Solicitud de Cotización en Línea N°90000204 Objeto: Contrato Marco Servicios de Desarrollo y Continuidad Operacional para las Componentes Desarrolladas Fecha: 24 de agosto de 2020
Solicitud de Cotización en Línea N°90000204 |
Objeto: Contrato Marco Servicios de Desarrollo y Continuidad Operacional para las Componentes Desarrolladas |
Fecha: 24 xx xxxxxx de 2020 |
Mediante el presente Proceso de Cotización en Línea, el Banco Central de Chile invita a los Proveedores interesados en presentar una oferta por los Productos y/o Servicios señalados precedentemente, de acuerdo con las condiciones que se adjuntan a esta Solicitud de Cotización. La adjudicación de este Proceso será formalizada mediante la suscripción de un Contrato, de acuerdo con el Modelo que se adjunta a esta Solicitud.
El presente Proceso de Compras será gestionado a través del Portal de Compras en Línea del Banco Central de Chile y será el único canal de comunicación electrónico con los Proveedores.
Los Proveedores interesados en participar en este proceso de Cotización, comunicarán su interés aceptando el “Acuerdo de Participación” establecido en el Portal como prerrequisito de participación, dentro del plazo indicado para estos efectos en el Calendario de Actividades. Aquellos Proveedores que no cuenten con una cuenta de acceso al Portal, deberán solicitar su creación a los correos electrónicos xxxxxxxx@xxxxxxxx.xx, con copia a xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx, indicando en el Asunto el número y nombre de este Proceso, su Razón Social, RUT y domicilio, además del nombre, teléfono y correo electrónico de la persona de contacto.
El Proceso de Cotización se ajustará al Calendario de Actividades que se encuentra en el Portal, en la sección “Contenido” de este proceso. El Banco podrá modificar el Calendario de Actividades, lo que será informado a los Proveedores participantes mediante la mensajería del Portal.
Forman parte integrante de esta Solicitud de Cotización, los siguientes documentos:
• Acuerdo de Participación (Portal)
• Calendario de Actividades (Portal)
• Formularios para la Presentación de Ofertas (Portal)
• Bases Administrativas:
- Anexo A: Especificaciones Técnicas
- Anexo B: Modelo de Contrato a suscribir
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES BANCO CENTRAL DE CHILE
1. CONDICIONES DEL PROCESO DE COTIZACIÓN
1.1. El Proceso de Cotización que se inicia es competitivo y público.
1.2. En adelante, los Productos y/o Servicios objeto de este proceso de Cotización se mencionarán indistintamente como “el Producto” o “los Productos” y/o “el Servicio” o “los Servicios”; las empresas invitadas a participar, se mencionarán indistintamente como el “Proveedor”, el “Oferente” o la “Empresa”; el Portal de Compras del Banco Central de Chile como el “Portal” y el Banco Central de Chile, como el “Banco”.
1.3. En caso que un Proveedor tenga consultas u observaciones sobre esta Solicitud de Cotización deberá enviarlas a través del sistema de mensajería del Portal dentro del plazo señalado en el Calendario de Actividades. Las respuestas a estas consultas serán enviadas por el Banco, vía mensajería del Portal, en la fecha señalada para tal efecto en el Calendario de Actividades, y se harán extensivas a todos los participantes que manifestaron interés en participar de este Proceso.
1.4. Las Ofertas Técnica y Económica deberán ser ingresadas en el Portal, hasta las 14:00 horas de la fecha señalada para tal efecto en el Calendario de Actividades. Para estos efectos, el Proveedor deberá iniciar el proceso de ingreso de la oferta con la debida antelación para completar lo requerido en el plazo señalado.
Los Proveedores deberán utilizar en sus ofertas formatos estándar de documentos (.doc; .pdf;
.xls; .jpg) y considerar que el tamaño individual de los documentos a subir en el Portal no debe ser superior a 20Mb.
1.5. Los precios y plazos ofertados, deberán considerar todas y cada una de las especificaciones técnicas señaladas en el Anexo A. Asimismo, la Oferta presentada deberá considerar una validez mínima de 30 días corridos, contados desde su fecha de emisión.
1.6. El Proveedor deberá presentar una Oferta Técnica que incluya una descripción detallada de su propuesta, de tal forma que permita al Banco entender cómo el Proveedor cumplirá con todos los requerimientos señalados en las especificaciones técnicas contenidas en el Anexo A de esta Solicitud de Cotización. Para tales efectos, en su Oferta Técnica debe considerar la presentación de los siguientes antecedentes:
1.6.1. Antecedentes Administrativos
El Proveedor deberá incluir las siguientes Declaraciones, utilizando para ello, los formularios que se adjuntan en el Portal, firmados por el Representante Legal de la Empresa, los cuales no deberán ser modificados:
i. Antecedentes de la Empresa y su Estructura Vigente de Sociedad
ii. Declaración de Conflicto de Intereses
iii. Declaración de Confidencialidad
iv. Declaración de Cumplimiento Técnico, Administrativo, y Legal.
v. Declaración de No Registrar Saldos Insolutos de Remuneraciones ni Cotizaciones de Seguridad Social.
1.6.2. Antecedentes Técnicos
El Proveedor debe presentar en su Oferta Técnica, los antecedentes técnicos que respaldan el desempeño de los factores que serán evaluados, de acuerdo a los criterios que se detallan en el numeral 2.3 de la presente Solicitud de Cotización. Para tales efectos, el Oferente deberá presentar los antecedentes que respaldan el cumplimiento de los requisitos señalados en la siguiente tabla, para cada Factor y Subfactor:
Tabla N°1 Factores y Subfactores a Evaluar:
DESCRIPCIÓN | PONDERACIÓN GENERAL |
A) Empresa: experiencia y planta de profesionales | |
1.1. Contar a lo menos con 2 contratos vigentes, con servicios equivalentes a los solicitados por el Banco. | 10% |
1.2. Contar con a lo menos 3 servicios similares en los último 5 años, y en Instituciones Financieras. | 5% |
1.3. Contar con a lo menos 10 proyectos implementados en los último 3 años, y utilizando herramientas iguales a las que se detallan en las Bases de Cotización | 10% |
1.4. Contar con a lo menos 5 proyectos complejos implementados en los último 2 años, con más de 6 meses de duración y con la integración de varias tecnologías. | 15% |
1.5. Contar con una planta de a lo menos 25 profesionales con contrato indefinido, para que cumplan los roles de: Jefe de Proyecto; Analista/Programador Senior; Tester; Diseñador Web. | 10% |
1.6. De los 25 profesionales de planta con contrato indefinido, a lo menos 10 deben contar con certificaciones vigentes en: JAVA; XXX.xxx; VISUAL XXXXX.xxx; Webshpere Message Broker; BDOracle; BDSqlServer; BDSybase; ETL Informática Power Center. | 20% |
DESCRIPCIÓN | PONDERACIÓN GENERAL |
B) Equipo de Trabajo: rol, perfil y experiencia | |
2.1 Equipo de Trabajo: de los 25 profesionales de planta con contrato indefinido, a lo menos 10 profesionales, deben conformar el Equipo de Trabajo que prestará servicios al Banco con dedicación exclusiva, y de acuerdo a la siguiente estructura de roles: ⮚ (3) Profesionales en el rol de Jefe de Proyecto; uno de ellos, debe cumplir el rol de coordinador del equipo, y a su vez será el Interlocutor Válido ante el Contrato que las partes suscriban. ⮚ (5) Profesionales en el rol de Analista/Programador Senior ⮚ (1) Profesional en el rol de Tester ⮚ (1) Profesional en el de Diseñador Web | 15% |
2.2 Equipo de Trabajo: los profesionales que conformen el equipo deben contar con certificaciones vigentes en las herramientas señaladas en el numeral 1.6. precedente.; tener la siguiente experiencia y perfiles, según los roles que a continuación se detallan: ⮚ Jefe de Proyecto con roles adicionales de Coordinador General del Equipo e Interlocutor Válido del Contrato: contar con a lo menos 5 años de experiencia en el rol de Jefe de Proyecto; y en el rol de Coordinador de Equipos de Trabajo debe demostrar experiencia en trabajos similares en los últimos 3 años. ⮚ Jefe de Proyecto sin rol adicional de Coordinador General del Equipo: contar a lo menos con 5 años de experiencia en el rol de Jefe de Proyecto. ⮚ Analista/Programador Senior: contar a lo menos con 5 años de experiencia en el rol de Senior, y con a lo menos 3 desarrollos en herramientas que utiliza el Banco. ⮚ Tester: contar a lo menos con 5 años de experiencia en el rol. ⮚ Diseñador Web: contar a lo menos con 5 años de experiencia en el rol. | 15% |
TOTAL | 100% |
1.6.3. Antecedentes Legales
El Proveedor deberá presentar en su Oferta Técnica, los siguientes antecedentes legales:
a. Fotocopia simple del RUT del Proveedor y de su(s) Representante(s) legales que suscribirían las Declaraciones y el Contrato.
b. Certificado de vigencia de la sociedad, emitido con no más de 3 meses a la fecha de su presentación.
c. Certificado de vigencia de la representación legal, emitido con no más de 3 meses a la fecha de su presentación.
d. Escritura Pública en la cual constan los poderes de representación del Representante Legal del Proveedor para la suscripción del Contrato. Si el Proveedor ha presentado estos antecedentes producto de su participación en otros Procesos de Compras en los últimos 12 meses en el Banco, sólo deberá adjuntar las modificaciones de las escrituras asociadas a este último periodo, debiendo hacer referencia al Proceso en la cual entregó tales antecedentes.
1.7. El Proveedor deberá ingresar en el Portal su Oferta Económica por los Productos y/o Servicios, y en el plazo establecido en el Calendario de Actividades para tales fines. La Oferta Económica deberá ser Pura y Simple, de tal manera que sólo se indique el precio ofertado por los Productos y/o Servicios, más el impuesto que corresponda, considerando estrictamente al formato establecido en el Formulario “Presentación de la Oferta Económica”, presentado por el Banco en el Portal, sin incorporar observaciones o condiciones adicionales respecto de la oferta presentada. Los Precios y/o Tarifas, sólo deben ser expresados en Unidades de Fomento (UF). La Oferta Económica debe considerar el total de lo requerido para la cabal provisión o prestación de los Productos y/o los Servicios, según lo señalado en las presentes Bases de Cotización y conforme se estipula en las Especificaciones Técnicas del Anexo A. El Banco no considerará como válidas aquellas Ofertas que no cumplan con estas exigencias.
1.8. El Proveedor será responsable del estudio de los antecedentes, de las especificaciones técnicas, de los requerimientos y de la valorización de cada uno de los componentes que conforman su oferta. Asimismo, la participación de un Proveedor en este Proceso de Cotización implica la aceptación pura y simple de la presente Solicitud de Cotización y de sus Anexos y del “Acuerdo de Participación” que ha sido aceptado por el representante del Proveedor como requisito preliminar al momento de acceder a los antecedentes de este Proceso a través del Portal.
1.9. Por el solo hecho de participar en este Proceso de Cotización, los Oferentes declaran que aceptan y autorizan al Banco para divulgar, en todo o en parte, los términos y condiciones de esta Cotización acerca de la individualización de los participantes, las ofertas recibidas y del Contrato que se suscriba, conforme sea pertinente y los criterios en razón de los cuales fue seleccionada una determinada oferta, en la medida que ello se contemple como parte de los requerimientos de su política de transparencia institucional o que ello se le demande o
requiera de conformidad con cualquier norma legal, como asimismo al Ministerio de Hacienda y al Congreso Nacional, a petición de estos.
En caso que un tercero solicite información proporcionada por un Proveedor al Banco vinculada con este Proceso de Cotización y que no haya sido divulgada por el Banco, este último notificará a la Empresa tal requerimiento en los términos y para los efectos de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 20.285, siempre que se refiera a antecedentes que puedan afectar derechos del Oferente.
Finalmente, se deja constancia que el Banco Central de Chile se rige por el principio de transparencia en el ejercicio de la función pública en los términos del artículo 65 bis de la Ley Orgánica Constitucional que lo rige, por lo que resolverá las peticiones de información que se formulen sobre antecedentes de los Oferentes relativos a este Proceso de Cotización, en los términos establecidos en esa legislación.
