ÍNDICE
ÍNDICE
1 INTRODUCCIÓN 4
2 OBJETO DEL CONTRATO 4
3 CONDICIONES GENERALES 5
3.1 NORMATIVA DE APLICACIÓN Y REFERENCIA 5
3.2 ALCANCE 6
3.3 CONDICIONES INICIALES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 7
3.4 ÁMBITO 7
3.4.1 ZONAS A CONSERVAR INICIALMENTE 7
3.4.2 AMPLIACIONES Y DETRACCIONES 8
3.4.3 CAMBIO DE TIPOLOGÍAS 8
3.5 DURACIÓN DEL SERVICIO 9
3.6 IMPORTE DEL SERVICIO 9
3.7 PRECIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 10
3.7.1 PAGO POR CONSERVACIÓN O MANTENIMIENTO 10
3.7.2 PAGO POR VALORACIÓN DE OBRA Y/O SUMINISTRO 11
3.7.2.1 Descripción de trabajos y procedimiento a seguir bajo esta modalidad de pago 11
3.7.2.2 Aplicación de los cuadros de precios 12
3.7.2.3 Obra nueva 13
3.8 CONDICIONES AL INICIO DEL CONTRATO 14
3.9 VARIACIÓN DE LA SUPERFICIE DE ACTUACIÓN MUNICIPAL 15
3.10 REVISIÓN DE PRECIOS 16
3.11 PERSONAL XXXXXXXXX 00
0 XXXXXXXXXXX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX: PROGRAMAS DE GESTIÓN18
4.1.1 PROGRAMA XX XXXXXX 20
4.1.2 PROGRAMA DE RENOVACIÓN Y MEJORA DEL SUSTRATO 23
4.1.3 PROGRAMA DE ACOLCHADOS 24
4.1.4 PROGRAMA DE ENTRECAVADOS Y ESCARDAS 24
4.1.4.1 Entrecavados y escardas 24
4.1.4.2 Escardas químicas 25
4.1.5 PROGRAMA DE ENMIENDAS 26
4.1.6 PROGRAMA DE ABONADO 28
4.1.7 PROGRAMA DE AIREADOS 30
4.1.8 PROGRAMA DE ESCARIFICADOS 31
4.1.9 PROGRAMA DE RENOVACIÓN Y RESIEMBRA 32
4.1.10 PROGRAMA DE XXXXX XX XXXXXXXX 33
4.1.11 PROGRAMA DE DESBROCE DE PRADERAS 35
4.1.12 PROGRAMA DE PODA Y RECORTE DE ÁRBORES, SETOS Y TOPIARIAS 36
4.1.13 PROGRAMA DE CONSERVACIÓN Y SEGURIDAD DEL ARBOLADO 40
4.1.14 PROGRAMAS DE REPOSICIONES Y NUEVAS PLANTACIONES 45
4.1.15 PROGRAMA DE TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS 48
4.1.16 PROGRAMA DE LIMPIEZA DE LOS ESPACIOS VERDES 53
4.1.17 PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DE CAMINOS Y PASEOS TERRIZOS 55
4.1.18 CONSERVACIÓN DEL ARBOLADO DE ALINEACIÓN XX XXXXX 56
4.1.19 PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DE JARDINERAS 56
4.1.20 PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DE ALCORQUES 57
4.1.21 PROGRAMA DE CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA DE ZONAS VERDES EN CENTROS EDUCATIVOS 57
4.1.22 PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE LA RED XX XXXXX 57
4.2 CONSERVACIÓN POR OBRA Y/O SUMINISTRO REALIZADO 60
5 GESTIÓN AMBIENTAL Y DE LA CALIDAD DEL SERVICIO 60
5.1 PROCEDIMIENTO GENERAL 60
5.2 PLAN DE AUTOCONTROL DE LA CALIDAD 62
6 MEDIOS HUMANOS 62
6.1 ORGANIZACIÓN TÉCNICA DEL ADJUDICATARIO 62
6.2 PROMOCIÓN DEL SERVICIO ENTRE LOS TRABAJADORES 63
6.2.1 INFORMACIÓN 63
6.2.2 COMUNICACIÓN 63
6.2.3 FORMACIÓN 64
6.2.4 MOTIVACIÓN 64
7 VEHÍCULOS 64
7.1 TURISMOS, FURGONETAS, TODO-TERRENOS Y VEHÍCULOS PICK-UP 65
7.2 CAMIONES 65
7.3 VEHÍCULOS AUTOPROPULSADOS ESPECIALES 65
7.4 USO DE LOS VEHÍCULOS 66
8 MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES 67
8.1 MAQUINARIA 67
8.2 MEDIOS AUXILIARES 68
8.3 USO DE LA MAQUINARIA Y DE LOS MEDIOS AUXILIARES 68
9 INSTALACIONES 69
10 GESTIÓN DEL SERVICIO 70
10.1 RESPONSABILIDAD TÉCNICA Y CONTROL DEL SERVICIO 70
10.1.1 POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO 70
10.1.2 POR PARTE DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA 71
10.2 GESTIÓN INFORMÁTICA DEL SERVICIO 73
10.2.1 GESTIÓN DE LOS SISTEMAS DE COMUNICACIÓN 73
10.3 CONTROL DE LA CALIDAD DEL SERVICIO 73
11 ANEJOS 75
11.1 ANEJO Nº 1. CARACTERÍSTICAS Y TIPOLOGÍA DE LOS ESPACIOS VERDES 76
11.2 ANEJO Nº 2. CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS MATERIALES Y CONSUMIBLES 79
11.3 ANEJO Nº 3. ESPACIOS VERDES A CONSERVAR 108
11.4 ANEJO Nº 4. PLANOS 109
11.5 ANEJO Nº 5. MODELOS DE LOS PROGRAMAS DE GESTIÓN 110
11.6 ANEJO Nº 6. CUADRO DE PRECIOS 131
11.7 ANEJO Nº7. CONTROL DE CALIDAD DEL SERVICIO 132
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE DETERMINADAS ZONAS AJARDINADAS Y ARBOLADO VIARIO DEL MUNICIPIO DE PONTEVEDRA
1 INTRODUCCIÓN
En el presente Pliego de Prescripciones Técnicas se fijan las bases que han de regular el concurso para la contratación de los Trabajos de Mantenimiento, Conservación y Mejora de determinadas zonas verdes municipales, jardineras, arbolado viario y zonas ajardinadas de los colegios públicos cuyo mantenimiento corresponde al Ayuntamiento de Pontevedra y cuya relación, superficie y características se definen en los anexos que acompañan a este pliego.
El Pliego establece las condiciones técnicas exigibles para garantizar la conservación de los espacios verdes y arbolado urbano, de forma que los elementos contenidos en éstos se encuentren en todo momento dentro de unos parámetros de Calidad óptimos para el disfrute de los ciudadanos.
Por otra parte, en este documento se apuesta de forma decidida por aquellas prácticas que fomente la sostenibilidad en la gestión y conservación del patrimonio verde urbano, de forma que se aborden de forma integral los procesos biológicos, las relaciones de consumo, el ahorro energético y el uso público.
2 OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de este Pliego es establecer las bases técnicas para la Conservación y Mantenimiento de los espacios verdes y del arbolado urbano del Municipio de Pontevedra, llevando a cabo todas aquellas técnicas de jardinería encaminadas a que la traza y disposición de cada uno de los elementos del jardín perduren y se consoliden en el tiempo, además de contribuir al embellecimiento y mejora del valor botánico y ornamental de los elementos que lo integran,
considerando el uso público previsto.
Los espacios verdes objeto de conservación y mantenimiento son los parques urbanos, zonas ajardinadas, arbolado viario, jardineras, estructuras florales, zonas verdes de los colegios públicos, edificios municipales, espacios verdes viarios (medianas, taludes, bulevares, rotondas..), parques forestales, parques periurbanos y demás zonas municipales dotadas y habilitadas como espacios verdes así como los ajardinamientos y plantas del interior de los edificios municipales.
La naturaleza y características de cada una de estos espacios verdes queda descrita en el Anexo 1. Características y tipología de los espacios verdes.
El contrato tiene carácter administrativo y se tipifica como contrato mixto, de acuerdo con el artículo 12 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 16 de noviembre do 2011, texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
3 CONDICIONES GENERALES
El Pliego establece las condiciones técnicas exigibles para la conservación de los espacios verdes y arbolado urbano.
El Pliego de Condiciones Técnicas para la Contratación de los trabajos de Conservación de los Espacios Verdes y Arbolado Urbano no sólo considera criterios de calidad/precio en la prestación del servicio, sino que inserta criterios medioambientales, sociales y económicos, que sirvan de referente en la contratación pública responsable.
3.1 NORMATIVA DE APLICACIÓN Y REFERENCIA
Entre el amplio abanico jurídico de aplicación en este tipo de contratos, se toman unas normas de referencia para que el servicio público específico sobre los espacios verdes se desarrolle con criterios de calidad y sostenibilidad.
Junto a esta normativa de referencia será de aplicación toda la legislación que afecta a los condicionantes técnicos de los procesos y materiales empleados en la conservación de los espacios verdes, como legislación sobre protección del medioambiente, impacto ambiental, energía, residuos, seguridad y salud laboral, accesibilidad, protección de suelos, plaguicidas, abonos y fitosanitarios, y cuantas prescripciones figuren en las Ordenanzas Municipales, Normas, Instrucciones o
Reglamentos oficiales que sean de aplicación a este servicio. De particular importancia serán las Normas Tecnológicas de Jardinería y Paisajismo (NTJ). Del mismo modo para la valoración de los costes de la parte correspondiente a trabajos de conservación por valoración de obra se tomará como referencia la Base Paisajismo, base de la Asociación Española de Parques y Jardines Públicos y Asociación española de ingeniería del paisaje en su última versión en el momento de licitación del contrato.
3.2 ALCANCE
Los elementos a conservar en los espacios verdes son aquellos que pueden considerarse como principales (césped, árboles, arbustos, terrizos, etc.), además de todos los que formando parte del jardín, interaccionan de alguna forma con los primeros, e influyen directa o indirectamente en su estado. Este pliego no obedece, por tanto, a un mantenimiento integral de los espacios verdes, ya que se exceptúan los parques de juego infantil, la limpieza de residuos sólidos urbanos y mobiliario o iluminación.
En consecuencia, los elementos que se incluyen en el presente contrato serán: praderas de césped, praderas naturales, árboles, arbustos, pavimentos terrizos y otros, setos, macizos xx xxxx, macizos arbustivos, redes xx xxxxx y mecanismos eléctricos de las redes xx xxxxx. En total se deberán de conservar y mantener en función de su tipología un total estimado de 883.999 m2 de espacios verdes (con todo lo que se incluye en los mismos: xxxxxxxx, praderas, terrizos, árboles, arbustos, etc.) y a mayores 838 pies de arbolado viario.
Dicha superficie se distribuye, según las labores de mantenimiento, de la siguiente forma:
Superficie categoría A: 286.705,00 m2.
Superficie categoría B: 105.269,00 m2.
Superficie categoría C: 154.221,00 m2.
Superficie categoría D: 337.804,00 m2.
Por otro lado, indicar que aproximadamente de los 883.999 m2 totales, 83.097 m2 se corresponden con césped, 508.475 m2 a pradera y los restantes 292.427 m2 están destinados a paseos, parterres, macizos, etc.
3.3 CONDICIONES INICIALES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Las condiciones iniciales xx xxxxxxx constituirán el punto de referencia para llevar a cabo los
trabajos de conservación y mantenimiento.
En los anejos de este pliego se definen los espacios verdes objeto de conservación, tanto en su ubicación como en su extensión. No obstante, el licitador efectuará un Diagnóstico de situación de los espacios verdes, que denote la disposición de suficiente conocimiento en cuanto a la adecuación de la oferta con respecto a las condiciones xx xxxxxxx del servicio, incluyéndola en ésta.
3.4 ÁMBITO
3.4.1 ZONAS A CONSERVAR INICIALMENTE
Los espacios verdes a conservar vienen recogidos en el Inventario Inicial relacionado en el Anejo nº 3. Espacios verdes a conservar.
La ubicación espacial de los espacios verdes objeto de conservación se muestra en el Anejo nº 4. Planos.
Los elementos existentes dentro de los espacios verdes que son objeto de conservación corresponden a los especificados en el apartado 3.2 Alcance.
En el plazo de tres meses desde el inicio del contrato, la empresa adjudicataria realizará la cartografía e inventario digitalizado de todos los espacios verdes incluidos en el ámbito, así como los elementos que los integran. La documentación cartográfica será revisada, valorada y validada por la Dirección Facultativa.
La cartografía e inventario de los espacios verdes será digitalizado, si así lo considera oportuno la Dirección Facultativa; y se implementará en una base de datos cartográfica cuyos formatos serán definidos o en su caso validados por dicha Dirección Técnica y recogerá la denominación de capas y atributos prescritos, y permitirá la gestión y actualización del inventario por parte de la empresa adjudicataria durante el período de vigencia del servicio. En el apartado de Gestión Informática del Servicio se definirán los medios tecnológicos mínimos con los que deberá contar la empresa adjudicataria.
Las discrepancias detectadas al contrastar la información oficial del Ayuntamiento y la facilitada por la empresa, serán comprobadas por dicha Dirección Técnica, teniéndose en cuenta para ser incluidas o excluidas en la primera modificación del contrato que se realice.
La cartografía e inventario serán revisados y actualizados por la empresa adjudicataria al menos una vez al año, según los plazos de entrega que establezca la Dirección Facultativa. En caso de producirse modificaciones en los límites territoriales de los elementos objeto del presente Pliego,
el adjudicatario está obligado igualmente a asumir los posibles cambios de asignación de los espacios verdes que ello pudiera suponer, y serán consideradas en la siguiente modificación del contrato que se realice.
3.4.2 AMPLIACIONES Y DETRACCIONES
Además de las zonas a conservar inicialmente, podrán ser objeto de modificación de contrato con el adjudicatario en las condiciones de la oferta y aquellas otras que, aún no estando incluidas explícitamente en el Pliego, se incorporen posteriormente a la adjudicación del contrato durante el periodo de vigencia del servicio. A estos efectos, será de aplicación lo estipulado a estos efectos en el Anexo I.5 xxx Xxxxxx de condiciones económico-administrativas. En cualquier caso, la empresa adjudicataria deberá orientar su gestión para alcanzar los niveles de calidad exigibles a cada uno de los elementos que lo integran, independientemente del estado de recepción.
El Ayuntamiento podrá modificar, por ampliación o detracción, las zonas enumeradas en el Anejo nº 3: Espacios verdes a conservar, así como los límites que las definen. Todo ello se comunicará al adjudicatario al menos con un mes de anticipación.
En todo caso, se observarán los condicionantes y procedimientos legales y reglamentariamente establecidos a dichos efectos.
El criterio de aplicación de precios para el cálculo de la variación de canon por aumento y/o disminución de inventario será el estipulado en el cuadro reflejado en el apartado 3.7.1, en el que se indican los costes de mantenimiento para cada categoría o tipología de espacio verde.
3.4.3 CAMBIO DE TIPOLOGÍAS
Durante el período de vigencia del servicio, los espacios verdes podrán cambiar de una tipología a otra en su gestión, resultando una nueva realidad sobre una zona verde concreta, dotándola de nuevos medios y aplicando los programas más adecuados en su conservación.
Dichos cambios de tipología en la zona verde llevarán implícitos la correspondiente valoración de la variación del coste de mantenimiento que será estimada por la Dirección Técnica, considerándose lo estipulado en el cuadro reflejado en el apartado 3.7.1, en el que se indican los costes de mantenimiento para cada categoría o tipología de espacio verde.
3.5 DURACIÓN DEL SERVICIO
La duración del Contrato será de cuatro años, contados a partir de la fecha de formalización del contrato.
El contrato podrá prorrogarse expresamente hasta un máximo de dos años, siendo el plazo máximo de duración del contrato (prórrogas incluidas) de seis años.
3.6 IMPORTE DEL SERVICIO
El Presupuesto Base de Licitación sin IVA asciende a la cantidad de TRES MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS EUROS (3.622.800 €), que incrementado a su vez en el 21 % del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), se obtiene un Presupuesto Base de Licitación más IVA de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y
OCHO EUROS (4.383.588 €), distribuido según la siguiente tabla:
AÑO | N ° MESES | CONSERVACIÓN POR CANON | CON SER VACIÓN POR VALORACIÓN DE OBRA | IMPORT E T OT AL ANUAL SIN IVA(€) | IVA (€) | IMPORT E T OT AL ANUAL INCLUIDO IVA (€) |
2015 | 12 | 520.800,00 | 83.000,00 | 603.800,00 | 126.798,00 | 730.598,00 |
2016 | 12 | 520.800,00 | 83.000,00 | 603.800,00 | 126.798,00 | 730.598,00 |
2017 | 12 | 520.800,00 | 83.000,00 | 603.800,00 | 126.798,00 | 730.598,00 |
2018 | 12 | 520.800,00 | 83.000,00 | 603.800,00 | 126.798,00 | 730.598,00 |
2019 | 12 | 520.800,00 | 83.000,00 | 603.800,00 | 126.798,00 | 730.598,00 |
2020 | 12 | 520.800,00 | 83.000,00 | 603.800,00 | 126.798,00 | 730.598,00 |
T OT AL | 3.124.800,00 | 498.000,00 | 3.622.800,00 | 760.788,00 | 4.383.588,00 |
3.7 PRECIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El adjudicatario, con el personal ofertado en número y competencia profesional que a todos
los efectos permanecerá a su cargo (siendo el mínimo el establecido en este pliego), con los equipos de maquinaria y herramientas, y con los sistemas ofertados y más eficaces, atenderá debidamente en tiempo y forma la realización de las siguientes labores, que se abonarán mediante dos modalidades:
-Precio en concepto de conservación o mantenimiento (PCC)
-Pago en concepto de valoración de obra y/o suministro realizado (PVO)
Se consideran incluidos en canon los siguientes programas de gestión (con su correspondiente mano de obra, maquinaria y herramientas y suministro de materiales):
-Riego (excepto el agua), renovaciones y mejoras de sustrato, acolchados, abonados y enmiendas, entrecavados y escardas, aireados, escarificados, renovaciones y resiembras, poda, recorte y topiaria, reposiciones y nuevas plantaciones (excepto la planta), flor de temporada (excepto la planta), siegas xx xxxxxxxx, desbroces de praderas, tratamientos fitosanitarios, red xx xxxxx (excepto reparación y reposición de piezas), limpieza de los espacios verdes, conservación de caminos y paseos terrizos, conservación de arbolado viario y conservación de jardineras y alcorques.
3.7.1 PAGO POR CONSERVACIÓN O MANTENIMIENTO
El pago de los trabajos en concepto de conservación se efectuará mediante facturas mensuales equivalentes a la doceava parte del importe destinado a tal efecto, descontándose la baja realizada por la empresa adjudicataria según su Proposición Económica. Las facturas serán conformadas por la Dirección Facultativa y se emitirán el mes siguiente al de realización de los trabajos para el precio de conservación, en el que se aplicará el 21% de IVA.
A dicho importe se le descontará, si procede, el correspondiente a las posibles penalizaciones que se produzcan, debidas tanto al control de calidad, como al incumplimiento de determinados requisitos, en los términos establecidos en el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas. No obstante, todos los desperfectos que origine la empresa adjudicataria en los espacios verdes objeto de este contrato, incluyendo los elementos que la contienen como consecuencia de cualquier tipo de actuación de conservación, deberá repararlos de inmediato y a su cargo.
En caso de que se produzcan ampliaciones y/o detracciones, el importe mensual a percibir se incrementará y/o detraerá según la cuantía que suponga el aumento y/o detracción de zonas a conservar inicialmente.
El precio anual total a percibir por el adjudicatario por trabajos de conservación es el siguiente, antes de IVA: 520.800 €.
El precio anual sin IVA a recibir por el adjudicatario según cada tipología de mantenimiento
es el siguiente:
Tipología | Ud. | Medición | Precio/ud. | Im porte (€) |
A | M2. | 286.705,00 | 1,18 | 338.311,90 |
B | M2. | 105.269,00 | 0,96 | 101.058,24 |
C | M2. | 337.804,00 | 0,14 | 47.292,56 |
D (Colegios y guarderías) | M2. | 154.221,00 | 21.592,44 | |
E (Arbolado viario) | Ud. | 838,00 | 14,97 | 12.544,86 |
IMPORTE TOTAL ANUAL (SIN IVA): | 520.800,00 |
3.7.2 PAGO POR VALORACIÓN DE OBRA Y/O SUMINISTRO
Dado el objeto del contrato, que consiste en el mantenimiento de las zonas verdes del municipio, según se determinan en la documentación técnica, resulta extraordinariamente previsible que algunas de las tareas a ejecutar puedan tener la consideración de obras. En consecuencia, dados los términos de complementariedad, de directa vinculación y la configuración de una unidad funcional de las prestaciones, así como la extrema posibilidad de que las tareas de mantenimiento, como se expuso, puedan considerarse jurídica o técnicamente como obras en algunos casos, el contrato se configura como mixto, incluyendo la posible realización de obras, según se ha apuntado en la cláusula 1ª xxx Xxxxxx de Condiciones Económico-Administrativas.
3.7.2.1 Descripción de trabajos y procedimiento a seguir bajo esta modalidad de pago
Las obras a ejecutar serán las definidas en cada caso por el Ayuntamiento, según las circunstancias que lo aconsejen (estado de las zonas, por fenómenos meteorológicos, etc.), si bien su concreción se efectuará con arreglo a los siguientes parámetros:
-Su ámbito de ejecución será el del propio contrato.
-Serán exclusivamente del tipo precisado en dicha documentación técnica, y por los precios, por unidades, que en la misma se señalan. Su importe, por actuación individual, no superará el propio de los contratos menores (50.000 € sin IVA).
-El Ayuntamiento encargará las obras, de entre las definidas según lo anterior, que entienda
necesarias, hasta el importe máximo de 83.000 € por anualidad, IVA excluido. Los trabajos se requerirán al contratista mediante oficio subscrito por la Alcaldía, Concejalía Delegada o Director General.
-Efectuado el encargo por el Ayuntamiento, la empresa adjudicataria deberá presentar un presupuesto, en un plazo no superior a 10 días, que deberá ser conformado por la Dirección Técnica Municipal.
-Si las características de la obra lo precisan, deberá incluirse una memoria o la redacción de un proyecto técnico, por la contratista, con todos los documentos preceptivos (anejo de seguridad y salud, gestión de residuos, etc.), cuando legalmente sea exigible.
Cuando deba incluirse dicho proyecto técnico, deberá ir firmado por técnico universitario competente de la rama agraria o forestal, en el que se incluyan todos los documentos preceptivos. En estos casos se señalará el plazo para su presentación por dicha Dirección Técnica de acuerdo con la complejidad de las obras encargadas. En la redacción del presupuesto de ejecución por contrata de incluirá los porcentajes por Gastos Generales y Beneficio Industrial, así como el % por coordinación y responsabilidad de seguridad y salud.
-Deberá de solicitarse informe de supervisión en los supuestos del art. 125 del TRLCSP.
El pago de los trabajos en la modalidad de medición por valoración de obra, servicio o suministro realizado, se efectuará mediante facturas, acompañadas de una relación valorada de cada uno de los conceptos incluidos en la misma, siguiendo las prescripciones establecidas en el Pliego de Condiciones Técnicas.
