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PLIEGO DE CONDICIONES REGULADORAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE GESTION DE RECUPERACION DE CREDITO Y ASISTENCIA LETRADA EN ARBITRAJE INTERNACIONAL
INDICE
PLIEGO DE CONDICIONES REGULADORAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE GESTION DE RECUPERACION DE CREDITO Y ASISTENCIA LETRADA EN ARBITRAJE INTERNACIONAL 1
1.3. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO 3
1.4. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 3
2. NATURALEZA JURÍDICA Y RÉGIMEN JURÍDICO 3
3. ÓRGANOS DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y PERFIL DEL CONTRATANTE 4
3.1. ÓRGANOS DE CONTRATACIÓN 4
3.2. RESPONSABLE DEL CONTRATO 5
4. PRESUPUESTO, VALOR ESTIMADO, REVISIÓN DE PRECIOS, EXISTENCIA DE CRÉDITO 6
5. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES Y DOCUMENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 7
5.1. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES 7
5.2. SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN 8
5.3. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE CANDIDATURAS 9
5.4. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS INVITADAS A PRESENTAR OFERTAS. 10
5.5. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES-OFERTA 10
5.6. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 11
5.7. LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA DE LAS PROPOSICIONES 12
6. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 13
8. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN 13
8.2. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN 14
8.3. REQUERIMIENTO AL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA MEJOR OFERTA 14
9. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 17
9.1. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 17
9.2. PLAZO PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 18
10.1. EJECUCIÓN DEL CONTRATO, PROGRAMA DE TRABAJOS Y MODIFICACIÓN 18
11. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 19
11.1. OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES, DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, PROTECCION DE DATOS Y PROPIEDAD INTELECTUAL 19
11.2. CUMPLIMIENTO DE PLAZOS 24
11.4. REGLAS ESPECIALES RESPECTO DEL PERSONAL LABORAL DEL CONTRATISTA 26
12. DERECHOS ECONÓMICOS DEL CONTRATISTA: ABONO DE LOS TRABAJOS Y FACTURACIÓN 27
13. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN 28
14.1. APLICACIÓN DE PENALIDADES 28
14.3. CUANTÍA DE LAS PENALIDADES 30
15.1. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 31
15.2. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS 31
15.4. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 32
16. PRERROGATIVAS Y JURISDICCIÓN 32
16.1. PRERROGATIVAS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN 32
17. ANEXO I. MODELO PROPOSICIÓN DE CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA 34
18. ANEXO II: MODELO DE DECLARACIÓN DE EMPRESAS VINCULADAS 35
19. XXXXX XXX: MODELO DE ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION FACILITADA EN LA REUNION DE CARACTER EXCLUSIVAMENTE TECNICO DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE GESTION DE RECUPERACION DE CREDITO Y ASISTENCIA LETRADA EN ARBITRAJE INTERNACIONAL 36
20. ANEXO IV. DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC) 41
21. ANEXO V. SOLICITUD DE PARTICIPACION EN EL PROCESO 61
1.1. OBJETO Y LOTES
Es objeto de este Pliego el establecimiento de los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones que han de regir en sus aspectos jurídicos, administrativos y económicos en la contratación de los servicios a que se refiere el apartado B.1) del Cuadro de Características del Contrato – en adelante, Cuadro de Características -.
Las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato son las que constan desarrolladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el apartado B.2) del Cuadro de Características.
1.2. CPV
El código CPV y NACE es el señalado en el apartado B.3) del Cuadro de Características adjunto al presente pliego.
1.3. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del presente contrato será la señalada en el apartado D.1) del Cuadro de Características.
El plazo de duración del contrato, así como los plazos parciales que, en su caso, pudieran establecerse, serán los fijados en el apartado D.2) del Cuadro de Características, y comenzará a contar desde el día siguiente al de la formalización del contrato. No obstante, el responsable del contrato podrá indicar la fecha exacta de inicio del mismo, debiendo quedar constancia de dicha circunstancia en el expediente.
1.4. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El lugar de ejecución del contrato será principalmente La Haya, sede de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional donde el contratista ostentará la defensa letrada de los intereses de la sociedad en el procedimiento arbitral que se llevará a cabo.
No obstante, dada la imposibilidad de concretar ex ante la naturaleza del resto de prestaciones necesarias para hacer efectivo el cobro de la deuda que COFIVACASA mantiene contra BARIVEN, S.A., no es posible determinar si los servicios a desarrollar deberán ejecutarse en otros lugares distintos al anteriormente indicado.
2. NATURALEZA JURÍDICA Y RÉGIMEN JURÍDICO
COFIVACASA, S.A., S.M.E. (en adelante, COFIVACASA) es una sociedad mercantil estatal íntegramente participada por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (en
adelante XXXX), tiene personalidad jurídica propia e independiente, y dispone de plena capacidad jurídica y de obrar, sin otras limitaciones que las establecidas en sus Estatutos y, en todo caso, en las disposiciones legales que le sean de aplicación.
A efectos de la Ley de Contratos del Sector Público, COFIVACASA ostenta la condición de Poder Adjudicador no Administración Pública (PANAP), por tanto el presente contrato, por razón de su objeto y de la condición de COFIVACASA como PANAP, tiene carácter privado.
Este contrato se tipifica como un contrato privado de servicios de conformidad con la LCSP.
En cuanto a la preparación y adjudicación del contrato, se regirá por las normas establecidas en la Sección 2ª del Capítulo I del Título I del Libro II de la LCSP.
En cuanto a sus efectos y extinción, les serán aplicables las normas de derecho privado. No obstante, le será aplicable lo dispuesto en los artículos 201 sobre obligaciones en materia medioambiental, social o laboral; 202 sobre condiciones especiales de ejecución; 203 a
205 sobre supuestos de modificación del contrato; 214 a 217 sobre cesión y subcontratación; y 218 a 228 sobre racionalización técnica de la contratación; así como las condiciones de pago establecidas en los apartados 4.º del artículo 198 y 4.º del artículo 210.
El presente pliego, el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Cuadro de Características del contrato de que se trate, sus Anexos y demás documentos anexos revestirán carácter contractual.
En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá este pliego. Asimismo, tendrá carácter contractual la oferta técnica y económica que resulte adjudicataria del contrato y en su caso, el documento de formalización del contrato.
El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, de los otros documentos contractuales que forman parte y de las instrucciones o de la normativa que resulten de aplicación en la ejecución de la cosa pactada, no exime al adjudicatario de la obligación de cumplirlas.
La contratación del servicio se adjudicará por el procedimiento restringido no sujeto a regulación armonizada (artículos 160 y siguientes LCSP), tal y como se indica en el Cuadro de Características.
3. ÓRGANOS DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y PERFIL DEL CONTRATANTE
El Órgano de Contratación es el Administrador Único de COFIVACASA. Para la adjudicación del contrato, el Órgano de Contratación estará asistido por una Mesa de contratación, de acuerdo a lo establecido en el apartado 7 del presente Xxxxxx.
3.2. RESPONSABLE DEL CONTRATO
De conformidad con lo previsto en el artículo 62 LCSP, el Responsable del Contrato viene identificado en el apartado A.3) del Cuadro de Características. A éste le corresponderá ejercer de manera continuada y directa, la coordinación, supervisión, control y seguimiento del contrato y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada.
A estos efectos, durante la ejecución del servicio, el Responsable del Contrato podrá supervisar los servicios cuantas veces considere necesario y solicitar la información que estime oportuna para el correcto control del trabajo. Con dicha finalidad el Responsable del Contrato y sus colaboradores, tendrán libre acceso a los lugares donde se realice el contrato. El Contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a COFIVACASA asistencia profesional en las reuniones explicativas o de información que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada.
El Contratista aportará cuanta documentación y precisiones le sean requeridas por el Responsable del Contrato durante la ejecución del contrato. Cuando el adjudicatario, o personas de él dependientes, incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el Responsable del Contrato podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado.
El Contratista estará obligado a prestar su colaboración al responsable del contrato, para el normal cumplimiento de las obligaciones a éste encomendadas.
El responsable del contrato, en orden a su misión de dirección, control, comprobación y vigilancia de la correcta realización de los servicios, asumirá en relación con el Contratista cuantas funciones sean necesarias, y específicamente las siguientes:
• Autorizar cualquier acto de disposición de la acción procesal o que de cualquier otro modo pueda afectar al contenido del derecho de crédito del que es titular COFIVACASA.
• Exigir al Contratista que informe puntualmente a COFIVACASA de cualquier hecho de interés para el cobro del crédito tan pronto como acontezca y, al menos y en todo caso, quincenalmente, del estado del procedimiento y las actuaciones realizadas.
• Exigir al Contratista, directamente o a través del personal a sus órdenes, el cumplimiento de las condiciones contractuales.
• Garantizar la ejecución de los servicios con estricta sujeción a la oferta, o modificaciones debidamente aprobadas, y el cumplimento del programa de trabajo.
• Resolver cuantas cuestiones técnicas surjan en cuanto a la interpretación del contrato, siempre que no se modifiquen sus condiciones.
• Estudiar las incidencias o problemas planteados que impidan el normal cumplimiento del contrato o aconsejen su modificación, tramitando, en su caso, las propuestas correspondientes.
• Proponer las actuaciones procedentes para obtener de los organismos y de los particulares, los permisos y autorizaciones necesarios para la ejecución de los servicios y resolver los problemas planteados relacionados con las mismas.
• Asumir personalmente y bajo su responsabilidad, en casos de urgencia o gravedad, la dirección inmediata de determinadas operaciones o trabajos en curso, para lo cual el adjudicatario deberá poner a su disposición el personal y material necesarios.
El acceso al perfil de contratante del Órgano de Contratación se efectuará a través de la siguiente dirección de Internet:
xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxx?xxxxxxxxxxxx:xxxxxxXxxxxxxxxxx&xxXxxX0XX0 4ZYTIgQK2TEfXGy%2BA%3D%3D
En ella se publicará toda la información recogida en el artículo 63 LCSP. La página web de COFIVACASA es xxx.xxxxxxxxxx.xxx
4. PRESUPUESTO, VALOR ESTIMADO, REVISIÓN DE PRECIOS, EXISTENCIA DE CRÉDITO
El presupuesto de gasto máximo del presente contrato previsto para el periodo de vigencia inicial del contrato (Impuesto sobre el Valor Añadido excluido) se detalla en el apartado
C.1 del Cuadro de Características y ha de servir de base a la licitación.
A todos los efectos se entenderá que en las ofertas presentadas están incluidos todos los factores de valoración, gastos que la empresa adjudicataria deba realizar para la correcta ejecución del contrato, como son los gastos generales, material fungible, herramientas y utensilios, gastos financieros, seguros, transportes y desplazamientos, así como toda clase de tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes, atendiendo en todo caso a las especificaciones contempladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
La cantidad correspondiente al IVA se detallará como partida independiente. Las proposiciones que superen dicho presupuesto serán desechadas.
El valor estimado, a los efectos del artículo 101 LCSP, es el que se señala en el apartado
C.2) del Cuadro de Características.
El cálculo del valor estimado de un contrato está basado en el importe total, sin incluir el IVA. Para este cálculo se tendrá en cuenta el importe total estimado, incluida cualquier forma de opción eventual y las eventuales prórrogas del contrato, el importe de las modificaciones del contrato calculado sobre el importe del presupuesto de licitación y, en su caso, las primas o pagos a los candidatos o licitadores, así, como en su caso, el resto de aspectos señalados en dicho artículo.
El apartado C.4) del Cuadro de Características establece que no es posible realizar una distribución del presupuesto por anualidades, por lo que como se establece en el apartado
C.5) no cabe revisión de precios.
Existe crédito suficiente hasta el importe del presupuesto aprobado por el órgano de contratación de COFIVACASA.
5. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES Y DOCUMENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
5.1. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES
1º) Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, individuales o agrupados en uniones temporales (art. 69 LCSP) que, tengan plena capacidad de obrar, y que no se encuentren en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 71 LCSP u otra disposición aplicable.
Cuando los licitadores sean personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente Pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o normas fundacionales, les sean propios y dispongan de la adecuada infraestructura para la correcta ejecución del contrato.
2º) Además, las personas interesadas deberán acreditar disponer de la solvencia económica y financiera suficiente para que la correcta ejecución de este contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero. Para la ejecución del contrato deberá disponerse, asimismo, de la solvencia técnica o profesional adecuada para la correcta ejecución del mismo.
Todo ello se acreditará por los medios que se especifican en el apartado F) del Cuadro de Características.
3º) Acreditación de la solvencia por referencia a otras empresas.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando este acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.
En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal.
No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades.
Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al poder adjudicador que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades.
El compromiso a que se refiere el párrafo anterior se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta.
Cuando una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, el poder adjudicador podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario.
5.2. SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
1º) Las solicitudes de participación se presentarán en la dirección designada al efecto en el apartado H.3) del Cuadro de Características.
2º) El plazo para la presentación de solicitudes de participación será el señalado en el apartado X.1) del Cuadro de Características.
3º) La solicitud de presentación a este procedimiento se realizará conforme a la Solicitud de participación cumplimentada según el modelo facilitado en la invitación (Anexo V de este pliego), la cual se presentará físicamente en el domicilio de COFIVACASA.
4º) Las solicitudes de participación deberán contener la siguiente información:
- Declaración responsable, obligatoriamente, con el documento europeo único de contratación (DEUC), conforme al modelo que se publicará en el anexo IV de este pliego.
En caso de constituir una unión de empresarios o acreditar la solvencia con medios externos, deberá cumplimentarse tal extremo en el DEUC y cumplimentarse por todos los miembros de la unión de empresarios, y, en su caso, por las entidades cuya solvencia se integrase. En el compromiso se indicarán los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Cada empresa deberá presentar su DEUC. También deberá presentarse un DEUC por las empresas cuya solvencia se integrase.
En el DEUC se incluirá referencia a los siguientes documentos (los certificados y acreditación de concretos medios humanos y materiales se solicitarán exclusivamente a la oferta con mejor relación calidad precio):
o Relación de un mínimo de 10 procedimientos de arbitraje internacional (comerciales o de inversión) de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en los últimos tres años, así como al menos 5 procedimientos de anulación o ejecución en el mismo periodo de tiempo.
o Relación de medios humanos adscritos a la ejecución de los servicios objeto del contrato, en los términos recogidos en el apartado F.2 del cuadro de características.
o Relación de medios humanos adscritos a la ejecución de los servicios objeto del contrato en Países Bajos, en los términos recogidos en el apartado F.2 del cuadro de características
- Declaración responsable de relación de empresas vinculadas con el oferente ajustada al Anexo II del presente pliego.
- En su caso, declaración de confidencialidad en los términos indicados en la cláusula 5.5.4 del presente pliego.
- La documentación adicional que, en su caso, se establezca en el apartado G.1) del Cuadro de Características.
- El acuerdo de confidencialidad para asistencia al data room publicado junto a la documentación del proceso.
5.3. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE CANDIDATURAS
En el apartado J del Cuadro de Características se establecen los criterios de selección de candidaturas que resultaran aplicables.
No se establece un límite máximo de candidaturas a participar en el proceso, por lo que el Órgano de Contratación remitirá invitación a todos aquellos candidatos que, habiendo aportado la documentación indicada en el apartado 5.2 del presente pliego así lo soliciten a través de la remisión de un correo a la siguiente dirección: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de 15 días a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de licitación.
En cualquier caso, el número de candidatos invitados debe ser suficiente para garantizar una competencia efectiva.
Las invitaciones a los interesados deberán reunir los requisitos del artículo 163 LCSP. El número mínimo de candidaturas invitadas, siempre que ello sea posible, no podrá ser inferior a cinco.
Los candidatos invitados serán convocados a una sesión de DATA ROOM que se celebrara en las fechas indicadas en el apartado J.1 del Cuadro de Características publicado, durante la que podrán consultar la documentación relativa a la reclamación del crédito que COFIVACASA ostenta frente a BARIVEN, todo ello en aras de contar con la mayor
información disponible para poder formular sus ofertas. A tal fin, los candidatos deberán suscribir previamente el documento de confidencialidad que se publicara junto el resto de documentación del presente proceso.
CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS
INVITADAS A PRESENTAR OFERTAS.
Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, la Mesa de Contratación se reunirá en sesión privada para revisar la documentación relativa a esta documentación.
Si la Mesa observare defectos o errores materiales de carácter subsanable en la documentación presentada lo comunicará por correo electrónico a los interesados, y concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error bajo apercibimiento de exclusión definitiva del solicitante si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación.
La Mesa de contratación, comprobada la personalidad y solvencia de los empresarios, elevará al órgano de contratación propuesta razonada de los empresarios seleccionados, quien dictará resolución decretando la selección definitiva y decidiendo la invitación a presentar proposiciones económicas a los propuestos como invitados, señalando el plazo de presentación de proposiciones, así como de la documentación acreditativa de los requisitos técnicos y el lugar, día y hora de apertura de las presentadas.
5.5. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES- OFERTA
1º) La Mesa de contratación, aplicando los criterios de selección previstos en el apartado J del Cuadro de Características, seleccionará a los candidatos admitidos y les invitará a presentar proposición en el plazo mencionado en el apartado H del Cuadro de Características
2º) Cada licitador sólo podrá presentar una propuesta, y no podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las por él presentadas.
3º) La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación incondicional del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los Pliegos sin salvedad o reserva alguna.
4º) De conformidad con lo previsto en el artículo 133 LCSP, las empresas licitadoras tendrán que indicar, si es el caso, mediante una declaración complementaria motivada qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, de conformidad con el art 133 LCSP. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal. Los documentos y datos presentados por las empresas licitadoras pueden ser considerados de carácter confidencial cuando se trate de secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en ese procedimiento de licitación o en otros posteriores. El deber de confidencialidad del órgano de contratación así como de sus
servicios dependientes no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, genere directa o indirectamente el órgano de contratación en el curso del procedimiento de licitación. Únicamente podrá extenderse a documentos que tengan una difusión restringida, y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles.
De no aportarse esta declaración motivada se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter.
El Órgano de Contratación garantiza la confidencialidad de las propuestas presentadas por los licitadores, de conformidad con el art. 133 LCSP.
Los interesados podrán solicitar por email aquella información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria que estimen pertinente, que serán contestadas a más tardar seis días naturales antes de la fecha límite de presentación de ofertas, siempre que se hayan solicitado con doce días naturales antes del último día de presentación de ofertas. Las respuestas serán publicadas en el Perfil de Contratación.
5º Una vez presentada una proposición, no podrá ser retirada bajo ningún pretexto, salvo causa justificada.
5.6. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán en DOS SOBRES CERRADOS (1 y 2) e identificados en su exterior con la denominación del contrato y rotulados del siguiente modo:
SOBRE Nº 1: DECLARACIÓN RESPONSABLE.
SOBRE Nº 2: CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA.
La documentación exigida de los sobres será la siguiente:
A) SOBRE 1: DECLARACION RESPONSABLE Y/O DOCUMENTACION RELATIVA A SOLVENCIA:
- Declaración responsable, obligatoriamente, con el documento europeo único de contratación (DEUC), conforme al modelo que se publica en este pliego como Xxxxx XXX.
En caso de constituir una unión de empresarios o acreditar la solvencia con medios externos, deberá cumplimentarse tal extremo en el DEUC y cumplimentarse por todos los miembros de la unión de empresarios, y, en su caso, por las entidades cuya solvencia se integrase. En el compromiso se indicarán los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Cada empresa deberá presentar su DEUC. También deberá presentarse un DEUC por las empresas cuya solvencia se integrase.
- En su caso Declaración responsable de relación de empresas vinculadas con el oferente ajustada al Anexo II.
- En su caso, declaración de confidencialidad en los términos indicados en la cláusula 5.5.4º del presente pliego.
- La documentación adicional que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro de Características.
B) SOBRE 2: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA O DE VALORACIÓN OBJETIVA.
- Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como Xxxxx X del presente Xxxxxx.
- La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido.
- El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato.
- A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos incluyendo los gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal y el beneficio industrial del Contratista, excepto el IVA, que será repercutido como partida independiente.
No se aceptarán aquellas proposiciones que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que COFIVACASA estime fundamental para considerar la oferta, carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida, excedan del presupuesto de licitación, varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como Anexo I a este Pliego, tengan cifras comparativas como, por ejemplo, las expresión “tanto menos” o bien “tanto por ciento menos” que la proposición más ventajosa o conceptos similares, así como aquellas en las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá la cantidad que se consigne en letras (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, La Mesa de Contratación adopte otra postura.
Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección.
En caso de contradicciones que no supongan rechazo de ofertas, se tomará en cuenta lo que resulte más ventajoso para COFIVACASA.
5.7. LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán en papel en el Registro y en horario indicado en el apartado H del Cuadro de Características, esto es, en la sede de COFIVACASA, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, xx 00, 0x xxxxxx, 00.000-Xxxxxx. Horario: de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
Cuando la proposición se envíe por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la
remisión de la proposición mediante correo, en el mismo día al email señalado en el apartado A.4 del Cuadro de Características, adjuntando el justificante de imposición del envío en la oficina de Correos. A estos efectos, se entenderá como único habilitado para recibir tal anuncio el ya citado Registro.
El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación.
No obstante, lo anterior, transcurridos diez días naturales, siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
6. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios de adjudicación de las ofertas presentadas por los licitadores se detallan en el apartado J del Cuadro de Características.
En el caso de que se produzca empate en la puntuación total entre dos o más licitadores éste se dirimirá en la forma contenida en el apartado J.3) del Cuadro de Características.
La Mesa de Contratación se compone de los miembros que figuran en el apartado I del Cuadro de Características.
8. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
Finalizado el plazo de presentación de ofertas, la Mesa de Contratación se reunirá en sesión privada para revisar la documentación relativa al Sobre nº 1
Si la Mesa de Contratación observare defectos o errores materiales de carácter subsanable en la documentación presentada lo comunicará a los interesados, y concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error.
No presentar alguno de los sobres exigidos es causa de exclusión.
La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas subsanaciones, en su caso, procederá a realizar las pertinentes comunicaciones a los licitadores que han sido admitidos y de los que han sido excluidos. En este último caso se especificarán las causas de la exclusión.
A continuación procederá en acto público y en el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación a la apertura y examen del sobre que contenga los criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas (sobre nº 2) de las proposiciones que hubieran sido admitidas. En los casos en que alguna/s ofertas fueran presumiblemente ofertas inviables por haber sido formuladas en términos que las hacen anormalmente bajas, conforme a lo establecido en el apartado J.4) del Cuadro de Características, se requerirá al licitador/es incursos en temeridad dando un plazo suficiente para que justifiquen y desglosen razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la anormalidad de la oferta, mediante la presentación de aquella información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos, todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 149 LCSP.
8.2. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
La Mesa de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas, de conformidad con el artículo 150 LCSP. Para dicha clasificación atenderá a los criterios de valoración señalados en el apartado J del Cuadro de Características.
La Mesa de Contratación, una vez elaborado el informe correspondiente y hecha la valoración de los criterios de adjudicación, hará la propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación a favor del licitador con la mejor oferta.
Dicha propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto mientras no exista acuerdo del Órgano de Contratación.
Los acuerdos de la Mesa de Contratación tendrán siempre carácter provisional.
8.3. REQUERIMIENTO AL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA MEJOR OFERTA
Una vez aceptada la propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación por el Órgano de Contratación y, de conformidad con lo establecido en el artículo 150.2 LCSP, se requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento:
1) Presente la siguiente documentación –que declaró responsablemente poseer con la presentación del DEUC salvo que se haya aportado con anterioridad-, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra:
a) La que acredite la personalidad de la persona empresaria, en la forma siguiente:
a.1.- Cuando se trate de persona física, Documento Nacional de Identidad y cuando se trate de persona jurídica, Escritura de Constitución de la sociedad o de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible por la legislación específica aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
a.2.- Los poderes de representación.
