CONVENIO DE COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA ENTRE LA SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCÍAS Y LA CENTRAL DE COMPRAS PÚBLICAS - PERÚ COMPRAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL”
CONVENIO DE COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA ENTRE LA SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCÍAS Y LA CENTRAL DE COMPRAS PÚBLICAS - PERÚ COMPRAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL”
Conste por el presente documento, el convenio de compra corporativa facultativa, en adelante el
CONVENIO, que celebran de una parte:
▪ La SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCÍAS- SUTRAN, identificada con RUC N° 20536902385, con domicilio legal en Av. General Xxxxxxx xx Xxxxxxxx N.° 452, distrito Xxxxx Xxxxx, provincia y departamento de Lima, debidamente representado por el Gerente General, señora XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX, identificada con DNI Nº 00000000, designada mediante Resolución de Consejo Directivo N° D000031-2023-SUTRAN-CD del 28 de febrero de 2023 y facultada mediante Resolución de Superintendencia N° D000001-2024-SUTRAN-SP del 11 de enero de 2024, para la suscripción del CONVENIO a quien adelante se le denominará ENTIDAD PARTICIPANTE; y, de la otra parte,
▪ La CENTRAL DE COMPRAS PÚBLICAS - PERÚ COMPRAS, con RUC N° 20600927818 y domicilio real en la Av. República de Panamá N° 3629, distrito de San Xxxxxx, provincia y departamento de Lima, debidamente representada por la Jefa (e) de PERÚ COMPRAS, señora XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, identificada con DNI N° 00000000, encargada mediante la Resolución Suprema Nº 001-2024-EF, para la suscripción del CONVENIO, a quien adelante se le denominará ENTIDAD ENCARGADA, en los términos y condiciones siguientes:
Cuando se haga referencia a las dos entidades en conjunto se les denominará LAS PARTES. CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
1.1. La ENTIDAD ENCARGADA, es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre
otras, la de realizar las compras corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, las compras corporativas facultativas, y las
Firmado digitalmente por XXXXXX
XXXXXX Xxxxx Xxxxxxxxx FAU 20600927818 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 21.03.2024 13:22:18 -05:00
1.
Firmado digitalmente por
adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018 y la Ley N° 30225.
2. La ENTIDAD PARTICIPANTE, es una entidad creada mediante Ley N° 29380, adscrita al Ministerio de Transporte y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fiscalizar y
XXXXXXX XXXXXXX Xxxxxx Xxxxxxx FAU 20600927818 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 21.03.2024 14:57:13 -05:00
sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional.
1
.3. LAS PARTES han decidido unir esfuerzos, capacidades, competencias y recursos para llevar a cabo la Compra Corporativa Facultativa y se comprometen a realizar las acciones conjuntas para la gestión y ejecución del CONVENIO.
Firmado digitalmente por LEM
hard
XXXXX Xxxxxxx XXX 206009278118.4. Asimismo, mediante Oficio N° D000019-2024-SUTRAN-OA, recibido el 23 de febrero de
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 22.03.2024 10:16:42 -05:00
2024, la ENTIDAD PARTICIPANTE manifestó su interés en adherirse a la Compra Corporativa Facultativa.
Firmado digitalmente por 1.5. En el Informe N° D000050-2024-SUTRAN-UA del 19 de febrero de 2024, remitido mediante
XXXXXXXXX XXXXXX Xxxxxxx
Xxxxx FAU 20536902385 soft Motivo: Doy V° B°
Fecha: 03.04.2024 17:38:43 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXXXXXX Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx FAU 20536902385 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 26.03.2024 17:49:59 -05:00
Oficio N° D000019-2024-SUTRAN-OA, la ENTIDAD PARTICIPANTE se compromete a remitir a PERÚ COMPRAS, en la oportunidad requerida, el documento que autorice la inclusión del procedimiento de selección en el Plan Anual de Contrataciones de la SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCÍAS-SUTRAN.
