PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
PRESTACIÓN DEL SERVICIO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DIRECTOR DEL DEPORTE DE LA CIUDAD XX XXXXXXXX PARA EL PERIODO 2010-2020
A VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 200.000 € (IVA incluido) B PRESUPUESTO DE LICITACIÓN: 200.000 € (IVA incluido) C TÉRMINO DE EJECUCIÓN: 11 MESES
D GARANTÍA PROVISIONAL: NO
E GARANTÍA DEFINITIVA: SÍ
F TÉRMINO DE GARANTÍA: NO
G ADMISIBILIDAD DE MEJORAS: SÍ
H PRÓRROGAS: NO
I REVISIÓN DE PRECIOS: NO
J PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS:
FINALIZACIÓN PLAZO PRESENTACIÓN:
Lugar: Zaragoza Deporte Municipal, S. A.
Pabellón “Príncipe Xxxxxx” Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx,000 00000 – Zaragoza
Fecha: 31 / 10 / 2008
Hora: 13.00 horas
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
ELABORACIÓN DEL PLAN DIRECTOR DEL DEPORTE
DE LA CIUDAD XX XXXXXXXX PARA EL PERIODO 2010-2020
CONTRATO DE SERVICIOS TRAMITACIÓN: ORDINARIA PROCEDIMIENTO: ABIERTO
CLÁUSULA 1.- ORGANISMO CONVOCANTE
La presente licitación se convoca por la sociedad municipal ZARAGOZA DEPORTE MUNICIPAL, S. A. con CIF X-00000000 y con sede social en Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 000, 00000 xx Xxxxxxxx.
CLÁUSULA 2.- OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
1. El presente pliego tiene por objeto la elaboración de un Plan Director del Deporte de la ciudad xx Xxxxxxxx, para el periodo 2010-2020, como acción organizada y programada que se adapte al nuevo contexto social, permitiendo una intervención eficaz en materia deportiva, de conformidad con lo especificado en el pliego de Prescripciones Técnicas.
2. ZARAGOZA DEPORTE MUNICIPAL, S.A. está sujeta a las disposiciones de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de 2007, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP) relativas a la contratación no armonizada que como poder adjudicador que no tiene el carácter de Administración Pública le son aplicables, así como a las Instrucciones Internas de Contratación (en adelante, IIC) que están a disposición de los licitadores en el Perfil del Contratante de la entidad en la siguiente página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx
3. En lo que se refiere a las fases de ejecución y extinción del contrato, éste queda sujeto al derecho privado, rigiéndose por este pliego, por el contrato y documentación anexada, y en todo lo no previsto, por la legislación civil y mercantil aplicable. El contrato tiene la consideración de contrato privado.
4. Para resolver cualquier discrepancia que pudiese surgir en la interpretación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato, las partes se someterán a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad xx Xxxxxxxx con renuncia de cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.
5. El presente pliego de cláusulas particulares, sus anexos y el pliego de prescripciones técnicas revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se consideran parte integrante del respectivo contrato.
6. La presentación de proposiciones implica la aceptación incondicionada por los licitadores del contenido del presente pliego y de la totalidad de la documentación que conforma la presente licitación, sin ninguna salvedad o reserva.
CLÁUSULA 3.- LICITADORES
Cada licitador no podrá presentar más de una propuesta para participar en el concurso. Tampoco podrá formalizar ninguna propuesta en participación conjunta con otros licitadores si ya lo ha hecho individualmente. La infracción de estas normas dará lugar a la inadmisión de todas las solicitudes por él suscritas.
No podrán concurrir las empresas que se encuentren incursas en algunas de las prohibiciones para contratar con las Administraciones (art. 49 LCSP) o afectadas por alguna causa de incompatibilidad establecida por la Ley.
CLÁUSULA 4.- TÉRMINO DEL CONTRATO Y LUGAR DE ENTREGA
El término máximo para la entrega de los trabajos de elaboración del Plan Director del Deporte xx Xxxxxxxx es de ONCE (11) meses, tal como se establece en el apartado C del Cuadro-Resumen de Características y a contar desde el día siguiente a aquel en que se haya formalizado el contrato.
El adjudicatario quedará obligado a entregar los servicios objeto del contrato en las instalaciones del Pabellón “Príncipe Xxxxxx” (Avda. Xxxxxxx Xxxxxxx, 120 – 50013 Zaragoza)
Este Contrato no podrá ser objeto de prórrogas.
CLÁUSULA 5.- PENALIZACIÓN POR DEMORA
Si llegado el término del plazo de entrega, por causas imputables al adjudicatario, ZARAGOZA DEPORTE MUNICIPAL, S. A. podrá optar entre la resolución del contrato, previa audiencia del adjudicatario, o la imposición al mismo de una penalidad económica equivalente al uno por mil del precio de adjudicación del contrato, por cada día de demora respecto de la fecha de finalización de cada plazo de entrega del documento final.
CLÁUSULA 6.- VALOR ESTIMADO, PRESUPUESTO Y PRECIO DEL CONTRATO
1. El valor estimado del contrato a efectos de determinar el procedimiento de adjudicación, la publicidad y la competencia del órgano de contratación se fija en doscientos mil euros (200.000 €), IVA incluido, tal como consta en el apartado A del Cuadro-Resumen de Características.
2. El presupuesto de licitación es el que figura en el apartado B del cuadro- resumen de características, en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que haya de ser soportado por ZARAGOZA DEPORTE MUNICIPAL, S. A.
Quedarán excluidas las ofertas que presenten una propuesta con un importe superior al presupuesto de licitación.
3. La empresa adjudicataria no tendrá derecho a la revisión de precios del contrato.
4. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido.
En el precio del contrato se considerarán incluidos el resto de tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Xxxxxx.
El importe de adjudicación en ningún caso superará al presupuesto de licitación.
CLÁUSULA 7.- EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN, PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y DOCUMENTACIÓN QUE SE FACILITARÁ A LOS LICITADORES
La contratación del servicio de referencia se adjudicará por el procedimiento abierto, de acuerdo con las IIC (Instrucciones Internas de Contratación) y lo que dispone el presente Xxxxxx.
La adjudicación del contrato se realizará a la oferta más ventajosa en su conjunto, de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el presente pliego.
DOCUMENTACIÓN QUE SE FACILITARÁ A LOS LICITADORES: Desde el día
de la publicación del anuncio de licitación en el Perfil del Contratante, las empresas interesadas podrán obtener la documentación a través del Perfil del Contratante en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx
La citada documentación incluye los siguientes documentos:
- Este Pliego de Cláusulas Particulares.
- Pliego de Prescripciones Técnicas.
CLÁUSULA 8.- PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN
La presente licitación se publicará mediante anuncio en el Perfil del Contratante de la entidad en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx
Asimismo, la presente licitación se publicará en dos de los medios de comunicación de prensa escrita de mayor tirada y difusión local en Zaragoza.
CLÁUSULA 9.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS: FORMA Y PLAZO
1. Forma: La documentación se presentará junto con la proposición económica, según modelo adjunto, en sobre cerrado en la sede social de Zaragoza Deporte Municipal, S. A., Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 000, 00000 xx Xxxxxxxx.
2. Plazo: Las proposiciones se presentarán en sobre cerrado en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación, o por medio del Servicio de Correos, con los requisitos y justificación exigidos en la LGSP, todo ello dentro del plazo establecido en el citado anuncio.
Todos los plazos se entenderán referidos a días naturales. En el supuesto de que el día de terminación del plazo fuera sábado o festivo, se entenderá prorrogado hasta el siguiente hábil.
Este plazo podrá ser prorrogado por Zaragoza Deporte Municipal, S. A. en el caso de concurrir circunstancias de carácter excepcional.
Una vez presentada la documentación, ésta no podrá ser retirada o modificada bajo ningún pretexto.
CLÁUSULA 10.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES: NORMAS GENERALES
La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación incondicional de las cláusulas de los pliegos (que se unirán al futuro contrato y que incluyen los pactos y condiciones definidoras de los derechos y obligaciones que asumirán los contratantes) y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar.
Las proposiciones se referirán al conjunto de servicios del presente pliego y no se admitirán ofertas parciales.
Las proposiciones constarán de tres sobres, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, denominados Sobre A (Propuesta económica), Sobre B (Documentación administrativa), Sobre C (Referencias técnicas y mejoras), en los que figurará en su exterior, en forma visible y sin que sea precisa la apertura de los sobres para su lectura, lo siguiente:
Sobre A: Propuesta económica
Objeto del contrato: Empresa Licitadora: Fecha y firma:
Sobre B: Documentación administrativa
Objeto del contrato: Empresa Licitadora: Fecha y firma:
Sobre C: Propuesta Técnica y mejoras
Objeto del contrato: Empresa Licitadora: Fecha y firma:
Cada uno de los sobres contendrá la siguiente documentación:
10.1 Sobre A: Oferta Económica
Proposición económica, formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo I.
En el precio propuesto estará desglosado del Impuesto sobre el Valor Añadido vigente, cualquier variación del tipo de IVA será aplicable a partir de su vigencia.
La proposición económica se presentará en caracteres claros o escrita a máquina, y no se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores, enmiendas o tachaduras que impidan conocer claramente el contenido de la oferta.
No se admiten ofertas variantes.
10.2 Sobre B: Documentación Administrativa
10.2.1 Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad del licitador
Están facultados para contratar con Zaragoza Deporte Municipal, S. A. las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar de acuerdo con lo que establece el artículo 43 LCSP, que no estén incluidas en ninguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el art. 49 de la referida Ley y que acrediten la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional de acuerdo con los requisitos que se establecen en el presente Pliego.
a) Para las personas físicas (empresarios individuales y profesionales), será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada notarialmente o debidamente compulsada del DNI o del documento que legalmente le sustituya.
b) Para las personas jurídicas será obligatoria la presentación del CIF y de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
Las personas jurídicas sólo podrán ser objeto de adjudicación del contrato cuando sus prestaciones estén comprendidas dentro de las finalidades, objeto o ámbito de actividad que, de acuerdo con sus estatutos o reglas fundacionales les sean propias.
c) Si los que comparecen o firman proposiciones lo hacen en nombre de otro, deberá presentarse poder bastante al efecto, previamente bastanteado por la Asesoría Jurídica de Zaragoza Deporte Municipal,
S. A., junto con la fotocopia legitimada notarialmente o debidamente compulsada del DNI o del documento que legalmente le sustituya.
d) La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, o firmantes del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, se ha de acreditar mediante la inscripción en los registros procedentes de acuerdo con la legislación del estado donde están establecidas, mediante la presentación de una declaración jurada, o de una certificación con los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
e) La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el apartado anterior se ha de acreditar mediante el Informe de la Misión diplomática Permanente de España en el estado correspondiente o de la Oficina Consular en el ámbito territorial, de la cual, radica el domicilio de la empresa, en los términos que dispone el apartado tercero del art. 32 de la LCST.
10.2.2 Compromiso de constitución, en su caso, de Unión Temporal de Empresas o de Profesionales.
Zaragoza Deporte Municipal, S. A. puede contratar con uniones de empresarios o agrupaciones que se constituyen temporalmente al efecto. Esta participación se instrumentalizará, en la fase de licitación, mediante la aportación de un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, indicando los nombres y circunstancias de los que la constituyen, la participación de cada uno de ellos y designando un representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados en otros aspectos, asumiendo el compromiso de constituirse formalmente en el caso de resultar adjudicatarios. No será necesaria la formalización en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor.
Estos empresarios quedarán obligados solidariamente ante Zaragoza Deporte Municipal, S. A.
10.2.3 Solvencia económica y financiera, acreditada por:
Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas podrá acreditar su solvencia económica y financiera mediante cualquier otra documentación considerada como suficiente por Zaragoza Deporte Municipal S. A.
10.2.4 Declaración responsable y documentación adicional.
a) Declaración de no encontrarse incursos en alguna de las circunstancias señaladas en el art. 49 LCSP sobre prohibición para contratar con la Administración.
Los licitadores deberán presentar declaración de este carácter, haciendo constar que no se hallan comprendidos en ninguna de las circunstancias de incapacidad o prohibición para contratar.
La administración contratante podrá comprobar en cualquier momento la veracidad y exactitud de esta declaración, estimándose su falsedad como causa de resolución del contrato.
b) Certificación acreditativa de estar al corriente de las cotizaciones a la Seguridad Social y obligaciones tributarias.
Las empresas licitadoras deberán aportar declaración responsable de hallarse al corriente en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias.
La justificación acreditativa de los requisitos se exigirá antes de la adjudicación a quien resulte adjudicatario del contrato, a cuyo efecto se le concederá un plazo de cinco días hábiles para que aporte la citada documentación.
La declaración responsable podrá presentarse conforme al modelo que se adjunta como anexo II.