2. RESOLUCIÓN
2.1 La apertura de las Ofertas se llevará a cabo en dos instancias:
a) Apertura de Ofertas Técnicas: Será de carácter privado y se realizará en la fecha indicada en el Calendario de Actividades, con la presencia de la Jefe de Grupo de Compras Transaccionales, y de la Encargada del Proceso de Xxxxxxx. En dicha oportunidad se verificará la entrega de los antecedentes solicitados, levantándose un Acta que será suscrita por los funcionarios del Banco.
Los Proveedores que hayan dado cumplimiento a los requisitos exigidos por el Banco para presentar la Oferta Técnica y presenten una situación solvente, de acuerdo con los antecedentes comerciales que consten xx xxxxxxx de acceso público, serán evaluados técnicamente.
Efectuada la evaluación de los antecedentes de las Ofertas Técnicas, el Banco determinará los Proveedores técnicamente elegibles, los cuales serán considerados para la etapa de evaluación económica.
El Banco comunicará a los Proveedores cuyas propuestas no sean consideradas técnicamente elegibles, y se dejará su Oferta Económica sin abrir.
b) Apertura de Ofertas Económicas: Sólo las Ofertas de los Proveedores técnicamente elegibles serán consideradas en esta instancia y se realizará en la fecha indicada en el Calendario de Actividades. Este proceso se efectuará en las mismas condiciones y con los mismos participantes de la Apertura de Ofertas Técnicas. En dicha oportunidad se verificará la entrega de las Ofertas Económicas, levantándose un Acta que será suscrita por los funcionarios del
Banco.
El Banco se reserva el derecho a solicitar a los Proveedores mayores precisiones o aclaraciones respecto de las ofertas presentadas.
2.2 Las Ofertas de los Proveedores que hayan dado cumplimiento a los requisitos exigidos por el Banco para presentar su oferta y presenten una situación solvente, de acuerdo con los antecedentes presentados y/o cualquier otro antecedente comercial que conste en fuentes de acceso público, serán evaluadas técnicamente. Las Ofertas de los Proveedores que no hayan cumplido los requisitos formales, o que su evaluación comercial resulte insatisfactoria, serán consideradas como inadmisibles, y dicha circunstancia le será comunicada al Proveedor a través del Portal de Compras.
2.3 Las Ofertas que hayan sido declaradas como admisibles serán evaluadas técnicamente por el Consultor Técnico de la Gerencia de Tecnología. Para tales efectos se evaluará el nivel de desempeño de los factores y subfactores señalados en el numeral 1.6.2 de la presente Solicitud de Cotización, conforme a una escala de medición cuantitativa de 25 a 100 puntos. En consecuencia, las Empresas para ser consideradas como Técnicamente Elegibles deberán obtener un Puntaje Técnico Final (PTf), igual o superior a 75 puntos, y que además no presenten ninguna calificación parcial menor o igual a 25 puntos, en cada uno de los subfactores señalados en la tabla del numeral 1.6.2.
El puntaje técnico final (PTf), corresponderá al promedio obtenido de factores señalados en la Tabla del numeral 1.6.2 precedente, y conforme a los puntajes y criterios que se detallan a continuación:
2.3.1. Criterios y Puntajes de Evaluación Técnica:
A) Factor Empresa y Planta de Profesionales:
1.1. contratos vigentes; (10%):
PUNTAJE | XXXXX | XXXXX |
000 puntos | Excelente | mayor a 2 |
75 puntos | Bueno | igual a 2 |
50 puntos | Suficiente | igual a 1 |
25 puntos | Deficiente | no presenta |
1.2. servicios similares; (5%):
PUNTAJE | NIVEL | RANGO CANT SERV | VARIABLE FIJA CANT. AÑOS | VARIABLE FIJA TIPO CLIENTE |
100 puntos | Excelente | mayor a 3 | en los últimos 5 años | en Instituciones Financieras |
75 puntos | Bueno | igual a 3 | en los últimos 5 años | en Instituciones Financieras |
50 puntos | Suficiente | menor a 3 | en los últimos 5 años | en Instituciones Financieras |
25 puntos | Deficiente | no presenta | NA | NA |
1.3. proyectos implementados; (10%):
PUNTAJE | NIVEL | RANGO CANT PROY | VARIABLE FIJA CANT AÑOS | VARIABLE FIJA HERRAMIENTAS BCCH |
100 puntos | Excelente | mayor a 10 | en los últimos 3 años | utilizando alguna herramienta bcch |
75 puntos | Bueno | igual a 10 | en los últimos 3 años | utilizando alguna herramienta bcch |
50 puntos | Suficiente | menor a 10 | en los últimos 3 años | utilizando alguna herramienta bcch |
25 puntos | Deficiente | no presenta | NA | NA |
1.4. proyectos desarrollados; (15%):
PUNTAJE | NIVEL | RANGO CANT PROY | VARIABLE FIJA CANT AÑOS | VARIABLE FIJA DS COMPLEJO |
100 puntos | Excelente | mayor a 5 | en los últimos 2 años | con más de 6 ms de duración y con la integración de varias tecnologías |
75 puntos | Bueno | igual a 5 | en los últimos 2 años | con más de 6 ms de duración y con la integración de varias tecnologías |
50 puntos | Suficiente | menor a 5 | en los últimos 2 años | con más de 6 ms de duración y con la integración de varias tecnologías |
25 puntos | Deficiente | no presenta | NA | NA |
1.5. profesionales de planta; (10%):
PUNTAJE | NIVEL | RANGO CANT PROF | VARIABLE FIJA ROLES |
100 puntos | Excelente | mayor a 25 | cumplir roles de: Jefe de Proyecto; Analista/Programador Seniro; Tester; Diseñador Web |
75 puntos | Bueno | igual a 25 | cumplir roles de: Jefe de Proyecto; Analista/Programador Seniro; Tester; Diseñador Web |
50 puntos | Suficiente | menor a 25 | cumplir roles de: Jefe de Proyecto; Analista/Programador Seniro; Tester; Diseñador Web |
25 puntos | Deficiente | no presenta | NA |
1.6. profesionales de planta con certificaciones vigentes; (20%):
PUNTAJE | NIVEL | RANGO CANT PROF | VARIABLE FIJA CERTIFICACIONES VIGENTES |
100 puntos | Excelente | mayor a 10 | JAVA; XXX.xxx; VISUAL XXXXX.xxx; Webshpere Message Broker; BDOracle; BDSqlServer; BDSybase; ETL (informática power center). |
75 puntos | Bueno | igual a 10 | JAVA; XXX.xxx; VISUAL XXXXX.xxx; Webshpere Message Broker; BDOracle; BDSqlServer; BDSybase; ETL (informática power center). |
50 puntos | Suficiente | menor a 10 | JAVA; XXX.xxx; VISUAL XXXXX.xxx; Webshpere Message Broker; BDOracle; BDSqlServer; BDSybase; ETL (informática power center). |
25 puntos | Deficiente | no presenta | NA |
B) Factor Equipo de Trabajo: profesionales de planta con contrato indefinido; rol y experiencia
2.1. profesionales que conformen el equipo de trabajo; (15 %):
PUNTAJE | NIVEL | RANGO CANT PROF | VARIABLE FIJA EQUIPO DE TRABAJO |
100 puntos | Excelente | mayor a 10 | ⮚ (3) Profesionales en el rol de Jefe de Proyecto; uno de ellos, debe cumplir el rol de coordinador del equipo, y a su vez será el Interlocutor Válido ante el Contrato que las partes suscriban. ⮚ (5) Profesionales en el rol de Analista/Programador Senior ⮚ (1) Profesional en el rol de Tester ⮚ (1) Profesional en el rol de Diseñador |
75 puntos | Bueno | igual a 10 | ⮚ (3) Profesionales en el rol de Jefe de Proyecto; uno de ellos, debe cumplir el rol de coordinador del equipo, y a su vez será el Interlocutor Válido ante el Contrato que las partes suscriban. ⮚ (5) Profesionales en el rol de Analista/Programador Senior ⮚ (1) Profesional en el rol de Tester ⮚ (1) Profesional en el rol de Diseñador |
50 puntos | Suficiente | menor a 10 | ⮚ (3) Profesionales en el rol de Jefe de Proyecto; uno de ellos, debe cumplir el rol de coordinador del equipo, y a su vez será el Interlocutor Válido ante el Contrato que las partes suscriban. ⮚ (5) Profesionales en el rol de Analista/Programador Senior ⮚ (1) Profesional en el rol de Tester ⮚ (1) Profesional en el rol de Diseñador |
25 puntos | Deficiente | no presenta | NA |
2.2. equipo de trabajo; (15 %):
PUNTAJE | NIVEL | RANGO AÑOS EXP | VARIABLE FIJA EXPERIENCIA |
100 puntos | Excelente | mayor a 5 | ⮚ Jefe de Proyecto con rol adicional de Coordinador General del Equipo e Interlocutor Válido del Contrato: contar con a lo menos 5 años de experiencia en su rol de Jefe de Proyecto; y en su rol de Coordinador de Equipos de Trabajo debe demostrar experiencia en trabajos similares en los últimos 3 años; y contar con certificaciones vigentes. ⮚ Jefe de Proyecto sin rol adicional de Coordinador General del Equipo: contar con a lo menos 5 años de experiencia en el rol de Jefe de Proyecto, y contar con certificaciones vigentes ⮚ Analista/Programador Senior: contar con a lo menos 5 años de experiencia en el rol de Senior, y con a lo menos 3 desarrollos en herramientas que utiliza el Banco; y contar con certificaciones vigentes ⮚ Tester: contar con a lo menos 5 años de experiencia en el rol. ⮚ Diseñador Web: contar con a lo menos 5 años de experiencia en el rol; y contar con certificaciones vigentes. |
75 puntos | Bueno | igual a 5 | ⮚ Jefe de Proyecto con rol adicional de Coordinador General del Equipo e Interlocutor Válido del Contrato: contar con a lo menos 5 años de experiencia en su rol de Jefe de Proyecto; y en su rol de Coordinador de Equipos de Trabajo debe demostrar experiencia en trabajos similares en los últimos 3 años; y contar con certificaciones vigentes ⮚ Jefe de Proyecto sin rol adicional de Coordinador General del Equipo: contar con a lo menos 5 años de experiencia en el rol de Jefe de Proyecto; y contar con certificaciones vigentes ⮚ Analista/Programador Senior: contar con a lo menos 5 años de experiencia en el rol de Senior, y con a lo menos 3 desarrollos en herramientas que utiliza el Banco; y contar con certificaciones vigentes. ⮚ Tester: contar con a lo menos 5 años de experiencia en el rol. ⮚ Diseñador Web: contar con a lo menos 5 años de experiencia en el rol; y contar con certificaciones vigentes |
50 puntos | Suficiente | menor a 5 | ⮚ Jefe de Proyecto con rol adicional de Coordinador General del Equipo e Interlocutor Válido del Contrato: contar con a lo menos 5 años de experiencia en su rol de Jefe de Proyecto; y en su rol de Coordinador de Equipos de Trabajo debe demostrar experiencia en trabajos similares en los últimos 3 años; y contar con certificaciones vigentes ⮚ Jefe de Proyecto sin rol adicional de Coordinador General del Equipo: contar con a lo menos 5 años de experiencia en el rol de Jefe de Proyecto; y contar con certificaciones vigentes. ⮚ Analista/Programador Senior: contar con a lo menos 5 años de experiencia en el rol de Senior, y con a lo menos 3 desarrollos en herramientas que utiliza el Banco; y contar con certificaciones vigentes. ⮚ Tester: contar con a lo menos 5 años de experiencia en el rol. ⮚ Diseñador Web: contar con a lo menos 5 años de experiencia en el rol; y contar con certificaciones. |
25 puntos | Deficiente | no presenta | NA |
2.4 Si el Banco lo determina conveniente, podrá solicitar a los Proveedores técnicamente elegibles, y que hayan presentado una Oferta Económica válida, ingresar en el Portal una segunda Oferta Económica (Re-Oferta). Para tales efectos, el Banco abrirá un evento de
Re-Oferta Económica en el Portal, e informará oportunamente las reglas de horario para la presentación de Re-Oferta.