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Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXX Xxxx Xxxxxx FAU 20536902385 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 01.04.2024 14:37:11 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXX Xxxxxxx Xxxxxxx FAU 20536902385 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 03.04.2024 20:26:40 -05:00
CLÁUSULA SEGUNDA: MARCO LEGAL DEL CONVENIO
Este CONVENIO se rige por lo dispuesto en el TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF, las directivas que emita el OSCE y demás normas modificatorias y complementarias.
CLÁUSULA TERCERA: DEL OBJETO DEL CONVENIO
Mediante EL CONVENIO, la ENTIDAD PARTICIPANTE se adhiere a la compra corporativa facultativa a ser ejecutada por la ENTIDAD ENCARGADA, facultándola a realizar las actuaciones preparatorias y el procedimiento de selección de la contratación de la “Compra Corporativa Facultativa del servicio de telefonía móvil”.
CLÁUSULA CUARTA: REQUERIMIENTO DE LAS ENTIDADES PARTICIPANTES
La ENTIDAD ENCARGADA puede solicitar información complementaria, en atención al objeto del convenio, para lo cual la ENTIDAD PARTICIPANTE tendrá un plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud, para remitir la información solicitada.
CLÁUSULA QUINTA: DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES
5.1. Para efectos del presente CONVENIO, la ENTIDAD PARTICIPANTE se encuentra obligada a cumplir las disposiciones previstas en el numeral 103.8 del artículo 103 del Reglamento,así como las siguientes:
a) Proporcionar a la ENTIDAD ENCARGADA la información solicitada, a fin de viabilizar y ejecutar la compra corporativa facultativa, durante las actuaciones preparatorias y el procedimiento de selección.
b) Facilitar la participación de los funcionarios que participen en la gestión y ejecución de la compra corporativa facultativa.
c) Designar al órgano que hará las veces de área usuaria, para efectos de absolver las consultas, que se efectúen durante los actos preparatorios o el procedimiento de selección por la ENTIDAD ENCARGADA y/o las Entidades u Órganos, de corresponder.
d) Validar el requerimiento, que comprende: las especificaciones técnicas o términos de referencia, según el objeto de contratación, y los requisitos de calificación al concluir la homogeneización del mismo.
e) Realizar todas las acciones necesarias para la gestión de la compra corporativa facultativa.
f) Publicar en su portal web institucional la información solicitada por la ENTIDAD ENCARGADA, en atención a las actuaciones preparatorias y al procedimiento de selección de la compra corporativa.
5.2 Por su parte la ENTIDAD ENCARGADA tiene a su cargo las tareas señaladas en el numeral
108.2 del artículo 108 del Reglamento, así como las siguientes:
a) Comunicar periódicamente a la ENTIDAD PARTICIPANTE el estado del proceso de contratación.
b) Comunicar los resultados del procedimiento y remitir el expediente de contratación a la ENTIDAD PARTICIPANTE, dentro del plazo previsto en el numeral 106.2 del artículo 106 del Reglamento.
c) Realizar todas las acciones necesarias para la adecuada realización de la contratación objeto de la compra corporativa facultativa.
CLÁUSULA SEXTA: VIGENCIA
El presente Xxxxxxxx entrará en vigencia a partir del día siguiente de la última suscripción por alguna de LAS PARTES y culminará cumplido el objeto establecido en la Cláusula Tercera.
CLÁUSULA SÉPTIMA: DESIGNACIÓN DE LOS COORDINADORES
Para la implementación y adecuada ejecución del presente Convenio, LAS PARTES designan como sus coordinadores a:
- Por la ENTIDAD PARTICIPANTE:
Nombres y Apellidos: Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Cargo: Especialista en Contrataciones
Correo Electrónico: xxxx_xx00@xxxxxx.xxx.xx N° de Teléfono: 000 000 000
- Por la ENTIDAD ENCARGADA:
Nombres y Apellidos: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Cargo: Director de la Dirección de Compras Corporativas Correo Electrónico: xxxxx.xxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx N° de Teléfono: 000 000 000
Los coordinadores tendrán a su cargo la canalización y gestión de la atención de los requerimientos y necesidades de LAS PARTES, así como la coordinación de la ejecución y monitoreo del cumplimiento del CONVENIO.
