INFORME TRIMESTRAL AL
INFORME TRIMESTRAL AL
30-06-2010
CONTRATO DE AGENTE
FINANCIERO
UNIDAD OPERATIVA DE CONTROL DEL AGENTE FINANCIERO
1
RETRIBUCIÓN DEL AGENTE FINANCIERO
I - Cálculo
El Contrato de Agente Financiero suscripto en fecha 16 de Septiembre de 2005, establece que el Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A., en contraprestación por los servicios que debe brindar a la Provincia de Entre Xxxx, percibirá una comisión que surgirá de aplicar a cada una de las prestaciones el porcentaje que corresponda de acuerdo a lo establecido en el Anexo “C” del mencionado contrato.-
El cálculo de la comisión resulta de aplicar los siguientes parámetros:
1. Cero coma quince porciento (0,15%) de los Recursos de Coparticipación Nacional de Impuestos, por las prestaciones de los siguientes servicios:
• Servicio de Caja Obligada.
• Percepción de Recursos de Coparticipación de Impuestos Nacionales.
• Transferencia de los Recursos de Coparticipación Provincial a los Municipios.
• Transferencias entre las diferentes xxxxxxx xxx Xxxxxx Provincial y Organismos Provinciales.
• Administración del Fondo Unificado.
• Pago de Cheques Intersucursales.
• Pago a Proveedores, Contratistas y demás beneficiarios.
• Apertura y Mantenimiento de Cuentas Bancarias.
2. Cero coma cinco porciento (0,5%) del Pago de Haberes activos y pasivos del Sector Público Provincial, por el servicio de apertura y mantenimiento de cuentas y pago de los haberes respectivos.-
3. Uno porciento (1%) de la Recaudación de Impuestos Provinciales (incluye: servicios, tasas y contribuciones provinciales) administrados por la Dirección General xx Xxxxxx, por la prestación del servicio de recaudación mencionado.-
II – Liquidación
Durante el segundo trimestre del año 2010 los parámetros y comisiones liquidadas por el Agente Financiero y controladas por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero (U.O.C.A.F.) fueron las siguientes:
PARÁMETROS 2do TRIMESTRE - 2010 (*)
PERÍODO | Coparticipación Nacional de Impuestos | Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de | Recaudación Provincial de Impuestos | TOTAL |
Abril | $ 322.412.205,94 | $ 309.572.900,57 | $ 87.274.101,87 | $ 719.259.208,38 |
Mayo | $ 521.374.607,68 | $ 326.813.802,60 | $ 68.675.278,54 | $ 916.863.688,82 |
Junio | $ 484.718.011,13 | $ 330.560.287,70 | $ 73.098.641,14 | $ 888.376.939,97 |
TOTAL | $ 1.328.504.824,75 | $ 966.946.990,87 | $ 229.048.021,55 | $ 2.524.499.837,17 |
XXXXXXXXXX 0xx XXXXXXXXX - 0000 (*)
XXXXXXX | Coparticipación Nacional de Impuestos | Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de | Recaudación Provincial de Impuestos | TOTAL |
Abril | $ 585.178,15 | $ 1.766.107,62 | $ 1.056.016,63 | $ 3.407.302,40 |
Mayo | $ 946.294,92 | $ 1.881.964,49 | $ 830.970,87 | $ 3.659.230,28 |
Junio | $ 879.763,19 | $ 1.893.057,87 | $ 884.493,56 | $ 3.657.314,62 |
TOTAL | $ 2.411.236,26 | $ 5.541.129,98 | $ 2.771.481,06 | $ 10.723.847,30 |
(*) Aclaración: Los montos expuestos corresponden a Comisiones y Parámetros liquidadas por el NBERSA, controladas por la U.O.C.A.F. y ajustadas de acuerdo a las diferencias detectadas. Dichas comisiones incluyen IVA.-
III – Análisis
$ 4.000.000
$ 3.500.000
$ 3.000.000
$ 2.500.000
$ 2.000.000
$ 1.500.000
$ 1.000.000
$ 500.000
$ -
COMISIONES SEGUNDO TRIMESTRE 2010
Coparticipación Nacional de Impuestos
Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes
Recaudación Provincial de Impuestos
Xxxxx Xxxx Xxxxx
Se expone en los siguientes gráficos el comportamiento de los parámetros considerados en las comisiones durante el período objeto del presente informe:
COPARTICIPACIÓN NACIONAL DE IMPUESTOS
$ 600.000.000
$ 500.000.000
$ 400.000.000
$ 300.000.000
$ 200.000.000
$ 100.000.000
$ 0
$ 350.000.000
APERTURA Y MANTENIMIENTO DE CUENTA, Y PAGO DE HABERES
$ 300.000.000
$ 250.000.000
$ 200.000.000
$ 150.000.000
$ 100.000.000
$ 50.000.000
$ 0
RECAUDACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS
$ 100.000.000
$ 80.000.000
$ 60.000.000
$ 40.000.000
$ 20.000.000
$ 0
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN
PARÁMETROS 2do TRIMESTRE - 2010
PERÍODO | Coparticipación Nacional de Impuestos | Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes | Recaudación Provincial de Impuestos | TOTAL |
Abril | 44,83% | 43,04% | 12,13% | 100,00% |
Mayo | 56,87% | 35,64% | 7,49% | 100,00% |
Junio | 54,56% | 37,21% | 8,23% | 100,00% |
Promedio Trim. | 52,62% | 38,30% | 9,08% | 100,00% |
100%
80%
Coparticipación Nacional de Impuestos
Apertura y M antenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes
Recaudación Provincial de Impuestos
60%
40%
20%
0%
Xxxxx Xxxx Xxxxx Promedio
Trim.
COMISIONES 2do TRIMESTRE - 2010
PERÍODO | Coparticipación Nacional de Impuestos | Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes | Recaudación Provincial de Impuestos | TOTAL |
Abril | 17,17% | 51,83% | 31,00% | 100,00% |
Mayo | 25,86% | 51,43% | 22,71% | 100,00% |
Junio | 24,05% | 51,76% | 24,19% | 100,00% |
Promedio Trim. | 22,48% | 51,67% | 25,85% | 100,00% |
Coparticipación Nacional de Impuestos
Apertura y M antenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes
Recaudación Provincial de Impuestos
100%
80%
60%
40%
20%
0%
Xxxxx Xxxx Xxxxx Promedio
Trim.
