CREDICORP CAPITAL S.A.SAF
CREDICORP CAPITAL S.A.SAF
Santiago de Surco, 05 de febrero de 2021
Anexo Nº1 CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN
TABLA COMPARATIVA
TEXTO VIGENTE | MODIFICACIÓN PROPUESTA |
Conste por el presente documento, el Contrato de Administración de Fondos Mutuos de Inversión en Valores de los Fondos Mutuos que se detallan en el Anexo A de este Contrato (el Contrato), que celebra de una parte, CREDICORP CAPITAL S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos , con domicilio en Xxxxxxx Xx Xxxxx Xx 000, Xxxxx 0, Xxxx 0, Xxxxx, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxxx xx Xxxx, debidamente representado por el Promotor cuyos datos figuran en la Sección Tercera de este documento, a quien en adelante se le denominará simplemente CREDICORP CAPITAL, y de la otra parte, la(s) persona(s) cuyos datos generales figuran igualmente en la Sección Tercera de este documento y a quienes se les denominará PARTICIPE, en los siguientes términos y condiciones: | Conste por el presente documento, el Contrato de Administración de Fondos Mutuos de Inversión en Valores de los Fondos Mutuos, que celebra de una parte, CREDICORP CAPITAL S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos , con domicilio en Xxxxxxx Xx Xxxxx Xx 000, Xxxxx 0, Xxxx 0, Xxxxx, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxxx xx Xxxx, debidamente representado por el Promotor cuyos datos figuran en la Sección Tercera de este documento, a quien en adelante se le denominará simplemente CREDICORP CAPITAL, y de la otra parte, la(s) persona(s) cuyos datos generales figuran igualmente en la Sección Tercera de este documento y a quienes se les denominará PARTICIPE, en los siguientes términos y condiciones: |
Cláusula Primera: De los Fondos El presente Contrato regula las disposiciones generales que le son aplicables a todos los Fondos Mutuos que administra CREDICORP CAPITAL los cuales se detallan en el Anexo A adjunto a este Contrato, así como a todos aquellos que sean administrados en un futuro por CREDICORP CAPITAL, siempre que cuenten con la resolución de autorización emitida por la Superintendencia xx Xxxxxxx de Valores (SMV), en adelante LOS FONDOS. | Cláusula Primera: De los Fondos El presente Contrato regula las disposiciones generales que le son aplicables a todos los Fondos Mutuos inscritos en el Registro Público xxx Xxxxxxx de Valores que administra CREDICORP CAPITAL, así como a todos aquellos que sean administrados en un futuro por CREDICORP CAPITAL, en adelante LOS FONDOS. |
Cláusula Cuarta: Obligaciones de CREDICORP CAPITAL y del PARTICIPE. (…) 4.2.4 Informar a CREDICORP CAPITAL de manera inmediata, en las oficinas del Agente Colocador o por medios electrónicos, todo cambio en los datos consignados en el presente Contrato, a través de la Solicitud Actualización de Datos al Contrato de Administración. En caso de utilizar medios electrónicos, CREDICORP CAPITAL podrá solicitarle información adicional para validar sus datos personales. Asimismo, CREDICORP CAPITAL podrá poner a disposición del PARTICIPE otros medios electrónicos (internet o firmas electrónicas) para que el PARTICIPE pueda actualizar o modificar sus datos, de acuerdo a lo establecido en el respectivo Prospecto Simplificado. El PARTICIPE deberá cumplir los requisitos que CREDICORP CAPITAL pueda establecer en el respectivo Prospecto Simplificado para ello, asumiendo los riesgos derivados del empleo de estos medios. (…) | Cláusula Cuarta: Obligaciones de CREDICORP CAPITAL y del PARTICIPE. (…) 4.2.3 Informar a CREDICORP CAPITAL, a través de medios físicos, electrónicos o telemáticos, de manera inmediata todo cambio en los datos consignados en el presente Contrato. En caso de utilizar medios electrónicos o telemáticos, CREDICORP CAPITAL podrá solicitarle información adicional para validar sus datos personales. El PARTICIPE deberá cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12° del Reglamento de Participación para ello, asumiendo los riesgos derivados del empleo de los diferentes medios electrónicos y/o telemáticos. (…) |
