PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Nº 21.078.995/GCABA-DGADCYP/2022 LICITACIÓN PÚBLICA N° 401-0839-LPU22
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ÍNDICE
1.- RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN
2.- OBJETO
2.1.- DEFINICIONES
3.- FACULTADES DEL ORGANISMO CONTRATANTE
4.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
5.- GARANTÍAS
5.1.- GARANTÍA DE IMPUGANACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
5.2.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
5.3.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL DICTÁMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS- PREADJUDICACIÓN
5.4.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
5.5.- ENTREGA DE LAS GARANTÍAS
6.- DEL PROCEDIMIENTO
6.1.- ANUNCIOS
6.2.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
6.3.- PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR
6.3.1.- REQUISITOS PARA SER OFERENTE
6.4.-COTIZACIÓN
6.5.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
6.6.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
6.7.- OBLIGACIONES DEL OFERENTE
6.8.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS-PREADJUDICACIÓN
6.9.- DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
6.10.- ADJUDICACIÓN
6.11.- PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
7.- OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA
8.- PLAZO DE CONTRATACIÓN
9.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
9.1.- SEGUROS
10.- TRANSFERENCIA Y CESIÓN DEL CONTRATO
11.- PENALIDADES CONTRACTUALES Y SANCIONES
11.1 PENALIDADES POR XXXX EN LA PRESENTACIÓN DE SEGUROS
12.- CAUSALES DE RESCISIÓN
13.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
14.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL-ORDEN DE PRELACIÓN
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15.- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
16.- GASTO PLURIANUAL
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1.- RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN
El presente llamado a Licitación Pública se convoca bajo el Régimen de Compras y Contrataciones vigente, en los términos establecidos por el Artículo 31, primer párrafo del Artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.347), el Decreto Reglamentario Nº 74-GCABA/21, y se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC) al amparo de lo establecido en el Artículo 76 - Informatización de las contrataciones- d de la Ley de Compras y Contrataciones y su Decreto Reglamentario. La contratación se rige por la normativa citada, por las disposiciones xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales (Disposición N° 167-DGCYC/21) y las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
2.- OBJETO
El objeto de la presente licitación es la contratación del “Servicio de Transporte Aéreo Sanitario mediante helicóptero ante emergencias y/o urgencias médicas y situaciones de riesgo para la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Las características y especificaciones técnicas del objeto de la presente Licitación Pública, se encuentran detalladas en las Condiciones Particulares del presente pliego y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
2.1.- DEFINICIONES
2.1.1 Servicio: Comprende las tareas de asistencia y traslado aéreo de víctimas mediante helicóptero, frente a emergencias y/o urgencias médicas, como así también las actividades de apoyo al S.A.M.E. en situaciones especiales y la participación en operativos de ablación y trasplante de órganos. Queda estipulado que la utilización de este servicio se realizará exclusivamente frente a emergencias extremas y/o urgencias que ameriten, según el S.A.M.E., la participación de las aeronaves y su tripulación.
2.1.2 Aeronaves: El/los helicóptero/s puestos a disposición de GCABA, equipados de acuerdo con las especificaciones detalladas en el presente pliego, con el correspondiente certificado de aeronavegabilidad vigente y cualquiera otra documentación que deba ser utilizada para las operaciones contratadas.
2.1.3 Disponibilidad: estado de la/s aeronave/s en condiciones de aeronavegabilidad con la tripulación presente y lista para volar, conforme a los términos del presente pliego, en cada oportunidad en que sea requerido por el S.A.M.E, siempre que las condiciones climáticas lo permitan, y respetando las reglas de aeronavegación fijadas por la autoridad competente.
2.1.4 Repuestos: Todos las piezas o partes de las aeronaves para su mantenimiento y reparación a fin de asegurar la correcta operación de las aeronaves asignadas para la prestación del servicio.
2.1.5 Herramientas: involucra los implementos generales y especiales y equipos necesarios para el mantenimiento y operación de las aeronaves y los sistemas de comunicaciones.
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2.1.6 Personal: personal de la cocontratista afectado al servicio, incluyendo pilotos, asistentes y mecánicos.
2.1.7 Base de operaciones: Helipuerto, hangar e instalaciones generales y específicas de la cocontratista, habilitados por la autoridad competente.
2.1.8 Área de operaciones: Totalidad del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y hasta 60 kilómetros fuera de límites de la C.A.B.A.
2.1.8.1. Área de operaciones – Situaciones excepcionales: Totalidad del territorio de la República Argentina, ante situaciones excepcionales cuando la magnitud o complejidad de la situación lo amerite.
3.- FACULTADES DEL ORGANISMO CONTRATANTE
El Organismo contratante hace reserva de ejercer la facultad contemplada en el Artículo 110-Facultades del organismo contratante- inciso III) y IV) de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.347).
4.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCBA.
Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio
Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, a los efectos de la presente licitación el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxxxxx 000, Xxxx 0x, Xxxxxxx Xx000/000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Una vez perfeccionado el contrato el GCBA constituye domicilio en Xxxxxxxxxx Xx 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (Dirección General de Atención Médica de Emergencias (SAME).
Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en el Artículo 76 del Anexo I Decreto N° 74-GCABA/21, reglamentario de la Ley N° 2.095 (texto consolidado Ley N° 6.347).
Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BAC.
Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCBA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en la xxxxx Xxxxxxx Xx 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06.
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5. GARANTÍAS
5.1.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
De conformidad con lo prescripto por el Artículo 92.- Constitución de garantías - de la Ley N°
2.095 (Texto consolidado por ley Nº 6.347), y el Artículo 17 apartado 17.1 inc. d) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, el monto a depositar en concepto de garantía de impugnación será equivalente al dos coma cinco por ciento (2,5%) del monto estimado de la contratación.
La constitución de esta garantía deberá realizarse en efectivo a través de depósito bancario conforme lo prevé el Artículo 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, y el artículo 93.- Formas - inciso a) y concordantes de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74-GCABA/2.
El depósito deberá efectuarse en la Cuenta Nº 200.581/2 “Garantía por Impugnaciones”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el que será integrado a los impugnantes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
5.2.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 17 apartado 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 17 apartado 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, artículo 93.- Formas - y concordantes de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.347) y sus modificatorias y su Decreto Reglamentario Nº 74-GCABA/21.
Al momento de presentar su propuesta, el oferente deberá identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando el formulario electrónico correspondiente en el Sistema BAC.
Asimismo, si el tipo de documento mediante el cual se formaliza la garantía posee firma ológrafa deberá ser presentado de forma física en original junto con la certificación xxx Xxxxxxxxx Publico también en original, conforme se detalla en el Numeral 5.5 del presente Pliego.
Por el contrario, si el documento posee firma en formato digital, deberá remitirse vía correo electrónico conforme las previsiones del Numeral 5.5 del presente Pliego.
Ambos tipos de presentaciones sobre la Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá presentarse dentro del plazo de 24 horas contadas a partir de la fecha límite para la recepción de las ofertas, bajo apercibimiento de descarte de la misma, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 97 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado Ley N° 6.347) y sus modificatorias, y el articulo 17.1 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el domicilio, en los correos electrónicos y en el horario fijados en el Numeral 5.6 del presente pliego para cada caso. Dicho plazo se computa en horas, es decir desde la hora fijada para la recepción de la oferta venciendo, en consecuencia, a la misma hora del día hábil siguiente a la fecha fijada para la apertura de ofertas.
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5.3.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS – PREADJUDICACIÓN
A tenor de lo establecido en el Artículo 17 apartado 17.1 inciso f) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, la suma a depositar en concepto de garantía de impugnación a la preadjudicación de las ofertas, se fija en un tres por ciento (3%) del monto total de la oferta preadjudicada por la que se presenta impugnación.
En el supuesto de que no existiese un preadjudicatario, el monto de la garantía de impugnación al dictamen, será del tres por ciento (3%) en base al monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante.
La constitución de esta garantía deberá realizarse en efectivo mediante depósito bancario conforme lo prevé el Artículo 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y el artículo 93.- Formas - inciso a) y concordantes de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.347) y sus modificatorias y su Decreto Reglamentario Nº 74-GCABA/21.
A tal efecto el depósito deberá efectuarse en la Cuenta Nº 200.581/2 “Garantía por Impugnaciones”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
LA DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LA CONSTITUCION DE LA GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE DE FORMA PREVIA A FORMALIZAR LA IMPUGNACIÓN MEDIANTE LOS RESPECTIVOS FORMULARIOS DEL BAC.
