EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ESCUELA TECNOLÓGICA INSTITUTO TÉCNICO CENTRAL
012 DE
21 xx xxxxx de 2023
Por el cual se Reglamenta el Concurso Público de Méritos 2023 para proveer 29 Cargos Docentes de Planta de los Programas de Educación Superior de la Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ESCUELA TECNOLÓGICA INSTITUTO TÉCNICO CENTRAL
En ejercicio de las atribuciones legales, y en especial las conferidas en el Artículo 28, literal c) del Acuerdo No. 05 del 22 xx xxxxxx de 2013
C O N S I D E R A N D O:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Estatuto Profesores vigente, Acuerdo 09 de 2015, los cargos de los profesores xx xxxxxxx docente en la planta de profesores de la ETITC, se proveen mediante concurso público de méritos, en el marco de lo establecido en el artículo 70 y 80 de la Ley 30 de 1992, de acuerdo con la reglamentación que al respecto expida el Consejo Directivo.
Que, en atención de lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento Docentes vigente la Escuela realizó invitación para cambio de dedicación mediante la Resolución No. 677 de 2 de diciembre de 2015 “Por la cual se invita a postularse al cambio de dedicación de docentes de planta de Medio Tiempo a Tiempo Completo” y Resolución No. 192 de 25 xx xxxx de 2016 “Por la cual se invita a postularse al cambio de dedicación de docentes de planta de Medio Tiempo a Tiempo Completo”, con el fin de suplir empleos vacantes de Tiempo Completo.
Que, como consecuencia de lo anterior, mediante las Resoluciones No. 854 de 2015, 212 de 2016 y 245 de 2016 se realizaron cambios de dedicación de un total de cuarenta
(40) docentes de medio tiempo a tiempo completo.
Que, frente a estas invitaciones y cambios de dedicación la Asociación Sindical de Profesores Universitarios de la Escuela Tecnológica Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central ASPU-ETITC, presentó demanda de nulidad simple en contra de los actos administrativos anteriormente citados, la cual fue admitida el 11 xx xxxxx de 2019 y se encuentra en trámite para fallo por parte del Consejo de Estado.
Que, con el fin de preservar la integridad del Concurso Público de Méritos para proveer Cargos Docentes de Planta de los Programas de Educación Superior y en el marco de la prevención del daño antijurídico, la ETITC elevó solicitudes de concepto a la Comisión Nacional del Servicio Público bajo radicado 20203200909912 de 02 de septiembre de 2020, al Departamento Administrativo de la Función Pública con radicación física del 3 de septiembre de 2020 y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado bajo radicado 20225000071841-DDJ, con el fin de conocer los posibles riesgos de adelantar concurso sobre dichas vacantes.
Que, en concepto jurídico con radicado número 20225000071841-DDJ emitido por la Asesora del Grupo laboral, seguridad social, educación y cultura de la Dirección de Defensa Jurídica Nacional, de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, ANDJE, se indicó que:
No obstante lo anterior, como lo señala la ETITC en su consulta, el riesgo que existe al proceder de esta manera es que si eventualmente en el proceso de nulidad simple se declara la nulidad de las invitaciones y de los cambios de dedicación y se ordena realizar el respectivo concurso
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
de méritos para las vacantes de cargos de dedicación de tiempo completo, los cargos de medio tiempo tendrían que ser ocupados nuevamente por los docentes que en la actualidad se encuentran como de dedicación de tiempo completo, lo que derivaría en que, al estarse adelantando -o habiéndose adelantado- el concurso de méritos para proveer esos mismos cargos, se produciría una situación sumamente problemática, sobre la cual, se configura un vacío jurídico.
Así, se generarían derechos para quienes eventualmente resultaren ganadores en el proceso de selección, de acuerdo con lo que ha establecido la jurisprudencia; de hecho, en la sentencia T- 604-13 se resaltó que en este caso no se "cuenta con una simple expectativa de ser nombrado sino que en realidad es titular de un derecho adquirido" para lo cual cita lo dispuesto por la misma Corporación en sentencia T-455 de 2000:
(…)
En consecuencia, una vez que se han publicado los resultados, es perentorio que la entidad que ha convocado al concurso entre a proveer el cargo respectivo, designando para el efecto a quien ocupó el primer lugar y, por sus méritos, se ha hecho acreedor de ocuparlo"
Adicionalmente, yendo más allá, probablemente se podrían generar daños a todos aquellos que participen, teniendo en cuenta que la convocatoria es la norma reguladora de todo concurso y obliga tanto a la administración, como a las entidades contratadas para la realización del concurso y a los participantes. Ello incluye también la posibilidad de que, de rebote, se vea eventualmente comprometida la responsabilidad fiscal de quienes tomen la decisión de utilizar recursos para un concurso de méritos a sabiendas de que existe la contingencia de un fallo judicial adverso.
Así las cosas, se puede llegar a configurar un escenario en el cual los cargos de medio tiempo ya estarían ocupados por docentes -que vale la pena que se resalte- son también xx xxxxxxx administrativa-, pero además habría unos elegibles para esos mismos cargos producto del concurso de méritos referido, situación que sin duda alguna obligaría a la ETITC a reparar los perjuicios causados a todos los afectados.
De acuerdo con lo señalado, esta Agencia respetuosamente sugiere que la ETITC considere la posibilidad de que, mientras se adelantan los estudios sobre la viabilidad del adelantamiento del concurso, los cuales incluyen la evaluación de los riesgos, provea transitoriamente estos empleos de medio tiempo mediante nombramientos de profesores ocasionales, los cuales, de acuerdo con el Estatuto de Profesores, "son de tiempo completo o medio tiempo vinculados transitoriamente por Resolución Rectoral por un período inferior a un año académico para desarrollar actividades académicas". La selección de estos profesores se realiza, conforme con el artículo 33 del Estatuto, según el procedimiento que establezca la Vicerrectoría Académica. Igualmente, sería conveniente elevar una consulta ante la Comisión Nacional del Servicio Civil en la que se pregunte por la viabilidad de esta solución temporal.