Cláusula Sexta: Declaraciones del PARTICIPE. (…) 6.1 Es consciente de los alcances de la operación que realiza al firmar el presente Contrato y asume el riesgo derivado de las inversiones que realice en LOS FONDOS en los que decida invertir; | Cláusula Sexta: Declaraciones del PARTICIPE. (…) 6.1 Conoce los alcances de la operación que realiza al firmar el presente Contrato y asume el riesgo derivado de las inversiones que realice en LOS FONDOS en los que decida invertir; |
Cláusula Octava: Uso de Medios Electrónicos. El PARTICIPE deberá indicar en la Sección Tercera del presente Contrato si acepta o no el uso de medios electrónicos. A través de los medios electrónicos el partícipe podrá realizar operaciones de suscripción, rescate parcial o total, siempre que éstas se encuentren en calidad de disponibles, consulta de saldos, y cualquier otro tipo de solicitud según lo permitan las normas aplicables y de acuerdo a lo establecido en el Anexo B de este Contrato. Para ello, el PARTICIPE deberá ser cliente del Agente Colocador autorizado por el Anexo B de este Contrato, titular de una cuenta dineraria y titular de una tarjeta electrónica emitida por éste, intransferible y que cuente con elementos digitales y/o electrónicos que sirvan para identificar a su titular como tal, sustituyendo la firma gráfica u ológrafa con la firma electrónica o sujeta a certificado digital. El PARTICIPE que no acepte el uso de medios electrónicos a la firma de este contrato, podrá modificar su decisión con posterioridad. Dicha modificación deberá ser comunicada a Credicorp Capital SAF a través de los medios físicos o electrónicos que permitan las normas aplicables y el Anexo B del presente Contrato. | Cláusula Octava: Uso de Medios Electrónicos y Telemáticos Válidos. A través de los medios electrónicos y telemáticos válidos el partícipe podrá realizar operaciones de suscripción, rescate, consulta de saldos y cualquier otro tipo de solicitud siempre que lo permitan las normas aplicables. Con la finalidad de realizar operaciones a través de medios electrónicos y telemáticos, el PARTICIPE deberá cumplir con: (i) ser cliente de un Agente Colocador establecido en el Anexo A de este Contrato; y, (ii) informarse y sujetarse a los Términos y Condiciones del respectivo medio electrónico y telemático que desee utilizar. Para efectos de la presente cláusula, EL PARTÍCIPE deberá tener lo establecido en el artículo 12º del Reglamento de Participación. |
Cláusula Décima: Tratamiento de Información 10.1 El PARTICIPE, acepta, declara y reconoce que de acuerdo a la Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-JUS y las demás disposiciones complementarias, otorga su consentimiento para que CREDICORP CAPITAL FONDOS trate la información (…) 10. 2 Asimismo, el PARTICIPE autoriza a CREDICORP CAPITAL FONDOS a utilizar la Información | Cláusula Décima: Tratamiento de Información 10.1 El PARTICIPE, acepta, declara y reconoce que de acuerdo a la Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-JUS y las demás disposiciones complementarias, otorga su consentimiento para que CREDICORP CAPITAL trate la información (…) 10.2 Asimismo, el PARTICIPE autoriza a CREDICORP CAPITAL a utilizar la Información |
(…) V. Aceptación de uso de medios electrónicos Si No Se entiende por medio electrónicos a (i) páginas web , (ii) cajeros automáticos, (iii) línea telefónica, (iv) aplicativos móviles, (v) correos electrónicos, así como los establecidos en el Reglamento de Participación (…) | (…) V. Aceptación de uso de medios electrónicos (…) |
Anexo A Relación de Fondos Mutuos administrados por Credicorp Capital 1. Credicorp Capital Conservador Liquidez Soles FMIV 2. Credicorp Capital Conservador Liquidez Dólares FMIV 3. Credicorp Capital Conservador Corto Plazo Soles FMIV 4. Credicorp Capital Conservador Corto Plazo Dólares FMIV 5. Credicorp Capital Conservador Mediano Plazo Soles FMIV 6. Credicorp Capital Conservador Mediano Plazo Dólares FMIV | Anexo A AGENTE COLOCADOR - Banco de Crédito del Perú - Credicorp Capital Sociedad Agente de Bolsa S.A. |
7. Credicorp Capital Moderado VCS FMIV 8. Credicorp Capital Moderado FMIV 9. Credicorp Capital Equilibrado VCS FMIV 10. Credicorp Capital Equilibrado FMIV 11. Credicorp Capital Crecimiento VCS FMIV 12. Credicorp Capital Acciones VCS FMIV 13. Credicorp Capital Acciones FMIV 14. Fondo de Fondos Credicorp Capital Deuda Latam FMIV 15. Fondo de Fondos Credicorp Capital Acciones Latam-Pacífico FMIV 16. Fondo de Fondos Credicorp Capital Deuda Global FMIV 17. Credicorp Capital Acciones Global FMIV 18. Fondo de Fondos Credicorp Capital Visión I FMIV 19. Fondo de Fondos Credicorp Capital Visión II FMIV 20. Fondo de Fondos Credicorp Capital Visión III FMIV 21. Fondo De Fondos Credicorp Capital Acciones Asia FMIV 22. Fondo De Fondos Credicorp Capital Acciones Europa FMIV 23. Fondo De Fondos Credicorp Capital Acciones Estados Unidos FMIV 24. Fondo De Fondos Credicorp Capital Deuda Flotante FMIV 25. Fondo De Fondos Credicorp Capital Deuda High Yield FMIV 26. Credicorp Capital Renta En Dólares I FMIV 27. Estructurado Credicorp Capital Renta Fija Dólares III FMIV 28. Credicorp Capital Renta En Dólares VI FMIV 29. Credicorp Capital Acumulador De Cupón FMIV 30. Credicorp Capital Acumulador De Cupón Soles FMIV 31. Credicorp Capital Acciones Internacionales Dólares XII FMIV 32. Credicorp Capital Acciones Internacionales Dólares XIII FMIV 33. Credicorp Capital Acciones Internacionales Dólares XIV FMIV 34. Credicorp Capital Renta En Dólares III FMIV 35. Credicorp Capital Renta En Dólares II FMIV 36. Oportunidad Estados Unidos FMIV 37. Oportunidad Global FMIV 38. Sectores Americanos FMIV 39. Credicorp Capital Mercados Desarrollados Dólares I FMIV 40. Credicorp Capital Renta En Dólares VIII FMIV 41. Credicorp Capital Renta En Dólares IX FMIV 42. Credicorp Capital Cupón Dinámico FMIV 43. Credicorp Capital Barrera Condicional FMIV 44. Credicorp Capital Cupón Escalonado FMIV 45. Credicorp Capital Multiplicador De Cupón FMIV 46. Credicorp Capital Renta En Dólares 4Y FMIV 47. Credicorp Capital Cupón Escalonado II FMIV 48. Credicorp Capital Barrera Condicional II FMIV 49. Credicorp Capital Cupón Escalonado III FMIV 50. Credicorp Capital Cupón Escalonado IV FMIV 51. Credicorp Capital Cupón Escalonado IX FMIV 52. Credicorp Capital Cupón Escalonado V FMIV 53. Credicorp Capital Mercados Desarrollados Dólares II FMIV 54. Credicorp Capital Renta en Dólares 2Y FMIV 55. Credicorp Capital Renta en Dólares 3Y FMIV 56. Credicorp Capital Renta en dólares 3y II FMIV 57. Credicorp Capital Renta en dólares 4y II FMIV 58. Credicorp Capital Renta en dólares 4y III FMIV 59. Credicorp Capital Barrera Condicional II FMIV 60. Credicorp Capital Cupón Escalonado XI FMIV 61. Credicorp Capital Cupón Escalonado XIV FMIV | - Mibanco–Banco de la Microempresa - Credicorp Capital Servicios Financieros S.A. |