5.4.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
La garantía de cumplimiento del contrato será xxx xxxx por ciento (10 %) del valor total de la adjudicación. Deberá constituirse conforme lo establecido en el artículo 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, artículo 93.- Formas - y concordantes de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 6347) y su Decreto Reglamentario Nº 74-GCABA/21.
La garantía de cumplimiento de contrato será devuelta a entera satisfacción del organismo contratante, en conformidad con lo establecida en el artículo 115 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 74-GCABA/21
5.5.- ENTREGA DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se constituyan en la presente contratación deberán ser entregadas a partir de la fecha y hora límite para la recepción de ofertas y dentro de los plazos fijados, de la siguiente forma:
- Las Garantías constituidas mediante documentos con firma ológrafa y certificada por escribano público, deberán presentarse en soporte físico en original, en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud, sita en Xxxxxxxxx 000, Xxxx 0°, Oficina N°420/422 de la CABA, de 10 a 15 horas, previa carga de sus datos en el Sistema BAC.
- Las Garantías constituidas mediante documentos con firma digital bajo sistema homologado deberán remitirse mediante correo electrónico – a las direcciones de correo xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx, xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx , xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx , previa carga de sus datos en el Sistema BAC.
- Todas las garantías que se constituyan en la presente licitación deberán tener como asegurado al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Ministerio de Salud – CUIT: 34-99903208-9 – con domicilio en Xxxxxxxxx 000, Xxxx 0x, Xxxxxxx
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N°420/422, C.A.B.A. Asimismo, en el campo “objeto de la licitación o el contrato” deberá individualizarse el número de Expediente, como así también el número y objeto del proceso. En el supuesto de Garantía de Cumplimiento de Contrato, deberá además detallar el número de orden de compra.
La garantía de mantenimiento de oferta con firma digital podrá ser incorporada como documentación anexa en la oferta cargada por BAC.
6- DEL PROCEDIMIENTO
6.1.- ANUNCIOS
El llamado a Licitación Pública se anunciará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de dos (2) días, con una antelación no menor a cuatro (4) días de la fecha de apertura.
Se cursarán invitaciones a Proveedores inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). Las invitaciones se cursarán de conformidad con lo establecido en el artículo 76 del Anexo I del Decreto N° 74-GCABA/21.
Asimismo, se cursarán las comunicaciones establecidas en el artículo 86 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 74-GCABA/21.
6.2.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
Sólo tiene derecho a formular consultas el proveedor acreditado que hubiera cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC, conforme lo establecido en el Artículo 76 del Anexo I Decreto Reglamentario Nº 74- GCABA/21.
Las consultas deberán realizarse mediante BAC hasta CINCO (5) días previos a la fecha establecida para la apertura de ofertas.
Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCABA respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la licitación electrónica, serán notificadas a cada uno de los participantes de conformidad con lo previsto en el Artículo 76 “Notificaciones Electrónicas” del Anexo I Decreto Reglamentario Nº 74-GCABA/21.
6.3.- PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR
Podrán participar en la presente licitación pública las personas humanas o jurídicas con capacidad para obligarse, que reúnan las condiciones que se exigen en la normativa vigente en función del objeto de la contratación y que no se encontraren comprendidas en las prohibiciones e inhabilidades que se mencionan en la normativa aplicable, de conformidad con lo establecido en los artículos 88 –Personas habilitadas para contratar-y 89 –Personas no habilitadas- de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.347), sus modificatorias y su reglamentación.
Los interesados deberán aceptar los términos de la Declaración Jurada según lo dispuesto en el Artículo 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a través de los formularios disponibles en BAC.
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LOS OFERENTES DEBEN MANTENER ACTUALIZADA LA DOCUMENTACIÓN EN EL RIUPP Y ENCONTRARSE INSCRIPTOS EN EL RUBRO Y CLASE CORRESPONDIENTES AL RENGLÓN OFERTADO.
6.3.1.- REQUISITOS PARA SER OFERENTE
6.3.1.1.- HABILITACIONES
Los interesados deberán contar con la totalidad de las habilitaciones vigentes exigidas por la autoridad aeronáutica, ya sea que se refieran al personal y a la operación, mantenimiento y uso sanitario de las aeronaves.
Las habilitaciones deberán permanecer vigentes durante toda la vigencia del contrato. La revocación o la no renovación de las mismas por parte de la autoridad de aplicación será causal de rescisión del contrato.
6.4.- COTIZACIÓN
Deberá completar la oferta económica a través de los formularios disponibles en el sistema BAC,
Deberá contemplarse lo establecido en el Artículo 10 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, por lo cual debe incluirse el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) en el precio cotizado. La moneda de cotización será el peso (moneda de curso legal en la República Argentina).
El renglón que se licita en el presente procedimiento es el siguiente:
RENGLÓN | CANTIDAD | OBJETO | RIUPP | |
RUBRO | CLASE | |||
Servicio de | ||||
traslado aéreo | ||||
1 | 24 meses | sanitario: dos (2) aeronaves más una (1) tercer | Vehículos | SERVICIO de Transporte y Mudanza |
aeronave para | ||||
situaciones | ||||
excepcionales. |
Asimismo, el oferente deberá presentar junto con la oferta la estructura real de costos en formato EXCEL y PDF, que respalda el precio ofertado, de conformidad con el Anexo I del presente pliego “Modelo Estructura de Costos”. De ella debe surgir:
a) el detalle de los costos directos e indirectos que la componen,
b) la incidencia impositiva y la utilidad prevista:
c) el precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos.
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Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente.
Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato (Artículo 5° de la Ley N° 2.809, Texto consolidado por Ley Nº 6.347).
6.5.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentado con todas las previsiones que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
TODA la documentación anexada por BAC que componga la oferta debe tener consignado el nombre de la empresa oferente.
La apertura de ofertas se efectuará a través del BAC, liberándose las ofertas el día establecido para la fecha y hora límite de recepción de ofertas, en el acto administrativo de convocatoria y en el cronograma registrado en el Portal de Compras xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados. El sistema asegura certeza en la hora y fecha de la apertura.
6.6.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un plazo de CUARENTA (40) DIAS a contar de la fecha límite para la recepción de ofertas. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al iniciar (artículo 95 Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 74-GCABA/21.
El desistimiento de la Oferta antes del plazo señalado o de su prórroga aceptada por el Oferente, causará la pérdida del importe de la Garantía de Mantenimiento de Oferta
6.7. OBLIGACIONES DEL OFERENTE - DOCUMENTACION A PRESENTAR JUNTO CON LA OFERTA
El Oferente deberá presentar junto con la oferta:
El oferente deberá presentar junto con la oferta la siguiente documentación:
a) Aceptación de las condiciones de la Declaración Jurada para contratar, de conformidad con lo establecido en el Artículo 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y los términos del Anexo I -Declaración Jurada de Aptitud para contratar-;
b) Declaración Jurada de Propuesta Competitiva (Anexo II xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales);
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c) Aceptación de acreditación de pagos xxx Xxxxxx del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuenta bancaria del Banco Ciudad (Anexo III xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales);
d) Garantía de Mantenimiento de Oferta;
e) Declaración Jurada de intereses – Anexo II (IF-2020-12163276-GCABA-MHFGC) y Anexo III- (IF-2020-12163282-GCABA-MHFGC), según corresponda;
f) Habilitaciones emitidas por la autoridad aeronáutica – Certificado Explotador de Servicios Aéreos, Matricula, Pilotos, Mantenimiento y toda otra habilitación que resulte exigible de conformidad con la normativa vigente en función del servicio objeto de la contratación.
g) La estructura de costos que respalda la oferta con cada uno de los ítems que la componen, en formato EXCEL y PDF, conforme se establece en el Numeral 6.4 – COTIZACIÓN- del presente pliego.
h) Demás documentación requerida en los pliegos que rigen la contratación.
6.8.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS – PREADJUDICACIÓN
Las ofertas se evaluarán teniendo en cuenta los antecedentes de los oferentes que acrediten su capacidad técnica, el cumplimiento de la normativa exigida y de las especificaciones técnicas, las ofertas económicas presentadas y los demás aspectos formales contenidos en las propuestas, conforme lo establecido en el artículo 99.- Funciones de la Comisión de Evaluación - de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.347), y el Decreto Reglamentario Nº 74-GCABA/21.
Sin perjuicio de las prerrogativas contempladas en los Artículos 22 y 25 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, la CEO podrá aceptar o rechazar todas y cada una de las ofertas, cuando no resultaren convenientes y sin que ello genere derecho a percibir indemnizaciones por parte de los oferentes.
