CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO DE SEGURO COLECTIVO DE DKV RENTA PARA ADMINISTRACIONES PUBLICAS
CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO DE SEGURO COLECTIVO DE DKV RENTA PARA ADMINISTRACIONES PUBLICAS
FEPOL Feder. Profes. de la Seguridad Pública de Catalunya
Las CONDICIONES ESPECIALES que a continuación se consignan, derogan lo dispuesto en las Condiciones Generales y Particulares, exclusivamente en aquellos aspectos en los que exista contradicción entre ambas.
TOMADOR DEL SEGURO
TOMADOR: FEPOL Feder. Profes. de la Seguridad Pública de Catalunya
1.- OBJETO DEL SEGURO
La contratación de un seguro xx Xxxxx para garantizar el pago de un capital diario, en caso de interrupción de su actividad laboral o profesional de forma temporal como consecuencia de una Enfermedad Común o un Accidente No Laboral, cubierto según las Condiciones Generales y especiales de la póliza.
Además, el asegurado deberá requerir y recibir asistencia médica adecuada al proceso por el que se vea afectado.
2.- ASEGURADOS
Tendrán la condición de Asegurado las personas físicas que figuren en la relación facilitada por DKV Seguros al Tomador en las Condiciones Particulares del contrato, realizada en base al listado de solicitantes facilitado por el Tomador.
Son requisitos necesarios para disfrutar tal condición, además de estar inscrito en el listado de solicitantes, tener una edad comprendida entre 18 y 65 años en la fecha en la que la póliza toma efecto, estar activos laboralmente y dados de alta en la Seguridad Social, o institución análoga que la legislación determine, y tener la residencia habitual en territorio nacional español.
No serán asegurables y en consecuencia no adquirirán la condición de asegurados los integrantes de la relación que en el momento de entrada en vigor de la cobertura estén afectados, o en trámite de calificación, de cualquier tipo de Invalidez, o que se encuentren en situación de baja laboral.
Es requisito imprescindible que el grupo de contratación inicial para este colectivo sea de: XXXX asegurados.
3.- COBERTURA y SUMAS ASEGURADAS.
Los asegurados, tienen cobertura exclusivamente para las Enfermedades Comunes y los Accidentes NO Laborales, quedando excluidas de la cobertura de la póliza las bajas que se produzcan como consecuencia de Enfermedad Profesional o Accidente de Trabajo y los días de incapacidad en los que se encuentren Hospitalizados o por Intervención Quirúrgica.
El día de alta se considerará indemnizable a todos los efectos, y por lo tanto devengará la indemnización correspondiente.
“Se excluyen expresamente las ausencias por enfermedad o accidente, que no den lugar a incapacidad temporal, así como cualquier otro proceso de baja laboral que no sea dentro de los supuestos y circunstancias contempladas en las condiciones generales y particulares de la póliza de seguro, dado que es un contrato de seguro privado que rige en la esfera privada de las partes contratantes”.
Indemnizaciones aseguradas
Cantidad diaria contratada por cada día en que el asegurado se encuentre en situación de Incapacidad temporal cubierta por las condiciones del seguro, por un periodo máximo de 20 días divididos en dos periodos:
Se contemplan dos módulos de indemnizaciones:
MODULO 1:
Desde el día 1 hasta el día 3 inclusive, indemnización diaria de 35,00 €.
Desde el día 4 hasta el día 20 inclusive, indemnización diaria de 17,00 €. MODULO 2:
Desde el día 1 hasta el día 3 inclusive, indemnización diaria de 42,00 €.
Desde el día 4 hasta el día 20 inclu sive, indemnización diaria de 21,00 €.
4.-DELIMITACION DE LA COBERTURA
Normas de aplicación de la Incapacidad Temporal Diaria. Delimitación de la cobertura
Se hace constar que quedan excluidos de las garantías del presente contrato de seguro, y por tanto, no darán derecho a indemnización alguna los siguientes hechos causantes:
a) Los procesos patológicos manifestados exclusivamente por dolores, algias o vértigos, es decir, sin otros síntomas objetivos médicamente comprobables mediante pruebas diagnosticas complementarias.
b) La depresión, el estrés, la fibromialgia o síndrome de fatiga crónica, el síndrome del quemado o ‘burnout’, las enfermedades psicosomáticas, psicosis, neurosis, psicopatías, alteraciones de la personalidad, y cualquier forma de trastorno mental.
c) El embarazo, aborto, parto, y puerperio.
d) Las enfermedades o complicaciones derivadas o agravadas por el embarazo, aborto, parto, y puerperio.
e) Las enfermedades o lesiones ocasionadas o acaecidas en estado de embriaguez, alcoholismo, toxicomanía o consumo de drogas o estupefacientes sin prescripción médica. A efectos de esta póliza, se considera que hay embriaguez cuando el grado de
alcohol en sangre supere los límites legalmente establecidos para calificar la conducta como delictiva o cuando el asegurado sea condenado o sancionado por esta causa.
f) Las enfermedades o lesiones consecuencia de actos xx xxxxxx, terrorismo, tumultos o alteraciones de orden público, hechos extraordinarios o catastróficos como terremotos, huracanes, inundaciones, fugas radiactivas y epidemias oficialmente declaradas.
g) Los accidentes derivados de la participación del asegurado en riñas (salvo que el asegurado haya actuado en legítima defensa y se demuestre mediante sentencia definitiva) y actos delictivos. Las lesiones derivadas del intento de suicidio y la autolesión.
h) Los accidentes derivados de: La práctica del submarinismo, escalada, artes marciales, barranquismo y otras actividades de riesgo objetivo. Eventos con ganado xxxxx en el recinto acotado para su desarrollo; y los derivados de la participación voluntaria del asegurado en este tipo de eventos. La utilización de todo tipo de vehículos en entrenamientos, competiciones, acrobacias, y su uso en vías no asfaltadas o privadas. Accidentes derivados de la conducción de vehículos sin permiso oficial de conducir.
i) Los accidentes provocados en el ejercicio o práctica de cualquier deporte como profesional.
j) Cualquier tipo de tratamiento no curativo y cualquiera de sus consecuencias y secuelas al que se someta voluntariamente el asegurado, como cirugía estética, vasectomía, ligadura de trompas, etc., salvo los que sean consecuencia de enfermedad o accidente. El tratamiento quirúrgico de la obesidad, incluso con prescripción médica. Exámenes médicos o revisiones.
k) Enfermedades o lesiones generadas dolosamente por el Tomador u asegurado que impliquen riesgo para la salud del asegurado, así como la omisión o interrupción voluntaria del tratamiento y otros daños causados voluntariamente por el asegurado.
l) Enfermedades neurológicas sin comprobación y/o objetivación por pruebas de diagnostico complementario.
m) Personas seropositivas para el virus VIH, afectadas del Síndrome de la Inmunodeficiencia Adquirida, así como sus complicaciones, consecuencias y secuelas.
n) Cualquier contingencia cubierta al 100% por parte de la Administración
Sin perjuicio de las exclusiones anteriores que quedan vigentes, se hace constar que queda modificado el apartado a) del artículo 5 de las condiciones generales de la póliza, estableciéndose que:
Quedan cubiertas las enfermedades comunes o accidentes no profesionales de origen anterior a la fecha de efecto de la póliza, y no incluidas en el apartado anterior, excepto: Trasplantes de órganos, Tumores malignos, Cardiopatía isquémica, Patología de columna vertebral, Diabetes insulino dependiente, enfermedades congénitas, defectos de nacimiento, así como sus complicaciones, consecuencias y secuelas.
5.-DURACION DEL SEGURO y PRIMA
El contrato vence el 31 de diciembre de cada anualidad. Será prorrogable por sucesivas anualidades, en cada vencimiento.
En base a los datos acordados para un grupo de XXXX asegurados, las primas correspondientes a la anualidad completa para cada asegurado, será de:
MODULO 1.- de 83,12 € impuestos incluidos.
MODULO 2.- de 99,74 € impuestos incluidos.
La prima será pagadera por cada asegurado y por anticipado.
6.-SINIESTROS
En caso de ocurrencia de un siniestro garantizado por la presente póliza, el Asegurado, tiene la obligación de presentar a DKV Seguros, en un plazo máximo de 7 días, el correspondiente Comunicado médico de baja oficial de la Seguridad Social (o entidad similar), los sucesivos de confirmación y el Comunicado médico oficial de alta, así como los informes médicos necesarios de manera que DKV tenga información fehaciente en la que figure debidamente expresada: la fecha de baja y de alta, el diagnóstico definitivo, el tipo de contingencia (común o profesional). En caso de no aportar el tomador dicha información completa, DKV no abonará indemnización alguna.
Se deberá presentar toda la documentación descrita anteriormente: en el nº de fax 00 000 00 00
o en la dirección de correo: xxxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx
7.-RELACION DE ASEGURADOS
El Tomador del seguro se compromete a facilitar a DKV Seguros, un fichero Excel (según modelo facilitado por DKV Seguros) con la relación nominal de las personas solicitantes y columnas diferentes con expresión de los diferentes campos detallados en dicho fichero.
DKV Seguros en ningún caso se hará cargo de siniestros de personas que no figuren en la relación nominal de Asegurados, ni de aquellas otras excluidas de las Condiciones Generales y especiales del seguro.
8.-REGULARIZACION DE ALTAS Y BAJAS
Mensualmente se procederá a regularizar la relación de asegurados. El Tomador facilitará (antes del último día de cada mes) a la Compañía, los datos de los solicitantes que desee incorporar a la póliza, así como las bajas correspondientes a los asegurados que pierdan las condiciones necesarias para pertenecer al Colectivo asegurable.
Todos los movimientos de regularización tendrán efecto del día 1 del mes siguiente al que se hayan recibido los datos.
Una vez procesados los movimientos de altas y bajas se emitirán los recibos correspondientes a las prorratas de prima.
9.-CAUSAS DE BAJA DE LA POLIZA
Un asegurado causará baja en la póliza del seguro por una de las siguientes razones:
a) Xxxxx de pertenecer al grupo asegurable mediante comunicación por el Tomador.
b) Las previstas en las Condiciones Generales del contrato de seguro.
En XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX a XX de XXXXX de 2.016. LEIDO Y CONFORME
EL TOMADOR, POR DKV Seguros,