones IX, X, XXXIV, XLIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda; 6, 7 y 8, del Reglamento Interno de la Secretaría de Desarrollo Social; “LAS PARTES” celebran el presente Acuerdo de Coordinación, al tenor de las siguientes.
DECLARACIONES
1. La “SEDESOL”, declara:
I. Que es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con el artículo 26, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
II. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32, de la citada Ley, tiene entre sus atribuciones, fortalecer el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el país mediante la instrumentación, coordinación y seguimiento, en términos xx Xxx y con los Organismos respectivos de las políticas de combate a la pobreza, atención específica a las necesidades de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como los colonos y marginados de las áreas urbanas. Promover la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para fortalecer el desarrollo e inclusión social, en coordinación con los Gobiernos de las Entidades Federativas y Municipales y con la participación de los Sectores Social y Privado.
III. Que el Licenciado Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx tiene facultades suficientes para suscribir el presente Acuerdo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 37, 38, 39 y 40, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social.
IV. Que para efectos del presente Acuerdo señalan como domicilio el ubicado en: Carretera Federal Cuernavaca-Tepoztlán Km. 0+200, Colonia Chamilpa, C P. 62210, en la Ciudad de Cuernavaca, Morelos.
2. EL “ESTADO” declara:
I.- Que las Secretarías de Hacienda y Desarrollo Social forman parte de la Administración Publica del Poder Ejecutivo del Estado, de conformidad con los artículos 74, de la Constitución Política Estatal y los artículos 2, 6 y 11, fracciones II y VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado xx Xxxxxxx.
II.- Que en este acto se encuentra representado por la Licenciada Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Secretaria de Hacienda del Gobierno del Estado xx Xxxxxxx, quien acredita su personalidad mediante nombramiento expedido con fecha 01 de Octubre del año 2012 por el Titular del Poder Ejecutivo del Estado y, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Acuerdo de Coordinación de conformidad por lo dispuesto en el artículo 74, de la Constitución Política del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 2, 11, primer párrafo, fracción II, 13, fracción VI, 14 y 22, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado xx Xxxxxxx; 3, 9 y 10, fracciones IX, X, XXXIV y XLIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda; y por la C. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Secretaria de Desarrollo Social del Gobierno del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, quien acredita su personalidad mediante nombramiento expedido con fecha, 01 de Octubre del año 2012, por el Titular del Poder Ejecutivo del Estado y, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Acuerdo de Coordinación, de conformidad por lo dispuesto en el artículo 74, de la Constitución Política del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx; 2, 11, primer párrafo fracción VII, 13, fracción VI, 14 y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado xx Xxxxxxx; 6, 7 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social.
III. Que en cumplimiento a lo establecido por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado xx Xxxxxxx y lo relativo a la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma del Estado xx Xxxxxxx, este Acuerdo se sujeta a las disposiciones de dichos cuerpos legales para la ejecución supervisión y cumplimiento de las obras publicas en el Estado xx Xxxxxxx.
IV. Para los efectos del presente Acuerdo de Coordinación, señala como domicilio el ubicado en la Av. Xxxx xx Xxxxx xxxxxx 000, xxxxxxxx 00, xxxxxx xxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, X.X. 62350, en la Ciudad de Cuernavaca, Morelos.
CLÁUSULAS
PRIMERA.- La “SEDESOL” y el “ESTADO” acuerdan en conjuntar acciones y recursos para la operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias.
SEGUNDA.- “LAS PARTES” acuerdan que la instancia ejecutora del “PROYECTO” el cual fue seleccionado de acuerdo con lo estipulado a las Reglas de Operación será la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado en lo sucesivo el “EJECUTOR”, quien es responsable de ejecutar los recursos asignados para el “PROYECTO” en el marco del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, con estricto apego a las Reglas de Operación, los Lineamientos de operación de los Programas de Desarrollo Social y Humano 2014, así como demás disposiciones jurídicas y administrativas que rigen el ejercicio del gasto público federal.
