ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR EL ARRENDAMIENTO DE BODEGA PARA EL ALMACENAMIENTO DEL ARCHIVO GESTIÓN DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR
ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR EL ARRENDAMIENTO DE BODEGA PARA EL ALMACENAMIENTO DEL ARCHIVO GESTIÓN DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR
De conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1983, Ley 1150 de 2007 y Artículos 2.2.1.2.1.4.1 y 2.2.1.2.1.4.11 del Decreto 1082 de 2015, se realizan los presentes estudios previos, así:
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD A SATISFACER
La Dirección Nacional de Derecho de Autor, Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio del Interior, creada por el Decreto 2041 de 1991, a su vez modificado por el Decreto 4835 de 2008, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal; es la autoridad administrativa competente en el tema del derecho de autor y los derechos conexos en nuestro país. Sus funciones principales se enmarcan, entre otras, en el Registro Nacional de las obras literarias y artísticas, producciones e interpretaciones y actos jurídicos y contratos relacionados con el derecho de autor y los derechos conexos.
La problemática que comúnmente se presenta con la titularidad y derechos sobre las obras en todas sus formas de negociación ha generado en la Dirección Nacional de Derecho de Autor como Entidad del Estado y, la necesidad de contar con un centro de conciliación y arbitraje en materia de derecho de autor que contribuya a la solución directa, ágil y con calidad de las Controversias originadas en o relacionadas con esta materia especializada, mediante la cultura del uso de los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos y/o con los beneficios de todo tipo que conlleva emplear la figura del arbitraje en estos campos, como mecanismos para crear la cultura de respeto a los derechos de autor mediante un trabajo interdisciplinario y con proyección a la comunidad.
En este sentido la Dirección Nacional de Derecho de Autor, creó el Centro de Conciliación y arbitraje “Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx”, mediante Resolución número 0271 del 20 xx xxxxx de 2012, para lo cual se construyeron las salas de conciliación y arbitraje y fue necesario liberar espacio en el piso 17 del ECCI donde funciona la Entidad.
Después de una ardua gestión y búsqueda, se logró encontrar un espacio a un precio razonable en el mismo Edificio Centro de Comercio Internacional, lugar donde funciona la DNDA, el cual se limita únicamente para mantener el archivo de gestión de la Entidad, producto del desarrollo de su actividad misional y administrativa y requieren ser almacenados y archivados por el tiempo que se defina en las Tablas de Retención Documental.
Estos archivos a la fecha ya se encuentran ubicados en la bodega citada y están empacados en cajas para archivo inactivo referencia X-200 y allí se almacenaron por dependencias y por año y se dispone de un listado en Excel, donde se asigna
un número a cada carpeta con el nombre del expediente para ubicarlo cuando se requiera consultarlo y tener la disponibilidad de respuesta oportuna a los requerimientos de los usuarios de la entidad y de los entes de control.
Acorde con las anteriores consideraciones, se evidencia la necesidad de mantener de manera definitiva el archivo de gestión en un lugar cercano a la DNDA ya que no se cuenta con suficiente espacio para almacenar el archivo en mención, toda vez que ya se construyeron las Salas de Conciliación y Arbitraje, situación que obliga a la Entidad tomar en calidad de arrendamiento un espacio, exclusivo para el archivo de gestión, ubicado en la planta baja del Edificio Centro de Comercio Internacional, de la ciudad de Bogotá.
En atención al objeto del contrato, modalidad de contratación y necesidad de requerir el servicio de almacenamiento y custodia de manera continua los 365 días del año, previa solicitud de una vigencia futura, se recibió comunicación escrita expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público radicada con el No. 2- 2015-031479 del Ministerio y No. 0-0000-00000 de la DNDA de fecha 14 xx Xxxxxx de 2015 aprobando el cupo para adelantar el proceso contractual para garantizar los servicios de arrendamiento de bienes inmuebles.
Finalmente, es inminente adelantar el proceso debido a que el contrato No. DNDA 036-2014 suscrito con el edificio Centro de Comercio Internacional – ECCI vence el próximo 31 de octubre de 2015 y la Entidad no cuenta con espacio físico disponible en las instalaciones.
2. OBJETO A CONTRATAR
Contratar el arrendamiento del depósito S3-02 ubicado en la Xxxxx 00X Xx. 00X-00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxx de Comercio Internacional de la ciudad de Bogotá, D.C., para uso exclusivo de la Dirección Nacional de Derecho de Autor con el fin de almacenar el archivo de gestión, documentos y materiales propiedad de la Entidad, garantizando su confidencialidad y conservación.
3. ESPECIFICACIONES DEL OBJETO A CONTRATAR
1. La Administración del ECCI, entregará en calidad de arrendamiento y para uso exclusivo de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, un depósito ubicado en el sótano 3 - DEPOSITO S3-02: Xxxxx 00X Xx. 00X -00, xxxxxxx xxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxx de Comercio Internacional, con un área interna total de 29.61 metros cuadrados el cual se encuentra comprendido dentro de los linderos descritos en la Escritura Pública No. 1321 de fecha 12 xx Xxxxxx de 2003, Notaria 10 de Bogotá durante el periodo comprendido entre el 0x xx xxxxxxxxx xx 0000 x xx 00 xx xxxxxxx de 2016 y posteriormente periodos sucesivos de un (1) año.
2. El uso del depósito por parte de la DNDA será para almacenar el archivo de gestión de vigencias anteriores y el que surja producto del desarrollo de su actividad
misional y administrativa, los cuales se encuentran a cargo de la Subdirección Administrativa y requieren ser almacenados y archivados por el tiempo que se defina en las Tablas de Retención Documental.
3. El ARRENDADOR permitirá que los funcionarios autorizados por la DNDA ingresen al citado depósito con el propósito de almacenar, retirar y/o consultar dicho material.
4. El ARRENDADOR no permitirá ni autorizará a sus empleados el ingreso a dicho espacio, puesto que el mismo será de uso exclusivo para la DNDA.
5. Se hace necesario que la DNDA mantenga adecuado el espacio para darle el uso que requiere, razón por la cual mantendrá instalados estantes metálicos cogidos con chazos sobre los muros del depósito y doble fila en el centro del mismo, con el propósito de organizar el material por años y por dependencias, y lograr mantener su conservación empacándolos en cajas para archivo inactivo referencia X-200.
3.1 LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El servicio se prestara en la ciudad de Bogotá D.C., en el Edificio Centro de Comercio Internacional DEPOSITO S3-02: Xxxxx 00X Xx. 00X -00, xxxxxxx xxxxx.
3.2. DURACIÓN Y PLAZO DEL CONTRATO:
Doce (12) meses previa suscripción y legalización del contrato, es decir, desde el 0x xx xxxxxxxxx xx 0000 x xxxxx xx 00 xx xxxxxxx xx 0000.
3.3. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO.
El arrendatario se obligará a:
1. Pagar por concepto de canon de arrendamiento mensual la suma fijada por el arrendador.
2. Destinar el inmueble exclusivamente para almacenar archivo propiedad de la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
3. Asumir por su cuenta y riesgo las adecuaciones físicas u otro tipo de inversión que considere necesario para utilizar en debida forma el espacio acorde con las necesidades requeridas. Un ejemplo es la instalación de estantería para organizar los archivos en dichos espacios y garantizar el óptimo funcionamiento del depósito.
4. Usar el inmueble únicamente para los fines señalados en el contrato.
5. Cancelar el canon de arrendamiento oportunamente.
6. Responder por el aseo, conservación, mantenimiento y la óptima presentación del espacio arrendado.
7. Establecer los mecanismos de seguridad interna que les permitan la conservación de sus materiales y equipos, sin que EL ARRENDADOR se haga en ningún momento responsable por las pérdidas o hurtos que se les puedan presentar.
8. En materia de responsabilidad civil extracontractual EL ARRENDATARIO será el único responsable frente a terceros por perjuicios causados en desarrollo de su propia actividad durante la ejecución de este contrato.
9. Las propias e inherentes a los contratos de arrendamiento previstas tanto en la legislación civil como comercial.
10. Todas las demás inherentes al objeto contratado.
En el contrato se entenderán incluidas las condiciones y obligaciones del contratista fijadas en éste documento e igualmente el cumplimiento de las demás obligaciones legales propias de las personas jurídicas que celebren contratos con entidades públicas.
3.4. OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR
En desarrollo del objeto contractual, el arrendador se obliga a:
1. Facturar mensualmente el valor causado por el canon de arrendamiento acorde con la suma acordada.
2. El espacio que se entregue en calidad de arrendamiento será de uso exclusivo de la DNDA sin que EL ARRENDADOR se haga en ningún momento responsable por las pérdidas o hurtos que se les puedan presentar.
3. Suscribir acta de entrega del espacio arrendado
4. Las propias e inherentes a los contratos de arrendamiento previstas tanto en la legislación civil como comercial.
5. Todas las demás inherentes al objeto contratado
4. FUNDAMENTOS JURÍDICOS E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
Que de acuerdo con lo establecido en el literal i del numeral 4º del artículo 2º de la ley 1150 de 2007, la modalidad de selección de contratación directa procede en los casos de arrendamiento o adquisición de inmuebles, el cual fue señalado de la misma manera en artículos 2.2.1.2.1.4.1 y 2.2.1.2.1.4.11 del Decreto 1082 de 2015.
5. SOPORTE TÉCNICO Y ECONÓMICO DEL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:
Considerando que la contratación del depósito es conveniente hacerla en el mismo edificio donde en la actualidad funciona la DNDA, se procedió a indagar precios dentro del mismo sector (Centro de Comercio Internacional) pero no hay disponibilidad de este tipo de espacios para arrendamiento y el histórico de este servicio es el siguiente:
Vigencia del servicio | Valor Mensual incluido IVA |
2013 | $348.000,oo |
2014 | $ 356.491,oo |
2015 | $ 363.406,oo |
2016 | $ 376.707,oo |
Por las anteriores consideraciones, y el valor del depósito ofertado en el ECCI por la suma de $376.707 mensuales incluido el 16% de I.V.A. de conformidad con las nuevas disposiciones en el Estatuto Tributario, la DNDA encuentra que el valor del arrendamiento en este lugar es muy favorable y el sitio es muy cercano a las instalaciones de la Entidad, lo que no generará incrementos en otros rubros como el servicio de Transporte para desplazar funcionarios que deban ingresar, retirar y/o hacer consultas del material.
Para realizar el análisis económico del contrato y no generar restitución por desequilibrio económico, se tuvieron en cuenta los siguientes factores:
Proveedor que presta el servicio de arrendamiento del depósito es la Misma administración del ECCI, lugar donde funcionan las oficinas de la DNDA.
Duración del contrato para desarrollar el objeto,
Lugar de ejecución,
Contratación Directa – Arrendamiento bienes inmuebles.
En consideración a lo anterior, el servicio de arrendamiento de un depósito debe contratarse con el EDIFICIO CENTRO DE COMERCIO INTERNACIONAL, lugar donde se encuentra actualmente funcionando la sede la Dirección Nacional de Derecho de Autor. El valor del arrendamiento de los 29.61 metros cuadrados en la actualidad es de $376.707 mensuales, discriminados así:
VALOR CANON MENSUAL: $ 324.747,oo VALOR I.V.A. (16%) MENSUAL: $ 51.960, oo
VALOR SERVICIO ENERGÍA: Incluido en el canon de arrendamiento VALOR SERVICIO ACUEDUCTO: $ 00,oo
VALOR SERVICIO TELÉFONO: No tiene servicio telefónico VALOR SERVICIO ADMINISTRACIÓN: $ 00,oo
6. PRESUPUESTO OFICIAL Y FORMA DE PAGO
6.1 PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial se estimó en la suma de $ 4.520.484, para lo cual se expidió el certificado de disponibilidad presupuestal 9915 del 22 xx xxxxx de 2015 por el rubro A-2-0-4-10-2 Arrendamientos bienes inmuebles, por valor de SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS
CATORCE PESOS M/CTE ($753.414,oo), expedido por la Subdirectora Administrativa de la Dirección Nacional de Derecho de Autor para cubrir el
periodo comprendido entre el 01 de noviembre y el 31 de diciembre de 2015, y se tiene autorizada una vigencia futura por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público radicada por el Ministerio con el número 0-0000-000000 y por la DNDA con el No. 0-0000-00000 del 14 xx Xxxxxx de 2015 en la cual se encuentra una suma asignada y aprobada para el presente proceso contractual por valor de $3.767.070,oo para la vigencia 2016 por concepto de arrendamiento de la bodega de ECCI del período comprendido entre el 01 de enero al 31 de octubre de 2016.
6.2 FORMA DE PAGO
La forma de pago del contrato de arrendamiento del bien inmueble que se suscriba, se realizará, después de los cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición y entrega de la factura por parte de EL ARRENDADOR, consignando en la cuenta que disponga el Arrendador, de conformidad con la certificación bancaria donde se informe el número y nombre de la cuenta corriente o de ahorros y el banco, en doce
(12) mensualidades iguales, cada una por valor del canon de arrendamiento indicado por el arrendador en su oferta. Estos pagos se realizarán previa expedición del certificado a satisfacción del servicio por parte del supervisor del contrato, entrega de la factura y certificado xx xxx y salvo con los sistemas de salud, pensión y parafiscales si es del caso. Al momento de realizar los pagos mencionados anteriormente, EL ARRENDATARIO practicará las correspondientes retenciones a que haya lugar y otros gravámenes que legalmente se causen durante la ejecución de este contrato.
Sin embargo, se aclara que el pago estará sujeto al PAC y/o situación de fondos por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
7. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES
En desarrollo de lo señalado en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el articulo 1 y numeral 9 del artículo 12 del Decreto–Ley 4170 de 2011, el Documento CONPES
3714, el Decreto 1082 de 2015, y artículo 25, numerales 7 y 12 de la ley 80 de 1993, y con el fin de valorar el alcance del objeto contractual requerido por la entidad, como sustento y justificación de los factores de selección adoptados para el presente proceso de selección abreviada se procede a realizar el análisis de riesgos de la contratación, su tipificación, estimación y asignación.
Se precisa que salvo las situaciones específicamente mencionados en el presente numeral y como principio general, EL CONTRATISTA como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todas aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que
cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles no asignadas al contratista en la presente distribución de riesgos de la contratación. La Dirección Nacional de Derecho de Autor no estará obligada a efectuar reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el contratista.
Sólo en el evento que se demuestre por parte del contratista pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a él, y se acepte tal situación por la entidad, se procederá al restablecimiento del equilibrio de la ecuación económica del contrato.
En atención a la anterior normatividad, en el presente estudio previo se tuvieron en cuenta las indicaciones establecidas en el Manual para la identificación y cobertura del Riesgo en los procesos de contratación emitido por Colombia Compra Eficiente y se siguieron los siguientes pasos para establecer los riesgos:
1. Se estableció el contexto en el cual se adelanta el proceso, es decir, se identificaron los riesgos comunes a los procesos de contratación en la DNDA.
2. Se identificaron y clasificaron los riesgos del proceso de contratación de arrendamiento de un inmueble que cumpla con las características específicas determinadas por el AGN para almacenamiento y custodia de archivo así:
Clase: General y específico
Fuente: Interno y Externo
Etapa: Planeación, Selección, Contratación y Ejecución
Tipo: Riesgos Económicos, Riesgos Sociales o Políticos, Riesgos Operacionales, Riesgos Financieros, Riesgos Regulatorios, Riesgos de la Naturaleza, Técnicos, entre otros.
3. Se evaluaron y calificaron los riesgos identificados estableciendo el impacto de los mismos frente al logro de los objetivos del proceso de contratación y su probabilidad de ocurrencia.
Esta evaluación permitió asignar a cada riesgo una calificación en términos de impacto y de probabilidad, lo cual permitió establecer la valoración de los riesgos identificados y las acciones que se deben efectuar.
4. Asignar y tratar los riesgos: se estableció un orden de prioridades de acuerdo al objeto contractual y su alcance con el fin de evitar el riesgo, transferirlo, aceptarlo, reducir la probabilidad y las consecuencias.
5. Monitorear y revisar la gestión de los riesgos: Se realizó un análisis de cada uno de los riesgos incluidos en la matriz anexa proponiendo un plan de tratamiento los cuales serán revisados constantemente durante la ejecución del contrato y de ser
necesario se deben hacer ajustes al plan de tratamiento de acuerdo con las circunstancias que se presenten durante la ejecución del contrato.
Este monitoreo deberá garantizar que los controles son eficaces y eficientes, obtener información adicional para mejorar la valoración del riesgo, analizar y aprender a partir de los eventos, cambios, éxitos y fracasos, detectar cambios en el contexto externo e interno que exijan revisión de los tratamientos del riesgo e identificar nuevos riesgos que puedan surgir.
