CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN, POR CONCURSO-OPOSICION, DE UNA RELACIÓN DE ASPIRANTES AL DESEMPEÑO, MEDIANTE CONTRATACIÓN TEMPORAL DEL PUESTO DE TRABAJO DE TÉCNICO DE DESARROLLO LOCAL NIVEL B CON CONOCIMIENTO PRECEPTIVO DEL EUSKERA NIVEL C1 EN EL...
CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN, POR CONCURSO-OPOSICION, DE UNA RELACIÓN DE ASPIRANTES AL DESEMPEÑO, MEDIANTE CONTRATACIÓN TEMPORAL DEL PUESTO DE TRABAJO DE TÉCNICO DE DESARROLLO LOCAL NIVEL B CON CONOCIMIENTO PRECEPTIVO DEL EUSKERA NIVEL C1 EN EL AYUNTAMIENTO DE ZIZUR MAYOR- ZIZUR NAGUSIA
BASE 1ª NORMAS GENERALES:
1.1.- Se anuncia convocatoria para constituir por concurso-oposición, una relación de aspirantes para desempeñar las funciones del puesto de Técnico de Desarrollo Local en el Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia, para dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento.
Esta relación de aspirantes a la contratación temporal se ajustará a lo establecido en la Orden Xxxxx 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las normas de gestión de la contratación temporal, en todo aquello que resulte de aplicación.
1.2.-La presente convocatoria se hará pública mediante la solicitud al Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx de un listado de demandantes de empleo que reúnan los requisitos y condiciones necesarios para desempeñar el puesto de Técnico de Desarrollo Local. A dichos demandantes, el Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx les enviará email y/o sms informándoles sobre la presente convocatoria y plazo para presentación de instancias en el Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia para participar en la misma.
1.3.- Quienes superen las pruebas previstas pasarán a formar parte de una relación de aspirantes para cubrir de forma temporal, las necesidades que puedan surgir en el puesto de Técnico de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia. Las contrataciones que se deriven del citado proceso selectivo tendrán una duración equivalente a la duración de la causa o circunstancias que justificaron su
formalización. De esta forma, la contratación o sucesivas contrataciones que se formalicen finalizarán en el momento en que finalice la causa que provocó la provisión temporal de la plaza. En todo caso, los contratos que se formalicen preverán el periodo de prueba que proceda legalmente.
1.3.1.- Los trabajos y funciones a desempeñar serán los adecuados a la categoría de la convocatoria y a las tareas del puesto de Técnico de Desarrollo Local.
1.3.2.- En caso de que sea necesario realizar diversas convocatorias, las sucesivas relaciones de aprobados dejarán sin efecto a las anteriores.
1.3.3.- El horario de trabajo, será el establecido para el puesto de trabajo concreto al que se opte, adaptándose en todo momento según las necesidades del servicio y pudiendo ser modificado por el mismo.
1.3.4.- El puesto de trabajo de Técnico de Desarrollo Local estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel B de los establecidos en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas xx Xxxxxxx así como con los complementos que se aprueben y/o en su defecto, estén establecidos en la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia para dicho puesto de trabajo.
BASE 2ª REQUSITOS DE LOS ASPIRANTES Y TASAS:
2.1 Para ser admitido a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir en el momento en que finalice el plazo para presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
- Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por
España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
- Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.
- Hallarse en posesión, como mínimo del título de Diplomado Universitario, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que el plazo de presentación de solicitudes termine.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de credencial que acredite su homologación.
- Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.
- No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública ni despedido disciplinariamente.
- Estar inscrito como demandante de empleo o de mejora de empleo en cualquiera de las oficinas del servicio público de empleo.
Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la Función Pública.
El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.
2.2 Pago de tasas:
La Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por Derechos de Examen ( B.O.N núm. 236, 2 de diciembre de 2014) establece que la tasa a abonar en concepto de derechos de examen y formalización de expediente es de 20 euros.
2.2.1. Estarán exentas del pago de la tasa:
Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan xx xxxxxx superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
2.2.2. Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
2.2.3. La carencia xx xxxxxx superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado del Anexo III. En la Oficina de Información municipal se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.
2.2.4. El abono de dicha tasa, nominal e individualizada se efectuará mediante ingreso en efectivo, o transferencia, en las cuentas del Ayuntamiento de Zizur Mayor de las entidades bancarias siguientes: Caixabank núm. ES03 2100.5199.54.2200064878, CAJA RURAL XX XXXXXXX núm. ES57 3008.0066.81.0702518820 y CAJA LABORAL POPULAR núm. ES43 3035.0200.87.2000790026, en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:
• Nombre y apellidos del aspirante.
• DNI/NIF.
• Número de cuenta en la que se efectúa el abono.
• Concepto: Oposiciones.
• Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.
2.2.5 La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.
BASE 3ª. PROCEDIMIENTO:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso de las Administraciones Públicas xx Xxxxxxx, aprobado por Decreto Xxxxx 113/1985, de 5 xx xxxxx, los procedimientos de selección del personal temporal, deberán posibilitar la máxima agilidad en la contratación.
Considerando que es éste un caso de urgencia en tanto que se precisa tener confeccionada una relación de aspirantes para cubrir temporalmente el puesto de Técnico de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia, se procederá a solicitar del Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx, una relación de demandantes de empleo (incluidos los de mejora de empleo), que reúnan los requisitos y condiciones a que se refiere la base 2ª de la convocatoria.
No obstante, podrán ser admitidos al proceso de selección, todos aquellos aspirantes que, reuniendo dichos requisitos, presenten solicitud junto con la documentación exigida en la base 4ª dentro del plazo indicado en la citada base.
A dichos efectos, la presente convocatoria será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia, así como en la página web municipal.
BASE 4ª.- INSTANCIAS
Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia sito en la Parque Erreniega s/n, y deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I de la presente convocatoria.
Asimismo, estas instancias podrán presentarse a través de la sede electrónica xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxx.xx o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este último caso, antes de terminar el plazo señalado para la presentación de solicitudes, deberán enviar justificante de haber presentado la documentación a la siguiente dirección de correo electrónico: XXXX@xxxxxxxxxx.xx
En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de correos antes de ser certificada, debiendo remitir un correo electrónico a la dirección especificada anteriormente, indicando dicha circunstancia.
En la instancia de participación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
Junto con la instancia de participación las personas aspirantes deberán aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad, de la titulación exigida o del documento que acredite que se está en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, tarjeta de inscripción vigente en una oficina de empleo como demandante de empleo o de mejora de empleo, título de Euskera de nivel C o equivalente y los documentos susceptibles de ser valorados en la fase de concurso.
Las personas aspirantes señalarán en la instancia una dirección de correo electrónico a los efectos de notificaciones.
Las personas aspirantes con discapacidad deberán adjuntar a la instancia de participación, la acreditación de la condición de minusvalía, expedida por órgano competente y acompañado de certificado médico acreditativo de que tal discapacidad que padece no es una enfermedad o defecto físico o psíquico que le incapacite para el normal ejercicio del puesto de trabajo.
Estas personas aspirantes podrán solicitar las adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios que sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia expresando en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 14 horas del día 20 xx xxxxx de 2019
BASE 5ª.- LISTAS PROVISIONALES
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Señor Alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia dictará Resolución aprobando las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos y se harán públicas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia, así como en la página web municipal.
A partir de dicha fecha de publicación en el tablón y dentro del plazo de dos días hábiles siguientes, los aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.
BASE 6ª.- LISTAS DEFINITIVAS
Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, el Señor Alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia dictará Resolución aprobando las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se harán publicas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia, y en la página web municipal, junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la base octava de la presente convocatoria.
El hecho de figurar en las relaciones de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando del examen de la documentación que deben presentar los aspirantes en el momento de su llamamiento para la contratación, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos en tiempo o en forma, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en esta convocatoria.
BASE 7ª.- TRIBUNAL CALIFICADOR:
7.1.- El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidente: Xxx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia.
Suplente: X. Xxxx Xxxxxxxx, Concejal de Hacienda y Desarrollo Local de Zizur Mayor- Zizur Nagusia
1º Vocal: Xxxx Xxxxxx Xxxx de las Xxxxx Xxxx, Técnica de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia
Suplente: Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Jefa de Servicios Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxx - Xxxxx Xxxxxxx.
Vocal: Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, Técnica de Administración Pública, Gestión de Organización y Recursos Humanos.
Suplente: Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia
Vocal: Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx, designado por el representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia.
Suplente: Xxx Xxxxxxx de la Villa Casado, representante designado por la Comisión de Personal funcionario del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia.
Vocal- Secretaria: xxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia.
Suplente Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia.
7.2. El Tribunal deberá constituirse antes de la prueba selectiva.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.
Asimismo, para la válida constitución del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario.
7.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria. En caso de empate, el Presidente podrá hacer uso de su voto de calidad.
7.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente a éstas.
BASE 8ª VALORACIÓN DE LA FASE DEL CONCURSO.
8.1 Todos los aspirantes a la presente convocatoria, que consideren estar en posesión de méritos, conforme a las determinaciones contenidas en las presentes
Bases, deberán acreditarlo documentalmente dentro del plazo conferido para la presentación de instancias para participar en este proceso de selección, no pudiendo presentarlos con posterioridad a esa fecha.
8.2 El Tribunal, con anterioridad al inicio de las pruebas previstas en la Base 9ª, procederá a valorar los méritos acreditados por los aspirantes, de conformidad con el siguiente Baremo, cuya puntuación total nunca podrá superar la puntuación máxima de 10 puntos. A saber:
• Por cada año de servicio a jornada completa prestado como Agente de Desarrollo Local (Nivel B), Orientador/a profesionales para la inserción, Técnico/a de empleo en una Administración Pública, 1 punto, con un máximo de 10 puntos.
• Por cada año de servicio a jornada completa prestado como Agente de Desarrollo Local (Nivel B), Orientador/a profesionales para la inserción o Técnico/a de empleo en empresa privada/ ONG o asociación 0.5 puntos, con un máximo de 10 puntos.
Al objeto de aplicar el criterio de valoración mencionado, se tendrán en cuenta las siguientes normas:
- Si el número de años a valorar o la jornada no fuere completa, se hallará la correspondiente proporcionalidad.
- Solo se tendrán en cuenta los méritos acreditados, mediante documento original o debidamente compulsados, en el momento de su presentación.
- Todos los méritos alegados por los aspirantes deberán ser originales o copias autenticadas notarial o administrativamente.
- El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los opositores.
BASE 9ª DESARROLLO Y VALORACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN:
El proceso selectivo dará comienzo en la fecha que señale el Tribunal calificador, estando previsto que sea en el mes xx xxxxx. En el mismo acto aprobatorio de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de la prueba.
Ejercicio: De carácter teórico- práctico consistente en resolver tres supuestos teórico- prácticos sobre el temario recogido en el Anexo II.
La valoración del ejercicio podrá alcanzar un máximo de 40 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada al mismo (20 puntos).
El ejercicio se llevará a cabo por el sistema de plicas.
La convocatoria para la realización del ejercicio se realizará por llamamiento único, al que el aspirante deberá acudir provisto del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan.
BASE 10ª PROPUESTA DEL TRIBUNAL:
10.1.- Concluida la celebración de esta prueba, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas. En el supuesto que se produzca empate entre aspirantes, este se resolverá mediante sorteo público al que podrán acudir los aspirantes afectados.
Asimismo, formulará al Ayuntamiento convocante una propuesta de personas que hayan superado las mismas que, de forma ordenada por la puntuación obtenida en el proceso selectivo, integrarán la relación de aspirantes a las contrataciones que motivan dicho proceso.
La propuesta será vinculante para el Ayuntamiento convocante.
10.2.- Mediante Resolución de Alcaldía, que se publicará en los Tablones de Anuncios del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia se aprobará la relación de aspirantes seleccionados.
10.3. Los aspirantes aprobados podrán ser llamados para su contratación, de acuerdo con las necesidades que se produzcan, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.
10.4. Para los llamamientos referidos con anterioridad, se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas xx Xxxxxxx, en la redacción dada por la Ley Xxxxx 16/2002 de 31 xx xxxx, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx.
10.5. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.
BASE 11ª.- PROTECCIÓN DE DATOS
Identidad: Ayuntamiento de Zizur
Dirección Postal: Xxxxxx Xxxxxxxxx X/X 00000 Xxxxx Xxxxx Teléfono: 000 000000
Delegado de Protección de Datos: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx Finalidad: Gestionar las convocatorias de empleo en el ejercicio de los poderes públicos.
Base Jurídica: Decreto Xxxxx Legislativo 251/1993, de 30 xx xxxxxx, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas xx Xxxxxxx
Tiempo de conservación de los datos: Los datos se conservarán el tiempo necesario para el cumplimiento de la finalidad señalada y se almacenarán mientras el Ayuntamiento pueda tener responsabilidades derivadas de su tratamiento. Igualmente deben cumplirse las normas de conservación establecidas en la Ley Xxxxx 12/2007, de 4 xx xxxxx, de archivos y documentos.
Destinatarios de los datos: Los datos pueden ser cedidos a jueces y tribunales en cumplimiento de la legislación vigente y se publicarán en la web municipal y en los tablones de anuncios según se indica en la convocatoria.
Derechos: Las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificarlos en el caso de que sean inexactos así como cancelarlos dirigiéndose a la dirección señalada en el apartado primero.
BASE 12ª RECURSOS:
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto ante el órgano municipal que aprueba la convocatoria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo xx Xxxxxxxx en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo xx Xxxxxxx dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante que hubiera nombrado al tribunal, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.
ANEXO I
Don/Doña | ||
D.N.I./Carta de identidad | Fecha de nacimiento [día/mes/año] | Natural de |
Nacionalidad | Domicilio actual [calle, número, escalera, piso] | |
Código Postal/Población | Teléfonos | Correo electrónico |
EXPONE:
Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.
Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.
Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública ni despedido disciplinariamente, ni está inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.
Que reúne todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).
Que aporta documentación acreditativa de la condición de minusvalía, expedida por organismo competente.
Que acompaña a la instancia fotocopia de:
– Documento Nacional de Identidad.
–Titulación académica referida.
- Título de Euskera Xxxxx X0 o equivalente
- Tarjeta de inscripción en una Oficina de Empleo como demandante de empleo o de mejora de de empleo.
- Documentos con los que desea que se valore la fase de concurso.
SOLICITA:
Ser admitido a la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de Técnico de Desarrollo Local al servicio del Ayuntamiento de Zizur Mayor- Zizur Nagusia.
(Firma)
ANEXO II
TEMARIO
1. Servicio xxxxxxx xx xxxxxx: servicios que oferta y catálogo de ayudas (distintos tipos de ayudas que aparecen enumerados). xxxx://xxx.xxxxxxx.xx/xxxx_xx/Xxxxx/XxxxxxxxxXxxxxxxx/Xxxxxx/
2. Estrategia Europea para el Empleo: qué es, cómo funciona, directrices. xxxx://xxx.xxxxx.xx/xx-xxxxxxx/xxxxxxx/0000/00/XX0000000XXX.xxx Red Eures: concepto, composición y utilidad. xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxxxx/xx/xxxxx-xxxxxxxx
3. Agentes de Empleo y Desarrollo Local: concepto y funciones.
Orden de 15 de julio de 1999 por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificados como I + E. Título II Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
Sección primera. Disposiciones generales.
• Artículo 7. Los Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
• Artículo 8. Funciones de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
4. Orientación laboral, recursos y herramientas para la búsqueda de empleo, acciones de orientación laboral. xxxxx://xxx.xxxxxxx.xx/xxxx_xx/Xxxxx/XxxxxxxxxXxxxxxxx/Xxxxxx/ Empleo/Orientacion+Laboral/Orientacion_laboral.htm
5. Itinerarios de inserción laboral: guía interactiva de búsqueda de empleo (Paso 1, 2 ,3 y 4). xxxx://xxx.xxxxxxx.xx/xxxx_xx/Xxxxx/XxxxxxxxxXxxxxxxx/Xxxxxx/ Empleo/Orientacion+Laboral/riiopn/home/Trabajar/Busqueda+de+Empl eo/Guia+Empleo/
6. Autoempleo: qué es, ideas de negocio, puesta en marcha, consolidación empresarial. xxxxx://xxx.xxxxxxx.xx/xxxx_xx/Xxxxx/XxxxxxxxxXxxxxxxx/Xxxxxx/ Empleo/Orientacion+Laboral/riiopn/home/Trabajar/AutoEmpleo/Inicioa utoempleo.htm
7. Formación: competencias clave y certificados de profesionalidad. xxxxx://xxx.xxxxxxx.xx/xxxx_xx/Xxxxx/XxxxxxxxxXxxxxxxx/Xxxxxx/ Formacion/EvaluacionCompetenciasClave/ xxxxx://xxx.xxxxxxx.xx/xxxx_xx/Xxxxx/XxxxxxxxxXxxxxxxx/Xxxxxx/ Formacion/Certificados+de+profesionalidad/Default.htm
Nota.-Todas las materias se exigirán conforme a la normativa vigente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx.