NORMAS QUE HABRAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL Y CREACION DE LISTA DE EMPLEO TEMPORAL PARA LA CONTRATACION DE EDUCADOR O EDUCADORA EN ARTES PLASTICAS PARA EL TALLER GIRO-ARTE. REF: GIROARTE II
NORMAS QUE HABRAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL Y CREACION DE LISTA DE EMPLEO TEMPORAL PARA LA CONTRATACION DE EDUCADOR O EDUCADORA EN ARTES PLASTICAS PARA EL TALLER GIRO-ARTE. REF: GIROARTE II
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la selección de una Educadora Artes Plásticas o un Educador Artes Plásticas, para prestar servicios de carácter temporal en, SINPROMI, S.L., a través de contrato temporal de interinidad para sustitución de un período de Incapacidad Temporal. Así como, la constitución de una bolsa de empleo de una duración de 2 años, para la cobertura de posibles otras vacantes que sea necesario sustituir.
Puestos/plazas a cubrir:
Una Educadora Artes Plásticas o un Educador Artes Plásticas Funciones genéricas:
- Realizar las tareas propias del trabajo en aula.
- Desarrollar la dirección técnica y artística de actividades externas.
- Ejecutar tareas de apoyo y logística en la gestión del aula.
- Desempeñar actividades didácticas dirigidas a escolares y público en general.
- Gestionar la sala de exposiciones.
Temporalidad de la relación laboral y retribuciones:
Contrato temporal hasta fin causa interinidad.
La retribución del puesto será el vigente en el convenio colectivo de Sinpromi para su categoría profesional, respondiendo a las necesidades a cubrir que supondrán como máximo una jornada laboral de 37,5 horas semanales, distribuidas de lunes x xxxxxxx, y desarrollará su actividad en el ámbito insular.
Segunda.- Requisitos de los/as aspirantes.
Los/las aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
1.- Nacionalidad.-
a) De nacionalidad española
b) Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o de los restantes Estados parte del Espacio Económico Europeo.
c) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, la persona cónyuge de españoles y españolas, de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén en situación de separación de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y de su cónyuge, siempre que no estén en situación de separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes
d) Ser nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
e) Los y las extranjeras que residan legalmente en España conforme con las normas legales vigentes.
Los y las aspirantes que se incluyan en los apartados b), c), d) y e) deberán tener un conocimiento adecuado xxx xxxxxxxxxx, pudiéndoseles exigir, en su caso, la superación de pruebas con tal finalidad.
2.- Edad.- Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad ordinaria de jubilación establecida legalmente.
3.- Titulación.-
Estar en posesión de la titulación exigida o en condiciones de obtenerla en el plazo de presentación de solicitudes En los casos de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. Asimismo, en caso de que se alegue título equivalente deberá acreditarse su equivalencia.
Titulación exigida: Ciclo Superior en Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.
4.- Compatibilidad funcional.- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones genéricas de las plazas/puestos convocados descritas en la Base Primera de la convocatoria.
5.-.No haber sido separada la persona, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que la persona hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser persona nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público
6.- Requisitos específicos para personas con discapacidad.- Las personas aspirantes con limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales, que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, serán admitidas en igualdad de condiciones con el resto de personas aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones de la plaza convocada, de conformidad con el Decreto 8/2011, de 27 de enero, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración pública de la Comunidad Autónoma Canaria
7.- Otros requisitos:
Formación en metodología didáctica acreditada mínimo 100 horas.
Se valorará estar en posesión del certificado de discapacidad.
Todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán cumplirse el último día de presentación de solicitudes y mantenerlos en todo momento, incluso, después de su nombramiento o contratación.
Tercera.- Presentación de las Instancias.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada de SINPROMI S.L., sito en la Xxxxx Xxxxxxx x/x, xxxxxx xxxxxx 00000 xx Xxxxx Xxxx xx Xxxxxxxx, pudiendo presentarse igualmente en el Registro General y Registros Auxiliares del Cabildo de Tenerife o en cualquiera de las oficinas de los órganos previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación de la instancia implica la aceptación de las presentes normas por parte de la persona interesada. La solicitud deberá venir acompañada de toda la documentación requerida en estas Normas, siguiendo el procedimiento que se detalla.