10.2.5 Solvencia técnica, acreditada mediante la presentación de:
o Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, según lo establecido en la Cláusula Sexta xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
o Descripción del equipo técnico y unidades técnicas participantes en el contrato, integrados directamente en la empresa licitadora, especialmente en los trabajos a realizar descritos en la Cláusula Quinta apartados a, b, c, d, e, f y g xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
o Una declaración del material e instalaciones de que disponga la empresa licitadora para la realización del Contrato.
10.3 Sobre C: Propuesta Técnica y Mejoras
Documentación técnica:
a. Documento que desglose y detalle detenidamente la estructura, finalidades, objetivos y acciones mínimas a considerar para cada uno de los apartados y trabajos solicitados en el apartado Noveno de los Pliegos de Prescripciones Técnicas, donde la empresa licitadora traslade y plasme su experiencia y conocimiento del sector y contexto en el que se van a realizar éstos.
b. Documento que desglose la metodología que se va a utilizar en cada una de las áreas y trabajos solicitados, prestando especial atención en el contenido de la documentación relacionada con la Cláusula Novena xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Perfil de las personas implicadas en los trabajos:
c. Documento que recoja el grupo de trabajo propuesto, incluyendo currículum vital individual donde se detalle su nivel de intervención e implicación en el Plan Director. Se valorarán especialmente los agentes implicados en el desarrollo del mismo. Se deberán contemplar a expertos en la planificación, coordinación, seguimiento y evaluación de los trabajos a realizar.
Mejoras:
d. Documento que recoja todas aquellas propuestas, elementos, acciones, etc., que la empresa licitadora estime oportunas como elementos innovadores y de mejora para la ejecución exitosa de la finalidad del presente pliego.
CLÁUSULA 11. - MODIFICACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE EMPRESAS LICITADORAS
Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el presente pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
CLÁUSULA 12.- MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación estará formada por:
- El Consejero Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx Deporte Municipal, S. A.
- Un Consejero de ZDM de entre los Grupos Municipales PP, CHA e IU.
- El Secretario del Consejo de Administración o persona en quien delegue.
- El Interventor General del Ayto. Zaragoza o persona en quien delegue.
- El Director Gerente de Zaragoza Deporte Municipal, S. A.
- El Secretario de la Mesa que será el Jefe de Administración de ZDM.
- Vocales Facultativos designados libremente por el Consejero Delegado, atendiendo a la especial cualificación profesional en relación con el objeto del contrato.
Todos los componentes de la Mesa, a excepción del Secretario de la Mesa y de los Vocales Facultativos, actuarán con voz y voto, para el cómputo de las mayorías se estará a lo señalado en las Normas sobre Formación de la Voluntad de Órganos Colegiados, disponiendo en todo caso el Presidente de voto de calidad.
La Mesa de contratación examinará la documentación contenida en los sobres presentados por los licitadores, y vistos en su caso cuantos informes técnicos considere precisos, elevará propuesta de adjudicación al Consejo de Administración de Zaragoza Deporte Municipal, S. A., que podrá declarar desierta la misma mediante acuerdo motivado.
Si la Mesa observara defectos materiales en la documentación presentada podrá conceder, si lo estimase conveniente, un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error.
De todos los acuerdos de la Mesa se levantará acta, de la que dará fe el Secretario de la misma.
CLÁUSULA 13.- APERTURA Y EXAMEN DE OFERTAS
1. Finalizado el plazo establecido en el presente pliego y en el anuncio para la presentación de ofertas, se procederá a la apertura del sobre B) de las ofertas recibidas dentro del plazo, al efecto de verificar que contengan la documentación acreditativa de la capacidad y solvencia para contratar y la aportación de la documentación exigida y de calificar la validez formal de la misma.
2. Seguidamente, y si es preciso, se comunicará a los licitadores (verbalmente o por medio alternativo que garantice la notificación) la existencia de defectos u omisiones subsanables, fijándose un plazo para que los licitadores puedan presentar la oportuna corrección. Este plazo no podrá ser nunca superior a tres días hábiles a contar desde la fecha de la referida comunicación.
No se considerará defecto subsanable la falta de presentación de la garantía ni la presentación de la misma por un medio diferente previsto en este pliego. Se considerarán no subsanables los defectos consistentes en la falta de los requisitos exigidos, y subsanables aquellos que hagan referencia a la mera falta de acreditación de los mismos.
Procederá la no admisión y exclusión del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que tengan defectos no subsanables o no hayan corregido los defectos en el plazo otorgado.
Además, la Mesa de Contratación o la Unidad Técnica, en su caso, podrá solicitar del licitador aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que habrá de ser cumplimentado delante de la Mesa de Contratación en el plazo de 5 días.
3. La Mesa de Contratación, en el lugar, fecha y hora que se indicará, en acto público, dará a conocer los empresarios admitidos a la licitación, los excluidos y la causa de exclusión del procedimiento, procediéndose también en dicho acto público a la apertura de las proposiciones económicas (Sobre A).
Las proposiciones que correspondan a empresarios excluidos de la licitación quedarán fuera del procedimiento de adjudicación y los sobres que las contengan no serán abiertos.
Una vez abiertas las propuestas económicas, y comprobada la documentación incorporada por cada una de ellas, la Mesa de Contratación indicará aquellas ofertas que han sido excluidas por no ajustarse a las bases explicitadas en este pliego.
4. Una vez revisada la documentación y verificada que la documentación administrativa presentada es válida o contiene defectos que se consideran subsanables, se podrá proceder, en acto no público, a la apertura de las propuestas técnicas presentadas por los empresarios admitidos a la licitación y contenidas en los respectivos sobres (Sobre C).
5. Teniendo en cuenta, lo dicho anteriormente, la Mesa de Contratación, con los informes que estime oportunos solicitar, procederá a realizar la propuesta de adjudicación.
CLÁUSULA 14.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
1. El órgano de contratación adjudicará el contrato mediante resolución motivada que notificará a todos los candidatos o licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de la entidad. La adjudicación se habrá de producir en el plazo máximo de un mes a contar desde el siguiente de la apertura de las proposiciones, pudiéndose alargar hasta un máximo de cuatro meses en el supuesto de que tengan que tener en consideración criterios de valoración diferentes al precio. Si existieran ofertas anormales o desproporcionadas, estos plazos se podrán ampliar en 15 días hábiles para poder realizar los trámites pertinentes.
2. Las proposiciones presentadas, tanto las declaraciones admitidas como las excluidas sin abrir serán archivadas. Formalizado el contrato, la documentación presentada quedará a disposición de los interesados.
3. El órgano de contratación de la entidad resolverá motivadamente sobre la adjudicación, adjudicando el contrato a la propuesta más ventajosa.
La resolución de adjudicación del contrato habrá de ser motivada en relación a los criterios de adjudicación del presente pliego, tendrá que especificar los motivos por los que se rechaza una candidatura u oferta y las características y ventajas de la oferta seleccionada, incorporando la indicación de las puntuaciones totales obtenidas por todas las empresas admitidas en cada uno de los criterios de adjudicación. Se considerará suficientemente motivado si la resolución de la adjudicación del órgano de contratación acepta y asume el contenido del informe técnico de valoración.
Si el órgano de contratación no tiene en cuenta la propuesta de adjudicación tendrá que justificar los motivos de la resolución.
CLÁUSULA 15.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
La adjudicación recaerá en la empresa licitadora que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los siguientes criterios de adjudicación, y siendo la máxima valoración total de 100 puntos:
1. Mejor oferta económica para la prestación del servicio | Hasta un máximo de 20 puntos |
2. Propuesta Técnica | Hasta un máximo de 70 puntos |
3. Mejoras | Hasta un máximo de 10 puntos |
Los sistemas empleados para la valoración de cada uno de los criterios de adjudicación serán los siguientes:
1. Propuesta Económica: de 0 a 20 puntos
• Las propuestas presentadas serán revisadas adecuadamente homogeneizadas antes de ser puntuadas.
• A la mejor propuesta económica se le atribuirá la puntuación máxima, 20 puntos.
• Al resto en forma proporcional, de acuerdo con la siguiente fórmula:
P = | 20 x MIN |
OF |
Siendo:
P = Puntuación obtenida MIN = Oferta más ventajosa OF = Oferta que se valora
2. Propuesta Técnica: de 0 a 70 puntos.
La puntuación se asignará teniendo en cuenta el grado de cumplimiento de las características básicas solicitadas, las tecnologías propuestas con su memoria descriptiva con arreglo al siguiente desglose:
- Calidad de la oferta en relación a sus especificaciones técnicas y contexto en el que se desarrolla | Hasta un máximo de 20 puntos |
- Calidad de la metodología propuesta Las empresas licitadoras deberán presenta explicación detallada de la metodología a utilizar en cada uno de las áreas de trabajo | Hasta un máximo de 20 puntos |
- Perfiles de las personas propuestas que se implicarán directamente en el trabajo para la elaboración del Plan | Hasta un máximo de 30 puntos |
3. Propuestas de Mejoras para la elaboración del Plan: De 0 a 10 puntos
Se dará la máxima puntuación a aquel licitador que oferte el mayor número de mejoras o elementos innovadores para la elaboración del Plan Director, así como sobre la estructura y contenido de éste, y al resto proporcionalmente.