En este caso, una vez realizada la primera apertura económica, el Banco les informará a todos los Proveedores técnicamente elegibles, vía mensajería del Portal, la situación comparativa del precio bruto total de su Oferta Económica respecto de las demás Ofertas, según el siguiente semáforo de alerta:
SEMÁFORO DE ALERTA:
Verde: | Entre un 0% y 5%: ubicada entre las más bajas, pero no necesariamente es la oferta más económica. |
Amarillo: | Más de un 5% y hasta un 10% mayor: ubicada entre estos porcentajes con respecto a la oferta más económica. |
Rojo: | Más de un 10% mayor: ubicada por sobre este porcentaje con respecto a la oferta más económica. |
En esta etapa, los Proveedores tendrán la opción de mantener su Oferta Económica inicial o de presentar una nueva Oferta Económica (Re Oferta) a un precio menor. En cualquier caso, los Proveedores deberán ingresar su Re Oferta en el Portal, aun si deciden mantener su precio.
La apertura de la Re Oferta Económica de los Proveedores técnicamente elegibles se efectuará en las mismas condiciones y con los mismos participantes señalados en la apertura de Ofertas Técnicas. En la Apertura se verificará el ingreso al Portal de las Re-Ofertas Económicas, levantándose un Acta que será suscrita por los funcionarios del Banco.
En caso que un Oferente presente una Re-Oferta de precio mayor a la inicial, el Banco se reserva el derecho de descartarla, y de considerar en el proceso de evaluación económica su Oferta Económica inicial. Excepcionalmente, el Banco podrá aceptar una Re Oferta con un precio superior, sólo en caso que el Proveedor justifique que incurrió en errores manifiestos, los que serán evaluados caso a caso por el Banco.
En caso que el Banco resuelva no solicitar Re Ofertas, invitará a los Proveedores considerados Técnicamente Elegibles a participar del Acto de Apertura de Ofertas Económicas iniciales, situación que les será comunicado oportunamente.
2.5 El Proceso de Cotización será resuelto entre los Proveedores cuyas ofertas resulten técnicamente elegibles, seleccionando al Proveedor que obtenga el menor xxxxx bruto total estimado para un año de Servicio (MPTa), conforme a la siguiente fórmula de cálculo:
MPTa = ∑ (Hp1*T1) + (Hp2*T2) +(Hp3*T3) + (Hp4*T5) + (Sa*Pa)
DONDE:
T1 = tarifa hora profesional rol Jefe de Proyecto; horario normal
Hp1 = cantidad estimada anual horas profesional Jefe de Proyecto, horario normal; equivalente a 300 hp
T2 = tarifa hora profesional rol Analista/Programador Senior; horario normal
Hp2 = cantidad estimada anual horas profesional Analista/Programador Senior, horario normal; equivalente a 2.000 hp
T3 = tarifa hora profesional rol Tester; horario normal
Hp3 = cantidad estimada anual horas profesional Tester, horario normal; equivalente a 100 hp
T4 = tarifa hora profesional Diseñador horario normal
Hp4 = cantidad estimada anual horas profesional Diseñador, horario normal; equivalente a 100 hp
Pa = precio mensual servicio continuidad operativa
Sa = servicio continuidad operativa; equivalente a 12 meses de servicio
2.6 Si en el resultado de la Evaluación Final de las Ofertas Económicas se produjera un empate entre dos o más Proveedores, se adjudicará la Cotización al Proveedor que cuente con una mayor cantidad total de proyectos desarrollados en las herramientas de: .Net, JEE, PowerCenter, Broker. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate, la adjudicación al Proveedor que cuente con una mayor cantidad de profesionales certificados en las herramientas de: Broker, .Net y JEE.
2.7 El Banco podrá declarar desierto el Proceso de Cotización, esto último cuando no se presenten ofertas elegibles o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses, con sujeción a lo previsto en esta Solicitud, sin derecho de los Oferentes a entablar acción o reclamo por indemnizaciones, retribuciones o compensaciones de ninguna especie.
2.8 El Banco dará aviso del resultado del Proceso de Cotización mediante la mensajería del Portal y su publicación en el Sitio Web del Banco.
3. CONTRATO
3.3. Una vez resuelto el Proceso de Cotización y dentro del plazo máximo de 10 días hábiles bancarios, contados desde la comunicación de la selección al Proveedor Seleccionado, el Departamento de Adquisiciones del Banco enviará el Contrato por los Productos y/o Servicios correspondientes, el cual deberá ser suscrito por ésta en un plazo no superior a
5 días hábiles bancarios contados desde la fecha de su envío. Igualmente, se informarán los datos del Encargado Técnico del Banco que deberá contactar para coordinar las actividades que se derivarán de la ejecución del Contrato.
3.4. El Contrato contendrá las condiciones establecidas en el Modelo que se adjunta como Anexo B, incorporando en lo que corresponda, las condiciones de la Oferta presentada por la Empresa Seleccionada y que hayan sido aceptadas por el Banco, además de las adecuaciones que resulten del proceso de consultas y aclaraciones de este Proceso de Cotización.
3.5. Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que deriven del Contrato que se suscriba, el adjudicatario deberá presentar una garantía en el plazo que el Banco informe para tales fines, bajo las condiciones señaladas en la Cláusula respectiva del Modelo de Contrato del Anexo B.
El Banco podrá eximir al Proveedor de la exigencia señalada en el presente numeral, si el monto de la garantía resultara ser inferior a $2.000.000.
3.6. Si comunicada la selección de la Oferta, el Proveedor Seleccionado desistiera de formalizar el Contrato, o no hiciera entrega de la Garantía por fiel cumplimiento del Contrato en el plazo indicado, se le impedirá participar nuevamente en Procesos de Compra del Banco, salvo que justificare, a plena satisfacción del Banco, los motivos de su desistimiento.
En este evento, el Banco podrá seleccionar la Oferta del Proveedor que le seguía en precio o realizar nuevamente un Proceso de Compra si lo estima conveniente.
Si la comunicación de la selección de la Oferta no se le enviara en la fecha máxima establecida para ello, el Proveedor Seleccionado tendrá derecho a desistirse y retirar los antecedentes y documentos presentados, sin cargo para el Banco, siendo éste el único efecto legal de la referida falta de comunicación de aceptación de la propuesta.
4. CONDICIONES DE PAGO
4.3. El precio y/o tarifas de los Productos y/o Servicios se pagará en los términos indicados en el Modelo de Contrato que se adjunta a esta Solicitud de Cotización, previa recepción conforme de la totalidad de ellos por parte del Banco.
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES BANCO CENTRAL DE CHILE
ANEXO A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. INTRODUCCIÓN
En el marco de un proceso permanente de modernización de sistemas informáticos utilizados en la gestión de las distintas funciones que cumple el Banco, y la necesidad de satisfacer nuevas solicitudes de proyectos generadas al interior de éste, se requiere cubrir, a través de desarrollos de proyectos o componentes específicos, la automatización de distintas piezas de software que permitan, integraciones de sistemas, incorporación de nuevas funcionalidades o mejoras, que surgen tanto de nuevos proyectos tecnológicos, mantenciones a sistemas existentes o el reemplazo de sistemas informáticos que se encuentran operativos, pero que están próximos al término de su ciclo de vida útil.
Considerando la diversidad de proyectos a cubrir y la actividad administrativa necesaria para generar los distintos procesos de adquisiciones asociados a cada necesidad específica y, por otra parte, cubrir las expectativas de resultados de las áreas de negocio internas, el Banco ha definido abordar las necesidades de Desarrollo de Software, a través de un Contrato “Marco”, al amparo del cual se otorguen los servicios mencionados.
Adicionalmente y como complemento al Contrato Marco, el Banco ha definido contratar el Servicio de Soporte de las componentes de software desarrolladas.
Este proceso, permitirá al Banco realizar los cambios tecnológicos buscados, a través de la empresa adjudicataria, y dejando como tareas internas, el conocimiento del negocio, la administración y gestión de los proyectos.
2. OBJETIVO
Contratar a una empresa especialista con la experiencia y conocimientos necesarios, para realizar los Servicios de: desarrollos; control de calidad; ejecución de pruebas técnicas; y apoyo en la puesta en producción de las componentes de software, necesarias para los distintos proyectos o mantenciones a sistemas informáticos que el Banco requiera. Asimismo, realizar el Servicio de: soporte y mantención de las componentes desarrolladas.
3. ALCANCES DEL SERVICIO
El Banco, estima un promedio anual de horas profesionales, para la ejecución de los servicios de desarrollo de 2.500 hp (horas profesionales); y una cantidad de 20 hp mensuales, para los servicios de soporte y mantención de las componentes de software desarrolladas.
El Banco, para el desarrollo de las componentes de software, cuenta con herramientas pre-definidas para tales fines. Por tanto, la Empresa adjudicataria debe obligadamente desarrollar software con las herramientas establecidas por el Banco para tales fines, y posteriormente prestar los servicios de soporte y mantención de las componentes desarrolladas en las herramientas pre- definidas por el Banco.
El Banco, será propietario del código fuente que resulte del desarrollo de las componentes de software.
Este proceso de Cotización no considera la adquisición de: equipamiento, licencias de sistema operativo, y licencias de las herramientas que se deban utilizar para los desarrollos. Estos ítem, serán provistos por el Banco, en los ambientes de Desarrollo, Pruebas y Producción, según corresponda.
4. RESTRICCIONES PARA LA PARTICIPACIÓN DE EMPRESAS QUE MANTIENEN CONTRATOS VIGENTES CON EL BANCO
El Banco ha determinado que aquellas empresas que cuentan con contratos vigentes en la materia solicitada en las presentes Bases, y que su fecha de término se cumpla durante el año 2023, no podrán participar en este proceso de Cotización.
5. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL ENTORNO TECNOLÓGICO
El Banco posee distintas soluciones de infraestructura de software, orientadas a dar un servicio de automatización para el manejo de la información, tanto para usuarios internos (Banco), como para usuarios externos. Para ello, dispone de dos sitios de procesamiento, el Sitio de Procesamiento Principal (SPP) y Sitio de Procesamiento Externo (SPE), con redes independientes y almacenamiento de datos centralizados y replicados entre ambos sitios. A continuación, se detallan aquellas más relevantes:
5.1. Plataforma de Software de Desarrollo:
a) Integración: El Banco realiza las integraciones de componentes tecnológicas con las siguientes herramientas:
b) IBM App Connect: plataforma de integración de soluciones a través de un BUS de aplicaciones.
c) IBM MQ: Plataforma de mensajería.
d) ETL (Informatica Power Center): Plataforma de integración de datos para proyectos de Business Intelligence, Data Warehousing, e integración de aplicaciones.
e) Bases de Datos: Se utilizan las siguientes Bases de Datos: Sybase, Oracle y SQLServer principalmente.
f) Desarrollo de aplicaciones: El Banco dispone de sistemas desarrollados en tecnologías Java (Weblogic, Jboss), Xxx.Xxx y Visual Xxxxx.Xxx.
g) Adicionalmente se utilizan plataformas como: SAS Enterprise Guide, SAS Enterprise Xxxxx, SAS Visual Analitycs, además de Shell, Javascript, XML, HTML, CSS y similares estándares de desarrollo sobre la industria.
5.2. Mecanismos de Autenticación:
a) Para las aplicaciones que lo requieran, el Banco dispone de Active Directory de Microsoft y RSA Ace/Server.
5.3. Almacenamiento Centralizado:
a) El Banco dispone de almacenamiento centralizado en cada uno de sus sitios.
5.4. Servidor de Aplicaciones:
a) El Banco dispone de servidores de aplicaciones Oracle Weblogic Server y Red Hat Jboss como contenedores de las aplicaciones, tanto para sus capas de negocios como para sus capas de presentación.
5.5. Software de Escritorio:
a) El Banco dispone una plataforma Microsoft Windows, MS Office, con servidores de correo Exchange.
5.6. Herramientas DevOps:
a) El Banco dispone de herramientas CI/CD para el traspaso de los componentes implementados entre los diferentes ambientes (desarrollo, pruebas, producción), dentro de las que se encuentran Xxxxxxx, SVN, Sonarqube.
6. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE DESARROLLO DE SOFTWARE
6.1. Procedimiento para la Solicitud de Servicios:
En términos generales, el Departamento de Desarrollo de Sistemas del Área de Tecnología del Banco, cuenta con procedimientos establecidos, para la ejecución de los servicios de desarrollo de componentes de software, y que se encuentren bajo el amparo de Contratos Xxxxxx vigentes. Estos contratos xxxxxx, incluyen además los servicios de soporte y mantención, para las componentes desarrolladas.
Los Servicios de Soporte y Mantención de las Componentes Desarrolladas, se suscriben a los procedimientos establecidos para tales fines en el presente Anexo y conforme a los términos y condiciones establecido en el Contrato que las partes suscriban.
Los Servicios de Desarrollo que sean de carácter más específico, y que el Departamento de Desarrollo de Sistemas, vaya requiriendo a las Empresas durante el periodo de vigencia de sus contratos, son solicitados por escrito mediante un documento, denominado “Solicitud de Cotización Desarrollo Componente Software”, el que firmado por el Jefe Departamento de Desarrollo de Sistemas, será el “documento formal” mediante el cual el Banco solicita a la Empresa, la presentación de una cotización para cada desarrollo en particular. En forma equivalente, las solicitudes para los servicios de soporte. Estas solicitudes de requerimientos formales, serán entregadas a la Empresa por el Interlocutor Válido del Banco ante el Contrato suscrito entre las partes.
La Empresa, para proveer los Servicios de Desarrollos de Software, debe presentar su cotización de acuerdo a las horas/persona por tipo de profesional, que considere serán necesarias para la ejecución de sus Servicios, conforme a lo solicitado por el Interlocutor Válido del Contrato por parte del Banco. El precio bruto total cotizado por la Empresa, debe ajustarse a las tarifas ofertadas por el adjudicatario. Asimismo, el adjudicatario debe presentar en su cotización: su plan de trabajo y plazo de ejecución de los servicios solicitados por el Banco. Se hace presente, que el Banco formalizará por escrito los servicios de desarrollo para su ejecución, lo que se materializará con la emisión del correspondiente Pedido de Compra, por cada requerimiento solicitado. El pago de estos servicios, será conforme a lo señalado en el presente Anexo, y a los términos y condiciones establecido en el Contrato que las partes suscriban.
La Empresa se obliga a cumplir con los siguientes requisitos para proveer los Servicios de Desarrollo de Software al Banco:
a) Otorgar los servicios Desarrollo de Software, considerando las actividades de validación y completitud de requerimientos, diseño, construcción, control de calidad, plan de pruebas, implementación, configuración y puesta en marcha de los proyectos o componentes de software solicitados por el Banco.
b) Proveer las actividades necesarias para instalar los componentes de software en el ambiente de desarrollo, ambiente de pruebas y procedimientos de puesta en producción.
c) Realizar la confección de toda la documentación solicitada por el Banco, requerida para cada proyecto o componentes de software y para su posterior operación, en los ámbitos de negocios y técnicos, entre los que se considera:
i. Manual de Usuario: relativo a la operación del Sistema
ii. Manual de Sistemas: que contenga la arquitectura de la solución,
iii. Manual de Configuración: que contenga la información necesaria por parte de un administrador, información para una correcta alternancia de servicios entre distintos sitios de procesamiento, y procedimientos de subida y bajada de los componentes.
iv. Manual de Explotación: orientado al área de operaciones de la Gerencia de Tecnología del Banco.
d) Realizar una capacitación funcional y técnica de manera presencial, cuando el proyecto así lo amerite.
e) Cumplir con la Metodología de Desarrollo de proyectos de SW, establecida por el Banco para tales fines.
f) Entregar a sus colaboradores todas las herramientas necesarias para la normal ejecución de sus actividades (Notebook, SW de escritorio, herramientas de escritorio).
El Banco proveerá de las herramientas necesarias para el desarrollo de los proyectos o componentes de SW que el Banco solicite, en los ambientes de desarrollo, pruebas y producción, según corresponda.
El Banco proveerá a la Empresa adjudicataria, los accesos a los ambientes pre-productivos, a través de consolas habilitadas para estos efectos.
6.2. Requerimientos para los Servicios de Desarrollo de Software
A continuación, se detallan los requisitos para el cumplimiento de los Servicios de Desarrollo de Software:
6.2.1. Requerimientos Generales
Requerimiento N° 1: Especificaciones de Plataforma
Requisitos:
a) Realizar los desarrollos e implementación, utilizando las versiones que el Banco tenga disponible, para cada una de las siguientes herramientas:
• Java (Weblogic, Jboss)
• IIS (XXX.Xxx)
• Visual Xxxxx.Xxx
• IBM Websphere Message Broker.
• Base de datos: Oracle, Sybase, SqlServer.
• ETL: Informática Power Center
b) Disponer, en la eventualidad que el Banco lo solicite, de profesionales especializados, para el desarrollo en las siguientes herramientas:
• SharePoint
• Liferay
• SAS Enterprice Guide
• SAS Enterprice Xxxxx
• SAS Visual Analitycs
• Bases de datos no estructuradas
c) Administrar los proyectos y hacer las entregas, utilizando las herramientas que el Banco posee y utiliza como parte de su metodología de desarrollo y sus prácticas DevOps, tales como:
• Xxxxxxx
• SVN
• Sonarqube
Requerimiento N° 2: Especificaciones de Sizing y Equipamiento
Requisitos:
a) Detallar las necesidades de equipamiento y licencias necesarias para el óptimo funcionamiento de las componentes de software a desarrollar, en base a la información de volúmenes y cantidad de transacciones indicadas en cada solicitud de cotización.
b) Incluir todos los elementos necesarios para su funcionamiento, considerando los ambientes de producción, pruebas y desarrollo, acorde a lo descrito en la “Descripción General del Entorno Tecnológico”
c) Incluir una estimación del dimensionamiento del espacio requerido para cada componente de Software a desarrollar.
Requerimiento Nº 3 : Desempeño
Requisitos:
a) Cada solución debe permitir un buen desempeño de operación inicial y futura.
b) Cada solución debe permitir que el tiempo de respuesta promedio para aquellas transacciones en línea no excedan los 3 segundos, y para las consultas e informes Batch (fuera de línea) no más de 1 hora. No obstante, la solución debe cumplir con los umbrales de desempeño en escenarios de carga a definir durante la etapa de pruebas de stress de cada solución a desarrollar.
Requerimiento Nº 4 : Seguridad
Requisitos:
a) Los componentes de software de cada sistema, deben ser diseñados y construidos en línea con las directrices de “desarrollo seguro”, establecidas por el Banco, dentro de las cuales se encuentran las de utilizar protocolos de red seguros para los datos en tránsito entre las diferentes capas de la aplicación y utilizar mecanismos de autenticación robustos, entre otras.
b) Las componentes software deben proveer mecanismos de seguridad para los esquemas de integración de aplicaciones basados en Servicios Web.
c) Se privilegiarán los mecanismos que garanticen la confidencialidad e integridad a través del uso de la TLS o WS-SEC.
d) Autenticar al usuario, previo a la habilitación de funcionalidades. Para ello, el Banco utiliza solución de autenticación vía Active Directory, y autenticación robusta a través de RSA.
e) Considerar, antes del paso a producción de cada componente, una certificación de seguridad realizada por el Banco, que permita validar que el sistema cumple con los estándares y mejores prácticas de seguridad. Esta certificación tendrá como alcance la revisión de vulnerabilidades a nivel del software básico, aplicativo y en general todos los componentes que permitan la operación segura del Sistema, de acuerdo a las pautas establecidas.
f) Realizar actividades de corrección, en caso de existir vulnerabilidades asociadas a los desarrollos.
Requerimiento N° 5: Invocaciones Concurrentes
Requisitos:
a) Ante invocaciones concurrentes de servicios web, publicados por un componente software, la solución debe garantizar la integridad de cada transacción cumpliendo con las reglas de Atomicidad, Consistencia, Independencia y Durabilidad.
b) Cada solución debe manejar concurrencia de operaciones, es decir, debe permitir efectuar más de una operación en forma concurrente, sin que afecte a otras y sin que se bloquee el acceso.
Requerimiento Nº 6: Diseño Modular y Reutilización
Requisitos:
a) El criterio de diseño de las componentes de software debe priorizar que todos sus elementos que implementen funciones generales, tales como: consultas, obtención de información de tablas y parámetros, u otros; consideren el uso de servicios web modulares, configurables y reutilizables.
b) El diseño del o los aplicativos, será revisado por el área de arquitectura del Banco, previo a su construcción.
6.2.2. Requerimientos Específicos
La propuesta que presente la Empresa por los Servicios de Desarrollo solicitados por el Banco, debe considerar la provisión de todos los servicios necesarios para la revisión detallada de requerimientos, análisis, diseño, construcción, control de calidad, pruebas, implantación y funcionamiento de los componentes de software a ejecutar bajo el amparo del Contrato Marco, y conforme a la Metodología de Desarrollo de Software que posee el Banco, la cual contempla tanto desarrollos en cascada, como agiles.
Requerimiento N° 7: Desarrollo de los Proyectos
Requisitos:
a. Cronograma de Trabajo
Incluir un detalle de actividades e hitos considerados, indicando cada una de las etapas del proyecto, los recursos involucrados, tanto por parte de la Empresa adjudicataria, como por parte del Banco. El plan de trabajo propuesto debe considerar como mínimo las siguientes actividades:
• Análisis detallado de requerimientos
• Diseño
• Construcción
• Control de calidad
• Pruebas técnicas
• Instalación
• Certificación
• Pruebas de usuario
• Puesta en producción
• Marcha blanca
• Período de garantía
• Recepción final del Banco
• Documentación
•
b. Desarrollo de las Etapas de un Proyecto
i. Análisis detallado de Requerimientos: cada cotización debe considerar, como parte del proyecto o componente a desarrollar, la revisión detallada de los requerimientos entregados por el Banco, su validación y preparación de documentación definitiva, que corresponderá al “Descripción detallada de Requerimientos” y “StoryBoard”; para llevar a cabo esta actividad, se podrán realizar reuniones de trabajo con el Jefe de Proyectos TI correspondiente, y con los usuarios relacionados a la solicitud respectiva; una vez terminado el “libro de requerimientos”, éste debe ser validado y aprobado por el Jefe de Proyectos TI del Banco.; el StoryBoard debe ser aprobado por el Jefe de Proyecto Usuario; estas aprobaciones serán un requisito necesario para continuar con la siguiente etapa.
ii. Diseño: cada cotización debe considerar la elaboración del diseño técnico de la solución y StoryBoard, en base a los requerimientos establecidos; el diseño detallado de la solución debe ser entregado a través de un “Documento de Diseño”; el diseño, debe ser aprobado por el Jefe de Proyectos TI y por el Comité de Arquitectura y Seguridad del Banco, antes de pasar a la siguiente etapa.
iii. Construcción: cada cotización debe considerar un periodo de construcción; las partes deben definir la cantidad de entregas parciales, las cuales dependerán de la metodología de trabajo que se establezca; la Empresa debe considerar que cada entrega será sometida a evaluación de código fuente a través de las herramientas que el Banco dispone para ello; la Empresa deberá considerar que el código fuente desarrollado será resguardado en el repositorio xx xxxxxxx que el Banco posee.
iv. Control de Calidad: la Empresa debe realizar un control de calidad exhaustivo a cada una de las componentes de Software desarrolladas, al amparo de cada solicitud, incluyendo revisiones de Desarrollo Seguro del Software; para esta actividad, se debe considerar, que la ejecución de esta revisión, sea realizada por un profesional especialista (Tester), independiente del o los Analistas/Programadores que realizaron la construcción del Software; una vez realizada la revisión y corregidos todos aquellos aspectos que se hayan encontrado débiles, el proveedor debe entregar al Banco un “Informe del Control de Calidad” realizado, en el que se evidencie y certifique que el Software está desarrollado con altos estándares de calidad.
v. Pruebas Técnicas: la Empresa, debe elaborar un “Plan de Pruebas Técnicas” a realizar, el cual debe incluir la verificación de los requerimientos funcionales y técnicos, además de pruebas de stress y certificación de seguridad de las componentes; este plan debe contar con la aprobación del Jefe de Proyectos TI correspondiente; una vez elaborado el plan, debe ser ejecutado por el Analista/Programador Senior asignado al proyecto; para la ejecución de las pruebas, la Empresa debe realizar pruebas unitarias por cada requerimiento; posteriormente, se deben realizar pruebas integradas con los sistemas con los cuales se integrará cada componente; al final del proceso, la Empresa debe entregar al Jefe de Proyecto TI, el “Resultado y Evidencia de las Pruebas Técnicas”.
vi. Instalación: la Empresa debe incluir, para cada cotización, todas las actividades de instalación, configuración y documentación necesarias para dejar operativa cada componente de software, en dependencias del Banco, en los ambientes de desarrollo, pruebas y producción, considerando para ello la utilización de las herramientas que el Banco posee (DevOps).
vii. Certificación: una vez instalada la aplicación o componentes en el ambiente de pruebas, el Banco realizará una certificación de: Funcionalidad, Calidad y Seguridad del Software; si esta certificación es satisfactoria, el desarrollo pasará a la etapa de pruebas de usuario, de lo contrario, será devuelto a la Empresa, para que realice las correcciones correspondientes.
viii. Pruebas de Usuario: la Empresa, dentro del plan de actividades, debe considerar 2 ciclos de pruebas de Usuario Funciona, y un periodo para realizar las correcciones que pueda solicitar el usuario en el ciclo uno de pruebas; una vez terminado el ciclo dos de pruebas, el Usuario Funcional entregará su “Aprobación Final “, por escrito, mediante la cual se autorizará la puesta en producción del Software desarrollado.
ix. Puesta en Producción: la Empresa debe considerar todas las actividades necesarias para una correcta Puesta en Producción, tales como: instalación, habilitación y configuración de monitoreo, ajustes de performance, validación de procedimientos de explotación, entre otros.
x. Marcha Blanca: cada cotización, debe incluir un período de Marcha Blanca de 2 meses de duración, posterior a la Puesta en Producción; durante este período, el proveedor debe estar disponible para efectuar ajustes, en caso de ser necesarios, producto de una falla o anomalía identificada en las componentes desarrolladas.
xi. Periodo de Garantía: una vez terminado el periodo de Marcha Blanca, el Banco dará por iniciado el periodo de garantía, el cual tendrá una duración de 4 meses durante este periodo, la Empresa debe atender, de acuerdo a los SLA establecidos, cualquier incidente o falla que se produzca en las componentes desarrolladas; la garantía será renovada sucesivamente por períodos similares al original, en caso xx xxxxxx de alguna de las componentes de la solución.
xii. Recepción Conforme Final: al término del periodo de Garantía, el Banco, a través del Jefe de Proyecto TI respectivo, emitirá un documento de recepción final conforme del servicio, lo que permitirá a la Empresa emitir la Factura asociada al hito 5 y último, asociado al proyecto o componentes desarrolladas; a su vez, esta recepción conforme final, permitirá que estas componentes o proyecto, pasen a Soporte y Mantención, servicio que debe ser provisto por la misma Empresa.
xiii. Contingencias y Alternancias: la Empresa debe considerar, para cada proyecto o conjunto de componentes a desarrollar, la elaboración de un plan y procedimientos de contingencia, que contemplen la conmutación y retorno entre los sitios de procesamiento, garantizando la integridad y completitud de los datos en el menor tiempo posible, en los siguientes escenarios: inhabilitación del sitio operativo, falla de uno o más componentes de la solución, alternancia de sitios; en caso de contingencia, el tiempo del procedimiento de conmutación entre sitios, no debe superar los 30 minutos (tiempo máximo real); en caso de alternancia, el tiempo del procedimiento de conmutación entre sitios, podrá ser superior; el Banco privilegiará las soluciones que permitan operar en sitios de procesamiento principal y secundario físicamente distantes y pertenecientes a redes independientes.
xiv. Capacitación Técnica de la Solución: cada cotización debe considerar la capacitación sobre todos los ámbitos técnicos de las componentes, que permitan preparar al personal del Banco que operará la solución; cada cotización debe considerar que toda la capacitación y entrenamiento en los aspectos tecnológicos debe ser realizada, en las instalaciones del Banco.
xv. Documentación: cada cotización debe incluir la elaboración y entrega de documentación, previo al paso a producción, con el contenido que exige el Banco, conforme a lo señalado en el número 8 “checklist de documentación”, para la entrega de sistemas a producción.
7. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE CONTINUIDAD OPERATIVA PARA LAS COMPONENTES DESARROLLADAS
En términos generales la Empresa debe cumplir con las siguientes actividades para la provisión de sus servicios de continuidad operativa:
a) Proveer los servicios de soporte, mantención y asesoría post-implementación de los componentes software desarrollados por la empresa, considerando 20 horas mensuales, para tales fines. Una vez consumidas estas horas, y previa solicitud expresa por parte del interlocutor válido del Banco, las horas adicionales podrán ser facturadas, conforme a las tarifas ofertadas por la Empresa adjudicataria.
b) El objetivo de este servicio, es contar con un soporte oportuno y expedito, por parte de la Empresa, cuando alguno de los sistemas o componentes falle en ambientes productivos, por lo que, existirán SLA’s asociados al servicio.
c) Se hace presente que las 20 horas mensuales consideradas para este servicio, se pagarán en una sola cuota mensual vencida, sean utilizadas o no.
d) Las horas no utilizadas, se podrán acumular, hasta por un periodo de tres meses, pudiendo ser consumidas mientras estén vigentes.
e) El soporte comenzará a regir, al término del período de garantía de la primera componente, construida por la Empresa adjudicataria, que sea puesta en producción.
7.1. Requerimientos para los Servicio de Continuidad Operativa
A continuación, se detallan los requisitos para el cumplimiento de los Servicios de Continuidad Operativa, para las componentes desarrolladas:
Requerimiento N° 1: Soporte y Mantención para las Componentes Desarrolladas
Requisitos:
a. Soporte/Mantención Correctiva
La Empresa debe disponer de especialistas que apoyarán al Banco para determinar y aislar las fallas que afecten el funcionamiento del software aplicativo, cuando éste no opere conforme a las
especificaciones definidas, entregando un mitigador que permita continuar la operación y posteriormente resolver el problema existente en el Software desarrollado.
b. Actualización Tecnológica
La Empresa debe apoyar las solicitudes que el Banco pueda realizar, relacionadas con las actualizaciones tecnológicas de una o varias componentes de Software Base y/o Hardware, que afecten a los desarrollos realizados por la Empresa.
c. Mantenciones y/o Requerimientos Menores
La Empresa debe abordar requerimientos menores sobre desarrollos ya realizados que, por su envergadura, no ameriten realizar una solicitud de cotización independiente, tales como: cambios de gráfica; cambios de textos; o cualquier intervención menor que pueda ser cubierta con las horas mensuales disponibles para Soporte.
d. Horarios
Los Servicios de Continuidad Operativa, se realizarán en horario normal de lunes a viernes entre las 08:30 y 19:30 hrs.; o bien en horario extraordinario, entendiendo por éste todo lo que esté fuera del horario normal.
8. CHECKLIST DE DOCUMENTACIÓN
La Empresa se obliga a entregar la documentación, para cada solicitud de desarrollo, en las etapas del proyecto que corresponda, conforme al detalle que a continuación se detalla:
a) Descripción detallada de requerimientos
b) Documento de diseño
c) Informe de control de calidad
d) Plan de pruebas técnicas
e) Resultado y evidencia de pruebas técnicas
f) Manual de configuración
g) Manual de explotación
h) Manual de sistema
9. GLOSARIO
SPP: Sitio de Procesamiento Principal, corresponde al sitio de procesamiento principal.
SPE: Sitio de Procesamiento Externo, corresponde al segundo sitio de operación en ambiente de producción, y que se utiliza alternadamente con el SPP.
CI/CD: Integración Continua/Distribución Continua
TLS: Transport Layer Security
WS-SEC: Web Services Security
10. FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS
10.1. Servicios de Desarrollo de Software:
El Banco pagará a la Empresa, en 5 cuotas vencidas, previa recepción conforme escrita de cada solicitud de cotización que se realice, al amparo del “Contrato Marco”, por parte del Interlocutor Válido del Contrato ante el Banco, y conforme a los términos y condiciones establecidos en la Cláusula de “Forma y Lugar de Pago”, del Modelo de Contrato a Suscribir, Anexo B de las presentes Bases.
10.2. Servicios de Continuidad Operativa:
El Banco pagará los Servicios de Continuidad Operativa en mensualidades vencidas, previa recepción conforme escrita por parte del Interlocutor Válido del Contrato ante el Banco, y conforme a los términos y condiciones establecidos para tales fines en la Cláusula de “Forma y Lugar de Pago”, del Modelo de Contrato a Suscribir, Anexo B de las presentes Bases de Cotización.
11. MULTAS Y DEDUCCIONES
El Banco podrá aplicar multas, en caso de incumplimiento en los plazos y tiempos de respuesta comprometidos por la Empresa, para la entrega de los servicios, por causas atribuibles a su responsabilidad, conforme a los términos y condiciones establecidos en la Cláusula de “Multas” del “Modelo de Contrato a Suscribir”, del Anexo B, de las presentes Bases.
BANCO CENTRAL DE CHILE
ANEXO B
MODELO DE CONTRATO A SUSCRIBIR
En Santiago de Chile, a , entre el BANCO CENTRAL DE CHILE, organismo autónomo de derecho público, RUT N°00.000.000-0, en adelante el “Banco”, representado en este acto por xxx XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, Gerente de Gestión Contable y Planificación, y por xxx XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, Jefe de Departamento de Adquisiciones, todos domiciliados en Agxxxxxxx Xx0000, xxxxxx xx Xxxxxxxx, por una parte, y por la otra, [ ] en adelante la “Empresa”, RUT N° [ ], representada en este acto por don [ ], ambos domiciliados en [ ], comuna de [ ], se ha convenido lo siguiente:
PRIMERO : Objeto del Contrato
El Banco contrata a la Empresa para realizar la prestación de los Servicios de Desarrollo de Software, como así también los Servicios de Continuidad Operativa para las Componentes de Sofware Desarrolladas, cuyas especificaciones técnicas se detallan en el Anexo N°1 del presente Contrato, en adelante, también, el “Servicio”.
El Servicio se prestará de acuerdo con los términos y condiciones que se establecen en las cláusulas siguientes; en las Bases de Cotización en Línea N°90000204 de fecha xx xx xxxxxx de 2020, que incluye el proceso de consultas y aclaraciones respectivo; en la oferta presentada por la Empresa, con fecha [ ] de [ ] de 2020, y aceptada por el Banco mediante correo electrónico de fecha [ ] de [ ] de 2020; y en el Anexo N°1 que a continuación se detalla, el que debidamente firmado por las partes, se considera formar parte integrante del presente Contrato, para todos los efectos legales:
Anexo N°1: Especificaciones Técnicas.
SEGUNDO : Vigencia del Contrato
El presente Contrato tendrá una vigencia de 12 meses, contados desde la fecha de suscripción. Al término de este período, se renovará automáticamente por otro período de igual duración, con un máximo de 4 renovaciones, a menos que una de las partes comunique a la otra su intención de no renovarlo, aviso que debe ser enviado por escrito con a lo menos 30 días corridos de anticipación a la fecha de término del período de vigencia inicial, o de su prórroga, según corresponda.
TERCERO : Especificaciones Técnicas del Servicio
La Empresa se obliga a prestar el Servicio conforme a las características y especificaciones técnicas establecidas en el Anexo N°1 del presente Contrato.
CUARTO : Precio del Servicio
El precio que el Banco pagará a la Empresa por la prestación de los Servicios, es el que se detalla a continuación:
TABLA N° 1: Servicio Mensual Continuidad Operativa:
Ítem | Descripción | Cant. | Xxxxxx Xxxx UF |
1 | Soporte y Mantención de las Componentes Desarrolladas: incluye 20 hp. mensuales | 1 mes | UF |
Impuesto 19% | UF | ||
TOTAL | UF |
TABLA N° 2: Tarifa Servicios Adicionales de Soporte y Mantención
Ítem | Continuidad Operativa | Cant. | Tarifa Unitaria UF | Impuesto 19% UF | Tarifa Total UF |
1 | Horario Normal | 1 hp | UF | UF | UF |
2 | Horario Extraordinario | 1 hp | UF | UF | UF |
TABLA N° 3: Tarifas Servicios de Desarrollo de Software
Ítem | Perfil Profesional | Cant. | Tarifa Unitaria UF | Impuesto 19% UF | Tarifa Total UF | |
1 | Horario Normal | Jefe Proyecto | 1 hp | UF | UF | UF |
Analista/Programador Senior | 1 hp | UF | UF | UF | ||
Tester | 1 hp | UF | UF | UF | ||
Diseñador | 1 hp | UF | UF | UF | ||
2 | Horario Extraordinario | Jefe Proyecto | 1 hp | UF | UF | UF |
Analista/Programador Senior | 1 hp | UF | UF | UF | ||
Tester | 1 hp | UF | UF | UF | ||
Diseñador | 1 hp | UF | UF | UF |
Los precios y/o tarifas antes señalados, comprenden todo impuesto, derecho, arancel, permiso, comisión, remuneración, estipendio u honorario, y en general, toda suma o gasto que sea necesaria para la prestación del Servicio al Banco, de forma tal que la Empresa no podrá reclamar ningún otro pago por el Servicio a que este Contrato se refiere ni por ningún otro concepto.
QUINTO : Forma y Lugar de Pago del Servicio
El Banco pagará en 5 cuotas vencidas, los Servicios de Desarrollo, previa recepción conforme escrita por parte del Interlocutor Válido del Banco, de los hitos de cumplimiento que a continuación se detallan, y conforme a las condiciones establecidas en la cláusula sobre “Recepción Conforme” del presente Contrato.
Hito | Descripción | Entregables | % de Pago |
1 | Aprobación del documento final de requerimientos y diseño propuesto; incluida aprobación del Comité de Arquitectura y Seguridad | • Análisis detallado de requerimientos/StoryBoard • Confección de documento de requerimientos final • Confección documento de diseño | 20% |
2 | Aprobación de pruebas técnicas TI | • Construcción del SW • Construcción del plan de pruebas y revisión de calidad • Informe de control de calidad • Evidencia de pruebas técnicas | 20% |
3 | Aprobación de pruebas integradas y de usuario | • Ejecución de pruebas integradas, de carga y de stress • Ejecución de certificación de seguridad. • Ejecución de pruebas de usuario | 20% |
4 | Certificación en producción por parte del Banco | • Aprobación la documentación que corresponda: manual de sistemas; manual de configuración, manual de explotación; TDRP • Puesta en producción de los componentes. | 20% |
5 | Recepción Conforme Final | • Marcha blanca: 2 meses • Período de garantía: 4 meses | 20% |
El Banco pagará en mensualidades vencidas los Servicios de Soporte y Mantención de todas las Soluciones que están en pleno funcionamiento, y para las cuales se haya formalizado la entrada en vigencia de este servicio mediante carta del Jefe de Departamento de Desarrollo de Sistemas, previa recepción conforme escrita por parte del Interlocutor Válido del Banco ante el presente Contrato. Asimismo, se pagarán, los servicios adicionales de continuidad operativa, que el Banco solicite por escrito.
Los precios expresados en unidades de fomento, se pagarán en el equivalente en pesos, de acuerdo al valor de la unidad de fomento, vigente a la fecha de emisión de la factura correspondiente.
Para facturar el pago de los Servicios de Desarrollo, la Empresa deberá solicitar al Interlocutor Válido del Banco, el “N° del Pedido de Compra” y el “Código de Aprobación de Pago”, que deberán ser parte de la “Glosa” en la facturación correspondiente junto con el número del Contrato. Asimismo, para facturar el pago de los Servicios de Continuidad Operativa, la Empresa deberá solicitar al Interlocutor Válido del Banco, el “Código de Aprobación de Pago”, que deberán ser parte de la “Glosa” en la facturación correspondiente junto con el número del Contrato
Para los efectos de los pagos señalados, la Empresa deberá remitir el documento de cobro electrónicamente al correo xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx, indicando el “N° del Pedido de Compra” y el “Código de Aprobación de Pago”, para proceder a cursar el pago correspondiente. Una vez aprobado el documento de cobro correspondiente por el Banco, será pagado dentro de los 10 días hábiles bancarios siguientes a la fecha de su aprobación.
El Banco efectuará el pago en sus oficinas ubicadas en la ciudad de Santiago. Sin embargo, se reserva el derecho de efectuarlo a través de una empresa bancaria con la cual haya celebrado algún convenio de pago a sus proveedores, bajo la modalidad de abono en cuenta corriente o vale vista, según sea la forma de pago que elija la Empresa. Para tal efecto, el Banco comunicará a la Empresa la entidad bancaria a través de la cual efectuará los pagos, debiendo la Empresa indicar, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles bancarios, contados desde la fecha de dicha comunicación, la modalidad en la cual desea recibir el pago. Si así no lo hiciere dentro del plazo indicado, se entenderá que se acoge al pago mediante vale vista, que deberá retirar en las oficinas de la empresa bancaria que se le ha indicado.
SEXTO : Recepción Conforme
Se entenderá por Recepción Conforme la comunicación escrita del Interlocutor Válido del Banco ante el presente Contrato, o su representante, dejando constancia que la Empresa prestó los Servicios para los cuales fue contratada. Se otorgará por cada hito de cumplimiento para los Servicios de Desarrollo; y de manera mensual por los Servicios de Continuidad Operativa, una vez verificado que los Servicios fueron prestados de conformidad a lo estipulado en las especificaciones técnicas del presente Contrato.
Estos requisitos serán necesarios para proceder a o los pagos en los términos señalados en la Cláusula sobre “Forma y Lugar de Pago del Servicio”.
El Banco contará con 5 hábiles bancarios para emitir la constancia de Recepción Conforme a contar de la fecha de término de la prestación del Servicio.
En caso que el Banco no reciba conforme la prestación del Servicio, deberá comunicar por escrito a la Empresa las observaciones que estime pertinentes, las que la Empresa deberá subsanar e informar en un plazo no superior a 5 días hábiles bancarios, contados desde la comunicación de las observaciones.
SÉPTIMO : Término Anticipado del Contrato
Acaecido un evento de incumplimiento o falta grave por parte de la Empresa de las obligaciones que le impone el Contrato, el Banco, para el solo efecto de información, remitirá a la Empresa un aviso escrito comunicándole la ocurrencia de dicho evento de incumplimiento o falta grave.
La Empresa contará con un plazo de 5 días hábiles bancarios, contado desde la comunicación efectuada por el Banco, para emitir sus descargos. El Banco tendrá un plazo de 5 días hábiles bancarios para analizar los descargos de la Empresa y determinar si procede o no terminar el presente Contrato, sin derecho a indemnización a favor de la Empresa, pagando sólo el costo de aquellos Servicios cuyo suministro haya sido efectuado hasta la fecha de término dispuesta por el Banco y al cual éste haya dado su aprobación, en la forma establecida en este Contrato.
Se entenderá que dicho evento ha ocurrido, entre otros casos, especialmente cuando la Empresa no ha cumplido total y oportunamente las obligaciones que ha asumido, o si éstas han sido cumplidas imperfectamente, como también por el incumplimiento de las Especificaciones Técnicas establecidas en el Anexo N°1 de este Contrato, respecto del Servicio contratado.
Asimismo, el Banco podrá terminar el Contrato en el evento que respecto de la Empresa se hubiere aprobado un Acuerdo de Reorganización Extrajudicial o Simplificado; o se hubiere iniciado un Procedimiento Concursal de Liquidación Voluntaria o Forzosa, ambos en los términos de la Ley N° 20.720. En ningún caso, se podrá poner término anticipado al Contrato invocando el inicio de un Procedimiento Concursal de Reorganización, durante el período en que se encuentre gozando de la Protección Financiera Concursal de que trata la misma Ley N° 20.720.
El Banco igualmente podrá terminar el Contrato cuando se presente cualquier otra situación que evidencie la notoria insolvencia de la Empresa; se disolviere por cualquier causa legal; registrare documentos protestados; se encontrare en cesación de pagos; si alguno de sus socios, Directores o Gerentes fuere sometido a proceso o formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva; o si la Empresa no diera cumplimiento a las obligaciones previsionales y de seguridad social, laborales y tributarias, en relación con sus trabajadores destinados a la prestación del Servicio.
También será considerada como causa de término, la omisión, inexactitud o incumplimiento de las declaraciones consignadas en las cláusulas del presente Contrato.
La terminación del Contrato tendrá efecto ipso facto, para lo cual bastará el despacho por el Banco de una comunicación escrita, señalando la ocurrencia del evento de incumplimiento y dejando
constancia de su voluntad de terminarlo.
No obstante lo anterior, el Banco se reserva el derecho de poner término anticipado al Contrato, sin expresión de causa en cualquier momento, previo aviso escrito remitido con a lo menos 30 días corridos de anticipación a la fecha de término deseada, sin derecho a indemnización o retribución alguna, pagando sólo el costo de aquellos Servicios cuyo suministro haya sido efectuado hasta la fecha de término dispuesta por el Banco y al cual éste haya dado su aprobación, en la forma establecida en este Contrato.
En ningún caso, el aviso escrito de término de Contrato, libera a la Empresa de su obligación de proveer el Servicio hasta la fecha efectiva de su término.
OCTAVO : Multas
En caso de incumplimiento total o parcial, por causas atribuibles a la Empresa de las obligaciones que ésta asume por el presente Contrato, el Banco podrá aplicar multas, conforme al siguiente detalle:
a) Servicios de Desarrollo de Software:
El Banco podrá aplicar una multa de 0,25% del precio bruto total del Servicio de Desarrollo, Control de Calidad, Pruebas y Puesta en Producción, por cada día corrido de atraso respecto a la fecha comprometida de entrega del hito correspondiente, y de su recepción conforme.
Los Hitos asociados a cada Solución, sólo podrán ser modificados mediante controles de cambio formales y aprobados por escrito entre las partes.
b) Servicios Continuidad Operativa:
El Banco podrá aplicar multas si los tiempos de respuesta para incidentes o resolución xx xxxxxx, superan los niveles de servicio requeridos por el Banco, y comprometidos por la Empresa. Este descuento se aplicará sobre el valor mensual del Servicio, de acuerdo al detalle señalado en la siguiente tabla:
Tabla N°1: Niveles de Servicios y Multas
Criticidad de la Falla | Descripción | Tiempo Máximo de Respuesta (1) | Deducción sobre el valor mensual en caso de no cumplimiento |
Crítica | Falla en el sistema que no permite realizar el proceso completo de negocio. | 2 horas | 0 a 2 horas: 0 % a partir de las 2 horas, 2% por cada hora adicional o fracción de atraso. |
Criticidad de la Falla | Descripción | Tiempo Máximo de Respuesta (1) | Deducción sobre el valor mensual en caso de no cumplimiento |
Mediana | Es una falla del sistema que restringe realizar el proceso completo de negocio. | 3 días hábiles | 0 a 3 días hábiles: 0 % a partir de los 3 días hábiles, 2% por cada día hábil o fracción de atraso |
Leve | Es una falla del sistema que tiene leve impacto sobre el proceso completo de negocio. | 10 días hábiles | 0 a 10 días hábiles: 0 % a partir de los 10 días hábiles, 1% por cada día hábil o fracción de atraso. |
Nota (1): tiempo máximo de respuesta: se define operacionalmente como al intervalo de tiempo desde que el Banco da a conocer a la Empresa la existencia de una falla, y la llegada al Banco de los profesionales técnicos de la Empresa, o el inicio del soporte remoto, orientado a diagnosticar y corregir la falla.
La calificación de la criticidad de las fallas será efectuada a juicio exclusivo del Banco.
De producirse dicho evento, el Banco a su juicio exclusivo, imputará la multa aplicada al precio establecido para el Servicio, y se hará efectiva a la Empresa a través de la emisión de una nota de cobro, o bien, el Banco hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento.
En caso que el Banco determine aplicar una multa y para el solo efecto de información, remitirá a la Empresa un aviso escrito comunicándole dicha decisión.
La Empresa contará con un plazo de 5 días hábiles bancarios, contados desde la comunicación efectuada por el Banco, para emitir sus descargos o subsanar el motivo de la multa. El Banco tendrá un plazo de 5 días hábiles bancarios para analizar los descargos de la Empresa y determinar si procede o no la aplicación de la multa.
En cualquier caso, el monto total de las deducciones que efectúe el Banco respecto de incumplimientos acaecidos, no excederá del 20% del precio bruto total, sea éste de la mensualidad del Servicio de Soporte, o bien del Servicio de Desarrollo que corresponda, y que el Banco deba pagar a la Empresa, de conformidad con este Contrato, sin perjuicio de su facultad de ponerle término anticipado y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento.
Las estipulaciones precedentes, no implican una renuncia del Banco al derecho que le asiste de exigir el pago de las indemnizaciones que correspondan, por los perjuicios que el incumplimiento de la Empresa pudiera irrogarle, conforme lo dispuesto en el artículo 1.543 del Código Civil y a lo establecido en la Cláusula sobre Responsabilidad de este Contrato.
