CONTRATO-TIPO DE SERVICIOS DE GESTIÓN DISCRECIONAL DE CARTERAS DE INVERSIÓN EN INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA
CONTRATO-TIPO DE SERVICIOS DE GESTIÓN DISCRECIONAL DE CARTERAS DE INVERSIÓN EN INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA
En Madrid, a xx de sss de 2019
REUNIDOS
De una Parte:
MUTUACTIVOS INVERSIONES, AGENCIA DE VALORES, S.A.U., con domicilio en el Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00, 00000 - Xxxxxx, y N.I.F. A-86780244, inscrita en el Registro de sociedades y agencias de valores de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores (CNMV), con el número 250 (en adelante, MUTUACTIVOS AV), representada por D. XXXX XXXXX XXXXXX y D. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, mayores de edad, con N.I.F. números 5218124-E y 2538502-S, respectivamente, en virtud de la escritura de poderes otorgada a su favor ante el Notario de Madrid, D. Xxxx Xxxxx-Xxxxxxx Xxxxxxxx, el día 26 de julio de 2013 con número de protocolo 2.624.
De otra parte:
Xx/D xxxxxxxxxxxxxx , mayor de edad, con domicilio en xxxxxxxxxxxxxx, y con N.I.F. xxxx (en adelante el Cliente).
Las partes (en adelante denominadas conjuntamente como las Partes, e individualmente cada una de ellas por la abreviatura indicada o como una Parte o la Parte), se reconocen plena personalidad y capacidad de obrar, así como la representación con que actúan en este acto para otorgar el presente contrato, y
EXPONEN
I. Que MUTUACTIVOS AV es una agencia de valores debidamente autorizada para prestar el servicio de inversión consistente en la gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión con arreglo a los mandatos conferidos por sus clientes.
II. Que el Cliente, está interesado en que MUTUACTIVOS AV le preste los servicios de Gestión Discrecional de Carteras de Inversión en instituciones de inversión colectiva (en adelante, IIC) por lo que las Partes convienen en otorgar el presente contrato (en adelante, el Contrato), y que se regulará por las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA. - ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBJETO
El objeto del Contrato es la prestación del servicio de gestión discrecional de carteras de inversión, por parte de MUTUACTIVOS AV al Cliente. ..
La actividad de gestión se limitará a la inversión en IIC españolas y/o extranjeras armonizadas, para cuya comercialización esté autorizado MUTUACTIVOS AV por la CNMV.
Para la contratación de este servicio será precisa una aportación inicial por importe igual o superior a cincuenta mil euros (50.000 €).
La actividad de gestión recaerá exclusivamente y no podrá superar en ningún momento, sin perjuicio del aumento de valor experimentado por el patrimonio gestionado y los supuestos y límites que establezca la CNMV, la suma del patrimonio aportado inicialmente o en sucesivas ocasiones por el Cliente y los rendimientos que éstos generen.
La gestión encomendada se prestará de conformidad con los resultados del Test de Idoneidad que lleve a cabo MUTUACTIVOS AV, los criterios generales de inversión conferidos por el Cliente, su perfil de riesgo, y objetivos de inversión que se recogen en el Anexo I del presente Contrato.
La gestión encomendada se llevará a cabo de acuerdo con las condiciones y cláusulas de este Contrato y sólo podrá desviarse de los criterios generales de inversión pactados cuando el criterio profesional del gestor aconseje dicha desviación o se produzcan incidencias en la contratación. En estos casos, MUTUACTIVOS AV, además de registrar las desviaciones, informará con detalle de las mismas al Cliente de forma inmediata.
MUTUACTIVOS AV y, por delegación, MUTUACTIVOS S.A.U. Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva (en adelante, MUTUACTIVOS SGIIC), ejercitará su actividad de gestión con las más amplias facultades para la administración de la cartera gestionada, pudiendo, en nombre y por cuenta del Cliente, entre otras, ordenar operaciones de compra, venta, suscripción, reembolso, traspaso o canje de IIC españolas o extranjeras sobre los que recaiga la gestión, desarrollando las actuaciones necesarias para ello, pudiendo, a tales efectos, suscribir cuantos documentos sean necesarios y, en general, efectuar cuantas operaciones sean necesarias para el desarrollo de las funciones de administración y gestión que tiene encomendadas en virtud del presente Contrato.
La enumeración de las facultades establecida en el párrafo anterior no tiene carácter limitativo o restrictivo, debiendo ser interpretadas en la forma más amplia posible, de manera que sea posible efectuar cuantas operaciones y actos sean necesarios para llevar a cabo la gestión con la mayor eficacia posible.
SEGUNDA.- CLASIFICACIÓN DEL CLIENTE Y EVALUACIÓN DE LA IDONEIDAD
Con anterioridad a la fecha de celebración de este Contrato MUTUACTIVOS AV ha clasificado al Cliente como [minorista/profesional] de conformidad con la legislación aplicable. Con carácter previo a la prestación del servicio de gestión discrecional de carteras, MUTUACTIVOS AV realizará un test de idoneidad al Cliente con el objeto de determinar si el mismo tiene la experiencia y los conocimientos necesarios para comprender los riesgos que implica el servicio o producto específico que se propone contratar. Asimismo, le solicitará información al objeto de comprender sus datos esenciales y poder realizar en su nombre operaciones sobre instrumentos financieros que sean idóneos para él y que, en particular, mejor se ajusten a su nivel de tolerancia al riesgo y capacidad para soportar pérdidas. En particular, el servicio o producto deberá cumplir las siguientes condiciones:
1. responde a los objetivos de inversión del Cliente. En este sentido, se solicitará información sobre el horizonte temporal de la inversión, las preferencias en relación con la xxxxxxxx de riesgos, su perfil de riesgo, y las finalidades de la inversión.