(Énfasis fuera del texto)
Que, el Consejo Directivo mediante el Acuerdo 010 de 2021 modificado por el Acuerdo 014 de 2021, reglamentó el Concurso Público de Méritos para proveer 24 Cargos Docentes de Planta de los Programas de Educación Superior de la Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central, sin embargo, el mismo fue declarado vacante atendiendo a que ninguno de los aspirantes cumplió con los requisitos mínimos establecidos.
Que, el área xx Xxxxxxx Humano certificó mediante oficio expedido con fecha 13 xx xxxxx de 2023 la existencia de ocho (8) cargos vacantes de dedicación tiempo completo y cincuenta uno (51) cargos vacantes de dedicación medio tiempo, en la planta docente de los Programas de Educación Superior de la ETITC.
Que, si bien existen otros empleos vacantes en la planta docente de medio tiempo, conforme a la certificación realizada por parte del área xx Xxxxxxx Humano, los mismos se encuentran demandados en medio de control de nulidad simple por parte de ASPU seccional ETITC mediante radicado 11001032500020160076100 ante el Consejo de Estado razón por la cual, de conformidad con el concepto emitido por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, solo se someterán a concurso ocho (8) plazas de docentes tiempo completo y veintiuno (21) plazas de medio tiempo.
Que, en atención a lo anterior el Vicerrector Académico y los Decanos de cada Facultad en cumplimiento de sus funciones relacionadas con la selección del personal docente, estudiaron y definieron los perfiles requeridos para cubrir ocho (8) plazas de docentes
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
tiempo completo y veintiuno (21) plazas de medio tiempo que se requieren en la academia, disponibles en la planta docente para la vigencia 2023.
Que, en reunión del Comité de Desarrollo Profesoral xx xxxxx 9 de 2023 el Vicerrector Académico, quien lo preside, presentó los Perfiles Docentes requeridos para proveer 29 Cargos Docentes vacantes de la Planta de los Programas de Educación Superior de la ETITC y los aspectos del proyecto de Reglamentación del Concurso Docente 2023, recibiéndose las recomendaciones a lugar, de conformidad con lo establecido en el literal “c”, artículo 52 del Acuerdo 09 de 2015 (Estatuto de Profesores)
Que, el Consejo Académico, en uso de su competencia estatutaria consagrada en el literal “f” del artículo 28 del Estatuto General - Acuerdo 05 de 2013, en sesión ordinaria del 13 xx xxxxx de 2023, discutió y aprobó las necesidades de perfiles de los cargos, la distribución y los criterios de evaluación, así como los demás elementos que comprenda la propuesta de reglamentación del Concurso Público de Méritos.
Que, de conformidad con el procedimiento DIE-PC-08 Gestión de Proyectos Normativos, el proyecto del actual Acuerdo fue publicado en el link de Transparencia y Acceso a la Información Pública xxxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xx/xxxx/xxxxxxxxxxxxx&xxxxxxxxxxxxx, desde el 15 xx xxxxx hasta el 20 xx xxxxx de 2023 con el fin de recoger las observaciones y comentarios que sobre el mismo pudiera tener la ciudadanía.
Que, en sesión del Consejo Directivo xx xxxxx 21 de 2023 se presentó y aprobó el Reglamento para el Concurso Público de Méritos para proveer 29 Cargos Docentes de Planta de los Programas de Educación Superior de la Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central.
Que, la presente reglamentación tiene por finalidad establecer las condiciones y fundamentos a los cuales debe sujetarse el concurso público de méritos 2023 para proveer cargos docentes de planta de los programas de educación superior de la ETITC, con base en los principios consagrados en la Constitución Política y demás disposiciones normativas aplicables para la carrera docente.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1º.- Expedir el Reglamento para el Concurso Público de Méritos para proveer 29 Cargos Docentes (ocho plazas de docentes tiempo completo y veintiuno plazas de medio tiempo) de Planta de los Programas de Educación Superior de la Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central (ETITC)
PARÁGRAFO. - En adelante la Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central se denominará como “ETITC”, Institución o Escuela.
ARTÍCULO 2º.- Abrir la convocatoria pública para proveer ocho (8) cargos xx Xxxxxxx Docente de Tiempo Completo y veintiuno (21) cargos xx Xxxxxxx Docente de Medio Tiempo para los programas de educación superior, con los perfiles indicados en el Anexo Único el cual hace parte integral del presente Acuerdo.
PARÁGRAFO 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 09 de 2015, Estatuto de Profesores, para ser nombrado profesor de la ETITC se requiere como mínimo poseer título profesional universitario.
PARÁGRAFO 2. Pueden participar en el Concurso todos los profesionales de las formaciones profesionales definidas en los perfiles de los cargos convocados, que cumplan con los requisitos reglamentados en el presente Acuerdo, excepto:
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
- Quienes se encuentren en situaciones de inhabilidad o incompatibilidad para ser nombrados, tomar posesión y ejercer cargos públicos conforme a la Constitución y la Ley.
- Personas pensionadas, sean estas nacionales o extranjeras.
PARÁGRAFO 3. Conforme a lo previsto en la legislación y reglamentación vigente, el concurso se implementará y desarrollará a través de un tercero acreditado para tal fin y que demuestre competencia técnica. En este caso la administración definirá el perfil técnico y de experiencia necesarios para su contratación.
ARTÍCULO 3º.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN. El tercero acreditado realizará la valoración de las hojas de vida y las pruebas de competencias, escrita y oral (la cual incluye la entrevista), estas deben quedar expresadas en números enteros, así:
- Hoja de vida: total puntos
- Prueba de competencias:
- Escrita: total puntos
- Oral: total puntos
PARÁGRAFO. La valoración de la hoja de vida en lo concerniente a títulos de postgrado, la productividad académica y la experiencia docente, investigativa y profesional no docente y el segundo idioma, así como las pruebas de competencias (comprendidas la escrita y la oral), no tienen carácter clasificatorio o excluyente durante los diferentes momentos o etapas del concurso; y otorgarán el puntaje que corresponda según las escalas de evaluación y/o valoración dispuestas en los artículos 9º y 10º del presente Acuerdo.
