ASUNTO: ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA CUBIERTA DE LONA EN EL ÁREA DE JUEGOS INFANTILES EN SALBURUA, EN VITORIA-GASTEIZ
Número de Expediente: 2014/CONSOC0051
ASUNTO: ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA CUBIERTA XX XXXX EN EL ÁREA DE JUEGOS INFANTILES EN SALBURUA, EN VITORIA-GASTEIZ
En sesión ORDINARIA celebrada por la Junta de Gobierno Local en la fecha de 18 de julio de 2014, se aprobó el expediente de contratación de SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA CUBIERTA XX XXXX EN EL ÁREA DE JUEGOS INFANTILES EN SALBURUA, EN VITORIA-GASTEIZ.
El presupuesto aprobado al efecto fue de 125.000,00 euros IVA incluido. El plazo de ejecución es de TRES MESES.
El procedimiento de adjudicación aprobado fue ABIERTO. En el mismo se presentaron las siguientes proposiciones:
• Plica Número 1 Suscrita por OKATENT S.L., presenta completa la documentación exigida por los Pliegos de Condiciones. Ofrece un precio de 102.487 euros IVA incluido.
• Plica Número 2 Suscrita por ARQUITECTURA TEXTIL S.L., presenta completa la documentación exigida por los Pliegos de Condiciones. Ofrece un precio de 76.075,13 euros IVA incluido.
• Plica Número 3 Suscrita por ANIMA SERVICIOS S.L., queda excluida de licitación por no alcanzar la puntuación mínima exigida en los pliegos de condiciones.
• Plica Número 4 Suscrita por FORO TÉCNICO SL, queda excluida de licitación por no alcanzar la puntuación mínima exigida en los pliegos de condiciones.
• Plica Número 5 Suscrita por EVENTOKIT, queda excluida de licitación por incumplimiento del punto 8.3.6.e) xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
• Plica Número 6 Suscrita por XXXXXX XXXXXX, SA, queda excluida de licitación por presentar su oferta fuera de plazo.
Por la Junta de Gobierno Local, con fecha 21 de noviembre de 2014 y previa propuesta de la Mesa de Contratación, se seleccionó como oferta mas ventajosa a la presentada por la empresa ARQUITECTURA TEXTIL S.L..
El resultado de valoración de ofertas fue el siguiente:
Solución constructiva | Conservación y mantenimiento | TOTAL C | |
FORO TÉCNICO SL | 18 puntos | 6 puntos | 24 puntos Excluida |
ARQUITECTURA TEXTIL SL | 24 puntos | 6 puntos | 30 puntos |
EVENTO KIT SL | ---------- | ---------- | Excluida |
ANIMA SERVICIOS | 20 puntos | 6 puntos | 26 puntos Excluida |
OKATENT SL | 24 puntos | 6 puntos | 30 puntos |
SOBRE C | SOBRE A | SOBRES C+A | |
ARQUITECTURA TEXTIL SL | 30,00 | 35,00 | 65,00 |
OKATENT SL | 30,00 | 16,10 | 46,10 |
Por la empresa ARQUITECTURA TEXTIL S.L. se ha procedido a la entrega de la documentación a la que hace referencia el segundo párrafo del artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP).
Vista la Disposición adicional segunda del TRLCSP, la Concejala-Delegada del Departamento de Medio Ambiente y Espacio Público a la Junta de Gobierno Local formula la siguiente:
PROPUESTA DE ACUERDO
1. Adjudicar el contrato de SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA CUBIERTA XX XXXX EN EL ÁREA DE JUEGOS INFANTILES EN SALBURUA, EN VITORIA-GASTEIZ a la empresa ARQUITECTURA TEXTIL S.L. con C.I.F. B60577541, en la cantidad de 76.075,13 euros, con un plazo de ejecución de TRES MESES, en las condiciones xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas y Administrativas del expediente y de la Memoria presentada en la Proposición.
2. En el supuesto de que así se establezca en el pliego de cláusulas administrativas particulares, la empresa adjudicataria, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de este acuerdo deberá entregar en el Servicio de Compras y Soporte a la Contratación de este Ayuntamiento (calle Dato nº11-5º) copia de la póliza de seguro.
3. La firma del contrato tendrá lugar en el plazo de 15 días hábiles a contar desde la notificación de esta resolución. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
4. El incumplimiento de este plazo, por causa imputable al contratista constituirá incumplimiento contractual, y podrá dar lugar a la resolución del contrato.
5. En caso de incumplimiento del contrato se impondrán las penalidades previstas el pliego de cláusulas administrativas particulares .
6. La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se deberá notificar a los interesados y publicarse en el perfil del contratante del órgano ed contratación.
7. RECURSOS
a) Contra este acuerdo, potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición , ante el mismo órgano que lo dictó, conforme lo dispuesto en el artículo 116 y ss. de la Ley 30/92 LRJAP y PAC, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de su notificación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativa de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta del recurso.
b) Directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativa de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses contados a partir del dia siguiente al de la notificación.
c) En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP, se podrá plantear la interposición de la cuestión de nulidad contractual, en el plazo de 30 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 39 del TRLCSP.
Todo ellos sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente conforme a lo previsto en el artículo 58.2 de la Ley 30/92, de RJAP y PAC.
8. Advertir a las licitadoras que agotados los plazos para interponer recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que se acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados/as. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por las licitadoras cuando éstas no hayan procedido a su retirada.
No obstante, ustedes decidirán como mejor estimen
Vitoria-Gasteiz, 10 xx xxxxx de 2015