2. es de tal naturaleza que el Cliente puede, desde el punto de vista financiero, asumir cualquier riesgo de inversión coherente con sus objetivos de inversión.
La información relativa a la situación financiera y capacidad de soportar pérdidas del Cliente incluirá información sobre el origen y nivel de ingresos periódicos, sus activos, incluyendo
activos líquidos, inversiones y bienes inmuebles, así como sus compromisos financieros periódicos
Cuando se trate de clientes clasificados como profesionales, MUTUACTIVOS únicamente estará obligado a solicitar y evaluar información relativa a los objetivos de inversión y situación financiera, en tanto, a esta tipología de clientes se les presupone conocimientos, experiencia y cualificación necesaria para tomar sus decisiones de inversión y valorar correctamente sus riesgos.
En los supuestos en que el Cliente no cumplimente el test de idoneidad o no le facilite la información necesaria a MUTUACTIVOS AV para llevar a cabo la evaluación de su idoneidad, MUTUACTIVOS AV no estará facultada para prestarle el servicio de gestión de carteras.
MUTUACTIVOS AV le entregará al cliente el resultado del test de idoneidad, firmando el cliente un recibí de su entrega.
Cotitulares o Personas Jurídicas:
En caso de que el servicio o producto de inversión en cuestión sea formalizado por varios titulares (con independencia de cuál sea el régimen de disposición) y, respecto de los productos y servicios de inversión en los que MUTUACTIVOS AV deba realizar la evaluación de la idoneidad y la conveniencia al Cliente, en la medida en que las condiciones legales y reglamentariamente establecidas lo permitan, el Cliente consiente que MUTUACTIVOS AV evalúe la idoneidad o la conveniencia, según proceda, considerando a cualquiera de los titulares respecto del servicio o producto de inversión concreto, prestando los restantes titulares su consentimiento expreso a este procedimiento de forma que la evaluación correspondiente al titular seleccionado es aceptada por los restantes titulares.
Asimismo, autorizan a que dicho cotitular sea la persona relevante a los efectos de la toma de decisiones de inversión o del establecimiento de los objetivos y horizonte de inversión y que, al hacerlo, tiene en consideración la situación individualizada de los restantes cotitulares.
En cualquier caso, el Cliente tiene derecho a solicitar a MUTUACTIVOS AV por escrito que proceda de forma distinta indicándolo expresamente; y recabando MUTUACTIVOS AV dicha comunicación escrita del Cliente donde deberán constar las firmas de todos los titulares.
En caso de que el Cliente sea una persona jurídica, MUTUACTIVOS AV realizará la evaluación de la idoneidad y de la conveniencia a que se refiere el párrafo anterior, teniendo en consideración la experiencia y conocimientos de los apoderados o representantes con facultades suficientes para realizar las operaciones y la información sobre la situación financiera y objetivos de inversión de la persona jurídica por cuenta de la cual actúen.
Target Market (mercado destinatario o público objetivo) :
MUTUACTIVOS AV ha definido para cada producto que comercializa el tipo o los tipos de clientes cuyas necesidades, características y objetivos son compatibles con el producto en cuestión (mercado destinatario o público objetivo). A estos efectos, MUTUACTIVOS AV no incluye en la cartera gestionada del Cliente instrumentos financieros que no sean adecuado a las necesidades, características y objetivos del Cliente, considerando para ello la cartera de forma global.
MUTUACTIVOS AV, y por delegación, MUTUACTIVOS SGIIC, prestará el servicio de Gestión Discrecional de Cartera dentro de los límites que se deriven del resultado de la evaluación del test de idoneidad realizado a el Cliente y de acuerdo con sus indicaciones.
El perfil general de riesgo de la Cartera gestionada será, como máximo, el que resulte de dicha evaluación de idoneidad, si bien el Cliente podrá optar por Carteras con un perfil de riesgo más conservador. El horizonte temporal de la inversión, así como el
perfil de riesgo al que se adecuarán los objetivos de inversión del Cliente se recogen en el Anexo I de este Contrato.
El nivel de riesgo y objetivos de gestión, así como las limitaciones específicas indicadas en su caso por el Cliente, podrán ser modificados a solicitud de éste, siempre que no supere aquéllos que hayan sido resultado de la evaluación de la Idoneidad, notificándolo en debida forma a MUTUACTIVOS AV, o cuando se produzcan cambios en las circunstancias personales que afecten a dichos criterios. A estos efectos el Cliente se obliga a informar a MUTUACTIVOS AV de las modificaciones surgidas en los datos y circunstancias facilitados para la realización de la evaluación de idoneidad.
En cualquier caso, MUTUACTIVOS AV no modificará el perfil de riesgo aplicable al Cliente a menos que éste comunique un cambio de las circunstancias que sirvieron de base para la evaluación de su idoneidad y realice una nueva evaluación que arroje un resultado distinto al obtenido inicialmente.
Las modificaciones que correspondan quedarán instrumentadas mediante la modificación del Anexo I del presente Contrato.
La modificación del perfil de riesgo y de los criterios de inversión no impedirá completar las operaciones en trámite o cumplir las obligaciones contraídas con terceros con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de los nuevos criterios de inversión.