62. Credicorp Capital Barrera Condicional IV FMIV 63. Credicorp Capital Renta en dólares 3Y III FMIV 64. Credicorp Capital Renta en dólares 4Y IV FMIV 65. Credicorp Capital Renta en dólares 5Y II FMIV 66. Credicorp Capital Deuda Corporativa Latam High Yield FMIV 67. Fondo de Fondos Credicorp Capital Renta Estrategica FMIV 68. Fondo de Fondos Credicorp Capital Activos Preferentes FMIV 69. Fondo de Fondos Credicorp Capital Acciones Sector Seguridad FMIV 70. Fondo de Fondos Credicorp Capital Investment Grade FMIV 71. Credicorp Capital Barrera Condicional V FMIV 72. Credicorp Capital Barrera Condicional VI FMIV 73. Credicorp Capital Barrera Condicional VII FMIV 74. Credicorp Capital Cupón Escalonado XV FMIV 75. Credicorp Capital Barrera Condicional Soles I FMIV 76. Credicorp Capital Barrera Condicional Soles II FMIV 77. Credicorp Capital Cupón Escalonado Soles I FMIV 78. Credicorp Capital Barrera Condicional VIII FMIV 79. Credicorp Capital Barrera Condicional Soles III FMIV | |
ANEXO B | ANEXO B |
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN TABLA COMPARATIVA
TEXTO VIGENTE | MODIFICACIÓN PROPUESTA |
Fecha de inicio de vigencia del presente documento: 01/04/2019 | Fecha de inicio de vigencia del presente documento: xx/xx/2020 |
Artículo 7.- Adquisición de la calidad de partícipe La calidad de partícipe se adquiere por: a) Suscripción de cuotas, en el momento en que se perfecciona la operación de suscripción según lo señalado en el artículo 6 del presente documento. El aporte podrá ser realizado en: Dinero efectivo, cargo en cuentas bancarias del Agente Colocador autorizado por el Anexo B del Contrato de Administración y/o transferencias interbancarias. (…) | Artículo 7.- Adquisición de la calidad de partícipe La calidad de partícipe se adquiere por: a) Suscripción de cuotas, en el momento en que se perfecciona la operación de suscripción según lo señalado en el artículo 6 del presente documento. El aporte podrá ser realizado en: Dinero efectivo, cargo en cuentas bancarias del Agente Colocador autorizado por el Anexo A del Contrato de Administración y/o transferencias interbancarias. (…) |
Artículo 7.B.- Suscripciones Programadas Se podrán realizar suscripciones programadas en forma mensual, bimensual, trimestral, semestral o anual, únicamente si el partícipe mantiene una cuenta dineraria vigente y suficiente en el Agente Colocador autorizado por el Anexo B del Contrato de Administración. (…) | Artículo 7.B.- Suscripciones Programadas Se podrán realizar suscripciones programadas en forma mensual, bimensual, trimestral, semestral o anual, únicamente si el partícipe mantiene una cuenta dineraria vigente y suficiente en el Agente Colocador autorizado por el Anexo A del Contrato de Administración. (…) |
Artículo 9.A.- Pago de rescate El pago del rescate se realizará mediante: i) entrega en efectivo a nombre del partícipe para su cobro a través de la red de oficinas del Agente Colocador autorizado por el Anexo B del Contrato de Administración. ii) abono en cuenta en el Agente Colocador autorizado por el Anexo B del Contrato de Administración. La cuenta dineraria deberá corresponder al partícipe. No se realizarán pagos de rescates mediante transferencias interbancarias ni cheques nominativos. | Artículo 9.A.- Pago de rescate El pago del rescate se realizará mediante: i) entrega en efectivo a nombre del partícipe para su cobro a través de la red de oficinas del Agente Colocador autorizado por el Anexo A del Contrato de Administración. ii) abono en cuenta en el Agente Colocador autorizado por el Anexo A del Contrato de Administración. La cuenta dineraria deberá corresponder al partícipe. No se realizarán pagos de rescates mediante cheques nominativos. |