El personal de oficios que realice las actuaciones abonadas con la medición por valoración de obra, servicio o suministro realizado será distinto, en todos los casos, del personal de conservación o limpieza si así lo dicta la Dirección Facultativa.
Tanto el personal, como los vehículos, maquinaria, herramientas y, en general, todos los medios ofertados por el adjudicatario, deberán estar disponibles durante el horario a cumplir por la contrata, quedando taxativamente prohibida su utilización durante dicho horario para cualquier trabajo ajeno a la misma.
3.7.2.2 Aplicación de los cuadros de precios
El criterio a seguir en la aplicación de los precios correspondientes a las unidades contempladas en la modalidad de medición por valoración de obra o suministro realizado, será el siguiente:
Como regla general, se tomará como referencia los precios recogidos en la base de Paisajismo en su
última edición. Esta base está especializada y orientada a los proyectos y obras de parques y jardines, tratamiento y restauración del paisaje y en general actuaciones en espacios de valor paisajístico tanto urbanos como naturales. Se trata de una base muy amplia que contempla multitud de precios xx xxxxxxx del sector y que debería reducir a situaciones muy concretas la posible generación de precios contradictorios. No obstante, se generaría un precio contradictorio según la legislación vigente, si se considerase conveniente introducir alguna nueva unidad de interés general no incluida en los cuadros de precios antedichos.
Durante el periodo de vigencia del contrato, en cualquier caso se establece que en los precios unitarios de la Base de Paisajismo se consideran no incluidos el 13% en concepto de Gastos Generales y el 6% de Beneficio Industrial, por lo que para su importe definitivo únicamente se les aplicará estos porcentajes y la baja de adjudicación y el IVA que corresponda.
La cuantía anual disponible para el abono de estos trabajos es de 83.000 € antes de IVA, sin perjuicio que pueda sufrir a lo largo del contrato ampliaciones o reducciones, del mismo modo que en la modalidad de conservación.
En estos precios se considerarán incluidos tanto la mano de obra con rendimientos normales, como el coste de los materiales, transporte y gastos directos fijos, salvo que dicha unidad recoja expresamente el alcance exacto de la actuación.
3.7.2.3 Obra nueva
Dentro de las zonas, el Ayuntamiento tendrá absoluta libertad para realizar tanto obras nuevas como mejoras en los espacios verdes entregados a conservación. A tal efecto, podrán crearse nuevos macizos de plantas, xx xxxx y, de arbustivas, nuevos xxxxxxxx, otras tapizantes, plantar árboles, trasplantarlos, cambio de pavimento de paseos, mejoras en las instalaciones xx xxxxx, etc. y cuantas actuaciones se juzguen oportunas, que podrán ser objeto de contrato complementario con el adjudicatario, siguiendo lo estipulado en el pliego de cláusulas económico- administrativas.
3.8 CONDICIONES AL INICIO DEL CONTRATO
Al inicio del Contrato, y con independencia de las obligaciones contractuales inherentes al
propio Pliego de Condiciones o de las mejoras ofertadas por la empresa adjudicataria, se efectuará un Replanteo del objeto del contrato y un Plan de Puesta a Punto, aplicable a los siguientes aspectos:
-Reposiciones y nuevas plantaciones.
-Redes xx xxxxx.
En el caso de producirse un deterioro significativo desde la fecha de presentación de las ofertas hasta el comienzo del Contrato, el Plan de Puesta a Punto se abonará en concepto de Valoración de obra, suministro o servicio realizado (PVO).
Las zonas verdes y arbolado viario a conservar son todas aquellas relacionadas en el Anejo nº3, así como todas aquellas otras que aun no habiendo sido incluidas en el mismo, por serlo con posterioridad a la publicación del concurso, se encuentren en conservación en el momento de comienzo de los trabajos, o bien hayan sido recibidas por el Ayuntamiento hasta el momento de la adjudicación.
El adjudicatario deberá hacerse cargo desde el primer día de vigencia del contrato de la conservación y arreglos que se propongan y, a tal fin, deberá quedar reflejada en la oferta una distribución completa y detallada de todos los medios, humanos y materiales, en las distintas zonas y con los diversos cometidos objeto del contrato.
En este sentido, la prestación de los servicios de conservación, renovación y mejora en su totalidad deberá comenzarse antes de los treinta días inmediatamente posteriores a la adjudicación, debiendo tener el adjudicatario, a tal efecto, la previsión necesaria, en cuanto a medios materiales y humanos se refiere, para que el mencionado comienzo en la prestación del servicio se efectúe a pleno y normal rendimiento.
En el transcurso de los tres primeros meses, el adjudicatario realizará un nuevo inventario de todas las zonas verdes y arbolado objeto de la conservación. Las posibles diferencias tanto de aumento como de disminución de superficies, zonas, número de arbolado viario, etc. que al contrastar ambos inventarios lleguen a producirse se podrán tener en cuenta para ser incluidas en la primera revisión anual que se realice. El ayuntamiento podrá modificar, por aumento o disminución, los límites y superficies de las zonas o el número de árboles a conservar enumerados en el Anejo 3. Para ello deberá avisar al adjudicatario con un mes de anticipación.
Las superficies de cada zona del inventario que se relacionan en el Anejo 3, incluye el total de superficies a contabilizar en el canon de conservación, con excepción de los viales y aceras que no forman parte del ajardinamiento.
Al momento de presentar su oferta, la empresa adjudicataria reconoce haber examinado todos los documentos que formen parte de la licitación y haber visitado el terreno donde deben ser llevados a cabo los trabajos de conservación y mantenimiento.
Asimismo, reconoce haber examinado la naturaleza del terreno, condiciones para el transporte, situación de las redes xx xxxxx, almacenamiento del material, así como la climatología, niveles prácticos y demás factores que puedan condicionar el desarrollo de los trabajos.
La empresa adjudicataria, de forma especial, reconoce haber tenido en cuenta las condiciones climatológicas que, en caso de días de lluvia, etc., pudieran ocasionar pérdidas de días de trabajo, por lo que el Excmo. Ayuntamiento no aceptará ninguna reclamación por condiciones climatológicas adversas.
La empresa adjudicataria reconocerá que ha tenido en cuenta los citados factores en la estimación de sus precios y plazos de conservación de las zonas ajardinadas, por lo que el Ayuntamiento no aceptará ninguna reclamación si alguno de estos factores condicionase la conservación del mismo.
El contenido del inventario contendrá la siguiente estructura:
1 Listado zonas verdes
2 Descripción de las zonas verdes
Se indicará para cada zona verde, como mínimo la siguiente información:
- superficie total y superficies parciales (césped, pradera, zonas terrizas, paseos, setos, macizos, riego, etc.); nº pies de arbolado y arbustivas; con identificación de ejemplares de cada especie, etc.
- ubicación
- tipología de la zona
- Demás datos relevantes 3 Conclusiones
Reflejará conclusiones, cambios y variaciones con respecto al año anterior y justificación de dichos cambios si procede.
3.9 VARIACIÓN DE LA SUPERFICIE DE ACTUACIÓN MUNICIPAL
El adjudicatario se obliga a admitir, para su conservación, las zonas verdes de nueva creación y el arbolado que, con motivo de obra nueva, ampliaciones, recepciones de urbanizaciones y adquisiciones de todo tipo incrementen la superficie de actuación municipal dentro de las zonas de actuación, en las mismas condiciones que el resto de la adjudicación, quedando el ayuntamiento facultado para la gestión directa de nuevas zonas o para incluirlas en el objeto de este contrato.
Así mismo, cuando se produzcan dichas ampliaciones, el adjudicatario está obligado a incrementar los efectivos humanos y materiales en proporción a la oferta.
3.10 REVISIÓN DE PRECIOS
Para la revisión de precios será de aplicación lo estipulado a estos efectos en el Anexo I.5 xxx Xxxxxx de Condiciones económico-administrativas.
3.11 PERSONAL NECESARIO
El cálculo del personal necesario para la prestación del Servicio se ha establecido mediante la aplicación de los ratios según la tipología.
Se entiende por puesto de trabajo la dotación de plantilla necesaria para tener cubierta la plaza en todo momento, cubriendo los descansos, vacaciones, bajas laborales y absentismo. En los jardines de las diferentes categorías el ratio se da en puestos de trabajo por hectárea de jardín. Aplicando estos ratios a las zonas a mantener, el personal necesario es:
TOTAL PUESTOS DE TRABAJO MÍNIMOS REQUERIDOS: 13
Ud. | PESONAL TIEMPO COMPLETO | |
1 | Jardinero | A subrogar |
1 | Oficial 1ª Jardinero | A subrogar |
1 | Auxiliar Jardinero | A subrogar |
1 | Auxiliar Jardinero | A subrogar |
1 | Auxiliar Jardinero | A subrogar |
1 | Auxiliar Jardinero | A subrogar |
1 | Auxiliar Jardinero | A subrogar |
1 | Auxiliar Jardinero | A subrogar |
1 | Auxiliar Jardinero | A subrogar |
1 | Auxiliar Jardinero | A subrogar |
1 | Ingeniero técnico agrícola o forestal | A subrogar |
2 | Auxiliar Jardinero | Nueva contratación |
Se indica además en dicha tabla, los puestos de trabajo que son objeto de subrogación (de carácter obligatorio segundo se establece en el Convenio Colectivo Estatal de Jardinería para el 2014), así como los de nueva contratación.
La empresa adjudicataria deberá disponer de unos medios humanos y una organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, a fin de conseguir una óptima ejecución de las labores de conservación, para lo que habrá de contar con todos los medios adecuados a tal fin.
Personal técnico y operativo:
En la plantilla de la empresa adjudicataria deberá figurar como mínimo expresamente la dedicación exclusiva a estos trabajos del personal técnico y operativo que se indica a continuación:
•Un responsable máximo de la empresa que será el interlocutor oficial con el Ayuntamiento de Pontevedra y que podrá formar parte, al mismo tiempo, del personal técnico titulado adscrito al servicio.
•Un técnico titulado universitario en rama agronómica o forestal de acreditada formación en la conservación y mantenimiento de parques y Jardines con experiencia mínima de 5 años.
Ninguno de ellos, en caso alguno, podrán tener el carácter de simple asesor, sino que permanentemente habrán de encontrarse afectos a la dirección y organización de los trabajos.
Cualquier cambio que se produzca en este personal durante el periodo de adjudicación, por los motivos que fuesen, deberá ponerse en conocimiento de la Dirección Facultativa.
Encargados y capataces:
Deberán conocer perfectamente la parte de aplicación práctica de este pliego de condiciones técnicas.
Personal jardinero y auxiliar:
El adjudicatario dispondrá del personal necesario para la buena ejecución de las labores de conservación, con las debidas condiciones de aptitud y práctica requeridas. No obstante lo anterior, el adjudicatario vendrá obligado a mantener un personal mínimo y constante (teniendo en cuenta las suplencias en caso de vacaciones en caso de vacaciones, enfermedad, baja,...) para el mantenimiento del presente contrato.
Se notificará a la Oficina Técnica Municipal responsable, los nombres, categoría y demás circunstancias personales, de los operarios que hayan de cubrir la plantilla para el desempeño de las misiones a que se refiere el presente pliego, debiendo entregar mensualmente la copias TC1, TC2 o modelos normalizados que los sustituyan en la Seguridad Social, debidamente cumplimentados y sellados.
Personal xx xxxxxxx:
Existirá un retén xx xxxxxxx que tendrá como misión fundamental hacer frente sin demora a situaciones de emergencia producidas en las horas no incluidas en la jornada laboral (se incluyen asimismo los días no laborables)
Cada turno de retén constará como mínimo de un equipo formado por un encargado o capataz, un operario y un telefonista para actuar en los casos de emergencia, incluso en xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
El mencionado equipo de retén fuera del horario usual de trabajo tendrá su localización dentro del término municipal de Pontevedra o zonas limítrofes con distancia máxima de 30 Xx.
0 XXXXXXXXXXX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX: PROGRAMAS DE GESTIÓN
El nivel de prestación del servicio será tal, que los elementos incluidos en los espacios verdes mantengan durante todo el periodo de vigencia un nivel de calidad óptimo. Éste se alcanzará si los trabajos se ejecutan de conformidad a unos criterios mínimos establecidos en el presente documento, exigibles a cada labor. Estos criterios mínimos no sólo hacen referencia a la calidad de los espacios verdes, sino también a la aplicación y puesta en práctica de técnicas de jardinería sostenible.
La empresa licitadora en la fase de adjudicación, presentará los diferentes PROGRAMAS DE GESTIÓN, correspondientes a cada una de las diferentes labores de conservación de los espacios verdes que incluye el presente pliego y que se desarrollan en los siguientes apartados.
Dichos programas se completarán segundo el modelo propuesto en el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión, completando para cada labor los datos requeridos (ubicación, época, medios empleados, formas de aplicación y dosificaciones, rendimientos, número de árboles o arbustos, m2. de trabajo, etc., según proceda).
El licitador contará con todos los medios idóneos para poder completar los programas de gestión con éxito.
Las labores de conservación de los espacios verdes se llevarán a cabo debidamente señalizadas, cumpliendo en todo momento la normativa vigente. Asimismo la seguridad del personal estará garantizada por las técnicas de Prevención de Riesgos Laborales adecuadas en cada caso.
Además de dichos programas de gestión incluidos en la oferta de la empresa, el Servicio Técnico Municipal podrá solicitar al adjudicatario aquellos otros programas específicos que considere oportunos, que contendrán las actuaciones en cada periodo, la ubicación de las labores, los medios a emplear, etc.
La concreción de los programas de gestión presentados por cada licitador se considerará un compromiso de actuación por parte de éste durante el desarrollo de su contrato. Se entiende que el
contenido de estos programas es la respuesta de actividades que va unida a los medios ofertados, justificando entre ambos el abono del canon. No obstante, los servicios Técnicos Municipales podrán aportar correcciones, modificaciones y/o ampliaciones a los métodos y materiales propuestos en el desarrollo de los programas, si así lo estiman oportuno, modificando los mismos según los criterios municipales.
Ante cualquier duda, discrepancia, imprecisión u omisión en las especificaciones de los programas de gestión, se aplicarán los criterios técnicos dispuestos en las Normas Tecnológicas de Jardinería y Paisajismo.
Los trabajos y servicios objeto del presente concurso se clasifican, según su contenido en:
-Conservación contratada mediante la percepción de un canon.
-Conservación contratada mediante la valoración de obra y/o suministro realizado.
CONSERVACIÓN POR CANON:
Se relacionan en este apartado las labores a realizar según la modalidad de trabajos ejecutados mediante la percepción de un canon, debiéndose considerar igualmente incluidos en el precio ofertado, aunque no estén taxativamente señalados, todos los trabajos y operaciones que, en orden lógico y práctica del buen oficio y hacer, sean necesarios ejecutar o disponer.
Las frecuencias que se señalan para alguna de las labores, deberán tomarse como en todo caso como mínimas obligatorias, encontrándose siempre supeditadas en su ejecución al criterio de la Oficina Técnica Municipal correspondiente.
De la misma forma que la maquinaria, vehículos, herramientas, útiles y medios auxiliares de trabajo, todos los materiales necesarios para la ejecución de estas labores (elementos xx xxxxx, recebo, abono, semilla, tierra, productos fitosanitarios, arena, etc.) serán por cuenta del adjudicatario.
Quedan incluidos en esta parte del contrato todos aquellos trabajos a realizar, analizados a continuación en los siguientes apartados y que se refieren al conjunto de labores obligatorias que han de realizarse para conservar las zonas verdes en perfecto estado botánico y ornamental; y quedan expresamente excluidos de la conservación, aquellos elementos como mobiliario urbano y alumbrado.
El nivel de prestación de los servicios descritos posteriormente deberá de ser tal que el estado actual de zonas verdes se incrementará estética y fisiológicamente, con las naturales mejoras que el tiempo y el cuidado permanente producen, de acuerdo con el criterio de la Dirección Facultativa.
CONSERVACIÓN POR VALORACIÓN DE OBRA Y/O SUMINISTRO:
La empresa adjudicataria tiene la obligación de efectuar todos aquellos arreglos, trabajos, labores, acondicionamientos y arreglos de obra civil o de jardinería en zonas verdes consolidadas o nuevas, en función de las peticiones de la Oficina Técnica Municipal, y con abono al adjudicatario segundo las instrucciones y el cuadro de precios municipal indicados en el punto 3.7.2.
4.1.1 PROGRAMA XX XXXXXX
Las dosis y frecuencias que se establezcan en el programa de gestión xx xxxxxx deberán adecuarse a la tipología de plantas y formaciones vegetales presentes en los espacios verdes, para que éstas se mantengan en crecimiento y desarrollo normales.
Los trabajos xx xxxxx deberán respetar unos mínimos que aseguren la optimización del recurso y la calidad de las operaciones:
-Las dosis y frecuencias propuestas en el Programa de Gestión vendrán justificadas y tendrán en consideración las especies y variedades objeto xxx xxxxx, las características del suelo (textura, estructura y pendiente) y las características climáticas (precipitación, insolación, vientos, etc.).
-El parámetro ETP (Evapotranspiración Potencial) se utilizará para tener en cuenta las características climáticas y el momento de aplicación en el cálculo de la dosis xx xxxxx.
-El aporte de agua será el necesario para satisfacer las necesidades hídricas de los elementos verdes situados sobre cada una de las zonas conservadas.
-El aporte de agua será uniforme en cuanto a la superficie a regar, regando a todos los elementos verdes tanto puntuales como superficiales de forma que se consiga un recubrimiento total.
-Los aspersores o difusores estarán calibrados en todo momento de manera que su alcance y radio de giro sea el correcto, llegando a todos los puntos del elemento sin salirse de los límites del mismo.
-La dotación de agua y frecuencia xx xxxxxx serán acordes a las condiciones orográficas en las que se encuentra la formación vegetal, evitando pérdidas de agua por escorrentía.
-Los paseos adyacentes y viales deberán encontrarse, en todo momento, libres de daños por escorrentías o encharcamientos provocados por la mala administración del agua xx xxxxx.
-Las redes automáticas y semiautomáticas se mantendrán en perfecto estado de limpieza y
funcionamiento de forma que se minimicen las roturas o averías.
-Se deberán proveer los riegos precisos en aquellas zonas que no dispongan de un sistema xx xxxxx automatizado (mangueras, cisternas, etc.).
-Se optimizarán los turnos y dosis xx xxxxx en función de la época del año, haciendo un uso preferente de los programadores que comandan en la red.
-Se evitará el riego por aspersión con velocidades de viento superiores a 4 m/s, especialmente si se utilizasen aguas regeneradas.
Junto a los criterios mínimos del Programa de Gestión xx xxxxx, la empresa adjudicataria deberá complementar otras actuaciones, debidamente justificadas para cada ubicación, que contribuyan no sólo a la utilización eficiente del agua sino a minimizar las pérdidas de ésta y a emplear fuentes alternativas al agua potable, como serían:
-Minimizar las pérdidas por evaporación mediante el entrecavado para evitar el ascenso del agua del suelo por capilaridad o la aportación de mulch y acolchados para evitar la evaporación superficial.
-Reducir las pérdidas por escorrentías mediante la realización de alcorques y aterrazamientos.
-Mitigar los problemas derivados de la permeabilidad o infiltración del agua en el suelo, mediante la toma en consideración de la textura y estructura del suelo, la aplicación de enmiendas o la realización de redes de drenaje.
El horario habitual xx xxxxx será determinado por la Oficina Técnica Municipal responsable, buscándose siempre evitar las franjas horarias de elevada evapotranspiración.
El horario xx xxxxx con xxxxx x xxxxxxxxx, salvo que dicha Oficina Técnica determine otro, se realizará de noche entre las 22:00 y las 07:00 horas, con el objeto de minimizar interferencias con el tráfico rodado.
El riego de plantaciones de arbolado, salvo indicaciones contrarias, se realizará a baja presión, con una dosis xx xxxxx de un mínimo de 30 I por árbol para todos los pies de calibre superior a 10 cm de perímetro. En el caso de menor calibre o arbustos, se considera la cantidad necesaria para llenar el hoyo de plantación.
El arbolado restante y demás elementos vegetales será regado según las necesidades hídricas conforme el criterio de la Oficina Técnica Municipal responsable.
Las frecuencias xx xxxxx se establecen, de forma genérica, de la siguiente forma:
– En el caso xx xxxxxxxx y praderas se realizará un riego diario desde el mes xx xxxxx hasta el mes de octubre, ambos incluídos; y en el resto del año se realizará según necesidades hídricas.
– En el caso de arbolado y arbustivas, se establecen 2 riegos/semana para los meses xx xxxxx, xxxxx y agosto, y en el resto del año se realizará según las necesidades hídricas.
La Dirección Facultativa podrá modificar dichas frecuencias, si así lo considera oportuno.
Previa autorización del Ayuntamiento, el adjudicatario podrá realizar a su cargo mejoras en la red xx xxxxx que quedarán de propiedad municipal, sin derecho a indemnización alguna.
La conservación y modificación de los sistemas xx xxxxx y de todos los elementos necesarios para ello, se realizará de acuerdo con los criterios técnicos municipales y las especificaciones de las Normas Tecnológicas de Jardinería y Paisajismo (NTJ) vigentes relativas a la materia xx xxxxxx; estando a cargo del adjudicatario las averías, roturas, desperfectos, etc..., que por cualquier causa se produjeran y que serán subsanadas con la prontitud necesaria para que no incidan en la buena conservación de la superficie a regar, y en ningún caso superarán las 48 horas desde el comienzo de la avería.
En caso de que tales averías o roturas estuviesen localizadas en instalaciones dependientes de la Concesionaria del Servicio de Aguas, el adjudicatario se abstendrá de actuar sobre las mismas, notificándolo antes de 24 horas al citado servicio y, dando cuenta igualmente a la Dirección Facultativa.
Los daños ocasionados por el mal desarrollo de los trabajos xx xxxxx (derrames de agua, erosiones del terreno y demás perjuicios) deberán ser restablecidos por la empresa conservadora a su cargo.
Los consumos de agua y energía eléctrica asociados a las instalaciones xx xxxxx serán por cuenta del Ayuntamiento, estando el contratista obligado a hacer un uso racional de ambos recursos y encargándose de su riguroso control.
Cualquier modificación en las especies vegetales o en el diseño de cualquier aspecto que conforma los espacios verdes, debe ser motivo para que la empresa revise y analice el Programa de Gestión xx Xxxxx y adecuarlo a las nuevas condiciones de los espacios conservados, de forma que se consiga una utilización lo más eficiente posible del agua. De ser convenientes modificaciones estructurales o el cambio del tipo del sistema xx xxxxx estas modificaciones correrán a cargo del ayuntamiento.
El adjudicatario estará obligado a conservar los nuevos sistemas xx xxxxx que el
Ayuntamiento realice o aquellos que asuma ya ejecutados.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión xx Xxxxx. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.2 PROGRAMA DE RENOVACIÓN Y MEJORA DEL SUSTRATO
En las labores de reposición de plantas de temporada, arbustos, arboles, xxxxxxxx y praderas, se llevará a cabo previamente la remoción y sustitución del sustrato primitivo, con su retirada a vertedero autorizado (cuyo coste será por cuenta del adjudicatario) y aporte de tierra vegetal fértil en la profundidad que, a criterio técnico de la Oficina Técnica Municipal responsable, se estime conveniente.
A tal efecto en el caso de plantación de arbolado supondrá un volumen mínimo de 0,3 m3/ud. En el caso de praderas y xxxxxxxx, una profundidad sobre la "línea de drenaje" de 25 cm como mínimo, al igual que en las manchas, macizos o parterres xx xxxx; y en el caso de arbustos y herbáceas será de 40 cm. y sobre el área delimitada y prescrita por la Oficina Técnica Municipal responsable.