MUTUACTIVOS AV no tendrá responsabilidad alguna ante cualquier perjuicio que, por causas ajenas a su actuación, pudiera sufrir el Cliente durante el periodo de transición entre el cambio de los anteriores criterios de inversión a los nuevo
TERCERA. - OBLIGACIONES DEL CLIENTE
1. El Cliente se obliga a poner en conocimiento de MUTUACTIVOS AV cualquiera de las circunstancias siguientes:
i) Su deseo de modificar los criterios generales de inversión, de conformidad con lo dispuesto en el presente Contrato.
ii) La formalización de cualquier acto o contrato que implique una modificación sustancial en cuanto a la titularidad o libre disponibilidad de los bienes a que se refiere el presente Contrato y cualquier otra circunstancia que pueda afectar, de algún modo, a su vigencia, eficacia y/o condiciones.
iii) La modificación de las circunstancias y/o datos esenciales que hubiesen servido de base, teniendo en cuenta debidamente la naturaleza y el alcance del servicio prestado, para establecer las condiciones de la prestación del servicio de gestión de carteras, cumplimentando un nuevo Test de Idoneidad.
Asimismo, el Cliente queda obligado a informar a MUTUACTIVOS AV de los siguientes extremos:
A.- Cliente persona jurídica:
- Cambio de forma jurídica, domicilio, modificación de sus estatutos sociales, cambio de administradores o de sistema de administración, revocación de poderes, fusión, escisión o disolución.
B.- Cliente persona física:
- Cambio de estado civil, capacidad, domicilio o modificación del régimen económico matrimonial, así como facilitar los documentos que acrediten suficientemente la variación que se notifica, y, en su caso, facilitar el correspondiente certificado de residencia en el exterior expedido por las autoridades fiscales del país de residencia (si se trata de un país con el que existe Convenio xx Xxxxx Imposición para evitar la doble tributación, se hará expresa mención al mismo).
- Los Clientes, sus causahabientes y autorizados/apoderados quedan obligados incondicionalmente a notificar a MUTUACTIVOS AV el fallecimiento de cualquiera de los Clientes . En este caso, si alguno de los otros Intervinientes o los derechohabientes del fallecido pretendieran disponer de la Cartera gestionada o realizar cualesquiera operaciones en relación con la misma, deberán acreditar previamente su legítimo derecho, así como el cumplimiento de las exigencias establecidas por la legislación vigente en cada momento para estos supuestos.
- El régimen de disposición vigente en cada momento en el caso de que el Cliente esté integrado por una pluralidad de titulares, será el que se establezca en la ficha de alta del cliente. Si no se indicó sobre el régimen de disposición, se entenderá mancomunado de conformidad con la normativa en vigor.
MUTUACTIVOS AV no responderá de los perjuicios que pudiera sufrir el Cliente derivados de la falta de comunicación de las circunstancias indicadas en los apartados anteriores. El mandato, la representación y las facultades conferidas en virtud del presente Contrato a MUTUACTIVOS AV permanecerán en vigor, a todos los efectos, en tanto no exista comunicación fehaciente a MUTUACTIVOS AV de las circunstancias que dan origen a un cambio de titularidad, quedando ésta exonerada frente a los nuevos titulares de toda responsabilidad en cuanto a las operaciones realizadas al amparo del presente Contrato con posterioridad al hecho que cause el cambio de titularidad y con anterioridad a su comunicación.
CUARTA.- OBLIGACIONES DE MUTUACTIVOS AV
1. Trimestralmente con carácter general, o mensualmente cuando la cartera gestionada presentará pérdidas, salvo lo establecido en la cláusula Cuarta, 3, al final del mes con respecto al final del mes anterior UTUACTIVOS AV remitirá al Cliente la siguiente información:
a) Información sobre la cartera gestionada, así como de su valoración, incluyendo datos sobre cada instrumento financiero, su valor xx xxxxxxx, y el saldo al principio y al final del periodo y variaciones en la composición de la cartera de forma que posibilite su comparación con la situación de la cartera en el momento en que se efectuó la última comunicación y una comparación entre el rendimiento de la cartera durante el período al que se refiere la información y el indicador de referencia del rendimiento de la inversión acordado con el Cliente, que se detalla en el Anexo I. En su caso, la cuantía total de dividendos y otros pagos recibidos en relación con la cartera del Cliente durante el periodo al que se refiere la información.
b) MUTUACTIVOS AV identificará específicamente y de forma separada las operaciones, inversiones o actuaciones siguientes:
i. La inversión en valores o instrumentos financieros emitidos por MUTUACTIVOS AV o entidades de su grupo o en IIC gestionadas por éstos.
ii La suscripción o adquisición de valores o instrumentos financieros en los que MUTUACTIVOS AV o alguna entidad de su grupo actúe como asegurador o colocador de la emisión u oferta pública de venta.
iii. Los valores o instrumentos financieros resultantes de la negociación de MUTUACTIVOS AV o entidades del grupo con el Cliente.
iv. Operaciones entre el Cliente y otros clientes de MUTUACTIVOS AV.
c) Entidades que tuvieran depositados, administrados o registrados los valores, el efectivo y otros activos financieros, especificando en su caso las cuentas globales (cuentas ómnibus).
En el caso de clientes clasificados como minoristas, MUTUACTIVOS incluirá también en la citada información una explicación de cómo la inversión se ajusta a las preferencias, objetivos y otras características del cliente.