En caso se requiera sostener reuniones de coordinación con Entidades cuyas sedes se encuentren ubicadas en distintas regiones del país, se privilegiará el uso de la videoconferencia y otros medios de comunicación electrónicos.
Para variar o sustituir a su coordinador, bastará que LAS PARTES comuniquen la nueva designación y los datos de contacto respectivos en la forma establecida en la cláusula décima del presente convenio, en un plazo no mayor xx xxxx (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de la designación del nuevo coordinador, caso contrario serán válidas las coordinaciones, documentos y comunicaciones realizadas por el coordinador anterior.
CLÁUSULA OCTAVA: DECLARACIONES Y ACUERDOS DE LAS PARTES
8.1. La ENTIDAD ENCARGADA no adquirirá propiedad ni titularidad de los bienes y/o servicios materia de la compra corporativa facultativa, ni asumirá ninguna obligación de pago respecto a los mismos.
8.2. El presente CONVENIO no origina una relación de servicios entre LAS PARTES, por lo que su ejecución no genera ningún tipo de obligación de pago.
CLÁUSULA NOVENA: DE LAS MODIFICACIONES
Cualquier modificación de los términos y del texto del CONVENIO, se efectuará previo acuerdo y a solicitud de una de LAS PARTES. La modificación se realizará mediante adenda que contenga las cláusulas adicionales debidamente aceptadas y suscritas. Todo lo que no estuviera previsto, así como la interpretación, de alguna de las estipulaciones que contiene, también se establecerá mediante adenda.
CLÁUSULA DÉCIMA: COMUNICACIONES Y DOMICILIOS DE LAS PARTES
Para los efectos del CONVENIO, LAS PARTES aceptan la notificación por medios electrónicos de los actos administrativos relacionados a su ejecución. En ese sentido, LAS PARTES, declaran la siguiente dirección electrónica:
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DE LA ENTIDAD ENCARGADA:
xxxxx.xxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DE LA ENTIDAD PARTICIPANTE:
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada surte efectos el día que conste haber sido recibida.
LAS PARTES, se comprometen a señalar una dirección de correo electrónico válida, que permita activar la opción de respuesta automática de recepción, asegurar la capacidad xxx xxxxx para recibir las notificaciones y revisar continuamente la cuenta de correo electrónico, incluyendo la bandeja de spam o el buzón de correo no deseado.
Asimismo, LAS PARTES, ratifican el domicilio indicado en la parte introductoria del mismo.
Cualquier variación, deberá ser puesta en conocimiento de la otra parte con una anticipación no menor de quince (15) días hábiles.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: DE LA RESOLUCIÓN DEL CONVENIO
Cualquiera de LAS PARTES puede dar por resuelto el CONVENIO, por imposibilidad absoluta de desarrollar los compromisos materia del mismo, conforme a lo previsto en la normativa de contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia que surja entre la ENTIDAD ENCARGADA y la ENTIDAD PARTICIPANTE, por interpretación o ejecución del Convenio Interinstitucional, será resuelta de común acuerdo por LAS PARTES, mediante trato directo, a través de la suscripción del acta correspondiente.
Estando LAS PARTES celebrantes de acuerdo con el contenido y obligaciones indicadas en todas y cada una de las cláusulas del presente CONVENIO, lo suscriben digitalmente, en señal de conformidad.
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXX Xxxxxxx Xxxxxxx FAU 20536902385 soft
Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 03.04.2024 20:27:13 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXXXXXX XXXXXXXX Xxxxx Xxxxxx FAU 20600927818 hard
Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 22.03.2024 14:51:26 -05:00
Por la ENTIDAD PARTICIPANTE
XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX
Gerente General
Por la ENTIDAD ENCARGADA
XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
Jefe (e)