Contract
Contrato de Compraventa e Instalación de Equipo y Material Agropecuario Destinados a la Escuela Secundaria Técnica N° 68 del Municipio de Cosautlan xx Xxxxxxxx, Veracruz, que celebran por una parte la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Oficial mayor, a quien en lo sucesivo se le denominará como “La Secretaría” y por la otra parte la empresa Comprojal, S.A. de C.V., representada en este acto por el C. Arq. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, a quien en lo subsiguiente se le designará como “El Proveedor” sujetándose las partes al tenor de las siguientes: ---------------------------------------------------------
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ANTECEDENTES:
A. Con fecha 28 de Septiembre de 2007, “La Secretaría”, a través de la Oficialía Mayor, envió oficios donde se les formuló una invitación a varias empresas y funcionarios de la misma dependencia, asimismo a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a la Contraloría General; para participar en la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-039-07 relativa a la Adquisición e Instalación de Equipo y Material Agropecuario Destinados a la Escuela Secundaria Técnica N° 68 del Municipio de Cosautlan xx Xxxxxxxx, Veracruz dependiente de “La Secretaria”, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 45 del Decreto No. 837 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal de 2007 y 1, 9, 10, 26 fracción II, 43, 56, 57, 58 y demás relativos aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
B. Con fecha 11 de Octubre de 2007, se celebró la Junta de Presentación y Apertura de Proposiciones respecto a la licitación señalada en el inciso anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, y base quinta de las bases de participación de la licitación de referencia. -----
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C. Con fecha 16 de Octubre de 2007, se llevo a cabo la Notificación de Fallo de la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-039-07 relativa a la Adquisición e Instalación de Equipo y Material Agropecuario Destinados a la Escuela Secundaria Técnica N° 68 del Municipio de Cosautlan xx Xxxxxxxx, Veracruz dependiente de “La Secretaria”, siendo favorecido “El Proveedor” en las partidas de la licitación que en la Cláusula Primera de este contrato se indican en acatamiento a lo estipulado en el artículo 44 de la Ley citada en el antecedente B.
D E C L A R A C I O N E S:
I. DE “LA SECRETARÍA”
I.1. Que es una Dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, que se encuentra facultada para la celebración del presente contrato en términos de los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 1, 2, 4, 9 fracción IV, 10, 11, 15, en relación con los artículos 21 y 22 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 186 y 213 del Código Financiero para el Estado Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 45 del Decreto No. 837 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal 2007.------------------------------------------------------------------------------
I.2. Que la personalidad jurídica del C. Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Oficial Mayor, para celebrar a nombre de
“La Secretaría” en los términos del presente contrato, se acredita con el nombramiento expedido a su favor,
por el Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, así como por las facultades conferidas en los artículos 4 fracción I, 12, 14 fracciones I, IV y VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.------------------------------------------------------------------
I.3. Que cuenta con los recursos suficientes en la Partida Presupuestal 5201, para cubrir el monto de los servicios pactados en el presente contrato.------------------------------------------------------------------------------------------
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I.4. Que es su Voluntad celebrar el presente contrato con “El Proveedor” bajo la modalidad de Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-039-07 relativa a la Adquisición e Instalación de Equipo y Material Agropecuario Destinados a la Escuela Secundaria Técnica N° 68 del Municipio de Cosautlan xx Xxxxxxxx, Veracruz dependiente de “La Secretaria”, de conformidad con los artículos 26 fracción II, 36, 37, 39, 54, 56, 57 y 58 y demás relativos y aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.-------------------
I.5. Que señala como su domicilio para los efectos de este contrato el ubicado en el Kilómetro 4.5 de la Carretera Federal Xalapa-Veracruz, Colonia S.A.H.O.P. con Código Postal 91190 y R.F.C. No. SED9905019C2.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. DE “EL PROVEEDOR”:
II.1. Que es una Sociedad Anónima de Capital Variable, constituida conforme a las Leyes Mexicanas, cuyo objeto social es la compra, venta de equipos y materiales para el comercio y servicios, con la Escritura Pública No. 9,458, de fecha 00 xx Xxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx, Notario Público No.3 de la ciudad de Coatepec, ver.---------------------------------------------------------------------------------------------------
II.2. Que su representante legal acredita su personalidad en el instrumento legal señalado en la declaración que antecede.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II.3. Que acredita su actividad empresarial mediante el R.F.C. No. COM060725BB3 expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
II.4. Que señala como su domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en el Xxxx. Xxxxxxxxx Xxxxx Xx. 0- 000, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx de las Animas, Torre ánimas, Código Postal 91190 y con No. Telefónico 000-00-00 y fax 000-00-00 en Xalapa, Ver.---------------------------------------------------------------------------
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II.5. Que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera suficiente para el suministro de los bienes requeridos por “La Secretaría”.
II.6. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en ninguno de los casos de impedimento para la celebración del presente contrato, establecidos en el artículo 45, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
C L Á U S U L A S:
PRIMERA: Objeto. “El Proveedor” vende, instala y se obliga a entregar a “La Secretaría” el Equipo y Material Agropecuario Destinados a la Escuela Secundaria Técnica N° 68 del Municipio de Cosautlan xx Xxxxxxxx, Veracruz dependiente de “La Secretaría”, mismos que a continuación se detallan: ----------------
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PART | DESCRIPCIÓN | CANT. | U.M. | P.U. | TOTAL |
1 | ENFRIADOR FABRICADO EN ACERO INOXIDABLE DOBLE FONDO PARA LECHE CON CAPACIDAD DE 1000LTS, CON UNIDAD REFRIGERANTE DE 3HP, BIFÁSICO, XXXXX XXXXXX. | 1 | PIEZA | $64,136.52 | $64,136.52 |
2 | HOMOGENIZADORA CON CAPACIDAD PARA 400 GALONES POR HORA, CON MOTOR ELÉCTRICO DE 20HP, CORRIENTE TRIFÁSICA Y ACABADA EN ACERO INOXIDABLE, 2 PASOS DE HOMOGENIZACIÓN. XXXXX XXXXXX, MODELO M3. | 1 | PIEZA | $206,956.52 | $206,956.52 |
5 | BASCULA GRANULOMÉTRICA XXXXX XXXXXX | 1 | PIEZA | $1,921.46 | $1,921.46 |
6 | XXXX PASTEURIZADORA PARA CUAJAR TIPO RECTANGULAR CON CAPACIDAD DE 50LTS, FABRICADA EN ACERO INOXIDABLE, CALIBRE 16, ACABADO SANITARIO, QUEMADORES EXTERNOS PARA GAS Y CONEXIÓN INDEPENDIENTE PARA CALDERA, MARCA TECNIAGRO. | 2 | PIEZA | $54,347.83 | $108,695.66 |
8 | EQUIPO DE INCEMINACIO ARTIFICIAL XXXXX DE APLICADOR, CAJA DE GUANTES PARA INSEMINACIÓN ARTIFICIAL, TERMO DESCONGELADOR, TERMÓMETRO CON CARÁTULA, PAQUETE DE FUNDAS PARA INSEMINACIÓN ARTIFICIAL MARCA ARTIC. | 1 | PIEZA | $1,695.65 | $1,695.65 |
11 | CALDERA DE FUNCIONAMIENTO A GAS LP CON CAPACIDAD PARA GENERAR 20HP, MISMA QUE PUEDE PRODUCIR VAPOR Y AGUA CALIENTES, MARCA TECNIAGRO. | 1 | PIEZA | $173,880.00 | $173,880.00 |
12 | BOMBA SUMERGIBLE EN ACERO INOXIDABLE CON CAPACIDADC DE ¼ HP Y DESALOJO DE 100LST POR MINUTO CON CORRIENTE DE110 VOLTS, MARCA ANTARIX | 1 | PIEZA | $6,000.00 | $6,000.00 |
13 | TERMÓMETRO DE CARATULA XXXXX XXXXXX | 4 | PIEZA | $1,695.65 | $6,782.60 |
14 | TERMO PARA INSEMINACION ARTIFICIAL CON CAPACIDAD PARA 20 LTS. 0 750 DOSIS, MARCA TECNIAGRO. | 1 | PIEZA | $10,869.57 | $10,869.57 |
15 | PLANTA PORTATIL GENERADORA DE ELECTRICIDAD; CON MOTOR DE GASOLINA MARCA SUZUKI DE 8HP; 5500 WATTS 115/230 VOLTS, 60HZ. MARCA ANTARIX | 1 | PIEZA | $17,217.39 | $17,217.39 |
16 | MESA DE TRABAJO RECTANGULAR EN ACERO INOXIDABLE CALIBRE 16 ACABADO | 1 | PIEZA | $20,521.74 | $20,521.74 |
SANITARIO, MEDIDAS 2M DE LARGO POR 1M DE ANCHO Y 90 CM. DE ALTURA, MARCA TECNIAGRO. | |||||
17 | MESA ARTEZA DE TRABAJO RECTANGULAR CON ACERO INOXIDABLE CALIBRE 16, ACABADO SANITARIO, MEDIDAS DE 2M DE LARGO POR 1M DE ANCHO Y 90CM. DE ALTURA, MARCA TECNIAGRO. | 1 | PIEZA | $20,521.74 | $20,521.74 |
18 | JUEGO DE AGITADORES CORTO Y LARGO FABRICADOS EN XXXXX INOXIDABLE, MARCA TECNIAGRO. | 3 | PIEZA | $665.22 | $1,995.66 |
19 | JUEGO DE LIRAS HORIZONTAL VERTICAL EN ACERO INOXIDABLE, MARCA TECNIAGRO. | 7 | PIEZA | $1,769.57 | $12,386.99 |
20 | PALAS EN ACERO INOXIDABLE DE 1.30MTS DE LARGO PARA FUNDIR QUESO, MARCA TECNIAGRO. | 3 | PIEZA | $1,769.57 | $5,308.71 |
21 | PAILA FABRICADA EN ACERO INOXIDABLE, CON PATAS DE SOPORTE CON CAPACIDAD DE 150LTS, MARCA TECNIAGRO. | 3 | PIEZA | $6,608.70 | $19,826.10 |
22 | MOLDE PARA QUESO REDONDO EN ACERO INOXIDABLE PARA 10KG. MARCA TECNIAGRO. | 3 | PIEZA | $756.00 | $2,268.00 |
23 | MOLDE PARA QUESO REDONDO EN ACERO INOXIDABLE PARA UN CUARTO DE KILO. MARCA TECNIAGRO. | 7 | PIEZA | $378.46 | $2,649.22 |
24 | MOLDE PARA QUESO REDONDO EN ACERO INOXIDABLE PARA MEDIO KILO. MARCA TECNIAGRO. | 7 | PIEZA | $378.46 | $2,649.22 |
25 | MOLDE PARA QUESO REDONDO EN ACERO INOXIDABLE PARA UN KILO. MARCA TECNIAGRO | 7 | PIEZA | $378.46 | $2,649.22 |
26 | MOLDE PARA QUESO REDONDO EN ACERO INOXIDABLE PARA DOS KILO. MARCA TECNIAGRO. | 7 | PIEZA | $378.46 | $2,649.22 |
SUBTOTAL | $691,581.19 | ||||
I.V.A. | $103,737.17 | ||||
TOTAL | $795,318.37 |
4 | PICADORA DE FORRAJE, CON XXXXXX XX XXXXXXXX, CON MOTOR ELÉCIRICO MARCA INGAR. ESTA PARTIDA NO TIENE I.V.A. POR SER TASA 0% | 1 | PIEZA | $16,500.00 | $16,500.00 |
$811,818.37
GRAN TOTAL
SEGUNDA: Forma de Pago. “La Secretaría” se compromete a pagar a precio fijo a “El Proveedor” la cantidad de $811,818.37 (Ochocientos Once Mil Ocho Cientos Dieciocho Pesos 37/100 M.N.) incluido el 15% del Impuesto al Valor Agregado, cantidad que será pagada dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la entrega total de los bienes, previa presentación de la factura debidamente requisitada fiscalmente. El pago se efectuará a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, mediante transferencia electrónica. -------------------------------------------------------------------
- TERCERA: Lugar de Entrega. Los bienes deberán ser entregados libre a bordo en el almacén General de “La Secretaría” ubicado en la Prolongación de Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx No. 43, Colonia Viveros, del Municipio de Banderilla, Veracruz. Las entregas deberán realizarse coordinadamente con el almacén, en días hábiles de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas, con previo aviso a los teléfonos 0-00-00-00, 0-00-00-00 extensión 104 y 8-11-28-85,
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CUARTA: Plazo de Entrega. “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 12 (Doce) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. No se aceptarán entregas parciales, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago. ---------------------
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QUINTA: Garantía de los bienes. “El Proveedor” se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto de fabricación, composición y/o vicio oculto, por un término mínimo de 1 (un) año, contado a partir de la entrega total de los bienes, comprometiéndose a su reposición por otros de la misma calidad, marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación por escrito de “La Secretaría”
SEXTA: Garantía de Cumplimiento de Contrato. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato la calidad de los bienes y el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Proveedor” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Póliza de Fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (Diez por Ciento) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de
$70,808.12 (Setenta Mil Ochocientos Pesos 12/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
SÉPTIMA: Vigencia de la Fianza. “El Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la Cláusula anterior por el término de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro. -------
OCTAVA: Incremento. “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. --------------------------------------------------------
NOVENA: Pena Convencional. “El Proveedor” se compromete a pagar a “La Secretaría” como pena convencional un 5 (cinco) al Millar por cada día de atraso en la entrega de los bienes objeto del presente
contrato, mismo que será deducido proporcionalmente del importe total a pagar, con sujeción en lo establecido en el artículo 62 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. ---------------------------------------
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DÉCIMA: Rescisión de Contrato. “La Secretaría” podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por ”El Proveedor”, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 79, 80 y 81 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. Asimismo, ambas partes convienen la rescisión de este contrato sin responsabilidad administrativa para “La Secretaría” y sin necesidad de declaración judicial, en caso de insuficiencia o cancelación de la disponibilidad presupuestal correspondiente.-
DÉCIMA PRIMERA: Derechos y Obligaciones. Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse total, ni parcialmente bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “La Secretaría”. Queda entendido y aceptado expresamente por “La Secretaría” y “El Proveedor” que el pago por resarcimiento de daños y perjuicios como consecuencia de la rescisión del contrato, no podrá exceder del monto total del valor del presente contrato. -----------------------------
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DÉCIMA SEGUNDA: Incumplimiento. “El Proveedor” acepta y reconoce que en caso de incumplimiento en el sostenimiento de su oferta, como se establece en la base Décima Octava de las Bases de la Licitación que originan este contrato o a las obligaciones pactadas en este instrumento legal, se hará acreedor a las sanciones consistentes en multa de cien a mil xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la capital del Estado, en la fecha que se cometa la infracción; y prohibición para participar en los procesos de licitación durante dos años, de conformidad con el artículo 73 fracciones I y II de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.----------------
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DÉCIMA TERCERA: Capacidad. “El Proveedor” acepta que “La Secretaría” analice en los lugares que crea convenientes la calidad de los bienes, así como realizar visitas a las instalaciones de “El Proveedor” cuando lo considere necesario para verificar su capacidad.-------------------------------------------------------------------
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DÉCIMA CUARTA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones ya especificadas.-------------------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA QUINTA: Jurisdicción. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales comunes de la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx; renunciando al fuero que les corresponda en atención a su domicilio presente o futuro.-------------------------------------------------------------------------------------------
Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal de este contrato lo firman en la Ciudad de Xalapa- Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; a los Veintitres días del mes de Octubre de Dos Mil Siete.--------
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Por “La Secretaría”
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Oficial Mayor
Por “El Proveedor” Comprojal, S.A. de C.V.
C. Arq. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
Representante Legal
Contrato de Compraventa e Instalación de Equipo y Material Agropecuario Destinados a la Escuela Secundaria Técnica N° 68 del Municipio de Cosautlan xx Xxxxxxxx, Veracruz, que celebran por una parte la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Oficial mayor, a quien en lo sucesivo se le denominará como “La Secretaría” y por la otra parte la empresa In t Gra II, S.A. de C.V., representada en este acto por el Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, a quien en lo subsiguiente se le designará como “El Proveedor” sujetándose las partes al tenor de las siguientes: ---------------------------------------------------------------
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A. Con fecha 28 de Septiembre de 2007, “La Secretaría”, a través de la Oficialía Mayor, envió oficios donde se les formuló una invitación a varias empresas y funcionarios de la misma dependencia, asimismo a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a la Contraloría General; para participar en la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-039-07 relativa a la Compraventa e Instalación de Equipo y Material Agropecuario Destinados a la Escuela Secundaria Técnica N°68 del Municipio de Cosautlan xx Xxxxxxxx, Veracruz dependiente de “La Secretaria”, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 45 del Decreto No. 837 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal de 2007 y 1, 9, 10, 26 fracción II, 43, 56, 57, 58 y demás relativos aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx.
B. Con fecha 11 de Octubre de 2007, se celebró la Junta de Presentación y Apertura de Proposiciones respecto a la licitación señalada en el inciso anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, y base quinta de las bases de participación de la licitación de referencia. -----
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C. Con fecha 16 de Octubre de 2007, se llevo a cabo la Notificación de Fallo de la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-039-07 relativa a la Compraventa e Instalación de Equipo y Material Agropecuario Destinados a la Escuela Secundaria Técnica N° 68 del Municipio de Cosautlan xx Xxxxxxxx, Veracruz dependiente de “La Secretaria”, siendo favorecido “El Proveedor” en las partidas de la licitación que en la Cláusula Primera de este contrato se indican en acatamiento a lo estipulado en el artículo 44 de la Ley citada en el antecedente B.
D E C L A R A C I O N E S:
I. DE “LA SECRETARÍA”
I.1. Que es una Dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, que se encuentra facultada para la celebración del presente contrato en términos de los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 1, 2, 4, 9 fracción IV, 10, 11, 15, en relación con los artículos 21 y 22 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 186 y 213 del Código Financiero para el Estado Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 45 del Decreto No. 837 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal 2007.------------------------------------------------------------------------------
I.2. Que la personalidad jurídica del C. Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Oficial Mayor, para celebrar a nombre de “La Secretaría” en los términos del presente contrato, se acredita con el nombramiento expedido a su favor, por el Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx
Xxxxxxx xx xx Xxxxx, así como por las facultades conferidas en los artículos 4 fracción I, 12, 14 fracciones I, IV y VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.------------------------------------------------------------------
I.3. Que cuenta con los recursos suficientes en la Partida Presupuestal 5201, para cubrir el monto de los servicios pactados en el presente contrato.------------------------------------------------------------------------------------------
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I.4. Que es su Voluntad celebrar el presente contrato con “El Proveedor” bajo la modalidad de Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-039-07 relativa a la Compraventa e Instalación de Equipo y Material Agropecuario Destinados a la Escuela Secundaria Técnica N° 68 del Municipio de Cosautlan xx Xxxxxxxx Veracruz, dependiente de “La Secretaria”, de conformidad con los artículos 26 fracción II, 36, 37, 39, 54, 56, 57 y 58 y demás relativos y aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.------------------------------------------
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I.5. Que señala como su domicilio para los efectos de este contrato el ubicado en el Kilómetro 4.5 de la Carretera Federal Xalapa-Veracruz, Colonia S.A.H.O.P. con Código Postal 91190 y R.F.C. No. SED9905019C2.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. DE “EL PROVEEDOR”:
II.1. Que es una Sociedad Anónima de Capital Variable Constituida en las leyes mexicanas cuyo objeto social es la compraventa, importación y exportación de maquinaria agrícola, agroquímica y otros insumos agrícolas, prestación de servicios de fumigación, con la Escritura Pública No. 41,629, de fecha 00 xx Xxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Notario Público No.12 de la ciudad de Xalapa, ver.-------------
II.2. Que su representante legal acredita su personalidad en el instrumento legal señalado en la declaración que antecede.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II.3. Que acredita su actividad empresarial mediante el R.F.C. No. ITG040729851 expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
II.4. Que señala como su domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en la calle 18 xx Xxxxx No. 11, Colonia Burócratas, Código Postal 91140 y con No. Telefónico 228-8155746 en Xalapa, Ver.--------------
-
II.5. Que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera suficiente para el suministro de los bienes requeridos por “La Secretaría”.
II.6. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en ninguno de los casos de impedimento para la celebración del presente contrato, establecidos en el artículo 45, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
C L Á U S U L A S:
PRIMERA: Objeto. “El Proveedor” vende y se obliga a entregar e instalar a “La Secretaría” el Equipo y Material Agropecuario Destinados a la Escuela Secundaria Técnica N°68 del Municipio de Cosautlan xx Xxxxxxxx, Veracruz dependiente de “La Secretaría”, mismos que a continuación se detallan: ----------------
No. | DESCRIPCIÓN | CANT. | U.M. | P.U. | TOTAL |
3 | PASTEURIZADORA TIPO XXXX; CON CAPACIDAD DE 200 LITROS, INCLUYE ACACESORIOS (PALA DE REPOSO, COLOCADORES Y CORTADORES DE CUAJADA, ASI COMO MESA ESCURRIDORA, DE 220 VOLTS) MARCA DIMEAPSA (ESTE PRECIO YA INCLUYE INSTALACIÓN) | 1 | PIEZA | $68,443.48 | $68,443.48 |
9 | REVOLVEDORA PARA ALIMENTOS PARA GANADO; CON CAPACIDAD DE 1 TONELADAS, XXXXX XXXX, CON MOTOR TRIFÁSICO DE 15HP MARCA SIEMENS. | 1 | PIEZA | $40,869.57 | $40,869.57 |
10 | BASCULA GANADERA PARA 2000KGS. DE 2.00X 2.50X2.00 METROS, TIPO GABINETE, GALVANIZADO CON PROTECTORES LATERALES XX XXXXXX, MARCA NUEVO LEON, (ESTE PRECIO YA INCLUYE INSTALACIÓN) | 1 | PIEZA | $58,260.87 | $58,260.87 |
SUBTOTAL | $167,573.92 | ||||
I.V.A. | $25,136.08 | ||||
TOTAL | $192,710.00 |
SEGUNDA: Forma de Pago. “La Secretaría” se compromete a pagar a precio fijo a “El Proveedor” la cantidad de $192,710.00 (Ciento Noventa y Dos Mil Setecientos Diez Pesos 00/100 M.N.) incluido el 15% del Impuesto al Valor Agregado, cantidad que será pagada dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la entrega total de los bienes, previa presentación de la factura debidamente requisitada fiscalmente. El pago se efectuará a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, mediante transferencia electrónica.
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TERCERA: Lugar de Entrega. Los bienes deberán ser entregados libre a bordo en el almacén General de “La Secretaría” ubicado en la Prolongación de Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx No. 43, Colonia Viveros, del Municipio de Banderilla, Veracruz. Las entregas deberán realizarse coordinadamente con el almacén, en días hábiles de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas, con previo aviso a los teléfonos 0-00-00-00, 0-00-00-00 extensión 104 y 8-11-28-85,
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CUARTA: Plazo de Entrega. “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 12 (Doce) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. No se aceptarán entregas parciales, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la
entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago. ---------------------
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QUINTA: Garantía de los bienes. “El Proveedor” se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto de fabricación, composición y/o vicio oculto, por un término mínimo de 1 (un) año, contado a partir de la entrega total de los bienes, comprometiéndose a su reposición por otros de la misma calidad, marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación por escrito de “La Secretaría”.
SEXTA: Garantía de Cumplimiento de Contrato. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato la calidad de los bienes y el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Proveedor” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Póliza de Fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (Diez por Ciento) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de
$16,757.40 (Dieciséis Mil Setecientos Cincuenta y Siete Pesos 40/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
SÉPTIMA: Vigencia de la Fianza. “El Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la Cláusula anterior por el término de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro. -------
OCTAVA: Incremento. “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. --------------------------------------------------------
NOVENA: Pena Convencional. “El Proveedor” se compromete a pagar a “La Secretaría” como pena convencional un 5 (cinco) al Millar por cada día de atraso en la entrega de los bienes objeto del presente contrato, mismo que será deducido proporcionalmente del importe total a pagar, con sujeción en lo establecido en el artículo 62 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. ---------------------------------------
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DÉCIMA: Rescisión de Contrato. “La Secretaría” podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por ”El Proveedor”, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 79, 80 y 81 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. Asimismo, ambas partes convienen la rescisión de este contrato sin responsabilidad administrativa para “La Secretaría” y sin necesidad de declaración judicial, en caso de insuficiencia o cancelación de la disponibilidad presupuestal correspondiente.-
DÉCIMA PRIMERA: Derechos y Obligaciones. Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse total, ni parcialmente bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “La Secretaría”. Queda entendido y aceptado expresamente por “La Secretaría” y “El Proveedor” que el pago por resarcimiento de daños y perjuicios como consecuencia de la rescisión del contrato, no podrá exceder del monto total del valor del presente contrato. -----------------------------
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DÉCIMA SEGUNDA: Incumplimiento. “El Proveedor” acepta y reconoce que en caso de incumplimiento en el sostenimiento de su oferta, como se establece en la base Décima Octava de las Bases de la Licitación que originan este contrato o a las obligaciones pactadas en este instrumento legal, se hará acreedor a las sanciones consistentes en multa de cien a mil xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la capital del Estado, en la fecha que se cometa la infracción; y prohibición para participar en los procesos de licitación durante dos años, de conformidad con el artículo 73 fracciones I y II de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.----------------
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DÉCIMA TERCERA: Capacidad. “El Proveedor” acepta que “La Secretaría” analice en los lugares que crea convenientes la calidad de los bienes, así como realizar visitas a las instalaciones de “El Proveedor” cuando lo considere necesario para verificar su capacidad.-------------------------------------------------------------------
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DÉCIMA CUARTA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones ya especificadas.-------------------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA QUINTA: Jurisdicción. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales comunes de la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx; renunciando al fuero que les corresponda en atención a su domicilio presente o futuro.-------------------------------------------------------------------------------------------
Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal de este contrato lo firman en la Ciudad de Xalapa- Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; a los Veintitrés días del mes de Octubre de Dos Mil Siete.--------
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Por “La Secretaría”
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Oficial Mayor
Por “El Proveedor” In t Gra II, S.A. de C.V.
Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Representante Legal