ARTÍCULO 4º.- FUNCIONES DE LOS PROFESORES XX XXXXXXX DOCENTE. Los
aspirantes a esta convocatoria de Concurso Público de Méritos, en caso de ser elegidos ganadores, deberán desempeñar las funciones dispuestas de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 30 del Estatuto Profesores vigente, Acuerdo 09 de 2015, y su tiempo de dedicación se distribuirá en actividades de docencia, investigación, proyección social y/o gestión administrativa, según lo determine la Institución, por lo cual los candidatos elegidos deberán tener disponibilidad académica y horaria para atenderlas.
ARTÍCULO 5º.- PERFILES DE LOS CARGOS. Los requisitos académicos y profesionales para cada uno de los cargos convocados, de acuerdo con las áreas académicas de desempeño, son los establecidos en el “Anexo Único de Perfiles de Cargos” el cual hace parte integral de este Acuerdo.
PARÁGRAFO 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 09 de 2015, Estatuto de Profesores, para participar en el concurso se requiere como mínimo poseer el título profesional universitario definido en el perfil del cargo.
PARÁGRAFO 2. Los títulos de postgrado, la productividad académica y la experiencia docente, investigativa y profesional no docente y el segundo idioma, otorgarán puntaje según la “escala de evaluación” establecida en el artículo 9º del presente Acuerdo.
PARÁGRAFO 3. Cada aspirante podrá presentarse máximo a tres (3) de los perfiles de cargos descritos en el Anexo 1 del presente Acuerdo, siempre y cuando esté ajustado al perfil del cargo. De conformidad con el Acuerdo 03 de 2020 del Consejo Académico, por el cual se crean y reglamentan las áreas académicas de los programas de educación superior de la ETITC, existen las siguientes áreas académicas:
1. Ciencias Socio - Humanísticas
2. Comunicación y Lenguas.
3. Transformación y Eficiencia Energética
4. Administración y Finanzas
5. Investigación e Innovación
6. Ciencias Básicas
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
7. Mecánica y Diseño
8. Procesos de Manufactura y Producción
9. Informática y Computación
10. Automatización y Control
Mediante el presente Acuerdo se están convocando perfiles de cargos para las siguientes áreas académicas de desempeño, descritos en el Anexo 1.:
AREA ACADEMICA DE DESEMPEÑO | DEDICACIÓN TIEMPO COMPLETO- PTC | DEDICACIÓN MEDIOTIEMPO - PMT | TOTAL CARGOS |
Área Académica de Informática y Computación - AIyC | 2 | 3 | 5 |
Área Académica de Transformación y Eficiencia Energética - ATyE | 1 | 3 | 4 |
Área Académica de Automatización y Control - AAyC | 3 | 3 | 6 |
Área Académica de Mecánica y Diseño - AMyD | 0 | 5 | 5 |
Área Académica de Procesos de Manufactura y Producción - APMyP | 1 | 6 | 7 |
Área Académica de Administración y Finanzas - AAyF | 1 | 0 | 1 |
Área Académica de Ciencias Básicas - ACB. | 0 | 1 | 1 |
TOTAL | 8 | 21 | 29 |
PARÁGRAFO 4. Se entiende por experiencia los conocimientos, las habilidades y las destrezas adquiridos o desarrollados mediante el ejercicio de una profesión, ocupación, arte u oficio. La experiencia se clasifica en docente, o investigativa o profesional no docente. En el contexto del presente Acuerdo, se entenderá como:
- Experiencia Docente. Es la adquirida a partir de la obtención del título profesional universitario, en el ejercicio de las actividades de divulgación del conocimiento obtenida en instituciones educativas de educación superior debidamente reconocidas.
- Experiencia Investigativa. Es la adquirida a partir de la obtención del título profesional universitario, en actividades propias de la investigación.
- Experiencia Profesional no docente. Es la adquirida a partir de la obtención del título profesional universitario, en el ejercicio de las actividades propias de la profesión o disciplina, se contemplan cargos académico-administrativos.
PARÁGRAFO 5. La no presentación de la tarjeta profesional, no constituye causal de retiro del concurso. No obstante, para poder ser nombrado en el cargo se requiere su presentación si este lo requiere.
ARTÍCULO 6º.- INSCRIPCIÓN, DOCUMENTACIÓN REQUERIDA Y ENVÍO. Para
participar en la convocatoria, el aspirante debe inscribirse y adjuntar la documentación en el sitio web del concurso, dispuesto por el tercero acreditado, conforme al cronograma que será publicado por éste.
El aspirante deberá cumplir los requisitos y orientaciones establecidas en el Documento “Guía para la Orientación al Aspirante” disponible en el sitio web del concurso.
Una vez diligenciados los datos personales y el cargue de la documentación requerida, el aspirante deberá aceptar los términos y condiciones de la convocatoria.
PARÁGRAFO 1. En caso de haber obtenido los títulos de pregrado o posgrado en el exterior, deberán estar debidamente convalidados por parte del Ministerio de Educación Nacional, para lo cual se debe anexar la resolución de convalidación. El no cumplimiento de este requisito constituye causal de rechazo del título que requiera dicha convalidación.
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
PARÁGRAFO 2. Los aspirantes que incluyan títulos o certificaciones de experiencia docente, investigativa o profesional no docente en un idioma distinto al español, deberán adjuntar el certificado en el idioma original y la traducción oficial al español. Si no se incluye la traducción oficial, los títulos o certificaciones no serán tenidos en cuenta.
PARÁGRAFO 3. Los aspirantes que hayan estado vinculados a grupos de investigación en los que no medie un contrato, podrán adjuntar una constancia del líder de investigación del grupo en la que figure la información solicitada de acuerdo con los criterios de la certificación de experiencia en investigación junto con el CVLAC de MINCIENCIAS.
PARÁGRAFO 4. La acreditación de la experiencia profesional no docente, derivada del ejercicio de profesiones liberales o independientes que tenga relación con el perfil de interés del aspirante, se podrá validar a partir de la presentación de la declaración notariada de un documento que incluya como mínimo:
-Tiempo de servicio y cargo
- Relación de las actividades desarrolladas
Las certificaciones acreditadas en este parágrafo en caso de no contar con la información requerida no serán tenidas en cuenta.
PARÁGRAFO 5. Los aspirantes extranjeros, cuya lengua materna no sea el español, deben presentar una certificación de suficiencia del idioma español, la cual será verificada por el tercero acreditado.
ARTÍCULO 7º.- VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE LA INSCRIPCIÓN. Cerrado el
proceso de inscripción, el tercero acreditado verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en el presente Acuerdo y del cargue completo de la documentación. Cumplido lo anterior el tercero acreditado certificará el cumplimiento de los requisitos, consolidando la lista de admitidos y no admitidos, para su posterior publicación en el sitio web del concurso en las fechas establecidas en el cronograma publicado por el tercero acreditado.
Los aspirantes que acrediten cumplir con los requisitos establecidos serán admitidos al proceso de concurso público de méritos y quienes no, serán no admitidos y no podrán continuar en el mismo.
ARTÍCULO 8º.- RECLAMACIONES POR LISTA DE ADMITIDOS. Los aspirantes que
no se encuentren en el listado de admitidos publicado, podrán presentar sus reclamaciones frente al tercero acreditado, dentro de los términos que se establezcan en el cronograma del concurso, a través del canal dispuesto para tal fin.
Una vez resueltas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva de admitidos y no admitidos, en el sitio web del concurso.
ARTÍCULO 9º.- REVISIÓN Y VALORACIÓN DE HOJAS DE VIDA. Las hojas de vida
de los aspirantes admitidos serán calificadas por el tercero acreditado, otorgando puntaje según la “escala de evaluación” aquí establecida. En la valoración se tendrán en cuenta los títulos de postgrado, la experiencia certificada (docente, o investigativa o profesional no docente), o la productividad académica, o el segundo idioma (cuando se haya aportado la certificación y ésta cumpla con los requisitos establecidos en la “Guía de Orientación al Aspirante para la Prueba de Valoración de Hoja de Vida”).
PARÁGRAFO 1. A efectos de juzgar la afinidad o no de los “ítems a evaluar” con una determinada área académica de desempeño, se deberá tener en cuenta lo preceptuado en el artículo 6º del Acuerdo 03 de 2020 del Consejo Académico, por el cual se crean y reglamentan las áreas académicas de los programas de educación superior de la ETITC, en el cual se delimita el alcance de las áreas académicas.
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
PARÁGRAFO 2. Únicamente la experiencia calificada que se haya desarrollado a través de contratos de prestación de servicios, consultorías y asesorías, que no pueda certificar su dedicación en los términos señalados en el presente Acuerdo, será tenida en cuenta reconociéndole una dedicación de medio tiempo.
Cuando la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente haya sido en el mismo período en una o varias instituciones, el tiempo de experiencia se contabilizará por una sola vez.
Cuando en ejercicio de su profesión haya asesorado en el mismo período a una o varias instituciones, el tiempo de experiencia se contabilizará por una sola vez.
La valoración de hojas de vida de los aspirantes admitidos será calificada por el tercero acreditado y expresada en números enteros, atendiendo la siguiente “escala de evaluación”:
FACTOR E ÍTEM A EVALUAR | CRITERIO VALORATIVO | PUNTAJE ASIGNADO AL CRITERIO | ||||||||
FACTOR I. TÍTULOS | ||||||||||
Pregrado | - | - | ||||||||
Especialización afín o relacionada con desempeño o con alguna de sus temáticas | el | área | académica | de | Por cada acreditado | título | 100 | |||
Especialización no afín con el área académica de desempeño | Por cada acreditado | título | 20 | |||||||
Maestría afín o relacionada con el área académica de desempeño o con alguna de sus temáticas | Por cada acreditado | título | 200 | |||||||
Maestría no afín con el área académica de desempeño | Por cada acreditado | título | 40 | |||||||
Doctorado afín o relacionado con el área académica de desempeño o con alguna de sus temáticas | Por cada acreditado | título | 300 | |||||||
Doctorado no afín con el área académica de desempeño | Por cada acreditado | título | 150 | |||||||
FACTOR II. EXPERIENCIA DOCENTE | ||||||||||
Docencia en Educación Superior en el área académica de desempeño o en alguna de sus temáticas | Por cada periodo académico acreditado y 5 puntos adicionales si esta se acredita en programas por ciclos Propedéuticos; y para ambos casos sólo se considera como máximo 5 años | 30 o 35 según el caso | ||||||||
Docencia en Educación no afín con el área académica de desempeño | Por cada periodo académico acreditado y sólo se considera como máximo 5 años | 12 | ||||||||
FACTOR III. EXPERIENCIA PROFESIONAL NO DOCENTE | ||||||||||
Ejercicio Profesional diferente a la docencia en el área académica de desempeño o en alguna de sus temáticas | Por cada 12 meses acreditados y sólo se considera como máximo 5 años | 30 | ||||||||
Ejercicio Profesional diferente a la docencia no afín con el área académica de desempeño | Por cada 12 meses acreditados y sólo se considera como máximo 5 años | 6 | ||||||||
FACTOR IV. EXPERIENCIA INVESTIGATIVA Y PRODUCTIVIDAD ACADÉMICA | ||||||||||
Productos de Generación de nuevo conocimiento | Sólo se consideran los de los últimos 5 años | 10 por producto | ||||||||
Productos resultados de actividades de investigación, desarrollo e innovación | Sólo se consideran los de los últimos 5 años | 10 por producto | ||||||||
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
Productos de apropiación social del conocimiento | Sólo se consideran los de los últimos 5 años | 5 por producto | |
Productos de formación del recurso humano | Sólo se consideran los de los últimos 5 años | 5 por producto | |
FACTOR V. SEGUNDO IDIOMA | |||
Certificación del nivel A1 | Certificación nivel A1 | del | 10 |
Certificación del nivel A2 | Certificación nivel A2 | del | 20 |
Certificación del nivel B1 | Certificación nivel B1 | del | 30 |
Certificación del nivel B2 | Certificación nivel B2 | del | 40 |
Certificación del nivel C1 | Certificación nivel C1 | del | 60 |
Certificación del nivel C2 | Certificación nivel C2 | del | 80 |
ARTÍCULO 10º.- VALORACIÓN PRUEBA DE COMPETENCIAS. Valoración de
prueba de Competencias está compuesta por el Componente Escrito y el Componente Oral.
- Componente Escrito. Esta prueba consiste en la presentación de un ensayo inédito de autoría individual y propia del aspirante escrito en español o en inglés, con extensión máxima de 15.000 caracteres contados sin espacios, que muestre el aporte que el aspirante propone efectuar en las tres actividades misionales de la ETITC docencia, investigación y extensión; enmarcado en el área de desempeño.
Este componente de la prueba de competencias, se calificará sobre un total máximo de cien (100) puntos (expresados en números enteros), asignados por el tercero acreditado, con base en los criterios y puntajes siguientes:
COMPONENTE ESCRITO | |
CRITERIOS | PUNTUACIÓN MÁXIMA |
1. Estructura, claridad y calidad de la redacción | 20 |
2. ¿Cómo propone efectuar su aporte en las tres actividades misionales de la ETITC docencia, investigación y extensión; enmarcado en el área de desempeño? | 20 |
3. Señala ¿cuáles son los conflictos éticos que se enfrentan en el área de desempeño? | 10 |
4. ¿Qué alianzas desarrollaría para llevar a cabo su aporte en las tres actividades misionales de la ETITC? | 15 |
5. Estructura de la propuesta para el desarrollo de una clase | 20 |
6. Establece la pertinencia de su campo en el contexto regional, nacional e internacional, y su contribución potencial a la preservación de la diversidad cultural y productiva de la región | 15 |
Puntaje total Componente Escrito | 100 |
- Componente Oral. Está compuesto por dos momentos, el primero por una exposición oral a modo de clase sobre uno de los temas elegidos por el aspirante y correspondiente al área académica de desempeño del perfil. Los temas estarán definidos en la “Guía de Orientación al Aspirante para la Prueba de Competencias Escrita y Oral”.
Un segundo momento que corresponde a una entrevista sobre la propuesta presentada en el ensayo escrito.
Este componente de la prueba de competencias se calificará sobre un total máximo de cien (100) puntos (expresados en números enteros), asignados por el tercero acreditado, atendiendo los criterios y puntajes siguientes:
COMPONENTE ORAL
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
CRITERIOS | PUNTUACIÓN MÁXIMA |
1. Organización, coherencia expositiva y manejo del tiempo | 20 |
2. Lenguaje corporal | 15 |
3. Ayudas audiovisuales | 15 |
4. Innovación y creatividad | 20 |
5. Dominio del tema | 30 |
Puntaje total Componente Oral | 100 |
PARÁGRAFO 1. Los procedimientos y metodología para la presentación de las pruebas de competencia en sus componentes escrito y oral, estarán contenidos en la “Guía de Orientación al Aspirante para la Prueba de Competencias Escrita y Oral”.
PARÁGRAFO 2. El tercero acreditado deberá contar con un equipo técnico de expertos en evaluación y en las áreas académicas de desempeño y perfiles de los cargos, responsables de diseñar, aplicar y calificar la prueba de competencias. Adicionalmente, aportará los espacios y condiciones logísticas necesarias para la aplicación de las pruebas.
PARÁGRAFO 3. El tercero acreditado entregará a la ETITC el documento y todos sus soportes de calificación de la prueba de competencias y entrevistas.
ARTÍCULO 11°. - FACTORES DE DESEMPATE. En caso de presentarse empates entre los elegibles de un perfil dado, el tercero acreditado los resolverá teniendo en cuenta los siguientes factores en su orden:
1. Mayor puntaje en la valoración de la Hoja de Vida.
2. Mayor puntaje en la Prueba de Competencias.
3. Mayor experiencia docente
4. Mayor productividad académica o mayor experiencia profesional no docente en los dos (2) últimos años.
De los empates que se puedan presentar, el tercero acreditado dejará constancia en acta, para efectos del acto administrativo a expedirse por parte de la ETITC de ganadores, elegibles y cargos desiertos.
ARTÍCULO 12º.- PUBLICACIÓN DE RESULTADOS DE LA VALORACIÓN DE HOJAS DE VIDA Y PRUEBA DE COMPETENCIAS, Y RECLAMACIONES. El
resultado de las valoraciones de las hojas de vida y la prueba de competencias (componentes escrito y oral), se publicará en el sitio web del Concurso, en la fecha establecida en el cronograma publicado en el mismo sitio.
La lista de ganadores y elegibles estará conformada por aquellos aspirantes cuyo puntaje total fue el más alto, en estricto orden descendente de mayor a menor puntaje total obtenido, en cada perfil convocado.
Los aspirantes admitidos, podrán presentar reclamaciones en el canal dispuesto por el tercero acreditado, sobre la valoración de hojas de vida y prueba de competencias, dentro de los términos que se establezcan en el cronograma del concurso.
Una vez resueltas las reclamaciones, se publicará el listado definitivo de resultados de valoración de hojas de vida y prueba de competencias.
ARTÍCULO 13º.- EXPEDICIÓN DE RESOLUCIÓN DE GANADORES, ELEGIBLES Y
CARGOS DESIERTOS, Y RECURSOS. La ETITC expedirá la resolución de ganadores, elegibles y cargos desiertos. Su publicación se hará en el canal dispuesto por el tercero acreditado.
PARÁGRAFO 1. En el evento en que no se disponga de elegibles en una o más convocatorias, se acudirá a conformarla con elegibles de las otras listas de perfiles de
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
la misma área académica de desempeño, si agotado este aún no se dispone de elegible, la convocatoria al cargo se declarará desierta.
PARÁGRAFO 2. Contra la resolución que lista a los ganadores, elegibles y cargos desiertos del Concurso Docente ETITC 2023, solo procede el recurso de reposición, el cual deberá ser interpuesto ante el Rector a través del canal dispuesto por el tercero acreditado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución de ganadores, elegibles y cargos desiertos, en el cual deberá señalarse de manera concreta los motivos de inconformidad del recurrente, so pena del rechazo del recurso. Los recursos de reposición serán resueltos de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 14º.- PUBLICACIÓN RESOLUCIONES DEFINITIVAS DE GANADORES,
ELEGIBLES Y CARGOS DESIERTOS. Una vez resueltos los recursos interpuestos o no habiéndose interpuesto recurso alguno, la ETITC expedirá la resolución definitiva de ganadores, elegibles y cargos desiertos y será publicada en el canal dispuesto por el tercero acreditado. Contra esta resolución no procede recurso alguno.
ARTÍCULO 15º.- NOMBRAMIENTO Y ASIGNACIÓN DE ESCALAFÓN EN PERÍODO
DE PRUEBA De conformidad con la normatividad vigente, la ETITC notificará a cada uno de los ganadores el acto administrativo de nombramiento en período de prueba, indicando que cuentan con diez (10) días hábiles para manifestar su aceptación o rechazo.
Aceptado el nombramiento, la persona designada deberá tomar posesión del empleo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Este término podrá prorrogarse, por escrito, hasta por noventa (90) días hábiles más, si el designado no residiere en el lugar de ubicación del empleo, o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora.
Si la persona designada no acepta el nombramiento o no se posesiona dentro de los términos establecidos anteriormente, el Rector designará en su lugar, en estricto orden descendente, al elegible que en la lista correspondiente haya obtenido el siguiente mejor puntaje total. En el evento en que no se disponga de elegibles o ninguno de ellos acepte, se acudirá a elegir de las otras listas de perfiles de la misma área académica de desempeño, si agotado este aún no se dispone de elegible, el cargo se declarará vacante.
PARÁGRAFO 1. La Carrera docente se inicia una vez realizado el nombramiento en propiedad, como resultado del proceso de selección por méritos, de conformidad con lo establecido en el Estatuto de profesores de la ETITC y una vez quede en firme el acto administrativo que así lo determine, conforme al presente Acuerdo.
PARÁGRAFO 2. Quien haya sido seleccionado en virtud de este concurso, será nombrado en período de prueba por el término de un (1) año. La evaluación del período de prueba es el resultado de la ponderación de los aspectos de desempeño y las funciones de los profesores que han sido nombrados en período de prueba, en los términos previstos en el artículo 29 del Estatuto de Profesores de la ETITC.
PARÁGRAFO 3. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de profesores de la ETITC, los profesores que ingresan por primera vez a la institución serán clasificados en la categoría que le corresponde de acuerdo con sus estudios y experiencia y podrán asimilarse hasta la categoría de asociado.
ARTÍCULO 16º.- VIGENCIA DE LA LISTA DE ELEGIBLES. La lista de elegibles tendrá una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de ejecutoria de la Resolución definitiva de ganadores, elegibles y cargos desiertos, y podrá ser utilizada en estricto orden descendente de mayor a menor puntaje total obtenido para proveer cargos cuyos ganadores no acepten el nombramiento o no se posesionen, o para cubrir las vacantes que se identifiquen con la misma dedicación y la misma área académica de desempeño, de acuerdo con las necesidades y los requerimientos de la ETITC.
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
ARTÍCULO 17º.- COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Todas las
comunicaciones y las notificaciones se realizarán de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y se enviarán al correo electrónico registrado por el aspirante en la inscripción y a través del sitio web del concurso.
ARTÍCULO 18º.- ARCHIVO DE DOCUMENTOS. La Coordinación del Grupo de Gestión xx Xxxxxxx Humano de la ETITC será la encargada de la administración y custodia del archivo de documentos del concurso.
ARTÍCULO 19º.- CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE LAS NORMAS DEL
CONCURSO. Se entiende que todos los participantes involucrados en el Concurso Docente ETITC 2023 conocen y aceptan las condiciones y lo estipulado en el presente Acuerdo, en el Acuerdo 09 del 23 de julio de 2015, Estatuto Profesores de la ETITC, en la Guía de Orientación al Aspirante, en la Guía de Orientación al Aspirante para la Prueba de Valoración de Hoja de Vida; en la Guía de Orientación al Aspirante para la Prueba de Competencias Escrita y Oral, y demás instructivos que hagan parte de la reglamentación del concurso docente.
ARTÍCULO 20º.- CRONOGRAMA. El tercero acreditado establecerá el cronograma para la realización del concurso público de mérito de docentes de la ETITC 2023, y lo publicará en el sitio web del concurso.
PARÁGRAFO. Este Cronograma podrá modificarse por el tercero acreditado previo aval de parte del supervisor del contrato, lo cual será comunicado a los aspirantes mediante publicación en el sitio web del Concurso.
ARTÍCULO 21°. - VEEDURÍA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. De conformidad con
lo establecido en el Estatuto de Profesores de la ETITC, es función del comité de Desarrollo Profesoral hacer veeduría al proceso del concurso público de méritos y formular observaciones al rector cuando lo estime conveniente. Sin perjuicio de lo anterior, y para efectos de garantizar el control social, cualquier ciudadano podrá ejercer veeduría al presente concurso.
ARTÍCULO 22°. - El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes xx xxxxx de 2023. La Presidenta del Consejo Directivo,
XXXXXXX XXXXX XXXXXXX
EL Secretario del Consejo Directivo,
XXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX
Proyectó y revisó: Consejo Académico Revisó y Aprobó: Consejo Directivo.
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
ANEXO ÚNICO
Acuerdo 012 del 21 xx Xxxxx de 2023 Consejo Directivo
Perfiles Concurso Docente 2023 para 29 Cargos:
8 de Tiempo Completo (PTC) y 21 de Medio Tiempo (PMT)
1. Área Académica de Informática y Computación - AIyC. Cinco (5) Cargos convocados: 2 de Tiempo Completo (PTC) y 3 de Medio Tiempo (PMT).