No obstante lo anterior, hasta la fecha límite prevista en el cronograma del proceso para la solicitud de aclaraciones, los posibles oferentes o interesados en participar en el proceso deberán manifestar a la entidad, teniendo en cuenta el conocimiento que tienen como expertos en su actividad ordinaria, la existencia de posibles riesgos asociados a la ejecución del contrato que puedan afectar el equilibrio económico del mismo, de conformidad con lo expresado por el artículo 863 del Código de Comercio, según el cual, las partes deberán proceder de buena fe exenta de culpa en el período precontractual, so pena de indemnizar los perjuicios que se causen.
En consecuencia, la Entidad no aceptará reclamaciones relacionadas con circunstancias previsibles por el contratista que afecten dicho equilibrio económico y que no hayan sido manifestadas por el mismo, en dicha audiencia o en tal plazo.
NOTA: Debe entenderse que los mecanismos contenidos en el contrato, permiten mantener las condiciones económicas y financieras existentes al momento de la presentación de la propuesta por parte del contratista y consecuentemente, están diseñados para restablecer y mantener la ecuación del equilibrio contractual, en los términos señalados en la Ley 80 de 1993.
8. MECANISMO DE COBERTURA DEL RIESGO:
De conformidad con el Artículo 2.2.1.2.1.4.5 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad es libre de exigir o no garantías, por lo que en este caso conforme al objeto del contrato, la modalidad de la contratación y cuantía, la DNDA ha considerado que no es necesario solicitar al ARRENDADOR la expedición de póliza alguna, pues no se requiere cubrir riesgos que sean responsabilidad exclusiva del ARRENDADOR.
9. SUPERVISOR
El supervisor del contrato resultante de la presente contratación, designado por el Director General, será la Coordinadora del Grupo de Compras o quien haga sus veces
Adicionalmente, el supervisor debe verificar que el contratista cumpla con el pago de salud, pensión y parafiscales, tal y como lo exige la normatividad vigente.
9. INDICACIÓN SI LA CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADA POR UN ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO VIGENTE PARA EL ESTADO COLOMBIANO.
En cumplimiento a lo estipulado en el artículo 148 del Decreto 1082 de 2015 la DNDA, establece si el servicio objeto del presente proceso de selección se encuentra cobijados por los acuerdos y tratados internacionales que vinculen al estado colombiano, para lo cual se verificó:
a) Si la cuantía del proceso se somete al capítulo de compras públicas
b) Si la Entidad se encuentra cobijada bajo el capítulo de compras públicas
c) Si los bienes y servicios a contratar no se encuentran excluidos del capítulo de compras.
De acuerdo a la verificación realizada sobre los TRATADOS DE LIBRE COMERCIO, ACUERDOS INTERNACIONALES VIGENTES PARA EL ESTADO
COLOMBIANO y la excepción consistente en la modalidad de contratación directa para el arrendamiento de inmuebles, el presente proceso no se somete al capítulo de compras públicas.
10. CONTENIDO MÍNIMO DE LA OFERTA
La oferta que se realice por la persona jurídica que tiene a disposición el inmueble requerido por la DNDA (depósito), mínimo deberá contener:
Objeto, duración, valor del contrato, medidas del espacio y ubicación
Indicar el precio de la oferta, detallando si incluye impuestos.
El Oferente debe tener en cuenta en el precio los descuentos xx Xxx que haya lugar en ocasión del tipo de contrato que se debe suscribir.
11. REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES.
ITEM | DETALLE DEL DOCUMENTO | CUMPLE/ NO CUMPLE |
1 | Certificación sobre habilidad para contratar con el Estado (Anexo 1). De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8 de la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios vigentes, y el Artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 literal j), y las demás disposiciones constitucionales y legales vigentes aplicables. | |
2 | Certificación sobre pagos de seguridad social y aportes parafiscales Acreditación de encontrarse x xxx y salvo en el pago de aportes a los sistemas de salud, |
riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el representante legal o por el revisor fiscal, y los demás documentos que se soliciten en el pliego de Condiciones o invitación a presentar propuesta. | ||
3 | Personería Jurídica de la copropiedad expedida por la Alcaldía local y que se encuentre vigente a la fecha de entrega de la propuesta. | |
4 | Certificado de Tradición y Libertad del bien inmueble. | |
5 | Registro Único Tributario actualizado expedido por la DIAN. | |
6 | Certificado de antecedentes disciplinarios del representante legal y de la persona jurídica, expedido por la Procuraduría General de la Nación. | |
7 | Certificado responsabilidad fiscal expedido por la Contraloría General de la República, del representante legal y de la persona jurídica. | |
8 | Certificado de antecedentes de policía o judiciales del representante legal. | |
9 | Hoja de vida única persona Jurídica. (Anexo No. 2) | |
10 | Fotocopia de la cédula de ciudadanía. | |
11 | Fotocopia de la Libreta Militar del representante legal (si es hombre) | |
12 | Información SIIF. (Este documento no es requisito habilitante) (Anexo No. 3) El proponente deberá anexar DILIGENCIADO el Formato de Información de Proveedores o Contratistas Sistema de Información Integral Financiera SIIF, necesaria para la conformación de la base de datos y para el pago oportuno de las cuentas, por lo que el formato debe ser diligenciado en su totalidad de forma clara y precisa, en letra imprenta, a |
máquina o en computador. Debe anexar la certificación de la Entidad Bancaria, en donde los datos del cuentahabiente deben coincidir con los datos del proponente. (Fecha de expedición no mayor a 90 días contados a partir de la fecha de cierre del proceso de selección). | ||
13 | Oferta Económica. La oferta debe contener como mínimo la siguiente información: Objeto, duración, valor del contrato, medidas del depósito y ubicación en la ciudad de Bogotá, D.C. Indicar el precio de la oferta, detallando si incluye impuestos. El Oferente debe tener en cuenta en el precio los descuentos xx Xxx que haya lugar en ocasión del tipo de contrato que se debe suscribir. (Arrendamiento bien inmueble) La propuesta se debe cotizar en pesos colombianos y en esta moneda se efectuarán los pagos correspondientes del contrato. |
15. EVALUACIÓN
Para adjudicar el contrato con la propuesta recibida, la entidad procederá a verificar los requisitos habilitantes, condiciones técnicas y el factor económico el cual no debe superar el presupuesto oficial disponible para esta contratación.
FACTORES | EVALUACIÓN |
1. JURÍDICOS | CUMPLE / NO CUMPLE |
2. TÉCNICOS | CUMPLE / NO CUMPLE |
3. ECONÓMICOS | CUMPLE/ NO CUMPLE |
15.1 Requisitos jurídicos (Cumple/ no cumple)
Se verificará la presentación y validez de los documentos solicitados.
15.2 Requisitos Técnicos (Cumple / no cumple)
Se verificará que la propuesta técnica se ajuste a las necesidades de la Entidad consignadas en los estudios previos.
15.3 Requisitos Económicos (Cumple / no cumple)
Se adjudicará la oferta si cumple con los requisitos habilitantes, las especificaciones técnicas y que el precio no supere el presupuesto oficial estimado para la presente contratación, el cual se ha fijado en la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO
PESOS M/LEGAL $4.520.484,oo, por el término de doce (12) meses, acorde con:
1) Certificado de Disponibilidad Presupuestal 9915 del 22 xx xxxxx expedido por la Subdirectora Administrativa por valor de $753.414,oo para la vigencia 2015, es decir, los meses de noviembre y diciembre.
2) Autorización de vigencia futura autorizada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público radicada por el Ministerio con el número 0-0000-000000 y por la DNDA con el No. 0-0000-00000 del 14 xx xxxxxx de 2015, de donde el valor total asignado para vigencias futuras en la DNDA, le corresponde $3.767.070,oo para la vigencia 2016 por concepto del arrendamiento de la bodega de ECCI por el periodo comprendido entre el 01 de enero al 31 de octubre de 2016.
16. ANÁLISIS CRITERIOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN ECONÓMICA.
Se realizará a través del comité de contratos de la Entidad.
El presente documento se firma por el responsable en la ciudad de Bogotá D.C., a los dieciséis (16) días de octubre de 2015.
DOCUMENTO ORIGINAL FIRMADO POR LA SUSCRITA
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Coordinadora Grupo de Compras
Anexo: CDP 9915 del 22 xx xxxxx de 2015
Comunicación de aprobación de vigencia futura emitida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con número de radicación 0-0000-000000 del 14 xx xxxxxx de 2015
Matriz de Riesgos