CLÁUSULA 16.- GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario del concurso deberá constituir garantía definitiva del 5% del precio de adjudicación en el plazo de 10 días desde que se le notifique el fallo del concurso, que deberá ser fiscalizada previamente por el Servicio de Fiscalización Económica del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La devolución de la garantía definitiva se realizará una vez entregado el documento final del Plan Director del Deporte de la ciudad xx Xxxxxxxx para el periodo 2010-2020 de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
CLÁUSULA 17.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
1. Con la formalización del contrato éste quedará perfeccionado.
2. El contrato se habrá de formalizar por escrito, mediante documento privado firmado por las partes, en el término máximo de 30 días a contar desde la fecha de adjudicación.
3. Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario estará obligado a aportar la siguiente documentación:
a. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, y el último recibo, siempre que ejercite actividades subjetivas y no exentas del citado impuesto.
b. Certificado específico de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias expedido por la administración tributaria, a los efectos del artículo 43 de la Ley General Tributaria.
c. Certificado positivo, emitido por el órgano competente de encontrarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
d. Otros documentos acreditativos de su capacidad para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se haya comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato que le reclame el órgano de contratación.
En el supuesto de que el adjudicatario no atendiera el requerimiento de la entidad, no cumpliera los requisitos para la celebración del contrato o impida que se formalice en el plazo señalado, la entidad podrá proceder a la resolución de la adjudicación dando un trámite de audiencia al interesado de 10 días naturales. En este supuesto se confiscará la garantía y la entidad podrá exigir la indemnización por los daños y perjuicios causados. En estos casos, la entidad podrá adjudicar el contrato a la siguiente oferta económicamente más ventajosa.
4. En caso de que el contrato sea adjudicado a una unión de empresas, en cualquier régimen jurídico éstas habrán de acreditar su constitución en escritura pública dentro del plazo otorgado para la formalización del contrato y el CIF asignado a la unión y la representación, si procede.
5. La empresa adjudicataria no podrá ceder los derechos y obligaciones que se deriven del contrato y para poder subcontratar con terceros tendrá que contar con la autorización expresa y escrita de ZDM.
A los efectos del cumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato, se reputará a la empresa adjudicataria como única contratista, aunque se produzca la subcontratación consentida a que se refiere el párrafo anterior.
CLÁUSULA 18.- PROTECCIÓN DE DATOS
1. Incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, en el que se regula el derecho de información en los datos de carácter personal, y de acuerdo con su reglamento desarrollado, aprobado mediante R.D. 1720/2007 de 21 de diciembre, se deja constancia de los siguientes extremos:
a) La documentación requerida para licitar en el presente procedimiento que contenga datos de carácter personal, es necesaria para la participación en el mismo.
b) En relación con la documentación presentada por los licitadores que contenga datos de carácter personal de personas físicas (trabajadores, personal técnico, colaboradores, etc.), el licitador garantiza que ha obtenido previamente el consentimiento de las personas afectadas para facilitar la referida información x Xxxxxxxx Deporte Municipal, con la finalidad de licitar en el presente procedimiento.
A los efectos previstos en la presente cláusula, los licitadores deberán aportar una declaración responsable, de conformidad con el modelo que se adjunta como Xxxxx XXX.
c) La presentación de la oferta y la documentación solicitada implica que el licitador autoriza x Xxxxxxxx Deporte Municipal a tratar la referida documentación e información en el caso de que resulte adjudicatario en el marco de la adjudicación del contrato.
2. El contratista se obliga al cumplimiento de todo lo que establece la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su Reglamento.
CLÁUSULA 19.- CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario no podrá utilizar para sí, ni proporcionar dato alguno de los trabajos contratados, ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos. Asimismo, deberá guardar reserva absoluta de la información obtenida en el desarrollo de los trabajos, salvo que medie autorización de Zaragoza Deporte Municipal, S.A. En todo caso, los adjudicatarios serán responsables de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación; la cual será causa de resolución del mismo, con incautación de la garantía definitiva e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan de la cuantía de la misma.
CLÁUSULA 20.- PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS
Todos los documentos y resultados de los trabajos realizados como consecuencia de los servicios objeto del contrato serán propiedad del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, a través de Zaragoza Deporte Municipal, S.A., que podrá libremente usarlos, explotarlos, transformarlos, cederlos, reproducirlos o divulgarlos total o parcialmente. La empresa adjudicataria no podrá hacer uso de ellos, sin previa autorización expresa, por escrito, de Zaragoza Deporte Municipal, S.A.
La empresa adjudicataria tendrá la obligación de proporcionar un mínimo de tres copias en soportes informáticos de todos los datos, cálculos, procesos, archivos de todo tipo y todos aquellos recursos empleados durante la elaboración de los trabajos.
Los archivos informáticos deberán ser fácilmente reproducidos, modificados o borrados, con aplicaciones de uso extendido en las empresas del sector gráfico. Aquellos documentos que no fueran susceptibles de pasar a soporte informático, se entregarán en su soporte original.
Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva por la empresa adjudicataria o, en su caso, cuidará de que se cedan por terceros en exclusiva al Ayuntamiento xx Xxxxxxxx a través de Zaragoza Deporte Municipal, S.A. por el tiempo máximo que la legislación permita. Cuando para la realización del objeto del contrato se precisen derechos de propiedad intelectual preexistentes, la empresa adjudicataria deberá aportar con su oferta la correspondiente cesión de su titular a los efectos del cumplimiento del contrato, teniendo en cuenta la anterior previsión.
CLÁUSULA 21.- RECLAMACIONES
Las reclamaciones a que pueda dar lugar este procedimiento serán resueltas por el órgano de contratación (Consejo de Administración de Zaragoza Deporte Municipal, S. A.); sin perjuicio de las acciones civiles que los interesados puedan interponer tras la finalización del procedimiento de contratación, sometiéndose expresamente a los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxx.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN
D./ Xx ,
con domicilio en ,
con NIF nº .............................................., en nombre (propio o de la empresa que representa) y de la que se indica domicilio social en
........................................................................................................................... y
CIF ................................. , visto el anuncio de licitación convocado por la Sociedad municipal Zaragoza Deporte Municipal, S.A. para la “Elaboración del Plan Director del Deporte de la ciudad xx Xxxxxxxx para el periodo 2010-2020” mediante concurso por procedimiento abierto, y enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación, se compromete en nombre (propio o de la empresa que representa) a efectuarlo con sujeción a las Bases de este concurso, por la cantidad de:
Precio de la oferta (IVA excluido):
Precio del IVA en la oferta:
(expresar claramente en letra y cifra la cantidad que se propone)
.....................................,.......... de de 2008.
(Fecha y firma del proponente)
ANEXO II
El abajo firmante D./Xx. En representación de
Declara:
1. Que ni la empresa (en adelante el licitador), ni sus administradores y/o representante se encuentran incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 49 de la LCSP.
2. Que el licitador se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado.
3. Que el licitador se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.
4. Que el licitador se encuentra al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
5. Que el licitador acepta que la documentación solicitada en el presente pliego tiene carácter contractual.
Y a los efectos oportunos, se firma la presente
..................... de ........................... de ..........
Firma:
ANEXO III
DECLARACIÓN RESPONSABLE
El abajo firmante D./Xx. En representación de
Declara:
1. Que en relación a toda la documentación que presenta para participar en la licitación del contrato que
contenga datos de carácter personal de personas físicas (trabajadores, personal técnico, colaboradores, etc.) garantiza que ha obtenido previamente el consentimiento de las personas afectadas para facilitar la referida información x Xxxxxxxx Deporte Municipal, S. A. con la finalidad de licitar en el presente procedimiento.
2. Que, en caso de resultar adjudicatario, se obliga al cumplimiento de todo lo que establece la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y al Real Decreto 1720/2007, así como a mantener la confidencialidad de toda aquella información a la que tenga acceso en la ejecución del contrato, en los términos contemplados en las cláusulas administrativas del mismo.
Y a los efectos oportunos, se firma la presente a
..................... de ........................... de ..........
Firma: