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PLIEGO DE CLÁUSULAS QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DEMANIAL PARA LA OCUPACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA FINCA ES CÓS (XXXXX NORD) Y DEL BAR RESTAURANTE DEL INMUEBLE
I DISPOSICIONES GENERALES
1. OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONCESIÓN
Es objeto del presente contrato, la adjudicación, mediante concurso, de la concesión demanial para la ocupación y explotación del inmueble, denominado Centro Cultural Xxxxx Nord, así como del bar restaurante propiedad de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, adscrito a la Agencia de Turismo de las Islas Baleares (ATB), sito en avenida xx Xxxxx 6, en el término municipal de Valldemossa, 07170, mediante la utilización privativa del inmueble citado.
Las necesidades a satisfacer con la concesión son la explotación del bar restaurante y la utilización y ocupación del inmueble para conseguir una mejora en la prestación de servicios y atención a los usuarios mediante la realización de eventos y actividades en el inmueble análogas a las que hasta ahora se han venido desarrollando y que están descritas en el Pliego de prescripciones técnicas.
2. UBICACIÓN Y SUPERFICIE
La Agencia de Turismo de las Islas Baleares entregará al concesionario, en el estado que se encuentra actualmente, el inmueble de conformidad con el plano que se adjunta a este Pliego como anexo I. El Centro Cultural Xxxxx Nord consta de un total de superficie de 845 m2 (tal como se explica detalladamente en el Pliego de prescripciones técnicas).
3. NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN
El contrato a que se refiere este Pliego de concesión administrativa de uso privativo de bienes de dominio público, es de naturaleza privada y se regirá por lo establecido en este Pliego y en el de prescripciones técnicas, por lo dispuesto el capítulo III de la Ley 6/2001, de 00 xx xxxxx, xxx xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxx Xxxxxxxx, y por el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la citada ley; por la legislación estatal básica sobre
patrimonio de las administraciones públicas; supletoriamente, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; por la Xxx 0/0000, xx 00 xx xxxxx, xxx xxxxxx xxxxxxx instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, así como por el Decreto 26/2012, de 30 xx xxxxx, por el que se reorganiza, reestructura y regula la Agencia de Turismo de las Islas Baleares (ATB).
Dada la naturaleza patrimonial del contrato y naturaleza jurídica de la empresa pública (ATB), todas las incidencias que se deriven quedan sometidas a la Jurisdicción Civil. No obstante, las incidencias referidas a los actos jurídicos separables relacionados con la preparación y adjudicación, corresponden a los juzgados de lo contencioso administrativo de Palma de Mallorca.
4. ÓRGANO COMPETENTE PARA EL OTORGAMIENTO DE LA CONCESIÓN
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión es el presidente de la ATB, consejero de Turismo y Deportes, de conformidad con el artículo 5.e) del Decreto 26/2012, de 30 xx xxxxx, por el que se reorganiza, reestructura y regula la Agencia de Turismo de las Islas Baleares.
El mencionado órgano tiene la facultad de adjudicar la concesión y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarla, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarla por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable.
5. OBRAS, INSTALACIONES O ACTUACIONES A REALIZAR POR EL CONCESIONARIO Y OBLIGACIONES DIMANANTES DE LA CONCESIÓN
Si el concesionario creyera conveniente realizar obras, modificaciones, o instalaciones de bienes, requerirá la autorización expresa de la ATB o del órgano de contratación, y en todo caso deberá cumplir con las exigencias prescritas en la normativa que le sea de aplicación y está obligado a abonar el importe de los tributos, gastos y exacciones derivados de las autorizaciones, licencias y cualquier otro impuesto que grave la construcción.
El concesionario tiene el deber de sufragar el gasto de mantenimiento de las instalaciones así como de los suministros de agua, energía eléctrica, telefonía,
recogida de basuras, residuos y cuantos impuestos de cualquier índole correspondan al titular de la explotación.
Cuando por extinción de la concesión se produzca la reversión, quedarán extinguidos automáticamente los derechos reales o personales que pudieran ostentar terceras personas sobre el dominio público y las obras e instalaciones. Por tanto, el concesionario queda obligado a entregar a la ATB el inmueble libre de cargas y gravámenes, teniendo derecho el concesionario a retirar en el plazo que se le señale y a su xxxxx, los materiales, equipos e instalaciones de su propiedad y, en general, aquellos elementos no fijos que no estuviesen incorporados en el inventario en concepto de propios del edificio y sus instalaciones; debe reponer el dominio público a su anterior estado y debe dejar el espacio en perfectas condiciones y limpieza. Del cumplimiento de esta obligación se levantará acta, en la que se reflejará el estado del dominio público ocupado.
La ejecución de las obras, en su caso, modificaciones en las instalaciones o cualquier otra actuación, así como los eventos y explotación del Costa Nord, serán bajo el exclusivo riesgo y responsabilidad del concesionario.
Las actividades que hasta la actualidad ha llevado a cabo Xxxxx Nord se definen en el Pliego de prescripciones técnicas (anexo I) que formará parte del contrato y el licitador podrá tener acceso a la memoria económica referida a las actividades citadas.
Los precios o tarifas que aplique el concesionario por la prestación de los servicios, necesitarán la autorización expresa de la ATB cuando estos superen en un 50% los establecidos por su anterior titular.
Es intención de la ATB, de acuerdo con sus finalidades, colaborar en la promoción turística del Centro Cultural Xxxxx Nord, para que sea visitado o presenciar los eventos que se celebren, por colectivos y personas que la ATB proponga, comprometiéndose el concesionario a ofrecerles un descuento en los servicios del bar restaurante y precios por asistir x Xxxxx Xxxx, que servirá de criterio de valoración para el otorgamiento de la concesión.
El concesionario no podrá destinar el inmueble y las instalaciones de dominio público concedidos a usos distintos de los expresados. Podrá gravar y transmitir la
concesión por actos “inter vivos”, que, en cualquier caso, requiere la autorización previa y expresa de la ATB, así como en los precios o tarifas que aplique el concesionario por la prestación de servicios.
El concesionario se compromete a incluir la marca de la Isla de Mallorca en Xxxxx Nord y en toda la publicidad, documentación escrita o anuncios, así como también en cualquier tipo de información en soporte electrónico, informático o telemático que se utilice, bajo los criterios de la imagen corporativa establecidos en el manual de identidad corporativa (xxx.xxxx.xx). La marca siempre deberá situarse en un lugar preferente y visible.
El evento o actividad al cual se relacione la marca, en ningún caso podrá suscitar connotaciones negativas hacia la misma. En caso contrario la ATB se reserva el derecho a emprender las acciones legales oportunas, así como proceder a la resolución del contrato.
La ATB y el concesionario, en todo caso, quedan sujetos a las prescripciones establecidas en la Ley 6/2001, de 11 xx xxxxx, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, específicamente al capítulo III, artículos 25 al 32, así como al Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento que lo desarrolla, y concretamente a los artículos 30 al 36, en los que se establecen las cláusulas particulares, derechos y obligaciones derivados de la concesión, así como las causas de extinción.
6. INFRACCIONES Y SANCIONES
Será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones en relación con las obligaciones contraídas por el concesionario de conformidad con lo previsto en el capítulo II del título VIII de la Ley 6/2001, de 11 xx xxxxx, de patrimonio.
7. VIGENCIA DE LA CONCESIÓN
El plazo de la concesión, objeto del presente concurso, será xx xxxx años (10), contados a partir del día siguiente a la formalización del contrato.
8. CANON ANUAL DE LA CONCESIÓN A CARGO DEL CONCESIONARIO
Se establece como tipo de licitación al alza un canon mínimo anual de CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTIDÓS EUROS, CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS,
(41.322,31 €), más el IVA impositivo al 21%.
No se admitirán ofertas que resulten inferiores al canon anual mínimo señalado en el párrafo anterior, o aquéllas que no indiquen la cifra concreta por la que se formula la propuesta. La cuantía de la concesión será la que resulte de la licitación, calculada teniendo en cuenta el canon anual que resulte de la misma y los años de duración de la concesión.
El devengo del canon se producirá en los primeros cinco días, a contar desde la firma del contrato, y así sucesivamente durante la vigencia de la concesión.
Las ofertas se realizarán conforme al modelo de oferta del anexo IV.
Serán por cuenta y cargo del concesionario todos los gastos que se ocasionen con motivo de la publicación de anuncios relativos a este concurso, así como todos los gastos, cargas y tributos que legalmente sean exigibles, incluido el Impuesto de Bienes Inmuebles.
Asimismo serán a su cargo los gastos que se originen por el mantenimiento y limpieza, respondiendo en todo caso el concesionario del equipamiento, instalaciones y mobiliario objeto de la concesión, durante toda su vigencia.
9. REVISIÓN DE PRECIOS
Una vez transcurridos los doce primeros meses desde la fecha de inicio de la concesión se procederá a la revisión del canon de acuerdo con el IPC.
II FORMALIDADES DEL CONCURSO
10. INFORMACIÓN REFERIDA A LICITACIÓN
A partir del día siguiente a la inserción del anuncio de convocatoria en el Perfil del Contratante de la ATB y en el BOIB, los posibles interesados tendrán a su disposición en el portal de contratación de la ATB, para su examen, la documentación siguiente:
Documento n.º 1: Pliego de cláusulas del concurso, con los anexos siguientes:
Anexo I: plano de la situación del local y existencias Anexo II: modelo de solicitud
Anexo III: declaración responsable
Anexo IV: modelo de oferta económica (propuesta) Anexo V: modelo de aval para garantía definitiva
Documento n.º 2: Pliego de prescripciones técnicas de la concesión para la explotación del inmueble denominado “Xxxxx Nord” y explotación del bar restaurante.
11. REQUISITOS QUE HAN DE REUNIR LOS LICITADORES
Podrán participar en el concurso todas las personas físicas o jurídicas, españolas, extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera, técnica o profesional y no se hallen comprendidas en ninguna de las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las personas físicas o jurídicas extranjeras de estados no pertenecientes a la Unión Europea podrán participar en el concurso si además de cumplir los requisitos del párrafo anterior también reúnen los requisitos del artículo 55 del RDL 3/2011, ya referido. (TRLCSP).
Pueden presentarse al concurso las uniones temporales de empresarios que se constituyan a este efecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 del TRLCSP.
12. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS
12.1. GARANTÍA PROVISIONAL
No se exige a los licitadores la constitución de garantía provisional.
12.2. GARANTÍA DEFINITIVA
Una vez otorgada la concesión al adjudicatario, éste deberá presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP, a favor de la ATB, la garantía definitiva equivalente al 5% (cinco por ciento), IVA excluido, del importe de adjudicación del contrato de acuerdo con la cláusula 7 de este Pliego. La garantía definitiva responderá, no sólo de la ejecución de las posibles obras o actuaciones, sino también del resto de las obligaciones derivadas de esta concesión, al cumplimiento del presente Xxxxxx y a la ejecución del objeto del contrato.
La falta de constitución de esta garantía supondrá que el concesionario ha renunciado y habilitará a la ATB para declarar decaído en su derecho al adjudicatario.
Extinguida la concesión, se devolverá la garantía de la explotación constituida a su titular, salvo en los supuestos de renuncia y caducidad, una vez transcurrido el plazo de 6 meses desde la finalización del contrato, previo informe favorable del responsable que ejerza su dirección.
III PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El procedimiento para la adjudicación de la concesión será mediante concurso, otorgándose al licitador que obtenga la puntuación más alta, de conformidad con los criterios que se señalan en la cláusula 14 del presente Xxxxxx, y sin perjuicio del derecho que se reserva la ATB a declararlo desierto, cuando estime que ninguna de las ofertas presentadas cumple con los requisitos y necesidades de la explotación del Centro Cultural Xxxxx Nord y el bar restaurante.
13. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La presentación de propuestas implica la aceptación de las cláusulas de este Pliego, sus anexos, y prescripciones técnicas.
13.1. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El plazo para la presentación de las propuestas será de treinta (30) días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio del concurso en el Boletín Oficial las Islas Baleares (BOIB), y Perfil del Contratante, finalizando a las
14:00 horas del último día. En el caso de que el último día del plazo coincidiese en xxxxxx, xxxxxxx o festivo, el plazo de admisión de las propuestas acabará a las catorce horas (14:00 h) del día hábil siguiente.
Las propuestas podrán presentarse en cualquiera de las formas admitidas por el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, ante los órganos establecidos en el artículo 38.4 de dicha Ley.
En el supuesto de enviarse por correo, será requisito indispensable que se trate de una oficina de la entidad Correos prestadora del Servicio Postal Universal, dentro del plazo de admisión indicado, debiendo inexcusablemente el licitador justificar la fecha de imposición del envío anunciándolo a la ATB mediante telegrama o fax, en el mismo día y en un solo envío.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la propuesta si tiene entrada con posterioridad a la fecha y hora de finalización del plazo señalado en el anuncio.
Cada licitador no podrá presentar más de una propuesta, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si ya lo hubiera hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de esta condición dará lugar a que no se admitan las propuestas presentadas por el mismo.
13.2. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Tanto la propuesta como los restantes documentos que la acompañan, y cuyo conjunto constituye la oferta, serán entregados en tres (3) sobres cerrados, en cuyos anversos figurarán el nombre del licitador o persona que lo represente, domicilio y número de fax o dirección de correo a efecto de notificaciones, y haciendo constar en cada uno de ellos el título del procedimiento. Si se trata de una unión temporal de empresas, se deberán indicar los datos de cada uno de los empresarios, y los sobres han de ir firmados por los representantes de cada una de las empresas integrantes de la unión.
13.3. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
En cada sobre se incluirán los documentos siguientes:
13.3.1. DOCUMENTACIÓN GENERAL (SOBRE N.º 1)
Título: “Concurso para otorgar la concesión de la ocupación y explotación del inmueble Xxxxx Nord y del bar restaurante, en Valldemossa (Mallorca). Documentación general”.
Contenido del sobre: el licitador ha de presentar, junto a la solicitud que figura como anexo II de este Pliego, la documentación siguiente:
A) Documentación que acredite la personalidad del licitador:
A.1. Las personas físicas acreditarán su personalidad mediante el documento nacional de identidad o el pasaporte, debidamente compulsado.
Si el firmante de la solicitud actúa en calidad de representante del licitador, habrá de aportar DNI, o pasaporte, así como el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para concurrir a la licitación debidamente compulsados.
A.2. Las personas jurídicas, españolas o de estados pertenecientes a la Unión Europea, han de presentar el NIF/CIF de la empresa y las escrituras de constitución, y/o modificación, debidamente inscritas en el Registro Mercantil y, además, las personas físicas que las representen, el documento público que acredite el poder que les ha sido conferido y si no es original debe estar debidamente compulsado.
A.3. Si varias empresas acuden a la licitación constituyendo una agrupación temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad y capacidad para contratar, mediante documentación original y debidamente compulsada.
Igualmente, se deberá presentar un compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios de la concesión. Este documento debe ir firmado por los representantes de cada una de las empresas integrantes de la unión. Los miembros de la unión deben indicar los nombres y circunstancias de los
empresarios que la componen, la participación de cada uno de ellos, y deben designar un representante o apoderado único.
A.4. Las personas físicas o jurídicas de estados no pertenecientes a la Comunidad Económica Europea, habrán de acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su Estado. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto de la concesión con arreglo a la legislación del Estado en que se encuentren establecidas, cuando dicho Estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o la oficina consular en cuyo ámbito radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente Española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga.
Las empresas extranjeras presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano o al catalán, así como un despacho expedido por la Embajada de España en el país respectivo donde se certifique que, conforme a su legislación, tiene capacidad para contratar y obligarse.
Los documentos citados en este apartado pueden presentarse originales o mediante copia de los mismos que tengan carácter de auténticas conforme la legislación vigente.
B) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de la capacidad para contratar con la Administración por no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración responsable como anexo III.
Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Asimismo incluirá la manifestación expresa de que la empresa no se halla incursa en ninguno de los supuestos a los que se
refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la CAIB.
B.1. Copia debidamente compulsada del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del impuesto. En el supuesto de que el licitador esté incluido en alguno de los supuestos de exención del impuesto, deberá presentar el documento de alta y una declaración responsable en la que se acredite dicha circunstancia.
B.2. Cuando se trate de empresas de estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por una declaración responsable.
C) Solvencia técnica y profesional
Declaración responsable demostrativa de la competencia técnica y experiencia del licitador en temas relacionados con la actividad objeto del contrato. Se adjuntarán, si procede, los certificados oficiales de instituciones, tanto del particular como de la sociedad licitadora o de sus partícipes, que acrediten, en su caso, la experiencia del licitador en el tipo de actividad objeto del concurso, así como de la parte que prevea subcontratar.
D) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera.
La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse exclusivamente por uno o varios de los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el registro oficial que corresponda.
Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto de la autorización, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
E) Declaración de un domicilio en Baleares habilitado para recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con el presente concurso.
13.3.2. PROPUESTA TÉCNICA (SOBRE N.º 2)
Título: “Concurso para otorgar la concesión de la ocupación y explotación del inmueble Xxxxx Nord y del bar restaurante, en Valldemossa (Mallorca)”.
Contenido del sobre: debe contener una propuesta de explotación, que, a efectos indicativos, y sin carácter exhaustivo, necesariamente ha de incluir la documentación siguiente:
- Estudio económico-financiero que justifique la viabilidad del negocio, en el que se haga constar un presupuesto de ejecución material de las obras, en su caso, y de las actividades; debe incluir también presupuesto de inversión, gastos generales y beneficios.
- Memoria en que se describan los servicios que se ofrecen y la forma de realizarlos.
- Memoria descriptiva del diseño y decoración para el inmueble, y el bar restaurante, en caso de contemplarse modificaciones respecto a su estado actual.
- Esquema de la organización de los servicios ofrecidos con indicación de los efectivos de personal.
- Idoneidad de la actividad respecto a la situación y ubicación del inmueble Xxxxx Nord en esa zona de Valldemossa.
- Compromiso de inversiones o mejoras en Xxxxx Nord, en caso de haberlos.
13.3.3. PROPUESTA ECONÓMICA (SOBRE N.º 3)
Título: “Concurso para otorgar la concesión de la ocupación y explotación del inmueble Xxxxx Nord y del bar restaurante, en Valldemossa (Mallorca)”.
Contenido del sobre:
- Canon anual ofrecido por el licitador, que en ningún caso será inferior a la cantidad de CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTIDÓS EUROS, CON
TREINTA Y UN CÉNTIMOS, (41.322,31 €), más el IVA impositivo al 21%; resultando un canon total, base de licitación de CINCUENTA MIL EUROS, (50.000€).
- Descuentos que aplicará el licitador sobre los precios que establezca a los visitantes propuestos exclusivamente por la ATB al Centro Cultural Xxxxx Nord, así como los precios y el servicio ofrecidos por el bar restaurante.
La propuesta económica se formulará según el modelo facilitado como anexo IV, debidamente especificada en números y letras, IVA incluido. Cuando exista contradicción entre la cantidad expresada en números y en letras, se entenderá que la correcta es la expresada en letras.
Será causa excluyente de valoración, la no presentación de la documentación indicada y no se admitirán aquellas propuestas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer la oferta presentada, sin perjuicio de que la Mesa de Contratación pueda solicitar las aclaraciones que considere pertinentes.
14. SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO
14.1. MESA DE CONTRATACIÓN
Las funciones de la Mesa de Contratación serán las determinadas en el artículo 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, (LCSP).
La Mesa la compondrán los miembros siguientes:
Presidente: El presidente de la ATB o persona que designe. Secretaria: La responsable del Área Jurídica de la ATB. Vocales:
Un técnico del Área Económica-Financiera de la ATB. El responsable del Centro Cultural Xxxxx Nord.
El director adjunto de la ATB.
Un técnico del Área Jurídica de la ATB. Un técnico xx Xxxxx Nord.
14.2. ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS Y CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
14.2.1. Concluido el plazo de presentación de ofertas, la Mesa de Contratación procederá, en acto interno, a la apertura del sobre n.º 1, que contiene la “documentación general” presentada en tiempo y forma por los licitadores para ser examinada y valorada; se rechazarán, sin abrir el sobre n.º 2, todas aquellas ofertas en las que sea incompleta la citada documentación o ésta no reúna las condiciones requeridas, de acuerdo con lo establecido en los pliegos.
No obstante, si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo notificará al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres (3) días hábiles para la subsanación. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar mediante fax, o cualquier otro medio en que deje constancia fehaciente de la comunicación.
La falta de subsanación en plazo de los defectos u omisiones advertidos, dará lugar a exclusión.
Si la documentación de un licitador contiene defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, será excluido de la licitación.
La Mesa de Contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre
los certificados y documentos presentados, así como requerirles para la presentación de otros documentos complementarios.
14.2.2. Acto seguido o transcurrido el plazo de subsanación, en su caso, la Mesa de Contratación procederá en acto público a la apertura del sobre n.º 2 de las ofertas admitidas tras la apertura del sobre n.º 1, comprobando si se aportan los documentos exigibles con un grado mínimo de corrección que permita su aceptación sin valoración; en caso afirmativo se considerarán para su valoración y, en caso negativo, se rechazarán razonadamente, no siendo admitidas aquellas que se presenten con tachaduras o incorrecciones.
La Mesa de Contratación podrá solicitar cuantos informes considere pertinentes para realizar la evaluación de esta documentación presentada por los licitadores.
De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
14.2.3. Una vez evaluada la documentación del sobre n.º 2, se convocará a los licitadores admitidos, mediante comunicación por fax, u otro medio en el que se deje constancia fehaciente de la comunicación de la apertura, en acto público, del sobre n.º 3.
La Mesa de Contratación podrá solicitar cuantos informes considere pertinentes para evaluar esta documentación presentada por los licitadores.
De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse, y en la misma se hará constar que, antes de comenzar dicho acto, fue realizada y puesta a disposición de los miembros de la Mesa, la valoración final de los aspectos técnicos de cada oferta no cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 150.2 del TRLCSP.
Para la calificación de las ofertas admitidas, se apreciará la propuesta presentada que se considere más adecuada y conveniente al interés público, según el baremo siguiente:
- CRITERIOS DE VALORACIÓN
A) Valoración referida al descuento de los servicios ofrecidos
Para la calificación de las ofertas admitidas se tendrán en cuenta, tras deliberación de la Mesa de Contratación, los criterios y baremos siguientes, referidos a descuentos en los precios a los visitantes del Centro Cultural Xxxxx Nord, así como el servicio ofrecido por el bar restaurante, propuestos exclusivamente por la ATB.
1 Descuentos en el precio de la visita al Centro Cultural
Se otorgarán 10 puntos al que ofrezca un mayor porcentaje de descuento en los precios de las visitas y el resto se calificará en proporción.
2 Descuentos en el precio en el bar restaurante
Se otorgarán 10 puntos al que ofrezca un mayor porcentaje de descuento en los precios del bar y el resto se calificará en proporción.
B) Valoración económica de la oferta
Canon ofertado al alza sobre el tipo básico de licitación
La mejora del canon se presentará conforme el cuadro siguiente:
OFERTA DE MEJORA DEL CANON
CANON MEJORA DEL CANON TOTAL=CANON+MEJORA
A) 50.000 € (IVA incluido) B) Importe del incremento A)+B) (IVA incluido)
canon a ofertar (IVA incluido)
La oferta económica más ventajosa para el interés público, es decir, la que oferte la máxima cuantía del canon anual total (A+B), recibirá la máxima puntuación, sesenta (60) puntos. La oferta económica que iguale el canon total anual mínimo base del concurso (A), recibirá cero (0) puntos.
No se admitirán ofertas inferiores al canon mínimo base del concurso (A). El resto de ofertas admitidas recibirán una puntuación proporcional de acuerdo con la fórmula siguiente:
Puntuación: = (60 x Incremento del canon de la oferta) / Incremento del canon de la mejor oferta, siendo:
Incremento del canon = (Canon de la oferta – Canon mínimo base)
C) Valoración de la propuesta técnica: hasta 20 puntos
Para la valoración de este criterio se evaluarán dos aspectos:
- la adecuación de la oferta presentada a los anexos que forman parte xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas, las iniciativas de la propuesta respecto al diseño y decoración del inmueble, así como de la organización de los servicios que se ofrecen al visitante.
- evaluación del programa de actividades culturales a realizar en Xxxxx Nord: el licitador deberá presentar una propuesta de programa de actividades culturales a realizar durante la vigencia de la concesión y que contribuyan a la promoción turística del centro cultural dentro de los objetivos para los que fue creado.
14.3. ADJUDICACIÓN DE LA CONCESIÓN PARA LA OCUPACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA FINCA ES CÓS (XXXXX NORD) Y DEL BAR RESTAURANTE DEL INMUEBLE
14.3.1. Las propuestas técnicas y económicas definitivamente aceptadas por cumplir los requisitos formales, serán informadas por la Agencia de Turismo de las Islas Baleares, a solicitud de la Mesa de Contratación.
A la vista de dicho informe, la Mesa de Contratación clasificará las propuestas por orden decreciente y propondrá a la consideración del presidente de la ATB, o persona en quien delegue, la oferta que estime más ventajosa, para su adjudicación.
14.3.2. El plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las propuestas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 161 del TRLCSP. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar sus propuestas.
14.3.3. La adjudicación se acordará mediante resolución que se notificará a los licitadores, y no generará derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la ATB, mientras no se otorgue la concesión mediante acuerdo del Presidente.
15. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA OFERTA MÁS VENTAJOSA
El licitador que haya presentado la oferta más ventajosa deberá acreditar en el plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la adjudicación, la documentación siguiente:
15.1. Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, no pertenecientes a estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo deberán presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
15.2. En el caso de empresas agrupadas en UTE, deberán acreditar la constitución de la agrupación formalizada en escritura pública en los términos del artículo 59 del TRLCSP, así como aportar el CIF de la UTE y de no ser originales la documentación debe estar debidamente compulsada.
15.3. El licitador, asimismo, deberá aportar una declaración responsable relativa al cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, en especial, de lo establecido por la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales; el Real Decreto 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 485/1997, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo; así como la normativa que los desarrolle, amplíe o modifique.
15.4. El licitador deberá acreditar el abono de los anuncios de esta licitación en los boletines oficiales y en la prensa, si los hubiera.
En el caso de que no procediera el otorgamiento de la concesión al adjudicatario, por no reunir los requisitos expuestos, la ATB podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador siguiente a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que el nuevo adjudicatario preste su conformidad.
15.5. Suscripción de pólizas de seguros.
El concesionario deberá contratar los oportunos seguros que a continuación se relacionan, que cubran las responsabilidades y riesgos de explotación. Antes del inicio de la explotación, el concesionario presentará en la ATB la documentación acreditativa de la constitución de las pólizas de seguros, que se deberán prolongar durante todo el plazo de la concesión, y alcanzar como mínimo la cobertura de riesgos que actualmente existe.
- Seguro de responsabilidad civil general
- Seguro mercantil
- Seguro de equipos electrónicos.
Están a disposición del licitador para su consulta en las oficinas de la Agencia de Turismo de las Xxxxx Balears, copias de las pólizas suscritas por Xxxxx Nord, donde se detallan las condiciones y coberturas que pueden servir de referencia.
16. TRAMITACIÓN DE LA CONCESIÓN
Una vez adjudicada la presente licitación, la ATB procederá con los trámites pertinentes para otorgar la concesión, conforme a la Ley 6/2001, de 00 xx xxxxx, xx xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxx Xxxxxxxx y el Reglamento que la desarrolla, y demás legislación vigente en la materia.
Si por cualquier causa no pudiera otorgarse la concesión, quedará sin efecto la adjudicación, no teniendo derecho a indemnización o reclamación alguna.
17. FACULTAD DE LA ATB DE DECLARAR DESIERTO EL CONCURSO
La ATB se reserva expresamente la facultad de declarar desierto el concurso cuando estime, de forma discrecional aunque motivadamente, que ninguna de las
propuestas presentadas cumple los requisitos para una prestación eficaz del servicio.
18. PERSONAL
Todo el personal que haya de prestar servicio en la explotación de la concesión dependerá exclusivamente del adjudicatario de la concesión. El adjudicatario se subrogará en los contratos de las personas descritas en el Pliego de prescripciones técnicas, (clausula 7ª), pudiendo el licitador mediante solicitud, examinar su relación laboral referida a la categoría, antigüedad y salario.
Extinguida la concesión, la ATB no asumirá los contratos de trabajo que pudiera haber concertado para el ejercicio de su actividad empresarial, distintos a los que se subrogan en la presente licitación.
19. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y la normativa que la complementa y desarrolla, la ATB es responsable de los tratamientos en que serán almacenados los datos personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de las ofertas al presente concurso y demás documentación necesaria para participar en la licitación para la adjudicación de las prestaciones objeto del presente Xxxxxx, con la finalidad de llevar a cabo la apertura de las ofertas presentadas, elaboración del acta de la apertura, valoración de las ofertas, solicitud de cuanta documentación adicional resulte necesaria, atención de las solicitudes de información, comunicación del acuerdo del órgano competente relativo a la adjudicación y proceder, en su caso, a la devolución a los licitadores no adjudicatarios de la documentación aportada, así como remitir cualquier otra documentación necesaria al respecto, y cualquier otro trámite previsto, conforme a la normativa de aplicación y al mantenimiento de datos históricos.
Los datos personales de los participantes en el proceso podrán ser incorporados a un fichero de datos de carácter personal, del que es responsable la entidad pública ATB. Los datos de los licitadores sólo serán comunicados a terceros en cumplimiento de obligaciones legales o con su previo consentimiento. Podrán ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante
remisión de escrito, acompañado de una copia del documento nacional de identidad con independencia de las consecuencias derivadas de dicho acto.
Los licitadores consienten expresamente el citado tratamiento mediante la presentación de su oferta y la entrega, por tanto, a la ATB de toda aquella documentación en la que hagan constar sus datos personales.
Al objeto de mantener los datos actualizados en todo momento, los licitadores deberán comunicar a la ATB cualquier modificación de sus datos de carácter personal.
ANEXO II
MODELO DE SOLICITUD PARA LA CONCESIÓN
Sr./Sra. ...................................................................................................................., en
nombre y representación de ,
con NIF/CIF núm. ...................................., y domicilio en
.....................................................................................................................................,
CP ........................, localidad ,
teléfono ...................................., fax ................................, y correo electrónico
………............................................... a efecto de notificaciones,
EXPONGO:
Que conozco el anuncio del concurso público para el otorgamiento de concesión de ocupación y explotación del Centro Cultural Xxxxx Nord y el bar restaurante, y las condiciones y requisitos que se exigen para participar en la convocatoria.
Por este motivo,
SOLICITO:
La concesión para la ocupación y explotación del citado inmueble.
El solicitante, con su participación en esta concurrencia pública, declara conocer y aceptar sin condiciones el contenido de los pliegos, así como las características y condiciones físicas del local. Se acompaña la documentación siguiente:
( ) Fotocopia compulsada del DNI / CIF
( ) Copia compulsada de la escritura de constitución/modificación inscrita en el Registro Mercantil, si el solicitante es persona jurídica.
( ) Poder del representante que firma la presente solicitud; si no es original, debe estar compulsado.
( ) Declaración responsable de capacidad para contratar e incompatibilidades, y de cumplir con las obligaciones tributarias y de la seguridad social, de acuerdo con el apartado B de la cláusula 13.3.1
( ) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, de acuerdo con el apartado D, de la cláusula 13.3.1
( ) Declaración responsable y documentación acreditativa de la solvencia técnica o profesional, de acuerdo con el apartado C, de la cláusula 13.3.1.
......................., …….. de ………………………….. de ...........
(lugar y fecha) (Firma)
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Xx , con
DNI n.º……………………………, en nombre y representación de la persona física/jurídica: …..
………….……………………………………………..…, con NIF/CIF , domiciliada
en (calle/plaza) ……………………………….…………………………………………, núm ,
población ……………………………………………., código postal ,
DECLARO:
Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, ni sus administradores o representantes, se hallan incursos en ninguno de los supuestos a los que se refiere el artículo 60 del TRLCSP, y manifiesto expresamente que la persona física/jurídica representada se halla al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y que no se halla incursa en ninguno de los supuestos a los que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de compatibilidades de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 150, de 5 de diciembre de 1996) y su Reglamento aprobado por Decreto 250/1999, de 3 de diciembre (BOIB núm. 156, de 16 de diciembre de 1999).
Y para que conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en
………………..…, ……… de ………………………………. de …….…..
(firma y sello de la empresa)
Al Órgano de Contratación de la ATB
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
Sr./Sra. .................................................................................................................., en
nombre y representación de ,
con NIF/CIF núm. ...................................., y domicilio en
............................................................................................ , CP ,
localidad ................................., teléfono ............................, fax y
correo electrónico a efectos de notificaciones.
DECLARO:
Que conozco las condiciones y requisitos que se exigen para poder ser adjudicatario de la concesión de ocupación y explotación del Centro Cultural Xxxxx Nord y bar restaurante. Que me comprometo en nombre propio o en nombre y representación de la empresa
….............................................................................…, con NIF/CIF ………………….., a
ejecutarla con sujeción estricta a los requisitos y condiciones estipulados en los pliegos que rigen la autorización por la cantidad total (IVA incluido) de ……………………… €/año, lo que supone un incremento …….. % IVA no incluido sobre el canon mínimo exigido; así mismo oferto los siguientes descuentos para los visitantes/usuarios:
1. Visita del centro %
2. Bar restaurante %
(cifras en letras y números)
............................, ……….. de …………………..…………... de ..............
(lugar y fecha)
(Firma)
MODELO DE AVAL DEFINITIVO
...................................................................................... (entidad que avala), domiciliada
en ................................, calle........................................................................., núm ,
con CIF............................, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, en el
folio....... del tomo ....... de Sociedades, hoja número ............., inscripción y en su
nombre y representación los apoderados, Sr ,
con DNI ............................... y Sr. ........................................................................, con
DNI , que actúan con poder bastante para obligarse en este acto.
AVALA
A la empresa/Sr. ..................................................................., con CIF. ,
hasta la cantidad de …………………….. €, ante la ATB en concepto de AVAL DEFINTIVO para responder de las obligaciones derivadas de la concesión para la explotación del Centro Cultural Xxxxx Nord.
El presente aval tiene carácter solidario y, con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división, se otorga con compromiso de pago al primer requerimiento de la ATB, y es suficiente para hacerse efectivo, total o parcialmente, el requerimiento notarial de pago a (entidad que avala) , con la simple indicación
de las obligaciones incumplidas por el adjudicatario.
La cantidad reclamada tendrá que hacerse efectiva a la ATB en el plazo de setenta y dos horas siguientes a la notificación del acta de requerimiento.
Este aval tiene validez hasta la extinción del periodo de garantía establecido en el presente pliego.
El presente documento de garantía fue inscrito en el Registro Especial de Avales, con el núm. ...........................
..............................., …….. de ………………..………….. de ..............
(lugar y fecha), firma