Documentación a aportar:
a) Documento nacional de identidad o tarjeta de identificación de extranjero/a, acreditación de la aplicación del régimen comunitario o, en el supuesto de extranjeros y extranjeras extracomunitarios, tarjeta de residencia legal
b) Titulación, copia de los títulos que acredita que el/la aspirante cuenta con los requisitos mínimos exigidos para optar a este proceso selectivo.
c) Currículum vitae actualizado.
d) Formación específica, deberá aportarse copia del título con certificación de aprovechamiento.
El plazo para presentar solicitudes será de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Admisión de aspirantes. Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes, se determinará, la admisión provisional y definitiva de aspirantes, y la fecha, hora y lugar donde se celebrará cada una de las fases que constituyen el proceso selectivo regulado mediante publicación en el tablón de anuncios, así como en la página Web de la Sociedad.
Cuarta. Comisión de Selección.
La Comisión estará integrada por: (Habrán de poseer titulación académica
igual o superior a la exigida):
Presidente o Presidenta: El Gerente de Sinpromi S.L. o persona en quien el delegue.
Vocalías: En número de tres, La Responsable del Área de Recursos Humanos, una persona Responsable Técnico y una persona en Representación del Comité de Empresa si así se designara.
Secretaria o Secretario: Un Técnico del Área de Recursos Humanos que actuará con voz, pero sin voto.
La Comisión podrá disponer la incorporación a sus reuniones de asesores especialistas cuando las características o la dificultad de la prueba así lo requieran, que colaborarán con la Comisión y tendrán voz pero no voto.
El Gerente de Sinpromi está facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el proceso selectivo y adoptar los acuerdos necesarios en todo lo no previsto, para garantizar el normal desarrollo de la convocatoria.
El Comité de selección confirmara el procedimiento de selección realizado, resolviendo definitivamente sobre el mismo.
Quinta.- Proceso Selectivo::
1ª FASE.- Concurso de méritos, (máximo 5 puntos) en la que se valorará:
1.- Experiencia laboral: (máximo 2.5 puntos):
Servicios prestados en puestos de trabajo del mismo grupo profesional o similar a la que se convoca: (0,058 puntos por mes trabajado máximo 2.5 puntos)
2.- Formación específica (máximo 2.5 puntos):
a) Por Cursos o Masters realizados que guarden relación directa con el puesto de trabajo a desempeñar, previa acreditación de los mismos mediante certificación oficial y con la siguiente puntuación:
(0,0075 puntos por hora de formación. máximo 2.5 puntos)
De 100 o más horas 0.75 puntos
De 75 a menos de 100 horas 0.5625 puntos
De 50 a menos de 75 horas 0.375 puntos
De 25 a menos de 50 horas 0.1875 puntos
De 15 a menos de 25 horas 0.1125 puntos
2ª FASE.- Caso práctico (máximo 3 puntos) 3ª FASE.- Entrevista (máximo 2 puntos).
En esta fase se podrá valorar, únicamente para los y las participantes del proceso que superen las dos primeras fases, la aptitud específica de aquellos/as para el desempeño de las funciones propias del puesto a través de una entrevista basada en un cuestionario previo, dirigida a proporcionar información relativa al nivel de las competencias vinculadas al puesto.
El comienzo de cada una de las fases del proceso de selección, fecha, hora y lugar de celebración, así como de las puntuaciones otorgadas por la Comisión de Selección se harán públicas a través de la Web de Sinpromi S.L.
Sexta.- Resolución del proceso de selección y propuesta de la Comisión.
Finalizado el proceso de selección, la comisión hará pública la relación de aspirantes aptos por el orden de puntuación total obtenida
De acuerdo con esta lista se constituirá la bolsa de empleo temporal, con aquellas personas aspirantes que hayan superado el proceso de selección, por el orden de puntuación total obtenida.
Séptima.- Procedimiento de asignación de puestos a cubrir por las personas integrantes de la Bolsa
Cuando proceda cubrir con carácter temporal un puesto de trabajo por personal perteneciente a una lista de empleo, Sinpromi S.L. citará a quien corresponda por turno de la correspondiente lista del puesto de trabajo a cubrir.
Xxxxx no acuda al llamamiento o renuncie al puesto de trabajo ofertado no volverá a ser llamado hasta ser agotada la lista, salvo causa justificada de fuerza mayor.
. La inclusión de las personas candidatas en esta lista de trabajo no confiere a las mismas ninguna vinculación estable con Sinpromi S.L