La tierra vegetal aportada incluirá la adición de un abono de fondo extendido sobre la superficie y perfectamente incorporado al terreno.
Por otra parte el aporte de sustratos se realizará a cargo del adjudicatario, en aquellas superficies donde sea necesario establecer o recuperar una cota precisa según las instrucciones de la Dirección Facultativa.
En todos los casos, el sustrato aportado así como la metodología de renovación del mismo se realizará conforme a la NTJ 05T (Tierras de jardinería y recebos).
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Renovación y Mejora del sustrato. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.3 PROGRAMA DE ACOLCHADOS
La aplicación de material orgánico o inorgánico extendido sobre la superficie del suelo, alrededor de árboles, arbustos o un conjunto de plantas mejora las condiciones del suelo y facilita un buen desarrollo vegetativo.
El empleo de acolchados en las labores de plantación o reposición de árboles, arbustos y plantas de temporada será obligatoria, salvo indicación contraria a criterio técnico de la Oficina Técnica Municipal responsable.
De cualquier manera, el acolchado empleado así como su método de aplicación se realizará conforme a la NTJ 05A (Acolchados).
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Acolchados. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.4 PROGRAMA DE ENTRECAVADOS Y ESCARDAS
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Entrecavados y Escardas. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.4.1 Entrecavados y escardas
Las labores de entrecavado y escarda manual se realizarán en todas las superficies que así lo requieran, de manera que desaparezcan las malas hierbas y se mantenga la buena estructura del suelo.
Se establecen las siguientes normas generales para abordar la labor con la calidad esperada:
- La eliminación de malas hierbas deberá ser total, poniendo especial cuidado en macizos xx xxxx, zonas de arbustivas, contorno y bajo los elementos de mobiliario urbano, etc.
- La frecuencia y profundidad del entrecavado o la intensidad de la escarda se ajustarán a la formación vegetal y a las especies a tratar, evitando en todo momento dañar su sistema radicular.
- El entrecavado se desarrollará cuando el suelo se encuentre en tempero para conseguir una buena estructura del suelo.
- Después de efectuar los entrecavados y escardas, se rastrillará el suelo para alisar el terreno y eliminar elementos extraños (piedras, hierbas, etc.).
- Tras el entrecavado o la escarda se retirarán los restos, no quedando depositados ni siquiera de forma eventual.
A continuación, se describen de forma genérica la frecuencia de los trabajos descritos:
- En caso de árboles, arbustos, herbáceas y cubresuelos plantados en zonas terrizas y/o alcorques se darán cuatro entrecavados (uno cada tres meses) de una profundidad del orden de 15/20 cm y de 50 cm de radio en caso de plantación en zonas terrizas o en toda la superficie del alcorque para el arbolado viario.
- En macizos xx xxxx, macizos de arbustos y zonas ajardinadas sin cubierta vegetal, en donde la densidad de plantación no recomienda los entrecavados frecuentes, se eliminarán las malas hierbas de forma manual, eliminando tanto la parte área como su sistema radicular.
Dichas frecuencias son orientativas y podrán ser incrementadas cuanto sea preciso para conseguir la eliminación total de las malas hierbas.
4.1.4.2 Escardas químicas
Pese a que el ideal de este servicio es el mínimo empleo de herbicidas, y el control cultural de las plantas adventicias, éste resulta normalmente insuficiente, por lo que en caso de ser necesario y según el criterio de la Dirección Facultativa, se recurrirá a tratamientos químicos, especialmente en los elementos más exigentes en apariencia, como en el caso de los xxxxxxxx.
Cada programa de tratamientos se acordará anualmente con el Servicio Técnico Municipal correspondiente y recogerá los herbicidas propuestos para cada una de las superficies, materia activa, dosificación, forma y medios de aplicación. La adquisición de los productos empleados será por cuenta del adjudicatario.
En relación con la presencia de malas hierbas y las escardas químicas deberán cumplirse las siguientes prescripciones:
-Se evitará en la medida de lo posible el empleo de productos químicos para la eliminación de plantas adventicias, empleándose como alternativa métodos culturales y naturales no agresivos con el medio.
-La frecuencia de la escarda será adecuada, de forma que la presencia de malas hierbas en el elemento a conservar sea inapreciable, especialmente en zonas pavimentadas y zonas terrizas.
-La aplicación del producto se realizará de forma uniforme en toda la superficie, poniendo especial cuidado en torno y bajo el mobiliario urbano, cartelería, etc.
-La dosificación del herbicida se adecuará al tipo de vegetación a eliminar.
-La escarda se realizará con los equipos adecuados atendiendo al tipo de superficie, condiciones meteorológicas y presencia de usuarios en el parque o espacio verde.
-El manejo de los productos fitosanitarios se realizará fuera del elemento a tratar.
-En los bordes del elemento (césped, terrizo, etc.) se evitará el contacto del producto con la vegetación próxima o las raíces de árboles, tratando a baja presión con la ayuda de una campana protectora adecuada.
El control de los productos químicos será análogo al empleado en los tratamientos fitosanitarios.
Las empresas licitadoras definirán de forma precisa el personal y vehículos necesarios para la correcta ejecución de las escardas.
4.1.5 PROGRAMA DE ENMIENDAS
Las enmiendas son los productos minerales u orgánicos que se incorporan al suelo con la finalidad de mejorar las propiedades, físicas, químicas biológicas o mecánicas del suelo.
Los principales criterios para la utilización de enmiendas serán:
-Las enmiendas orgánicas que producen efectos beneficiosos tanto en los suelos compactos como en los sueltos, se realizarán mediante la aportación de compost de 1ª calidad o estiércoles bien descompuestos.
-Para las enmiendas calizas se utilizarán cales (viva o apagada), dolomita, caliza molidas, o cualquier otra sustancia que reúna las condiciones para la mejora del suelo.
-La arena empleada como enmienda para disminuir la compactación y aumentar la capacidad drenante del suelo, deberá carecer de aristas vivas; se utilizará arena de río poco fina y se desecharán las arenas procedentes de machaqueos.
-Para la aportación de las enmiendas se tendrá en consideración la humedad y la distribución de las lluvias para evitar posibles pérdidas del producto.
-Se controlará que el volumen de las aportaciones no sea excesivamente elevado, fraccionando la enmienda según las necesidades reales del suelo.
-La enmienda será enterrada y mezclada con la tierra, y en la profundidad adecuada.
Las empresas licitadoras definirán de forma precisa el personal, vehículos y maquinaria necesarios para la correcta ejecución de las enmiendas.
Todas las enmiendas serán aportadas por cuenta del adjudicatario y requerirán de la aprobación previa a su utilización por parte de la Oficina Técnica Municipal correspondiente, para lo que será necesario presentar muestras de las enmiendas empleadas así como su análisis, para la verificación de la idoneidad de las mismas, siendo los gastos derivados de dichos análisis con cargo a la empresa conservadora.
En la aplicación de estos tratamientos se emplearán medios, productos y procedimientos efectivos y no tóxicos. Se emplearán en su mayoría, productos ecológicos certificados y de eficiencia contrastada que destaquen por su nula toxicidad para personas, animales y plantas, que además sean inocuos al difundirse por el aire, suelo o agua.
A continuación se establecen las dosis por superficie y los mínimos obligatorios de aplicación anual de enmiendas.
Enmiendas arenosas: Dosis de aplicación:
Dosis: 2-3m3/área o 100-400 kg/área, mezclándola con el suelo mediante una labor de fresadora a 20-40 cm de profundidad en un mínimo de 10.000 m2.
Enmiendas en suelos demasiado arenosos: Dosis de aplicación:
Aporte de tierras vegetales (arena+limo+arcilla+materia orgánica); añadir una capa de 2-5 cm. O hasta 1.000 kg/área mézclandola con el suelo mediante una labor de fresadora a 20-40 cm de profundidad en un mínimo de 5.000 m2.
Enmiendas calizas:
En las enmiendas calizas se utilizarán cales (viva o apagada), dolomita, caliza molidas, o cualquier otra sustancia que reúna las condiciones para la mejora del suelo que se emplearán en función de las
necesidades de control de acidez existentes en las zonas verdes a criterio de la Oficina Técnica Municipal responsable.
Enmienda orgánica.
Se emplearán estiércoles xx xxxxxx bien descompuestos o composts de 1ª calidad en una dosis de 1-2 m3 /área en una superficie anual de 10.000m2, según las instrucciones de la Oficina Técnica Municipal responsable.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Enmiendas. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.6 PROGRAMA DE ABONADO
El abonado es la operación esencial mediante la que se aporta los nutrientes esenciales a las plantas, formando parte siempre del mantenimiento de los xxxxxxxx y, en función de las necesidades requeridas, de arbolado, arbustos, herbáceas y plantas de temporada.
Los abonados a efectuar durante el periodo de vigencia del contrato se desarrollarán según los siguientes parámetros de calidad:
-Se restringirá el uso de abonos químicos a situaciones determinadas en las que haya que compensar una carencia del suelo o para recuperar extracciones y pérdidas por mineralización o lixiviación.
-Se hará uso de abonos orgánicos, minerales o enmiendas adaptadas a una gestión medioambiental sostenible, con el fin de mantener los suelos mejor estructurados y potenciando su fertilidad. La adquisición de todos los productos empleados será por cuenta del adjudicatario.
-Se emplearán abonos con etiqueta CE con contenidos y equilibrios ajustados a la época de aplicación y a las necesidades de las especies.
-El abono estará exento de elementos extraños, agentes patógenos, metales pesados, semillas de malas hierbas y otras impurezas, además de no atraer insectos u otros vectores.
-A requerimiento de la Oficina Técnica Municipal responsable, se realizarán analíticas del suelo previo a la aplicación de los abonados, siendo los gastos derivados de dichos análisis con cargo a la empresa conservadora.
-El abonado se ajustará a las características del suelo y la época de aplicación, y se realizará con medios proporcionales a la superficie de abonado y al tipo de formación vegetal.
-Se evitará el abono nitrogenado en otoño e invierno.
-Se evitará la utilización xx xxxxx sustituyéndola por compost o sus mezclas, procedente de restos vegetales.
-Se realizará una distribución regular del abonado de manera que se evite el exceso de fertilización en zonas puntuales.
-Se mantendrá una franja de 2 a 10 m de ancho sin abonar junto a láminas de agua, asegurándose que tanto de manera directa como de forma indirecta por deriva, no se afectará a dicha franja de protección.
-El reparto del abono se realizará de forma uniforme en toda la superficie de aplicación.
-Se hará uso preferente de abonos equilibrados en su composición, con porcentajes relativamente bajos de nitrógeno y de liberación lenta, evitando la contaminación de nitritos de las aguas subterráneas y reduciendo las necesidades hídricas.
-Los trabajos de abonado requerirán la limpieza final de la zona manteniéndola libre de residuos.
-El transporte, manipulado y almacenado de los abonos se realizará sin ocasionar molestias, y asegurando que las propiedades y estabilidad de los mismos se mantienen inalterables.
En las labores previas a cualquier plantación, las frecuencias y cantidades mínimas de abono
serán:
-Praderas y xxxxxxxx: Se realizarán conforme a lo definido en la NTJ 08G (Siembra e implantación xx xxxxxxxx y praderas)
-Arbustos y macizos xx xxxx: Se realizarán conforme a lo definido en la NTJ 08B (Trabajos de plantación)
-Arbolado: Se realizarán conforme a lo definido en la NTJ 08C (Técnicas de plantación de árboles)
En las labores de mantenimiento, las frecuencias y cantidades mínimas de abono serán:
-Praderas y xxxxxxxx: Se realizarán conforme a lo definido en la NTJ 14G (Mantenimiento xx xxxxxxxx no deportivos y praderas).
-Arbustos y macizos xx xxxx: Se realizarán conforme a lo definido en la NTJ 14D (Mantenimiento de
plantaciones arbustivas).
-Arbolado: Se realizarán conforme a lo definido en la NTJ 14C (Mantenimiento del arbolado).
Las empresas licitadoras definirán de forma precisa el personal y vehículos necesarios para la correcta ejecución del abonado.
El Servicio Técnico Municipal podrá solicitar muestras de los abonos empleados así como su análisis, para la verificación de la idoneidad de los mismos, siendo los gastos derivados de dichos análisis con cargo a la empresa conservadora.
En la aplicación de estos tratamientos se emplearán medios, productos y procedimientos efectivos y no tóxicos. Se priorizará el empleo de productos ecológicos certificados y de eficiencia contrastada que destaquen por su nula toxicidad para personas, animales y plantas, que además sean inocuos al difundirse por el aire, suelo o agua.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Abonados. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.7 PROGRAMA DE AIREADOS
Las praderas de césped en general, y en particular las que tengan un uso intenso o presenten problemas de infiltración insuficiente, recuperarán su permeabilidad y aireación por medio de un programa regular de aireados. De esta manera se mejorará la penetración del aire, agua y nutrientes; favoreciendo así la aireación de la zona radicular y estimular el nuevo proceso de rizogénesis y emisión de brotes que rejuvenezcan las matas.
Los aireados seguirán obligatoriamente las prescripciones que se detallan:
-El aireado se realizará al inicio del periodo principal de crecimiento, cuando las condiciones atmosféricas sean favorables y nunca sujeto a condiciones atmosféricas de estrés.
-La ejecución se realizará con la pradera segada, así como con el tempero de suelo en un estado óptimo.
-El aireado se realizará de manera homogénea por toda la superficie, con la maquinaria o herramientas adecuadas y en una profundidad de entre 8 y 10 cm.
-Se evitará en todo momento causar daños en tuberías del sistema xx xxxxx o drenaje, así como en los sistemas radiculares de árboles y arbustos. Dichos sistemas serán revisados una vez procedido a la ejecución.
-Tras el aireado, se realizará un aporte superficial o recebo con arenas o aportes orgánicos compostados, resiembra y riego posterior, reduciendo la posibilidad de desecación del área tratada. La recogida y retirada de los restos generados a gestor autorizado o lugar de empleo será por cuenta del adjudicatario.
-En cuanto a las frecuencias de aireación de las praderas y xxxxxxxx, se realizarán 2 aireados anuales, salvo indicación contraria de la Oficina Técnica Municipal responsable.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Aireados. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.8 PROGRAMA DE ESCARIFICADOS
Las praderas de césped en general, y en particular las que tengan un uso intenso o presenten problemas de infiltración insuficiente, recuperarán su permeabilidad y aireación por medio de un programa regular de escarificados. De esta manera se mejorará la penetración del aire, agua y nutrientes.
Los escarificados seguirán obligatoriamente las prescripciones que se detallan:
-El escarificado se realizará justo antes del periodo principal de crecimiento y no sujeto a condiciones atmosféricas de estrés.
-La época de realización del escarificado, vendrá igualmente justificada por el tipo de especies que conformen el césped.
-La ejecución se realizará con la pradera segada.
-El escarificado se realizará de manera homogénea por toda la superficie, con la maquinaria o herramientas adecuadas y en una profundidad de entre 2 y 5 cm.
-Se evitará en todo momento causar daños en tuberías del sistema xx xxxxx o drenaje, así como en los sistemas radiculares de árboles y arbustos. Dichos sistemas serán revisados una vez
procedido a la ejecución.
-Tras el escarificado, se realizará un aporte superficial o recebo con xxxxxx o aportes orgánicos compostados, resiembra y riego posterior, reduciendo la posibilidad de desecación del área tratada.
-Se retirarán los restos producidos por estas labores de forma inmediata, siendo por cuenta del adjudicatario los costes derivados de dicha retirada y traslado a lugar de empleo o gestor autorizado.
-En cuanto a las frecuencias de escarificación de las praderas y xxxxxxxx, se realizarán 2 escarificados anuales, salvo indicación contraria de la Oficina Técnica Municipal responsable.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Escarificados. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.9 PROGRAMA DE RENOVACIÓN Y RESIEMBRA
La empresa conservadora deberá garantizar en todo momento el recubrimiento, homogeneidad y regularidad de la pradera, independientemente de que su mal estado sea consecuencia del desgaste por el uso, decrepitud, deficiencias en la siembra o escaso mantenimiento. Para ello deberá contemplar un Programa de renovación y resiembra que tenga en consideración los siguientes criterios:
-La superficie de césped estará totalmente cubierta, homogénea en su mezcla de especies y con el terreno nivelado.
-La renovación o resiembra de las praderas se ejecutará en la época idónea (principio xx xxxxxxxxx y/o principio de otoño), previa validación de la mezcla correspondiente por el Servicio Técnico Municipal.
-Se han de seleccionar especies adaptadas a las condiciones climáticas de la zona, de mayor rusticidad, resistentes a la sequía y a las temperaturas extremas y con menores demandas xx xxxxx, siegas y aplicación de fertilizantes.
-La preparación del terreno o el laboreo se realizará con las herramientas o maquinaria adecuadas y a la profundidad idónea.
-Para una correcta recuperación, se deberá aportar mantillo vegetal libre de malas hierbas de forma que se evite el tratamiento con herbicidas.
-La dosis de siembra será adecuada al tipo de césped a renovar o resembrar.
-Se aportará algún tipo de abono o cubresiembras y en las dosis adecuadas a las especies introducidas.
-La superficie sembrada se rulará para la nivelación de la misma.
-Se realizará un riego inmediatamente a la siembra.
-Después de terminar las labores se procederá a acotar y señalizar las zonas sembradas con todos los medios necesarios para su protección.
-Después de la realización de la labor se eliminarán los restos generados por ésta (cuyo coste de eliminación y tratamiento a gestor autorizado será por cuenta del adjudicatario).
-Tras la escarificación o aireado se realizará un recebado, como aporte sobre la superficie del césped, con la finalidad principal de mejorarlas propiedades físicas del suelo.
-En cuanto a las frecuencias de regeneración y resiembra de las praderas y xxxxxxxx, se realizará una regeneración anual y 2 resiembras anuales, salvo indicación contraria de la Oficina Técnica Municipal responsable.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Renovación y Resiembra. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.10 PROGRAMA DE XXXXX XX XXXXXXXX
La frecuencia de siega no se puede establecer con precisión, sino que dependerá de las condiciones de cultivo (temperatura y humedad), fertilización y tipo de césped (especie y cultivar). Aun así, se determinarán unos criterios mínimos para la ejecución de la siega, que junto con el riego y la fertilización, condicionarán en gran medida su valor ornamental y el nivel de calidad del césped.
La variedad de mezclas cespitosas presentes en los espacios verdes hacen necesario un
mantenimiento diferenciado, ya que las labores asociadas presentarán variaciones en función del tipo de césped. En este sentido se tomarán como referencia las categorías de mantenimiento xx xxxxxxxx y praderas recogidas en la NTJ 14G (Mantenimiento xx xxxxxxxx no deportivos y praderas).
- La empresa licitadora propondrá frecuencias y alturas máximas según la composición específica y categoría de los xxxxxxxx.
- La siega se realizará sobre superficie uniforme, seca y donde hayan sido eliminados los residuos vegetales, y aquellos residuos sólidos superiores a 25 mm, con el fin de evitar daños en la maquinaria y que sean proyectados.
- La maquinaria a emplear y la frecuencia de siega serán adecuadas al tipo de césped y espacio de trabajo.
- La altura del césped vendrá condicionada por la categoría del mismo. Como regla general, la altura se mantendrá en todo momento entre 25 y 70 mm, conformándose un contorno regular y los bordes recortados. No obstante, se efectuará un corte menor en aquellas superficies cespitosas que así lo requieran, a criterio de la Oficina Técnica Municipal.
- Como regla general se cortará como máximo 1/3 de la altura total del césped y siempre que el tipo de césped lo permita, la altura xx xxxxx no será demasiado baja, para evitar pérdidas de agua por evapotranspiración.
- El corte será limpio, sin desgarros y cuidando de no dañar con la maquinaria los árboles y arbustos.
- Cuando el césped linde con otros elementos vegetales, pavimentos, desagües, mobiliario, etc., se recortarán con los medios adecuados a la misma altura de siega.
- Con el fin de evitar los graves daños causados por la maquinaria de siega en árboles sobre césped, se creará un anillo perimetral cavado de 20 cm de espesor libre de vegetación.
- La reposición de carburante de la maquinaria se llevará a cabo fuera del césped para evitar cualquier vertido sobre él.
- Para una buena calidad xxx xxxxx se deberán mantener en todo momento las cuchillas afiladas.
- Tras la siega y recorte se retirarán los restos, no quedando depositados ni de forma
eventual, siendo eliminados y gestionados en el transcurso de la misma jornada (con cargo a la empresa adjudicataria).
- Cuando se trate de tapizantes que no admitan la siega, se reducirá la altura mediante corte manual y/o mecánico, cuando sea posible.
La frecuencia de siega estará en consonancia con la altura máxima admisible que será entre 25 y 70 mm y un plazo máximo entre siegas de 10 días de marzo a octubre (ambos inclusive), y de 15 días de noviembre a febrero (ambos inclusive).
El perfilado y recorte de bordes se realizará con una periodicidad mínima de 3 veces al mes en los meses xx xxxxx a octubre (ambos inclusive), y 2 veces al mes en los meses de noviembre a febrero (ambos inclusive). A criterio de la Oficina Técnica Municipal y en función de la categoría de mantenimiento, se evitará el empleo de desbrozadora con cabezal con hilo de nylon optándose por la labor manual.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Xxxxx xx Xxxxxxxx. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.11 PROGRAMA DE DESBROCE DE PRADERAS
Al igual que la xxxxx xx xxxxxxxx, la frecuencia del desbroce no se puede establecer con precisión, sino que dependerá de las condiciones climatológicas (temperatura y humedad) y la composición específica de la pradera. Aun así, se determinarán unos criterios mínimos para la ejecución de los desbroces y perfilados:
-Para evitar daños en los troncos del arbolado y/o especies arbustivas derivados de tropezones de la maquinaria de siega o efecto del nylon de los cabezales de desbrozadora, se creará un anillo perimetral cavado de 20 cm de espesor libre de vegetación.
-Se eliminarán los residuos sólidos con tamaño superior a 75 mm antes de la ejecución del desbroce.
-La maquinaria empleada así como la frecuencia de desbroce y/o perfilado serán adecuadas al tipo xx xxxxxxx.
-Se adoptarán las precauciones necesarias para que los árboles y los arbustos presentes en
la pradera no sean dañados por la maquinaria.
-Cuando el césped linde con otros elementos vegetales, pavimentos, desagües, mobiliario, etc., se recortará con los medios adecuados a la misma altura del desbroce.
-El perfilado se ejecutará recortando y eliminando los bordes de las áreas xx xxxxxxx, tanto exteriores como interiores, manteniendo el trazado de los perfiles de dichas áreas procurando eliminar los sistemas radiculares.
-Tras el desbroce y/o perfilado se eliminarán en el transcurso de la misma jornada los residuos vegetales generados (cuyo coste de retirada y tratamiento mediante gestor autorizado será a cuenta del adjudicatario).
La frecuencia de siega estará en consonancia con la altura máxima admisible que será entre 30 y 100 mm. La altura de siega recomendada después de la floración es de 60 mm. El plazo máximo entre siegas de 12 días de marzo a octubre (ambos inclusive), y de 20 días de noviembre a febrero (ambos inclusive).
El perfilado se realizará con una periodicidad mínima de 2 veces al mes en los meses xx xxxxx a octubre (ambos inclusive), y una vez al mes en los meses de noviembre a febrero ambos inclusive.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Desbroce de Praderas. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.12 PROGRAMA DE PODA Y RECORTE DE ÁRBORES, SETOS Y TOPIARIAS
La poda buscará el máximo nivel estético posible de la especie, mantener el vigor de la misma, adecuar la estructura de la especie a la función que desempeña en la zona verde, reducir el riesgo de fracturas de ramas y la caída y rotura de árboles, evitar el rozamiento de ramas con edificios e infraestructuras, alcanzar el máximo nivel estético posible de la especie, y reducir la proliferación de plagas o enfermedades por la presencia de ramaje y follaje seco o afectado.
En cualquier caso siempre se deberá respetar al máximo la biología del árbol y adaptar el tipo de poda practicado a su forma y estructura características, teniendo en cuenta el espacio que dispone.
Antes de realizar una poda se deberán de señalar claramente los objetivos específicos que pretenden alcanzar en cada poda, definidos previamente por la Oficina Técnica Municipal en función de sus características concretas. Cada año se presentará un plan de podas, antes referido en el Plan de Gestión del arbolado de todas las zonas que incluyen estos trabajos firmado por técnico universitario competente de la rama agraria o forestal, en el que se contemplen las necesidades de poda o en su defecto la justificación técnica de que no es necesaria la poda en ese año.
Los objetivos generales que se deben de alcanzar con los trabajos de poda (y comunes con el plan de conservación y seguridad del arbolado) son los siguientes:
- Conseguir y mantener un desarrollo adecuado de los ejemplares, manteniendo y mejorando su salud y estructura.
-Adecuar el árbol a las necesidades de uso del espacio donde se desarrolla.
-Evitar el desprendimiento de ramas que podrían causar daños a las personas y bienes.
-Evitar el rozamiento de ramas que podrían causar daños o inconvenientes a edificios e infraestructuras o al árbol mismo
-Evitar que el ramaje bajo afecte al paso de los peatones, al tránsito de vehículos o a la señalización vertical.
-Descargar de peso aquellos árboles con riesgo de caída o rotura
-Formar correctamente los árboles, reformar aquéllos que están mal formados o reequilibrar la copa de un árbol de copa desequilibrada.
-Proporcionar una mayor belleza al ejemplar y a su entorno.
-Conseguir, en algunos casos, el máximo desarrollo de las copas de los árboles de sombra.
-Evitar, en algunos casos, que las plagas o enfermedades se extiendan, suprimiendo ramaje y follaje secos o afectados.
Los requisitos mínimos de calidad que se deberán cumplir en todo momento son: Poda de Árboles:
-Los árboles de los espacios verdes carecerán de ramas secas, infectadas, rotas o
malformados y rebrotes, conservándose la estructura característica de la especie.
-Se adecuará cada especie vegetal a las necesidades de uso del espacio donde se desarrolla.
-La poda se realizará en la época adecuada a la especie, teniendo en cuenta el tipo poda que se pretende realizar.
-La poda responderá al estado sanitario, especie, localización, edad, necesidades y objetivos previstos para el ejemplar o grupo de ejemplares.
-La poda se ejecutará de manera equilibrada, formando correctamente los árboles, reformando aquellos que estén mal formados y/o reequilibrando las copas descompensadas.
-Los cortes deberán ser limpios, sin desgarros y respetando el engrosamiento de la rama.
-La poda de ramas secas se ejecutará sin dañar a tejidos vivos.
-La estructura resultante será la prevista y adecuada al tipo de poda.
-La severidad de la poda será la estrictamente necesaria, evitando eliminar más del 25% del
ramaje.
-Las herramientas empleadas estarán limpias y desinfectarán regularmente en cada cambio de ejemplar.
-La empresa conservadora cumplirá los protocolos de poda y trepa, quedando obligada a minimizar los riesgos asociados a los trabajos mediante el uso obligatorio de EPI's por parte de los operarios.
-La empresa conservadora deberá garantizar en la operación de poda la seguridad de bienes y personas mediante una correcta señalización y balizamiento.
-Los restos de poda serán adecuadamente recogidos dejando limpia la zona, inmediatamente después a la ejecución de los trabajos o en el transcurso de la misma jornada (cuyo coste de recogida y gestión de los restos será a cuenta del adjudicatario).
-La empresa adjudicataria será la responsable de tramitar las autorizaciones necesarias para realizar los trabajos de poda con la Policía Local, teniendo en cuenta que no podrá haber vehículos en el entorno donde se realizan estos trabajos.
Poda y pinzado de Arbustos:
-La poda responderá a la época y al tipo de vegetación, teniendo en cuenta que no siempre es necesaria la realización de podas.
-Las herramientas utilizadas serán las más adecuadas a la especie y formación vegetaI.
-El corte se efectuará adecuadamente, limpio y sin desgarros, además de darse en el lugar correcto para favorecer una respuesta del arbusto en cuanto al crecimiento, floración o fructificación o en cuanto al cerramiento de la herida.
-Se mantendrá la forma, porte, volumen y uso de los arbustos favoreciendo la floración y la presencia de yemas florales, flores y frutos deseados.
-Las herramientas xx xxxxx estarán limpias y serán desinfectadas continuamente.
-Los restos de poda serán adecuadamente recogidos dejando limpia la zona, inmediatamente después a la ejecución de los trabajos o en el transcurso de la misma jornada (los costes de la retirada y gestión de dichos restos generados serán por cuenta del adjudicatario).
-Toda pérdida, o daño ocasionado al arbolado, arbustos, que se produzca corno resultado de la negligencia de la empresa contratista, o de cualquiera de sus trabajadores, será debidamente valorado y deducido de las certificaciones mensuales, previa notificación de la Oficina Técnica Municipal responsable.
-El adjudicatario deberá ejercer la vigilancia precisa sobre árboles municipales ubicados en xxxxxx, xxxxxxxx, xxxxxx, xxxxxxx, xxxxxxxx, x xxxxx xxxxxx xxxx titularidad sea del Ayuntamiento de Pontevedra y estén comprendidos dentro de las zonas de mantenimiento del presente contrato, siendo el único responsable de los daños y perjuicios tanto sobre personas, terceros o cosas que eventualmente se produjesen por caídas de ramas y/o caída de árboles.
Recorte de Setos y topiarias:
-El recorte se ejecutará en la época adecuada, evitando los períodos de heladas y calor
intenso.
-Las herramientas utilizadas serán las más adecuadas a la especie y formación vegetal.
-La frecuencia del recorte será la necesaria para favorecer los brotes y conseguir la
geometría y tamaño xxx xxxx o topiaria esperado para cada especie.
-Las herramientas xx xxxxx estarán limpias y serán desinfectadas continuamente.
-Los restos de recorte serán adecuadamente recogidos dejando limpia la zona, inmediatamente después a la ejecución de los trabajos o en el transcurso de la misma jornada (los costes de la retirada y gestión de dichos restos generados serán por cuenta del adjudicatario).
-Los pies que hayan de ser apeados, serán desramados y tronzados in situ. En función de la situación, diámetro o directrices de la Oficina Técnica Municipal responsable, la empresa conservadora procederá al destoconado para la extracción de la raíz, rellenando el vaciado, quedando la zona nivelada y rastrillada.
-No se excederá en más de 10 días, el plazo de ejecución del apeo y destoconado desde la autorización por la Oficina Técnica Municipal responsable.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Poda y Recorte de árboles, setos y topiarias. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.13 PROGRAMA DE CONSERVACIÓN Y SEGURIDAD DEL ARBOLADO
El ayuntamiento es responsable del bienestar y garante de implantación del árbol en la ciudad en condiciones de calidad y dignidad adecuadas y debe asegurar las condiciones para su desarrollo, representando los intereses de las personas actualmente afectadas y de las generaciones venideras. De este modo surge la necesidad de elaborar un Plan de Gestión del arbolado.
La gestión del arbolado urbano es una tarea que requiere un esfuerzo continuado de estudio y actuación, que tiene por objeto no solamente la preservación de los ejemplares en un correcto estado fitosanitario, sino también garantizar la seguridad de los usuarios.
Esta labor será especialmente significativa, dado que una parte importante del arbolado urbano está constituido por ejemplares adultos.
Será responsabilidad de la empresa adjudicataria la planificación, desarrollo, seguimiento y control de la sanidad vegetal y de la seguridad del arbolado, siendo ésta responsable de aquellos daños que pudiesen generarse sobre el propio arbolado o hacia terceros, como consecuencia del incumplimiento de los requisitos establecidos en el Programa o mala praxis en la ejecución del
mismo.
El objetivo del Programa de Gestión del Arbolado consiste en prever las posibles situaciones que pueden comprometer la estabilidad del arbolado y la seguridad de las personas. No obstante, la aplicación exhaustiva del Programa no garantizará que no se produzcan accidentes, porque pueden acontecer situaciones de fuerza mayor; pero sí permitirá disponer de la información necesaria para tomar las medidas más adecuadas cada año, al estar vinculado al mantenimiento actualizado del inventario en este sentido.
La empresa licitadora propondrá la metodología a seguir en la gestión del arbolado urbano en cuanto a sanidad vegetal y seguridad del mismo.
Dicho Programa deberá contener, al menos, los siguientes aspectos:
-Ámbito de aplicación.
-Análisis visual.
-Objetivos del análisis visual.
-Otras técnicas alternativas al análisis visual.
-Determinación de la probabilidad de fractura o caída de ejemplares o partes del mismo.
-Metodología para determinar la magnitud de los daños a personas o bienes que se pudiesen ocasionar.
- Etc.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge dicha metodología así como el contenido que debe incluir el Programa de Gestión del Arbolado. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
Se entiende también incluidos en la conservación del arbolado los siguientes: la reparación de las rejillas y alcorques, abonado, tutores y sistemas de amarre al árbol y riego de alcorques, con la periodicidad ya establecida para garantizar la supervivencia de aquellos, así como la aireación de las tierras anexas, eliminación de ramas peligrosas, rotas, secas o enfermas, chupones de árboles injertados,... o bien ramas bajas que impidan o dificulten la circulación de viandantes o vehículos, interferencias con los cableados aéreos, etc. Del arranque de las raíces y tocones de árboles y la detención y tratamiento de plagas y enfermedades.
En caso de pérdida de algún ejemplar situado o no en alcorques xx xxxxxx públicos, por enfermedad, vandalismo, etc, el adjudicatario deberá proceder a su retirada (incluida la retirada del tocón), y si es necesario también de la tierra y aporte de tierra vegetal fértil al hoyo, para realizar la posterior plantación de un nuevo ejemplar (a cargo de la empresa adjudicataria) y de acuerdo con la Oficina Técnica Municipal. Correrán a su cargo los desperfectos o alteraciones que se originen en el
arbolado, por causas naturales o por la incorrecta realización de las labores, incluyéndose en este caso los que puedan ocasionar o producir el propio arbolado.
Queda prohibido llevar a cabo la tala de ningún ejemplar sin haberse recibido la orden de apeo por parte de la Oficina Técnica Municipal. En el caso de que no sea posible llevar a cabo la tala del ejemplar, con caída libre o dirigida, se procederá a su apeo especial mediante el método de tala fraccionada, llevándola a cabo con las técnicas de trepa, o mediante el uso de una cesta elevadora.
Todo material no susceptible de ser empleado y que adquiera la condición de residuo deberá ser debidamente tratado y gestionado, segundo normativa existente, y con cargo al adjudicatario.
Así, surge la necesidad de elaborar el mencionado Plan de Gestión como garantía de protección, conservación y mejora del arbolado de la ciudad y de su entorno. Este Plan, declara al árbol elemento de interés público y por lo tanto protegido.
A partir del Programa de Gestión del Arbolado, a presentar en la oferta por parte de la empresa licitadora, que describirá y definirá directrices, criterios, funciones y metodología a seguir en el mantenimiento y conservación del arbolado, el adjudicatario estará obligado a presentar anualmente un Plan Anual de Gestión del Arbolado que describa el estado de los árboles, la detección de peligrosidad y medidas y medios a adoptar en cada caso.
Este plan estará redactado por técnico universitario competente en materia agraria o forestal y contendrá los siguientes apartados:
Análisis de la situación actual Datos o zonas analizados
Diagnóstico y redacción de un mapa de riesgo Medidas adoptadas
Planificación de los trabajos
Conclusiones (Evolución con respecto a años anteriores,...)
Cada zona verde será analizada en profundidad, de tal forma que quede revisado perfectamente el estado de todos los árboles objeto de contrato, detectando cualquier signo o síntoma de peligrosidad, así como cualquier señal que requiera una actuación o medida.
Toda esta revisión podrá quedar plasmada en un Inventario del Arbolado, si la Dirección Facultativa así lo considera oportuno. Dicho inventario quedaría estructurado de la siguiente forma:
1. INVENTARIO DEL ARBOLADO.
Este inventario contendrá, como mínimo, la siguiente documentación:
-Base cartográfica informatizada (digital), (los árboles se censan y ubican en la base cartográfica digital)
-Inventario y localización del arbolado existente, ubicación y estado en el que se encuentra, ficha técnica + hoja de campo
-Bases de datos elaboradas a partir de las fichas técnicas
-Localización, cuantificación y tipología de los espacios arbolados
-Inventario de los espacios arbolables: ubicación y tipología
-Inventario de los árboles singulares y/o monumentales
-Plano de la situación de cada unidad inventariada
-Inventario asociado a distintas bases de datos: botánicas, fitopatológicas.
El inventario implicará la realización de trabajos de campo y de gabinete.
La labor de campo se realiza pie a pie e implicará la realización de una ficha descriptiva para los árboles de los espacios libres, plazas, zonas verdes, calles...
Toda la información deberá estar a su vez referenciada a la base cartográfica municipal, siendo los datos de la ficha técnica a incluir, entre otros:
-Ubicación exacta del árbol
-Cubrición de alcorque
-Altura total, xxxx, refaldado
-Riego y estado de este (posible presencia de fugas, etc)
-Bifurcaciones del tronco, ramas (en y, con o sin corteza incrustada, en U)
-Bordillos
-Presencia de cableado cercano
-Categoría biomecánica
-Cavidades (cuello, tronco, ramas)
-Compactación del suelo
-Copa descompensada
-Cortes
-Cota del terreno, cambios
-Diámetro de la copa
-Xxxxx del árbol
-Edad
-Edificaciones
-Enfermedades y plagas
-Especie, variedad, cultivar, etc.
-Farolas, seimaforos , señales...
-Fisuras (tronco, ramas, etc.)
-Flujos
-Función que cumple
-Grietas en tronco, heridas
-Hongos
-Inclinación del tronco
-Madera vista
-Número de posición
-Perímetro en el cuello
-Perímetro de tronco
-Presencia xx xxxxxxx
-Presencia de hongos: parásito / saprófito
-Presencia de plagas
-Ramas secas (ramas primarias, secundarias...)
-Riego
-Sexo
-Tutores
2. DIAGNÓSTICO Y REDACCIÓN DE UN MAPA DE RIESGO.
Como consecuencia de la revisión exhaustiva de todo el arbolado y del inventario (si procede), el plan de gestión contemplará la valoración del estado de los árboles, la detección y valoración de su peligrosidad, la ordenación de prioridades en la gestión, así como la definición concreta de los recursos humanos y materiales que se destinarán anualmente a estas tareas (incluyendo la señalización, balizamiento y demás medidas a emplear en cuanto a seguridad y salud; así como el tratamiento y gestión de los residuos generados).
Este plan contemplará un plan anual de seguridad y podas que cada año serán actualizadas las actuaciones de todas las zonas que incluyen estos trabajos en el que se motiven las necesidades de poda o en su defecto la justificación técnica de que no es necesaria la poda en ese año.
No obstante, se establece en el siguiente cuadro, un número anual previsible de actuaciones, en relación con la seguridad del arbolado de un mínimo porte.
APEO | |
Unidades | Características arbolado |
25 50 | Ø > 60 cm Ø < 60 cm |
PODA DE SEGURIDAD | |
Unidades | Características arbolado |
150 | Ø > 40 cm |
ATIRANTADO - ARRIOSTRADO - | |
Unidades | Características arbolado |
10 | Según Plan de gestión |
* En dicho Plan Anual de Gestión y Seguridad del Arbolado quedará perfectamente justificado que se
ha revisado todo el conjunto del arbolado que incluye el presente contrato (tanto el arbolado viario como el existente en los espacios verdes a mantener).
Así mismo, el número anual de actuaciones fijado en dicho plan presentado por la empresa conservadora, podrá ser incrementado o reducido, según lo considere oportuno la Dirección Facultativa.
4.1.14 PROGRAMAS DE REPOSICIONES Y NUEVAS PLANTACIONES
La reposición de las plantas muertas o que pierdan considerablemente sus características botánicas y ornamentales será a cargo de la empresa adjudicataria cuando se deriven de una deficiente conservación, como riego insuficiente o inadecuado, falta de control fitosanitario, mala calidad de la planta, deficiente ejecución de la plantación, excesiva vejez por carencia de reposiciones, etc.
De no darse tales circunstancias, el Ayuntamiento suministrará o abonará únicamente los elementos vegetales necesarios, de acuerdo con su valoración del cuadro de precios en vigor (los demás costes de plantación y resto de operaciones descritas a continuación serán por cuenta del adjudicatario). En el caso de existir la necesidad de plantación de algún elemento vegetal no contemplado en el cuadro de precios municipal, se procederá a confeccionar el correspondiente precio contradictorio, de conformidad con el adjudicatario.
La certificación de estos gastos de suministro se realizará dentro del canon de conservación por valoración de obra y/o plantación realizada.
Los árboles, arbustos y plantas de temporada a reponer seguirán el criterio de la Oficina Técnica Municipal responsable, que definirá la especie, el calibre, dimensiones y formato de presentación de las plantas.
Plantación de Árboles:
-Las dimensiones xxx xxxx serán proporcionales a la plantación a realizar.
-La planta cumplirá los parámetros de calidad exigibles a su desarrollo, conformación, proporción y estado sanitario.
-Se seleccionarán preferentemente especies y variedades autóctonas resistentes a la sequía, que toleren niveles de contaminación atmosférica y sean más resistentes a plagas y enfermedades.
-Se evitará en la medida de lo posible el empleo de especies alergénicas.
-En la medida de lo posible, y según las circunstancias de cada caso, se seleccionarán individuos de porte adecuado, evitando siempre plantar individuos de gran porte o mayor edad (los cuales van a presentar más dificultades en su adaptación y a requerir más recursos en su mantenimiento).
-El transporte, empaquetado, protección de raíces, manipulación en el punto de plantación y el aviverado si procede, se efectuarán de forma adecuada y sin causar daños en la planta.
-La época de plantación será la adecuada a la presentación de la planta, tipo de planta, y su lugar de plantación.
-El proceso de plantación se ejecutará mediante un sistema de drenaje adecuado, asentado, aplomado, relleno y pisado de la planta, de forma que ésta quede perfectamente recta y centrada en el hoyo.
-Las plantas que no tengan asegurada su estabilidad deberán ser entutoradas hasta su enraizamiento, por un periodo de 2 años.
-Se efectuará el riego de instalación proporcional al tipo de planta, época y lugar de plantación.
-Tras la plantación se limpiará la zona dejándola libre de sustratos y residuos.
-Se procederá al cambio de tierras si es necesario.
En caso de creación de nuevos alcorques en los que la plantación la tenga que realizar directamente el ayuntamiento de Pontevedra, el adjudicatario procederá a la plantación de los árboles que le sean indicados por la Oficina Técnica Municipal, siendo el árbol y el tutor con cargo al Ayuntamiento. Las unidades efectuadas se certificarán de acuerdo al informe y valoración de la Dirección Facultativa. Del mismo modo que en el caso de zonas verdes, estos árboles pasarán a ser conservados por el adjudicatario, así como aquellos otros que sean recibidos por el ayuntamiento.
El adjudicatario realizará, anualmente, un recuento de las marras que se hayan producido, presentando el correspondiente listado a la Oficina Técnica Municipal y procederá a la corta y extracción de todas las plantas secas y de aquellas cuyo estado fitosanitario lo haga recomendable a juicio de la citada Oficina Municipal.
En cualquier caso, para la ejecución de estos trabajos se seguirán las instrucciones dadas por las NTJ 08B (Trabajos de plantación), NTJ 08C (Técnicas de plantación de árboles) y NTJ 010 (Plantaciones en obras lineales viarias).
Plantación de Arbustos:
realizar.
-Se removerá el área de plantación en una profundidad mínima de 60 cm.
-Las dimensiones xxx xxxx y el marco de plantación serán los adecuados a la plantación a
-Se seleccionarán preferentemente especies y variedades autóctonas resistentes a la sequía,
que toleren niveles de contaminación atmosférica y sean más resistentes a plagas y enfermedades.
-Se evitará en la medida de lo posible el empleo de especies alergénicas o con partes tóxicas, especialmente en las proximidades de las áreas de juegos infantiles y en patios y Jardines escolares.
-Tanto en macizos de arbustos como en setos se planteará un adecuado marco de plantación con el fin de evitar futuros problemas fitosanitarios y de mantenimiento.
-La planta cumplirá los parámetros de calidad exigibles a su desarrollo, conformación, proporción y estado sanitario.
-El transporte, empaquetado, protección de raíces, manipulación en el punto de plantación y el aviverado si procede, será correcto en todo caso,
-La época de plantación será la adecuada a la presentación de planta, el tipo de planta y su lugar de plantación.
-El proceso de plantación se ejecutará correctamente en cuanto a su asentado, aplomado y relleno, de forma que ésta quede perfectamente recta y centrada en el hoyo.
-Se aportará algún tipo de sustrato o abono en la plantación.
-Se dispondrán acolchados o sistemas de protección.
-Se efectuará el riego de instalación proporcional al tipo de planta, época y lugar de plantación.
-Tras la plantación se limpiará la zona dejándola libre de sustratos y residuos.
En cualquier caso, para la ejecución de estos trabajos se seguirán las instrucciones dadas por las NTJ 08B (Trabajos de plantación) y NTJ 010 (Plantaciones en obras lineales viarias)
Plantación xx Xxxx de Temporada:
Todas aquellas superficies clasificadas como zonas de planta de temporada en la cartografía anexa a estos pliegos serán objeto de las labores de preparación y plantación al menos 2 veces al año, conforme a las siguientes indicaciones:
-Se eliminarán y retirarán las plantas existentes.
-Se preparará el terreno con un volteo de, como mínimo, 40 cm.
-Las dimensiones xxx xxxx y el marco de plantación serán los adecuados a la plantación a realizar, según especie, tamaño y presentación.
-Se han de seleccionar especies y variedades adaptadas a la climatología de la zona y con bajas necesidades hídricas.
-Se realizará un plan anual de plantaciones de planta xx xxxx, si así lo indica la Dirección Facultativa, definiendo especie, época, color, densidad, presentación y frecuencia de reposición.
-La planta cumplirá los parámetros de calidad exigibles a su desarrollo, conformación, proporción y estado sanitario.
-El transporte, empaquetado, protección de raíces, manipulación en el punto de plantación y el acopio si procede, será correcto en todo caso.
-La época de plantación será la adecuada a la presentación de la planta, la especie y su lugar de plantación.
-El proceso de plantación se ejecutará correctamente en cuanto a su asentado, aplomado y relleno, de forma que ésta quede perfectamente recta y centrada en el hoyo.
-Se aportará algún tipo de sustrato o abono en la plantación.
-Se efectuará el riego de instalación proporcional al tipo de planta, época y lugar de plantación.
-Tras la plantación se limpiará la zona dejándola libre de sustratos y residuos.
-Junto a estas medidas se tomarán en cuenta otras que fomenten la gestión sostenible de los trabajos de reposición y nueva plantación.
-Se evitará en el suministro de planta un exceso de envoltorios para minimizar la producción de residuos de envases, y se utilizarán envases fabricados con materiales reciclados, biodegradables o retornables.
-Se realizará la recogida selectiva de los residuos generados por las reposiciones y nuevas plantaciones como macetas, bandejas, residuos vegetales, envoltorios plásticos, cartón.
-Los residuos vegetales se trasladarán a una planta de compostaje autorizada y el resto de residuos se gestionarán convenientemente (cuyo coste será por cuenta del adjudicatario).
-En función de las instrucciones de la Oficina Técnica Municipal responsable, anualmente se destinarán una serie de zonas a la plantación de bulbos y tubérculos xx xxxx.
En cualquier caso, para la ejecución de estos trabajos se seguirán las instrucciones dadas por las NTJ 08B (Trabajos de plantación) y NTJ 010 (Plantaciones en obras lineales viarias).
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Reposiciones y Nuevas Plantaciones. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.15 PROGRAMA DE TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS
El uso de productos fitosanitarios puede ejercer efectos nocivos indeseables en organismos distintos al del xxxxx, especialmente sobre el hombre, así como sobre el medio ambiente. Por este motivo el Servicio Técnico Municipal apuesta por la reducción del uso de plaguicidas en los parques y jardines de uso público, y el fomento de otras medidas compatibles con un mantenimiento sostenible, como son:
-Desarrollar los métodos preventivos necesarios para minimizar la presencia y propagación de plagas y enfermedades en las especies vegetales. Selección de especies resistentes, adecuada limpieza de herramientas, calidad del material vegetal de plantación, drenaje adecuado de sustratos de siembra y de plantación, etc.
-Potenciar la lucha ecológica/biológica mediante insectos, pájaros insectívoros, bandas cromáticas, lámparas de vapor de mercurio, trampas con feromonas, etc.
-Empleo de fitosanitarios con materias activas ecológicas o con materias activas de tipo hormonal y orgánico.
-Uso de fitosanitarios de bajo impacto ambiental, con baja toxicidad para la fauna, específicos para el problema a resolver, a bajas dosis, en formulaciones granuladas encapsuladas para reducir el riesgo de contaminación por vertidos accidentales o microencapsuladas y de liberación lenta para reducir el movimiento y lixiviación de los fitosanitarios en el suelo.
Puesto que uno de los aspectos que más influyen en el valor ornamental de las especies vegetales es su estado fitosanitario, se deberá elaborar un programa que recoja además de los métodos preventivos, los medios de detección, valoración y seguimiento del estado fitosanitario de la vegetación, así como los productos ecológicos o no ecológicos propuestos, señalando sus materias activas, dosificación y forma de aplicación.
Serán criterios generales mínimos exigibles a esta labor:
-La aplicación de este tipo de productos se llevará a cabo por personal y empresas cualificadas (Carné de aplicador y Registro de empresas aplicadoras de fitosanitarios).
-El tratamiento se llevará a cabo en las condiciones climáticas que optimicen su eficacia.
-El tratamiento se realizará en los momentos óptimos del huésped y el agente patógeno a tratar acorde al estadio o fase del ciclo en el que se encuentren.
-Se aplicará el tratamiento en un horario que minimice los posibles perjuicios a terceros, especialmente en horario nocturno de 23:00 h a 6:00 h.
-La dosis empleada será adecuada a la superficie a tratar y al tipo de equipo a emplear (atomizadores, equipos de alta y baja presión, mochilas, etc.), adaptando las dosis a los diferentes consumos de agua.
-La aplicación del producto se realizará de forma uniforme en toda la superficie utilizando el tamaño de boquilla más recomendable en función de la dosis por hectárea y la velocidad de trabajo, así como una adecuada presión de trabajo en la misma, de forma que se pueda reducir al mínimo la deriva.
-Los tratamientos preventivos quedarán limitados a las especies sensibles a determinadas plagas o enfermedades y sólo para prevenir las mismas.
-El tratamiento se realizará con los equipos y metodología más adecuada, atendiendo al tipo de superficie, condiciones meteorológicas y presencia de usuarios en el parque y viales. Será prioritario el uso de equipos de aplicación de baja deriva.
-No se tratará directamente sobre fuentes, rías, lagos, canales o cualquier curso de agua, procurando dejar bandas sin tratar en el entorno de los mismos y no permitiendo que la deriva del pulverizado alcance estas zonas.
-Se delimitará y/o señalizará con los elementos de protección y balizamiento que sean necesarios el ámbito de los trabajos cuando éstos comporten riesgos para las personas.
-Los equipos de aplicación serán debidamente calibrados y mantenidos en perfectas condiciones para evitar derrames o consumos innecesarios.
-Cuando los tratamientos fitosanitarios sean o vengan acompañados de poda o tala para eliminación de material vegetal afectado, los restos serán inmediatamente retirados y gestionados
para su eliminación (cuyo coste será por cuenta del adjudicatario).
-Los envases vacíos se depositarán en el lugar que el Ayuntamiento haya habilitado para tal fin o serán gestionados directamente por la empresa a través de un gestor autorizado.
Será de aplicación inmediata la legislación en materia de fitosanitarios: Real Decreto 1311/2012 del 14 de septiembre y demás normativa existente.
En todo momento se atenderá a la legislación vigente de Riesgos Laborales y todas las disposiciones que sean de aplicación en las obras y actuaciones que se realicen en la vía pública.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Tratamientos Fitosanitarios. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
Condiciones específicas para la realización de los trabajos:
Sanidad vegetal:
El adjudicatario quedará obligado a realizar a su cargo y en las fechas oportunas, los estudios y análisis necesarios, la vigilancia, el control y los tratamiento preventivos y/o curativos necesarios, para impedir el comienzo o propagación de cualquier enfermedad y/o plaga que pudiera aparecer en las zonas verdes, así como los tratamientos y controles encaminados a combatir en su totalidad la enfermedad y/o plaga, una vez desarrollada.
Al comienzo del contrato, y junto con los inventarios iniciales, la empresa adjudicataria deberá presentar un PROGRAMA BÁSICO DE SANIDAD VEGETAL, realizado por un Ingeniero o Ingeniero Técnico de la especialidad agrícola o forestal que constará de:
-Confección de una ficha para cada espacio verde, con todas las incidencias, plagas y enfermedades más comunes que les afecten, indicando los tratamientos preventivos y curativos más adecuados y las épocas de aplicación.
-Controles y análisis periódicos que sean necesarios de acuerdo con la información recogida.
-Confección de un programa de tratamientos preventivos y curativos de las plagas y enfermedades endémicas y de las que, aunque no se consideren endémicas, son habituales, de las especies existentes en los espacios verdes, con las épocas y condiciones climatológicas que deben vigilarse.
-Este Programa será actualizado anualmente incorporando aquellas variaciones necesarias para lograr la mejor condición fitosanitaria de los elementos vegetales objeto del presente contrato.
El programa básico de sanidad vegetal no sólo tendrá en cuenta los tratamientos fitosanitarios sino todos los trabajos, controles y análisis que nos acerquen al equilibrio de la sanidad de todos los elementos vegetales, teniendo en cuenta todos los instrumentos que estén a nuestro alcance para ese fin. Todos los trabajos de mantenimiento antes referidos son fundamentales para
conseguir dicho equilibrio y su buena ejecución será fundamental para evitar la debilidad de las especies vegetales y, por tanto, la progresión de enfermedades y plagas.
Durante la realización del programa básico de sanidad vegetal y con anterioridad a su entrega en el ayuntamiento, la empresa adjudicataria no queda eximida de efectuar los tratamientos fitosanitarios necesarios para mantener las adecuadas condiciones de sanidad vegetal.
La empresa adjudicataria deberá realizar el control de la sanidad vegetal y todos los tratamientos que sean necesarios, preventivos o curativos, así como las labores complementarias que sean necesarias para mejorar la sanidad vegetal de las especies. Para ello, la empresa estará obligada a disponer los medios que sean necesarios para cumplir los siguientes objetivos:
-Detección y control de los momentos óptimos de los tratamientos preventivos y de su reiteración.
-Detección de los factores climáticos que puedan afectar al desarrollo de las enfermedades y plagas.
-Detección de cualquier anomalía en el suelo y en el estado sanitario de las especies vegetales que pueda producir debilidad y, por tanto, enfermedades y plagas.
-Corrección de estas circunstancias con las labores que sean necesarias.
-Realización de los análisis necesarios para poder diagnosticar las posibles enfermedades, plagas o carencias.
-Estudio y propuesta de los tratamientos y labores adecuadas, detallando:
-Momento óptimo de las aplicaciones, de acuerdo con los ciclos y los estados fenológicos.
-Periodicidad del tratamiento
-Método.
-Fórmula.
-Dosificación del producto a emplear.
-Realización del tratamiento utilizando los medios, los productos y los procedimientos más eficaces, así como la maquinaria más adecuada y moderna.
-Control y seguimiento de la evolución de los tratamientos mediante muestreos y análisis.
-En los casos que sea posible se utilizará lucha integrada y biológica.
La empresa adjudicataria tendrá un técnico responsable durante todo proceso de manipulación y aplicación de productos fitosanitarios, y deberá informar de todo el proceso; y la Oficina Técnica Municipal responsable deberá recibir comunicación de cada inicio de tratamiento, indicándole todos los datos citados anteriormente y adjuntándose la Ficha de Seguridad del producto o productos a utilizar, así como el nombre del técnico responsable. Cada tratamiento propuesto deberá ser aprobado por la Oficina Técnica Municipal, para poder proceder al inicio de los trabajos.
Cualquier cambio en la elección de los productos a utilizar deberá ser aprobado por la dicha Oficina Técnica Municipal, que a su vez podrán proponer la utilización de otros distintos a los indicados que puedan ser de mayor eficacia o por cumplir alguna característica concreta útil para el control o prevención de la plaga que corresponda.
Los tratamientos contra plagas o enfermedades, ya sean curativos o preventivos, serán siempre terrestres, pudiendo realizarse por pulverización o espolvoreo, o incluso mediante inyecciones en los troncos, según se disponga desde la Dirección Facultativa.
Todos los productos fitosanitarios, labores, maquinaria, análisis, controles y apoyo técnico necesario para el control de la sanidad vegetal serán por cuenta del adjudicatario,
La empresa adjudicataria, o, en su caso, quien realice los tratamientos, deberá estar dada de alta en los registros necesarios que marque la ley y cumplir y hacer cumplir todas las normas y leyes que para este tipo de tratamientos estén en vigor o que pudieran aprobarle por los organismos competentes a lo largo del contrato.
Tratamiento contra plagas:
Los tratamientos que no sean preventivos se iniciarán cuando se prevea que pueda comenzar a manifestarse la plaga, prolongándose los mismos durante el período vegetativo de los árboles, y aplicando en cada uno de ellos los métodos, sistemas y productos que sean idóneos y aconsejables.
Los tratamientos preventivos se llevarán a cabo aun sin ver síntoma alguno, lo cual exige un conocimiento exhaustivo de la biología de cada plaga, para actuar en el momento preciso y controlar éstas antes de que se manifiesten y propaguen.
Tratamiento contra enfermedades:
Los tratamientos contra enfermedades deben comenzar durante el mes xx xxxxx, que es la fecha prevista de comienzo de actividad de las mismas, prolongándose durante el periodo vegetativo, y aplicando en cada uno de ellos los métodos, sistemas y productos más adecuados y aconsejables.
En cualquier momento desde el Ayuntamiento se podrá orientar y disponer los tratamientos en cuanto a la fecha de actuación, productos, método, dosis, etc...; debido a que es imposible prever la aparición de enfermedades no contempladas en el Pliego, o poco conocidas, que obliguen a realizar tratamientos no descritos en cuanto a estas características.
La realización de tratamientos de abonado foliar estará supeditado a las indicaciones que realicen desde el Ayuntamiento al respecto.
Maquinaria para ejecución de los trabajos:
La empresa adjudicataria deberá disponer de la maquinaria y herramienta necesaria para la correcta ejecución de los tratamientos.
Personal y organización de los trabajos:
Cada equipo de tratamientos estará formado por dos personas (como mínimo), que deberán estar correctamente uniformados y preparados, cumpliendo las disposiciones vigentes al respecto en cuanto a seguridad e higiene, y debiendo conocer en cada momento la plaga o enfermedad que están tratando y los productos que utilizan.
Por ello todo el personal destinado a la ejecución de los tratamientos contra plagas y enfermedades deberá poseer el Carné de Aplicador de Productos Fitosanitarios.
A continuación, se recoge en el siguiente cuadro el número previsible de árboles y superficies que serán objeto de tratamiento anual, que será incrementado en función de las necesidades establecidas en la actualización anual del PROGRAMA BÁSICO DE SANIDAD VEGETAL.
Árboles de porte medio y gran porte | 1.000 ejemplares |
Arbustos | 5.000 m2 |
Xxxxxxxx y praderas | 10.000 m2 |
Dicho número de actuaciones establecidas en el plan anual, será validado y/aumentado y/o disminuido por la Dirección Facultativa, con la finalidad de alcanzar los objetivos de sanidad expuestos en párrafos anteriores.
4.1.16 PROGRAMA DE LIMPIEZA DE LOS ESPACIOS VERDES
Este Programa consistirá en la limpieza y recogida selectiva de restos vegetales u otros residuos que por cualquier medio alcancen los espacios verdes objeto de contrato.
Limpieza y recogida selectiva de residuos:
La limpieza de los espacios verdes se realizará de forma diaria; la cual requiere de una recogida y gestión selectiva de los diferentes residuos debido a la diferente naturaleza de cada uno de ellos. La operación de limpieza se realizará tantas veces como sea necesaria para que los espacios verdes se encuentren libres de cualquier tipo de residuo y en correcto estado de limpieza.
Las operaciones a realizar incluirán actuaciones tales como:
-Limpieza de paseos, elementos verdes y zonas estanciales.
-Retirada de enseres generados por causa de la indigencia.
-Recogida de restos vegetales no procedentes de otras labores de conservación (hojas, ramas, frutos,..).
-Limpieza de residuos sólidos urbanos tras actos o concentraciones ciudadanas
especialmente en días festivos.
Una vez recogidos los residuos deberán separarse adecuadamente y ser trasladados al centro o planta adecuado para su gestión. Los restos vegetales deberán trasladarse a plantas autorizadas para su tratamiento, respetando las normas estipuladas para la entrega de dichos residuos (estado, tamaño, transporte y horario). Los costes de dicha gestión serán por cuenta de la empresa adjudicataria.
Se debe realizar un manejo de los residuos que evite daños ambientales y a la salud de las personas, por lo que se buscará en todo momento realizar las operaciones señaladas en horario de mínima afluencia a los espacios verdes.
Los objetos que pudieran tener algún valor especial y que aparezcan en los jardines deberán ser entregados a la Policía Local, con vistas a su posible recuperación por sus dueños.
La empresa conservadora presentará junto con su Programa de limpieza de los espacios verdes, los itinerarios debidamente justificados sobre la base de criterios de eficiencia y optimización de los recursos asignados.
Limpieza y recogida de restos vegetales derivados de las labores de mantenimiento:
Las labores de mantenimiento de los elementos vegetales generan numerosos restos en forma de ramas, troncos, hojas, restos de siegas..., que deben ser recogidos a lo largo de la misma jornada laboral con el fin de evitar diferentes problemas (olores por descomposición de restos de siega, dificultades para la movilidad de los usuarios por la zona verde, atracción de fenómenos de vandalismo, aumento del riesgo de incendios, etc.).
En general todos restos vegetales deberán trasladarse a plantas de tratamiento autorizadas, respetando las normas estipuladas para la entrega de dichos residuos (estado, tamaño, transporte y horario).
También incluye en este capítulo la limpieza diaria (papeles, botes, hojas, etc..) de la superficie, fondo y borduras de estanques, fuentes, riachuelos, etc., que formen parte decorativa dentro de las zonas adjudicadas, todo ello sin coste adicional en el canon a percibir por el adjudicatario.
Cuando se produzcan actos culturales, sociales, deportivos o de cualquier otro carácter extraordinario organizados por el Ayuntamiento de Pontevedra, en las zonas verdes objeto de conservación, será obligatoria la limpieza total de la zona afectada, de forma inmediata a la realización del acto sin que esto suponga un incremento en el canon a percibir, para ello, el
adjudicatario deberá ser avisado, como mínimo, con cuarenta y ocho horas de antelación al comienzo del acto.
El adjudicatario se compromete, en caso de que el ayuntamiento estime que el volumen de residuos (en especial los restos de podas) es considerable, a adquirir o disponer de una máquina astilladora capaz de triturar ramas de hasta 15 cm y sin que esto suponga costo alguno para el Ayuntamiento.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Limpieza de los Espacios Verdes. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.17 PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DE CAMINOS Y PASEOS TERRIZOS
La conservación supone el renivelado del terreno, y la reparación parcial o total de paseos, caminos, zonas de reposo, arquetas... Asimismo la retirada de arena acumulada en los laterales.
También incluye este punto la eliminación de las malas hierbas y de vegetación que aparezcan o germinen en la superficie de los caminos, paseos, andadores, glorietas, áreas o superficies pavimentadas, etc.
El recebado con xxxxx se llevará a cabo en la forma y momento que las condiciones físicas de las mismas lo requieran y siempre que, a juicio de la Oficina Técnica Municipal responsable lo considere oportuno.
Así mismo, las características del material que debe usarse en los recebos, deberán ser aprobadas por la dicha Oficina Técnica Municipal.
Los distintos materiales necesarios incluidos los herbicidas, tanto para la conservación como reparación total o parcial correrán a cargo del adjudicatario.
También se incluye en el canon de conservación la limpieza periódica o cuando la Oficina Técnica Municipal responsable considere necesario, de los sumideros y canalizaciones de pluviales dentro de la zona ajardinada.
Para la ejecución de estos trabajos de mantenimiento y conservación de los espacios verdes se seguirán las instrucciones dadas por las siguientes NTJ:
NTJ 14L Mantenimiento de la obra civil, elementos de urbanización. NTJ 14A Especificaciones generales de mantenimiento.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Conservación de Caminos y Paseos Terrizos. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.18 CONSERVACIÓN DEL ARBOLADO DE ALINEACIÓN XX XXXXX
Se contrata la conservación integral del árbol, esto incluye cuantos trabajos sean necesarios para mantenerlo en buen estado sanitario, estético y funcional. Asimismo incluye cuantas labores sea preciso realizar sobre el alcorque en el que se sustenta, que deberá permanecer siempre limpio y sin vegetación espontánea. En el anexo nº 1 se establecen tanto las tipologías de cada una de las zonas y los trabajos obligatorios para el mantenimiento del arbolado de alineación xx xxxxx.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Conservación del Arbolado de alineación en calle. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.19 PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DE JARDINERAS
Se les dará la atención que sea precisa en cuanto a riegos, abonados, podas, tratamientos y demás trabajos necesarios como reposición de planta y limpieza. Cuando fuere necesario la reposición de planta o cambio de tierra, la contrata aportará los medios, siendo sólo por cuenta del Ayuntamiento las plantas a reponer siempre que no se deba al deterioro o a un mal mantenimiento por parte del adjudicatario.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Conservación de Jardineras. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.20 PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DE ALCORQUES
Los árboles situados en alcorque, estarán siempre en perfectas condiciones de limpieza tanto de malas hierbas corno de restos de todo tipo, realizando periódicamente labores de cava, mullido de la superficie del terreno o bien aportación de gravilla xx xxxxx rodado (redondeada) hasta enrasar con
la rejilla en caso necesario, limpieza de adoquines, etc...
Todo daño realizado accidentalmente en el pavimento o en el alcorque durante la extracción del tocón correrá por cuenta de la empresa adjudicataria, que será responsable de los perjuicios que se pudieran ocasionar durante la labor mencionada, así como la reposición del pavimento rejilla, bordillo, y demás elementos existentes.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Conservación de Alcorques. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.21 PROGRAMA DE CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA DE ZONAS VERDES EN CENTROS EDUCATIVOS
La conservación de los espacios verdes de los colegios y guarderías de mantenimiento municipal se hará de tal modo que en todo momento se encuentren en buen estado sanitario, estético y funcional. En el anexo nº 1 se establecen tanto las tipologías de cada una de las zonas y los trabajos obligatorios para el mantenimiento de zonas verdes en centros educativos.
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Conservación y Limpieza de zonas verdes en centros educativos. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
4.1.22 PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE LA RED XX XXXXX
Las especificaciones establecidas en este apartado tienen por objeto el mantenimiento, la gestión (incluyendo el control de su uso), la conservación y la reparación de las redes xx xxxxx, a partir del punto/s de abastecimiento de la Compañía Suministradora de Aguas.
Para llevar a cabo estas labores, se requerirá que la empresa conservadora emplee personal técnico y operativo especializado en hidráulica y fontanería, y que además proceda con diligencia en la detección de averías o fallos, así como en la reparación de elementos.
Todos los trabajos de gestión, mantenimiento y control de los sistemas están incluidos en el canon de conservación.
Las operaciones de mantenimiento de la red xx xxxxx, son las siguientes: Inventario inicial:
En los tres meses desde la adjudicación, la empresa conservadora realizará un inventario de la red xx xxxxx. Dichos datos estarán incluidos en el inventario anual, en el que se indicarán, para cada zona verde incluida en contrato, toda la información relativa a la red xx xxxxx, completando con todos aquellos aspectos que la Dirección Facultativa estime oportuno.
El Servicio Técnico Municipal facilitará la documentación necesaria para incluir estos datos en el inventario general.
Inspección, revisión, control y mantenimiento en uso de los sistemas hidráulicos y eléctricos:
La empresa conservadora procederá a la inspección, revisión, control y mantenimiento en uso, sin cambio de piezas, de los sistemas hidráulicos y eléctricos así como la detección de averías e incidencias.
El sistema hidráulico estará compuesto por tuberías, elementos de control (llaves xx xxxxx, válvulas, electroválvulas), ventosas, filtros, emisores (bocas xx xxxxx, aspersores, difusores, goteos), arquetas, fuentes de agua potable, hidrantes y todos aquellos componentes hidráulicos que constituyan parte de la red xx xxxxx. El sistema eléctrico, en cambio, comprenderá las líneas de control de la señal codificada, los satélites, los descodificadores, los centros de control de la programación y el resto de los dispositivos eléctricos que lo integren.
Será obligación de la empresa conservadora, cumplir con las prescripciones mínimas que a continuación se especifican:
-El mantenimiento de los circuitos deberá garantizar una perfecta estanquidad y funcionalidad permanente, reparando o sustituyendo aquellos accesorios o tramos de tubería que no funcionen correctamente.
-Los xxxxxxx xx xxxxx localizado estarán sometidos a las mismas prescripciones que las enunciadas para los circuitos, no admitiéndose cambio alguno sobre los sistemas de acople, materiales, etc. diferentes a los ya instalados, salvo autorización expresa del Servicio Técnico Municipal.
-Se llevará a cabo el control de los sectores xx xxxxx, impidiendo pérdidas de agua, fundamentalmente en paseos o zonas libres de plantación.
-Todos los puntos de emisión de agua por goteo (goteros insertados o integrados en la tubería) estarán siempre limpios y regulados de tal forma que se produzca un "goteo" real, tanto en el principio como en el fin de ramal.
-Se procederá al ajuste horario y los tiempos de programación de cada fase xx xxxxx, variables en cada época y con cada sistema xx xxxxx, verificándose periódicamente el estado de las
baterías de los dispositivos de programación.
-Se comprobarán todas y cada una de las conexiones de las diferentes electroválvulas, los fusibles de protección y demás mecanismos eléctricos mecánicos que incidan en el funcionamiento de todo el sistema xx xxxxx.
-Se efectuarán cuantas operaciones sean necesarias para asegurar el correcto funcionamiento del sistema, mediante la realización de labores de mantenimiento tanto preventivo como correctivo.
Revisión, control y apoyo técnico al sistema de programación de los riegos:
En el Anejo Nº 5 Modelos de los Programas de Gestión se recoge el contenido que debe incluir el Programa de Gestión de Mantenimiento de la Red xx Xxxxx. A partir de este índice o estructura, las empresas licitadoras desarrollarán en profundidad el contenido de dicho programa.
Sustitución de elementos:
Será de obligado cumplimiento, en la sustitución de los diferentes elementos xx xxxxx y sistemas de control, piezas o elementos defectuosos, así como en la ejecución de las diferentes unidades de obra, las Normas UNE que a continuación se relacionan, además de las particulares que se establecen en el presente Pliego de Condiciones Técnicas:
-Norma UNE 68-072: Aspersores Rotativos.
-Norma UNE 53-394: Código de instalación y manejo de tubos de P.E. para conducción de agua a presión.
-Norma UNE 53-367: Tubos de P.E. de B.D. para ramales de microaspersión.
Las sustituciones de mecanismos pertenecientes a un elemento, se efectuarán por otros de idénticas características. Si esta sustitución afecta al elemento completo, las características del nuevo también se adaptarán al anterior.
Reparación de elementos:
La empresa conservadora efectuará las obras de reparación en las redes xx xxxxx objeto de este pliego, en el momento de su detección, empleándose elementos de iguales características a los existentes.
La empresa conservadora dispondrá de sistemas de comunicación y control eficientes y sencillos puestos a disposición del servicio.
Por ello, las empresas licitadoras incorporarán en su oferta un protocolo de comunicación, con objeto de facilitar el intercambio de información entre dicha entidad y el Ayuntamiento, en lo
concerniente a las averías del sistema xx xxxxx.
Las reparaciones se regirán por los mismos preceptos establecidos para las sustituciones, manteniendo la calidad existente o superándola, cuando las necesidades de la instalación así lo demanden.
4.2 CONSERVACIÓN POR OBRA Y/O SUMINISTRO REALIZADO
El procedimiento a seguir para la ejecución de obras y/o suministros bajo la modalidad de pago por valoración, se realizará de acuerdo con lo expuesto en el apartado 3.7.2.
Así estarán definidas en cada caso por el Ayuntamiento, según las circunstancias que lo aconsejen (estado de las zonas, por fenómenos meteorológicos, etc.) y con arreglo a los siguientes parámetros:
-Su ámbito de ejecución será el del propio contrato.
-Serán exclusivamente del tipo precisado en dicha documentación técnica, y por los precios, por unidades, que en la misma se señalan.
- Dado que se trata de trabajos de características iguales o similares a los expuestos en los diferentes programas de conservación y mantenimiento desarrollados en este pliego, se considera que quedan perfectamente definidas las características técnicas que deben cumplir los referidos trabajos.
Por lo tanto, toda obra, servicio o suministro ejecutado por la modalidad de valoración de obra se ejecutará de acuerdo a lo estipulado en las condiciones técnicas del Apartado 4.
5 GESTIÓN AMBIENTAL Y DE LA CALIDAD DEL SERVICIO
5.1 PROCEDIMIENTO GENERAL
La empresa conservadora dispondrá de sistemas de gestión ambiental y de calidad (integrados o no) para que el servicio prestado desarrolle e implemente unos objetivos que tengan en cuenta, además de los requisitos legales, otros específicos que la empresa suscriba, aportándose la documentación acreditativa a tal efecto.
Además de efectuar un seguimiento continuo, la empresa conservadora revisará a intervalos planificados la gestión del sistema aplicado al Servicio. La auditoría interna constituirá una herramienta básica no solamente en la verificación del sistema, sino también para evaluar el cumplimiento de los requisitos especificados.
El establecimiento y revisión de objetivos y la implementación de Programas proporcionará
una base sistemática para mejorar tanto el funcionamiento de los procesos como el desempeño ambiental.
El sistema se fundamentará preferentemente en la metodología conocida como Planificar- Hacer-Verificar y Actuar (PHVA), que se traduce en un proceso recurrente para la optimización del desempeño, denominado Mejora Continua.
Si bien en normas internacionales como IS014001 se adopta esta metodología, otras como IS09001 promueven un enfoque basado en procesos. Sin embargo, como la sistemática PHVA puede aplicarse a todos los procesos, ambas metodologías podrán compatibilizarse.
En cualquier caso, la Mejora Continua debe interpretarse de acuerdo a los siguientes aspectos:
-Supondrá mejoras del servicio basadas en ideas creativas.
-Se podrán obtener innovaciones incrementales a precio bajo.
-Se aplicarán conocimientos existentes.
-Se requerirá un alto grado de certeza en la consecución de objetivos.
-Presentará un riesgo bajo para la empresa conservadora.
No será necesario establecer acciones de Mejora Continua en todos los espacios verdes, sino que podrá especificarse el ámbito de aplicación.
La gestión ambiental tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
-Empleo de plantas con bajos requerimientos hídricos.
-Empleo de maquinaria de alto rendimiento y recicladora.
-Empleo de acolchados.
-Gestión eficiente xxx xxxxx.
-Gestión de residuos.
Asimismo, la aplicación de objetivos podrá involucrar tanto a la propia organización como a los proveedores de la misma, en el ámbito del Servicio.
En definitiva, se pretende que la empresa conservadora se involucre en la gestión de sus procesos y en el desempeño ambiental, mediante el establecimiento de objetivos alcanzables que no supongan un coste significativo.
5.2 PLAN DE AUTOCONTROL DE LA CALIDAD
La empresa adjudicataria dispondrá de un Plan de autocontrol de Calidad específico para el desarrollo del Servicio, sin perjuicio del control de calidad del servicio realizado por el propio Ayuntamiento, bien directamente o mediante un tercero.
El cumplimiento de las normas UNE-EN ISO 9001 y 14000, por parte de la empresa conservadora, podrá ser validado como Plan de autocontrol de de Calidad. La Oficina Técnica Municipal responsable determinará la documentación que en cada caso será necesario presentar y justificar.
6 MEDIOS HUMANOS
6.1 ORGANIZACIÓN TÉCNICA DEL ADJUDICATARIO
La empresa adjudicataria dispondrá del personal necesario en cada momento y época del año para la buena ejecución de las labores de conservación; no obstante, vendrá obligado a mantener un personal mínimo que deberá quedar plenamente reflejado y justificado en la oferta.
A la adjudicación del contrato la empresa deberá aportar el organigrama del personal técnico, donde quedarán perfectamente definidos los nombres y funciones de cada uno de sus integrantes, acompañando los datos de contacto de cada uno de ellos (teléfono, fax, email, etc.). Cualquier modificación de este personal deberá ser notificada de inmediato a la Dirección Facultativa.
La empresa adjudicataria designará el responsable del servicio, que será Titulado Medio o Superior en la rama Agronómica o Forestal. Este responsable del servicio contará con el apoyo de un número de técnicos adecuado al servicio, debiendo ser estos titulados técnicos o superiores de las ramas anteriormente reseñadas. La experiencia exigida a este personal intermedio es de 5 años en gestión de servicios de conservación de los espacios verdes.
El horario de trabajo será propuesto por la empresa y aprobado por la Dirección Técnica Municipal. El personal estará adscrito exclusivamente al servicio, quedando prohibido su participación total o parcial en otra actividad o servicio distinto al de Conservación de los Espacios Verdes y Arbolado Urbano. En consecuencia el personal, tanto técnico como operativo, deberá ir en todo momento uniformado e/o identificado con los símbolos o distintivos designados para el servicio.
El personal operativo vendrá debidamente justificado de acuerdo a la organización de los trabajos y alcance de los mismos.
Ud - | PESONAL TIEMPO COMPLETO |
1 | Jardinero |
1 | Oficial 1ª Jardinero |
1 | Auxiliar Jardinero |
1 | Auxiliar Jardinero |
1 | Auxiliar Jardinero |
1 | Auxiliar Jardinero |
1 | Auxiliar Jardinero |
1 | Auxiliar Jardinero |
1 | Auxiliar Jardinero |
1 | Auxiliar Jardinero |
1 | Ingeniero técnico agrícola o forestal |
2 | Auxiliar Jardinero |
6.2 PROMOCIÓN DEL SERVICIO ENTRE LOS TRABAJADORES
La empresa adjudicataria promoverá entre los trabajadores adscritos al servicio todas aquellas actividades encaminadas a una mejora en las condiciones de trabajo, y que redunden además en una mayor calidad, eficacia y eficiencia en el desempeño de las labores. A tal efecto, tomará acciones de carácter informativo, comunicativo, formativo y motivador.
6.2.1 INFORMACIÓN
La empresa adjudicataria proporcionará la información necesaria para comprometer a los trabajadores con los objetivos del Servicio. Lo llevará a cabo mediante el desarrollo de un sistema eficaz, que favorezca un adecuado flujo de la información (ascendente, descendente y horizontal) a través de los canales, tanto formales como informales, establecidos en la organización.
6.2.2 COMUNICACIÓN
La empresa adjudicataria comunicará las tareas encomendadas a todos los trabajadores, teniendo en cuenta los factores psicológicos que intervienen en dicho proceso, como son la percepción, la atención, la actitud y la personalidad. Para optimizar su eficacia, se deberá garantizar que el receptor ha comprendido el mensaje transmitido por el emisor.
6.2.3 FORMACIÓN
La formación irá dirigida, entre otros propósitos, a mejorar el desempeño profesional de cada trabajador. La empresa adjudicataria deberá detectar las necesidades existentes, la identificación de los destinatarios, el establecimiento de las prioridades, así como la determinación de los objetivos formativos. A continuación, se establecerá un Programa específico dirigido al personal del Servicio, que proporcione una formación tanto teórica como práctica, en función de las necesidades detectadas.
6.2.4 MOTIVACIÓN
La empresa adjudicataria deberá aplicar aquellas medidas que tengan por objeto proporcionar satisfacción entre los trabajadores adscritos al Servicio. Para llevarlo a cabo, recurrirá a las técnicas y herramientas de motivación más adecuadas, identificando las necesidades de cada individuo y la política de Recursos Humanos de la organización.
7 VEHÍCULOS
Las empresas licitadoras harán constancia expresa y detallada de los vehículos que se adscriban al servicio, atendiendo no solamente a la funcionalidad de los mismos, sino también a criterios medioambientales y de accesibilidad, y que serán coherentes con los Programas de trabajo.
En cualquier caso, la empresa adjudicataria deberá prever unos medios de reserva suficientes para garantizar la marcha normal de los trabajos. A continuación se estiman los vehículos mínimos necesarios para procurar una movilidad adecuada de las cuadrillas además de garantizar la recogida de restos y trabajos de poda.
Unidades | Vehículos |
3 | Camiónes de menos de 3500 kg con volquete (1 con cabina doble) |
3 | Furgoneta |
2 | Remolques |
No será requisito imprescindible que la totalidad de los vehículos sean nuevos. Sin embargo, no se admitirán aquellos que, bien por su estado deficiente, bien por un mal funcionamiento, no respondan a las expectativas generadas, tanto al inicio, como durante el desarrollo del Servicio.
7.1 TURISMOS, FURGONETAS, TODO-TERRENOS Y VEHÍCULOS PICK-UP
Las empresas licitadoras justificarán la idoneidad de los vehículos ofertados, tanto cualitativa como cuantitativamente, con objeto de optimizar y administrar dichos recursos de la mejor manera posible.
Se concretará el emplazamiento geográfico previsto de cada uno de ellos, su adecuación a las necesidades de traslado de personal, el uso que se prevé, así como su utilidad y eficacia en el ámbito del Servicio.
Igualmente, se tendrán en cuenta aquellos aspectos medioambientales que contribuyan a la disminución de Gases de Efecto Invernadero (en adelante GEI) y que supongan un menor consumo de combustible.
Por último, los vehículos serán adecuados para garantizar la accesibilidad de todas las personas adscritas al servicio.
7.2 CAMIONES
Las empresas licitadoras justificarán la idoneidad de los camiones ofertados, tanto cualitativa como cuantitativamente, con objeto de optimizar y administrar de la mejor manera posible dichos recursos.
Se concretará el emplazamiento geográfico previsto de cada uno de ellos, su adecuación a las necesidades de traslado de materiales, el uso que se prevé, así como su utilidad y eficacia en el ámbito del Servicio.
Igualmente, se tendrán en cuenta aquellas innovaciones tecnológicas encaminadas a la disminución del impacto ambiental ocasionado.
Por último, los vehículos deberán adecuarse a las características de accesibilidad del medio, y estarán provistos de elementos complementarios adecuados (plumas, volquetes, cisternas, etc.).
7.3 VEHÍCULOS AUTOPROPULSADOS ESPECIALES
Bajo este epígrafe se incluyen aquellas categorías de vehículos que no obedecen a ninguno de los grupos anteriores.
Las empresas licitadoras justificarán la idoneidad de los vehículos especiales ofertados, tanto
cualitativa como cuantitativamente, con objeto de optimizar y administrar de la mejor manera posible dichos recursos.
Se concretará el emplazamiento geográfico previsto de cada uno de ellos, su adecuación a las necesidades de traslado de materiales, el uso que se prevé, así como su utilidad y eficacia en el ámbito del Servicio.
Igualmente, se tendrán en cuenta aquellas innovaciones tecnológicas encaminadas a la disminución del impacto ambiental ocasionado.
7.4 USO DE LOS VEHÍCULOS
La empresa adjudicataria comunicará a la Dirección Técnica Municipal las matrículas reglamentarias correspondientes a los modelos ofertados.
Asimismo, tendrá las siguientes obligaciones:
-Dotará a todos los vehículos de la identificación, los colores y los logotipos corporativos del Servicio.
-Velará por el buen estado de los vehículos, procediendo a las revisiones o reparaciones que sean oportunas, ante cualquier circunstancia que suponga un riesgo significativo hacia los propios usuarios del vehículo, la población en general, o el medio ambiente. En especial, deberán cambiarse los filtros, el aceite y las bujías en el momento adecuado, se mantendrá a punto el motor y se vigilará la presión correcta de los neumáticos, así como la conservación del alineado, etc...
-Realizará, con la periodicidad necesaria, lavados tanto en el interior como en el exterior de los mismos para mantenerlos limpios en todo momento.
-Circulará únicamente por los lugares habilitados a tal efecto. Como regla general, todos los vehículos de tracción mecánica no podrán acceder al interior de los espacios verdes, salvo que exista autorización expresa que lo permita, o desempeñen labores propias de la conservación, tales como el suministro de plantas o la retirada de restos vegetales.
-Mantendrá apagado el motor del vehículo durante las paradas superiores a 1 minuto.
-Evitará la sobrecarga de los vehículos, extrayendo del mismo aquellos objetos que resulten innecesarios.
-Una vez finalizada la jornada de trabajo, los vehículos permanecerán custodiados en instalaciones adecuadas, y en ningún caso, permanecerán en la vía pública.
-Ningún vehículo adscrito al servicio podrá ser empleado para otra finalidad salvo autorización expresa de la Dirección Facultativa, ni podrá salir del termino municipal de Pontevedra sin la pertinente autorización municipal.
8 MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES
Las empresas licitadoras harán constancia expresa y detallada de la maquinaria y medios auxiliares que se adscriban al servicio, atendiendo no solamente a la funcionalidad de los mismos, sino también a criterios medioambientales, y que serán coherentes con los programas de trabajo y las zonas de actuación.
En cualquier caso, la empresa adjudicataria deberá prever unos medios de reserva suficientes para garantizar la marcha normal de los trabajos.
Será requisito imprescindible que la totalidad de la maquinaria sea de nueva adquisición.
8.1 MAQUINARIA
Las empresas licitadoras justificarán la idoneidad de la maquinaria ofertada, tanto cualitativa como cuantitativamente, con objeto de optimizar y administrar de la mejor manera posible dichos recursos.
Se concretarán los espacios verdes en las que se emplearán, su adecuación a las labores de actuación según los programas previstos, el uso que se prevé, así como su utilidad y eficacia en el ámbito del Servicio.
Igualmente, se tendrán en cuenta aquellas innovaciones tecnológicas encaminadas a la disminución del impacto ambiental ocasionado, dependiendo de la casuística de cada entorno y la labor que se desempeña. Se presentará especial atención a la reducción del nivel sonoro y la disminución de GEI.
En cualquier caso, toda la maquinaria, incluyendo sus accesorios, así como las herramientas que se utilicen para este servicio, deberá estar homologada y poseer los certificados correspondientes.
Será requisito imprescindible que la totalidad de las unidades de maquinaria sean nuevas.
Además, deberán reponerse aquellas unidades que queden inservibles.
A continuación se indica la maquinaria de referencia para la prestación del servicio.
Unidades | Maquinaria |
3 | Cortacésped asiento. |
5 | Cortacésped reciclador |
5 | Cortacésped con cesto |
10 | Desbrozadoras |
2 | Escarificadores |
4 | Cortasetos |
3 | Motosierras |
3 | Motosierra Podas |
6 | Sopladoras |
2 | Motoazada |
2 | Motocultor |
2 | Cortasetos pértiga |
2 | Carretilla sulfatadora 100 L |
1 | Hidrolimpiadora electrica |
1 | Generador |
1 | Biotrituradora |
1 | Desbrozadora grandes superficies. |
8.2 MEDIOS AUXILIARES
Las empresas licitadoras justificarán la idoneidad de los medios auxiliares ofertados, con objeto de optimizar y administrar de la mejor manera posible dichos recursos.
La empresa adjudicataria aportará cuantas herramientas se precisen para una buena realización del servicio. Asimismo, dispondrá de las reservas correspondientes para suplir las normales incidencias que surjan.
Todos los medios auxiliares deberán encontrarse en perfecto estado de conservación y limpieza, en todo momento, durante la prestación del servicio.
8.3 USO DE LA MAQUINARIA Y DE LOS MEDIOS AUXILIARES
Al inicio del contrato, la empresa adjudicataria someterá toda la maquinaria ofertada a un proceso de validación.
Como regla general, será la Dirección Técnica Municipal quien efectúe dicho proceso. Sin embargo, podrán recurrir a otros órganos competentes en distintas materias (ruido, contaminación atmosférica, etc.).
Además, dicha Dirección Técnica establecerá cuantas restricciones considere oportunas con respecto al uso de determinados equipos.
Cuando se efectúen labores de conservación sujetas a un plazo de tiempo que no pueda prolongarse, la sustitución de la maquinaria averiada por otra apta será inmediata.
La adquisición o el alquiler de todo tipo de material y maquinaria necesarios para la prestación del servicio serán por cuenta y cargo del adjudicatario. Este alcance incluye el
mantenimiento, los combustibles, y el resto de gastos necesarios para conservar los equipos en perfecto estado de funcionamiento durante el período de vigencia del contrato.
Si para la correcta prestación del servicio, la maquinaria o los medios auxiliares ofertados resultasen insuficientes, tanto cuantitativa como cualitativamente, la empresa adjudicataria deberá adquirir a su riesgo y xxxxxxx, cuantas unidades sean necesarias para alcanzar el nivel requerido. Solamente cuando sea la Dirección Facultativa quien ordene la modificación de las prestaciones inicialmente pactadas alegando motivos especiales de interés público, la empresa adjudicataria podrá exigir una compensación económica.
La totalidad del material ofertado en dicha licitación será para uso exclusivo de este Contrato. Únicamente podrán ser utilizados en trabajos ajenos o por terceros en situaciones excepcionales, bajo la aprobación de la Dirección Facultativa.
9 INSTALACIONES
INSTALACIONES PARA EL PERSONAL
La empresa adjudicataria podrá utilizar, previa autorización de la Dirección Facultativa, los edificios, casetas, almacenes, depósitos, etc. afectos al Servicio de Conservación de los Espacios Verdes.
La empresa adjudicataria deberá poner a disposición del servicio una nave o cantón con capacidad suficiente para albergar a cubierto el parque móvil, disponiendo de la superficie necesaria para almacén, y para mantenimiento de vehículos y maquinaria.
Dispondrá además de los vestuarios y aseos adecuados al personal que tiene como base dicha nave o cantón.
Al menos uno de los locales de la nave deberá estar habilitado como oficina con conexión a internet, fax e teléfono, que será atendida como mínimo en horario laboral y que constituirá el domicilio de la empresa en Pontevedra a efectos de notificaciones, comunicaciones, etc...
La nave deberá estar en el Termino Municipal de Pontevedra y su ubicación deberá ser aprobada por la Dirección Facultativa de forma que ésta no comprometa una adecuada prestación del servicio.
Todos los edificios, tanto de propiedad municipal como los aportados por la empresa adjudicataria, deberán encontrarse en buen estado, permitiendo en todo momento una correcta accesibilidad, manteniendo buenas condiciones de limpieza y salubridad, prevención contra incendios y seguridad laboral. Dichas instalaciones deberán cumplir con la normativa vigente
aplicable en cada uno de los campos mencionados.
Los gastos de mobiliario, equipamiento y otros aquellos derivados del uso de los edificios, así como la adecuación a la normativa vigente, serán por cuenta de la empresa adjudicataria. Son también obligación de ésta la limpieza diaria, la desinfección mensual, la desratización y desinsectación semestral, y el pintado anual interior y exterior, incluyendo la eliminación de graffitis.
Los licitadores deberán comprometerse a disponer de dichas instalaciones en el momento de la firma del Acta de Inicio del Servicio.
El licitador incluirá en sus ofertas una propuesta de los locales descentralizados que estimen necesarios para una buena organización de sus equipos.
10 GESTIÓN DEL SERVICIO
10.1 RESPONSABILIDAD TÉCNICA Y CONTROL DEL SERVICIO
10.1.1 POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO
El Concello de Pontevedra velará y controlará para que la forma de prestación del servicio adjudicado se ajuste a las especificaciones del presente pliego, pudiendo contar para ello con los medios técnicos y personales dedicados en el Ayuntamiento a la gestión de zonas verdes, parques y jardines y/o medio ambiente.
El Servicio contará con un Libro de Órdenes donde quedarán reflejadas todas las correcciones o modificaciones que se estimen oportunas por la Dirección Facultativa. Dichas correcciones o modificaciones en el Servicio deberán ser consideradas para su aplicación de forma inmediata por la empresa conservadora. Asimismo, se podrán transmitir órdenes e instrucciones de trabajo mediante carta o correo electrónico con acuse de recibo.
La empresa adjudicataria tramitará las autorizaciones y permisos que sean necesarios para el normal desarrollo del servicio, así como en situaciones excepcionales o de emergencia donde se encargarán además de coordinar con los distintos Servicios Municipales implicados, comunicando estas a la Oficina Técnica Municipal responsable del servicio.
Los gastos derivados del consumo de energía eléctrica y agua correrán a cargo del Ayuntamiento (excluyendo los referentes a oficinas e instalaciones) debiéndose éstos ajustar a las necesidades imprescindibles conforme a un uso racional de los recursos.
10.1.2 POR PARTE DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
La empresa adjudicataria intervendrá directamente, sin necesidad de autorización expresa de la Dirección Técnica Municipal, en aquellas operaciones de inspección, detección y de reparación de desperfectos o averías que se encuentren incluidos en la modalidad de importe a abonar (canon).
En situaciones excepcionales, o de emergencia, los medios adscritos al servicio se podrán poner a las órdenes de la Oficina Técnica Municipal responsable, debidamente motivadas, con el fin de solucionar la eventual situación, aun cuando éstas se den fuera del horario habitual de trabajo.
La empresa adjudicataria estará obligada al cumplimiento del contrato con estricta sujeción al Pliego de Condiciones Técnicas, a las mejoras contenidas en su oferta, y a las órdenes que a través de cualquier medio (escrito, verbal o digital-email) procedan de la Oficina Técnica Municipal responsable del Servicio.
La empresa adjudicataria estará obligada a abonar los gastos que se deriven de la obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier otro trámite relacionado con el servicio, así como abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y otras prestaciones patrimoniales de carácter público que resulten como consecuencia del contrato o su ejecución.
La empresa adjudicataria adoptará las medidas preventivas necesarias para evitar accidentes y/o perjuicios de todo orden sobre personas y bienes. Los daños y perjuicios ocasionados en cualquiera de los elementos de los espacios verdes, edificios municipales y demás elementos de propiedad municipal, serán responsabilidad de la empresa adjudicataria cuando se deban a negligencia, culpa o incumplimiento del presente pliego, así como por una inadecuada ejecución de las labores.
Si existiesen dudas de interpretación sobre si la operación a realizar está íntegramente incluida en la modalidad de canon, el adjudicatario consultará al Concello, el cual resolverá, considerándose tal resolución de obligado cumplimiento, sin perjuicio de las posteriores reclamaciones a que hubiere lugar por parte del adjudicatario.
Para garantizar los posibles daños o perjuicios que puedan producirse, la empresa adjudicataria dispondrá de un seguro de responsabilidad civil y daños a terceros en cuantía suficiente, debiendo entregar al Ayuntamiento copia compulsada de la póliza de seguro al hacerse cargo de la contrata y sus renovaciones anuales.
La empresa adjudicataria deberá minimizar los impactos ambientales ocasionados sobre el medio ambiente en general, la atmósfera, el suelo, los recursos hídricos y cualquier otro bien natural que pudiera ser impactado durante la ejecución del servicio.
La empresa adjudicataria será responsable de imprimir a sus trabajadores un ritmo de trabajo adecuado, capaz de alcanzar los objetivos previstos en cuanto a la cantidad y calidad de las labores.
Semanalmente, la empresa adjudicataria reportará la programación de trabajos previstos para la semana siguiente y los ejecutados durante la anterior, de forma que se pueda conocer el grado de adecuación de los trabajos a los Programas de Gestión. Para ello, la Oficina Técnica Municipal responsable del servicio definirá el modelo de presentación de dicha programación semanal. Esta programación semanal deberá incluir la ubicación exacta en la que se ejecutará cada labor y el técnico de la empresa responsable de la misma, así como sus datos de contacto.
A petición de la Dirección Facultativa, se entregarán informes referidos a aspectos puntuales del servicio, tales como la aparición y control de una plaga o enfermedad, árboles que ofrezcan peligro de caída, o que puedan producir daños o perjuicios a terceros, daños ocasionados por vandalismo etc.
Así mismo el adjudicatario entregará al final de cada temporada o estación climática, si así lo indica la Dirección Facultativa, un informe pormenorizado y valorado de todas las plantaciones realizadas podas y tratamientos fitosanitarios realizados y de las obras o acondicionamientos ejecutados.
Las ofertas contendrán una organización y distribución por zonas de los medios de la contrata para los trabajos objeto de la misma, justificando la vinculación de cada tipo de trabajo a un área de influencia, así como la previsión de programas de ejecución específicos.
En la puesta en marcha de la contrata se ajustarán estos detalles de organización con la Oficina Técnica Municipal responsable del servicio.
Se entiende por temporada baja, y alta indicativamente:
-Temporada baja: octubre, noviembre, diciembre, enero y febrero.
-Temporada alta: xxxxx, xxxxx, mayo, xxxxx, xxxxx, agosto y septiembre.
El adjudicatario se responsabilizará económicamente de aportar los medios materiales (herramientas y maquinaria) y humanos establecidos en la oferta, pudiendo ser sancionado por el Ayuntamiento por el perjuicio ocasionado por tales omisiones, según las circunstancias que concurran en cada supuesto.
En cuanto a los casos de accidentes o daños, incluso que se pudiesen producir a terceros por no haber aplicado las correctas medidas de seguridad y/o por omisión de las mismas y/o por no haber realizado con anterioridad operaciones necesarias, aún sin la notificación de la Oficina Técnica Municipal responsable, como por no haber podado o llevar a cabo el programa de gestión de arbolado que se establece en el presente pliego serán únicos responsables los técnicos de la empresa adjudicataria.
10.2 GESTIÓN INFORMÁTICA DEL SERVICIO
El desarrollo del Servicio de Conservación de los espacios verdes y del arbolado xxxxxx xxx Xxxxxxxx de Pontevedra requiere de la implementación por parte de la empresa de los medios humanos y tecnológicos necesarios para la gestión informática de los trabajos, de los espacios verdes y los elementos que las integran. Así como de las comunicaciones internas entre la empresa y el Servicio Técnico Municipal responsable, como de las labores ejecutadas.
10.2.1 GESTIÓN DE LOS SISTEMAS DE COMUNICACIÓN
La empresa conservadora deberá contar con un Sistema de Comunicación Informatizado que garantice el flujo de información interna entre los diferentes niveles de gestión del servicio.
Simultáneamente, con el fin de atender la demanda de información por parte del Servicio Técnico Municipal responsable, la empresa conservadora deberá implementar los módulos de comunicación necesarios para la transmisión de documentación de forma ágil, inmediata y en los plazos prescritos.
10.3 CONTROL DE LA CALIDAD DEL SERVICIO
El Servicio Técnico Municipal responsable llevará a cabo el Control de la Calidad del servicio objeto de contrato, conforme al Pliego de Condiciones Técnicas y al desarrollo técnico ofertado por la empresa conservadora en la fase de licitación.
La empresa adjudicataria del servicio de conservación conocerá el alcance del Control de
Calidad del servicio a prestar, asumiendo que deberá colaborar y facilitar la información requerida, con el acceso en las tareas de control de los trabajos.
En el Anejo nº 8 se especifica el alcance previsto para el Control de Calidad del servicio.
En cualquier caso, el coste derivado de dicho Control de Calidad externo no será imputable al presente contrato.
Pontevedra, 28 de octubre de 2014
TÉCNICO DE MEDIO AMBIENTE TÉCNICO MEDIO AMBIENTE NATURAL
Fdo.: Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Fdo.: Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
11 ANEJOS
ANEJO Nº 1. TIPOLOGÍA DE LOS ESPACIOS VERDES
ANEJO Nº 2. CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS MATERIALES Y CONSUMIBLES ANEJO Nº 3. ESPACIOS VERDES A CONSERVAR
ANEJO Nº 4. PLANOS
ANEJO Nº 5. MODELOS DE LOS PROGRAMAS DE GESTIÓN ANEJO Nº 6. CUADRO DE PRECIOS
ANEJO Nº 7. CONTROL DE CALIDAD DEL SERVICIO
11.1 ANEJO Nº 1. CARACTERÍSTICAS Y TIPOLOGÍA DE LOS ESPACIOS VERDES
Las tipologías de los espacios verdes vienen afectadas principalmente por las necesidades de recursos humanos, por el diseño y ocupación de cada uno de los elementos, por las infraestructuras, por la accesibilidad y la superficie de la zona verde.
Desde el punto de vista de la gestión y de la dotación de recursos, los aspectos más decisivos son el grado de ocupación de la zona verde y de cada uno de los elementos que la componen.
Atendiendo a estos criterios, los espacios y elementos verdes municipales seguirán la siguiente clasificación:
-Zonas Verdes de categoría A
-Zonas Verdes de categoría B
-Zonas Verdes de Categoría C
En cada una de estas categorías se realizarán las labores que a continuación se citan:
CONSERVACIÓN DE LAS ZONAS CATEGORÍA A:
Actuaciones de mantenimiento de realización obligatoria:
1. Riego
2. Renovación y mejora del sustrato 3. Acolchado
4. Entrecavados y escardas 5. Escardas químicas
6. Enmiendas y abonado 7. Aireado del césped
8. Escarificado del césped
9. Renovaciones y resiembras
10. Siegas xx xxxxxxxx y praderas 11. Poda de arbolado
12.Poda y recorte de setos y topiarias 13. Mantenimiento de la red xx xxxxx 14. Limpieza
15. Conservación de jardineras 16. Conservación de alcorques
17. Reposiciones y nuevas plantaciones
18. Sanidad vegetal, tratamientos fitosanitarios 19. Conservación de caminos y paseos terrizos
CONSERVACIÓN DE LAS ZONAS CATEGORÍA B:
Actuaciones de mantenimiento de realización obligatoria:
1. Riego
2. Entrecavados y escardas 3. Escardas químicas
4. Enmiendas y abonado
5. Renovaciones y resiembras
6. Siegas xx xxxxxxxx y praderas 7. Poda de arbolado
8. Poda y recorte de setos y topiarias 9. Mantenimiento de la red xx xxxxx 10. Limpieza
11. Conservación de alcorques
12. Reposiciones y nuevas plantaciones
13. Sanidad vegetal, tratamientos fitosanitarios 14. Conservación de caminos y paseos terrizos
CONSERVACIÓN DE LAS ZONAS CATEGORÍA C:
Actuaciones de mantenimiento de realización obligatoria:
1.Siegas xx xxxxxxxx y praderas 2.Desbroces
3.Limpieza 4.Poda
5. Sanidad vegetal, tratamientos fitosanitarios 6. Conservación de caminos y paseos terrizos
CONSERVACIÓN DE ZONAS VERDES EN CENTROS EDUCATIVOS D. (COLEGIOS Y GUARDERÍAS):
Actuaciones de mantenimiento de realización obligatoria:
1. Riego
2. Xxxxx xx xxxxxxxx y praderas
3. Poda y recorte de árboles, setos y topiarias 4. Desbroces
5. Sanidad vegetal, tratamiento fitosanitarios 6.Limpieza
7.Mantenimiento de la red xx xxxxx
8. Conservación de caminos y paseos terrizos
CONSERVACIÓN DEL ARBOLADO VIARIO. E:
Actuaciones de mantenimiento de realización obligatoria:
1. Riego
2. Abonado 3. Acolchado
4. Entrecavados y escardas 5. Escardas químicas
6. Poda
7. Reposiciones y nuevas plantaciones 8. Conservación de alcorques
9. Sanidad vegetal, tratamientos fitosanitarios 10. Limpieza
11.2 ANEJO Nº 2. CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS MATERIALES Y CONSUMIBLES
1. CONDICIONES GENERALES
El Servicio de Conservación y Mantenimiento de los Espacios Verdes deberá optimizar los consumibles y materiales necesarios para conseguir los niveles de calidad esperados y reducir el impacto ambiental. Para ello se tendrán en consideración los siguientes criterios:
-Se buscará en todo momento el empleo de materiales y productos ecológicos que garanticen una gestión ambiental adecuada, y que presenten un certificado que acredite esta condición (AENOR Medio Ambiente, Etiqueta Ecológica de la Unión Europea, Distintivo de Garantía de Calidad Ambiental, Xxxxx Azul, Certificación PEFC y FSC, Cisne Escandinavo, etc.).
-Se emplearán preferentemente materiales y consumibles con reducido consumo de energía en el procesado o fabricación, no contaminantes, ecológicos, reciclados y/o reciclables y de proveedores locales.
-Se evitará que estos materiales produzcan impacto en los ecosistemas (maderas tropicales, turbas, áridos de graveras, etc.) o se comporten como residuos tóxicos y peligrosos.
2. MATERIALES Y CONSUMIBLES
2.1. AGUAS
2.1.1. Agua para riego Definición:
El agua para riego ha de contemplar el conjunto de características físicas, químicas y biológicas que favorezca el desarrollo de los vegetales sin perjudicar la capacidad del suelo como soporte.
Características técnicas y condiciones de uso:
Medición: Las unidades de medición del agua para riego serán litros (I) y metros cúbicos (m3).
2.1.2. Agua regenerada para riego
Definición:
Agua que ya ha sido utilizada con fines domésticos o industriales y que, sometida a tratamientos físicos, químicos y/o biológicos puede ser reutilizada directamente para el riego de los espacios verdes.
Características técnicas y condiciones de uso:
Además de los parámetros ya requeridos para el agua xx xxxxx, se deben contemplar las recomendaciones de calidad microbiológica de aguas regeneradas para riego de la Organización Mundial de la Salud (OMS, 1989).
Medición:
Las unidades de medición del agua regenerada para riego serán litros (I) y metros cúbicos
(m3).
2.1.3. Agua potable para consumo Definición:
Agua potable o apta para consumo humano es aquella cuya ingestión no causa efectos nocivos para la salud, y que requiere antes de su disposición para uso humano de un proceso de potabilización para eliminar las partículas de arcilla, las algas y los microbios.
Características técnicas y condiciones de uso:
Medición:
Las unidades de medición del agua potable serán litros (I) y metros cúbicos (m3).
2.1.4. Agua como unidad auxiliar de obra Definición:
Se denomina agua para emplear en el amasado o en el curado de morteros y hormigones, tanto a la natural como a la depurada, sea o no potable, que cumpla los requisitos que se señalan en el apartado parámetros de calidad.
Características técnicas y condiciones de uso:
El agua como elemento constituyente de morteros y hormigones deberá cumplir una o varias
de las siguientes condiciones:
Medición:
Las unidades de medición del agua como unidad auxiliar de obra serán litros (I) y metros cúbicos (m3).
2.1.5. Xxxxxxxxx xx xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx
-Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxx, xx Xxxxx.
-Real Decreto 849/1986, de 11 xx xxxxx, Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
-Real Decreto1328/1995, de 28 de julio, por el que se modifican, en aplicación de la Directiva 93/68/CEE las disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, aprobadas por el Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre.
2.2. ÁRIDOS
2.2.1. Árido reciclado Definición:
Árido resultante del tratamiento de material inorgánico previamente utilizado en la construcción.
Tras un proceso de clasificación y limpieza permite su utilización como base y subbase de pavimentos, en hormigones de limpieza, en dosificaciones de mezclas asfálticas o como material drenante.
Características técnicas y condiciones de uso:
Los requisitos técnicos que han de cumplir los áridos reciclados son los mismos que para los áridos no reciclados. Los parámetros que se evalúan son de tipo geométrico, físico, químico y medioambiental y muchas veces se han de implementar con una serie de comprobaciones adicionales de carácter físico y químico para acreditar la calidad del árido.
Para la fabricación de hormigones sólo se permitirá utilizar hasta un máximo de 20% de árido reciclado mezclado con árido natural, para evitar una disminución de la calidad del hormigón resultante.
Medición:
Las unidades de medición del árido reciclado serán metros cúbicos (m3) y toneladas (t).
2.2.2. Zahorra
Definición:
Se define como zahorra el material granular, de granulometría continua, utilizado como capa de firme.
Se denomina zahorra artificial al constituido por partículas total o parcialmente trituradas, en la proporción mínima que se especifique en cada caso.
Características técnicas y condiciones de uso:
Composición química: El contenido ponderal de compuestos de azufre totales (expresados en S03), determinado según la UNE-EN 1744-1, será inferior al cinco por mil (0,5%) donde los materiales estén en contacto con capas tratadas con cemento, e inferior al uno por ciento (1%) en los demás casos.
Limpieza: Los materiales estarán exentos de xxxxxxxx xx xxxxxxx, xxxxx, materia orgánica, o cualquier otra que pueda afectar a la durabilidad de la capa.
Plasticidad: Se podrá admitir, tanto para las zahorras artificiales como para las naturales que el índice de plasticidad según la Norma UNE 103104, sea inferior a diez (10), y que el límite líquido, según la UNE 103103, sea inferior a treinta (30).
Resistencia a la fragmentación: El coeficiente de Los Ángeles, según la UNE-EN 1097-2, de los áridos para la zahorra artificial no deberá ser superior a los valores indicados en la tabla siguiente. En el caso de los áridos para la zahorra natural, el valor del coeficiente de Los Ángeles será superior en cinco (5) unidades a los valores que se exigen en la tabla anterior, cuando se trate de áridos naturales.
Forma: En el caso de las zahorras artificiales, el índice de lajas de las distintas fracciones del árido grueso, según la Norma UNE-EN 933-3, deberá ser inferior a treinta y cinco (35).
Angulosidad: El porcentaje mínimo de partículas trituradas, según la UNE-EN Página 89 1125 933-5, para las zahorras artificiales será del sesenta por ciento (60%).
Medición:
Las unidades de medición de zahorra serán metros cúbicos (m3) y toneladas (t).
2.2.3. Grava Definición:
Se define por grava aquella cuya fracción es mayor de 5 mm. Se emplean como áridos para la fabricación de morteros y hormigones, así como material de drenaje, procedentes de yacimientos naturales, rocas machacadas o escorias siderúrgicas apropiadas.
Características técnicas y condiciones de uso:
Cuando se emplee la grava para fabricación de morteros y hormigones se deberá considerar la resistencia al desgaste de la grava.
Para las características físico-químicas la cantidad de sustancias perjudiciales que puede presentar la grava no excederá de los límites indicados en la Instrucción Española Hormigón Estructural-EHE. Del mismo modo la granulometría y forma de la grava óptima serán las especificadas en el EHE.
Medición:
Las unidades de medición de grava serán metros cúbicos (m3) y toneladas (t).
2.2.4. Arena como unidad auxiliar de obra Definición:
Se define por arena o árido fino aquella cuya fracción es menor de 5 mm. Se empleará en mortero, enlucidos de cemento y lechadas de cemento.
Características técnicas y condiciones de uso:
La arena será xx xxxxxx vivos, fina, granulosa, compuesta de partículas duras, fuertes, resistentes y sin revestimientos de ninguna clase. Procederá de río, xxxx x xxxxxxx.
Estará exenta de arcilla o materiales terrosos y presentará las siguientes características:
- Contenido en materia orgánica. La disolución, ensayada según la norma UNE 7082, no tendrá un color más oscuro que la disolución tipo.
- Contenido en otras impurezas. El contenido total de materias perjudiciales como mica, yeso, feldespato descompuesto y pirita granulada, no será superior al 2%.
- Forma de los granos. Será redonda o poliédrica, se rechazarán los que tengan forma de laja o aguja.
- Tamaño de los granos. El tamaño máximo será de 2,5 mm
- Volumen de huecos. Será inferior al 35%, por tanto el porcentaje en peso que pase por cada tamiz será:
No deben emplearse áridos que provengan de calizas blandas, feldespatos, yesos, piritas o rocas porosas.
Medición:
Las unidades de medición de la arena corno elemento auxiliar de obra serán metros cúbicos (m3) y toneladas (t).
2.3. TIERRAS VEGETALES
2.3.1. Tierra de jardinería o tierra vegetal de jardín
Definición:
Tierra orgánica apta para el cultivo de plantas ornamentales, que resulta de la descomposición de restos vegetales, principalmente hojas.
Características técnicas y condiciones de uso:
Las tierras vegetales tanto naturales como reutilizadas, deben cumplir los siguientes requerimientos:
Parámetro de calidad | Unidad | Valores límites de referencia |
Contenido máximo en elementos gruesos (>2mm) | % | < 20 < 10 para partículas > 2 cm y exento para partículas > 6 cm |
Textura USDA: xxxxxx arenosa | % | Arena (70-80) Limo (≤30) Arcilla (≤20) |
pH | En H2O 1:2,5 | 5 a 8,5 |
Sodio | ppm | < 100 |
Conductividad | dS/m | < 0,5 |
Contenido de materia orgánica | % | > 2 |
Carbonato cálcico equivalente | ppm | < 40 |
Fósforo | ppm | 12 a 36 |
Potasio | ppm | 60 a 360 |
Magnesio | ppm | > 25 |
Calcio | ppm | > 000 |
X orgánico y amoniacal | % | > 0,1 |
Contenido en yeso | % | < 40 |
La tierra de jardinería empleada para xxxxxxxx deberá cumplir los requisitos específicos siguientes:
Parámetro de calidad | Unidad | Valores límites de referencia |
Fracción > 2 mm | % | <15 y exento de partículasde diámetro > 25 mm |
Textura USDA: xxxxxx arenosa | % | Arena (50-80) Limo (≤30) Arcilla (≤20) |
Carbonatos totales | % | < 10 |
Materia orgánica oxidable | % | ≥3 |
pH | En H2O 1:2,5 | 6 a 7,8 |
Conductividad a 25 ºC | dS/m | ≤2 |
N total (kjedldahl) | %o | ≥1,5 |
Fósforo (Xxxxx) | mg/kg | ≥14 |
Potasio extraible | m kg/kg | ≥150 |
Medición:
Las unidades de medición de tierra de jardinería serán metros cúbicos (m3), litros (I) y toneladas (t).
2.3.2. Normativa de cumplimiento obligatorio
Real Decreto 70/1988, de 5 de febrero, sobre fertilizantes y afines.
Real Decreto 877/1991, de 31 xx xxxx, por el que se modifica el Real Decreto 70/1988, de 5 de febrero, sobre fertilizantes y afines.
Real Decreto 824/2005 de 8 de julio sobre productos fertilizantes. Orden de 28 xx xxxx de 1998, sobre fertilizantes y afines.
Orden de 2 de noviembre de 1999, por la que se modifica la Orden de 28 xx xxxx de 1998, sobre fertilizantes y afines.
UNE-EN 12580. Mejoradores del suelo y sustratos de cultivo. NTJ 02 A. Acopio de Tierra Vegetal en Obra.
2.4. ACOLCHADOS
2.4.1. Acolchado orgánico Definición:
Acolchado formado por materiales orgánicos que pueden ser de origen natural, generalmente higienizados o comportados, como por ejemplo hojas, cortezas, serrín, cáscaras xx xxxxxx secos o pajas.
Características técnicas y condiciones de uso:
Los acolchados empleados en espacios verdes deben tener una buena aptitud agronómica, habiendo de conseguir todas las propiedades primarias y la mayor parte de las propiedades secundarias siguientes:
-Propiedades primarias.
- Buena optimización del uso del agua.
- Buen control de malas hierbas.
- Buena capacidad de aislamiento térmico.
-Propiedades secundarias:
- Alto contenido en materia orgánica de origen natural.
- Alto contenido de nutrientes.
- Buena capacidad de rehumectación.
- Exento de patógenos vegetales.
- Exento de fototoxicidad residual.
- Componentes de baja inflamabilidad.
- Bajo contenido en taninos.
- Baja solubilidad.
- Buen aspecto estético.
- Homogeneidad.
- Buen control de la erosión.
Medición:
Las unidades de medición de acolchado orgánico serán metros cúbicos (m3), litros (I) y toneladas (t).
2.4.2. Acolchado orgánico de síntesis Definición:
Acolchado de origen sintético, formado por fibras sintéticas como por ejemplo geoproductos de ingeniería de esta naturaleza, geornalla de fibras sintéticas, geotextil o manta orgánica de fibras sintéticas.
Características técnicas y condiciones de uso:
Los acolchados empleados en espacios verdes deben tener una buena aptitud agronómica, habiendo de conseguir todas las propiedades primarias y la mayor parte de las propiedades secundarias especificadas en el epígrafe 3.2.4.1.
Medición:
Las unidades de medición de acolchados orgánicos de síntesis serán metros cuadrados (m2).
2.4.3. Acolchado inorgánico Definición:
Acolchado formado por áridos sueltos como guijarros, gravas o arcillas.
Características técnicas y condiciones de uso:
Los acolchados empleados en espacios verdes deben tener una buena aptitud agronómica, habiendo de conseguir todas las propiedades primarias y la mayor parte de las propiedades secundarias especificadas en el epígrafe 3.2.4.1.
Medición:
Las unidades de medición de acolchado inorgánico serán metros cúbicos (m3), litros (I) y toneladas (t).
2.4.4. Normativa de cumplimiento obligatorio
-Real Decreto 70/1988, de 5 de febrero, sobre fertilizantes y afines.
-Real Decreto 877/1991, de 31 xx xxxx, por el que se modifica el Real Decreto 70/1988, de 5 de febrero, sobre fertilizantes y afines.
-Real Decreto 824/2005 de 8 de julio sobre productos fertilizantes.
-Orden de 28 xx xxxx de 1998, sobre fertilizantes y afines.
-Orden de 2 de noviembre de 1999, por la que se modifica la Orden de 28 xx xxxx de 1998, sobre fertilizantes y afines.
-UNE-EN 12580. Mejoradores del suelo y sustratos de cultivo.
-NTJ 05 A. Acolchados.
2.5. PRODUCTOS FERTILIZANTES
2.5.1. ABONOS ORGÁNICOS
Definición:
Se definen corno abonos orgánicos las sustancias orgánicas de cuya descomposición, causada por los microorganismos del suelo, resulta un aporte de humus y una mejora en la textura y estructura del suelo.
Características técnicas y condiciones de uso:
-El contenido en nitrógeno orgánico deberá ser al menos un 85% del nitrógeno total, salvo que en los requisitos específicos del tipo se dispongan otros valores.
-El 90% del producto fertilizante deberá pasar por la malla de 10 mm, salvo que en la especificación del tipo se fije otra cifra.
-No superarán los siguientes niveles de microorganismos -Salmonella ausente en 25 g de producto elaborado. -Escherichia colli <1000 número más probable por gramo de producto elaborado.
-El contenido de carbono orgánico y la relación C/N presentarán un margen de tolerancia del 10% del valor declarado, con un máximo en valor absoluto del 1%.
-El contenido en ácidos húmicos tendrá un margen de tolerancia como máximo de un 15% del valor declarado.
Medición:
Las unidades de medición de abonos minerales serán kilogramos (kg), litros (I) y toneladas
(t).
2.5.2. Abonos minerales
Definición:
Se definen como abonos minerales los productos que proporcionan al suelo uno o más elementos fertilizantes.
Características técnicas y condiciones de uso:
Presentarán los requisitos y márgenes de tolerancia especificados en el Real Decreto 824/2005 sobre productos fertilizantes.
Medición:
Las unidades de medición de abonos orgánicos serán kilogramos (kg), litros (1) y toneladas
(t).
2.5.3. Abonos organominerales Definición:
Producto cuya función principal es aportar nutrientes para las plantas, los cuales son de origen orgánico y mineral, y se obtiene por mezcla o combinación química de abonos inorgánicos con abonos orgánicos o turba.
Características técnicas y condiciones de uso:
Presentarán los requisitos y márgenes de tolerancia especificados en el Real Decreto 824/2005 sobre productos fertilizantes.
Medición:
Las unidades de medición de estos abonos serán kilogramos (kg), litros (1) y toneladas (t).
2.5.4. Compost Definición:
Producto orgánico cuya materia ha sido estabilizada hasta transformarse en un producto parecido a las sustancias húmicas del suelo, que está libre de agentes patógenos y de semillas de malas hierbas, que no atrae insectos o vectores, que puede ser manipulado y almacenado sin ocasionar molestias y que es beneficioso para el suelo y el desarrollo de las plantas.
Características técnicas y condiciones de uso:
El compost no podrá contener impurezas ni inertes de ningún tipo tales como: piedras, gravas, metales, vidrios o plásticos. Además cumplirá los siguientes requisitos:
- Las exigencias para los agentes patógenos se basarán en la presencia de Salmonella y coliformes fecales, dos indicadores del riesgo de la salud y calidad higiénico sanitaria en los composts. La Salmonella deberá estar ausente en 25 g de producto elaborado, y Escherichia coli <de 1000 por gramo de producto elaborado.
- La conformidad de los siguientes mínimos de calidad no garantiza su idoneidad y suficiencia en todos los usos y para todas las aplicaciones en los espacios verdes, por lo que deberá tenerse en cuenta la dosis de aplicación y las condiciones de uso.
Medición:
Las unidades de medición de compost serán kilogramos (kg), litros (I) y toneladas (t).
2.5.5. Mantillo o humus Definición:
Conjunto de restos orgánicos parcialmente descompuestos de origen principalmente vegetal, de estructura y composición complejas y de color xxxxxx oscuro, que contribuyen a la fertilidad y a la estabilidad estructural del suelo.
Características técnicas y condiciones de uso:
El mantillo o humus deberá poseer para su idoneidad un contenido mínimo en nutrientes, así como cumplir otros requisitos:
-Materia orgánica total del 25 %.
-Extracto Mímico total (ácidos húmicos + ácidos fúlvicos) del 5 %.
-Ácidos húmicos del 3 %.
-Humedad máxima de 40%.
-Nitrógeno orgánico debe ser de al menos el 85 % del nitrógeno total.
-El 90 % deberá pasar por la malla de 10 mm
-Salmonella ausente en 25 g de producto elaborado, y Escherichia coli <de 1000 por gramo de producto elaborado.
Medición:
Las unidades de medición de humus serán kilogramos (kg), litros (I) y toneladas (t).
2.5.6. Enmiendas calizas
Definición:
Productos de origen natural o sintetizado cuyo componente principal es el calcio en muchas de sus presentaciones, y cuyo empleo está justificado por la carencia de cal en los suelos.
Características técnicas y condiciones de uso:
Podrán emplearse en cualquiera de las formas incluidas en el Real Decreto 824/2005 sobre productos fertilizantes. Atendiendo a la presentación de la enmienda caliza y la granulometría de esta se puede considerar las siguientes condiciones de suministro:
-Polvo: Al menos el 98% ha de pasar por el tamiz de 1 mm, y el 80% por el de 0,25 mm.
-Molido: Al menos el 80% ha de pasar por el tamiz de 5 mm.
-Granulado: Producto en polvo, granulado artificialmente y cuya granulometría no podrá superar en la mayoría de las formulaciones los 5 mm.
El contenido declarado xx XxX, MgO y S03 no excederá el 25% del preparado, con un máximo del 3% en valor absoluto. El valor neutralizante será un 2,5% sobre el valor declarado.
Medición:
Las unidades de medición de las enmiendas calizas serán kilogramos (Kg.), litros (I) y toneladas (t).
2.5.7. Otras enmiendas inorgánicas
Cualquier otra formulación que tenga por objetivo la modificación de suelos sódicos, arcillosos, con déficit de materia orgánica, calcáreos, etc., y que deberá presentar las mismas características granulométricas, contenido en CaO y S03, y medición que las definidas para las enmiendas calizas.
2.5.8. Normativa de cumplimiento obligatorio
-Real Decreto 70/1988, de 5 de febrero, sobre fertilizantes y afines.
-Real Decreto 877/1991, de 31 xx xxxx, por el que se modifica el Real Decreto 70/1988, de 5 de febrero, sobre fertilizantes y afines.
-Orden de 28 xx xxxx de 1998, sobre fertilizantes y afines.
-Orden de 2 de noviembre de 1999, por la que se modifica la Orden de 28 xx xxxx de 1998, sobre fertilizantes y afines.
-Real Decreto 824/2005, de 8 de julio, sobre productos fertilizantes.
-Real Decreto 824/2005 de 8 de julio sobre productos fertilizantes.
-Real Decreto 1310/1990, sobre la utilización de lodos tratados en agricultura
-UNE-EN 12580. Mejoradores del suelo y sustratos de cultivo.
-Reglamento CE 1774/2002 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano.
-NTJ 05 C. Composts: Calidad y Aplicación en Espacios Verdes.
-NTJ 02 A. Acopio de Tierra Vegetal en Obra.
-NTJ 13C. Ensayo y Control de Calidad. Productos Comportados,
-NTJ 17C. Compostaje de Residuos Vegetales.
2.6. PRODUCTOS PLAGUICIDAS
2.6.1. Herbicidas Definición:
Sustancias o ingredientes activos que combaten las malas hierbas (grama, xxxxx xxxxxxxxx,
etc.).
Características técnicas y condiciones de uso:
-Los herbicidas de empleo en los espacios verdes serán selectivos, fotoestables, de bajo impacto ambiental, bajo poder de lixiviación y degradación microbiana total.
-Con el fin de evitar la resistencia de las malas hierbas a los herbicidas se practicará la alternancia de materias activas.
-Se seguirán las indicaciones del fabricante en cuanto a la toxicidad del producto, la dosis a aplicar, el plazo de seguridad, etc.
Medición:
La unidad de medición de herbicidas será kilogramo (kg) o litro (I) de herbicida.
2.6.2. Insecticidas Definición:
Sustancias o ingredientes activos que controlan insectos (minadores, trips, pulgones, etc.).
Características técnicas y condiciones de uso:
-Las materias activas de los insecticidas presentarán bajas o nulas concentraciones de compuestos organoclorados debido a su elevada persistencia (>30 años) y una mayor toxicidad frente a otras materias activas "suaves" comercializadas (nicotina, piretrinas...).
-Se ha de respetar la dosis mínima recomendada por el fabricante.
-Se cambiará el principio activo aplicado, evitando así el desarrollo de variedades resistentes y la acumulación de residuos.
-Los tratamientos insecticidas se aplicarán de forma coordinada con diversos medios de combate de plagas, respetando la ecología del suelo y considerándolo como una unidad.
Medición:
La unidad de medición de insecticida será kilogramo (kg) o litro (I) de insecticida.
2.6.3. Acaricidas Definición:
Sustancias o ingredientes activos para el control de ácaros de las plantas (xxxxx xxxx, xxxxx blanca, etc.).
Características técnicas y condiciones de uso:
Se practicará la rotación tanto del acaricida corno de la época de aplicación en las fases de desarrollo del ácaro (huevos, ninfas, etc.), con el fin de evitar problemas de resistencia y aumentar su eficacia.
Se ha de respetar la dosis mínima recomendada por el fabricante.
Los tratamientos acaricidas se aplicarán de forma coordinada con diversos medios de combate de plagas, respetando la ecología del suelo y considerándolo como una unidad.
Medición:
La unidad de medición de acaricidas será kilogramo (kg) o litro (I) de acaricida.
2.6.4. Nematicidas Definición:
Sustancias o ingredientes activos para el control de nematodos (Globodera, Meloidogyne,
etc.).
Características técnicas y condiciones de uso:
•Se priorizará el empleo de materias activas de origen natural, como las derivadas de los caparazones de camarones y cangrejos que estimulan el crecimiento de microorganismos benéficos del suelo que controlan a los nematodos.
•Los tratamientos nematicidas se aplicarán de forma coordinada con diversos medios de combate de plagas, respetando la ecología del suelo y considerándolo como una unidad.
•Las dosis empleadas serán las recomendadas por el fabricante.
•Alternar las materias activas, evitando la resistencia y virulencia de la plaga.
Medición:
La unidad de medición de nematicidas será kilogramo (kg) o litro (I) de nematicida.
2.6.5. Fungicidas Definición:
Sustancias o ingredientes activos que actúan contra hongos causantes de enfermedades en las plantas (oidio, mildiu, fusarium, etc.)
Características Técnicas y Condiciones de uso:
-Se emplearán materias activas y productos comerciales autorizados por el Ministerio de Medio Ambiente.
-Las dosis empleadas serán las recomendadas por el fabricante.
-Alternar los tratamientos con otros fungicidas de distinta naturaleza.
-No aplicar directamente sobre el agua, ni cuando las condiciones climáticas favorezcan la escorrentía desde las zonas tratadas.
-Evitar la contaminación del agua al lavar el equipo utilizando la aplicación del tratamiento o al eliminar los residuos.
-El equipo utilizado para el tratamiento fungicida será el adecuado y estará en perfecto estado.
Medición:
La unidad de medición de fungicidas será kilogramo (kg) o litro (I) de fungicida.
2.6.6. Feromonas Definición:
Sustancias de naturaleza química, propias y exclusivas de cada especie, que emite un determinado individuo y son recogidas por otro u otros de la misma especie, provocando en ellos reacciones de agregación, alarma, sexuales, etc.
Características técnicas y condiciones de uso:
-Se emplearán feronomas adecuadas a los fines previstos (monitoreo, atrape masivo o confusión sexual).
-La máxima eficacia se consigue usando feromonas una vez que se han reducido los niveles importantes de la plaga con alguno de los productos comentados más arriba.
-De gran importancia para conocer el momento en el que se producirá el nacimiento de las orugas, lo que permitirá afinar con la fecha ideal de los tratamientos.
-Las feromonas presentarán una concentración de alcoholes que no reduzcan a su efectividad.
-La materia activa estará libre de isómeros que minimicen su eficacia.
-El diseño, tamaño y forma de las trampas será el adecuado para la difusión de la feromona y la magnitud de la captura prevista.
Medición:
La unidad de medición de las feromonas será unidad de trampa de feromona (ud).
2.6.7. Productos biológicos para el control de plagas Definición:
Son organismos vivos autóctonos o incorporados artificialmente que se emplean para controlar una plaga concreta.
Características técnicas y condiciones de uso:
-Se seleccionarán los productos naturales más adecuados a cada plaga.
-Las condiciones climáticas serán las adecuadas para cada tratamiento de forma que se asegure su eficacia.
Medición:
La unidad de medición de productos biológicos será unidad (ud.) o kilogramo (kg) de parásito, depredador, microorganismo...
2.6.8. Normativa de cumplimiento obligatorio
-Directiva Europea 91/414. Sobre comercialización de productos fitosanitarios.
-Real Decreto 3349/1983, de 30 de noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación técnico- sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas, modificado por el Real Decreto 162/1991, de 8 de febrero, y sus posteriores modificaciones.
-Real Decreto 363/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas y sus posteriores modificaciones.
-Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.
-RD 2115/98, 2-10 (BOE 16), sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera.
2.7. MATERIAL VEGETAL
2.7.1. Árboles de hoja caduca
Definición:
Árbol que, estacionalmente, pierde y renueva su follaje.
Características técnicas y condiciones de cultivo:
Las plantas suministradas deben tener identidad y pureza de lote adecuadas en relación al género y especie, o cultivar.
Las características técnicas y condiciones de cultivo en las que se incluyen tanto parámetros propios (autenticidad), internos (estado hídrico) y externos (parte aérea), deberán seguir las prescripciones recogidas en la NTJ 07 D. Suministro del Material Vegetal. Árboles de Hoja Caduca.
Medición:
La unidad de medición de los árboles de hoja caduca será unidad de árbol (ud.).
2.7.2. Árboles de hoja perenne Definición:
Árbol con follaje fotosintéticamente activo todo el año, cuyas hojas viejas no caen antes de haberse desarrollado otras nuevas.
Características técnicas y condiciones de cultivo:
Las plantas suministradas deben tener identidad y pureza de lote adecuadas en relación al género y especie, o cultivar.
Las características técnicas y condiciones de cultivo en las que se incluyen tanto parámetros propios (autenticidad), internos (estado hídrico) y externos (parte aérea), deberán seguir las prescripciones recogidas en la NTJ 07 E. Suministro del Material Vegetal. Árboles de Xxxx Xxxxxxx.
Medición:
La unidad de medición de los árboles de hoja perenne será unidad de árbol (ud.).
2.7.3. Coníferas y resinosas Definición:
Plantas incluidas en las familias de las pináceas, cupresáceas, taxáceas, taxodiáceas, araucariáceas, podocarpáceas y cefalotaxáceas, de la Clase Gimnospermas. Se caracterizan por ser plantas leñosas con hojas aciculares, lineares o escuamiformes, y con flores a menudo dispuestas en pies monoicos.
Características técnicas y condiciones de cultivo:
Las plantas suministradas deben tener identidad y pureza de lote adecuadas en relación al género y especie, o cultivar.
Las características técnicas y condiciones de cultivo en las que se incluyen tanto parámetros propios (autenticidad), internos (estado hídrico) y externos (parte aérea), deberán seguir las prescripciones recogidas en la NTJ 07 C. Suministro del Material Vegetal. Coníferas y Resinosas.
Medición:
La unidad de medición de coníferas y resinosas de hoja caduca será unidad de árbol (ud.).
2.7.4. Palmeras Definición:
Planta de la familia Arecaceae (Palmae) que, por su estética o por su funcionalidad y mediante su comercialización está destinada a ser utilizada en jardinería.
Características técnicas y condiciones de cultivo:
Las plantas suministradas deben tener identidad y pureza de lote adecuadas en relación al género y especie, o cultivar.
Las características técnicas y condiciones de cultivo en las que se incluyen tanto parámetros propios (autenticidad), internos (estado hídrico) y externos (parte aérea), deberán seguir las prescripciones recogidas en la NTJ 07 P. Suministro del Material Vegetal. Palmeras.
Medición:
La unidad de medición de las palmeras será unidad xx xxxxxxx (ud.).
2.7.5. Arbustos Definición:
Vegetal leñoso, generalmente sin tronco único predominante, ya que ramifica desde la base, y que en estado adulto alcanza normalmente entre 1 y 5 m. de altura.
Características técnicas y condiciones de cultivo:
Las plantas suministradas deben tener identidad y pureza de lote adecuadas en relación al género y especie, o cultivar.
Las características técnicas y condiciones de cultivo en las que se incluyen tanto parámetros propios (autenticidad), internos (estado hídrico) y externos (parte aérea), deberán seguir las prescripciones recogidas en la NTJ 07 F. Suministro del Material Vegetal. Arbustos.
Medición:
La unidad de medición de los arbustos será unidad de arbusto (ud.).
2.7.6. Matas y subarbustos Definición:
Se considera como mata al vegetal leñoso parecido a un arbusto, sin tronco principal pero con numerosas ramificaciones laterales, que generalmente no llega a alcanzar 1 m de altura ni 1 m de anchura. El subarbusto es un vegetal parecido a un arbusto x xxxx, generalmente de poca altura y sólo lignificado en la base.
Características técnicas y condiciones de cultivo:
Las plantas suministradas deben tener identidad y pureza de lote adecuadas en relación al género y especie, o cultivar.
Las características técnicas y condiciones de cultivo deberán seguir las prescripciones recogidas en la NTJ 07 G. Suministro del Material Vegetal. Matas y Subarbustos.
Medición:
La unidad de medición de las matas y subarbustos será unidad xx xxxx o subarbusto (ud.).
2.7.7. Trepadoras Definición:
Planta que, no pudiendo valer ella misma para mantenerse erecta, trepa o se enreda sobre un soporte mediante un sistema de fijación (zarcillos, uñas, etc.) o bien enroscándose si la planta es voluble.
Características técnicas y condiciones de cultivo:
Las plantas suministradas deben tener identidad y pureza de lote adecuadas en relación al género y especie, o cultivar. Las principales características que deben reunir las trepadoras son las siguientes:
Las plantas trepadoras estarán tutoradas y no provocarán heridas ni estrangulaciones. Las plantas no podrán mostrar defectos causados por enfermedades, plagas o fisiopatías que reduzcan el valor o la calificación para su uso.
Serán plantas sanas y bien formadas, para que la recuperación y el desarrollo futuro no peligren.
El substrato de las plantas suministradas en contenedor o maceta estará libre de malas hierbas, especialmente de plantas vivaces.
Las características técnicas y condiciones de cultivo deberán seguir las prescripciones recogidas en la NTJ 07 I. Suministro del Material Vegetal. Trepadoras.
Medición:
La unidad de medición de las plantas trepadoras será unidad de trepadora (ud.).
2.7.8. Plantas tapizantes Definición:
Planta que, por su tipo de crecimiento, tiene capacidad para recubrir el suelo otorgándole un aspecto xx xxxxx o alfombra, incluyendo tanto los arbustos rastreros como las plantas herbáceas tapizantes.
Características técnicas y condiciones de cultivo:
Las plantas suministradas deben tener identidad y pureza de lote adecuadas en relación al género y especie, o cultivar.
Las características técnicas y condiciones de cultivo en las que se incluyen tanto parámetros propios (procedencia), internos (estado hídrico) y externos (parte aérea), deberán seguir las prescripciones recogidas en la NTJ 07 J. Suministro del Material Vegetal. Plantas Tapizantes.
Medición:
La unidad de medición de las plantas tapizantes será unidad de planta tapizante (ud.).
2.7.9. Herbáceas Definición:
Planta herbácea que puede vivir tres o más años. Puede ser de follaje perenne o caduco. En este segundo caso se suele denominar planta vivaz.
Características técnicas y condiciones de cultivo:
Las plantas suministradas deben tener identidad y pureza de lote adecuadas en relación al género y especie, o cultivar. Las principales características que deben reunir las herbáceas son las siguientes:
-Las plantas herbáceas perennes suministradas deberán estar correctamente formadas y no deben presentar síntomas de envejecimiento.
-El sistema radical deberá estar suficientemente desarrollado, equilibrado y proporcionado.
-Deberán presentar un equilibrio y adecuada proporción entre el tamaño de la parte aérea y la parte subterránea.
-El substrato de las plantas suministradas en contenedor o maceta estará libre semillas y propágalos de malas hierbas, de enfermedades y plagas.
-Los recipientes deberán estar llenos de substrato y raíces entre un 90 y 95% de su volumen, y no debe estar significativamente deformados. Las características técnicas y condiciones de cultivo deberán seguir las prescripciones recogidas en la NTJ 07 H. Suministro del Material Vegetal. Plantas Herbáceas.
Medición:
La unidad de medición de las plantas herbáceas será unidad de planta herbácea (ud.).
2.7.10. Xxxxxxx Definición:
Plantas leñosas, caducifolias o perennifolias, y herbáceas normalmente perennes, pertenecientes a la familia de las Rosáceas.
Características técnicas y condiciones de cultivo:
Las plantas suministradas deben tener identidad y pureza de lote adecuadas en relación al género y especie, o cultivar.
Las principales características que deben reunir los xxxxxxx son las siguientes:
- Las raíces tendrán una longitud máxima y en número cuanto más mejor.
- No presentarán desgarros ni heridas de importancia.
-Los patrones reproducidos por semilla serán plantas de un año a partir de la siembra.
-Los xxxxxxx cultivados en contenedor, maceta, bolsa de plástico o bloque xx xxxxx tendrán 1-2 años, como mínimo. Se cultivarán en un contenedor de 2 litros o más, independientemente del tipo de propagación empleado.
-Los xxxxxxx deberán estar sustancialmente libres, al menos por observación visual, de organismos nocivos y enfermedades, o de signos o síntomas de los mismos, que afecten a la calidad de forma significativa y, que reducen el valor de utilización de los materiales de reproducción o de las plantas ornamentales.
Las características técnicas y condiciones de cultivo deberán seguir las prescripciones recogidas en la NT] 07 R. Suministro del Material Vegetal. Xxxxxxx.
Medición:
La unidad de medición xx xxxxxxx será unidad de planta rosal (ud.).
2.7.11. Plantas xx xxxx