6.9.- DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
La Comisión de Evaluación de Ofertas podrá requerir a los oferentes en forma previa a la emisión del dictamen, aclaraciones sobre los documentos acompañados con su propuesta e información contenida en la misma, en el plazo que se fijará al efecto de acuerdo a la complejidad de la información solicitada.
Asimismo, podrá requerir que se subsanen las deficiencias insustanciales de conformidad con lo establecido en el artículo 99 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 74- GCABA/21.
En tal sentido podrá solicitarse a los oferentes documentación faltante, en tanto su integración con posterioridad al Acto de Apertura de Ofertas no afecte el Principio de Igualdad entre los oferentes, y que la omisión de dicha documentación no fuera prevista en los pliegos como causal de descarte.
6.10.- ADJUDICACIÓN
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Vencido el plazo de impugnación a la preadjudicación, el GCABA resolverá mediante acto administrativo en forma fundada la adjudicación. Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación.
Los recursos contra la adjudicación, tramitarán por expediente separado formado por las copias pertinentes, sin interrumpir la ulterior tramitación del expediente principal, de conformidad con lo prescripto por la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
6.11.- PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación se notificará al/los adjudicatario/s y a todos los oferentes a través del BAC y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de un (1) día conforme lo establecido en la normativa vigente.
7.-OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA
La empresa adjudicataria deberá:
a) Presentar la Garantía de cumplimiento de contrato.
b) Acreditar ante la repartición requirente (Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia) con carácter previo al inicio de los trabajos, la contratación de los seguros exigidos en el Numeral 9.1 –SEGUROS- del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
c) Efectuar la prestación del servicio objeto de la presente Contratación, de conformidad con las previsiones del presente Xxxxxx, con sujeción al Pliego de Especificaciones Técnicas de dicho Pliego y la oferta adjudicada.
d) Brindar capacitación de conformidad con lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares.
e) Designación de un coordinador a los efectos de coordinar y asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractualmente pactadas. Cualquier modificación en la designación del coordinador deberá ser notificada en forma fehaciente a la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia, con una antelación de 24 horas a que se produzca aquella.
f) A los efectos del pago los adjudicatarios deberán mantener abierta una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en cualquiera de sus sucursales, conforme se establece en el Artículo 29 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales (Disposición N° 167-DGCYC/21).
g) Si el adjudicatario optare por la participación de sponsors o auspiciantes, deberá comunicarlos al GCBA y someter toda publicidad en las aeronaves con identificación del SAME a aprobación del Gobierno, el cual deberá expedirse en el término de siete
(7) días corridos, el silencio importara conformidad. En caso de ser negativa deberá fundamentar tal decisión.
8.- PLAZO DE CONTRATACIÓN
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Plazo de Contratación: El plazo de la contratación será por el término de veinticuatro meses (24) meses computados a partir del inicio de la prestación.
Inicio de la Prestación del Servicio: El inicio de la prestación será a partir del 1 xx xxxxxx de 2022, o a partir del primer día hábil del mes siguiente al perfeccionamiento, si este fuera posterior a dicha fecha.
Quedan a cargo exclusivo de la empresa adjudicataria, los gastos de transporte, carga, descarga y estiba, materiales y depósitos necesarios a los efectos de dar cumplimiento con el objeto de la licitación.
9.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
Todo el personal afectado por el adjudicatario al cumplimiento de las obligaciones contractuales carecerá de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, cumplimiento de las leyes laborales, cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
Queda debidamente aclarado y entendido que el Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario.
El adjudicatario implementará las medidas de seguridad que sean necesarias, para evitar daños a personas o cosas y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios.
De igual modo, el adjudicatario será responsable por los daños derivados de las fallas en los equipos objeto de la presente
9.1.- SEGUROS
a) Generalidades
El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio.
La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad.
El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de
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las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas.
Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación Contractual, con una antelación no menor de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas.
El adjudicatario será único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso.
Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras.
b) De las compañías aseguradoras.
Las coberturas de seguros deberán ser contratados en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $500.000.000 (Pesos Quinientos Millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma. Deberá acreditar también una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina.
Lo antedicho y enumerado en materia de patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/o Caución (Garantías de cumplimiento).
c) De los seguros en particular.
1) Laborales:
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (A.R.T.) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial.
Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego, xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, y del Contrato.
a) Seguro de Riesgos del Trabajo
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia:
Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la A.R.T., renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557 y modificatorias, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del Adjudicatario/Contratista, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
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2) Seguro de Accidentes Personales: (en caso de corresponder)
En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia con el adjudicatario:
Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/o empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el Adjudicatario, amparados por la póliza N° XXXX y por accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión de trabajo.”
Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes:
La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza.
Alcance de las coberturas:
Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere. Sumas a Asegurar (Monto Mínimo):
Muerte: Pesos Dos Millones ($ 2.000.000)
Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: Pesos Dos Millones ($2.000.000) Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): Pesos Ochenta mil ($ 80.000)
3) Seguro Todo Riesgo Aeronaves.
El adjudicatario deberá asegurar las aeronaves mediante cobertura de seguro xx xxxxx todo riesgo de pérdida o daño y riesgos vinculados.
La cobertura deberá incluir amparo por Responsabilidad civil Aeronáutica (hacia Terceros no Transportados (Daño Físico/Pérdida Material) y Responsabilidad Civil hacia pacientes y/o pasajeros y accidentes personales.
En los casos que así correspondiere, deberá incluirse al GCABA como co-asegurado. Los empleados y/o funcionarios del GCABA deberán ser considerados terceros en póliza.
4) Seguro de Responsabilidad Civil para profesionales médicos (de corresponder)
El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil al personal médico y/o profesional, bajo póliza de Responsabilidad Civil Profesional que ampare los riesgos derivados del ejercicio de la profesión y/o actividad, producto de acciones u omisiones incurridas.
El amparo de la cobertura deberá ser otorgado exclusivamente a título personal y con el alcance exclusivo al ejercicio de la profesión desarrollada.
10.-TRANSFERENCIA Y CESIÓN DEL CONTRATO
El contrato sólo puede ser transferido y/o cedido por el adjudicatario con la previa autorización fundada de la autoridad competente. En caso contrario, el contrato se dará por rescindido en los términos dispuestos en el artículo 125 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por ley Nº 6.347). El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato.
11.- PENALIDADES CONTRACTUALES Y SANCIONES
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Los contratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento del contrato; b) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales; y, c) Rescisión del contrato por su culpa; de conformidad con lo establecido en el Capítulo XII de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario.
Asimismo, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades, podrán ser pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo XIII de la citada normativa.
El GCABA podrá dictar el acto administrativo que decida la aplicación de penalidades y/o sanciones por incumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato; aun cuando al tiempo de su materialización el contrato se encontrará extinguido y/o rescindido.
11.1 PENALIDADES POR XXXX EN LA PRESENTACIÓN DE SEGUROS
En caso de que la empresa adjudicataria no presente los seguros conforme lo establecido en el Numeral 9.1 del presente Pliego, dentro de los cinco (5) días corridos de perfeccionado el contrato, el inicio del servicio establecido estará sujeto a la aceptación por parte de la Administración de las pólizas presentadas y tal caso la empresa podrá ser pasible de una penalidad por cada día de demora en la presentación de los Seguros, hasta regularizar su situación (hasta la fecha de efectivo cumplimiento) del uno por ciento (1%) del monto total del contrato, haciendo reserva la Administración de la potestad de rescindir el respectivo contrato con la aplicación de la penalidad prevista para dicho periodo, más la aplicación de la penalidad por rescisión prevista en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347). En el supuesto que la adjudicataria no mantuviere actualizadas las pólizas de seguros exigidas será pasible de una penalidad del 1% (uno por ciento) del monto total del contrato más la actualización que correspondiere, por día de atraso en dicha actualización.
12.- CAUSALES DE RESCISIÓN
El GCABA podrá rescindir unilateralmente el contrato por culpa del adjudicatario en los supuestos previstos en la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.347) y demás supuestos contemplados en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Sin perjuicio de ello, serán causales de rescisión:
a) La quiebra o concurso preventivo de la adjudicataria. En este último supuesto, cuando la situación jurídica de la misma impida el cumplimiento de las prestaciones, el GCABA resolverá sobre la continuidad contractual si hubiere prestaciones contractuales pendientes de ejecución;
b) Cuando el adjudicatario incurra en fraude o negligencia en cuanto a las obligaciones estipuladas en el contrato;
c) Cuando en la oferta se hubiere incurrido en inexactitudes, que hayan sido determinantes para la adjudicación;
Teniendo en cuenta que la rescisión es un modo anormal de finalización del contrato, el adjudicatario será pasible de los daños y perjuicios que su incumplimiento le cause a la Administración.
13.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
En el caso de que se produjera la extinción del contrato por cualquier causa, ello producirá la extinción de todos los contratos accesorios celebrados en el marco de la presente licitación.
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El contrato se extingue por el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de conformidad con las previsiones de la documentación contractual.
Asimismo, el contrato quedará extinguido: a) por mutuo acuerdo entre las partes; b) modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del GCABA; c) por caso fortuito o fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos contraídos por el adjudicatario; d) Toda otra causal de revocación o rescisión del contrato con o sin culpa del proveedor prevista en la Ley N° 2095 (Texto consolidado por ley Nº 6347) y su decreto reglamentario y en el presente Xxxxxx.
14.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN
Los siguientes instrumentos constituyen la documentación contractual, y en caso de divergencia se establece el orden de prelación detallado a continuación:
a) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y sus circulares, si las hubiere;
b) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares si las hubiere;
c) Los Pliegos de Especificaciones Técnicas y sus circulares si las hubiere;
d) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación;
e) El Acto Administrativo aprobatorio de la Adjudicación;
f) Orden de Compra.
Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro xxx xxxxxxxx y finalidad del objeto de la Licitación.
15.- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
El régimen de redeterminación de precios de la presente contratación se rige por la Ley N° 2.809 (Texto consolidado por Ley N° 6.347) y su reglamentación.
MANTENIMIENTO EQUIPOS | ||
ESTRUCTURA DE COSTOS ESTIMADA PARA LA REDETERMINACIONES DE PRECIOS | ||
RUBROS | INCIDENCIA (%) | FUENTE DE INFORMACIÓN |
Mantenimiento de Aeronaves – Componente Nacional | 15% | ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) 7.2.1 – MAQUINAS Y EQUIPOS - NACIONALES (29) – INDEC |
Mantenimiento de Aeronaves - Componente Importado | 25% | ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) 7.2.1 – IMPORTADOS - INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS AL | ||
Combustibles y Consumibles | 20% | POR MAYOR (IPIM) 7.2.1 – PRODUCTOS REFINADOS DEL |
PETRÓLEO (23) - INDEC |
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Mano de Obra Directa | 15% | INDICE XX XXXXXXX PRIVADO REGISTRADO DEL INDEC |
Gastos Generales | 25% | ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) 7.2.1 – NIVEL GENERAL - INDEC |
TOTAL | 100% |
16.- GASTO PLURIANUAL
De conformidad con lo dispuesto en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobadas por Decreto Nº 430-GCABA/21, la autorización y el compromiso de gastos quedan subordinados al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos anuales.
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ANEXO I
MODELO ESTRUCTURA DE COSTOS
ESTRUCTURA DE COSTOS - MODELO %
Índice asociado
- Fuente
Costos Directos
Mano de Obra (Incluye cargas sociales)
$ ………. …… ……
Materiales $ ………. …… ……
Equipos $ ………. …… ……
Sub Total COSTOS DIRECTOS $ ………. (A) …… ……
Costos Indirectos | |||
Gastos Generales Gastos Financieros | $ ………. $ ………. | …… …… …… …… | |
Gastos Administrativos | $ ………. | …… …… | |
Sub Total COSTOS INDIRECTOS | $ (B) | …… …… | |
Sub Total COSTOS | $ ………. (C)= (A) + (B) | …… …… | |
Beneficio | % de (C) | $ (D) | …… …… |
Impuestos | % de (C + D) | $ (E) | …… …… |
Precio Unitario | $ ………. (C)+(D) + | …… …… |
(E)
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G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas. En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número:
PLIEG-2022-23190211-GCABA-DGADCYP
Buenos Aires,
Lunes 27 xx Xxxxx de 2022
Referencia: Pliego de Bases y Condiciones Particulares - Licitación Pública N° 401-0839-LPU22-E.E. N° 21.078.995/GCABA-DGADCYP/2022
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 18 pagina/s.
Digitally signed by Comunicaciones Oficiales DN: cn=Comunicaciones Oficiales
Date: 2022.06.27 13:04:57 -03'00'
Xxxxxx Xxxxxxx Director General
D.G. ADMINISTRATIVA CONTABLE Y PRESUPUESTO MINISTERIO DE SALUD
Digitally signed by Comunicaciones Oficiales
DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2022.06.27 13:04:58 -03'00'