Artículo 10.- Rescates programados (…) Los rescates programados sólo podrán realizarse con forma de pago: abono en cuenta, que deberá ser de titularidad del mismo partícipe. Los medios para solicitar rescates programados serán los permitidos por las Normas Aplicables y por el Anexo B del Contrato de Administración. El pago de los rescates programados será atendido a través de la red de oficinas del Agente Colocador autorizado por el Anexo B del Contrato de Administración. | Artículo 10.- Rescates programados (…) Los rescates programados sólo podrán realizarse con forma de pago: abono en cuenta, que deberá ser de titularidad del mismo partícipe. Los medios para solicitar rescates programados serán los permitidos por las Normas Aplicables. El pago de los rescates programados será atendido a través de la red de oficinas del Agente Colocador autorizado por el Anexo A del Contrato de Administración. |
Artículo 12. - Medios Electrónicos Los partícipes podrán enviar por medios electrónicos sus solicitudes de suscripción, rescate y otras operaciones conforme a lo permitido por las Normas Aplicables y el Anexo B del Contrato de Administración. El uso de medios electrónicos requiere de una autorización previa en el Contrato de Administración por parte del participe. Los medios electrónicos que la Sociedad Administradora utilizará se encuentran detallados en el Contrato de Administración y son los siguientes: i) Vía Internet: se podrá realizar suscripción de cuotas, rescate parcial o total de cuotas siempre que estas se encuentren en calidad de disponibles, consulta de saldos, y otras operaciones según lo permitido por las Normas Aplicables y por el Anexo B del Contrato de Administración. ii) Vía telefónica: se podrá realizar suscripción de cuotas, rescate parcial o total de cuotas siempre que estas se encuentren en calidad de disponibles, consulta de saldos y otras operaciones, según lo permitido por las Normas Aplicables y por el Anexo B del Contrato de Administración. iii) Vía aplicaciones móviles u otras plataformas: se podrá realizar suscripción de cuotas, rescate parcial o total de cuotas siempre que estas se encuentren en calidad de disponibles, consulta de saldos y otras operaciones, según lo permitido por las Normas Aplicables y por el Anexo B del Contrato de Administración. | Artículo 12. - Medios Electrónicos y Telemáticos Válidos Los partícipes podrán enviar por los medios electrónicos y telemáticos válidos sus solicitudes de suscripción, rescate y otras operaciones establecidas en las Normas Aplicables, siempre que los mismos se encuentren habilitados por el respectivo Agente Colocador. Los medios electrónicos y telemáticos permitidos para cada fondo mutuo se describirán en el anexo del Reglamento de Participación y en el Prospecto Simplificado. Los medios electrónicos y telemáticos válidos para que los partícipes realicen las operaciones antes descritas serán: (i) páginas web, (ii) cajeros automáticos, (iii) líneas telefónicas, (iv) aplicativos móviles, (v) correos electrónicos y (iv) otros descritos en el anexo del Reglamento de Participación y en el Prospecto Simplificado de cada fondo mutuo en concordancia con las Normas Aplicables. Los Términos y Condiciones aplicables respecto del uso de cada uno de los medios electrónicos y telemáticos antes indicados estarán a disposición de los partícipes en la página web de la Sociedad Administradora. De forma previa al uso de los medios electrónicos y telemáticos, el Partícipe se obliga a informarse sobre los Términos y Condiciones que correspondan. |