TERCERA.- Para la realización de las acciones objeto del presente Acuerdo, se prevé una inversión total de $ 13’640,305.00 (Trece Millones Seiscientos Cuarenta Mil Trescientos Cinco Pesos 00/100 M. N.) cantidad que se desglosa de la siguiente manera:
La “SEDESOL” aportará $ 6’820,152.52 (Seis Millones Ochocientos Veinte Mil Ciento Cincuenta y Dos Pesos 52/100 M.N.), recursos que provienen xxx Xxxx Administrativo 20 “Desarrollo Social”, con carácter de subsidios, provenientes del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritaria, sin perder su carácter federal, autorizados mediante oficio SDSH/UMR/212/045/17/2014.
El “ESTADO” aportará $6’820,152.48 (Seis Millones Ochocientos Veinte Mil Ciento Cincuenta y Dos Pesos 48/100 M.N.), provenientes de recursos propios.
Denominación del Proyecto, Obra o Acción | Municipio | Programa | Sub- Programa | Federal | Estatal | TOTAL |
Estructura y | -Cuautla | 4’965,152.52 | 4’965,152.48 | 9’930,305.00 | ||
mano de obra | -Yautepec | |||||
para 1,100 | -Temixco | |||||
techos | -Jiutepec |
(techos mejorados) | -Tetela del Volcán -Totolapan -Xxxxxx xx Xxxxx -Xxxxx - Cuernavaca | |||||
Construcción | -Cuautla | 1’855,000.00 | 1’855,000.00 | 3`710,000.00 | ||
de 500 pisos | -Yautepec | |||||
firmes. | -Temixco | |||||
-Jiutepec | ||||||
-Tetela del | ||||||
Volcán | ||||||
-Mazatepec | ||||||
-Ocuituco | ||||||
- | ||||||
Axochiapan | ||||||
SUBTOTAL | 6`820,152.52 | 6`820,152.48 | 13’640,305.00 |
Los recursos federales y estatales que se comprometan en este acuerdo de coordinación, están sujetos a la disponibilidad presupuestal del Programa.
“LAS PARTES” aportaran los recursos correspondientes de acuerdo al siguiente procedimiento: la “SEDESOL” depositara el 100% de los recursos autorizados a la cuenta del “EJECUTOR” mediante transferencia electrónica.
CUARTA.- “EL EJECUTOR” será el único responsable de la realización del “PROYECTO” y deberá sujetarse a todos los Reglamentos y Ordenamientos de las autoridades competentes en materia de construcción, seguridad, uso de la vía pública, protección ecológica y del medio ambiente que rijan en el ámbito Federal, Estatal o Municipal, así como a las instrucciones que al efecto le señale la “SEDESOL”.
Cualquier responsabilidad, daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del “EJECUTOR”, y podrá ser reclamada por la “SEDESOL” por la vía judicial correspondiente.
QUINTA .- Una vez que se cumpla con lo estipulado en la Cláusula Tercera del presente Acuerdo de Coordinación, “EL EJECUTOR” de los recursos se apegará estrictamente a lo estipulado en las Reglas de Operación y al presente instrumento, además, tendrá las responsabilidades siguientes:
a. Verificar que el “PROYECTO” cumpla con los lineamientos normativos y las especificaciones técnicas correspondientes.
b. Haber presentado el “PROYECTO”, estipulando metas, acciones, servicios, costos, número de beneficiarios, entre otros, mismo que contará con dictaminación en cuanto a su viabilidad técnica y disponibilidad presupuestal por la “SEDESOL”.
c. Aplicar los recursos federales y estatales ministrados única y exclusivamente al “PROYECTO” señalado en la Cláusula Segunda de este Instrumento, de conformidad con lo que establecen las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, así como ejercerlos y comprobarlos, de acuerdo con la normatividad aplicable.
d. En caso de celebrar contratos, adquirir bienes muebles o bien ejecutar directamente las obras, deberá observar las disposiciones establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas y demás ordenamientos aplicables.
e. Llevar un control del ejercicio de cada uno de los recursos que se aportan mediante el Acuerdo de Coordinación, el avance físico de las acciones en ejecución, así como formular el acta de entrega-recepción del “PROYECTO” terminado.
f. Formular mensualmente reportes sobre el avance físico-financiero del “PROYECTO”, de conformidad con los formatos señalados en las Reglas de Operación del Programa, y remitirlos a la Delegación Federal de La “SEDESOL” en el Estado, durante los primeros 5 días hábiles del mes inmediato posterior a la fecha del reporte.
g. Mantener un registro específico y actualizado mediante una subcuenta en el registro contable del ejercicio, para los recursos federales y estatales a que se
refiere la Cláusula Tercera, así como presentar a la “SEDESOL”, para su validación, control y seguimiento, los documentos comprobatorios.
h. Elaborar un Programa de Mantenimiento y Conservación del “PROYECTO”, que proporcione las herramientas necesarias para llevar a cabo las actividades relacionadas con la operación y prevención xx xxxxxx, logrando así la reducción de las averías imprevistas y del tiempo de reparación, procurar la prolongación de la vida útil de los componentes y lograr los efectos de ahorro de recursos y con ello, reducir el costo del mantenimiento de las instalaciones, contribuyendo a mejorar la calidad del servicio.
i. Observar y atender las medidas que en materia de Blindaje Electoral emita la “SEDESOL”, con objeto de coadyuvar a que el Programa no sea utilizado con fines políticos electorales en el desarrollo de Procesos Electorales Federales, Estatales y Municipales.
j. Permitir las labores de contraloría social que el “ESTADO” establezca en coordinación con los beneficiarios del Programa.
SEXTA.- La instrumentación del “PROYECTO” se formalizará mediante los Anexos Técnicos extraídos del Sistema Integral de Información de los Programas Sociales (SIIPSO), elaborados por la “SEDESOL” y que firmados por “LAS PARTES” se integrarán a este Acuerdo de Coordinación. Por lo que en su momento, la “SEDESOL” hará entrega a “EL EJECUTOR” xxx xxxxxx de beneficiarios que amparan dichas acciones.
SÉPTIMA.- “EL EJECUTOR” independientemente que realice las acciones del presente Acuerdo por ejecución directa o por contrato se obliga a lo siguiente:
1) A que los materiales y equipos que se utilicen en los trabajos objeto de este Acuerdo, cumplan con las normas de calidad, normas oficiales mexicanas y en las especificaciones contenidas en los conceptos de obra, mismos que forman parte integrante del presente Acuerdo, y a que la realización de todas y cada una de las partes de dicha obra se efectúen de conformidad con el “PROYECTO” y las especificaciones generales y particulares para los trabajos materia del presente Acuerdo, así como a responder por su cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos que se llegaren a presentar en los trabajos y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a la “SEDESOL” o a terceros.
2) Será responsable tanto del desempeño de su superintendente comisionado para proporcionar los trabajos de obra objeto de este Acuerdo, como por todos los daños, pérdidas y perjuicios que dicho personal provoque por irresponsabilidad, negligencia o impericia en el desarrollo de los trabajos, manejo de los bienes, materiales, herramientas, maquinaria y equipos o los agentes químicos o gases que utilice. La “SEDESOL” no asume ninguna responsabilidad civil, laboral, de riesgo profesional o de seguridad social respecto de dicho personal.
3) Para el cumplimiento del presente Acuerdo, “EL EJECUTOR” se obliga a emplear personal técnico especializado para la ejecución de los trabajos preferentemente de la región.
4) Será responsable de los desperfectos o vicios ocultos que pudiera presentar el “PROYECTO” dentro del período de un año, contado a partir de la fecha en que se emita el acta de entrega-recepción y finiquito.
OCTAVA.- Una vez concluido el “PROYECTO”, “EL EJECUTOR” entregará a la “SEDESOL” el acta de entrega recepción, acta de certificación de acciones y padrón de beneficiarios.
NOVENA.- “LAS PARTES” convienen que en las actividades de difusión y publicidad que lleve a cabo el “EJECUTOR” sobre el “PROYECTO”, se deberá mencionar la existencia de la aportación estatal. De igual forma, se deberá incluir el logotipo de la “SEDESOL” en los impresos y elementos gráficos que sean utilizados (en elementos tales como mamparas, templetes, gallardetes, postes, trípticos y similares) el cual deberá ser, al menos, del mismo tamaño que los logotipos de otras instancias y órdenes de gobierno participantes.
El “EJECUTOR” se compromete a dar cumplimiento a lo establecido en el numeral
8.1 Difusión, de las Reglas de Operación, mismo que establece que las Delegaciones serán las encargadas de realizar la promoción y difusión del Programa, con la participación de las instancias ejecutoras, así mismo este numeral señala que conforme a la Ley General de Desarrollo Social, así como al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del presente ejercicio fiscal, la publicidad y la información relativa a este Programa deberá identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales e incluir la siguiente leyenda “Este Programa es
público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social”.
DÉCIMA.- En el caso de que el “EJECUTOR” incurriera en mal uso o disposición de los recursos entregados, o en incumplimiento de los compromisos adquiridos en este Acuerdo, la “SEDESOL” está facultada para iniciar las acciones jurídicas ante la autoridad competente en contra de quien resulte responsable.
En el caso de que se detecten irregularidades en la aplicación de los recursos estatales otorgados de acuerdo a la Cláusula Tercera, la “SEDESOL” suspenderá la ministración de recursos, y de comprobarse la irregularidad el “EJECUTOR” deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados para la ejecución del “PROYECTO”, así como los rendimientos financieros que, en su caso se hubiesen generado. El “EJECUTOR” deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados para la ejecución del “PROYECTO”, así como los rendimientos financieros que, en su caso se hubiesen generado, dentro de los 15 días naturales siguientes al fin del ejercicio fiscal, plazo dentro del cual deberá remitir copia del reintegro a la Delegación para su registro correspondiente, mismo tiempo y procedimiento que deberá observar para el caso de los recursos que no sean devengados en el tiempo estipulado.
DÉCIMA PRIMERA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la Cláusula Tercera del presente instrumento, corresponderá a la “SEDESOL”, a las instancias de fiscalización correspondientes y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y demás disposiciones aplicables.
DÉCIMA SEGUNDA.- Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente instrumento “LAS PARTES” se comprometen a revisar periódicamente su contenido, así como adoptar medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos.
“LAS PARTES” convienen en que la Secretaría de Función Pública podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la instancia ejecutora en los términos del presente instrumento.
DÉCIMA TERCERA.- “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para que en caso de controversia que se suscite de la interpretación y cumplimiento del presente Acuerdo de Coordinación, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes, con sede en la Ciudad de México.
DÉCIMA CUARTA.- La “SEDESOL” en el ámbito de su competencia, llevarán a cabo el control presupuestal, seguimiento, registro y control de las acciones derivadas del presente Acuerdo, así como de los recursos que se aporten.
DÉCIMA QUINTA.- El presente Acuerdo de Coordinación estará vigente a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2014.
Este Acuerdo se podrá revisar, adicionar o modificar por “LAS PARTES”, conforme a los preceptos y lineamientos que lo originan. Dichas modificaciones deberán constar por escrito, y entrarán en vigor a partir de su suscripción por “LAS PARTES”.
Enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, firman el presente Acuerdo de Coordinación, en la Ciudad de Cuernavaca, Estado xx Xxxxxxx, el día 31 del mes de julio del 2014.
POR LA “SEDESOL”
LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX
DELEGADO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL, EN EL ESTADO XX XXXXXXX
POR EL “ESTADO”
LIC. XXXXXXX XXXXXX XXXXX
SECRETARIA DE HACIENDA DEL GOBIERNO DEL ESTADO XX XXXXXXX
C. XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO XX XXXXXXX
RÚBRICAS.