Condiciones generales del contrato
Condiciones generales del contrato
1.- Objeto
El presente contrato tiene por objeto el suministro de gas y o electricidad, según las prestaciones que se establecen a continuación, por parte de la comercializadora Gas Natural Servicios SDG, S.a. (GNS) en las instalaciones sitas en el domicilio o local que consta en el encabezamiento del contrato en los términos que se detallan. En caso de cambio de domicilio o local del cliente será necesaria la suscripción de un nuevo contrato.
2.- Entrada en vigor y duración
El presente contrato tendrá una duración de un año, prorrogándose tácitamente por períodos anuales, salvo denuncia de cualquiera de las partes con al menos un mes de antelación a la fecha de su vencimiento. En caso de haber contratado una oferta con compromiso de permanencia, el Cliente se compromete a prorrogar su contrato como mínimo un año más.
El contrato de suministro de gas o electricidad entrará en vigor cuando se active el acceso a las redes de la empresa distribuidora de que se trate, que se realizará dentro del plazo previsto en la legislación vigente y se haya procedido a la correcta grabación y validación de los contratos por parte de GNS. Transcurrido el primer año de vigencia del contrato, cualquiera de las partes podrá denunciarlo con un preaviso de dos meses, sin necesidad de esperar a la fecha de su vencimiento.
El presente Contrato permanecerá vigente, aún en el caso de que se haya solicitado la baja del mismo por el Cliente, hasta el momento en que se produzca el cese del suministro y retirada efectiva del contador, por lo que el Cliente será el responsable de abonar el suministro que se derive del presente Contrato hasta ese momento. Todo ello, sin perjuicio de estar obligado a permitir la entrada en el domicilio a la empresa distribuidora para llevar a cabo dicho cese, en caso de encontrarse el contador en el interior de su vivienda.
El Cliente podrá consultar si se ha producido la activación del servicio o suministro de energía llamando al Teléfono de atención al Cliente.
Gas Natural Servicios SDG, S.A. C.I.F. A-08431090 Domicilio Social: Xxxxx xxx Xxx, 0 00000 Xxxxxxxxx. Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Tomo 31906, Folio 48, Hoja número B-39048, Inscripción 81 ª.
En caso de resolución unilateral anticipada, la parte incumplidora deberá indemnizar a la otra los daños y perjuicios causados (incluidos el abono de las tarifas de acceso por el periodo que reste hasta la finalización del Contrato, salvo que GNS quede liberada de su abono a la Distribuidora), así como la restitución de las ofertas comerciales y descuentos recibidos de GNS en atención a la duración del Contrato y a la oferta contratada.
3.- Condiciones económicas
Los precios del suministro de gas natural y/o electricidad contratado son los que se establecen en las condiciones económicas del Contrato.
Cualquier variación que se produzca en las Tarifas de acceso vigentes o en los demás conceptos, actividades y valores regulados que pudieran aprobarse por la administración para el periodo de vigencia del presente contrato y que se devenguen como consecuencia del suministro, podrán ser trasladados automáticamente a los precios del suministro establecidos en la medida que les resulten de aplicación, sin que ello tenga la consideración de modificación de las condiciones contractuales. asimismo, para el suministro de electricidad GNS repercutirá al CLIENTE las modificaciones de precio que se produzcan por las diferencias entre las pérdidas medidas en transporte y distribución y las pérdidas estándares asignadas según marque la normativa vigente.
En caso de supresión de cualquiera de las tarifas de referencia, GNS comunicará al cliente la nueva fórmula de precios a aplicar con una antelación de dos meses a su entrada en vigor, y el Cliente podrá optar por resolver el contrato comunicándolo así a GNS con al menos 30 días de antelación a la fecha prevista de aplicación de la modificación.
a los precios del suministro de gas y/o electricidad establecidos en las condiciones económicas se les añadirá el correspondiente I.V.a/I.G.I.C. y el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE). adicionalmente, en el suministro de electricidad se facturarán los excesos de energía reactiva y potencia. Cuando la potencia máxima técnicamente admisible reconocida por la empresa distribuidora sea inferior a la potencia contratada contemplada en el presente contrato, hasta que no se regularice la situación, a efectos contractuales se considerará como potencia contratada dicha potencia máxima técnicamente admisible.
4.- Condiciones de pago
Ejemplar para el cliente XXXXXXXXX 0000
Suministro de gas natural y/o electricidad: La factura se remitirá al Cliente, con la periodicidad prevista en la legislación vigente, a la dirección indicada por éste, y se pasará al cobro dentro de los diez días naturales posteriores al día de emisión de la factura. (El Cliente podrá elegir y modificar en cualquier momento la modalidad de pago de la misma. En caso de facturación incorrecta o retrasada, GNS refacturará al Cliente aplicando las compensaciones o reembolsos que corresponda).
El importe de los suministros y servicios deberá ser abonado por el Cliente en sus fechas de vencimiento.
Las cantidades adeudadas y no pagadas por cualquiera de los suministros y servicios contratados devengarán interés de demora (interés legal incrementado en tres puntos), sin necesidad de requerimiento, desde que finalice el plazo de pago. En caso de adeudar varios conceptos a GNS, los pagos parciales se imputarán conforme a las indicaciones del Cliente y en su defecto, en primer lugar, a saldar los cargos por otros bienes, servicios o cobros y en último lugar al suministro. En el caso de los clientes que tengan contratados suministros considerados esenciales y no esenciales con arreglo a lo dispuesto en la ley, la imputación se realizará siempre a los suministros considerados esenciales, con independencia de las indicaciones que haga el CLIENTE.
Cuando la empresa distribuidora exija a GNS, en virtud del contrato de acceso a la red, la entrega del depósito de garantía previsto en el art.79.7 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, o legislación que la desarrolle o sustituya, GNS procederá a abonar dicha cantidad en nombre del CLIENTE, y se la cobrará a este último mediante su cargo en la facturación por el suministro de energía. La devolución del depósito de garantía se efectuará por la empresa distribuidora, al CLIENTE, previa solicitud de éste a la propia distribuidora, en el momento en que se resuelva formalmente el contrato de acceso, en la forma establecida en el art.79.7 del citado Real Decreto o legislación que lo desarrolle o sustituya.
5.- Destino y nivel de calidad del suministro y servicios
La energía suministrada se destinará únicamente para el consumo del punto de suministro señalado en el presente contrato, declarando el Cliente que tiene justo título para el uso de dicha vivienda o local durante la duración del Contrato.
La calidad del suministro es responsabilidad de la Compañía Distribuidora. En consecuencia, si el Cliente o GNS constatan que la calidad del servicio suministrado es inferior a la exigible, gestionarán con la distribuidora las compensaciones y reembolsos aplicables en su facturación de acuerdo con los procedimientos reglamentarios existentes. De igual modo, los daños ocasionados a cualquier aparato, equipo o instalación del CLIENTE que tengan su origen en sobretensión de la red eléctrica o en cortes o alteraciones en el suministro serán responsabilidad de la compañía distribuidora.
Para la prestación del servicio de suministro eléctrico GNS, previa solicitud del CLIENTE, tramitará ante la empresa distribuidora cualquier modificación de la potencia contratada.
Será por cuenta del CLIENTE el pago de los derechos de acometida, enganche, y cuales quiera otros conceptos que legalmente determinados así como las modificaciones técnicas necesarias para que la instalación sea conforme con la normativa vigente. La modificación de la potencia contratada queda supeditada a la concesión por parte de la empresa distribuidora, surtirá efecto desde dicha fecha y conllevará la variación de los precios fijados en las condiciones económicas del Contrato.
6.- Suspensión del suministro/resolución del contrato
El suministro de gas natural y/o de energía eléctrica podrá suspenderse por las siguientes causas:
a) falta de pago; b) indisponibilidad de la red de transporte o distribución; c) fuerza mayor, razones de seguridad o tareas de mantenimiento o ampliación de las instalaciones; d) uso de la energía suministrada en forma o para usos distintos de los contratados; e) realizar derivaciones o enganches a instalaciones no previstas en el Contrato, o revender o ceder a terceros la energía suministrada; f) no permitir el acceso al personal autorizado por la empresa distribuidora para inspeccionar las instalaciones o para efectuar la lectura del contador; g) manipular las instalaciones y/o equipos de medida o control; h) deficiente conservación de las instalaciones y/o equipos correctores; i) cualquier otro incumplimiento grave del presente contrato o cualquier otra causa legalmente prevista.
En caso de que se vaya a proceder a la suspensión del suministro por falta de pago o por cualquier otro incumplimiento grave del presente contrato, GNS solicitará la suspensión a la compañía Distribuidora cuando hayan transcurrido al menos dos meses desde el requerimiento fehaciente de pago sin que se hubiese hecho efectivo el mismo. De igual modo, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato por cualquier incumplimiento grave de la otra y, en todo caso, el contrato quedará resuelto transcurridos los plazos establecidos en la legislación vigente desde que se haya suspendido el suministro.
Siempre que sea posible, GNS notificará la interrupción del suministro de gas natural y/o electricidad con un preaviso de 48 horas, indicando la fecha y causa de la suspensión del suministro.
Cuando la suspensión sea imputable al Cliente, éste abonará los gastos de desconexión, reconexión y los demás derivados de la suspensión, incluidos los judiciales.
7.- Derecho de desistimiento
En el plazo de siete días hábiles, a contar desde la firma del presente contrato o, en su caso desde su contratación telefónica, el Cliente podrá dejar sin efecto cualquiera de los servicios contratados, mediante la remisión a GNS del documento de desistimiento que se adjunta.
8.- Cesión y subrogación del contrato
GNS podrá ceder el presente contrato a cualquier otra sociedad comercializadora de gas o electricidad del Grupo Gas Natural Fenosa, comunicándoselo previamente al Cliente por escrito. El Cliente podrá traspasar su contrato a otro consumidor que vaya a utilizarlo en el mismo emplazamiento y para el mismo uso, siempre que este último se subrogue en todos los derechos y obligaciones estipulados en el presente contrato.
9.- Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos de la incorporación de sus datos a un fichero automatizado del que es responsable Gas Natural Servicios SDG, S.a. con domicilio en Xxxxx xxx Xxx 0, 00000 Xxxxxxxxx para el mantenimiento, desarrollo y gestión de la relación contractual. asimismo sus datos podrán ser utilizados para el envío, por cualquier medio, de información y comunicaciones comerciales sobre los productos y ofertas del Grupo Gas Natural Fenosa relacionados con el suministro y consumo de energía, mantenimiento de instalaciones de gas o electricidad y de
Hoja 1/1
equipamiento y asistencia en el hogar, actividades de ocio o para la realización de prospecciones relacionadas con el sector energético, pudiendo conservar sus datos con esta finalidad comercial o promocional incluso una vez finalizada la relación contractual que se formaliza mediante el presente Contrato. En caso de no desear que sus datos sean tratados y conservados con las anteriores finalidades promocionales o de prospección comercial rogamos marque la siguiente casilla .
asimismo, le informamos que GNS, podrá consultar ficheros que contengan información sobre su solvencia patrimonial y crédito (RD 1720/2007 o norma que lo sustituya). Del mismo modo y en caso de producirse algún impago por parte del Cliente de acuerdo con lo previsto en la Condición Cuarta y de cumplirse todos los requisitos establecidos en el Real Decreto 1720/2007, los datos relativos al impago podrán ser comunicados a ficheros relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias.
El Cliente, acepta que sus datos sean comunicados a Gas Natural Servicios SDG, S.a., y demás empresas del Grupo Gas Natural Fenosa que se relacionan y pueden ser consultadas, en cada momento, en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/Xxxxxxxxx, en la nota legal, las cuales desarrollan actividades en el sector del gas natural y de la energía eléctrica, con las mismas finalidades promocionales o de prospección comercial anteriormente señaladas. En caso de no desear que sus datos sean comunicados y tratados con las anteriores finalidades promocionales o de prospección comercial rogamos marque la siguiente casilla .
El Cliente tiene derecho a oponerse al tratamiento y utilización de sus datos para cualquier fin distinto del mantenimiento de la relación contractual, pudiendo ejercer, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en la siguiente dirección: Servicio al Cliente, Xxxxx xxx Xxx xx 0, 00000 Xxxxxxxxx.
10.- Comunicaciones/servicio al cliente/Dirección legal
Se entenderán válidamente hechas todas las notificaciones al Cliente, incluidas las relacionadas con la gestión del cobro, realizadas a través de la factura del gas o de la luz mediante su remisión a la dirección facilitada por el Cliente por correo ordinario
o cualquier otro medio que garantice la comunicación, así como mediante el correo electrónico o el teléfono móvil, bien por mensajes de voz o SMS, que hayan sido facilitados por el Cliente a GNS.
Para cualquier tipo de queja, reclamación, solicitud de información o comunicaciones de cualquier incidencia en relación al servicio contratado u ofertado puede dirigirse por escrito al departamento de Servicio de atención al Cliente de GNS sito en Xxxxx xxx Xxx xx 0, 00000 Xxxxxxxxx, personarse en los centros de atención a cliente indicados en la página web xxx.xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx (en Barcelona, Ronda Universidad, 31), llamar al servicio de atención telefónica 000 000 000, enviar un fax al 000 000 000, o dirigirse a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
asimismo, le indicamos los teléfonos de atención a los que puede también dirigirse: Contratación de productos y servicios: 902 200 605 (de lunes a sábado) asistencia técnica Servicios: 902 350 053 (24 horas). Reclamaciones e incidencias
900 100 251
Puede consultar en cada momento en nuestra web xxx.xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx los teléfonos y otras vías de comunicación que ponemos a su disposición para atenderle
La dirección legal (domicilio social) de GNS es: Xxxxx xxx Xxx xx 0, 00000 Xxxxxxxxx
11.- Autorización
El Cliente autoriza expresamente a que se incluya en la factura de suministro el cobro de otros bienes y/o servicios que tenga contratados con GNS, o con cualquier otra empresa perteneciente al grupo Gas Natural Fenosa, así como aquellos conceptos que el Cliente tuviera que abonar a terceros, incluidos los pagos que tenga que hacer a la empresa distribuidora de conformidad con la legislación vigente.
12.- Fuero
ambas partes contratantes se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales del lugar en que se efectúe el suministro.