COMISIÓN MENSUAL PROMEDIO:
La comisión mensual promedio (IVA incluido) del primer semestre de 2010 resultó un monto de $ 3.335.691,86 conformada de la siguiente manera:
Coparticipación Nacional de Impuestos | $ 681.259,71 | 20,43% |
Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes | $ 1.772.705,98 | 53,14% |
Recaudación de Impuestos Provinciales | $ 881.726,17 | 26,43% |
% PARTICIPACIÓN - COMISIONES
Coparticipación
Recaudación Provincial de Impuestos 26,43%
Nacional de Impuestos 20,43%
Apertura y
M antenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes
53,14%
IV - Control
• El Contrato de Agente Financiero dispone en la cláusula Décima Sexta que el cumplimiento de las condiciones de prestación de los servicios a cargo del AGENTE FINANCIERO será fiscalizado en forma permanente por la PROVINCIA, a través de la “Unidad Operativa de Control del Agente Financiero”. Entre otras funciones se encargará de “recepcionar y controlar las liquidaciones de las retribuciones mensuales presentadas por el Agente Financiero, verificando su correcta liquidación y efectuar los reclamos que considere pertinentes...”.-
• Asimismo, el Reglamento Orgánico de la Unidad Operativa, aprobado por Decreto N° 9.187/05 M.E.H.F., establece entre sus funciones “controlar las liquidaciones de las retribuciones mensuales presentadas por el Agente Financiero, verificando su correcta aplicación y efectuar los reclamos que considere pertinentes”.-
• A continuación se detallan los ajustes efectuados y/o pendientes de confirmación, correspondiente a los parámetros considerados para el cálculo de la retribución del Agente Financiero durante el segundo trimestre del 2010:
Abril 2010:
Anexo “C2”: Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes.-
• Consejo General de Educación:
- $ 13.972.335,87, correspondiente a acreditación de haberes de docentes pertenecientes a establecimientos educativos de gestión privada.- Pendiente de confirmación por parte de la U.O.C.A.F. hasta tanto sea suscripto un Convenio Complementario entre el Agente Financiero y la Provincia, según lo dispuesto en la Cláusula Décima Séptima: “El presente Contrato no podrá ser modificado, enmendado o complementado, en todo o en parte, a menos que dichas modificaciones, enmiendas o complementos fueren acordadas entre LAS PARTES y sometidas a la aprobación del Poder Ejecutivo de la Provincia, con comunicación a la Honorable Legislatura, en la medida que no modifiquen elementos o condiciones sustanciales del presente Convenio y respondan a cuestiones exclusivamente operativas y de funcionamiento del servicio de Agente Financiero”.-
Anexo “C3”: Recaudación Provincial de Impuestos.-
- $ 205.413,01, correspondiente a recaudación de meses anteriores no incorporada a este anexo oportunamente por el Agente Financiero. Este importe fue controlado por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.-
Mayo 2010:
Anexo “C2”: Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes.-
• Consejo General de Educación:
- $ 14.484.255,69, correspondiente a acreditación de haberes de docentes pertenecientes a establecimientos educativos de gestión privada. Pendiente de confirmación por parte de la U.O.C.A.F. hasta tanto sea suscripto un Convenio Complementario entre el Agente Financiero y la Provincia, según lo dispuesto en la Cláusula Décima Séptima del Contrato de Agente Financiero.-
• Suplentes de Secretaría de Salud :
- $ 6.619,00, correspondiente a acreditaciones xx Xxxxx de 2010 rechazadas en cuentas de agentes de este Organismo, incorporadas en el cálculo de las respectivas comisiones. Reclamado por la UOCAF y ajustado por el NBERSA.-
Anexo “C3”: Recaudación Provincial de Impuestos.-
- $ 18.794,16, correspondiente a recaudación de meses anteriores no incorporada a este anexo oportunamente por el Agente Financiero. Este importe fue controlado por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.-
Junio 2010:.
Anexo “C2”: Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes.-
• Consejo General de Educación:
- $ 14.206.946,43 correspondiente a acreditación de haberes de docentes pertenecientes a establecimientos educativos de gestión privada.- Pendiente de confirmación por parte de la U.O.C.A.F. hasta tanto sea suscripto un Convenio Complementario entre el Agente Financiero y la Provincia, según lo dispuesto en la Cláusula Décima Séptima del Contrato de Agente Financiero.-
• Código de Descuento NBERSA :
- $ 529.861,52, correspondiente a Administración Central. Importe computado en más en comisiones correspondientes x Xxxx de 2010. Reclamado por la UOCAF y ajustado por el NBERSA.-
• Suplentes de Secretaría de Salud :
- $ 6.780,00, correspondiente a acreditaciones xx Xxxxx y Mayo de 2010 rechazadas en cuentas de agentes de este Organismo, incorporadas en el cálculo de las respectivas comisiones. Reclamado por la UOCAF y ajustado por el NBERSA.-
Anexo “C3”: Recaudación Provincial de Impuestos.-
- $ 1.812,07, correspondiente a recaudación del meses anteriores no incorporada a este anexo oportunamente por el Agente Financiero. Este importe fue controlado por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.-
CLÁUSULA PRIMERA – OBJETO
“La PROVINCIA contrata a NBERSA, y este acepta prestar los servicios de Caja Obligada y Agente Financiero de la PROVINCIA, con carácter exclusivo, debiendo a ese fin brindar los siguientes servicios: ...“.-
Se cumple normalmente con los servicios de caja obligada y agente financiero.-
PUNTO 0.0.0.:
Como Agente Financiero, el NBERSA deberá por cuenta y orden de la Provincia, respecto al “Sector Público”, en forma exclusiva:
“ Percibir los impuestos, servicios, tasas, y contribuciones provinciales a abonar en moneda de curso legal o en la forma que se determine como medio de pago incluyéndose así cualquier medio electrónico, facilitando su recaudación y brindando un servicio de atención al contribuyente ágil y eficiente...”.
Se informa en la Cláusula Décima Sexta de este informe los controles llevados a cabo por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero respecto de la fiscalización de este servicio.-
“...Los convenios de recaudación suscriptos por la PROVINCIA con las entidades y/o Municipalidades enumeradas en el Anexo “D”, se continuarán prestando en las mismas condiciones por el término de un año, contado a partir de la firma del presente Contrato, debiendo los Entes y/o Municipios Recaudadores depositar en el AGENTE FINANCIERO los importes recaudados dentro de las veinticuatro (24) horas de percibido culminado el plazo de vigencia previsto, estos Convenios podrán ser prorrogados por acuerdo entre las entidades y/o municipios recaudadores con el AGENTE FINANCIERO”.-
Los convenios de recaudación suscriptos por la PROVINCIA con las entidades y/o Municipalidades enumeradas en el Anexo “D” se continúan prestando en las mismas condiciones, habiéndose informado sus correspondientes prórrogas en informes trimestrales anteriores.-
PUNTO 0.0.0.:
“Pagar a proveedores, contratistas y demás beneficiarios del SECTOR PÚBLICO por el sistema de acreditación en cuentas abiertas a tales efectos en el AGENTE FINANCIERO, sin perjuicio de la utilización por parte de la PROVINCIA de otros medios alternativos de pago.”.-
De acuerdo a lo informado por el Agente Financiero, en el trimestre analizado:
Se ha realizado el pago por ventanilla:
- Subsidios otorgados por el Ministerio de Salud y Acción Social.-
- De planes de Emergencia Ocupacional y Capacitación Laboral otorgados por la Subsecretaría de Empleo.-
- De becas a beneficiarios otorgadas por el IN.AU.BE.PRO.-
- A los representantes del IOSPER en el interior de la Provincia.-
- Honorarios y contratos a los beneficiarios de la Unión Empleados Ferroviarios de Entre Xxxx.-
Se ha implementado el pago por ventanilla:
- Compensación especial a docentes otorgadas por el C.G.E..-
- Contribuciones económicas otorgadas por el M.G.E.O.S.P..-
- Dieta de Senadores.-
- Contratos pertenecientes a al Ministerio de la Producción.-
- Contribuciones y servicios otorgados por el Ministerio de Planeamiento.-
- Haberes que se cobran por primera vez o por intermedio de tutor o curador de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia.-
CLÁUSULA SEGUNDA – SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS PUNTO 2.1.:
“Cada uno de los Organismos y Personas Jurídicas comprendidos en los Grupos “A” y “B” de la Cláusula 1, Punto 1.1.1. podrá suscribir con el AGENTE FINANCIERO “Convenios Operativos”, en tanto resulte conveniente para regular la correcta prestación de los servicios, para ello deberán contar previamente con dictamen favorable de la “Unidad Operativa de Control del Agente Financiero”.-
En el trimestre informado se ha firmado el convenio operativo con el Superior Tribunal de Justicia de Entre Xxxx para la implementación del nuevo formulario de Órdenes de pago Judicial a utilizar para la libranza de fondos en las cuentas judiciales abiertas en el Banco por causas que tramitan en los juzgados provinciales.-
PUNTO 2.2.:
“Los Organismos y Personas Jurídicas integrantes del Grupo “C” podrán suscribir con el Agente Financiero convenios específicos que regulen la prestación de los servicios que requiera su operatoria...”
“Respecto del Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Xxxx (IAPSER), podrán acordarse alianzas estratégicas que contemplen la comercialización por parte del Agente Financiero de seguros de venta en plataforma comercial y la contratación de seguros y por parte del IAPSER, canalizar su operatoria bancaria (pago de haberes a sus empleados, pago a proveedores, liquidación de pólizas, etc.) en el Agente Financiero”.-
“Respecto del Sistema de Crédito de Entre Xxxx S.A. XX.XX.XXX.XX. S.A., se podrán acordar alianzas estratégicas...”
“ Respecto de la Empresa de Energía de Entre Xxxx S.A. – ENERSA -, se ratificarán los siguientes Convenios suscriptos con fecha 02-06- 05...”.-
De acuerdo a lo informado por el Agente Financiero:
No se han contratado nuevos servicios con el I.A.P.S.E.R. durante el trimestre informado.-
No se han acordado alianzas estratégicas con el Sistema de Crédito de Entre Xxxx S.A. – XX.XX.XXX.XX. S.A.-
CLÁUSULA TERCERA – OBLIGACIONES DEL AGENTE FINANCIERO PUNTO 3.1.:
“Mantener al día, en las Sucursales de la Provincia, el pago de las obligaciones previsionales que le correspondieren en relación con sus empleados y cumplir en tiempo y forma con todas las leyes aplicables en materia laboral y previsional. En caso de apertura de nuevas Sucursales o Agencias en la Provincia, al menos el 65 % del personal que contrate o destaque para desempeñarse en dichas nuevas casas deberá ser residente en la Provincia”.-
De acuerdo al control llevado a cabo por la U.O.C.A.F. sobre constancias de pago en la Administración Federal de Ingresos Públicos, el NBERSA se encuentra al día con sus obligaciones previsionales.-
Desde la firma del vigente Contrato de Agente Financiero, el Nuevo Banco Entre Xxxx S.A. ha habilitado los Centros de Cobros y Pagos “La Rioja” (Paraná) y “Uruguay III” (Concepción del Uruguay); y el Centro de Pagos “Concordia IV” (Concordia). El NBERSA ha informado a la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero la nómina de personal afectado a las nuevas agencias habilitadas, alcanzando a cubrir el porcentaje de residentes en la Provincia según lo establecido en esta cláusula.-
PUNTO 3.2.:
“...No cerrar unilateralmente Sucursales con servicios bancarios completos (recaudaciones, cuentas corrientes, cajas de ahorro, valores al cobro, plazo fijo, préstamos, pagos de sueldos y jubilaciones y tarjetas de crédito); Agencias (recaudaciones y pagos a jubilados al menos dos días a la semana) y/o centros especiales de recaudación de impuestos provinciales y pago a empleados, jubilados y pensionados provinciales; las cuales se detallan en el Anexo A del presente Convenio, salvo disposiciones del B.C.R.A. (Banco Central de la República Argentina) que no sean consecuencia de políticas implementadas por el AGENTE FINANCIERO. Además mantener como mínimo la cantidad de cajeros automáticos que integran la red que se detalla en el Anexo “A” del presente Convenio”.-
No se constatan cierres de sucursales, agencias y/o centros especiales de recaudación de impuestos provinciales y pagos a empleados, jubilados, y pensionados provinciales.-
En el segundo trimestre de 2010 el Agente Financiero informó las siguientes habilitaciones de Cajeros Automáticos:
PROVINCIA | LOCALIDAD | NOTA DE FECHA: | DOMICILIO: | CANTIDAD |
Entre Xxxx Entre Xxxx | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | 13-04-10 07-05-10 | J.M. Seró s/x Xxxxxxx 111 | 1 1 |
La red de Cajeros Automáticos del Agente Financiero cuenta al 30 xx Xxxxx de 2010 con 204 unidades, es decir, que desde la fecha de suscripción del Contrato de Agente Financiero se han instalado un total de 102 dispositivos.-
A partir del día 7 xx Xxxx de 2007 la totalidad de los servicios, que incluyen recaudaciones y pagos de haberes, son brindados dos días por semana en las Agencias móviles de: Xxx Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx y Villa Xxxxxxx.-
PUNTO 3.3
El Agente Financiero se obliga “en el término de dos (2) años, contados a partir de la firma del presente convenio:
• Habilitar un Centro de Pago en la Ciudad de Concordia, un Xxxxxx xx Xxxx x Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxx;
• Instalar Cajeros Automáticos en las localidades de San Xxxxxx, San Xxxxx de la Frontera y Hernandarias;
• Brindar facilidades adicionales para mejorar la atención de servicios de recaudación y pago a empleados, jubilados y pensionados provinciales en las ciudades de La Xxx, Xxxxxxxx, Chajarí y Villaguay.”
El Centro de Pago de la Ciudad de Concordia y el Xxxxxx xx Xxxx x Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxx se encuentran operativos, habiéndose mencionado sus habilitaciones en el informe trimestral del período Julio- Septiembre de 2007. –
Respecto a las instalaciones de Cajeros Automáticos en las localidades de San Xxxxxx, San Xxxxx de la Frontera y Hernandarias cabe destacar que han sido puestos en funcionamiento en el año 2006, ya mencionados en informes trimestrales anteriores.-
En lo que respecta al último inciso del punto 3.3., el Agente Financiero informa los siguientes refuerzos xx xxxxx:
• Abril: * Victoria: una caja.
* Chajarí: una caja.
* Villaguay: dos cajas.
• Mayo: * Victoria: una caja.
* Chajarí: una caja.
* Villaguay: dos cajas.
• Junio: * Victoria: dos cajas.
En el año 2.006 se han instalado cajeros automáticos en la ciudades de Villaguay, Chajarí y Victoria en los meses xx Xxxx, Junio y Julio respectivamente, habiéndose incorporado en marzo del 2007 un cajero en la Sucursal La Paz.-
PUNTO 3.4.
El Agente Financiero se obliga a “prestar los servicios objeto del presente Convenio en condiciones de eficiencia y transparencia y de acuerdo con los estándares xxx xxxxxxx para las instituciones de primera línea. En particular:
• En la prestación del servicio de recaudación de impuestos, tasas y contribuciones: implementar sistemas alternativos de cobro, mantener actualizada la tecnología utilizada para la prestación del servicio y prever en las fechas de vencimientos un incremento de las cajas recaudadoras y/o extensión de horarios de atención al público.-
• En relación al servicio de pago de haberes a través de la red de cajeros automáticos: implementar los mecanismos necesarios a efectos de lograr una mejora permanente en el nivel de disponibilidad de los cajeros automáticos de la red.”.-
Según lo informado por el Agente Financiero:
Tecnología:
Se continúa con el proceso de recambio tecnológico así como con las mejoras de infraestructura en Sucursales.-
Para el caso de los impuestos a cargo de la DGR y vinculado con las "multas" y el redondeo de los "intereses" para el cobro de estos últimos en las Sucursales, se ha incorporado un nuevo vector fiscal que permite administrar esta operatoria.-
Respecto al "sitio FTP", se reciben los archivos para la base de impuestos (Inmobiliario y Automotor) con Red Link y los archivos para débitos directos del Sistema Nacional de Pagos.-
Se ha puesto en producción el "Sitio Seguro" basado en tecnología Web que reemplaza el sistema de transmisión telefónica para la comunicación con los Entes recaudadores externos.-
Sistemas alternativos de cobro:
Se ha firmado convenio con la Dirección General xx Xxxxxx para el cobro de los impuestos automotor, inmobiliario urbano, Ingresos Brutos Régimen
Simplificado, a las embarcaciones a través de la red de cajeros automáticos (exclusivamente red Link), homebanking, banca telefónica y Link celular, contando el Banco con los medios para extenderlo a los otros impuestos.-
Además, se ha puesto en conocimiento de la DGR las opciones de débito automático en cuentas y en tarjetas de crédito, alternativas que también se encuentran en etapa de análisis para su definición e implementación final por ambas partes. No obstante con dicha Dirección se continúa trabajando en la mejora del servicio en todas sus etapas, especialmente en cuestiones relacionadas con la rendición de las recaudaciones.-
Refuerzo de personal en líneas xx xxxxx en épocas de concentración de vencimientos:
Se ha contratado una dotación de recursos humanos que integran un grupo de cajeros que se asignan en dichas fechas a las distintas sucursales del Banco en la Provincia logrando así una mejor atención. Durante el trimestre el dispositivo se aplicó en las siguientes sucursales: Paraná Centro, Corrales, Cinco esquinas, Paracao, Xxx Xxxxx, San Xxxxxxx, Centro de Cobros y Pagos Xxxxxxx, Peatonal, Centro de Cobros y Pagos La Xxxxx, Xxxxxx x Xxxxx, xxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxx; además de Federal, Concordia Centro, Victoria, Gualeguaychú, Xxxxxxx, Nogoyá, Colón, San Xxxxxxxx, Paranacito, Maciá, Oro Verde, Viale, Cerrito, Gualeguay, Chajarí, Villaguay, Santa Xxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, San Xxxx, Centro de Cobros y Pagos Gualeguay, Uruguay Peatonal, Sucursal Xxxxxxxxxx xxx Xxxxx de la ciudad de Santa Fe, Centro de Cobros y Pagos San Xxxxxx en Rosario.-
Extensión del horario de atención al público:
En este trimestre el NBERSA informa extensión de horario de atención al público en el mes xx Xxxxx, el día 5 en el Centro de Cobros Paraná.-
Red de Cajeros Automáticos:
En cuanto al pago de haberes a través de la red de cajeros automáticos, se ha llevado adelante la instalación de dos cajeros automáticos en el trimestre, tal como se informa en el punto 3.2.-
Los controles realizados por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero sobre la disponibilidad de la red de Cajeros Automáticos se exponen en lo informado en la Cláusula Décima Sexta de este informe.-
PUNTO 3.5.
“Informar a la Provincia, “Unidad Operativa de Control del Agente Financiero” y Tesorería General de la Provincia en forma inmediata, las trabas de embargos contra alguna de sus cuentas habilitadas en el Agente Financiero”.-
En normal cumplimiento.-
PUNTO 3.7.
“Efectuar el cambio de domicilio legal y mantenerlo durante la vigencia del presente Convenio, como así también la sede central o casa matriz del Agente Financiero en la Provincia”. -
En Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de fecha 23 de Noviembre de 2005, se procedió a cambiar el domicilio. Por Resolución de la IGPJ con fecha 4 de Noviembre de 2009 se inscribió al Banco en jurisdicción Paraná, Provincia de Entre Xxxx con el número 2100.-
PUNTO 3.8.
“Designar como Director Titular del NBERSA, a la persona que designe la Provincia, mediante el dictado del correspondiente Decreto, cuya designación deberá recaer en una persona que reúna los requisitos exigidos por normas legales, societarias y del B.C.R.A., quien deberá a su vez para asumir sus funciones contar con la aprobación previa del Banco Central de la República...”. -
Por Decreto N° 95 M.E.H.F. de fecha 16 de Febrero de 2010 se designó para el cargo de Director Titular del Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A., para el ejercicio económico 2010 al Señor D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx.-
En Asamblea General Ordinaria de Accionistas del Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A., celebrada el 22 xx Xxxxx de 2010, se designó por Acta Nº 23 como Director Titular del Banco a la persona propuesta por la Provincia de Entre Xxxx en el Decreto antes mencionado.-
CLÁUSULA CUARTA – COMPROMISOS DE LA PROVINCIA Y DEL AGENTE FINANCIERO
“El Agente Financiero compromete sus mejores esfuerzos para destinar las financiaciones que otorgue al Sector Privado en el ámbito de la Provincia de Entre Xxxx, a aquellas actividades productivas que permitan el desarrollo de la economía provincial, elaborando a tales efectos las líneas de crediticias que estimulen la actividad económica personal, de pequeñas y medianas empresas, la construcción y la adquisición de vivienda, la incorporación y mejoramiento tecnológico de los sectores productivos de la Provincia”.-
El Agente Financiero informa las siguientes líneas de créditos:
• Que estimulen la actividad económica personal:
o Préstamos Personales con débito en Cuenta Ingreso.-
o Préstamos Personales con Código de Descuento.-
o Préstamos Personales – Limpieza de Haberes.-
o Línea a través xx xxxxxxx electrónicos al Sector Público Provincial (Activos y Pasivos).-
o Línea para profesionales matriculados con ingreso neto mínimo de
$3.000
o Línea de asistencia a damnificados por el temporal de Enero 2010 en departamento Gualeguay con tasa bonificada por la Provincia.-
• Para pequeñas y medianas empresas:
o Adelantos en Cuenta Corriente.-
o Valores Negociados.-
o Tarjeta de Créditos Visa Entre Xxxx Agro.-
o Retención de granos.-
o Para siembra de granos finos y gruesos.-
o Para aumento del rodeo y calidad genética del sector ganadero.-
o Líneas en dólares y otras monedas extranjeras para importación de bienes de capital para incremento de producción destinada al mercado interno.-
o Firma del convenio de Fideicomiso para instalación y/o conexión de gas entre el Banco, CFI y ENERSA.-
o Línea con tasa bonificada por el Estado Provincial y la C.A.F.E.S.G. destinadas al financiamiento de proyectos productivos en plantaciones citrícolas.-
o Línea para Sector Construcción – Financiamiento de Capital de Trabajo mediante cesión de derechos de cobro sobre certificados de obra en garantía prendaria, a tasa fija.-
o Para micro, PyMEs agropecuarias – con garantía Warrant.-
o Línea para adquisición de bienes de capital nuevos para personas físicas y jurídicas de actividad principal desarrollada en sector agropecuario .-
o Línea con Fondos del CFI para Reactivación Productiva, para productores apícolas radicados en Entre Xxxx y hortícolas de los departamentos de Paraná y Gualeguay al sur de la ruta provincial N° 16.-
o Línea con Fondos del CFI para inversiones de desarrollo de actividades productivas para MiPyMES.-
o Línea con Fondos del CFI para Reactivación Productiva y Asistencia Financiera por Emergencia, a productores citrícolas radicados en Entre Xxxx a tasa subsidiada.-
o Línea para MiPyMES socios partícipes de Vínculos SGR dedicadas a producción avícola.-
o Línea para financiar proyectos de inversión avícolas y porcinos a tasa subsidiada por el Gobierno Nacional, Provincial y en su caso del Frigorífico.-
o Línea de fondos para giro comercial de clientes bajo modalidad Call Money.-
o Línea a tasa bonificada para comerciantes con acreditaciones por tarjeta de crédito.-
• Para la incorporación y mejoramiento tecnológico de los sectores productivos:
o Adquisición de bienes de capital para actividades agropecuarias y avícolas.-
o Línea para mejoramiento productivo ganadero de Entre Xxxx con tasa bonificada por el Gobierno Nacional y Provincial.-
o Línea con tasa bonificada por el Estado Provincial y la C.A.F.E.S.G. destinadas al sector citrícola para financiación de equipos xx xxxxx.-
o Línea para Municipalidades de 1era categoría, con garantía de coparticipación para financiar adquisición de bienes de capital nuevo.-
o Línea destinada a financiar la incorporación de Equipos Eléctricos a empresas de la Provincia.-
Evolución de las financiaciones al Sector Privado
SALDO DE PRESTAMOS POR SEGMENTOS (en miles de $) | ||||
SEGMENTO | 31/03/2010 | 30/06/2010 | Variación Trimestral | |
IMPORTE | % | |||
Banca Individuo | 432.684 | 450.141 | 17.457 | 4,0% |
Tarjeta de Créditos | 99.526 | 111.981 | 12.455 | 12,5% |
Agronegocios | 181.469 | 150.860 | -30.609 | -16,9% |
Banca Empresa | 224.518 | 287.294 | 62.776 | 28,0% |
Comercio Exterior | 18.486 | 38.923 | 20.437 | 110,6% |
Leasing | 9.984 | 7.840 | -2.144 | -21,5% |
Líneas en Moneda Extranjera | 53.707 | 52.719 | -988 | -1,8% |
Total General | 1.020.374 | 1.099.758 | 79.384 | 7,8% |
Se observa que durante el segundo trimestre del año 2010 el saldo de préstamos otorgados por el Agente Financiero al sector privado se incrementó un 7,8%, alcanzando un cifra de $1.099.758 al 30 xx Xxxxx de 2010.-
“Asimismo el Agente Financiero se obliga, respecto del Instituto Autárquico Provincial del Seguro a:
Contratar, en el caso de que su oferta se encuentre en igualdad de condiciones que el resto de las aseguradoras, la totalidad de las coberturas de seguros sobre todos sus bienes inmuebles, seguro de vida obligatorio y seguros de riesgo de trabajo de sus empleados.-
Contratar, en el caso en que su oferta se encuentre en igualdad de condiciones que el resto de las aseguradoras, la totalidad de las coberturas de seguro de todas las operaciones de crédito que se otorguen con fondos de la Provincia (en donde la misma asume el carácter de acreedor) como así también, todas aquellas operaciones de crédito, en que cualquiera de los Organismos que integran los Grupos “A”, “B” y “C”, tal como lo define el Punto 1.1.1 del presente
Contrato, revista el carácter de deudor y deban contratarse seguros sobre bienes ofrecidos en garantía”.-
El Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A. ha contratado con el I.A.P.S.E.R. los seguros de vida obligatorio y seguros de riesgo de trabajo de sus empleados.-
CLÁUSULA QUINTA – FINANCIACIÓN A EMPLEADOS PÚBLICOS, JUBILADOS Y PENSIONADOS PROVINCIALES
En la Cláusula Quinta – Financiación a Empleados Públicos, Jubilados y Pensionados Provinciales – del Contrato de Agente Financiero, el Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A. se compromete a implementar líneas de crédito y financiación destinadas a préstamos personales para empleados públicos, jubilados, pensionados, amas de casa; a través del uso de la modalidad “Código de Descuento” para percibir los importes correspondientes a cuotas de los préstamos que éste otorgue.-
El 9 xx Xxxxx de 2006, se firmó el Convenio “Código de Descuento sobre Haberes para Préstamos Personales”, entre el Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A. y el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Xxxx. Este convenio tiene como finalidad acordar entre las partes, el cobro de las cuotas de préstamos personales que otorgue el Agente Financiero a los agentes activos y pasivos provinciales cuya liquidación efectúe la Dirección de Ajustes y Liquidaciones.-
Para poder llevar adelante el cumplimiento de la Cláusula Quinta anteriormente mencionada, es necesario también la firma de Convenios Operativos entre el Agente Financiero y aquellos organismos integrantes del Sector Público, cuya liquidación de haberes es descentralizada.-
La Cláusula Segunda, punto 2.1. del Contrato de Agente Financiero establece que los Convenios Operativos “deberán contar previamente con dictamen favorable de la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero”.-
Desde la suscripción del Contrato de Agente Financiero hasta la fecha del presente informe se han firmado – previo dictamen favorable por parte de esta Dirección - los siguiente convenios de Códigos de Descuento:
• Superior Gobierno de la Provincia de Entre Xxxx
• Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Xxxx
• Instituto Autárquico Becario Provincial
• Ente Provincial Regulador de la Energía
• Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Entre Xxxx
• Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de Entre Xxxx
• Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social
• Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Xxxx
• Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Xxxx
XXXXXXXX XXXXXX – RETRIBUCIÓN DEL AGENTE FINANCIERO
Aplicación de Topes –
“...La retribución acumulada durante el año calendario, no podrá tener una tasa de incremento respecto de la retribución acumulada durante el año calendario inmediato anterior, superior a la tasa de aumento nominal del PBI (Producto Bruto Interno)...”
Control de Tasa de Incremento Comisiones 2010:
Mes Importe
Enero Febrero Marzo Xxxxx Xxxx Xxxxx Total
$ 2.806.351,70
$ 3.183.523,98
$ 3.300.428,20
$ 3.407.302,40
$ 3.659.230,28
$ 3.657.314,62
$ 20.014.151,18
Desde la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero se determinaron por los ejercicios 2007 y 2008, comisiones liquidadas en exceso sobre el tope establecido en esta cláusula; importes que con más los intereses correspondientes, han sido requeridos por el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas al Agente Financiero mediante los expedientes Nº 876.540 y Nº 986.365. Asimismo, esta Unidad Operativa, mediante expediente Nº 1.088.434, ha informado al Ministerio las comisiones liquidadas en exceso por el año 2009.-
En fechas 16 xx Xxxxx de 2009 y 26 xx Xxxxx de 2010 el NBERSA ha acreditado en la cuenta 9035 (Tesorería Gral. de la Provincia) $1.626.811,74 y
$3.617.984,47.-
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Una de las funciones de la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero según definición de la cláusula Décimo Sexta del Contrato de Agente Financiero es “calificar y verificar la suficiencia de los títulos públicos prendados para mantener el valor de la garantía de cumplimiento”.-
La cláusula Décimo Segunda del mencionado contrato establece una garantía de cumplimiento del mismo por un importe equivalente a $6.000.000 (pesos seis millones). A estos efectos el Agente Financiero constituyó en la Caja de Valores
S.A. prenda sobre Notas del Banco Central Interna en pesos –Vencimiento 15/08/2012 -.
Se informa la valuación (en pesos) de la prenda a favor de la Provincia de Entre Xxxx:
Fecha | Denominación | Valor Nominal (V$N) | Valor Residual (%) | Cotización ($) | Valuación Total ($) |
30 xx Xxxxx de 2010 | NOBAC Interna $ Vto. 15/08/2012 | 7.000.000 | 100,00 | $ 1,0254 | $ 7.177.670,99 |
00 xx Xxxx xx 0000 | XXXXX Xxxxxxx $ Vto. 15/08/2012 | 7.000.000 | 100,00 | $ 1,0065 | $ 7.045.557,68 |
30 xx Xxxxx de 2010 | NOBAC Interna $ Vto. 15/08/2012 | 7.000.000 | 100,00 | $ 1,0165 | $ 7.115.516,38 |
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA – FISCALIZACIÓN
“El cumplimiento de las condiciones de prestación de los servicios a cargo del AGENTE FINANCIERO será fiscalizado en forma permanente por la PROVINCIA, a través de la “Unidad Operativa de Control del Agente Financiero” que funcionará en el ámbito del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas la que tendrá a su cargo la supervisión, inspección y auditoría del servicio, quedando facultada para instrumentar los procedimientos que estime adecuados para el logro de dicha finalidad y a plantear y acordar las medidas correctivas que considere necesarias.”.-
En virtud de lo establecido en esta cláusula, la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero ha efectuado visitas a diferentes sucursales del Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A. con el objetivo de verificar las condiciones de cumplimiento de los servicios objeto del Contrato de Agente Financiero.-
En el trimestre informado se procedió a fiscalizar los tiempos de espera en punta de caja y la disponibilidad de los cajeros automáticos de la Entidad de acuerdo al cronograma que se expone a continuación:
• 3 xx Xxxxx: Sucursal y Centro de Cobros de Gualeguay,
• 6 xx Xxxxx: Sucursal xx Xxxx Xxxxxx,
• 7 xx Xxxxx: Sucursal xx Xxxxx Libertador General Xxx Xxxxxx General,
• 20 xx Xxxxx: Sucursal xx Xxxxxxx,
• 3 xx Xxxx: Sucursal y Centro de Cobros de Gualeguay,
• 10 xx Xxxx: Sucursal de Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
• 11 xx Xxxx: Oficina de atención de la Casa de Entre Xxxx,
• 14 xx Xxxx:Sucursal de Gualeguaychú,
• 1 xx Xxxxx: Sucursal xx Xxxxxxx,
• 2 xx Xxxxx: Sucursal xx Xxxxxxx,
• 11 xx Xxxxx: Sucursal y Centro de Cobros de Gualeguay,
• 15 xx Xxxxx: Sucursal de Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA – MODIFICACIONES
“...El presente Contrato no podrá ser modificado, enmendado o complementado, en todo o en parte, a menos que dichas modificaciones, enmiendas o complementos fueren acordadas entre LAS PARTES y sometidas a la aprobación del Poder Ejecutivo de la Provincia, con comunicación a la Honorable Legislatura, en la medida que no modifiquen elementos o condiciones sustanciales del presente Convenio y respondan a cuestiones exclusivamente operativas y de funcionamiento del servicio de Agente Financiero.”.-
Con el objeto de complementar e interpretar algunas de las cláusulas del Contrato de Agente Financiero suscripto entre la Provincia y el NBERSA en fecha 16 de Septiembre de 2005, cuya necesidad de modificación responde a cuestiones exclusivamente operativas y de funcionamiento del servicio de Agente Financiero; se han llevado a cabo en el ámbito del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas diversas reuniones con la participación de funcionarios provinciales y del NBERSA.-
Producto de estas reuniones, se ha elaborado un borrador de Convenio Complementario.-
Luego de correcciones realizadas por la Contaduría General de la Provincia y la aprobación de la Fiscalía de Estado, el mismo ha sido remitido al NBERSA, encontrándose a la fecha a consideración de sus autoridades a los fines de su suscripción.-
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA – SISTEMA DEL FONDO UNIFICADO
“LA PROVINCIA compromete que la utilización del Fondo Unificado creado por Ley Nº 7390 y modificatorias, no exceda del Ochenta por Ciento (80 %) de los fondos a la vista que lo integran.
Así mismo la Provincia se compromete en relación a los saldos utilizados a la fecha pesos: Ochenta Millones ($80.000.000), a la regularización del uso transitorio de los mismos, en reintegro anuales contados a partir del primero de enero del 2.007, y durante los ocho (8) años subsiguientes
Las nuevas utilizaciones del Fondo Unificado (máximo de utilización 30 días) sólo serán posibles, en la medida en que se cumpla con el límite establecido en el primer párrafo de la presente Cláusula con el consentimiento del AGENTE FINANCIERO.”.-
Por Decreto Nº 8.870 del 28 de Diciembre de 2006 se ratificó el convenio de regularización del Fondo Unificado suscripto en dicha fecha entre el Gobierno de la Provincia de Entre Xxxx y el Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A..-
En el segundo trimestre del ejercicio 2010, según lo informado por la Tesorería General, como fuente transitoria de financiamiento para la cobertura de los compromisos xxx Xxxxxx, se han realizado las siguientes utilizaciones del Fondo Unificado:
Fecha | Utilización | Devolución | Tasa* | Interés s/Saldo |
05/04/2010 | $ 60.000.000 | 9,375% | $ 118.151 | |
07/04/2010 | $ 70.000.000 | |||
08/04/2010 | $ 60.000.000 | 9,250% | $ 27.329 | |
26/04/2010 | $ 50.000.000 | 9,188% | $ 909.555 | |
30/04/2010 | $ 50.000.000 | 9,250% | $ 124.932 | |
03/05/2010 | $ 30.000.000 | 9,250% | $ 35.137 | |
06/05/2010 | $ 65.000.000 | 9,125% | ||
07/05/2010 | $ 65.000.000 | 9,250% | $ 25.377 | |
17/05/2010 | $ 130.000.000 | 9,438% | $ 514.212 | |
10/06/2010 | $ 70.000.000 | 10,063% | ||
15/06/2010 | $ 70.000.000 | 10,313% | $ 146.832 | |
$ 1.901.525 |
* Tasa BADLAR + Spread de 5%
Se puede apreciar una importante significación financiera en términos de intereses no desembolsados, por una suma que asciende a los $1.901.525.-
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA – OPCIÓN DE COMPRA
“EL AGENTE FINANCIERO se obliga a otorgar a la PROVINCIA, previa resolución de la Asamblea de Accionistas del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. y durante Cinco (5) años contados a partir de haber fenecido el año desde la Toma de Posesión del NBERSA, previsto en el Pliego de Bases y Condiciones, en la oferta efectuada por el adjudicatario del NBERSA y en el Contrato de Compra-Venta de Acciones que el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. suscribiera, la opción de compra del Dieciocho por Ciento (18%) de las Acciones Ordinarias de su titularidad en el NBERSA, sujeta a la previa y expresa autorización del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA”.-
Teniendo en cuenta que la toma de posesión del NBERSA se produjo en septiembre de 2005, el plazo para ejercer dicha opción vencería el 2/01/2011.
El Dieciocho por Ciento (18%) de las Acciones Ordinarias de titularidad en el NBERSA, corresponde a 30.960.000 acciones ordinarias (TREINTA MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL), por un valor contable total al 31 xx Xxxxx de 2010 de $95.537.160 (PESOS NOVENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS
TREINTA Y SIETE MIL SIENTO SESENTA), según surge de la aplicación del porcentaje mencionado sobre el Patrimonio Neto de $ 530.762.000, consignado en los Estado Contables a dicha fecha.-
OTROS TEMAS DE INTERÉS
Incidencia económica y financiera del Contrato
En la comparación económica del Contrato de Agente Financiero vigente con el anterior Contrato aprobado por Ley Nº 9376, resulta necesario considerar en dicho análisis la incidencia de las exenciones en el Impuesto a los Ingresos Brutos y Aportes Patronales Ley Nº 4035 dispuestas por la ley mencionada anteriormente en su artículo 3º - CAPITULO III – De las exenciones tributarias.-
De haberse mantenido la exención impositiva en el Contrato vigente, la Provincia hubiera dejado de percibir los siguientes montos en el primer semestre de 2010:
IMPUESTOS PROVINCIALES – AÑO 2010:
Mes | Ley 4035 | Ingresos Brutos | Total Mensual |
Ene-10 | $ 133.704,69 | $ 1.094.133,01 | $ 1.227.837,70 |
Feb-10 | $ 134.283,67 | $ 1.037.957,09 | $ 1.172.240,76 |
Mar-10 | $ 167.020,20 | $ 1.145.903,56 | $ 1.312.923,76 |
Abr-10 | $ 249.800,66 | $ 1.115.371,33 | $ 1.365.171,99 |
May-10 | $ 207.119,93 | $ 1.172.547,07 | $ 1.379.667,00 |
Jun-10 | $ 253.965,66 | $ 1.171.110,48 | $ 1.425.076,14 |
Total | $ 1.145.894,81 | $ 6.737.022,54 | $ 7.882.917,35 |
Por lo tanto, para analizar la incidencia económica y financiera del Contrato de Agente Financiero vigente, respecto al anterior Contrato (Ley Nº 9376), se considera la retribución abonada al Agente Financiero menos el Impuesto a los Ingresos Brutos y Aportes Patronales Ley Nº 4035 que este último tributa a la Provincia. Para completar la información se detallan los conceptos señalados:
INCIDENCIA - AÑO 2010:
Mes | Retribución (*) | Ingresos Brutos + Ley 4035 | Incidencia Económica |
Ene-10 | $ 2.806.351,70 | $ 1.227.837,70 | $ 1.578.514,00 |
Feb-10 | $ 3.183.523,98 | $ 1.172.240,76 | $ 2.011.283,22 |
Mar-10 | $ 3.300.428,20 | $ 1.312.923,76 | $ 1.987.504,44 |
Abr-10 | $ 3.407.302,42 | $ 1.365.171,99 | $ 2.042.130,43 |
May-10 | $ 3.659.230,28 | $ 1.379.667,00 | $ 2.279.563,28 |
Jun-10 | $ 3.657.314,60 | $ 1.425.076,14 | $ 2.232.238,46 |
Total | $ 20.014.151,18 | $ 7.882.917,35 | $ 12.131.233,83 |
Promedio Mensual | $ 2.021.872,31 |
(*)Los montos expuestos corresponden a Comisiones liquidadas por el NBERSA, controladas por la U.O.C.A.F. y ajustadas de acuerdo a las diferencias detectadas. Dichas comisiones incluyen IVA.-
En consecuencia, la incidencia económica y financiera neta del contrato de agente financiero en el primer semestre de 2010 es de $2.021.872,31 promedio mensual.-
Ranking de Entidades Financieras
Sobre un total de noventa (90) entidades financieras, al mes xx Xxxxx de 2010, el NBERSA ocupa las siguientes posiciones:
• Teniendo en cuenta el activo: ubicación Nº 20.-
• Teniendo en cuenta el monto de los préstamos otorgados: ubicación Nº 21.-
• Considerando el monto de los depósitos captados: ubicación Nº 19.-
• Considerando el patrimonio neto: ubicación Nº 20.-
Se adjunta cuadro correspondiente al ranking de las veinticinco primeras posiciones.-
NUEVO BANCO ENTRE XXXX S.A. EN EL SISTEMA FINANCIERO ARGENTINO (en miles de $)
PATRIMONIO NETO
ACTIVOS
PRESTAMOS
DEPOSITOS
1 NACION ARGENTIN 116.483.593 1 NACION ARGENTIN 38.214.141 1 NACION ARGENTIN 90.505.238 0 XXXXXX XXXXXXXX 0.000.000
0 XX XXXXXX XXXXX 33.487.158 0 XXXXXXXXX XXX 00.000.000 0 XX XXXXXX XXXXX 27.372.176 2 MACRO SA 3.449.681
3 SANTANDER RIO 29.553.417 3 GALICIA Y BS AS 11.752.058 3 SANTANDER RIO 20.524.174 3 HIPOTECARIO 2.823.875
4 MACRO SA 27.801.768 4 MACRO SA 10.963.129 4 FRANCES SA 19.686.360 4 FRANCES SA 2.763.872
5 GALICIA Y BS AS 26.680.746 5 FRANCES SA 10.867.647 5 GALICIA Y BS AS 18.228.660 5 SANTANDER RIO 2.680.822
6 FRANCES SA 25.263.982 6 PR BUENOS AIRES 9.973.649 6 MACRO SA 17.892.641 6 GALICIA Y BS AS 2.210.332
7 HSBC BANK 18.538.603 7 HSBC BANK 8.370.028 7 HSBC BANK 13.793.946 7 HSBC BANK 2.181.448
8 CIUDAD DE BS AS 16.359.113 8 CIUDAD DE BS AS 8.162.957 8 CIUDAD DE BS AS 12.329.078 8 CITIBANK N.A. 1.974.317
9 CITIBANK N.A. 14.001.342 9 CITIBANK N.A. 6.157.374 0 XXXXXXXXX XXXX 00.000.000 0 XXXXXXXXX XX 1.759.160
10 CREDICOOP COOP 13.551.042 10 CREDICOOP COOP 5.810.828 10 CITIBANK N.A. 8.432.960 10 CIUDAD DE BS AS 1.755.250
11 HIPOTECARIO 11.096.751 00 XXXXXXXX XXXX 5.220.619 11 STANDARD BANK 8.396.209 11 PR BUENOS AIRES 1.747.367
00 XXXXXXXX XXXX 00.000.000 00 XXXXXXXXX XX 4.765.230 12 PATAGONIA SA 6.794.029 00 XXX XXXX SA 1.390.155
13 PATAGONIA SA 10.010.823 13 HIPOTECARIO 4.208.386 13 NVO SANTA FE SA 5.229.683 13 BICE SA 1.274.041
00 XXX XXXXX XX XX 8.016.494 14 NVO XXXXX XX XX 0.000.000 00 XXXX XX XXXXXXX 5.046.297 14 NVO XXXXX XX XX 0.000.000
00 XXXX XX XXXXXXX 5.920.114 15 ITAU ARGENTINA 3.042.047 15 HIPOTECARIO 4.133.305 15 CREDICOOP COOP 1.098.426
16 ITAU ARGENTINA 5.145.469 16 PROV XX XXXXXXX 2.830.027 16 SUPERVIELLE SA 3.742.211 16 STANDARD BANK 932.278
17 SUPERVIELLE SA 5.048.824 17 SUPERVIELLE SA 2.789.197 17 ITAU ARGENTINA 3.731.801 17 ARGENTINA CFSA 889.748
18 COMAFI SA 3.867.361 18 COMAFI SA 1.823.600 18 COMAFI SA 2.842.164 18 AMERICA NAT ASS 739.392
NVO ENTRE XXXX 2.179.740
19 SAN XXXX SA 3.199.086 19 BANCO INDUSTRIA 1.388.776 19 19 DEUTSCHE S.A. 614.713
NVO ENTRE XXXX 540.054
NVO ENTRE XXXX 3.118.637
20 20 ARGENTINA CFSA 1.189.759 20 LA PAMPA S.E.M. 1.954.527 00
XXX XXXXX XXXX 0.000.000
00 XXXX XXX XXXXXX 2.724.145 21
22 LA PAMPA S.E.M. 2.470.759 22 BICE SA 1.144.056
23 BNP PARIBAS 2.428.791 23 LA PAMPA S.E.M. 1.133.884
24 BANCO INDUSTRIA 2.291.321 00 XXX XXXXXXX X.X 000.000
00 XX XXX XXXXXXX 2.156.515 00 XXX XXX XXXXX 000.000
00 XXXX XXX XXXXXX 1.861.550 21 SUPERVIELLE SA 536.588
00 XXX XXXX SA 1.593.668 00 XXXX XXXXXXXXX 000.000
00 XX XXX XXXXXXX 1.588.541 23 LA PAMPA S.E.M. 357.827
24 BANCO INDUSTRIA 1.585.140 24 COMAFI SA 322.553
25 DEL TUCUMAN S.A 1.514.437 25 JP XXXXXX XXXXX 316.426
Fuente: página web del Banco Central de la Re pública Argentina.-
ACLARACIÓN:
Ranking correspondiente a las 25 primeras posiciones de un total de 90 entidades financieras - Abril 2010.-
24