La capacidad de obrar de personas empresarias no españolas que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará mediante su inscripción en su registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado respectivo o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Las personas empresarias no españolas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Si varias empresas acudiesen a la licitación constituyendo una Unión Temporal deberá aportarse la escritura de constitución formal de la UTE. Así mismo, deberán nombrar un representante o apoderado único de la Unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
b) Que cuenta con la correspondiente clasificación, en su caso, o que cumple los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional y la habilitación profesional exigidos en el presente pliego y en los apartados F) del Cuadro de Características.
En caso de que haya recurrido a otras empresas para acreditar su solvencia deberá aportar acreditación de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
76.2 LCSP.
Los documentos deberán ser originales o bien copias, que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia y en lengua castellana o mediante traducción oficial.
La presentación del certificado de estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, eximirá a la licitadora de acreditar las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo (art. 96 LCSP).
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se requerirá al interesado, concediéndole un plazo no superior a tres (3) días, para su corrección o subsanación.
2) Presente la documentación justificativa de los siguientes extremos:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias relativas a la Hacienda Estatal y a la Autonómica -específico para contratar con la Administración- y, con la Seguridad Social.
b) En su caso, efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido dedicar o adscribir a la ejecución del contrato que le reclame el órgano de contratación conforme a los Pliegos.
c) Copia de la documentación relativa al seguro de responsabilidad civil en los términos recogidos en el apartado M del Cuadro de Características (copia de la póliza vigente y justificante de pago de la última prima).
En el caso de que en el plazo otorgado al efecto, el candidato propuesto como adjudicatario no presente la documentación requerida, se efectuará propuesta de adjudicación a favor del siguiente candidato en puntuación, otorgándole el correspondiente plazo para la presentación de la documentación y la constitución de la garantía en los términos señalados en la presente cláusula.
El licitador incurrirá en prohibición de contratar, de conformidad con lo previsto en el art.
71.1.e) LCSP, si hubiera incurrido en falsedad al efectuar las declaraciones responsables sobre su capacidad, representación y solvencia.
El licitador que no cumplimente lo establecido en este subapartado dentro del plazo señalado mediando dolo, culpa o negligencia podrá ser declarado en prohibición de contratar según lo previsto en el art. 71.2.a) LCSP
No se exigirán garantías en el presente proceso, según lo establecido en el apartado E del cuadro de características.
El Órgano de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, de conformidad con el artículo 150.3 LCSP.
La Resolución de Adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará la adjudicación en el Perfil del Contratante de COFIVACASA.
La notificación se realizará a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público en el marco del expediente de contratación abierto por este contrato.
Cuando el único criterio para seleccionar a la adjudicataria del contrato sea el del precio, la adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.
Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, o utilizándose un único criterio sea este el del menor coste del ciclo de vida, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, salvo que se hubiese establecido otro en el pliego de condiciones reguladoras.
Si la proposición se contuviera en más de un sobre, de tal forma que estos deban abrirse en varios actos independientes, el plazo anterior se computará desde el primer acto de apertura del sobre o archivo electrónico que contenga una parte de la proposición.
Los plazos indicados previamente se ampliarán en quince días hábiles cuando se hubiere identificado una o varias ofertas incursas en presunción de anormalidad tal y como se indica en el artículo 149.4 LCSP.
De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.
9. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
9.1. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Una vez adjudicado, el contrato se formalizará en documento administrativo y se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
No obstante, el adjudicatario podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una Unión Temporal de Empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado en el apartado siguiente, se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71.2.b) LCSP.
En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en el artículo 150.2 LCSP, resultando de aplicación los plazos establecidos en el apartado anterior.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a COFIVACASA, se indemnizará al adjudicatario de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
La formalización del contrato perfecciona el mismo, y por lo tanto no podrá iniciarse la ejecución sin que esta haya tenido lugar.
Una vez formalizado el contrato se procederá a publicar el mismo en el Perfil del Contratante con los mismos datos del anuncio de adjudicación.
9.2. PLAZO PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151 LCSP.
En el caso de que este procedimiento esté sujeto a Regulación Armonizada o pueda ser sometido a Recurso Especial conforme al art. 153.3 LCSP, la formalización del mismo no podrá efectuarse hasta que no transcurran 15 días hábiles desde la remisión de la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. Transcurrido este plazo se requerirá al adjudicatario para la formalización en 5 días hábiles, si no se hubiera entablado Recurso que conlleve la suspensión, o habiéndose entablado esta se levantara por el Órgano Competente de resolver el Recurso, conforme a lo establecido en este Pliego.
10.1. EJECUCIÓN DEL CONTRATO, PROGRAMA DE TRABAJOS Y MODIFICACIÓN
− No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
− El contrato se ejecutará de conformidad con lo estipulado en él y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al Contratista COFIVACASA.
− El Contratista está obligado a la total ejecución del contrato en los términos previstos en los artículos 192 a 197 LCSP.
− Si durante el desarrollo del trabajo procediera la modificación del contrato con arreglo a lo dispuesto en el presente pliego, se actuará en la forma prevista en los arts. 190, 191 y 203 LCSP. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el Contratista queda obligado a la actualización del Programa de Trabajo.
− En caso de producirse una suspensión del contrato, se estará a lo estipulado en el art. 208 LCSP y normas de desarrollo. Si COFIVACASA acordara una suspensión de los trabajos, se levantará la correspondiente Acta de Suspensión.
− De conformidad con el art. 311 LCSP, el Contratista será responsable de los servicios prestados y de las consecuencias que se deduzcan para COFIVACASA o para terceros de las omisiones, infracciones de preceptos o reglamentos, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución de contrato.
− El Órgano de Contratación determinará si la prestación realizada por el Contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, tal y como se establece en el art. 311 LCSP.
− La empresa adjudicataria debe garantizar el servicio en las condiciones pactadas, durante toda la vigencia del contrato, sin que el mismo pueda verse alterado en períodos de vacaciones y en otras circunstancias similares.
− La recepción se realizará conforme a lo dispuesto en el art. 210 LCSP.
El Órgano de Contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato y por razones de interés público, modificaciones en el mismo en los casos y en la forma previstos en los artículos 203 a 205 LCSP.
En estos casos, las modificaciones acordadas por el Órgano de Contratación serán obligatorias para el Contratista, siempre que no supongan una variación de más del 20% del precio del contrato.
En caso de que la modificación suponga supresión o reducción de unidades, el Contratista no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna.
Las modificaciones del contrato que no estén debidamente aprobadas por el Órgano de Contratación, de acuerdo con lo previsto en este Pliego, originarán responsabilidad en el Contratista, perdiendo todo derecho al abono de dichas modificaciones ejecutadas sin autorización.
11. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA
ENTRE MUJERES Y HOMBRES, DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, PROTECCION DE DATOS Y PROPIEDAD INTELECTUAL
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de prevención de riesgos profesionales o de protección social, de seguridad e higiene en el trabajo, de protección de datos, propiedad intelectual y en general, cualquier otra normativa que resulte aplicable a su actividad.
De esas disposiciones se derivan las siguientes obligaciones para el adjudicatario:
a) Obligaciones laborales:
- El Contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del Contratista no implicará responsabilidad alguna para COFIVACASA.
- Todo el personal trabajador por cuenta del adjudicatario deberá estar amparado por el correspondiente contrato de trabajo. Dicho personal no adquirirá relación laboral alguna con COFIVACASA, por ser dependiente única y exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrono respecto al citado personal, con arreglo a la Legislación Laboral sin que en ningún caso resulte para COFIVACASA responsabilidad de las obligaciones nacidas entre el adjudicatario y sus empleados, aun cuando los despidos u otras medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación de este contrato. Asimismo, el adjudicatario ha de dar de alta en la Seguridad Social a todo el personal que preste sus servicios en la actividad y suscribir el documento de Asociación con la Mutualidad Laboral correspondiente, que cubra los riesgos de accidente de trabajo, con exacto cumplimiento de cuanto establece o establezca la legislación sobre la materia, así como de la normativa de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales.
- No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que el adjudicatario destine a la ejecución del contrato y COFIVACASA, por cuanto el citado personal queda expresamente sometido al poder direccional y de organización del adjudicatario en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo por tanto éste el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social y Seguridad y Salud en el trabajo, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con COFIVACASA, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal o contractualmente correspondan al mismo.
- El adjudicatario asume bajo su responsabilidad que cumplirá y hará cumplir a todos sus trabajadores las normas y procedimientos operativos de trabajo que vengan establecidos por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.
- COFIVACASA podrá requerir al adjudicatario para que entregue copia de los partes de alta, baja o alteraciones de la Seguridad Social de la totalidad del personal destinado a los trabajos adjudicados, así como copia de las liquidaciones de cuotas efectuadas a la Seguridad Social, modelos TC1 y TC2 o los que en el futuro puedan sustituir a los citados. Siempre que lo solicite COFIVACASA, el Contratista deberá poner a disposición del mismo, además, la información precisa sobre los contratos del personal de su empresa destinados a la ejecución del presente contrato. Cualquier cambio que se produzca deberá ser notificado con carácter previo y de forma fehaciente a la unidad gestora, sin que esté permitida la reducción en el número de trabajadores adscritos al cumplimiento del contrato o su sustitución por personal que no posea la misma cualificación laboral. En la notificación que al efecto realice el adjudicatario, se hará constar la categoría profesional, tipo de contrato, antigüedad, número de horas semanales de trabajo y horario diario, tanto de las personas que pretenda sustituir como de las que desee incorporar.
- El adjudicatario cumplirá con la obligación de mantener, durante la vigencia del contrato, al menos un dos por ciento (2%) de trabajadores/as con minusvalía, o con la ejecución de las medidas alternativas autorizadas y declaradas, de conformidad con la documentación aportada en el momento de la licitación, por encontrase obligada a ello, de
conformidad con el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad, pudiendo COFIVACASA solicitar en cualquier momento de la ejecución del contrato, los documentos necesarios para la efectiva acreditación de su cumplimiento.
- Quedará obligada, además, a dar exacto cumplimiento a cuanto previene la legislación social vigente y de prevención de riesgos laborales, corriendo de su cuenta y riesgo toda clase de seguros sociales, subsidios, indemnizaciones, remuneraciones y, en general, cualquier otra obligación de tipo laboral.
- Obligación de indicar el convenio colectivo: En el caso de resultar adjudicatarios, los licitadores o licitadoras indicarán el convenio colectivo aplicable a los trabajadores y a las trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato, así como la obligación de facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a dichos trabajadores y trabajadoras. Asimismo, realizará la pertinente declaración responsable de (caso de resultar adjudicatario) indicar el convenio colectivo así como la obligación de facilitar cuanta información se requiera sobre las referidas condiciones de trabajo a la hora de elaborar la oferta.
- Obligación de pago xx xxxxxxx recogido en convenio: En el caso de resultar adjudicatarios, los licitadores o licitadoras asumirán, como condición especial de ejecución, la obligación de aplicar a la plantilla que ejecutará el contrato las condiciones establecidas por el último convenio colectivo (de empresa, sectorial o territorial, según corresponda) vigente en el que se encuadra y desarrolla la prestación contractual, sin perjuicio de las mejoras sobre lo dispuesto en el mismo. En particular, el adjudicatario deberá abonar el salario recogido en el precitado convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda, sin que el salario pueda ser inferior a aquél y sin perjuicio de las mejoras a las condiciones del mismo que los trabajadores subrogados tuvieran reconocidas.
b) Medidas para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
1º) El adjudicatario cumplirá con la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, tal y como se recoge en el artículo 8 de la Resolución de 19 de enero de 2018 de la Dirección General de Empleo por la que se registra y publica el Convenio colectivo con los contenidos establecidos en la Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad Efectiva entre Hombres y Mujeres.
2º) En el supuesto de que la empresa posea el distintivo empresarial en materia de igualdad, quedará exenta de la obligación señalada en el punto anterior.
Las obligaciones descritas en el presente artículo constituyen condiciones especiales de ejecución. El incumplimiento en materia medioambiental dará lugar a la imposición de penalidades tipificadas como muy graves.
c) Protección de datos
De acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos el responsable del tratamiento de sus datos es COFIVACASA (en adelante, el Responsable).
El Responsable está legitimado para tratar los datos que le faciliten los licitadores con motivo de la participación en la presente licitación para las siguientes finalidades:
a) Gestionar la participación de los licitadores en la licitación. Este tratamiento queda legitimado por el consentimiento válidamente prestado por éstos en el momento de la presentación de su candidatura.
b) Se emplearán los datos del adjudicatario para el control y ejecución de la relación jurídica que surja entre las partes. El tratamiento está legitimado en virtud de la ejecución del contrato que regirá la prestación de los servicios del contrato.
c) Publicación de los datos de los licitadores y los adjudicatarios a través de los medios que COFIVACASA considere oportunos, en especial a través de la página web de la compañía, que recoge información acerca, entre otros aspectos, de contrataciones y proveedores. Esta finalidad está autorizada por la LCSP.
Los datos de carácter personal únicamente se tratarán y conservarán mientras persista la relación y una vez finalizada ésta mientras el Responsable esté legitimado para su tratamiento y/o conservación atendiendo a los plazos establecidos por la legislación vigente.
Respecto a los datos de carácter personal recogidos para su tratamiento los licitadores tienen la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso rectificación, supresión y portabilidad. Asimismo, en determinadas circunstancias los licitadores tendrán derecho a solicitar la limitación u oposición del tratamiento de sus datos en cuyo caso el Responsable cesará en su tratamiento y únicamente conservará los mismos para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
El ejercicio de los citados derechos podrá hacerse mediante solicitud dirigida por escrito al Responsable a través de los datos de contacto indicados en el Cuadro de Características, en los términos que suscribe la legislación vigente. Asimismo, en cualquier momento las reclamaciones podrán dirigirse indistintamente al Responsable o la Agencia Española de Protección de datos a través de los formularios que ésta entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles a través de su página web, xxxxx://xxxxxxxx.xxx.xx.
Si para la prestación del servicio debiera accederse a datos de carácter personal de los que es responsable COFIVACASA el adjudicatario ostentaría la condición, a los efectos de la normativa de protección de datos, de encargado de tratamiento. En este caso, será necesario la formalización de un contrato en el que se regulen las condiciones de dicho tratamiento, debiendo contener al menos los siguientes aspectos:
a) Compromiso de tratar los datos única y exclusivamente de acuerdo con las instrucciones documentadas que COFIVACASA le facilite debiendo poner en conocimiento de COFIVACASA cualquier indicación que, a juicio de la adjudicataria, infrinja la normativa de protección de datos. La sujeción a las instrucciones de COFIVACASA deberá producirse igualmente en el caso de los sub-encargados de tratamiento y las transferencias internacionales de datos que deberán ser autorizadas previamente por COFIVACASA.
b) En el caso de que el adjudicatario determine los fines y medios del tratamiento, será considerado responsable, estando afecto a las responsabilidades legales establecidas en la normativa de protección de datos.
c) A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32 del RGPD, compromiso de aplicación y actualización de las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, todo ello teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas físicas.
d) Puesta a disposición de COFIVACASA de toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento General de Protección de Datos (en adelante, RGPD), así como en la correspondiente Ley Orgánica. En este sentido se compromete y obliga, a permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte de COFIVACASA o de otro auditor autorizado ésta.
e) En el supuesto de que para realizar las operaciones de tratamientos xxx Xxxxxx fuera necesario realizar la evaluación de impacto del artículo 35 RGPD compromiso de la adjudicataria a ayudar a COFIVACASA en la realización y mantenimiento de las evaluaciones de impacto y consulta previa.
f) Obligación de notificación a COFIVACASA, sin dilación indebida, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia.
g) Mantenimiento del registro de actividades de tratamiento, salvo que sea de aplicación la excepción prevista en el artículo 30.5 RGPD.
h) A elección de XXXXXXXXXX, una vez cumplida la prestación del servicio, obligación de la adjudicataria de:
- suprimir todos los datos personales y las copias existentes, salvo que de acuerdo alguna norma legal estipule la necesidad de conservarlos. conservación, caso en el cual no procederá la supresión de los datos personales o
- devolver todos los datos personales una vez finalice la prestación de los servicios de tratamiento, y suprimir las copias que haya podido realizar.
d) Propiedad intelectual o industrial
La denominación COFIVACASA y su logotipo constituyen un signo distintivo registrado ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, del que es titular COFIVACASA. La participación en la presente licitación o la eventual adjudicación del mismo, no otorgan ningún derecho de utilización sobre la marca antes mencionada.
Serán de titularidad exclusiva de COFIVACASA los resultados objeto del presente Xxxxxx, así como todos los derechos de propiedad industrial e intelectual que se generen como consecuencia de la ejecución del contrato, incluido en su caso posibles actualizaciones, modificaciones, documentación, manuales, etc. que se creen durante la vigencia del mismo.
En relación a las obras protegibles bajo propiedad intelectual, el adjudicatario deberá ceder en exclusiva todos los derechos sobre las obras, incluyendo los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, sin ningún tipo de limitación, para todas las modalidades de explotación conocidas al momento de la firma del contrato por el máximo tiempo legalmente posible y con un ámbito de eficacia mundial, sin que quepa ninguna compensación económica adicional. En el caso de que las obras sean programas informáticos el adjudicatario deberá hacer entrega del código fuente del software creado una vez finalizada la prestación, o en su caso en el momento en que el contrato fuera rescindido por alguna de las partes.
En el caso de los derechos de propiedad industrial, la titularidad es igualmente exclusiva y comprenderá la posibilidad de explotarlos en cualesquiera campos y de registrarlos o no ante cualesquiera oficinas de propiedad industrial, siendo el ámbito mundial y por el máximo tiempo legalmente posible.
El adjudicatario deberá ser titular o tener autorización de quien ostente los derechos de explotación, de los derechos de propiedad intelectual e industrial necesarios para la ejecución del contrato, circunstancia que podrá ser comprobada por COFIVACASA en cualquier momento de la vigencia del contrato. Así, el adjudicatario exonerará a COFIVACASA de cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros por reclamaciones de cualquier índole dimanantes de los suministros, materiales, procedimientos y medios utilizados para la ejecución del contrato objeto del presente Xxxxxx, procedentes de los titulares de los derechos de propiedad intelectual e industrial sobre los mismos.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato y de sus prórrogas, en su caso.
Si llegado el término del plazo total citado el Contratista hubiera incurrido en demora por causas imputables al mismo, COFIVACASA podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas serán diarias, en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. En todo caso, la constitución en demora del Contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de COFIVACASA.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato y cuando el incumplimiento del Contratista se refiera a la ejecución de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho COFIVACASA, originados por la demora del Contratista.
El adjudicatario se compromete a mantener la más estricta confidencialidad y secreto sobre la información confidencial, comprometiéndose a no revelarla a terceros, salvo en los casos específicamente previstos en este Pliego, debiendo implementar las medidas técnicas, jurídicas, formativas y organizativas que garanticen dichas obligaciones de confidencialidad y secreto.
El Contratista se compromete a limitar el acceso a la información confidencial a las personas de su organización que estrictamente precisen tener acceso para el cumplimiento del contrato, debiendo por otro lado, con carácter previo a que se produzca dicho acceso a la información confidencial, suscribir un contrato de confidencialidad que garantice el cumplimiento de lo dispuesto en el presente pliego. De igual modo, el adjudicatario se compromete a suscribir acuerdos de confidencialidad en iguales términos a los reflejados en el presente pliego con cualesquiera empresas, asociaciones, fundaciones, profesionales, etc., a los que se les pueda subcontratar, cuando esto sea posible según las previsiones del contrato, parte de las acciones a acometer en el proyecto.
La información confidencial única y exclusivamente podrá ser utilizada por el adjudicatario en el marco del presente compromiso y con el único objetivo del cumplimiento y desarrollo del mismo, no pudiendo emplearse ni aplicarse para otro tipo de propósito o finalidad diferente a la contenida en el contrato.
Al momento de la finalización del contrato, por cualesquiera causas que fueran, el adjudicatario, con carácter general y salvo que haya otra previsión en el contrato, deberán proceder a la devolución de la información y en su caso, a la eliminación de manera efectiva y segura de sus sistemas informáticos en el caso de que la hubiera incorporado a los mismos.
El deber de confidencialidad estará vigente durante la vigencia del contrato y se mantendrá en vigor los cinco (5) años siguientes a su finalización con independencia de la causa que motive la resolución. Por su parte, el ámbito territorial del compromiso de confidencialidad será mundial.
Se entenderá como información confidencial cualesquiera datos, procedimientos, técnicas, know-how, informaciones o explicaciones que sobre los anteriores elementos se realice, con independencia de la naturaleza que tengan ya sea técnica, comercial o económica, que COFIVACASA revele, comunique o ponga a disposición de la adjudicataria, con independencia del medio o procedimiento empleado para ello, incluido la comunicación oral, durante la vigencia del contrato.
No obstante, no tendrá la consideración de información confidencial y por tanto no estará sometida a las obligaciones estipuladas en la presente cláusula toda aquella información que el adjudicatario estuviera en condiciones de probar que:
– Hubiera sido conocida por el adjudicatario por un medio legítimo con anterioridad a haber sido recibida de COFIVACASA.
– Sea en el momento de recibirla de COFIVACASA, o se convierta más tarde, de carácter público o de dominio público.
– Se reciba a través de terceros que no tengan ninguna obligación de confidencialidad con el adjudicatario.
– Sea desarrollada por el adjudicatario independientemente de la información confidencial que ha recibido de XXXXXXXXXX siempre y cuando se pueda acreditar documentalmente.
– El adjudicatario se vea obligado a poner en conocimiento de un tercero por exigencia legal. No obstante, en dicho caso el adjudicatario notificará con la mayor brevedad posible a COFIVACASA dicha circunstancia para que pueda tomar las medidas que estime oportunas con el fin de preservar la confidencialidad de dicha Información. En cualquier caso, el adjudicatario se compromete a facilitar únicamente aquella información que estén obligadas a divulgar, y a llevar a cabo cuantos actos sean necesarios para preservar la confidencialidad de la información.
– COFIVACASA le autorice a divulgar.
REGLAS ESPECIALES RESPECTO DEL PERSONAL LABORAL DEL
CONTRATISTA
1. Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos (en los casos en que se establezcan requisitos específicos de titulación y experiencia), formará parte del equipo de trabajo asignado a la ejecución del contrato.
La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento a COFIVACASA.
2. El Contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
3. La empresa contratista velará especialmente para que los trabajadores asignados a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
4. La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Actuar como interlocutor del Contratista frente a COFIVACASA, canalizando la comunicación entre la empresa Contratista y el personal integrante del equipo de trabajo asignado al contrato, de un lado, y COFIVACASA, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d) Organizar el régimen de vacaciones del personal asignado a la ejecución del contrato, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar a COFIVACASA acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo asignado a la ejecución del contrato.
f) En referencia a la relación entre el Contratista y COFIVACASA, toda comunicación entre ambas entidades deberá hacerse por escrito, siendo la persona de contacto en COFIVACASA el responsable designado por la gerencia del centro.
5. SUBROGACIÓN: En el apartado O) del Cuadro de Características se establece que no procederá la subrogación en la presente contratación.
12. DERECHOS ECONÓMICOS DEL CONTRATISTA: ABONO DE LOS TRABAJOS Y FACTURACIÓN
El abono de los servicios se realizará según se indica en el apartado C.6 del Cuadro de Características.
El Contratista tiene derecho al abono del precio convenido en la adjudicación, por los trabajos efectivamente realizados y formalmente recibidos de conformidad por COFIVACASA, pero no tendrá derecho a indemnización por las averías y perjuicios ocasionados en la ejecución del contrato, salvo que COFIVACASA hubiere incurrido en culpa.
El Contratista no podrá reclamar ningún precio ni indemnización por aquellos trabajos realizados fuera de las estipulaciones del contrato ni aún en el caso de alegar y demostrar que los servicios así ejecutadas eran absolutamente necesarias para asegurar una perfecta realización del servicio como consecuencia de lo señalado en los párrafos anteriores.
COFIVACASA tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la aprobación de la factura acompañada de los documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, debiendo aportarse a tal fin la factura.
Si COFIVACASA se demorase, deberá abonar al Contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
El Contratista podrá ceder el derecho de cobro que tenga frente a COFIVACASA conforme a Derecho.
En los supuestos en los que no se use la factura electrónica, las facturas emitidas por los Contratistas han de ser presentadas en el Registro General de COFIVACASA, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
En la factura deberán identificarse los órganos administrativos a los que vaya dirigida la misma.
13.1.
No se permitirá la cesión de los derechos dimanantes del presente contrato por las partes salvo los supuestos contemplados en el primer apartado del artículo 214 de la LCSP.
No se permite la subcontratación.
14.1.
Si el Contratista no cumple con algunas de las condiciones y requisitos señalados en el presente Pliego o en la LCSP, COFIVACASA, previa motivación, documentación del incumplimiento y una vez ofrecida audiencia del interesado durante un plazo mínimo de 5 días naturales, podrá imponer las penalizaciones que se señalan en los apartados siguientes, de acuerdo con las diferentes causas que los hayan motivado.
Independientemente de la tipificación o no de la conducta como infracción contractual, COFIVACASA descontará del abono al Contratista, el importe correspondiente a las prestaciones no satisfechas exigiendo, si se producen daños o perjuicios, la correspondiente indemnización.
A efectos contractuales se considerará falta sancionable toda acción u omisión del Contratista que suponga un quebranto de las exigencias especificadas en el Pliego o en la LCSP.
Con el fin de determinar la existencia o no de infracción, habrá de valorarse la importancia de la prestación no satisfecha, la concurrencia o no de negligencia, la reincidencia o reiteración de la omisión de prestaciones, la importancia de la incidencia en relación al conjunto del contrato, etc. Por lo que a la hora de aplicar dichas penalizaciones, se tendrá en cuenta la calidad de las prestaciones ejecutadas, debiendo ser proporcionales al tipo de incumplimiento causante de la penalización en el conjunto del contrato. Sólo cuando de tal valoración resulte equitativa y proporcionada la existencia de una infracción, se iniciará el procedimiento de imposición de penalidades. La citada valoración deberá efectuarse atendiendo a los criterios expuestos, equidad y proporcionalidad.
Toda falta cometida por el Contratista se clasificará atendiendo a su trascendencia, proporcionalidad e intencionalidad en: leve, grave o muy grave, de acuerdo con los siguientes criterios:
Falta leve: Se considerarán faltas leves, aquellas que afectando desfavorablemente al funcionamiento y eficiencia del contrato, no sean debidas a actuación realizada maliciosamente, ni lleven unido peligros a personas, animales o cosas, ni reduzca la vida económica de los trabajos realizados, ni causen molestias a los usuarios de las vías, parques, etc. Entre otras serán las siguientes:
− La inobservancia de la mecánica operativa inicial y normal en los trabajos.
− El retraso o suspensión en la prestación del contrato inferior a quince días, negligencia o descuido en el cumplimiento de las obligaciones.
− En general, la falta de puntualidad o el incumplimiento de sus deberes por negligencia o descuido excusable.
− El incumplimiento de cualquier obligación de las establecidas en este pliego o en su correspondiente de prescripciones técnicas que no esté calificado con mayor gravedad en este pliego.
Falta grave: Son clasificadas como faltas graves aquellas que como consecuencia de realización deficiente de las inspecciones o de los distintos trabajos exigidos o de las prestaciones y exigencias contractuales, puedan influir negativamente en la vida económica de los trabajos realizados o causar molestias y peligros a los usuarios o causen un grave perjuicio al control o a la inspección municipal de los trabajos contratados. Entre otras serán las siguientes:
− El retraso o suspensión en la prestación del contrato igual o superior a quince días e inferior a treinta días, las faltas repetidas de puntualidad, la negligencia o descuido continuado.
− En general el incumplimiento grave de los deberes y obligaciones y la comisión de tres faltas leves en el transcurso de un año.
− No guardar la debida discreción respecto de los asuntos que se conozcan en razón del contrato prestado.
− No reparar los daños producidos en los bienes del centro o de los usuarios como consecuencia del uso de productos inadecuados.
− Existencia de tres incumplimientos leves en el mismo año.
− La no prestación de alguna de las operaciones contratadas,
− La falta o ausencia de recursos humanos o materiales.
Falta muy grave: Son clasificadas como faltas muy graves aquellas actuaciones que revistan una infracción de condiciones de especial relevancia u obedezcan a una actuación maliciosa del Contratista. Entre otras las siguientes:
− Se impondrán al Contratista penalidades por incumplir los criterios de adjudicación o cuando se incumplan alguno o algunos de los compromisos asumidos en su oferta.
− El fraude económico a COFIVACASA, mediante facturas no acordes con la realidad, o a través de cualquier medio, sin que sea necesaria la existencia de dolo.
− El retraso o suspensión en la prestación del contrato igual o superior a treinta días o el abandono del contrato.
− La acumulación o reiteración de tres faltas graves cometidas en el transcurso de un año.
− La notoria falta de rendimiento, la prestación incorrecta y defectuosa del contrato, tanto en su calidad como en la cantidad.
− La negativa infundada a realizar las prestaciones propias del contrato o las tareas ordenadas por escrito por el responsable del contrato, siempre que ésta sea una actitud directamente imputable al adjudicatario o a sus directivos responsables o empleados.
− Cualquier conducta constitutiva de delito, especialmente, aquellos de naturaleza económica.
− Ceder los derechos y obligaciones dimanantes del contrato sin autorización de COFIVACASA.
− La inobservancia de la obligación xx xxxxxxx profesional.
− La actitud deliberada de permitir que se perjudique el crédito titularidad de COFIVACASA.
− La falsedad en los informes.
− No disponer de los medios personales y materiales suficientes para el cumplimiento del plazo de ejecución ofertado o del objeto del contrato, así como de los requeridos tanto por el Responsable del Contrato.
− El abandono del contrato.
− Incumplimiento de las obligaciones dispuestas en este Pliego en las diferentes materias
− La reiteración de cualquier incumplimiento grave.
14.3. CUANTÍA DE LAS PENALIDADES.
Por cada día de retraso en el inicio de la ejecución del contrato o de suspensión de la ejecución del contrato, se impondrá la sanción prevista por el artículo 11.2 de este pliego.
Además, se impondrán las siguientes penalidades:
1) Faltas muy graves: deducción económica equivalente al 50% del importe de la factura de un mes por cada incumplimiento.
2) Faltas graves: deducción económica equivalente al 25% del importe de la factura de un mes por cada incumplimiento.
3) Faltas leves: apercibimiento o deducción económica equivalente al 5% del importe de la factura de un mes por cada incumplimiento.
No podrán alegarse como causas de fuerza mayor o causa justificada para el incumplimiento de sus obligaciones:
a) Paros laborales internos de la empresa adjudicataria.
b) Vacaciones o bajas laborales de su personal o de terceros.
La empresa adjudicataria en caso de incumplimiento deberá reparar el daño causado, todo ello sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad a que el hecho diera lugar.
Los importes de las penalidades se harán efectivos mediante deducción de los mismos en los pagos o, en su caso, de la fianza.
El importe máximo de las citadas penalidades, de acuerdo con el artículo 192 LCSP, no podrán ser superiores al 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50 por cien del precio del contrato.
La imposición de las penalidades no excluye la eventual indemnización a COFIVACASA como consecuencia de la infracción.
Con carácter general y de conformidad con el art. 209 LCSP, este contrato se extinguirá por cumplimiento o por resolución.
15.1. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se entenderá cumplido por el Contratista cuando éste haya realizado la totalidad de los servicios, de conformidad con lo establecido en el presente pliego y el Pliego de Prescripciones Técnicas, y dichos servicios hayan sido recibidos de conformidad por parte de COFIVACASA, sin que éste haya formulado queja alguna.
En el caso de que los servicios no se hallen en condiciones de ser recibidos o COFIVACASA haya realizado alguna queja en caso de cualquier incumplimiento por parte del Contratista, deberá dejarse constancia expresa y COFIVACASA dará instrucciones al adjudicatario para que subsane dicho incumplimiento o defectos observados. Si aun así los servicios no se adecuan a lo contratado por causas imputables al Contratista, COFIVACASA podrá rechazar dichos servicios y quedar exento de la obligación de pago de los mismos, se entiende a contar desde la fecha de incumplimiento de prestación del servicio o prestación inadecuada.
15.2. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS
Quedarán en propiedad de COFIVACASA tanto las prestaciones contratadas como todos los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad industrial y comercial, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos.
Los contratos que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de éste a COFIVACASA de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 12.1.e) del presente Pliego.
El Contratista tendrá la obligación de proporcionar en soporte informático a COFIVACASA todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos.
Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a COFIVACASA, salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.
El plazo de garantía será, en su caso, el establecido en el apartado D.4) del Cuadro de Características, o en su caso, el ofertado por el adjudicatario, salvo que por la naturaleza del contrato o características intrínsecas no resulte necesario, lo que deberá justificarse debidamente en el expediente de contratación y consignarse expresamente en dicho apartado.
Si durante dicho plazo se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar la subsanación de los mismos.
Transcurrido el plazo de garantía indicado, sin que COFIVACASA haya formalizado ningún reparo, el Contratista quedará relevado de toda responsabilidad por razón de la prestación efectuada.
15.4. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato las establecidas en este Pliego y en los artículos 211 y 313 del TRLCSP, con los efectos previstos en los citados preceptos.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a COFIVACASA, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
16. PRERROGATIVAS Y JURISDICCIÓN
16.1. PRERROGATIVAS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar este contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar, de conformidad con lo establecido en el artículo 203 y siguientes de LCSP, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones referidas a la preparación, adjudicación y modificaciones contractuales (cuando la impugnación de estas se base en el incumplimiento de lo establecido en el art.204 y 205 LCSP, y se entienda que dicha modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación). En estos casos podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:
- Recurso especial, cuando proceda (conforme a lo previsto en el apartado P del Cuadro de Características) en materia de contratación pública ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales en el plazo de quince días hábiles, conforme al artículo 50 LCSP. Si se recurriere la adjudicación este acto quedará automáticamente suspendido.
- Recurso Contencioso Administrativo una vez agotada la vía administrativa en el plazo de dos meses. Este plazo se computará a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que se susciten entre las partes en relación con los efectos y extinción del contrato, con excepción de las modificaciones contractuales citadas anteriormente.
17.ANEXO I. MODELO PROPOSICIÓN DE CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA
D/Doña……………….., vecino/a de ……………………, con domicilio en……………, en nombre propio o en representación de ……………., enterado/x xxx Xxxxxx de Condiciones Reguladoras aprobado por COFIVACASA, S.A., S.M.E. que han de regir el procedimiento para adjudicar la ejecución del contrato denominado “SERVICIOS DE GESTION DE RECUPERACION DE CREDITO Y ASISTENCIA LETRADA EN ARBITRAJE
INTERNACIONAL” y, aceptando íntegramente el contenido de los mismos, en nombre… (propio o de la persona o entidad que representa, especificando en este
último caso sus circunstancias), se compromete a realizar el citado contrato conforme a los siguientes criterios establecidos en la presente licitación, en el mismo orden y con el siguiente resultado que, a continuación, se detallan:
- CRITERIO Nº 1: PORCENTAJE OFERTADO SOBRE LA CANTIDAD DE DEUDA EFECTIVAMENTE RECOBRADA (CON EL LIMITE MAXIMO DE PRECIO DEL CONTRATO DE 874.170,32 EUROS IMPUESTOS NO INCLUIDOS)
Lugar, fecha y firma de la licitadora.
Cuando los criterios se correspondan con alguno de los que, más abajo se relacionan, cumplimentar el modelo de la siguiente manera:
a) El porcentaje ofertado sobre la cantidad de deuda efectivamente recobrada se establece en un …… por ciento (en letras y números).
PROTECCIÓN DE DATOS - De acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos informamos a los licitadores que el responsable del tratamiento de sus datos es COFIVACASA, S.A., S.M.E. (en adelante, el Responsable), sita en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, 00, 0x xxxxxx, 00.000-Xxxxxx, con número de teléfono 00 000 00 00 y dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx. El Responsable está legitimado para tratar los datos que le faciliten los licitadores por la participación en la licitación para las siguientes finalidades: a) Gestionar su participación en la licitación. Este tratamiento queda legitimado por el consentimiento válidamente prestado por los licitadores en el momento de su participación. b) Publicación de los datos de los licitadores y los adjudicatarios a través de los medios que COFIVACASA, S.A., S.M.E. considere oportunos, en especial a través de la página web de la compañía (xxx.xxxxxxxxxx.xx), que recoge información acerca, entre otros aspectos, de contrataciones y proveedores de la compañía. Esta finalidad está autorizada por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Los datos de carácter personal únicamente se tratarán y conservarán mientras persista la relación y una vez finalizada ésta mientras el Responsable esté legitimado para su tratamiento y/o conservación atendiendo a los plazos establecidos por la legislación vigente.
Respecto a los datos de carácter personal recogidos para su tratamiento, los licitadores tienen la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad. Asimismo, en determinadas circunstancias los licitadores tendrán derecho a solicitar la limitación u oposición del tratamiento de sus datos en cuyo caso el Responsable cesará en su tratamiento y únicamente conservará los mismos para el ejercicio o la defensa de reclamaciones. El ejercicio de los citados derechos podrá hacerse mediante solicitud dirigida por escrito al Responsable a través de los datos de contacto indicados previamente, en los términos que suscribe la legislación vigente. Asimismo, en cualquier momento las reclamaciones podrán dirigirse indistintamente al Responsable o la Agencia Española de Protección de datos a través de los formularios que ésta entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles a través de su página web, xxxxx://xxxxxxxx.xxx.xx.
18. ANEXO II: MODELO DE DECLARACIÓN DE EMPRESAS VINCULADAS.
D/Xx. ………….., mayor de edad, con domicilio en………….. C/ o Plaza , con D.N.I.
……………….., actuando en su propio nombre y derecho o en representación de
……………………, en su calidad de ; en relación a la proposición presentada
para la contratación de los servicios , declara bajo su responsabilidad: (Índíquese lo que proceda):
□ Que son empresas vinculadas con el licitador las incluidas en la relación adjunta, sin que exista ninguna otra empresa en la que concurran los requisitos señalados en el citado precepto.
Nombre o razón social…………………………..NIF/CIF………………………..
1.-
2.-
3.-
□Que el licitador no tiene empresas vinculadas.
Lugar, fecha y firma de la licitadora.
PROTECCIÓN DE DATOS - De acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos informamos a los licitadores que el responsable del tratamiento de sus datos es COFIVACASA, S.A., S.M.E. (en adelante, el Responsable), sita en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, 00, 0x xxxxxx, 00.000-Xxxxxx, con número de teléfono 00 000 00 00 y dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx. El Responsable está legitimado para tratar los datos que le faciliten los licitadores por la participación en la licitación para las siguientes finalidades: a) Gestionar su participación en la licitación. Este tratamiento queda legitimado por el consentimiento válidamente prestado por los licitadores en el momento de su participación. b) Publicación de los datos de los licitadores y los adjudicatarios a través de los medios que COFIVACASA, S.A., S.M.E. considere oportunos, en especial a través de la página web de la compañía (xxx.xxxxxxxxxx.xx), que recoge información acerca, entre otros aspectos, de contrataciones y proveedores de la compañía. Esta finalidad está autorizada por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Los datos de carácter personal únicamente se tratarán y conservarán mientras persista la relación y una vez finalizada ésta mientras el Responsable esté legitimado para su tratamiento y/o conservación atendiendo a los plazos establecidos por la legislación vigente.
Respecto a los datos de carácter personal recogidos para su tratamiento, los licitadores tienen la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad. Asimismo, en determinadas circunstancias los licitadores tendrán derecho a solicitar la limitación u oposición del tratamiento de sus datos en cuyo caso el Responsable cesará en su tratamiento y únicamente conservará los mismos para el ejercicio o la defensa de reclamaciones. El ejercicio de los citados derechos podrá hacerse mediante solicitud dirigida por escrito al Responsable a través de los datos de contacto indicados previamente, en los términos que suscribe la legislación vigente. Asimismo, en cualquier momento las reclamaciones podrán dirigirse indistintamente al Responsable o la Agencia Española de Protección de datos a través de los formularios que ésta entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles a través de su página web, xxxxx://xxxxxxxx.xxx.xx.
19. XXXXX XXX: MODELO DE ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION FACILITADA EN LA REUNION DE CARACTER EXCLUSIVAMENTE TECNICO DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE GESTION DE RECUPERACION DE CREDITO Y ASISTENCIA LETRADA EN ARBITRAJE INTERNACIONAL
En Madrid,……… de julio de 2019
REUNIDOS
DE UNA PARTE: D. ……………………………………………., Director ………………., en nombre y representación de COFIVACASA, S.A. S.M.E., con domicilio en Madrid, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, xx 00, 0x xxxxxx, xxx XXX X-00000000, actúa en virtud de poder a su favor otorgado ante el Notario de ……………………………., poder que asegura continúa vigente, nº de protocolo………………………..
DE OTRA PARTE: D/Xx. ….……………………………………. en nombre y representación de……………………………………………,con domicilio en …………………………………………….y con CIF actúa en virtud de poder a su favor otorgado ante el Notario
de, poder que asegura continúa vigente, nº de protocolo………………………..
En adelante conjuntamente denominadas “las Partes”,
EXPONEN
I.- Que el objeto del acuerdo es garantizar la confidencialidad en la utilización de los datos que COFIVACASA, S.A. S.M.E. (en adelante COFIVACASA) suministren a la empresa
……………………………… (en adelante ………………..), como consecuencia de la REUNIÓN INFORMATIVA DE CARACTER EXCLUSIVAMENTE TÉCNICO DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE GESTION DE RECUPERACION DE CREDITO Y ASISTENCIA LETRADA EN ARBITRAJE INTERNACIONAL.
II.- Que por lo anterior, las Partes desean regular las condiciones al amparo de las cuales se va a revelar información confidencial y establecer las reglas que gobernarán el uso y protección de la misma, por lo que convienen en celebrar el presente ACUERDO, según las siguientes,
PRECISIONES
En el presente acuerdo:
(a) “Información Confidencial” hace referencia a toda la información incluida en cualesquiera conversaciones así como los términos de este documento (con independencia de si está o no marcada, designada o de otro modo identificada como “Confidencial”), incluida cualquier información que COFIVACASA hubiera proporcionado a……………………………. de cualquier forma y/o soporte incluso con anterioridad a la firma del presente documento salvo que:
i) sea ahora de dominio público o pueda llegar a serlo en lo sucesivo, salvo como consecuencia de su revelación por parte de………………………. o por la de
cualquiera de sus empleados o asesores cuando COFIVACASA no lo haya autorizado por escrito;
ii) ………………………………..conociera con anterioridad a la fecha en que le fue comunicada por parte de COFIVACASA sin que tuviera la obligación de mantenerla confidencial;
iii) que se le diera a conocer sin restricción alguna por parte de COFIVACASA.
También es Información Confidencial cualquier Información Derivada, entendiendo como tal, toda información (incluyendo notas, análisis, recopilaciones y resúmenes) que conste por escrito o esté incorporada a cualquier medio o soporte electrónico, derivada de información descrita en el apartado (a) que se corresponde con la definición de Información Confidencial.
Sentadas las anteriores precisiones, las Partes convienen en celebrar el presente ACUERDO, según las siguientes,
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- OBJETO DEL ACUERDO
El objeto de este Acuerdo es regular la revelación de información por parte de COFIVACASA a en la REUNIÓN INFORMATIVA DE CARACTER
EXCLUSIVAMENTE TECNICO DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE GESTION DE RECUPERACION DE CREDITO Y ASISTENCIA LETRADA
EN ARBITRAJE INTERNACIONAL, información que podrá ser exclusivamente utilizada por los representantes autorizados de…………………………………………… según los términos y condiciones establecidos en el presente Acuerdo.
SEGUNDA.-TERMINOS Y CONDICIONES.
2.1.- COFIVACASA revelará a……………………………………………. información considerada confidencial, (en adelante “Información Confidencial”). Esta Información Confidencial estará identificada como tal.
2.2.- COFIVACASA revelará a sólo aquella Información
Confidencial que COFIVACASA considere necesaria para cumplir los objetivos informativos establecidos en el Expositivo de este Acuerdo.
2.3.- ..………………………………………………..utilizará la Información Confidencial exclusivamente para licitar en el concurso de referencia, comprometiéndose expresamente a no utilizar dicha información confidencial en beneficio propio o de un tercero que sea parte directa en el asunto de referencia en caso de no resultar adjudicatarios del presente proceso de contratación.
El incumplimiento de este extremo que pudiera derivar en un conflicto directo con los intereses de COFIVACASA en el asunto de referencia, dará lugar a una indemnización en favor de la misma por importe del CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS HONORARIOS PROFESIONALES generados por en los
servicios prestados a ese tercero que fuera parte directa en el asunto de referencia, con base en el perjuicio ocasionado por este incumplimiento, sin perjuicio del derecho de COFIVACASA de entablar las acciones legales oportunas que en derecho haya lugar incluyendo los daños y perjuicios que del incumplimiento de las acciones requeridas dieran lugar y que se insten las eventuales responsabilidades que se puedan derivar de esas conductas.
Toda la Información Confidencial recibida por …………………………………………:
a) será considerada propiedad de COFIVACASA en su caso y será guardada por………………………………………………………. como si fuese información confidencial de su propia empresa.
b) no será revelada a terceros salvo autorización escrita de COFIVACASA.
c) será revelada exclusivamente a aquellos empleados/asesores de que tengan necesidad de conocerla y sólo
para el propósito establecido en el Expositivo de este Acuerdo.
d) informará expresamente a sus empleados/asesores
de la naturaleza confidencial de la información y de la finalidad exclusiva con la que la misma puede ser utilizada. será responsable de procurar
el cumplimiento de los términos del presente acuerdo por parte de las empleados/asesores como si éstos estuvieran sujetos a las mismas obligaciones que nosotros mismos conforme a lo establecido en el presente. A los efectos de este Acuerdo las acciones de los empleados/asesores serán tratadas como si hubiesen sido realizadas por……………………………....
e) no será usada en todo o en parte para ningún otro propósito del especificado en el Expositivo de este Acuerdo sin el consentimiento previo y escrito de COFIVACASA.
f) no será copiada, reproducida o duplicada en todo o en parte sin haber sido autorizada previamente y por escrito por XXXXXXXXXX para ello.
2.4.- ………………………………………reconoce y acuerda que los términos y condiciones de este Acuerdo son razonables y necesarios para la protección de los legítimos intereses de COFIVACASA, y para prevenir perjuicios o pérdidas de la misma.
2.5.- Si por causas imputables a …………………………………………. alguna Información Confidencial de COFIVACASA pasara a poder de terceros,
………………………………………………. estará obligada a actuar, judicial o extrajudicialmente, y a su xxxxx, para evitar que ese tercero utilice para sí o para otros dicha información. En caso contrario, COFIVACASA actuará contra……………………………………., con independencia de que utilice cualquier otra acción legal que considere oportuna contra terceros.
2.6.- ………………………….confirma que actúa en su nombre y no como agente o representante de ningún tercero.
2.7.- En caso de ser requerida por escrito, se obliga a devolver o destruir el
documento que refleje Información Confidencial, junto con cualquier copia que esté en su poder o control, o en poder o en control de cualquiera de sus empleados/asesores y que sea susceptible de entrega o destrucción; y a borrar toda
la Información Confidencial de cualquier ordenador, procesador de texto o aparato similar en el que haya sido introducida por , en su nombre, o
por cualquiera de sus empleados/asesores o en nombre de estos últimos, obligándose a proporcionar a COFIVACASA una certificación de devolución o destrucción en caso de que dicha Información Confidencial fuera destruida.
No obstante, lo anterior, queda acordado y aceptado que el compromiso de confidencialidad y no utilización de la Información Confidencial revelada u obtenida subsistirán y continuarán vinculando a las Partes incluso después de su destrucción..
Asimismo, …………………………se compromete a destruir inmediatamente, una vez tenga conocimiento, toda la información recibida por COFIVACASA en caso de no resultar adjudicatarios del presente proceso de contratación.
2.8.- Nada de lo dispuesto en este Acuerdo puede ser interpretado como obligación de COFIVACASA de revelar Información Confidencial a………………………………… o de establecer una relación contractual con el mismo, ya que es a título meramente informativo y para poder participar en el concurso público descrito en el Expositivo Primero.
2.9.- En caso de que por cualquier motivo se invaliden cualquiera de los términos pactados en el presente documento, tal invalidez no afectará a la totalidad del Acuerdo, que mantendrá plena vigencia.
TERCERA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 29 del Reglamento UE 679/2016, de 27 xx Xxxxx, General de Protección de Datos y de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, ………………………………… será considerada como “encargada del tratamiento” de los documentos, contratos, informaciones y datos propiedad de COFIVACASA a los que accede para la ejecución del objeto del presente contrato, garantizando en todo momento la confidencialidad de los documentos e informaciones, incluidos datos de carácter personal y de todo tipo, antes como después de ser tratados, así como que el uso y tratamiento de los mismos será exclusivamente para la evaluación, preparación y presentación de los resultados de la REUNIÓN INFORMATIVA DE CARACTER EXCLUSIVAMENTE TECNICO DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE GESTION DE RECUPERACION DE CREDITO Y
ASISTENCIA LETRADA EN ARBITRAJE INTERNACIONAL, encontrándose taxativamente no autorizado y/o prohibida por COFIVACASA ninguna utilización o tratamiento posterior de los documentos, contratos, informaciones y datos puestos a disposición de
………………………………… para cualquier otra finalidad incompatible o distinta, así como para cualquier modalidad de tratamiento posterior.
………………………………… reconoce expresamente que, entre los documentos, contratos, informaciones y datos puestos a disposición por COFIVACASA, para su consulta y evaluación, pueden encontrase datos procedentes de ficheros/bases de datos en los que pueden contenerse datos de carácter personal, y que dichos ficheros/bases de datos/datos de carácter personal son de exclusiva propiedad de COFIVACASA, tratándose la relación de un Acceso a los datos por cuenta de terceros, por lo que, de acuerdo a lo previsto por los artículos 28 y 29 del Reglamento UE 679/2016, de 27 xx Xxxxx, General de Protección de Datos y de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales,
………………………………… no utilizará los datos con fines distintos a las instrucciones de
COFIVACASA cumpliendo así con las obligaciones adquiridas en el presente Acuerdo suscrito entre ambas sociedades; ni procederá al tratamiento de los datos para finalidades propias ni los cederá en ningún caso a terceros, ni tan siquiera para su conservación o almacenamiento en medios o recursos informáticos, así como aplicará sobre la documentación, informaciones y datos a los que acceda en las instalaciones de COFIVACASA las medidas de seguridad que éste le comunique y, en caso que el acceso y/o cualquier actividad de tratamiento, conforme a la definición dada por el artículo 4 del Reglamento UE 679/2016, de 27 xx Xxxxx, General de Protección de Datos, se realice desde las instalaciones de , adoptará las medidas de seguridad reguladas
en la cláusula siguiente del presente Acuerdo.
CUARTA.- SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN EN EL ACCESO DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL CLIENTE.
Al realizarse el acceso a los documentos, contratos, informaciones y datos en las Salas/Despachos especialmente habilitados a tal efectos por COFIVACASA en sus instalaciones de , y su personal dependiente autorizado y
habilitado para dicho acceso, se comprometen a cumplir con todas y cada una de las normas, directrices y medidas de seguridad, técnicas y organizativas, implementadas por COFIVACASA para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento y acceso no autorizado.
QUINTA.- SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN EN EL TRATAMIENTO QUE REALICE
………………………… EN SUS INSTALACIONES.
En caso que ………………………………… realice un tratamiento de los datos, documentos, informaciones, contratos o cualquier otro tipo de información para la ejecución del objeto del presente contrato en sus propias instalaciones, en sus equipos informáticos o proceda a realizar un tratamiento no automatizado de la información, se
compromete y obliga a adoptar las medidas técnicas y organizativas que puedan ser necesarias para garantizar la seguridad, confidencialidad e integridad de los datos de carácter personal, que evitarán su alteración, pérdida, tratamiento o acceso a ellos no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a los que estén expuestos.
SEXTA.- LEGISLACIÓN Y FUERO
El presente Contrato se regirá por la ley española.
Las Partes, con renuncia al fuero propio que pudiera corresponderles, se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, (capital) para cuantas cuestiones puedan suscitarse entre las partes en relación con la interpretación cumplimiento o ejecución del presente acuerdo
Y en prueba de conformidad, firman el presente acuerdo en el lugar y fecha arriba indicados.
Por………………………………………………….. POR COFIVACASA,
P.P. P.P.
Por ………………………………………………….. POR ,
P.P.
20. ANEXO IV. DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC)
• Parte I: Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador o la entidad adjudicadora.
A. Información sobre la publicación
En el caso de los procedimientos de contratación en los que se haya publicado una convocatoria de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea, la información exigida en la parte I se obtendrá automáticamente, siempre que el DEUC se haya generado y cumplimentado utilizando el servicio DEUC electrónico.
Referencia del anuncio pertinente publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea:
Número del anuncio recibido
-
Número del anuncio en el DOS:
-
URL del DOS
National Official Journal
-
Si no hay convocatoria de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea, o si no hay obligación de publicar en ese medio, el poder adjudicador o la entidad adjudicadora deben consignar la información que permita identificar inequívocamente el procedimiento de contratación (p.ej., la referencia de publicación nacional).
B. Identidad del contratante
Nombre oficial: COFIVACASA SA SME
País: España
C. Información sobre el procedimiento de contratación
Tipo de Procedimiento: Procedimiento Restringido
Título: CONTRATO DE SERVICIOS DE GESTIÓN DE RECUPERACIÓN DE CRÉDITO Y ASISTENCIA LETRADA EN ARBITRAJE INTERNACIONAL
Breve descripción:
El objeto del contrato es la asistencia jurídica y representación letrada de COFIVACASA en aquellas actuaciones que en Derecho procedan a fin de hacer efectivo el cobro del derecho de crédito que COFIVACASA ostenta frente a BARIVEN, S.A. ("BARIVEN") por importe de 3.496.681,30 euros (intereses no incluidos) como consecuencia del impago de las facturas correspondientes a unos equipos fabricados por encargo de BARIVEN en virtud de contrato de fecha 14 xx xxxxx de 2012, de conformidad con los mecanismos de cobro contemplados en dicho contrato y demás que resulten procedentes en Derecho y que en todo caso incluirán: las actuaciones pre-procesales necesarias, iniciación y llevanza de procedimiento
arbitral ante la corte arbitral competente (Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional-CCI- con sede en La Haya), así como los mecanismos aplicables de impugnación y ejecución del eventual laudo que se dicte.
Número de referencia del expediente asignado por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora (en su caso) _.
• Parte II: Información sobre el operador económico.
A: Información sobre el operador económico
Nombre:
-
Calle y número:
-
Código postal:
-
Ciudad:
-
País:
---
Dirección internet (dirección de la página web) (en su caso):
-
Correo electrónico:
-
Teléfono:
-
Persona o personas de contacto:
-
Número de IVA, si procede:
-
Si no se dispone de un número de IVA, indique otro número de identificación nacional, en su caso y cuando se exija
-
¿Es el operador económico una microempresa, una pequeña o una mediana empresa?
❍ Sí
❍ No
Únicamente en caso de contratación reservada: el operador económico ¿es un taller protegido o una empresa social o prevé que el contrato se ejecute en el marco de programas de empleo protegido?
❍ Sí
❍ No
¿Cuál es el correspondiente porcentaje de trabajadores discapacitados o desfavorecidos?
-
En caso necesario, especifique a qué categoría o categorías pertenecen los trabajadores discapacitados o desfavorecidos de que se trate.
-
En su caso, ¿figura el operador económico inscrito en una lista oficial de operadores económicos autorizados o tiene un certificado equivalente (p. ej., en el marco de un sistema nacional de (pre)clasificación)?
❍ Sí
❍ No
• Sírvase responder a las restantes preguntas de esta sección, a la sección B y, cuando proceda, a la sección C de la presente parte, cumplimente, cuando proceda, la parte V, y, en cualquier caso, cumplimente y firme la parte VI.
a) Indique el número de inscripción o certificación pertinente, si procede:
-
b) Si el certificado de inscripción o la certificación están disponibles en formato electrónico, sírvase indicar:
-
c) Indique las referencias en las que se basa la inscripción o certificación y, en su caso, la clasificación obtenida en la lista oficial:
-
d) ¿Abarca la inscripción o certificación todos los criterios de selección exigidos?
❍ Sí
❍ No
• Consigne, además, la información que falte en la parte IV, secciones A, B, C o D, según proceda, ÚNICAMENTE cuando así lo exijan el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación.
e) ¿Podrá el operador económico presentar un certificado con respecto al pago de las cotizaciones a la seguridad social y los impuestos o facilitar información que permita al poder adjudicador o a la entidad adjudicadora obtenerlo directamente a través de una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse gratuitamente?
❍ Sí
❍ No
Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:
-
¿Está participando el operador económico en el procedimiento de contratación junto con otros?
❍ Sí
❍ No
• Asegúrese de que los demás interesados presentan un formulario DEUCseparado.
a) Indique la función del operador económico dentro del grupo (responsable principal, responsable de cometidos específicos, etc.):
-
b) Identifique a los demás operadores económicos que participan en el procedimiento de contratación conjuntamente:
-
c) En su caso, nombre del grupo participante:
-
En su caso, indicación del lote o lotes para los cuales el operador económico desea presentar una oferta:
-
B: Información sobre los representantes del operador económico:
• En su caso, indíquense el nombre y la dirección de la persona o personas habilitadas para representar al operador económico a efectos del presente procedimiento de contratación:
Nombre
-
Apellidos
-
Fecha de nacimiento
-
Lugar de nacimiento
-
Calle y número:
-
Código postal:
-
Ciudad:
-
País:
---
Correo electrónico:
-
Teléfono:
-
Cargo/calidad en la que actúa:
-
En caso necesario, facilite información detallada sobre la representación (sus formas, alcance, finalidad …):
-
C: Información sobre el recurso a la capacidad de otras entidades
¿Se basa el operador económico en la capacidad de otras entidades para satisfacer los criterios de selección contemplados en la parte IV y los criterios y normas (en su caso) contemplados en la parte V, más abajo?
❍ Sí
❍ No
• Facilite un formulario de DEUC aparte, que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y de la parte III, por cada una de las entidades de que se trate, debidamente cumplimentado y firmado por las entidades en cuestión.
Tenga en cuenta que debe incluir además el personal técnico u organismos técnicos que no estén integrados directamente en la empresa del operador económico, y especialmente los responsables del control de la calidad y, cuando se trate de contratos públicos de obras, el personal técnico o los organismos técnicos de los que disponga el operador económico para la ejecución de la obra.
Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas a las que recurra el operador económico, incluya la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate.
D: Información relativa a los subcontratistas a cuya capacidad no recurra el operador económico
• (Esta sección se cumplimentará únicamente si el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exigen expresamente tal información.)
¿Tiene el operador económico la intención de subcontratar alguna parte del contrato a terceros?
❍ Sí
❍ No
En caso afirmativo y en la medida en que se conozca este dato, enumere los subcontratistas previstos:
-
• Si el poder adjudicador o la entidad adjudicadora solicitan expresamente tal información, además de la contemplada en la parte I, facilite la información requerida en las secciones A y B de la presente parte y en la parte III por cada uno de los subcontratistas, o cada una de las categorías de subcontratistas, en cuestión.
• Parte III: Motivos de exclusión.
A: Motivos referidos a condenas penales
El artículo 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión:
Participación en una organización delictiva
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por participación en una organización delictiva, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable? Tal como se define en el artículo 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (DO L 300 de 11.11.2008, p. 42).
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Corrupción
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por corrupción, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable? Tal como se define en el artículo 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea (DO C 195 de 25.6.1997, p. 1) y en el artículo 2, apartado 1, de la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el sector privado (DO L 192 de 31.7.2003, p. 54). Este motivo de exclusión abarca también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del operador económico.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Fraude
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por fraude, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable? En el sentido del artículo 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO C 316 de 27.11.1995, p. 48).
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
-8-
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable?
Tal como se definen en los artículos 1 y 3 de la Decisión marco del Consejo, de 13 xx xxxxx de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.6.2002, p. 3). Este motivo de exclusión engloba también la inducción o complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el artículo 4 de la citada Decisión marco.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se aya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable?
Tal como se definen en el artículo 1 de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p. 15).
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable? Tal como se definen en el artículo 2 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 xx xxxxx de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p. 1).
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
B: Motivos referidos al pago de impuestos o de cotizaciones a la seguridad social
El artículo 57, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión:
Pago de impuestos
¿Ha incumplido el operador económico sus obligaciones relativas al pago de impuestos, en el país en el que está establecido o en el Estado miembro del poder adjudicador o la entidad adjudicadora, si no coincide con su país de establecimiento?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
País o Estado miembro de que se trate
---
Importe en cuestión
-
---
Este incumplimiento de las obligaciones, ¿ha quedado establecido por medios distintos de una resolución judicial o administrativa?
Si dicho incumplimiento de las obligaciones se ha establecido mediante resolución judicial o administrativa, ¿es esta resolución firme y vinculante?
❍ Sí
❍ No
Indique la fecha de la condena o resolución
-
En caso de condena, y siempre que se establezca directamente en ella, duración del período de exclusión
-
Describa los medios que se han utilizado
-
¿Ha cumplido el operador económico sus obligaciones mediante pago o acuerdo vinculante con vistas al pago de los impuestos o las cotizaciones a la seguridad social que adeude, incluidos, en su caso, los intereses devengados o las multas impuestas?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Cotizaciones a la seguridad social
¿Ha incumplido el operador económico sus obligaciones relativas a las cotizaciones a la seguridad social, tanto en el país en el que está establecido como en el Estado miembro del poder adjudicador o la entidad adjudicadora, si no coincide con su país de establecimiento?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
País o Estado miembro de que se trate
---
Importe en cuestión
-
Este incumplimiento de las obligaciones, ¿ha quedado establecido por medios distintos de una resolución judicial o administrativa?
❍ Sí
❍ No
Si dicho incumplimiento de las obligaciones se ha establecido mediante resolución judicial o administrativa, ¿es esta resolución firme y vinculante?
Indique la fecha de la condena o resolución
-
En caso de condena, y siempre que se establezca directamente en ella, duración del período de exclusión
-
Describa los medios que se han utilizado
-
¿Ha cumplido el operador económico sus obligaciones mediante pago o acuerdo vinculante con vistas al pago de los impuestos o las cotizaciones a la seguridad social que adeude, incluidos, en su caso, los intereses devengados o las multas impuestas?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
C: Motivos referidos a la insolvencia, los conflictos de intereses o la falta Profesional.
El artículo 57, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión:
Incumplimiento de obligaciones en el ámbito del Derecho medioambiental
Según su xxxx saber y entender, ¿ha incumplido el operador económico sus obligaciones en el ámbito del Derecho medioambiental? Tal como se contemplan
a efectos de la presente contratación en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación o en el artículo 18, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE. Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
¿Se han adoptado medidas para demostrar su credibilidad («autocorrección»)?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Incumplimiento de obligaciones en los ámbitos del Derecho social
Según su xxxx saber y entender, ¿ha incumplido el operador económico sus obligaciones en el ámbito del Derecho social? Tal como se contemplan a efectos de la presente contratación
en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación o en el artículo 18, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
¿Se han adoptado medidas para demostrar su credibilidad («autocorrección»)?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Incumplimiento de obligaciones en los ámbitos del Derecho laboral
Según su xxxx saber y entender, ¿ha incumplido el operador económico sus obligaciones en el ámbito del Derecho laboral? Tal como se contemplan a efectos de la presente contratación en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación o en el artículo 18, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
¿Se han adoptado medidas para demostrar su credibilidad («autocorrección»)?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Quiebra
¿Se encuentra el operador económico en quiebra? Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Insolvencia
¿Está el operador económico sometido a un procedimiento de insolvencia o liquidación?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Convenio con los acreedores
¿Ha celebrado el operador económico un convenio con sus acreedores? Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
Expedidor
-
Situación análoga a la quiebra con arreglo al Derecho nacional
¿Está el operador económico en alguna situación análoga a la quiebra, resultante de un procedimiento similar vigente en las disposiciones legales y reglamentarias nacionales? Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Activos que están siendo administrados por un liquidador ¿Están los activos del operador económico siendo administrados por un liquidador o por un tribunal?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
Expedidor
-
Las actividades empresariales han sido suspendidas
¿Han sido suspendidas las actividades empresariales del operador económico? Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Acuerdos con otros operadores económicos destinados a falsear la competencia
¿Ha celebrado el operador económico acuerdos con otros operadores económicos destinados a falsear la competencia?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
¿Se han adoptado medidas para demostrar su credibilidad («autocorrección»)?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Ha cometido una falta profesional grave
¿Se ha declarado al operador económico culpable de una falta profesional grave? En su caso, véanse las definiciones en el Derecho nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
¿Se han adoptado medidas para demostrar su credibilidad («autocorrección»)?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Conflicto de intereses debido a su participación en el procedimiento de contratación:
¿Tiene el operador económico conocimiento de algún conflicto de intereses, con arreglo al Derecho nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación, debido a su participación en el procedimiento de contratación?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Participación, directa o indirecta, en la preparación del presente procedimiento de contratación
¿Ha asesorado el operador económico, o alguna empresa relacionada con él, al poder adjudicador o la entidad adjudicadora o ha intervenido de otra manera en la preparación del procedimiento de contratación?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Rescisión anticipada, imposición de daños y perjuicios u otras sanciones Comparables.
¿Ha experimentado el operador económico la rescisión anticipada de un contrato público anterior, un contrato anterior con una entidad adjudicadora o un contrato de concesión anterior o la imposición de daños y perjuicios u otras sanciones comparables en relación con ese contrato anterior?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
¿Se han adoptado medidas para demostrar su credibilidad («autocorrección»)?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Presentación de declaraciones falsas, ocultación de información, incapacidad de presentar los documentos exigidos y obtención de información confidencial del presente procedimiento
¿Se ha encontrado el operador económico en alguna de las situaciones siguientes:
a) ha sido declarado culpable de falsedad grave al proporcionar la información exigida para verificar la inexistencia de motivos de exclusión o el cumplimiento de los criterios de selección,
b) ha ocultado tal información,
c) no ha podido presentar sin demora los documentos justificativos exigidos por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora, y
d) ha intentado influir indebidamente en el proceso de toma de decisiones del poder adjudicador o de la entidad adjudicadora, obtener información confidencial que pueda conferirle ventajas indebidas en el procedimiento de contratación o proporcionar por negligencia información engañosa que pueda tener una influencia importante en las decisiones relativas a la exclusión, selección o adjudicación?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
• Parte IV: Criterios de selección A: Idoneidad
El artículo 58, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes criterios de selección:
Inscripción en un registro profesional pertinente
Figura inscrito en un registro profesional pertinente en su Estado miembro de establecimiento, tal como se contempla en el anexo XI de la Directiva 2014/24/ UE; es posible que los operadores económicos de determinados Estados miembros tengan que cumplir otros requisitos establecidos en dicho anexo.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Inscripción en un registro mercantil
Figura inscrito en un registro mercantil en su Estado miembro de establecimiento, tal como se contempla en el anexo XI de la Directiva 2014/24/UE; es posible que los operadores económicos de determinados Estados miembros tengan que cumplir otros requisitos establecidos en dicho anexo.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Cuando se trate de contratos de servicios: autorización específica necesaria
¿Es preciso disponer de una autorización específica para poder prestar el servicio de que se trate en el país de establecimiento del operador económico?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
B: Solvencia económica y financiera
El artículo 58, apartado 3, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes criterios de selección:
Volumen de negocios anual general
Su volumen de negocios anual general durante el número de ejercicios exigido en el anuncio pertinente, los pliegos de la contratación o el DEUC es el siguiente:
Importe
-
---
Fecha de inicio
-
Fecha de finalización
-
Importe
-
---
Fecha de inicio
-
Fecha de finalización
-
Importe
-
---
Fecha de inicio
-
Fecha de finalización
-
Importe
-
---
Fecha de inicio
-
Fecha de finalización
-
Importe
-
---
Fecha de inicio
-
Fecha de finalización
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Seguro de indemnización por riesgos profesionales
El importe asegurado en el seguro de indemnización por riesgos profesionales del operador económico es el siguiente:
Importe
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
C: Capacidad técnica y profesional
El artículo 58, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes criterios de selección:
Cuando se trate de contratos de servicios: Prestación de servicios del tipo especificado
Únicamente cuando se trate de contratos públicos de servicios: Durante el período de referencia, el operador económico ha prestado los siguientes principales servicios del tipo especificado. Los poderes adjudicadores podrán exigir hasta tres años y admitir experiencia que date de más de tres años.
Descripción
-
Importe
-
---
Fecha de inicio
-
Fecha de finalización
-
Destinatarios
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Maquinaria, material y equipo técnico
El operador económico dispondrá de la maquinaria, el material y el equipo técnico siguientes para ejecutar el contrato:
Descríbalas
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Finalizar
• Parte VI: Declaraciones finales
El operador económico declara formalmente que la información comunicada en las partes II – V es exacta y veraz y ha sido facilitada con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración de carácter grave.
El operador económico declara formalmente que podrá aportar los certificados y otros tipos de pruebas documentales contemplados sin tardanza, cuando se le soliciten, salvo en caso de que:
a) el poder adjudicador o la entidad adjudicadora tengan la posibilidad de obtener los documentos justificativos de que se trate directamente, accediendo a una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse de forma gratuita, (siempre y cuando el operador económico haya facilitado la información necesaria (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación) que permita al poder adjudicador o la entidad adjudicadora hacerlo; si fuera preciso, deberá otorgarse el oportuno consentimiento para acceder a dicha base de datos), o b) A partir del 18 de octubre de 2018 a más tardar (dependiendo de la aplicación a nivel nacional del artículo 59, apartado 5, párrafo segundo, de la Directiva 2014/24/UE), el poder adjudicador o la entidad adjudicadora ya posean los documentos en cuestión.
El operador económico formalmente consiente en que [indique el poder adjudicador o la entidad adjudicadora según figure en la parte I, sección A] tenga acceso a los documentos justificativos de la información que se ha facilitado en [indique la parte/sección/punto o puntos pertinentes] del presente Documento Europeo Único de Contratación, a efectos de [indique el procedimiento de contratación: (descripción breve, referencia de publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, número de referencia)].
Fecha, lugar y, cuando se exija o sea necesaria, firma o firmas:
Fecha
-
Lugar
-
Firma
-28-
21. ANEXO V. SOLICITUD DE PARTICIPACION EN EL PROCESO
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN PROCEDIMIENTO RESTRINGIDO - CONTRATO DE SERVICIOS DE GESTIÓN DE RECUPERACIÓN DE CRÉDITO Y ASISTENCIA LETRADA EN ARBITRAJE INTERNACIONAL
D/Doña……………….., vecino/a de ……………………, provisto de DNI nº , en
nombre propio o en representación de ……………….………, con domicilio en
……………….……… y CIF núm. ……………….…….
MANIFIESTA
Que estando enterado del expediente de contratación y de la convocatoria para la adjudicación por procedimiento restringido del contrato denominado "Contrato de Servicios de gestión de recuperación de crédito y asistencia letrada en Arbitraje Internacional”, promovido por la entidad COFIVACASA, S.A., SME.
SOLICITA LA PARTICIPACIÓN en dicho procedimiento, ajustándose en todo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al Cuadro de Características del contrato, los cuales declara conocer.
(LUGAR, FECHA Y FIRMA)
DATOS DE CONTACTO
Nombre persona de contacto: Cargo:
Teléfono:
Fax:
Dirección:
Localidad:
Provincia:
Correo electrónico: