Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS, QUE HAN DE REGIR PARA EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES DE FERRETERIA PARA EL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El presente pliego tiene por objeto el establecimiento de las condiciones técnicas por las que ha de regularse la adjudicación del suministro de diversos materiales de ferretería.
Las necesidades del Servicio, para poder realizar los trabajos, que a diario surgen en el mantenimiento tanto de infraestructuras municipales, como de colegios y de edificios municipales, así como la necesidad de realizar instalaciones tanto temporales como definitivas, hace necesaria la elaboración de una lista de materiales para proporcionar un servicio rápido, eficaz y de calidad.
Es objeto de este pliego la contratación del suministro de material, necesario para el Área de Obras y Servicios del Excmo Ayuntamiento xx Xxxxxxx, así como establecer una tarifa de los suministros, un compromiso de disponibilidad y de entrega y un servicio de atención al cliente que se adapte a las necesidades de los Servicios Operativos.
Todo ello, tal y como define la LCSP, en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto, una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa.
Lote: Material de ferretería.
2. IDENTIFICACIÓN TÉCNICA DE LOS ELEMENTOS
Las descripciones de los materiales objeto de contratación se acompañan como Anexo I (“Listado de materiales de ferretería con precios unitarios y familias de productos”) a este Pliego de conformidad con lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
El importe total del contrato no vincula al Ayuntamiento en cuanto se refiere a cantidades de suministro y/o elementos descritos en el referido Anexo, estando el contratista obligado a suministrar todos los materiales y elementos que se le soliciten por el precio unitario ofertado.
Durante la duración del contrato, el adjudicatario se compromete a mantener los precios netos para los materiales incluidos en su oferta.
3. PLAZO DE ENTREGA.
El adjudicatario deberá entregar los materiales y elementos objeto del presente contrato a medida que se le vayan solicitando por el Ayuntamiento, a través del responsable del mismo, o de la persona en quien éste delegue, en el lugar, plazo y condiciones establecidos en el presente Xxxxxx.
En todo caso, los suministros deberán efectuarse dentro de los siguientes plazos máximos, contados desde el momento de la solicitud:
Material de ferretería: 24 horas
Las peticiones de material por parte del Ayuntamiento podrán realizarse de forma verbal o escrita, mediante el uso de cualquier medio que permita llegar la solicitud a conocimiento del adjudicatario: personalmente, por teléfono, correo electrónico, etc.
4. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: PAGO DE LOS MATERIALES SUMINISTRADOS.
El adjudicatario se obliga a suministrar los materiales y elementos objeto del presente contrato por el precio unitario que hubiere ofertado.
El adjudicatario dispondrá al menos de un almacén en la ciudad xx Xxxxxxx, con atención al público desde las 8:00 horas hasta las 14:00 horas de lunes a viernes.
El adjudicatario únicamente tendrá derecho al abono de los materiales y/o elementos solicitados y realmente suministrados (en función del precio unitario ofertado por cada uno de ellos).
Se facturará mensualmente las unidades consumidas. Durante la duración del contrato, el adjudicatario se compromete a mantener los precios netos para los materiales incluidos en el Anexo I.
En las facturas que emita el adjudicatario, así como en los albaranes de suministro, deberá indicarse la descripción del material suministrado, unidades, precio ofertado del material con el albaran firmado por el personal municipal que recepcionó dicho material identificándose con su nombre y DNI. Dicha descripción ha de ser lo suficientemente clara y precisa para identificar completamente el artículo (marca, modelo, dimensiones, etc).
En ningún caso la cantidad a desembolsar por el Ayuntamiento podrá exceder del coste del contrato, por lo que la prestación del servicio se interrumpirá en el momento en que se agote el crédito presupuestario previsto.
El Ayuntamiento, establecerá una política de control y seguimiento adecuada para comprobar el cumplimiento de las obligaciones por parte de la empresa adjudicataria. El no cumplimiento de las mismas será objeto de penalización pudiendo ser causa de rescisión del contrato, según la gravedad de la falta.
La facturación se realizara conforme a la legislación vigente y normativa estatal. No se facturara con una diferencia de más de un mes desde el suministro o realización del trabajo.
5. LUGAR DE ENTREGA.
Todos los suministros deberán entregarse en obra, a excepción de los lotes o partidas respecto a los cuales se solicite que sean entregados en los almacenes municipales o retirados directamente por personal municipal autorizado.
6. DURACIÓN DEL CONTRATO E IMPORTE DE LICITACION
La duración del contrato será de un año a contar desde el día siguiente a la firma del contrato El importe de licitación del suministro asciende a la cantidad de de:
Base | IVA (21%) | Total IVA incl | |
Material de ferreteria | 17.768,59 | 3.731,40 | 21.500,00 |
Si por cualquier causa el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx dejara de precisar la prestación del suministro sin que se hubiese agotado la partida presupuestaria, ello no supondrá derecho del adjudicatario a indemnización alguna. Así mismo el suministrador no podrá reclamar ningún tipo de perjuicio, caso de eliminarse algún tipo de material a suministrar.
Los licitadores ofertarán los precios netos de todos los materiales reflejados en el Anexo 1.
NO habrá variación presupuestaria con motivo de la baja ofertada. El único condicionante es no poder sobrepasar el importe total límite presupuestado anualmente (€, IVA incluido).
7. CONDICIONES DE LAS OFERTAS. CRITERIOS DE BAREMACIÓN.
Se deberá licitar por el lote completo, no pudiendo realizar una oferta parcial de éste.
No será aceptada ninguna oferta que incluya tanto por ciento de descuento negativo o precio superior al de licitación.
Si por cualquier circunstancia las cantidades de suministro de materiales sufrieran modificaciones, (por exceso o defecto) siempre se mantendrá el precio unitario ofertado y el adjudicatario no podrá reclamar en este sentido, pudiendo sufrir modificaciones las cantidades finales del Contrato.
Para la baremación de las ofertas se tendrán en cuenta dos criterios:
- El precio ofertado de los materiales
- Ampliación del plazo de garantía de los materiales.
- Baremación por precio ofertado:
En la baremación del precio se tendrán en cuenta:
- El precio unitario de los materiales.
- Los descuentos ofertados sobre familias de materiales.
a) El precio unitario de los materiales: Se cuantificara la oferta mediante la suma de los precios unitarios de la lista de materiales. (Puntuación máxima: 50 puntos)
Para la valoración de las proposiciones, según este criterio se tendrá en cuenta el siguiente baremo:
• Mejor oferta económica 50 puntos (suma de precios unitarios sin IVA)
La valoración del resto de las ofertas económicas se efectuará aplicando la siguiente fórmula:
Pa = 50 x (min / Of)
Siendo:
P = Puntuación obtenida por cada oferta. min = % Oferta más baja.
Of = % Oferta correspondiente a cada licitador, obtenida del resultado del cálculo de la media ponderada de la suma de todos los precios ofertados sobre los materiales del Anexo 1.
b) Los descuentos ofertados sobre familias de materiales: Aquí el licitador habrá de proponer marcas y porcentajes de descuento sobre tarifa de venta al público para las familias de materiales con posibilidad de ofrecer mas de una marca con su correspondiente descuento para una misma familia de productos. (Puntuación máxima: 40 puntos)
La máxima puntuación por familia de productos se conseguirá con el 60% de descuento sobre el precio de la tarifa de la marca ofertada. Dicha puntuación máxima por familia de productos será 0,5 tal y como aparece en la columna de la tabla de familias de productos “MÁXIMA PUNTUACIÓN”.
Al porcentaje de descuento ofertado se le asignará la correspondiente puntuación conforme a la siguiente fórmula:
Vp = 0,5 x (Descuento ofertado/60)
siendo:
Vp= valoración de oferta en cuestión por familia de productos. D = porcentaje de descuento ofertado por familia de productos. Cf = coeficiente por familia de productos.
La puntuación total de las familias ofertadas se consigue con la suma de los puntos parciales por producto hasta un techo máximo de 40 puntos.
Pb = Vp
La puntuación total de la oferta economica del lote será la suma de puntos obtenidos por oferta de precios unitarios de materiales (Pa) y los puntos obtenidos por oferta de familias de productos (Pb)
Puntuación económica de la oferta = Pa + Pb
- Baremación de la ampliación de garantía:
El la baremación de la ampliación de garantía se cuantificara la ampliación del plazo de garantía a razón de 2,5 puntos por cada tres meses de ampliación hasta un máximo de 10 puntos
8. REPRESENTANTE.
El suministrador designará una persona con poder y capacidad suficiente para representarle en sus comunicaciones con el Ayuntamiento, dando su acreditación y los datos para comunicarse con él al formalizar el contrato.
Las comunicaciones que haya de realizar el adjudicatario al Ayuntamiento por causa de la ejecución del contrato se realizarán entre el representante de aquél y el personal municipal, salvo aquellas cuestiones que deban efectuarse directamente ante el Órgano de Contratación. Las comunicaciones deberán realizarse ordinariamente por fax, correo ordinario o correo electrónico, sin perjuicio de las comunicaciones telefónicas para cuestiones que requieran mayor inmediatez.
El cambio de representante deberá ser comunicado a la otra parte, con quince días de antelación.
9. INSPECCIÓN Y CONTROL.
El control de calidad de los materiales se desarrollará por el adjudicatario de acuerdo con su propio sistema interno de control de calidad, sin perjuicio de la potestad del Ayuntamiento de verificar en cualquier momento la realización por parte del empresario de dichos controles de calidad.
Todos aquellos materiales, productos, sistemas y equipos dentro del presente pliego de prescripciones técnicas serán de marcas de calidad y cumplirán la normativa aplicable UNE, EN, CEI, CE, AENOR, etc. Y dispondrán de documentación que lo acredite. Sus características se ajustarán a la normativa vigente. El responsable del contrato podrá solicitar muestras de los materiales a emplear y sus certificados de calidad, ensayos y pruebas de laboratorios, rechazando, retirando y solicitando su reemplazo, aunque hayan sido servidos previamente, y que a su parecer perjudiquen en cualquier grado el aspecto, seguridad o bondad del elemento.
El adjudicatario deberá aportar, en el caso que el Ayuntamiento se lo solicite, copia de los certificados de fabricación y calidad, declaraciones de conformidad donde figuren los resultados de los ensayos realizados durante el proceso de fabricación, señalando que cumplen con las normas que corresponda a cada tipo de material.
El adjudicatario estará obligado a la corrección inmediata de los defectos o irregularidades que se detecten en esas inspecciones, sin derecho a indemnización por ello.
Los materiales rechazables por defectuosos serán devueltos al suministrador con portes a cargo del mismo y han de sustituirse por material aceptable en un plazo máximo de veinticuatro horas, a partir de la devolución de los mismos.
Además, para cada elemento nuevo que no haya sido previamente servido, se deberá aportar junto con los materiales, las indicaciones técnicas necesarias para su correcto uso, debiendo marcarse con las siguientes indicaciones mínimas:
- Identificación del fabricante
- Marca y modelo
- Cualquier otra indicación referente al uso especifico del material, asignado al fabricante.
- Estos materiales nuevos deberán ser aprobados por el responsable del contrato
Todos los materiales y sus componentes estarán garantizados como mínimo un año contra todo defecto de fabricación o transporte, desde la fecha de entrega de cada suministro.
10. TRANSPORTES Y OTROS GASTOS.
Los licitadores deberán tener en cuenta, en la presentación de las ofertas, que los precios resultantes han de incluir, en todo caso, el transporte, carga y descarga y demás gastos inherentes al suministro.
Los gastos inherentes a las devoluciones y sustituciones de productos correrán a cargo la empresa adjudicataria.
Los licitadores adoptaran los medios de transporte, carga y descarga adecuados a la realidad física del lugar de suministro y normativa del municipio xx Xxxxxxx. Para ello deberán obtener la información necesaria y en su caso obtener y sufragar los oportunos permisos o autorizaciones.
Los licitadores estarán obligados a cumplir cuantas normativas nacionales, autonómicas y ordenanzas municipales en materia de tráfico y transporte les sean de aplicación asumiendo en su caso la responsabilidad y coste derivado de su incumplimiento.
11. MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LOS SUMINISTROS.
El adjudicatario de los suministros deberá adoptar, en todo momento, las medidas de seguridad y salud precisas para garantizar que la ejecución de los suministros no ocasione daños o perjuicios a los operarios en los procesos necesarios para la ejecución del contrato.
El adjudicatario deberá cumplir con la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales en todas las operaciones de fabricación, transporte y suministro.
Las operaciones de transporte, descarga, desembalaje, montaje e instalación de los bienes objeto del suministro estarán convenientemente señalizadas y protegidas para reducir en la medida de lo posible los daños y accidentes. Se dará cuenta al Responsable municipal del contrato de las medidas de seguridad, protección y señalización adoptadas en este sentido.
Será obligación del adjudicatario indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros o al Ayuntamiento como consecuencia de las operaciones que requieren la ejecución del contrato. Esta responsabilidad estará garantizada mediante el correspondiente seguro de Responsabilidad Civil con la cobertura prevista, sin perjuicio del alcance de la responsabilidad total en los términos señalados en la misma.
12. MEDIDAS GENERALES DE ACTUACIÓN MEDIOAMBIENTAL.
Todos los trabajos y materiales relacionados con la ejecución de los contratos suscritos al amparo del presente se realizarán adoptando protocolos de protección y calidad medioambiental exigibles de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.
Deberá poder acreditar el cumplimiento de la normativa aplicable si fuese requerido para ello por el Ayuntamiento.
En la entrega y, en su caso, instalación de los bienes objeto del contrato, el proveedor deberá garantizar como mínimo la realización de las operaciones correspondientes respetando los niveles sonoros y de vibraciones establecidos en la normativa vigente y el tratamiento adecuado de los materiales de embalaje de los bienes y de las piezas desechables.
13. RECEPCIÓN Y PUESTA EN SERVICIO
El Ayuntamiento podrá requerir en cualquier momento al Contratista para que realice las prestaciones objeto de la presente contratación, debiendo el citado contratista dar carácter preferente a los requerimientos efectuados por esta Corporación.
El adjudicatario se obliga a entregar los bienes de forma sucesiva, por el precio unitario que resulte de la adjudicación, sin que la cuantía total de estos bienes se defina, quedando subordinado a las necesidades del Ayuntamiento.
Cualquiera que sea el tipo de suministro, el proveedor exigirá al personal municipal o al encargado de recibir los bienes objeto del suministro por parte del Ayuntamiento, la firma de un albarán de entrega, en el que se hará constar el tipo y la cantidad de bienes entregados, la fecha y la hora de entrega, así como la referencia y si se ha realizado o no comprobación material de los bienes así como el precio contratado.
Dicho albarán deberá estar firmado, con DNI y nombre del que lo recibe.
Cuando los materiales no se encuentren aptos para su recepción, se hará constar señalándose los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijado un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiera efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato.
Los bienes objeto de suministro serán entregados y en su caso instalados por el adjudicatario en las dependencias municipales o lugar expresamente indicado a tal efecto designen los técnicos municipales, situados dentro del Término Municipal xx Xxxxxxx. La entrega de de los bienes se realizará dentro de la franja horaria indicada por el Encargado designado del Área de Obras y Servicios, preferentemente entre las 08:00 y las 14:00 horas de la mañana, con preaviso de 24 horas.
14. NORMATIVA SECTORIAL DE APLICACION.
- R.D. 314/2006, de 17 xx xxxxx CTE, en particular la exigencias básicas de suministro de agua (HS 4) y evacuación de aguas (HS 5).
- R.D. 1644/2008, de 10 de octubre por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.
- Marcado CE, normas UNE, ISO y EN que les sean de aplicación
- Orden de 23-12-75 Norma Tecnológica de la Edificación NTE-IFA/1975 (Instalaciones de fontanería: Abastecimiento).
- Orden de 28-07-74 Pliego de prescripciones técnicas generales para tuberías de abastecimiento de agua Mº. Obras Públicas y Urbanismo
- Orden de 15-09-86 pliego de prescripciones técnicas generales para tuberías de saneamiento de poblaciones Mº. Obras Públicas y Urbanismo
- Decreto 7/2012, de 17 de enero por el que se aprueba el plan de prevención y gestión de residuos peligrosos de Andalucía 2012-2020
- Ley 31/1995 Prevención de riesgos laborales
- R. Decreto 39/1997 Reglamento de los servicios de prevención.
- R. Decreto 1215/1997 de 18 de julio disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
15. CÓDIGOS CPV.
El código CPV consiste en un vocabulario, aprobado a nivel europeo, para definir el objeto de un contrato que se saca a licitación pública. Debe especificarse tanto por los que necesitan contratar, para encuadrar el objeto u objetos del contrato, así como aconsejable por las empresas a la hora de especificar los diferentes servicios, suministros u obras que ofrecen.
En principio, y a falta de otro criterio, se establecen los siguientes códigos:
Material de ferretería
44316400-2 Artículos de ferretería 44115210-4 Materiales de fontanería
ANEXO I. LISTADO DE MATERIALES DE FERRETERIA CON PRECIOS UNITARIOS Y FAMILIAS DE PRODUCTOS
a) Listado de materiales con precios unitarios sin IVA
CÓDIGO | CONCEPTO | PRECIO LICITAC. | PRECIO OFERTADO |
1 | COPIA DE LLAVE / LLAVE SERRETA | 1,20 | |
2 | COPIA LLAVE SEGURIDAD | 6,00 | |
3 | LLAVERO PORTAETIQUETAS PLASTICO C/ANILLA | 0,15 | |
4 | ABRAZADERA 1/2 | 3,750 | |
5 | ABRAZADERA 12-22 | 0,400 | |
6 | ABRAZADERA 20-32 | 0,360 | |
7 | ANCLAJE ACERO 8X 50 | 0,350 | |
8 | ANCLAJE ACERO 8X 60 | 0,500 | |
9 | ANCLAJE ACERO 8x80 | 0,550 | |
10 | ANCLAJE ACERO 10X 60 | 0,600 | |
11 | ANCLAJE ACERO 10X 80 | 0,700 | |
12 | ANCLAJE ACERO 12X100 | 0,750 | |
13 | ANCLAJE ACERO 16X 80 | 0,850 | |
14 | ANCLAJE ACERO 16X100 | 1,150 | |
00 | XXXXXXXX XXXXX 0 XX XXX XXXXX | 0,040 | |
16 | ARANDELA PLANA 6 MM | 0,050 | |
17 | ARANDELA PLANA 8 MM | 0,060 | |
18 | ARANDELA PLANA 10 MM | 0,060 | |
00 | XXXXXXXX XXXXX 00 XX XXX XXXXX | 0,100 | |
20 | ARANDELA PLANA ZINCADA A/ANCHA 12 MM | 0,098 | |
00 | XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX X/XXXXX 14 MM | 0,120 | |
22 | BRIDA NYLON INC. 3.6x200 | 0,050 | |
23 | BRIDA NYLON NEGRA 3.6x300 | 0,070 | |
24 | BRIDA NYLON NEGRA 4.8X380 | 0,110 | |
25 | BRIDA NYLON NEGRA 7.5X360 | 0,120 | |
26 | BRIDA NYLON NEGRA 7.8X540 | 0,250 | |
27 | CANCAMO CERRADO 16X35 | 0,011 | |
28 | PUNTAS ACERO 30/CAJA 500 | 0,030 | |
29 | REMACHE 5X16 ALUMINIO | 0,060 | |
30 | TACO NYLON 6 MM | 0,040 | |
31 | TACO NYLON MQ 10 MM | 0,100 | |
32 | TACO NYLON MQ 8 MM | 0,070 | |
33 | TACO PLASTICO GRIS Nº 6 | 0,007 | |
34 | TACO PLASTICO GRIS Nº 10 | 0,023 | |
35 | TACO PLASTICO GRIS Nº 12 | 0,046 | |
36 | TIRAFONDOS 10X50 | 0,210 | |
37 | TIRAFONDOS 10x80 | 0,240 | |
38 | TIRAFONDOS 6x40 | 0,120 |
39 | TIRAFONDOS 6x50 | 0,100 | |
40 | TIRAFONDOS 8X100 | 0,150 | |
41 | TIRAFONDOS 8X80 | 0,150 | |
42 | TORNILLO BICROMATADO 3.5X30 | 0,004 | |
43 | TORNILLO BICROMATADO 3.5X50 | 0,007 | |
44 | TORNILLO BICROMATADO 4.5X30 | 0,007 | |
45 | TORNILLO BICROMATADO 4.5X40 | 0,009 | |
46 | TORNILLO BICROMATADO 4X25 | 0,005 | |
47 | TORNILLO C/ESTRELLA ZINC 3.5X50 | 0,006 | |
48 | TORNILLO POZl 3.5x16 | 0,020 | |
49 | TORNILLO POZI 3.5X30 | 0,030 | |
50 | TORNILLO POZI 4X25 | 0,040 | |
51 | TORNILLO POZI 4X30 | 0,040 | |
52 | TORNILLO POZI 4X40 | 0,040 | |
53 | TORNILLO POZI 4.5X50 | 0,050 | |
54 | TORNILLO POZl 3.5x20 | 0,020 | |
55 | TORNILLO POZl 3.5x25 | 0,020 | |
56 | TORNILLO POZl 3.5x30 | 0,030 | |
57 | TORNILLO POZl 3.5x35 | 0,030 | |
58 | TORNILLO POZl 5X40 | 0,060 | |
59 | TORNILLO POZl 5X50 | 0,060 | |
60 | TORNILLO POZI 5X60 | 0,070 | |
61 | TORNILLO POZl 5X70 | 0,080 | |
62 | BOTE SILICONA BLANCA / TRANSLUCIDA | 1,75 | |
63 | BOTE SPRAY GRASA UNIVERSAL 400 ML | 3,20 | |
64 | BOTE AFLOJATODO PROFESIONAL 400 ML | 2,55 | |
65 | CEYS MONTACK 300 EXPRESS O EQUIVALENTE (*) | 3,50 | |
66 | CEYS POLIMERO TRANSPARENTE O EQUIVALENTE (*) | 5,00 | |
00 | XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXX / XXXXXX / XXXXX /BLANCA | 3,50 | |
68 | BOTE ANCLAJE QUIMICO | 7,50 | |
69 | ROLLO CINTA ANTIDESLIZANTE 25x1 5M | 8,47 | |
70 | PRECINTO MARRON / TRASLUCIDO ROLLO GRANDE | 1,00 | |
71 | TEFLON ROLLO INDUSTRIAL 50X19 | 1,50 | |
72 | BOTE HILO TEFLON LOC 55 O EQUIVALENTE (*) | 6,90 | |
73 | BROCA HELlCOlDAL MADERA 10.0X323X400 | 14,94 | |
74 | BROCA HELICOIDAL MADERA 12.0X400 | 15,13 | |
75 | BROCA MADERA PALA 16 MM | 1,16 | |
76 | BROCA MADERA PALA 22 MM | 1,50 | |
77 | CORONA BIMETAL 29 MM | 5,58 | |
78 | CORONA BIMETAL 89 MM | 10,63 | |
79 | CORONA BIMETAL 108 MM | 18,15 |
80 | DISCO C/INOX. 115 X 1 MM | 1,20 | |
81 | DISCO DIAMANTE 115 | 11,95 | |
82 | DISCO LAMINAS 115X40 | 3,95 | |
83 | DISCO RADIAL PEQUEÑA | 0,68 | |
84 | DISCO WIDIA ALUMINIO 300X30X96 | 49,70 | |
85 | HOJA SIERRA HSS BI-METAL | 1,95 | |
86 | HOJAS B/XXXXXX HSS O EQUIVALENTE (*) | 2,95 | |
87 | CEPILLO PUAS DISCO 100 EJE ó ROSCA | 5,00 | |
88 | ALDABILLA ILARGI LTDA 475-1" O EQUIVALENTE (*) | 2,25 | |
89 | BARRA ANTIPANICO REF. 1931900NV | 68,50 | |
90 | BOMBILLO 30/30 MM ó 35/35 MM ó 40/40 MM LATON | 8,36 | |
91 | BOMBILLO AZBE 50-N O EQUIVALENTE (*) | 18,02 | |
92 | BOMBILLO OVAL LINCE 28/28 LATON O EQUIVALENTE (*) | 16,06 | |
93 | CANDADO 40 | 4,20 | |
94 | CANDADO 50 | 5,90 | |
95 | CERRADURA AZBE 124-10P ó 56-A P. O EQUIVALENTE (*) | 27,82 | |
96 | CERRADURA AZBE 700/80 EMBUTIR O EQUIVALENTE (*) | 26,50 | |
97 | CERRADURA LINCE 5557-70 INOX O EQUIVALENTE (*) | 29,75 | |
98 | CERRADURA TESA 2010/50 P/HL O EQUIVALENTE (*) | 26,56 | |
99 | CERRADURA URKO Nº 23R DE 30 MM O EQUIVALENTE (*) | 11,06 | |
100 | CERROJO AZBE 16 P. ó 18 P. O EQUIVALENTE (*) | 25,86 | |
101 | CINTA PERSIANA 22 MM | 0,25 | |
102 | JUEGO XXXXXXXXX XXXXXX 0000 PUL-SATINADO | 7,26 | |
103 | JUEGO MANIVELAS C/PLACA INOX MPU-1 | 8,75 | |
104 | KIT ESTANTE BRICOL 30 BLANCO 1.80X90X30/350 KG. O EQUIVALENTE (*) | 29,50 | |
105 | PERNIO 385/4" AMIG PULIDO O EQUIVALENTE (*) | 0,85 | |
106 | PERNIO 405/9'5 C/REDONDA | 0,65 | |
107 | PERNIO XXXXXX BECUSA 403 DCHO / IZDO O EQUIVALENTE (*) | 0,31 | |
108 | PICAPORTE C/CUADRADO INOX 70 MM | 1,21 | |
109 | POMO AMIG 601 PASO 11114 O EQUIVALENTE (*) | 9,10 | |
110 | POMO AMlG 600 ó 601C/LLAVE 11109 O EQUIVALENTE (*) | 18,00 | |
111 | POMO TESA 3500U0LM O EQUIVALENTE (*) | 22,17 | |
112 | POMO TESA 350570LM O EQUIVALENTE (*) | 17,00 | |
113 | RECOGEDOR PERSIANA METAL X/XXXXX | 0,00 | |
000 | XXXXXXX Xx Fº ULMA 125x500 O EQUIVALENTE (*) | 16,00 | |
115 | TOPE PUERTA ADH. MADERA (COLOR SURTIDO) | 1,43 |
116 | ADAPTADOR MAGNETICO 1/4" | 6,12 | |
117 | ALICATE 6" 160 UNIVERSAL | 5,95 | |
118 | ALICATE CORTE 160 S.EGO O EQUIVALENTE (*) | 5,25 | |
000 | XXXX X/XXXX 4003-10" | 9,50 | |
120 | LLANA DIENTES | 10,46 | |
121 | CARRO OBRA AMARILLO | 34,71 | |
122 | CEPILLOS BARRENDERO | 5,79 | |
123 | DECAPADOR PULSADOR | 12,70 | |
124 | DESTORNILLADOR AISLO 4 X100 1000 V. | 2,97 | |
125 | DESTORNILLADOR PLANO 5'5x125 PREMIUM | 3,85 | |
126 | DESTORNILLADOR POZI 2x100 | 3,68 | |
127 | DESTORNILLADOR RECTO 6x150 | 6,10 | |
128 | ESCARIADOR MULTICAPA | 25,00 | |
129 | ESCUADRA PLANA 60 MM | 0,14 | |
130 | ESPUERTAS | 2,50 | |
131 | ESTUFA 2 BARRAS CUARZO 1200W. | 15,90 | |
132 | FLEXOMETRO 5 M CONSTRUCTOR | 6,16 | |
133 | GARRAFA HIDROCARBUROS 20lts | 13,75 | |
134 | JUEGO LLAVES XXXXX 9 PZAS. | 5,88 | |
135 | LIMA MICANA 4101- 6" | 9,82 | |
136 | LLAVE AJUSTABLE 10" | 9,00 | |
137 | LLAVE ESTRELLA ACODADA 704 16-17 MM | 6,89 | |
138 | LLAVE FIJA 16-17 CROMO VANADIO | 4,50 | |
139 | LLAVE FIJA 10-11 CROMO VANADIO | 2,76 | |
140 | LLAVES XXXXX 10 P. BOLA | 7,00 | |
141 | LLAVES XXXXX 9 P. BALLFIX | 11,70 | |
142 | LLAVES FIJAS 8 P S.EGO O EQUIVALENTE (*) | 15,75 | |
143 | MANGO CEPILLO C/ROSCA | 1,40 | |
144 | MANGO XXXX X.XXXXXX OVAL 90 CM | 10,50 | |
000 | XXXXXXXX XXXX M/FIBRA | 10,15 | |
146 | MEZCLADOR 100X600 CEMENTO/COLA | 9,06 | |
147 | XXXXX 00 CM MAGNETICO | 10,50 | |
148 | NIVEL MAGNETICO 60 CM | 27,91 | |
149 | PISTOLA SILICONA REFORZADA | 10,53 | |
150 | PORTABROCAS AUTOMATICO 13 MM | 17,78 | |
151 | PULVERIZADOR PRESION 5 LTS | 19,90 | |
152 | TENAZAS KNIPEX O EQUIVALENTE (*) | 22,98 | |
153 | ABRAZADERA TAPAPOROS 35 MM | 9,35 | |
154 | SIFON BOTELLA CORTO EXTEN. HORIZ X/XXXXXXX X-00 | 5,32 | |
155 | SIFON BOTELLA C-24-C 40x1 1/2" | 12,73 | |
156 | ARQUETA Hº FUNDIDO B-125 40x40 DUCTIL | 15,00 | |
157 | ARQUETA Hº FUNDIDO B-125 60x60 DUCTIL | 37,10 | |
158 | ASPERSOR EMERGENTE TURBINA K-RAIN 1" O | 38,54 |
EQUIVALENTE (*) | |||
000 | XXXXX XXXXXXXX XXX 445X235X500 | 18,48 | |
160 | COLLARIN BH Hº FUNDIDO AZUL 75x1" | 12,60 | |
161 | DESCARGA CISTERNA XXXX XXXXXXXX O EQUIVALENTE (*) | 2,50 | |
162 | DESCARGA CISTERNA BAJA TYFON-5 PULSADOR O EQUIVALENTE (*) | 11,55 | |
163 | DESCARGADOR PULSADOR | 10,80 | |
164 | DESCARGADOR XXXXXXXX O EQUIVALENTE (*) | 12,70 | |
165 | ELEVADOR INODORO UNIVERSAL C/TAPA | 44,75 | |
166 | FLOTADOR LATERAL | 6,30 | |
167 | TAPA WC | 10,50 | |
168 | ELECTROVALVULA RN 180 3"H 24AC | 60,50 | |
169 | ELECTROVALVULA RN 160 REG. APERTURA 1 1/2" | 35,00 | |
170 | GOMA ELASTOMERICA TUBOCOR 315-200 | 24,00 | |
171 | GRIFO ESFERA 1/2" | 2,95 | |
172 | GRIFO TEMPORIZADOR LAVABO | 26,94 | |
173 | IMBORNAL Hº ABATIBLE C-250 48x25 DUCTIL | 21,70 | |
174 | LLAVE ESCUADRA 1/2"-1/2" | 1,75 | |
175 | VALVULA MARIPOSA DN-65 2 1/2" | 22,66 | |
176 | MANGUERA SILICONA 19 REFORZADA | 1,75 | |
177 | MANGUERA SILICONA 15 C/MALLA | 0,95 | |
178 | TERMO ELECTRICO 50 lts RN | 180,00 | |
179 | TERMO ELECTRICO 100 lts RN | 199,50 | |
180 | POLIETILENO 25x10 ALIM. MT. | 0,84 | |
181 | POLIETILENO 3/4 ALIM | 0,94 | |
182 | POLIETILENO ALIM A/DENS. 75X10 ATM | 3,71 | |
183 | MANGUITO BRIDA ELECTROSOLDABLE 75 | 2,96 | |
184 | CODO ELECTROSOLDABLE 75x90 | 11,18 | |
185 | PRESS-CONTROL | 80,50 | |
186 | PVC FLEXIBLE 40 | 2,05 | |
187 | TUBO PVC 110 | 9,30 | |
188 | CUERDA 5 MM GRANETE / TRENZADA (M/L) | 0,15 | |
189 | CUERDA 6 MM BLANCO/VERDE (M/L) | 0,10 | |
190 | CUERDA NYLON BLANCA 8 MM (M/L) | 0,14 | |
191 | FALDO 5x10 | 20,05 | |
192 | MOSQUITERA FIBRAVID 0'80 M (M/L) | 1,70 | |
193 | MOSQUITERA FIBRAVID 1'20 M (M/L) | 2,52 | |
194 | PLASTICO FILM ROLLO PALETIZAR | 6,97 | |
195 | PLASTICO HOJA 3 MTS G/600 | 1,75 | |
196 | PLASTICO HOJA 4 MTS. M/L. | 1,92 | |
197 | PLASTICO NEGRO 6x20 | 54,00 | |
198 | PLIEGO PLASTICO 4X20 MTS | 48,00 | |
199 | PLIEGO PLASTICO NEGRO 6x10 MTS | 22,31 |
200 | ROLLO CUERDA 400m | 40,00 | |
201 | ROLLO PLASTICO 12x60 | 267,77 | |
202 | ROLLOS CUERDA SMM (200m) | 23,00 | |
203 | TELA GEOTEXTIL 120 G (m2) | 0,42 |
b) Familias de materiales a ofertar descuento sobre tarifa PVP
CÓDIGO | FAMILIAS DE PRODUCTOS | Marcas propuestas | Porcentaje de descuento ofertado sobre tarifa PVP | Puntuación máxima por familia ofertada |
1 | Tornillos de métrica. | 0,5 | ||
2 | Tornillos tirafondos para madera y metal. | 0,5 | ||
3 | Bridas de nylon | 0,5 | ||
4 | Tacos de nylon y plástico | 0,5 | ||
5 | Adhesivos de contacto, cianocrilatos, bicomponentes. | 0,5 | ||
6 | Colas y masillas para madera | 0,5 | ||
7 | Lubricantes, grasas y desincrustantes. | 0,5 | ||
8 | Siliconas | 0,5 | ||
9 | Espumas de poliuretano | 0,5 | ||
10 | Teflón y materiales de sellado | 0,5 | ||
11 | Pegamento para PVC evacuación y presión | 0,5 | ||
12 | Tacos químicos | 0,5 | ||
13 | Discos xx xxxxx para metal y diamante | 0,5 | ||
14 | Brocas para metal y madera | 0,5 | ||
15 | Hojas xx xxxxx | 0,5 | ||
16 | Coronas bimetal | 0,5 | ||
17 | Cerraduras. | 0,5 | ||
18 | Bombillos para cerraduras. | 0,5 | ||
19 | Candados. | 0,5 | ||
20 | Herrajes en general, para puertas y ventanas. | 0,5 | ||
21 | Cintas y accesorios para persianas. | 0,5 | ||
22 | Herramientas de mano para construcción, agricultura y jardinería | 0,5 | ||
23 | Herramientas de mano xx xxxxx y desbaste. | 0,5 | ||
24 | Herramientas de mano: Llaves fijas, ajustables, destornilladores, puntas, alicates y martillos | 0,5 | ||
25 | Tubo PVC evacuación, accesorios, artículos de saneamiento y evacuación | 0,5 | ||
26 | Sanitarios y accesorios | 0,5 | ||
27 | Descargadores xx xxxxxxxxx y accesorios. | 0,5 | ||
28 | Racores y abrazaderas | 0,5 |
29 | Valvuleria xx xxxxx y regulación. Valvuleria de contador | 0,5 | ||
30 | Termos eléctricos | 0,5 | ||
31 | Imbornales, tapas de registro y accesorios | 0,5 | ||
32 | Tubo de polibutileno y accesorios | 0,5 | ||
33 | Tubo multicapa y accesorios | 0,5 | ||
34 | Tubería de cobre, accesorios de bronce y latón | 0,5 | ||
35 | Tubo de polietileno y accesorios | 0,5 | ||
36 | Grifería para baño y cocina. Grifería temporizada | 0,5 |
* De acuerdo con el RDL 3/2011, 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Art. 117, al no ser posible hacer una descripción lo bastante precisa e inteligible de los productos marcados con *, se da como referencia la empresa fabricante y referencia de modelo que se ajusta a las características solicitados, a lo que se podrá ofertar material equivalente.
Entendiéndose por material equivalente, todo aquel que tiene las mismas características físicas, funcionales y de calidad que el solicitado, y es intercambiable con este.