2. Una vez al año, MUTUACTIVOS AV remitirá al Cliente la siguiente información:
a) Datos necesarios para la declaración de los impuestos, en lo que hace referencia a la cartera gestionada.
b) Cuantía total de los honorarios y gastos devengados durante el periodo al que se refiere la información, detallando al menos el total de los honorarios de gestión y de los gastos totales asociados a la ejecución, incluyendo cuando proceda, una declaración indicando que se podrá facilitar un desglose más detallado a petición del Cliente.
3. Si el valor de la cartera del Cliente experimentara una reducción de su valor respecto del valor a la fecha de referencia de la última información remitida, superior al porcentaje acordado por las Partes a estos efectos en el Anexo II, MUTUACTIVOS AV comunicará esta situación al Cliente de forma inmediata y, a más tardar, al final del día hábil en que se produzca la depreciación o, en caso de que se produzca un día no hábil, al cierre del siguiente día hábil. El porcentaje acordado por las Partes no podrá ser, en ningún caso, superior al 10 por 100.
4. Cuando MUTUACTIVOS AV solicite conforme a lo previsto en la normativa vigente la representación del Cliente para el ejercicio de los derechos políticos derivados de las acciones pertenecientes a la cartera gestionada, deberá informar al Cliente expresamente de la existencia de cualquier relación o vínculo interesado entre MUTUACTIVOS AV y su grupo con alguna de las sociedades a las que se refiere la representación.
5. Siempre que el Cliente lo solicite, MUTUACTIVOS AV le proporcionará toda la información adicional concerniente a las operaciones realizadas, a las consultas que formule referentes a su cartera de valores y a las entidades a través de las cuales se hubieran canalizado las operaciones.
6. Las comunicaciones se podrán realizar por correo ordinario, correo electrónico o cualquier otro medio que permita reproducir la información en soporte papel. A estos efectos el Cliente ha designado las direcciones a las que desea le sean enviadas las comunicaciones en la documentación cumplimentada en su alta como Cliente.
QUINTA.- AUTORIZACIONES EXPRESAS DEL CLIENTE
El Cliente autoriza expresamente que la totalidad del patrimonio presente y futuro cuya gestión se encomiende en virtud del presente Contrato, pueda ser invertida en IIC en cuya gestión, depósito, comercialización o cualquier otra tarea relacionada intervengan entidades del grupo al que pertenece MUTUACTIVOS AV.
SÍ | NO |
El Cliente renuncia expresamente a recibir información individual sobre cada transacción ejecutada.
SÍ | NO |
El Cliente ha sido informado por MUTUACTIVOS AV de que podrá revocar las autorizaciones y renuncias establecidas en esta Estipulación en cualquier momento, mediante solicitud escrita a MUTUACTIVOS AV.
Mediante la firma de este Contrato el Cliente presta su consentimiento expreso a que MUTUACTIVOS AV pueda facilitarle aquella información prevista de conformidad con la normativa aplicable a la prestación de servicios de inversión e instrumentos financiero bajo el presente Contrato a través de comunicaciones electrónicas a la dirección de correo indicada por el Cliente a tal fin
SEXTA.- CUENTAS DE EFECTIVO Y CUENTAS GLOBALES PARA IIC
MUTUACTIVOS AV utiliza cuentas de efectivo de carácter instrumental y transitorio para canalizar la operativa de sus Clientes (la Cuenta Transitoria). Dichas cuentas son abiertas en entidades de crédito a nombre de MUTUACTIVOS AV por cuenta de clientes y se encuentran separadas de la cuenta propia de MUTUACTIVOS AV.
MUTUACTIVOS AV lleva un registro interno que permite identificar el saldo individualizado de cada cliente en todo momento y sin demora.
Su utilización se regula en el Contrato de apertura de cuenta transitoria suscrito entre las partes, en el que se establecen las medidas de salvaguarda adoptadas por MUTUACTIVOS AV.
A efectos de dar cobertura a la operativa de inversión en IIC que puedan derivarse del presente Contrato, MUTUACTIVOS AV podrá utilizar cuentas globales, también denominadas “cuentas ómnibus”.
El Cliente autoriza expresamente la utilización de cuentas globales cuando resulte indispensable para el desarrollo de actividades de negociación por cuenta del Cliente. De conformidad con esta autorización, MUTUACTIVOS AV, o la entidad en la que ésta delegue la gestión encomendada de acuerdo con lo previsto en este Contrato, hará uso de cuentas globales con los requisitos establecidos en la normativa aplicable y tendrá en cuenta la legislación especial en cada mercado. El Cliente queda asimismo informado de que la utilización de las citadas cuentas puede conllevar la restricción temporal de disponibilidad, deterioro de valor o incluso pérdida de instrumentos financieros propiedad del Cliente o de los derechos derivados de esos instrumentos financieros como consecuencia de los riesgos específicos, legales u operacionales que tales operaciones pudieran conlleva.
Asimismo, el Cliente expresamente autoriza que, cuando así lo exija la operativa habitual de negociación por cuenta ajena de instrumentos financieros , sus posiciones podrán quedar registradas, directa o indirectamente, a través de subcustodios. Para la selección de los subcustodios MUTUACTIVOS AV tendrá en cuenta su experiencia y prestigio en el mercado.
El Cliente, reconoce haber sido debidamente informado de la utilización de custodios y subcustodios y autoriza expresamente a MUTUACTIVOS AV y a la entidad en la que está subdelegada la gestión encomendada, de acuerdo con lo previsto en este Contrato, dentro de la actividad de gestión discrecional objeto del presente Contrato, a la utilización de los mismos, con sujeción a la normativa aplicable.
SÉPTIMA.- COMISIONES A FAVOR DE MUTUACTIVOS AV
El Cliente declara expresamente que en este acto recibe un ejemplar de las tarifas de comisiones, condiciones y gastos repercutibles a clientes hechos públicos por MUTUACTIVOS AV y aplicables a las operaciones a que se refiere este Contrato. Asimismo, se le informa que las IIC que componen la cartera se valorarán al último valor liquidativo publicado por la entidad gestora de que se trate.
MUTUACTIVOS AV hará efectivas las cantidades debidas con cargo a la cartera del Cliente afecta al presente Contrato. A estos efectos se ordenará la enajenación de participaciones de IIC que formen parte de la cartera gestionada por una cuantía neta (una vez deducidos/aplicados los correspondientes impuestos) igual a la cantidad debida por el Cliente, asumiendo el Cliente las implicaciones fiscales que de dicho reembolso se puedan derivar en cada momento de conformidad con la legislación vigente. Este procedimiento se realizará siempre en interés óptimo del Cliente de conformidad con lo establecido en el Anexo I del presente Contrato.
MUTUACTIVOS AV comunicará por escrito al Cliente cualquier modificación que se produzca en las tarifas de comisiones y gastos repercutibles que afecten al presente Contrato. Dicha comunicación podrá incorporarse en la información periódica que se suministre al Cliente, que dispondrá de un mes desde la recepción de la citada información para solicitar la modificación o extinción del Contrato, sin que le sean aplicadas las nuevas tarifas hasta que transcurra dicho plazo. Sin embargo, en el caso de que la tarifa sea claramente beneficiosa para el Cliente, se aplicará inmediatamente.
OCTAVA.- ACTUACIÓN DE MUTUACTIVOS AV
MUTUACTIVOS AV aplicará en la ejecución del presente Contrato las normas de conducta previstas en la legislación xxx xxxxxxx de valores que resulten de aplicación.
MUTUACTIVOS AV identificará los conflictos de interés que puedan suponer un riesgo de menoscabo de los intereses del Cliente y resolverá los mismos conforme a lo establecido en su Política de Gestión de Conflictos de Intereses y, en todo caso, anteponiendo los intereses de los Clientes a los suyos propios y con sujeción al principio de igualdad de trato de los clientes, evitando cualquier tipo de ventaja a favor de alguno de ellos. En caso de que las medidas organizativas o administrativas para impedir conflictos de intereses, como último recurso se revelará claramente al Cliente la naturaleza general o el origen de los conflictos de intereses y las medidas adoptadas para mitigar esos riesgos antes de actuar por su cuenta.
No se efectuarán operaciones prohibidas por la legislación española, ni aquellas que requieran autorizaciones oficiales o expresas del Cliente mientras no se obtengan dichas autorizaciones.
NOVENA.- RESPONSABILIDAD
MUTUACTIVOS AV no garantiza el resultado de su gestión. Por tanto, queda exonerada por el Cliente de la responsabilidad derivada del resultado económico último de la gestión y, en particular, de las posibles pérdidas derivadas del riesgo inherente a las inversiones de carácter financiero.
MUTUACTIVOS AV no responderá por los daños y perjuicios que se pudieran derivar de interferencias, interrupciones, averías técnicas o desconexiones en el funcionamiento operativo de sistemas electrónicos que estén fuera de su control, ni cuando el incumplimiento de sus obligaciones asumidas en virtud del presente Contrato esté motivado por causas ajenas al control de MUTUACTIVOS AV.
DÉCIMA.- DELEGACIÓN DE LA GESTIÓN
MUTUACTIVOS AV informa al Cliente de que, de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable, ha delegado la totalidad de la prestación efectiva del servicio de gestión discrecional e individualizada de carteras en MUTUACTIVOSSGIIC, entidad perteneciente a su mismo grupo e inscrita en el Registro de Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva de la CNMV con el nº 21 y debidamente habilitada para la prestación de dicho servicio de inversión.
Dicha delegación, en ningún caso disminuye la responsabilidad de MUTUACTIVOS AV ni supondrá alterar las obligaciones ni la relación de MUTUACTIVOS AV con el Cliente.
UNDÉCIMA. RÉGIMEN DE INCENTIVOS
De conformidad con lo establecido en la normativa reguladora xxx xxxxxxx de valores, MUTUACTIVOS AV, en relación con la prestación del servicio de gestión discrecional de carteras, no aceptará y ni retendrá honorarios, comisiones, u otros beneficios monetarios o no monetarios abonados o proporcionados por un tercero o por una persona que actúe por cuenta de un tercero. Si MUTUACTIVOS AV percibiese dichos incentivos deberá devolverlos clientes tan pronto como sea razonablemente posible tras su recepción.
No obstante lo anterior, como se detalla en el Contrato Básico, MUTUACTIVOS AV podrá recibir beneficios no monetarios menores que puedan servir para aumentar la calidad del servicio prestado al Cliente y cuya escala y naturaleza sean tales que no puedan afectar al cumplimiento por MUTUACTIVOS AV de la obligación de actuar en mejor interés del Cliente (como pueden ser, entre otros, participación en conferencias, seminarios o actividades de formación sobre determinados instrumentos financieros o servicios de inversión, gastos de representación de un valor mínimo) y serán razonables y proporcionados, de tal escala que sea poco probable que influyan en la conducta de MUTUACTIVOS AV o que de algún modo vayan en detrimento de los Clientes.
Asimismo, MUTUACTIVOS AV le informará con claridad anualmente, mediante comunicación individualizada o a través de su web de los beneficios monetarios menores que haya podido recibir.
MUTUACTIVOS AV no imputará a la cartera del Cliente gastos de análisis financiero, puesto que dichos costes se repercuten, en su caso, las distintas IIC que componen la cartera gestionada.
DUODÉCIMA. - ADHESIÓN AL FOGAIN
MUTUACTIVOS AV declara que se encuentra adherida al Fondo General de Garantía de Inversiones (en adelante, FOGAIN), gestionado por la Sociedad Gestora del Fondo General de Garantía de Inversiones S.A. Los valores de los clientes de MUTUACTIVOS AV se encuentran cubiertos por el FOGAIN con el alcance y en los términos establecidos en la legislación vigente en cada momento y, en particular en el Real Decreto 948/2001, de 3 xx xxxxxx sobre sistemas de indemnización a los inversores. Puede obtener más información acerca del FOGAIN en la página web xxx.xxxxxx.xxx o solicitándosela a MUTUACTIVOS AV.
DECIMOTERCERA. - DURACIÓN
El servicio de Gestión Discrecional comenzará a prestarse el primer día hábil tras la suscripción del presenta Contrato, siempre y cuando el patrimonio aportado por el Cliente alcance el importe mínimo requerido de CINCUENTA MIL (50.000) euros.
El presente Contrato tiene una vigencia indefinida, salvo que cualquiera de las Partes decida denunciarlo por escrito y darlo por resuelto en cualquier momento, sin necesidad de preaviso en el caso del Cliente, y con un preaviso de un mes en el caso de MUTUACTIVOS AV, salvo por impago de las comisiones por el Cliente, riesgo de crédito con el Cliente, incumplimiento de la normativa en vigor (entre otras, la de prevención del blanqueo de capitales ) en cuyo caso podrá ser inmediato. Si esto ocurriera, MUTUACTIVOS AV deberá recabar instrucciones expresas del Cliente para realizar cualquier otra operación. No obstante, cuando por el carácter extraordinario o urgente de las circunstancias no pudieran recabarse instrucciones y fuese imprescindible la actuación de MUTUACTIVOS AV para mantener el valor de la Cartera, MUTUACTIVOS AV realizará las operaciones necesarias, y siempre en interés óptimo del Cliente, dándole cuenta de las mismas de forma inmediata.
La resolución del presente Contrato no afectará a aquellas transacciones u órdenes, derechos u obligaciones correspondientes a las operaciones realizadas en el ámbito de los servicios de inversión prestados por MUTUACTIVOS AV que se correspondan a transacciones u órdenes pendientes o que al momento de dicha resolución se encuentren pendientes de liquidación. No obstante lo anterior, el Cliente faculta a MUTUACTIVOS AV para que, en relación con estas operaciones, realice a su absoluta discreción cuantas actuaciones resulten necesarias en orden a cubrir, reducir o eliminar cualesquiera pérdidas o responsabilidades que pudieran afectar a MUTUACTIVOS AV como consecuencia de la realización de las mismas, con la finalidad de proteger su posición. A tal efecto, podrá considerar que todas las operaciones han sido inmediatamente canceladas y terminadas o, a su discreción, podrá cerrar, sustituir o modificar las mismas, incluso cursando instrucciones de signo contrario.
Una vez resuelto el contrato, MUTUACTIVOS AV rendirá y dará razón de las cuentas de gestión en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días y, previa deducción de las cantidades debidas por el Cliente, en su caso, pondrá a disposición del Cliente el total de la cartera gestionada. La puesta a disposición se realizará siguiendo el procedimiento establecido en la Estipulación Decimocuarta siguiente.
En el caso de resolución anticipada del Contrato, MUTUACTIVOS AV sólo tendrá derecho a percibir las comisiones correspondientes al período que efectivamente haya estado en vigor el Contrato dentro del periodo de facturación en curso en el momento de finalización del Contrato.
Considerando que el presente Contrato se ha otorgado teniendo en cuenta las características personales del Cliente, el fallecimiento de un interviniente dará lugar a su extinción desde la fecha en la que MUTUACTIVOS AV tenga conocimiento de ello. La subrogación por un heredero en el presente Contrato, exigirá su adaptación a las características del mismo, de conformidad con el procedimiento establecido en la Estipulación Segunda anterior.
Lo establecido en el párrafo anterior, será también de aplicación cuando se produzca un cambio en la persona del Cliente por causa de divorcio o nulidad del matrimonio, o cualquier otra decisión administrativa o judicial.
DECIMOCUARTA. - MODIFICACIONES
MUTUACTIVOS AV podrá modificar algunos de los términos de este Contrato e incluso incorporar unos nuevos, mediante la remisión por escrito al Cliente de la información descriptiva de los cambios relevantes, con una antelación de al menos un mes a su aplicación, pudiendo el Cliente en este periodo resolver el presente Contrato, sin que hasta entonces le sean de aplicación las referidas modificaciones o incorporaciones. Si la modificación supone un beneficio para el Cliente, resultará de aplicación inmediata.
DECIMOQUINTA. - MODIFICACIÓN DE LA CARTERA
El Cliente no podrá, por su cuenta, disponer, restringir o modificar las acciones y/o participaciones de IIC sobre las que se extienda la gestión de cartera o sustraerlas de su ámbito de aplicación.
No obstante, el Cliente podrá modificar el importe del patrimonio gestionado inicialmente mediante la realización de aportaciones adicionales, la reducción parcial del mismo mediante disposiciones parciales o la disposición total, solicitándoselo a MUTUACTIVOS AV y firmando los correspondientes documentos.
El Cliente conoce y acepta expresamente que las modificaciones del patrimonio gestionado, incluido la disposición total, estarán supeditadas, en su caso, a la liquidación de las operaciones de gestión iniciadas con anterioridad a haber cursado la orden correspondiente y al pago de las comisiones pendientes a MUTUACTIVOS AV, así como a los plazos establecidos en los folletos de las IIC para liquidar las operaciones. MUTUACTIVOS AV actuará con la mayor diligencia posible para poner a disposición del Cliente el patrimonio solicitado antes de transcurridos diez días desde su solicitud.
Las puestas a disposición, parciales o de la totalidad del patrimonio, se realizarán a través de cuentas abiertas por MUTUACTIVOS AV en nombre de sus clientes en entidades de crédito (cuentas transitorias).
En caso de disposiciones parciales que dejen el patrimonio gestionado por debajo del mínimo requerido, el presente Contrato, y en consecuencia todos los derechos y obligaciones de las Partes derivados del mismo, quedarán en suspenso. En este caso, el total de la cartera del Cliente será puesto a disposición del Cliente a través de la cuenta transitoria.
El Contrato dejará de estar en suspenso cuando el Cliente proceda a realizar nuevas aportaciones que hagan que el patrimonio gestionado sea al menos el mínimo exigido en el Contrato, y en consecuencia todos los derechos y obligaciones de las Partes derivados del mismo, recuperarán su plena eficacia.
La solicitud de la disposición total del patrimonio gestionado determinará la resolución del presente Contrato, estándose a lo establecido en la Cláusula Novena anterior.
El Cliente conoce y acepta que, de conformidad con la legislación aplicable, la venta de acciones y participaciones de IIC debe realizarse de conformidad con el sistema FIFO (First In First Out), por lo que si el Cliente tiene fuera de la cartera gestionada participaciones en IIC en las que también ha inversito a través de su cartera gestionada, tanto esas participaciones, como aquellas que están dentro de la cartera, pueden verse afectadas.
DECIMOSEXTA. PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES
Tanto MUTUACTIVOS AV como el Cliente se comprometen a cumplir con toda la normativa vigente en materia de Prevención de Blanqueo de Capitales, así como cualquier otra normativa aplicable a estos efectos.
DECIMO SEPTIMA. - TRATAMIENTO AUTOMATIZADO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Los datos personales del cliente serán tratados de conformidad con la política de protección de datos adjunta al presente Contrato como Anexo II y que podrá ser consultada en la página web de MUTUACTIVOS AV xxx.xxxxx.xx donde encontrará la versión vigente en cada momento.
DECIMO OCTAVA – ATENCION AL CLIENTE
De acuerdo con lo previsto en la Orden EC0/734/2004, de 11 xx xxxxx, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y en la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la CNMV y la DGSFP, así como en el Reglamento para la Defensa del Cliente de MUTUACTIVOS AV y MUTUACTIVOS SGIIC, el Cliente deberá interponer sus
quejas y reclamaciones, con carácter previo a su presentación ante la CNMV, ante el Negociado de Asistencia e Información, el Departamento de Atención al Mutualista, el Asegurado y al Cliente y el Defensor del Mutualista, del Asegurado y del Cliente, Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00,00000 - Xxxxxx, pronunciándose sobre ellas en un plazo máximo de un mes.
DECIMO NOVENA – LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente Contrato será interpretado y cumplido en sus propios términos y, en lo no previsto, por la legislación española en la materia, ajustándose a la misma las obligaciones y responsabilidades de las partes. Los Tribunales Españoles tendrán jurisdicción exclusiva para resolver cualquier conflicto derivado de este Contrato y, por consiguiente, las Partes se someten a la jurisdicción exclusiva de los Tribunales Españoles.
Todo lo que antecede concuerda con la verdadera voluntad de las partes intervinientes, quiénes en prueba de conformidad y por duplicado, firman el presente Contrato,
En Madrid, a xxx de xxx de 2019
EL CLIENTE MUTUACTIVOS INVERSIONES, AGENCIA DE VALORES, S.A.U.
ANEXO I
CRITERIOS GENERALES DE INVERSIÓN
El Cliente, una vez determinado su perfil inversor y sus objetivos de inversión, desea contratar la cartera indicada a continuación, asumiendo plenamente sus características de inversión:
- Nombre de la Cartera: MUTUACTIVOS APORTA [ indicar cuál]
- Perfil de riesgo asociado a la Cartera: % según el perfil la volatilidad máxima anual asociada
- Composición de la cartera: IIC nacionales o extranjeras que sean UCITS (IIC armonizadas reguladas por la Directiva 2009/65/CE) traspasables fiscalmente
- Parámetro de referencia: [se deberá indicar benchmark asociado a cada perfil]
Esta Cartera no cuenta con garantía de rentabilidad prefijada.
Objetivo de inversión: Maximizar la rentabilidad sin incurrir en riesgos que impliquen que la cartera asume una volatilidad anual superior a la establecida para cada perfil
Horizonte temporal de la inversión: doce (12) meses.
MUTUACTIVOS AV, en virtud de la presente gestión delegada, podrá modificar la composición de la cartera, considerando en todo caso el perfil de riesgo y los criterios de inversión del Cliente, y dentro de los límites que resulten del resultado de la evaluación de idoneidad (Test de Idoneidad). El porcentaje o peso de cada fondo en la composición de la cartera podrá ser modificado por MUTUACTIVOS AV, para adaptar su composición a las condiciones y expectativas xxx xxxxxxx en cada momento. Las modificaciones que así se efectúen en la composición de la Cartera no requerirán consentimiento previo del Cliente.
Las Partes expresamente acuerdan que si el valor de la cartera del Cliente experimentara una reducción de su valor a la fecha de referencia de la última información remitida, igual o superior al diez por ciento (10%), MUTUACTIVOS AV comunicará esta situación al Cliente de forma inmediata y, a más tardar, al final del día hábil en que se produzca la depreciación o, en caso de que se produzca en un día no hábil, al cierre del siguiente día hábil.
En Madrid, a .. de de 2019
EL CLIENTE MUTUACTIVOS INVERSIONES, AGENCIA DE VALORES, S.A.U.
Aplicación de tarifas
ANEXO II
CONDICIONES ECONÓMICAS
Tarifas de Comisiones para Contratos de Gestión de Carteras de Inversión
PATRIMONIO | COMISIÓN |
Sobre el valor efectivo total | Aporta Serenidad 0.55 % anual4 Aporta Evolución 0.55 % anual4 Aporta Equilibrio 0.65% anual5 Aporta Flexibilidad 0.75% anual6 |
Sobre la revalorización de la cartera gestionada | 6% anual |
- Sobre el valor efectivo total:
La comisión indicada es anual, se devenga diariamente y se liquidará por trimestres vencidos, según el perfil de la cartera. En caso de que el cliente disponga total o parcialmente de la cartera, MUTUACTIVOS AV le cargará la comisión correspondiente devengada por la parte dispuesta a la fecha de disposición.
En caso de un cambio de perfil de la inversión se liquidarán las comisiones devengadas en el momento en que se produzca la solicitud de cambio. Base para calcular el patrimonio: valor efectivo diario del patrimonio administrado.
- Sobre la revaloración de la cartera gestionada:
La comisión se aplicará sobre la revalorización positiva de la cartera que exceda la rentabilidad de su índice de referencia en el periodo de cómputo. La revalorización de la cartera será el resultado de comparar el valor efectivo de la cartera al inicio del periodo de cómputo1con respecto al valor efectivo final del periodo de cómputo , restando las aportaciones y sumando las detracciones efectuadas en el periodo.
Esta comisión se liquidará el 31 de diciembre de cada año salvo en el caso en que se produzcan disposiciones totales o parciales o cambios de perfil de riesgo en cuyo caso la comisión se liquidará en el momento en que se produzca la disposición (por la parte dispuesta) o el cambio de perfil. Asimismo, esta comisión no será aplicable cuando, aun habiendo obtenido la cartera revalorización positiva que exceda la rentabilidad del índice de referencia en el periodo de cómputo, la rentabilidad acumulada de la cartera, en un máximo de tres años, no hubiera recuperado niveles anteriores de rentabilidad sobre los que el cliente pagó comisión sobre resultados.
Ambas comisiones se aplicarán conjuntamente.
OBSERVACIONES:
Las comisiones y gastos propios de cada operación de intermediación que se realice en nombre y por cuenta del Cliente, así como de cualesquiera otras comisiones o gastos que se repercutan al Cliente, no superarán, en ningún caso, los máximos fijados en el Folleto Informativo de Tarifas del que se hace entrega en este acto al Cliente.
En Madrid, a …………. de …..de 2019
EL CLIENTE MUTUACTIVOS INVERSIONES, AGENCIA DE VALORES, S.A.U.
4Sobre un patrimonio gestionado de 50.000 € la comisión de gestión supondría un total de 275,00 € anuales. 5Sobre un patrimonio gestionado de 50.000 € la comisión de gestión supondría un total de 325,00 € anuales. 6Sobre un patrimonio gestionado de 50.000 € la comisión de gestión supondría un total de 375,00 € anuales.
ANEXO III
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCION DE DATOS
En el presente anexo te explicamos cómo trataremos tus datos. Es importante que lo leas y si estás de acuerdo puedes firmar e n la parte señalada más abajo.
Hay tratamientos a los que te podrás oponer y puedes leer a continuación. INFORMACION BÁSICA
1. Quienes son los responsables del tratamiento
Mutuactivos Inversiones, Agencia de Valores, S.A.U., (en adelante, Mutuactivos AV).
2. Para que finalidades usaremos sus datos
- Para la prestación del servicio de gestión discrecional de carteras Mutuactivos AV, así como enviarte comunicaciones no comerciales para gestionar tu relación con nosotros.
- Para personalizar tu experiencia como cliente.
3. A quien se van a comunicar los datos
No se van a ceder tus datos a terceros, salvo obligación legal o interés legítimo.
4. Base legal por la que tratamos sus datos
- El servicio contratado
- En cumplimiento de la Ley.
- El interés legítimo de Mutuactivos AV.
5. Cuáles son tus derechos
Tu eres el propietario de tus datos y tú decides sobre ellos, por ello, en cualquier momento puedes acceder, rectificar y suprimir tus datos, así como otros derechos que te explicamos en la “información adicional”.
PUEDES CONSULTAR LA INFORMACIÓN ADICIONAL Y DETALLADA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS EN LA WEB: XXX.XXXXX.XX