Perfil de Convocatoria: PTC - AIyC - 001 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Tiempo Completo: Los profesores de tiempo completo dedicarán a la ETITC cuarenta (40) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las veinte (20) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Informática y Computación - AIyC. En las temáticas: Programación avanzada en Java, Optimización Algorítmica, Optimización en Grafos, Geometría Computacional, Algoritmos Probabilísticos, Programación Avanzada y Dinámica. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero de Sistemas, o Ingeniero Telemático, o Matemático, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Perfil de Convocatoria: PTC - AIyC - 002 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Tiempo Completo: Los profesores de tiempo completo dedicarán a la ETITC cuarenta (40) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las veinte (20) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Informática y Computación - AIyC. En las temáticas: Redes y telemática, IPv6, seguridad informática, sistemas operativos, computación en la nube, virtualización, bases de datos, estructuras de datos, programación en java. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero de Sistemas, Ingeniero Telemático, o Ingeniero de Sistemas y Telecomunicaciones, o afines. |
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Perfil de Convocatoria: PMT - AIyC - 003 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Informática y Computación - AIyC. En las temáticas: Desarrollo de Dispositivos Móviles y Aplicaciones Híbridas, Dominio de Frontend-Backend, Metodologías Ágiles, Aplicaciones Híbridas y Apps, Implementación de Frameworks de Última Generación. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero de Sistemas, o Ingeniero Telemático, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Perfil de Convocatoria: PMT - AIyC - 004 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Informática y Computación- AIyC. En las temáticas: Seguridad Informática, Pruebas de Penetración, Hacking Ético, Aseguramiento de la Información, Gestión de Incidentes y Centros de Respuesta a Incidentes, Informática Forense. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero de Sistemas, o Ingeniero Telemático, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Perfil de Convocatoria: PMT - AIyC - 005 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Informática y Computación - AIyC. En las temáticas: Procesamiento de Lenguaje Natural, Big Data, Machine Learning e Inteligencia Artificial. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero de Sistemas, o Ingeniero Telemático, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
2. Área Académica de Transformación y Eficiencia Energética - ATyE. Cuatro (4) Cargos convocados: 1 de Tiempo Completo (PTC) y 3 de Medio Tiempo (PMT).
Perfil de Convocatoria: PTC - ATyE - 006 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Tiempo Completo: Los profesores de tiempo completo dedicarán a la ETITC cuarenta (40) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las veinte (20) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Transformación y Eficiencia Energética - ATyE. En las temáticas: Circuitos Eléctricos, Instalaciones Eléctricas, Reglamentos Técnicos del Sector Eléctrico, Redes de Distribución aéreas y subterráneas, Protección de redes, Subestaciones Eléctricas de Distribución y Calidad de Energía. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Electricista, o Ingeniero Eléctrico, o Ingeniero Electromecánico, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Perfil de Convocatoria: PMT - ATyE - 007 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Dos (2) |
Área académica de desempeño: | Área de Transformación y Eficiencia Energética - ATyE. En las temáticas: Maquinas Eléctricas, Automatismos Eléctricos, Electrotecnia, Instalaciones Eléctricas, Mediciones Eléctricas, Mantenimiento Eléctrico, Normatividad Eléctrica. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Electricista o Ingeniero Eléctrico, o Ingeniero Electromecánico, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Perfil de Convocatoria: PMT - ATyE - 008 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Transformación y Eficiencia Energética- ATyE. En las temáticas: Reglamentos Técnicos del Sector Eléctrico, Redes de Distribución, Subestaciones Eléctricas de Distribución, Calidad de Energía, Fuentes Renovables de Energía. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Electricista, o Ingeniero Eléctrico, o Ingeniero Electromecánico, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
3. Área Académica de Automatización y Control - AAyC. Seis (6) Cargos convocados: 3 de Tiempo Completo (PTC) y 3 de Medio Tiempo (PMT).
Perfil de Convocatoria: PTC - AAyC - 009 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Tiempo Completo: Los profesores de tiempo completo dedicarán a la ETITC cuarenta (40) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las veinte (20) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Automatización y Control - AAyC. En las temáticas: Circuitos y Sistemas Electrónicos, Electrónica (Análoga, Digital, de Potencia), Microcontroladores, Programación. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Electrónico, o Ingeniero Mecatrónico, o Ingeniero en Automatización, o Ingeniero en Telecomunicaciones, o Ingeniero de Control, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Perfil de Convocatoria: PTC - AAyC - 010 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Tiempo Completo: Los profesores de tiempo completo dedicarán a la ETITC cuarenta (40) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las veinte (20) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Dos (2) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Automatización y Control - AAyC. En las temáticas: Automatización, Programación de PLC, Sistemas de Control, Robótica, Automatismos, Sistemas Embebidos, Control de Motores Eléctricos. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Electrónico, o Ingeniero Mecatrónico, o Ingeniero en Automatización, o Ingeniero en Telecomunicaciones, o Ingeniero de Control, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Perfil de Convocatoria: PMT - AAyC - 011 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Automatización y Control - AAyC. En las temáticas: Circuitos y Sistemas Electrónicos, Electrónica (Análoga, Digital, de Potencia), Microcontroladores, Programación. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Electrónico, o Ingeniero Mecatrónico, o Ingeniero en Automatización, o Ingeniero en Telecomunicaciones, o Ingeniero de Control, o afines |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Perfil de Convocatoria: PMT - AAyC - 012 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Dos (2) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Automatización y Control - AAyC. En las temáticas: Instrumentación Industrial, Control Industrial, Metrología, Informática para Instrumentación. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Mecánico, o Ingeniero Mecatrónico, o Ingeniero Electromecánico, o Ingeniero en Automatización, o Ingeniero de Control, o Ingeniero Electrónico, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
4. Área Académica de Mecánica y Diseño - AMyD. Cinco (5) Cargos convocados: 5 de Medio Tiempo (PMT).
Perfil de Convocatoria: PMT - AMyD - 013 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Mecánica y Diseño - AMyD. En las temáticas: Estática, Dinámica, Resistencia de Materiales, Materiales. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Mecánico, Ingeniero de Diseño de Máquinas, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Perfil de Convocatoria: PMT - AMyD - 014 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Mecánica y Diseño - AMyD. En las temáticas: Dibujo y Modelado Digital (CAD-CAM) para la industria metalmecánica, Taller CAD, Dibujo/Diseño 3D, Fabricación Digital, Corte Laser. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Mecánico, o Ingeniero de Diseño de Máquinas o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
Perfil de Convocatoria: PMT - AMyD - 015 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Mecánica y Diseño - AMyD. En las temáticas: Control Numérico Computarizado CNC, Taller de Herramental Troqueles y Matrices, Taller de Herramental Moldes, Taller de Manufactura, Gestión de Fabricación Mecánica. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Mecánico, o Ingeniero de Diseño de Máquinas, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Perfil de Convocatoria: PMT - AMyD - 016 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Mecánica y Diseño - AMyD. En las temáticas: Mecánica de Fluidos, Termodinámica, Transferencia de calor y Masa, Maquinas Térmicas. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Mecánico o Ingeniero Químico, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
Perfil de Convocatoria: PMT - AMyD - 017 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Mecánica y Diseño - AMyD. En las temáticas: Diseño Mecánico, Diseño Mecatrónico, Automatización, Robótica. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Mecánico, Ingeniero de Diseño de Máquinas o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
5. Área Académica de Procesos de Manufactura y Producción - APMyP. Siete (7) Cargos convocados: 1 de Tiempo Completo (PTC) y 6 de Medio Tiempo (PMT).
Perfil de Convocatoria: PTC - APMyP - 018 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Tiempo Completo: Los profesores de tiempo completo dedicarán a la ETITC cuarenta (40) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las veinte (20) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Procesos de Manufactura y Producción - APMyP. En las temáticas: Procesos Industriales, Procesos Plásticos, Procesos Metalúrgicos, Diseño de Procesos, Calidad. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Industrial, o Ingeniero de procesos industriales, o Ingeniero de producción, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
Perfil de Convocatoria: PMT - PTC - APMyP - 019 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Dos (2) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Procesos de Manufactura y Producción - APMyP. En las temáticas: Producción, Simulación y Modelamiento de Procesos, Investigación de Operaciones, Innovación de Productos y Procesos. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Industrial, o Ingeniero de Producción, o Ingeniero de Procesos, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Perfil de Convocatoria: PMT - APMyP - 020 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Procesos de Manufactura y Producción - APMyP. En las temáticas: Procesos Industriales, Procesos Alimenticios y Químicos, Diseño de Procesos, Materiales. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Químico, o Químico, o Ingeniero de Alimentos, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
Perfil de Convocatoria: PMT - APMyP - 021 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Procesos de Manufactura y Producción - APMyP. En las temáticas: Calidad, Producción, Logística, Lean Management. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Industrial, o Ingeniero de Producción, o Ingeniero de Procesos Industriales, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Perfil de Convocatoria: PMT - APMyP - 022 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Procesos de Manufactura y Producción - APMyP. En las temáticas: Simulación, Modelamiento de Procesos, Automatización de Procesos Industriales, Manufactura Esbelta, Six Sigma, Lean Management, CIM, CAD/CAM. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Industrial, o Ingeniero de Producción, o Ingeniero de Procesos Industriales, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
Perfil de Convocatoria: PMT - APMyP - 023 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Procesos de Manufactura y Producción - APMyP. En las temáticas: Metodologías PMP, Gerencia de Proyectos, Calidad. |
Requisito mínimo de Pregrado | Ingeniero Industrial, o Ingeniero de Producción, o Ingeniero de Procesos Industriales, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
6. Área Académica de Administración y Finanzas - AAyF. Uno (1) Cargo convocado: 1 de Tiempo Completo (PTC).
Perfil de Convocatoria: PTC - AAyF - 024 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Tiempo Completo: Los profesores de tiempo completo dedicarán a la ETITC cuarenta (40) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las veinte (20) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Administración y Finanzas - AAyF. En las temáticas: Administración, Costos y Presupuestos, Gestión de Proyectos, Iniciativa Empresarial, Administración Financiera, Gestión Empresarial, Evaluación de Proyectos. |
Requisito mínimo de Pregrado | Administrador de Empresas, o Ingeniero Industrial, o Economista, o afines. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |
7. Área Académica de Ciencias Básicas - ACB. Uno (1) Cargo convocado: 1 de Medio Tiempo (PMT).
Perfil de Convocatoria: PMT - ACB - 025 | Lugar de trabajo: ETITC Bogotá D.C. y demás instalaciones |
Dedicación: Medio Tiempo: Los profesores de medio tiempo dedicarán a la ETITC veinte (20) horas semanales. Las horas lectivas que corresponden a los profesores no podrán exceder las diez (10) horas y podrá variar en situaciones particulares. El tiempo de dedicación se distribuye en horas lectivas y complementarias y quedará establecido al iniciar cada periodo académico en el plan de trabajo de acuerdo con los lineamientos de la Vicerrectoría Académica. Su régimen es el consagrado en el Estatuto de Profesores. Su disponibilidad horaria será en el rango de lunes a viernes entre las 2:00 y 10:00 pm y sábados entre las 8:00 y 5:00 pm. | No. Cargos convocados: Uno (1) |
Área académica de desempeño: | Área Académica de Ciencias Básicas - ACB. En las temáticas: Matemática básica, Cálculo diferencial, Cálculo integral, Física mecánica, Física eléctrica y Estadística. |
Requisito mínimo de Pregrado | Licenciado en Matemáticas, o Licenciado en Física, o Matemático, o Físico, o Ingeniero Mecánico, o Ingeniero Electricista, o Ingeniero Eléctrico o Ingeniero Electromecánico, o Ingeniero Mecatrónico. |
Posgrado (si lo tiene y acredita) | Si los acredita, los títulos de postgrado de especialización, o de maestría, o de doctorado, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Experiencia (si la tiene y acredita) | Si la acredita, la experiencia docente, o investigativa o profesional no docente, o el segundo idioma, se puntuarán según la “escala de evaluación” dispuesta para el efecto en el artículo 9º del Acuerdo 012 de 2023, que reglamenta el concurso público de méritos. |
Proyectó y revisó: Consejo Académico Revisó y Aprobó: Consejo Directivo.
CLASIF. DE CONFIDENCIALIDAD | IPB | CLASIF. DE INTEGRALIDAD | A | CLASIF. DE DISPONIBILIDAD | 1 |