NOVENO : Garantía por Fiel cumplimiento de Contrato
Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que se deriven del presente Contrato, la Empresa hace entrega en este acto de una Garantía por fiel cumplimiento de Contrato, “la
"Garantía", por la suma de 174,42 UF; equivalente al 10% del monto estimado para un año de ejercicio del Contrato, documento que deberá tener fecha de vigencia superior en 189 días corridos a la fecha de término de la vigencia anual de la prestación del Servicio. Dicho instrumento deberá señalar que la Garantía se extiende para “garantizar el fiel cumplimiento del Contrato”.
La Empresa se obliga a prorrogar, renovar o reemplazar la Garantía, según sea el caso, en similares condiciones de monto y de plazo de vigencia, a solo requerimiento del Banco, en especial para los posteriores períodos de vigencia del presente Contrato y en todas las oportunidades que sea necesario mientras se encuentren vigentes cualquiera de las obligaciones que se caucionan. Esta prórroga, renovación o reemplazo deberá ser efectuada por la Empresa con no menos de 10 días hábiles bancarios de anticipación a la fecha de vencimiento de la Garantía en poder del Banco.
La mencionada Garantía caucionará, en especial, la cabal y oportuna prestación del Servicio en los términos y condiciones establecidas en el presente Contrato.
El Banco podrá hacer efectiva la Garantía, sin perjuicio de las indemnizaciones a que tenga derecho, que deriven de perjuicios causados por el incumplimiento por parte de la Empresa, de cualquiera de las obligaciones del Contrato, en los términos establecidos en esta Cláusula.
En caso que el Banco determine hacer efectiva la Garantía y para el solo efecto de información, remitirá a la Empresa un aviso escrito comunicándole dicha decisión con al menos 24 horas de anticipación a su cobro.
Para los efectos de la Garantía señalada, la Empresa podrá otorgar uno de los siguientes tipos de garantía:
a) Boleta Bancaria de Garantía: Deberá ser emitida a favor del Banco, tomada directamente por la Empresa y pagadera a la vista por una empresa bancaria autorizada para funcionar en Chile.
b) Póliza de Seguro de Garantía con Cláusula de Ejecución Inmediata o Póliza de Caución a Primer Requerimiento: Deberá ser emitida por una compañía de seguros establecida en Chile y depositada en la Comisión para el Mercado Financiero, cuya cobertura permita hacer efectiva la totalidad de la garantía al solo requerimiento del Banco.
c) Certificado de Fianza a la Vista: otorgado por una Institución de Garantía Recíproca (IGR), pagadero a la vista y de carácter irrevocable.
DÉCIMO : Propiedad Intelectual e Industrial
La propiedad material e intelectual de todos los entregables correspondientes al Servicio
pertenecerá exclusivamente al Banco.
De acuerdo con lo anterior, la Empresa reconoce que todos y cada uno de los Derechos Patrimoniales de Autor derivados del uso y explotación de los entregables por cualquier medio, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 17.336, sobre Propiedad Intelectual, le corresponden al Banco, única, exclusiva, indefinida y para todo el territorio de la República de Chile y para el extranjero en caso que le resulte aplicable, por lo que la Empresa renuncia a reclamar cualquier contraprestación adicional a la suma pagada por el Banco, estando de acuerdo igualmente en que el Banco podrá ceder los derechos sobre los entregables a favor de cualquier tercero, sin que para ello requiera de autorización alguna de la Empresa de conformidad con los términos de la figura de colaboración remunerada de obra por encargo. Sin perjuicio de lo anterior, los Derechos Xxxxxxx de Autor serán respetados en conformidad con la legislación vigente.
Asimismo, le pertenecerán al Banco todos los Derechos de Propiedad Industrial que deriven de la prestación del Servicio que la Empresa ejecutará para el Banco en virtud del presente Contrato, de conformidad a la Ley N° 19.039, de Propiedad Industrial.
La Empresa será la responsable de realizar los trámites correspondientes o requerir las autorizaciones de uso o cesiones de los Derechos de Propiedad Intelectual que correspondan a terceros y que sean necesarios para ejecutar el Servicio.
UNDÉCIMO : Personal
La Empresa ejecutará el Servicio a que se refiere el presente Contrato con trabajadores de su dependencia, por lo que será de su exclusivo cargo y responsabilidad el cumplimiento estricto de las leyes tributarias, laborales, previsionales y de seguridad social, especialmente en lo que se refiere al pago de las remuneraciones, gratificaciones, horas extraordinarias, imposiciones previsionales, seguros de accidentes del trabajo, seguros de vida, riesgos por daños a terceros y a cualquier otra prestación que ésta deba pagar a sus dependientes.
La Empresa deberá tener a todo su personal afiliado a una de las entidades señaladas en el artículo 8 de la ley N°16.744, sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales o las que actualmente cumplen sus funciones, y dar cabal cumplimiento a dicha ley y a su normativa reglamentaria.
Se conviene que en el evento que al Banco se le aplique multa o cualquier otra sanción por algún organismo laboral o previsional, en razón o por causa de algún incumplimiento en que incurra la Empresa respecto de cualquier trabajador de su dependencia o con personas que presten servicios a ésta a cualquier otro título, la Empresa deberá pagar de inmediato al Banco y a su solo requerimiento el monto total de la multa o de la sanción respectiva. En caso contrario, el Banco, previa comunicación a la Empresa, podrá hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato
o retener cualquier pago que pueda adeudarle.
Por su parte, en el caso de tratarse de una demanda judicial, una vez notificada al Banco, la Empresa deberá hacerle entrega de una Boleta Bancaria de Garantía emitida a favor del Banco, tomada directamente por la Empresa y pagadera a la vista por una empresa bancaria autorizada para funcionar en Chile, por el monto de la respectiva demanda, la que deberá mantenerse vigente hasta que la sentencia del juicio correspondiente quede firme y ejecutoriada. Si la Empresa no otorgare la mencionada garantía, el Banco, previa comunicación a la Empresa, podrá hacer efectiva cualquier otra garantía que se encuentre en su poder o retener cualquier pago que pueda adeudarle. Asimismo, la Empresa se obliga a indemnizar al Banco por los perjuicios en que éste incurra hasta por el valor equivalente al total de la suma demandada, de la multa o sanción que se aplique, y de los gastos que deba efectuar para su defensa ya sea ante entidades administrativas o judiciales, facultándose al Banco para provisionar o deducir, en su caso, las sumas que se le puedan adeudar por este concepto del valor de cualquier pago por el Servicio que le preste la Empresa o de las garantías de cumplimiento entregadas al Banco por ésta.
La Empresa deberá velar por la continuidad del Servicio durante los periodos en que otorgue vacaciones a sus dependientes que estén ejecutando el Servicio para el Banco o durante los periodos de ausencia de éstos originados por licencia médica, negociación colectiva o por cualquier otro motivo.
La Empresa declara tomar conocimiento del alcance de las disposiciones contenidas en las “Condiciones de Seguridad Física para Empresas Externas y su Personal” y asume la obligación de darles cumplimiento y hacerlas cumplir por el personal de su dependencia que asista a las dependencias del Banco con motivo de la prestación del Servicio. Dicho documento se encuentra disponible en el sitio web del Banco. En cualquier instancia, la Empresa podrá solicitar al Interlocutor Válido del Banco una copia del mismo.
DUODÉCIMO : Interlocutores
Por el Banco participará un profesional designado por la Gerencia de Tecnología, quien deberá ser considerado como Interlocutor en los aspectos técnicos de este Contrato. Asimismo, la Empresa nombrará a un profesional como Interlocutor o Supervisor, quien será considerado como contraparte técnica válida ante el Banco.
Los nombres de los interlocutores se señalan a continuación:
NOMBRE Y APELLIDOS | EN REPRESENTACIÓN DE |
BANCO CENTRAL DE CHILE | |
EMPRESA |
No obstante, por necesidades operativas del trabajo, para parte o la totalidad de los temas inherentes al Servicio, las partes podrán nombrar en su reemplazo a otros profesionales que cumplan esta labor técnica, sin que sea necesario suscribir una Adenda para tal efecto.
DECIMOTERCERO : Confidencialidad
La Empresa asume como obligación la de mantener y resguardar la confidencialidad de la “Información Confidencial o Altamente Sensible” que les sea proporcionada por el Banco. Por consiguiente, queda expresamente establecido que todos los documentos e información proporcionada a la Empresa o de la que tome conocimiento, con ocasión de la ejecución del Contrato no pueden ser divulgados a terceros en ninguna forma.
Asimismo, la Empresa se obliga a usar dicha información sólo para los fines previstos en el Contrato, y a no imprimir, transferir, transmitir o grabar mediante cualquier medio, difundir o darle publicidad.
La Empresa asume dichas obligaciones en el carácter de condiciones esenciales para la suscripción y vigencia del Contrato.
Dicha obligación se extiende a su personal dependiente contratado bajo cualquier modalidad, incluido honorarios y a aquellas en calidad de servicios transitorios. Al efecto la Empresa se obliga a poner en conocimiento de todos ellos de la existencia del deber de confidencialidad en los términos aquí señalados y velar por su cumplimento ya sea mediante los correspondientes contratos o la suscripción de acuerdos de confidencialidad con aquellos, según corresponda.
El Banco, en caso de entregar a la Empresa “Información Confidencial” o “Información Altamente Sensible”, deberá informar de tal situación al Interlocutor Válido de la Empresa, debiendo el Banco catalogar adecuadamente dicha información a fin de ser claramente identificable.
El Banco se reserva el derecho de solicitar a la Empresa la destrucción de la documentación que tenga el carácter de “Información Confidencial” o “Información Altamente Sensible”, lo que deberá ser certificado por un apoderado de la Empresa con facultades suficientes para ello.
La obligación de confidencialidad subsistirá entre las partes, aún después de finalizada la prestación del Servicio y por un plazo de 3 años contado desde dicha fecha, salvo que tal información haya sido calificada, catalogada y entregada a la Empresa por el Banco como “Información Altamente Sensible”, en cuyo caso la obligación de confidencialidad subsistirá de manera indefinida.
Finalmente, las partes dejan constancia que el Banco se rige por el principio de transparencia en el ejercicio de la función pública en los términos del artículo 65 bis de la Ley Orgánica
Constitucional que lo rige, por lo que resolverá las peticiones de información que se formulen sobre antecedentes de la empresa relativos a este Contrato, en los términos establecidos en esa legislación.
DECIMOCUARTO : Responsabilidad de la Empresa por Infracciones Legales y
Reglamentarias
En la prestación del Servicio a que se refiere el presente Contrato, la Empresa será responsable de cumplir durante toda la ejecución del presente Contrato, con todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y disposiciones gubernamentales vigentes en Chile y en su caso en el extranjero.
Particularmente, la Empresa manifiesta y garantiza al Banco que, a su xxxx saber y entender, se encuentra en conocimiento y cumpliendo las obligaciones de índole tributaria que le son aplicables. A tal efecto, la Empresa presentará, a solicitud del Banco, la documentación que acredite que se encuentra al día en el cumplimiento de dichas obligaciones. En consecuencia, el Banco quedará exonerado de cualquier responsabilidad derivada de tales obligaciones.
La Empresa declara expresamente que los recursos o dineros con que cuenta o con los que desarrollará este Contrato, no provienen de ninguna actividad ilícita.
DECIMOQUINTO : Saldos Insolutos de Remuneraciones y Cotizaciones de
Seguridad Social
La Empresa declara que a la fecha de suscripción del presente Contrato se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones laborales y sociales y que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los trabajadores que se desempeñarán en la ejecución del Contrato.
La Empresa se obliga a informar al Banco de cualquier cambio en la situación señalada en un plazo no superior a 30 días corridos desde ocurrido el evento.
DECIMOSEXTO : Responsabilidad por Violaciones de Patentes y/o Derechos de
Autor
La Empresa se hace exclusivamente responsable de toda violación a derechos de propiedad intelectual y/o industrial legalmente constituidos, que sea resultante de su participación en este Contrato y del Servicio que provee al Banco. Esta responsabilidad comprende aquellas violaciones que sean cometidas por la propia Empresa y el personal a su cargo; se extenderá a todos los pagos que deban ser realizados en razón de indemnizaciones y multas, así como a todos otros gastos o costos resultantes y comprenderá todas aquellas violaciones cometidas dentro de los 5 años siguientes al término de la vigencia del presente Contrato.
Las indemnizaciones y multas referidas en esta sección serán aquellas que sean determinadas en una sentencia judicial firme o en una transacción aprobada por la Empresa.
En caso que el Banco sea notificado de cualquier demanda o acción por parte de un tercero relacionada con la violación de derechos de propiedad intelectual o industrial de dicho tercero, éste pondrá en conocimiento de la Empresa, a la brevedad, dicha situación a fin que pueda constituirse en tercero coadyuvante del proceso respectivo. Cualquier transacción que pueda convenir el Banco con el tercero demandante y cuyo pago deba ser asumido por la Empresa, deberá ser previamente aprobada por escrito por la Empresa.
DECIMOSÉPTIMO : Publicidad y Uso del Nombre del Banco
La Empresa no podrá usar el nombre o logo del Banco para fines promocionales, de publicidad o cualquier otro, cualquiera sea el medio o soporte que se utilice para tales efectos, sin previa autorización por escrito del Banco. Lo anterior se hace extensivo al personal de la Empresa.
La autorización que otorgue el Banco indicará la forma y condición en la cual la Empresa podrá hacer el correspondiente uso.
DECIMOCTAVO : Conflicto de Intereses
La Empresa declara que no tiene otros intereses comprometidos en la ejecución de la prestación objeto del presente Contrato que los vinculados a la ejecución íntegra y cabal del mismo. Asimismo, declara que no mantiene personal dependiente contratado bajo cualquier modalidad, incluida la de honorarios o en calidad de servicios transitorios, que se encuentren relacionadas con el Banco, por lo que asume las responsabilidades legales y contractuales correspondientes, en caso de inexactitud, falsedad u omisiones en lo antes declarado.
Esta declaración es considerada por el Banco una condición esencial y determinante en la celebración del presente Contrato y su infracción producirá su término inmediato.
Las partes entienden que existe dicho conflicto respecto de la Empresa en toda negociación, acto, contrato u operación en que sea parte, tenga interés, intervenga o tenga cualquier otra forma de participación, algún funcionario del Banco, su cónyuge, conviviente civil o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad inclusive (esto es, abuelos, padres, hermanos, hijos y nietos, y suegros, yernos/nueras y cuñados), como asimismo, las sociedades o empresas en las cuales éste sea director, gerente, apoderado, o dueño directo o a través de otras personas naturales o jurídicas de un 5% o más de su capital o las sociedades o empresas en las que alguna de las personas antes mencionadas, sea director o dueño directo o indirecto del 5% o más de su capital; y las personas por quien el funcionario del Banco actúe como representante, asesor o consultor.
Asimismo, constituye tal especie de conflicto cualquier otra situación, de la cual tenga conocimiento la Empresa que pueda influir en la decisión del Banco de celebrar el presente Contrato.
La Empresa se obliga a informar por escrito al Banco, tan pronto tuviere conocimiento de ello, de cualquier conflicto de intereses que se presente con posterioridad a la fecha de otorgamiento del presente Contrato, y acepta que ante dicha situación el Banco evalúe las circunstancias que configuren el conflicto de intereses respectivo, pudiendo a su arbitrio poner término al Contrato o perseverar en él.
DECIMONOVENO : Prohibición de Cesión del Contrato y Subcontratación
La Empresa no podrá ceder o trasferir, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones del presente Contrato ni sus obligaciones, salvo autorización expresa del Banco.
A la Empresa le estará prohibido subcontratar la prestación del Servicio materia de este Contrato.
VIGÉSIMO : Equipamiento y Materiales
El Banco se compromete a disponer los lugares adecuados y/o infraestructura física eventualmente necesaria para la debida prestación del Servicio. No obstante, la Empresa deberá disponer de materiales, elementos y equipamientos necesarios para la ejecución del presente Contrato.
VIGÉSIMO PRIMERO : Licencias
La Empresa será responsable de los costos, tramitaciones ante terceros, autorizaciones y permisos que deriven de la utilización de las licencias de software asociadas a los Servicios. En todo caso, para cualquier utilización de licencias distintas a las que el Banco tiene en sus instalaciones, la Empresa deberá solicitar por escrito la autorización del Banco, quien a su sólo juicio aceptará o rechazará lo solicitado.
VIGÉSIMO SEGUNDO : Responsabilidad de la Empresa
La Empresa responderá ante el Banco:
a) Por cualquier clase de errores en la ejecución del presente Contrato. Para prevenir los errores, la Empresa deberá ejercer el cuidado razonable y obrar diligentemente en la prestación de todos los Servicios, sea que los realice directamente o no, debiendo responder hasta por la culpa leve.
b) Por cualquier perjuicio directo que el Banco sufra por algún hecho o actuación culposa o
dolosa, de parte de cualquiera de las personas que se encuentren asignadas a las actividades que se deriven de la ejecución de este Contrato. La Empresa se obliga a: i) Velar por la conducta de sus dependientes en la ejecución del presente Contrato, siendo su obligación implementar e imponer todas las medidas necesarias y hacerse plenamente responsable por sus actuaciones y omisiones dolosas o culpables; y ii) Indemnizar por los daños directos que pudieren causar sus dependientes al Banco, sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieran corresponder a éste último.
c) Por la selección y entrenamiento del personal idóneo para desempeñar las actividades que se deriven de la ejecución de este Contrato, de manera que no podrá exonerarse de responsabilidad ni aún en el caso de haber acreditado que ha empleado el debido cuidado para su contratación, sin poder impedir la comisión del hecho culposo o doloso.
d) Aun cuando el perjuicio sufrido por el Banco sea detectado con posterioridad a la fecha en que el respectivo dependiente de la Empresa haya cesado en el desempeño de sus funciones y, aún después del término del presente Contrato dentro del plazo de 5 años.
e) Por los daños y perjuicios directos, previstos o que se debieron haber previsto de acuerdo al objeto del Contrato, salvo que los daños y perjuicios puedan ser imputables al dolo de la Empresa o sus dependientes, ya que en ese caso responderá de todos los daños se le causen al Banco por el incumplimiento de las obligaciones contraídas para la ejecución de este Contrato.
f) Asimismo, se obliga a defender al Banco de cualquier demanda o acción legal presentada en su contra y que sea atribuible a cualquier acción u omisión de la Empresa o sus dependientes, y se obliga igualmente a asumir todos los costos y gastos, incluyendo los honorarios razonables de los abogados y costas del juicio, en conexión con tales demandas o acciones legales.
g) En el caso que el Banco sea objeto de alguna sanción económica impuesta por cualquier autoridad administrativa y/o judicial, que sea consecuencia de la ejecución o inejecución del presente Contrato, la Empresa deberá soportar el pago de la totalidad de dicha sanción y obligarse, además, a cumplir a su propio costo, en tiempo y forma, las demás exigencias o medidas que pudiera imponer o recomendar la autoridad correspondiente.
VIGÉSIMO TERCERO : Prevención de delitos
La Empresa declara conocer la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos xx xxxxxx de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho, entre otros, y que cuenta dentro de su organización con los sistemas y controles adecuados tendientes a prevenir la comisión de los delitos tipificados en la dicha ley. Por lo
anterior, la Empresa declara conocer la tipificación de cada uno de esos delitos y declara que no realizará ni consentirá que estos se realicen por sus accionistas, socios, directores, administradores, ejecutivos o trabajadores.
La Empresa se obliga, adicionalmente, a comunicar al Banco todo acto o conducta que revista caracteres de delito del cual tome conocimiento en el contexto de la prestación del Servicio al Banco.
El incumplimiento de alguna de las obligaciones antes mencionadas facultará al Banco para poner término de forma inmediata al presente Contrato, sin obligación de pago ni indemnización alguna.
La Empresa garantiza que durante la vigencia del presente Contrato se abstendrá de realizar u ofrecer pagos o brindar beneficios en favor de cualquier empleado, mandatario o de un tercero, con la intención de ejercer influencia sobre la conducta de dicho empleado, mandatario o tercero, en lo concerniente al presente Contrato o la prestación del Servicio estipulada en el mismo.
La Empresa se obliga a no emplear el nombre del Banco para obtener beneficios personales que sean o puedan ser directos o indirectos. El incumplimiento de esta obligación hará responsable a la Empresa por los perjuicios que se causen al Banco, sin que ello impida la iniciación de las acciones penales correspondientes.
La Empresa declara expresamente que los recursos o dineros con que cuenta o con los que desarrollará este Contrato, no provienen de ninguna actividad ilícita.
VIGÉSIMO CUARTO : Modificación de Condiciones
Las partes acuerdan que toda intención de modificación a la prestación del Servicio y a los términos señalados en las Cláusulas del presente Contrato deberán comunicarse por escrito, todo esto, como requisito preliminar para convenir un eventual cambio de las condiciones pactadas en el presente Contrato.
VIGÉSIMO QUINTO : Servicios Adicionales
Sin perjuicio de lo señalado en la Cláusula anterior, el Banco podrá solicitar a la Empresa la realización servicios adicionales similares o complementarios a los contratados y que no se encuentren especificados en el Anexo N°1 del Contrato. Para tal efecto, el Banco remitirá a la Empresa por escrito una cotización sobre el tipo de servicio, el plazo en que deberá efectuarse y las condiciones del mismo.
La Empresa revisará la solicitud y, de resultar factible la realización de los servicios solicitados, presentará por escrito una oferta que contendrá el precio, los impuestos correspondientes, materiales, tipo de trabajo, entregables y plazo para su ejecución. De no ser factible la realización de los servicios en los términos requeridos, la Empresa informará las condiciones en que podrá
prestar el servicio solicitado, incluyendo la oferta correspondiente.
En caso de aceptar la oferta enviada por la Empresa, el Banco deberá comunicar expresamente su consentimiento por escrito o mediante correo electrónico. Alternativamente, podrá enviar una nueva solicitud a la Empresa, quien resolverá en los mismos términos señalados en el párrafo anterior.
Una vez que las partes han llegado a un acuerdo, estos servicios adicionales se formalizarán mediante la correspondiente Adenda al presente Contrato.
VIGÉSIMO SEXTO : Cambio de Estructura Societaria
Durante la vigencia del presente Contrato, la Empresa se obliga a informar al Banco, cualquier cambio en la estructura societaria o de propiedad de la Empresa declarada en el Proceso de Cotización/Cotización referido en la Cláusula Primera, documento que forma parte integrante de este Contrato.
La Empresa deberá informar dicho cambio en un plazo no superior a los 30 días corridos siguientes a la fecha en que éste se haya formalizado, debiendo acreditarlo mediante la documentación legal correspondiente, actualizando la información utilizando para ello el formato de la declaración original.
VIGÉSIMO SÉPTIMO : Legislación aplicable y domicilio
El presente contrato se rige íntegramente por las leyes de la República de Chile. Para todos los efectos legales que se deriven del presente Contrato, las partes fijan su domicilio especial en la comuna de Santiago.
VIGÉSIMO OCTAVO : Resolución de Conflictos
Cualquier dificultad que pudiera producirse entre las partes con motivo de la aplicación, interpretación, cumplimiento, incumplimiento, validez o resolución del presente Contrato, se someterá a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la comuna de Santiago.
VIGÉSIMO NOVENO : Representación
Las personerías de xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, y de xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, para representar al Banco, constan en escrituras públicas de fechas 00 xx xxxxx 0000 y 27 de enero 2020, respectivamente, otorgadas ante el Notario Público de Santiago, xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, que las partes declaran conocer.
La personería de don [ | ], para representar a la Empresa, consta en la | |
escritura pública de fecha [ ] de [ | ] de [ | ], otorgada ante el Notario Público don [ |
], que las partes declaran conocer. |
TRIGÉSIMO : Copias
El presente Contrato se firma en dos ejemplares del mismo tenor y forma, quedando uno en poder de cada parte.
GERENTE DE GESTIÓN CONTABLE Y PLANIFICACIÓN
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
BANCO CENTRAL DE CHILE BANCO CENTRAL DE CHILE
REPRESENTANTE LEGAL EMPRESA
ANEXO N°1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
[Este Anexo corresponde a la descripción de los Servicios de Desarrollo y los Servicios de Continuidad Operativa de Soporte y Mantención para las Componentes Desarrolladas, de acuerdo con las especificaciones técnicas detalladas en el correspondiente Anexo de las Bases de Cotización, más las eventuales modificaciones y complementos que deriven del proceso de consultas y aclaraciones y de la oferta del proveedor adjudicado, en lo que sea aplicable.]
GERENTE DE GESTIÓN CONTABLE Y PLANIFICACIÓN
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
BANCO CENTRAL DE CHILE BANCO CENTRAL DE CHILE
REPRESENTANTE LEGAL EMPRESA