ACUERDO DE ADHESIÓN A LA
ACUERDO DE ADHESIÓN A LA
PLATAFORMA DE I+D+i EN DESALACIÓN “DESAL+ LIVING LAB”
REUNIDOS
En Las Palmas de Gran Canaria
De una parte, D. ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, con DNI núm. ▇▇.▇▇▇.▇▇▇-W, en calidad de Gerente del INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CANARIAS, S.A., con N.l.F. núm. A 35313170, y domicilio en ▇/ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇. ▇, ▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇; quién actúa como Coordinador de la Plataforma DESAL+ LIVING LAB creada en el marco del Proyecto MAC DESAL+ (2017-2021), en virtud del nombramiento como tal efectuado en el Convenio ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ y de Gobernanza de la Plataforma conjunta de I+D+i en desalación (DESAL+ Living Lab) generada a partir del Proyecto DESAL+, cofinanciado por el Programa de Cooperación INTERREG V- A MAC 2014-2020.
De otra parte, ▇. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, con DNI núm. ▇▇.▇▇▇.▇▇▇-D, en representación de la SOCIEDAD DE PROMOCIÓN ECÓNOMICA DE GRAN CANARIA S.A., de carácter unipersonal, (en adelante, SPEGC o “Entidad Asociada”), con N.I.F. núm: A 35483221, y domicilio social en la ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇, C.P: 35012 de Las Palmas de Gran Canaria, de la cual ostenta su representación en calidad de DIRECTOR-GERENTE de la citada entidad mercantil.
Ambos representantes, designados colectivamente como “las Partes”, se reconocen mutua y recíprocamente con capacidad suficiente para la formalización del presente Acuerdo de adhesión y, al efecto
EXPONEN
PRIMERO.- En noviembre de 2016, se aprueba el Proyecto DESAL+, financiado por el Programa de Cooperación INTERREG V-A España-Portugal (MAC) 2014-2020, y cuyo objetivo general es crear y consolidar una plataforma de I+D+i en la Macaronesia en materia de desalación de agua, del conocimiento del nexo agua desalada-energía y del uso exclusivo de energías renovables (▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇).
SEGUNDO.- Como primera medida abordada por dicho Proyecto, se elabora en 2018 el Plan Estratégico de la I+D+i en Desalación (2018-2025) en la región de la Macaronesia, especificando las líneas estratégicas de especialización de la investigación en el Espacio de Cooperación, con el objetivo de:
• Estructurar las capacidades, infraestructuras y experiencias disponibles en torno a un proyecto compartido y adquirir visibilidad y reconocimiento como Espacio de innovación.
• Ser un nodo de producción de conocimiento e innovación.
• Operar como un espacio para el ensayo y prototipado.
TERCERO.- Como instrumento para el logro de estos objetivos estratégicos se establece la creación de un Living Lab en desalación, liderado desde Canarias, para la coordinación y comunicación entre los diversos agentes con capacidad de innovar en desalación y el nexo agua-energía en la Macaronesia, incluida la ▇▇▇▇▇ noroccidental
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africana, con una infraestructura abierta a la investigación, y como espacio conjunto para estructurar todos los recursos disponibles en torno a un proyecto compartido, ganando con ello presencia y visibilidad internacional como espacio de innovación, ayudando a mejorar el alcance y competitividad de las empresas del sector y posibilitando la generación de nuevas fuentes de ingresos.
CUARTO.- Con fecha 12 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2020 se publica en el Boletín Oficial de Canarias firma el Convenio ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ y de Gobernanza de la Plataforma conjunta de I+D+i en desalación (DESAL+ Living Lab – marca registrada europea) promovida desde el Proyecto DESAL+, cofinanciado por el Programa de Cooperación INTERREG V-A MAC 2014-2020. En el marco de dicho convenio, y para dar cumplimiento a los objetivos establecidos en el Plan Estratégico, se consolida la plataforma compuesta por los siguientes miembros fundadores: la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, Instituto Tecnológico de Canarias, S.A., la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y la Universidad de La Laguna, los cuales se comprometen a desarrollar iniciativas de interés común a las que puedan sumarse otras entidades y/o empresas, tanto públicas como privadas, nacionales e internacionales interesadas en participar en el DESAL+ Living Lab en desalación y el nexo agua- energía mediante la puesta en común de sus capacidades e infraestructuras para la creación, validación y evaluación de servicios e ideas de negocio, mercados y tecnologías dentro de un contexto real.
QUINTO.- Que la SPEGC es una entidad mercantil participada totalmente por el Cabildo de Gran Canaria, adscrita en la actualidad a la Consejería de Desarrollo Económico, Soberanía Energética, Clima y Conocimiento del Cabildo Insular de Gran Canaria, tiene como objetivo principal promover actividades económicas y empresariales que contribuyan al desarrollo y a la creación de empleo en la isla. Para ello centra sus actuaciones en los siguientes ámbitos:
• Apoyar las iniciativas de creación y consolidación de empresas.
• Promover la innovación en el tejido productivo.
• Promover la mejora de los factores que inciden en la competitividad de la isla.
• Atraer empresas e inversores externos.
• Facilitar información de contenido económico y empresarial.
SEXTO.- Que la SPEGC está interesada en adherirse a la citada Plataforma DESAL+ Living Lab en desalación y el nexo agua-energía (ver anexo 1) y considera que reúne varias condiciones para solicitar su adhesión como Entidad Asociada a dicha Plataforma, para lo cual cuenta con los siguientes requisitos:
• Autonomía financiera suficiente;
• Medios apropiados, recursos económicos y/o infraestructuras básicas para desarrollar o apoyar la labor de investigación e innovación para poder ser ente activo en la Plataforma;
• Experiencia, conocimientos o interés en la desalación y/o el nexo agua-energía; y
• Capacidad y disposición para cooperar con los demás miembros de la Plataforma y contribuir con ello a la mejora del Catálogo de Capacidades y recursos, técnicos y/o de financiación, de valor añadido que integra el DESAL+ Living Lab.
En consecuencia, y de conformidad con las anteriores consideraciones, se formaliza el presente acuerdo con arreglo a las siguientes
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PRIMERA.- DEFINICIONES.-
CLAUSULAS
Para la interpretación del presente Acuerdo de Adhesión, se atenderá a las siguientes DEFINICIONES:
• DESAL+ Living Lab; Plataforma compuesta por los siguientes miembros fundadores: la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A., la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y la Universidad de La Laguna los cuales se comprometen a desarrollar iniciativas de interés común al que puedan sumarse otras entidades y/o empresas, tanto públicas como privadas, nacionales e internacionales interesadas en participar en el DESAL+ Living Lab en desalación y el nexo agua-energía mediante la puesta en común de sus capacidades e infraestructuras de I+D+i para la creación, validación y evaluación de servicios e ideas de negocio, mercados y tecnologías dentro de un contexto real.
Se trata de una plataforma (hub en terminología inglesa) de innovación abierta para la experimentación y validación de nuevas tecnologías de productos y servicios, que involucra activamente a los usuarios en actividades de la cadena de valor de la innovación, desde el diseño, hasta las pruebas en entornos reales, especialmente en la co-creación, y que facilita su madurez comercial.
• Miembro Fundador o Socio: Entidad participante en la plataforma DESAL+ LIVING LAB, firmante del Convenio Marco, y que asume los derechos y obligaciones que allí se reflejan.
• Coordinador: Entidad que además de sus obligaciones como Socio, está obligado a desempeñar en nombre de la Plataforma determinadas tareas de coordinación y de representación indicadas en el Convenio Marco.
• Entidad Asociada: Entidad participante que, no perteneciendo al ente DESAL+ LIVING LAB, pone a disposición del Living Lab medios y/o capacidades de que dispone en materia de desalación y nexo agua-energía con el objeto de participar en todos, o parte, de las actuaciones o proyectos de I+D+i que se lleven a cabo en el marco del Living Lab.
• Actuaciones, Proyectos y/o Programas: conjunto de iniciativas de I+D+i a acometer por los Socios y Entidades Asociadas que decidan participar y que deben quedar definidas en la correspondiente Memoria, en la que se deberán detallar, además, todas las actividades a realizar, así como los resultados a obtener.
• Resultados: se entiende todo conocimiento que se genere directamente como consecuencia y durante la ejecución de una Actuación o Proyecto por cualquier Participante, por sí mismo y/o a través de su/s Subcontratista/s, tanto si es protegible como si no, de cualquier naturaleza y bajo cualquier forma de presentación y materialización (informe, prototipo, plano, diseño, especificación, demostrador, algoritmo, software, producto o proceso experimental, etc.); así como cualquier derecho ligado, incluidos los derechos de propiedad intelectual o industrial.
• Conocimientos preexistentes: cualquier dato, conocimiento técnico o información que obre en poder de los participantes en una Actuación o Proyecto, con anterioridad a éste, y que sean necesarios para la ejecución del mismo o para la explotación de sus resultados, incluidos los derechos de propiedad intelectual o industrial sobre los referidos conocimientos titularidad de los participantes.
• Derechos de acceso: las licencias y derechos de uso sobre los resultados o los Conocimientos preexistentes.
• Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial (“IPR”): se entienden todos los derechos susceptibles de protección legal, entre los que se incluyen con carácter no limitativo todas las invenciones (ya sean patentables o no), todas sus mejoras, y todas las patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, solicitudes, licencias, adiciones y modificaciones de los mismos; las marcas nacionales, comunitarias e internacionales, los nombres comerciales y logotipos; los nombres de dominio; derechos de autor; secretos industriales o comerciales y Know-How; derechos sobre software, web sites y bases de datos.
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• Explotación: utilización directa o indirecta de los Resultados derivados de alguna Actuación o Proyecto realizado en el marco del Living Lab y que pudieran dar lugar a la creación, el desarrollo y la comercialización de un producto, proceso o servicio.
• Difusión: la divulgación de los Resultados, mediante cualquier forma adecuada distinta de la publicación derivada de las formalidades de protección de los conocimientos.
SEGUNDA.- OBJETO.-
El objeto del presente Acuerdo de Adhesión es regular el marco general por el que establece la relación de colaboración de la entidad “SPEGC” con el DESAL+ LIVING LAB, así como las condiciones de su participación en el Living Lab en desalación y el nexo agua-energía.
TERCERA.- COMPROMISOS.-
La entidad “SPEGC” se compromete a contribuir de manera activa con el cumplimiento de los fines y objetivos del Living Lab, para lo cual ha proporcionado al representante del DESAL+ LIVING LAB el correspondiente “Cuestionario de Caracterización del Grupo/Departamento/Entidad”, debidamente cumplimentado con los recursos y capacidades que “SPEGC“ incluye y pone a disposición del Living Lab.
Asimismo, la “SPEGC” se compromete a colaborar activamente en acciones de difusión para dar a conocer la existencia del Living Lab, así como a promover la realización de Proyectos y Actuaciones en los que se ponga en valor el Catálogo de Recursos y Capacidades del living Lab.
La participación de la “SPEGC“ en Proyectos y Actuaciones que se desarrollen en el marco del Living Lab deberá quedar formalizada explícitamente en su correspondiente Acuerdo o convenio Específico, contrato, etc., a firmar entre las entidades participantes.
Asimismo, la adhesión de la “SPEGC” como nueva entidad asociada al Living Lab no supondrá la ▇▇▇▇▇▇▇▇ de obligaciones de contenido económico para ninguna de las Partes, salvo aquellas que voluntariamente la SPEGC como órgano financiador quiera aportar para la consecución de los fines de la Plataforma y que se regularán mediante su correspondiente Acuerdo o convenio Específico, contrato, etc., a firmar entre las entidades participantes.
CUARTA.- OBLIGACIONES ENTRE LAS PARTES.-
• Del Coordinador hacia las Partes:
o Comunicar a las Partes cualquier información que pueda ser relevante para el buen funcionamiento y desarrollo del Living Lab.
o Actuar de intermediario ante posibles conflictos entre miembros o entidades asociadas del Living Lab
o Coordinar la participación de los miembros y entidades asociadas del Living Lab en los Proyectos o Actuaciones que se propongan por parte de algún miembro.
• De las Partes hacia el Coordinador:
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o Notificar al Coordinador cualquier variación que afecte a las condiciones de Adhesión y al Catálogo de Recursos y Capacidades del Living Lab especialmente si ésta pudiera afectar de forma sustancial a algún Proyecto o Actuación puesto en marcha.
o Notificar al Coordinador los resultados de los Proyectos y Actuaciones realizados en el marco del Living Lab, así como de los acuerdos de titularidad y/o cotitularidad que se suscriban respecto a dichos resultados
o Solicitar, si lo estima oportuno, su participación en el Comité Técnico de la Plataforma, con voz y con,
o sin, voto o en el Comité de Dirección con voz.
• De las Partes hacia otras Partes:
o Cumplir con las obligaciones contraídas con cualquier otro miembro o entidad asociada del Living Lab.
o Notificar al resto de miembros con el que participe en un Proyecto o Actuación, cualquier incidencia en su ejecución.
o Informar a las otras Partes de cualquier información externa al Living Lab que considere que pueda ser relevante.
QUINTA.- DESARROLLO DE LOS PROYECTOS Y ACTUACIONES.-
El desarrollo de Proyectos y Actuaciones en el marco del Living Lab estarán sujetos a la preparación de propuestas de proyectos, memorias de proyectos, planes de investigación, servicios de I+D, acciones de formación y capacitación, etc., en los que se detallarán, para cada una de las Entidades participantes como Socio o entidad Asociada a la Plataforma DESAL+ LIVING LAB, los trabajos, fines propuestos, las aportaciones de cada una de las Partes, y las necesidades de recursos y de financiación, así como a la suscripción de un Acuerdo o convenio específico entre los mismos.
Para posibilitar la realización de cada uno de los Proyectos y Actuaciones se podrán recabar ayudas, subvenciones y/o colaboraciones de otras entidades, tanto públicas, como privadas, de manera conjunta o individualizada.
SEXTA.- TITULARIDAD Y EXPLOTACIÓN DE LOS RESULTADOS.-
La titularidad y explotación de los resultados a que den lugar los trabajos que se desarrollen al amparo de este Acuerdo de Adhesión, serán objeto de regulación en los acuerdos o convenios específicos, contrato, etc., que se firmen por las Partes, de común acuerdo, para cada una de los Proyectos y Actuaciones que se acometan.
Las Partes informarán al Coordinador de la Plataforma DESAL+ LIVING LAB, de los acuerdos de titularidad y/o cotitularidad que se suscriban respecto a los resultados de los Proyectos y Actuaciones realizados en el marco del Living Lab.
SÉPTIMA.- VIGENCIA Y EXTINCIÓN DE LA ADHESIÓN.-
La entidad “SPEGC” pasará a formar parte del Living Lab como Entidad Asociada al DESAL+ LIVING LAB, desde la fecha de la firma del presente Acuerdo de Adhesión. La vigencia del Acuerdo estará supeditada a la pervivencia del DESAL+ LIVING LAB.
Esta adhesión se extinguirá y, por tanto, quedará sin efecto, en caso de:
• Mutuo acuerdo entre las Partes que suscriben el presente Acuerdo
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• Pérdida total o parcial de los medios apropiados, recursos económicos y/o infraestructuras básicas para desarrollar o apoyar la labor de investigación e innovación para poder ser ente activo en la Plataforma.
• Incumplimiento grave de las obligaciones asumidas por la “SPEGC“ respecto a las condiciones de adhesión.
La extinción de la Adhesión será notificada por escrito a la “SPEGC” por parte del Coordinador de la Plataforma DESAL+ LIVING LAB, con una antelación mínima de 1 mes a la fecha en que se pretende que sea efectiva.
OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD.-
Cada una de las Partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto, la información científica o técnica perteneciente a la otra Parte a la que haya podido tener acceso en el desarrollo de proyectos y actuaciones en el marco del Living Lab, salvo consentimiento explícito por dicha otra Parte. Esto no afectará cuando la información recibida sea de dominio público.
Los datos e informes obtenidos durante la realización de los proyectos conjuntos, así como los resultados finales, tendrán carácter confidencial. El uso de datos e informes obtenidos durante la realización de Proyectos y Actuaciones en el marco del Living Lab, así como los resultados obtenidos, serán objeto de regulación en los acuerdos o convenios específicos que se firmen por las Partes, de común acuerdo, para dichos Proyectos y Actuaciones.
NOVENA.- COMUNICACIONES.-
La forma y contenido de las divulgaciones o publicaciones relacionadas con los Proyectos y Actuaciones que se realicen en el marco del Living Lab, serán objeto de regulación en los acuerdos o convenios específicos, contratos, etc., que se firmen por las partes, de común acuerdo, para dichos Proyectos y Actuaciones. Como mínimo se hará siempre referencia a la Plataforma DESAL+ Living Lab.
Con carácter previo a cualquier publicación, se tendrá en cuenta el efecto de la misma sobre la posible protección y explotación del resultado por cualquiera de las Partes del Living Lab.
Las Partes se comprometen asimismo a cumplir con las Normas de Publicidad ligadas a la financiación pública recibida y a cumplir y facilitar el cumplimiento de las obligaciones de difusión en abierto previstas por Ley.
Las obligaciones recogidas en esta cláusula subsistirán durante tres (3) años después a la extinción de la adhesión a la Plataforma DESAL + Living Lab.
DÉCIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS.-
Las Partes deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias, en especial las que reglamentariamente se determinen en aplicación de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Consecuentemente, las Partes se comprometen y obligan a responsabilizarse de los daños y perjuicios que se puedan derivar de la falta de cumplimiento de lo anteriormente expuesto.
UNDÉCIMA.- JURISDICCIÓN.-
Las partes se comprometen a resolver amigablemente cualquier diferencia que sobre el presente Acuerdo de Adhesión pueda surgir. En el caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, ambas partes acuerdan, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, someterse a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de Las Palmas de Gran Canaria.
Como expresión de su consentimiento, y en prueba de plena conformidad con todo cuanto antecede, firman las partes el presente Acuerdo de Adhesión, en el lugar indicado en su encabezamiento y en la fecha de su última firma digital.
Por:
Coordinador de la Plataforma DESAL+ LIVING LAB
Firmado digitalmente por 42815882W ▇▇▇▇▇▇▇
Por:
Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria
▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇
42815882W ▇▇▇▇▇▇▇
▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (R: A35313170)
Nombre de reconocimiento (DN): 2.5.4.13=Ref:AEAT/AEAT0397/PUESTO
1/55682/22032021102955,
serialNumber=IDCES-42815882W,
(R: A35313170)
givenName=▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, sn=▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, cn=42815882W ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (R: A35313170), 2.5.4.97=VATES- A35313170, o=INSTITUTO TECNOLOGICO DE CANARIAS SA, c=ES
Fecha: 2021.10.15 08:34:23 +01'00'
▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇
Gerente del ITC. Director Gerente de la SPEGC
ANEXO 1: MODELO DE CARTA SOLICITUD DE ADHESIÓN.
Carta/Solicitud de Adhesión al DESAL+ Living Lab en Desalación y Nexo Agua-Energía como Entidad Asociada a la Plataforma DESAL+
Conocidos los objetivos del Plan Estratégico de la I+D+i en Desalación (2018-2025), así como los fines para los cuales se pone en marcha el DESAL+ Living Lab como instrumento para el logro de dichos objetivos estratégicos, y siendo consciente de la necesidad de contribuir a su desarrollo, el abajo firmante,
▇. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, con DNI núm. ▇▇.▇▇▇.▇▇▇-D, en representación de la SOCIEDAD DE PROMOCIÓN ECÓNOMICA DE GRAN CANARIA S.A., de carácter unipersonal, con N.I.F. núm: A 35483221, y domicilio social en la ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇, C.P: ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇,
DECLARA QUE:
1. La Organización a la que representa tiene interés en formar parte del Living Lab en Desalación y Nexo Agua- Energía como Entidad Asociada a la Plataforma DESAL+;
2. Que, para ello, pondrá a disposición del DESAL+ Living Lab los recursos humanos, económicos y capacidades, que voluntariamente pueda dirigir para cumplir los fines de la Plataforma, que apoyen y financien la labor de investigación e innovación que ejecuten los entes activos en la misma.
3. Que se compromete a participar activamente en acciones de difusión para dar a conocer la existencia del Living Lab, así como a promover la realización de Proyectos y Actuaciones de I+D+i en los que se ponga en valor el Catálogo de Recursos y Capacidades del Living Lab.
Para lo cual SOLICITA su adhesión a la Plataforma DESAL+ en calidad de Entidad Asociada. Atentamente,
...................................▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇........................................
Representante de la SOCIEDAD DE PROMOCIÓN ECÓNOMICA DE GRAN CANARIA S.A.
En Las Palmas de Gran Canaria, en la fecha de su firma digital
▇▇▇.▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Director Gerente de la SPEGC (Sello de la entidad)
