INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MEDIANTE CONVOCATORIA PÚBLICA
NO. 14100001-005-09
PARA LA CONTRATACIÓN ABIERTA DEL SERVICIO DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA
Las presentes BASES fueron revisadas por el Subcomité de Revisión de bases para los procedimientos de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. | |
Fecha: | 00_ xx xxxxxxx xx 0000 |
Xxxxxx, X.X., a 19 de febrero de 2009.
Í N D I C E
3. INFORMACIÓN XXXXXXX XX XX XXXXXXXXXX. 0
0.0. XXXXXXXXXX X XXXXX XX XXX XXXXX 9
3.2. COSTO Y FORMA DE PAGO DE LAS BASES 9
4. INFORMACIÓN SOBRE EL SERVICIO OBJETO DE ESTA LICITACIÓN. 10
4.1. DESCRIPCIÓN, UNIDAD Y CANTIDAD. 10
4.3. LUGAR DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 11
5. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN ESTA LICITACIÓN. 12
5.1. FORMA DE ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA. 13
5.2.1. PROPOSICIONES HECHAS A TRAVÉS DE MEDIOS REMOTOS DE
5.2.2. PROPOSICIONES CONJUNTAS ¡Error! Marcador no definido.
5.3. INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES 16
5.4. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA 17
5.5. PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA 19
5.5.1. PROPOSICIÓN TÉCNICA: 19
5.5.2. PROPOSICIÓN ECONÓMICA: 19
6. CONDICIONES DE PRECIO Y PAGO 20
7. DESARROLLO DE LOS ACTOS DE LA LICITACIÓN. 22
7.1. JUNTA PARA LA ACLARACIÓN DEL CONTENIDO DE LAS BASES 23
7.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES 24
7.3. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES 24
8. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 26
8.1. EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS 27
8.2. EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS 28
8.3. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 28
9. DESCALIFICACIÓN DE LOS LICITANTES 29
10. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA LICITACIÓN. 30
11. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN 30
12. DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA 31
13. MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE 31
14. INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CONTRATOS 32
14.1. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 32
14.2. ACREDITACIÓN DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO D 14.3. FIRMA DEL CONTRATO 34
14.4. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 35
14.5. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA. ¡Error! Marcador no definido.
15. INFRACCIONES Y SANCIONES 36
15.2. POR INCUMPLIMIENTO AL CONTRATO ¡Error! Marcador no definido.
15.3. VERIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE LA LICITACIÓN. 37
17. SUSPENSIÓN DEL SERVICIO 39
19. INCONFORMIDADES Y CONTROVERSIAS 40
20. NO NEGOCIACIÓN DE CONDICIONES 41
21. SITUACIONES NO PREVISTAS EN ESTAS BASES 41
22. TRANSPARENCIA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN. 41
ANEXO No. 1 ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD 43
ANEXO No. 3 RELACIÓN DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PARTICIPAR 45
ANEXO No. 4 DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO ¡Error! Marcador no definido.
ANEXO No. 5 MANIFESTACIÓN BAJO PROTESTA 75
ANEXO No. 6 DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD 76
ANEXO No. 7 FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA 77
ANEXO No. 8 ARTÍCULO 32-D DEL CFF 83
ANEXO No. 9 NOTA INFORMATIVA 85
ANEXO No. 10 ENCUESTA DE TRANSPARENCIA DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN 90
ANEXO No. 11 MODELO DE CONTRATO 92
El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 26 fracción I, 28 fracción I, 31 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 30 de su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia; por conducto de la Subdirección General de Administración, ubicada en Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxx. Xxxx Xxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, en México, Distrito Federal, con teléfono 00-00-00-00 extensiones 7380 y 7611, celebrará la Licitación Pública Nacional No. 14100001-005-09, para la Contratación Abierta del Servicio de Seguro Colectivo de Vida, de acuerdo a las siguientes:
X X X X X
x
Para efectos de las presentes BASES, se entenderá por:
Área responsable de la contratación: | Las áreas administrativas del INSTITUTO FONACOT facultadas para llevar a cabo procedimientos de Licitación Pública, Invitación a Cuando Menos Tres Personas o Adjudicación Directa, en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de contratación de servicios. |
Área solicitante: | Las que de acuerdo a sus necesidades requieran la contratación del servicio. |
Área técnica: | La que establezca especificaciones y normas de carácter técnico. |
S.F.P.: | Secretaría de la Función Pública. |
COMPRANET: | |
Contrato: | Instrumento legal que suscribe el INSTITUTO FONACOT con el Licitante adjudicado en el que constan los |
derechos y obligaciones, conforme a los cuales se regirán las partes. | |
CONVOCANTE, Contratante y/o INSTITUTO FONACOT: | Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. |
Domicilio de la CONVOCANTE, Contratante y/o INSTITUTO FONACOT: | Av. de los Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxx. Xxxx Xxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx. |
Internet: | Red Mundial de Computadoras. |
IVA: | Impuesto al Valor Agregado. |
Ley: | Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
Licitante: | La persona que participe en la presente Licitación que ofrece sus productos o servicio al INSTITUTO FONACOT. |
Prestador del SERVICIO: | La persona física o moral, que celebre con el INSTITUTO FONACOT, el contrato que se derive de esta Licitación Pública. |
Reglamento: | Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
Programa informático: | El medio de captura desarrollado por la S.F.P., que permite a los licitantes, así como al INSTITUTO FONACOT, enviar y recibir información por medios remotos de comunicación electrónica, así como generar para cada Licitación Pública un mecanismo de seguridad que garantice la confidencialidad con la cual podrán abrirse los sobres que contengan las proposiciones en la fecha y hora establecidas en la convocatoria para inicio de los actos de presentación y apertura. |
Medio de identificación electrónica: | Conjunto de datos electrónicos asociados con un documento que son utilizados para reconocer a su autor, y que legitiman el consentimiento de éste para obligarlo a las manifestaciones que en él se contienen, de conformidad con el artículo 27 de la Ley. |
Certificación del medio de identificación electrónica: | El proceso mediante el cual la S.F.P. emite un certificado digital para establecer la identificación electrónica de un licitante. |
IMSS: | Instituto Mexicano del Seguro Social. |
Testigo Social: | Las personas físicas que pertenezcan o no a organizaciones no gubernamentales, así como las propias organizaciones no gubernamentales, que cuenten con el registro correspondiente ante la S.F.P., que a solicitud de las dependencias y entidades, de mutuo propio, o a solicitud de la propia S.F.P., podrán participar con derecho a voz en las contrataciones que lleven a cabo las dependencias y entidades, emitiendo al término de su participación un testimonio público sobre el desarrollo de las mismas. |
CFF: | Código Fiscal de la Federación |
RFC: | Registro Federal de Contribuyentes. |
SHCP: | Secretaría de Hacienda y Crédito Público. |
GLOSARIO DE TÉCNICO
Aseguradora: | Nombre de la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista de Seguros a la que se adjudique el contrato. |
Asegurados: | Los servidores públicos del Instituto FONACOT integrantes del presente contrato, así como sus pensionados. |
Causa del Siniestro: | Motivo que originó el siniestro, fallecimiento, incapacidad total y permanente. |
Caso Fortuito o de Fuerza Mayor: | Aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes, siempre y cuando no se haya dado causa o contribución a ellos. |
Cobertura básica para personal de mando o estructura: | La protección por 40 meses de la percepción ordinaria por fallecimiento, incapacidad total y permanente e invalidez, e incapacidad permanente total. |
Cobertura básica para personal operativo: | La protección por 40 meses xx xxxxxxx mensual ordinario. |
Cobertura potenciada: | La protección adicional a la cobertura básica por 52, 68 ó 100 meses de la percepción ordinaria por fallecimiento, incapacidad total y permanente, invalidez e incapacidad permanente total. |
Cobertura básica para pensionados: | La protección por 12 meses del monto de su pensión mensual que tenía a la fecha de fallecimiento. |
Cobertura potenciada para pensionados: | La protección adicional a la cobertura básica por 22, 39 ó 56 meses del monto de su pensión mensual que tenía a la fecha de fallecimiento. |
Consentimiento Individual y designación de Beneficiarios: | Es el formato que requisitará el asegurado a través del cual designará a sus beneficiarios. |
Cuota: | Prima en porcentaje de percepción ordinaria de cada servidor público o de pensión en caso de pensionado. |
Endoso: | Documento mediante el cual se establecen condiciones específicas de conformidad con el grupo asegurable que requieren las Secretarías o entidades, el cual forma parte del contrato. |
Incapacidad total y permanente: | Es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida. Lo anterior provocado por un accidente de trabajo en términos de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social y la Ley del Trabajo. |
Oficinas en provincia: | Instalaciones de la Aseguradora o promotorías en las distintas entidades federativas de la República Mexicana a través de las cuales los asegurados serán atendidos. |
Percepción ordinaria para personal de mando o estructura: | Para efectos de este contrato se entenderá por percepción ordinaria la suma xxx xxxxxx base y la compensación garantizada (bruta y mensual). |
Salario mensual ordinario para personal operativo: | Cantidad mensual asignada al trabajador en efectivo de acuerdo al tabulador por jornada y labores normales. |
Pensión: | La renta o retiro programado. |
Pensionados: | Toda persona a la que la legislación laboral le reconozca tal carácter. |
Póliza: | Número con el que la Aseguradora identificará al Instituto FONACOT en el contrato de Seguro. |
Prima básica: | Costo de la cobertura básica. |
Prima potenciada: | Costo de la cobertura potenciada. |
Riesgo de trabajo: | Todos aquellos accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en el ejercicio o con motivo de trabajo. Se considera como accidentes de trabajo toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sea el lugar y el tiempo en que se preste, así como aquellos que ocurran al servidor público al trasladarse directamente de su domicilio al lugar en el que desempeñe su trabajo o viceversa. Asimismo, se consideran como riesgos de trabajo las enfermedades señaladas por la Ley Federal del Trabajo. |
CUOTA. | Prima en porcentaje de percepción ordinaria mensual de cada servidor público |
3. INFORMACIÓN GENERAL DE LA LICITACIÓN.
PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA: | SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIONES |
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN 00 XX XXXXXXX XX 0000.
3.1. CALENDARIO Y LUGAR DE LOS ACTOS.
ACTO | FECHA Y HORA | LUGAR |
JUNTA DE ACLARACIONES A LAS BASES | 04/03/2009 11:00 HORAS | Sala 3 de la Planta Baja del domicilio de la CONVOCANTE |
PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES | 12/03/2009 11:00 HORAS | Xxxx 0 xx xx Xxxxxx Xxxx xxx xxxxxxxxx xx xx XXXXXXXXXX |
FALLO | 19/03/2009 13:00 HORAS | Sala 3 de la Planta Baja del domicilio de la CONVOCANTE |
FIRMA DEL CONTRATO | El Contrato se firmará dentro de los 05 días hábiles siguientes al de la notificación de Fallo de la presente Licitación | Sala de Juntas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios ubicada en el Primer Piso del domicilio de la CONVOCANTE |
Los actos anteriormente referidos serán presididos por el Subdirector General de Administración, el Director de Recursos Materiales y Servicios y/o el Experto Funcionario en Adquisiciones, Arrendamiento e Inventarios, como servidores públicos designados.
En caso de que por causas de fuerza mayor o caso fortuito no sea posible desarrollar los actos previstos en el presente procedimiento de Licitación, éstos serán pospuestos y se reanudarán tan pronto desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, previa notificación por escrito a los licitantes, sin que esto implique responsabilidad alguna para el INSTITUTO FONACOT.
3.2. COSTO Y FORMA DE PAGO DE LAS BASES.
Los licitantes podrán a su elección cubrir el costo de las BASES de dos formas:
A) Mediante cheque certificado o de caja expedido por una Institución de crédito a favor del “Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores” o pago en efectivo en caja, de acuerdo a lo establecido en la convocatoria publicada para esta Licitación, el cual deberá realizarse de 9:00 a 15:00 hrs. y de 16:30 a 18:00 hrs. en la caja ubicada en la Planta Baja de la CONVOCANTE.
B) Mediante el sistema COMPRANET, cuya dirección electrónica es xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx el pago de las BASES bajo esta modalidad deberá efectuarse en institución bancaria autorizada mediante los formatos de pago que genera este sistema.
En ambos casos, las BASES estarán disponibles para su consulta y venta a partir del día de la publicación de la convocatoria y hasta inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones y tendrán un costo no reembolsable de $1,000.00 (Un mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido.
Es responsabilidad exclusiva de los interesados comprar las BASES por cualquiera de las formas indicadas, durante el periodo señalado.
Para el caso de los interesados en participar a través de medios remotos de comunicación electrónica, será requisito indispensable adquirir las BASES a través del sistema COMPRANET.
Las Cámaras, Colegios ó Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no Gubernamentales podrán asistir a los actos públicos de esta Licitación, así como cualquier persona física, que sin haber adquirido las BASES, manifieste interés de estar presente en los mismos, bajo la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
4. INFORMACIÓN SOBRE EL SERVICIO OBJETO DE ESTA LICITACIÓN.
4.1. DESCRIPCIÓN, UNIDAD Y CANTIDAD.
La presente Licitación tiene por objeto la Contratación Abierta del Servicio de Seguro Colectivo de Vida, siendo que la descripción amplia y detallada del servicio solicitado, se contempla en el Anexo No. 4, el cual forma parte integrante de estas BASES.
A ese respecto, se señala que la CONVOCANTE cuenta con los recursos necesarios para la contratación del Servicio objeto de la presente Licitación, de conformidad con la disponibilidad presupuestal de los recursos previstos en la partida 1404 “Cuotas para el Seguro de Vida del Personal Civil”, de conformidad con el Presupuesto de Egresos autorizado para el ejercicio fiscal 2009.
En el Anexo No. 4 de estas BASES, se indica la descripción y especificaciones del Servicio objeto de esta Licitación, mismos que deberán considerarse estrictamente por los interesados para la presentación de sus propuestas.
Para el cumplimiento de las obligaciones contractuales que se deriven de este procedimiento de Licitación, el licitante que resulte adjudicado deberá ponerse en contacto con la Dirección de Desarrollo de Factor Humano del INSTITUTO FONACOT, ubicada en el domicilio de la CONVOCANTE, a fin de coordinar y establecer las acciones encaminadas al óptimo cumplimiento del Servicio.
Los licitantes, para la presentación de sus proposiciones, deberán ajustarse estrictamente a los requisitos y especificaciones previstos en estas BASES y los que se deriven de la Junta de Aclaraciones al Contenido de las BASES.
La vigencia del contrato será a partir a partir de las doce horas del día 01 del mes xx xxxxx de dos mil nueve y concluye a las doce horas del día treinta y uno de diciembre de dos mil nueve.
El contrato será abierto y se firmará dentro de los 05 días hábiles siguientes a la notificación del acto del fallo, de conformidad al modelo de contrato. Anexo No. 12, la junta de aclaraciones y la propuesta técnica del Prestador del SERVICIO.
Si el licitante a quien se le hubiere adjudicado el contrato, no formaliza el mismo en la fecha señalada en el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley y se dará aviso a la S.F.P., para que resuelva lo procedente en términos de los artículos 59 y 60 del mismo ordenamiento.
4.3. CARTA COBERTURA
La compañía de seguros ganadora deberá entregar una carta cobertura durante los dos días siguientes al fallo, en la cual se especifique la confirmación de la aceptación del riesgo establecido en las presentes bases indicando la vigencia del servicio.
4.4. PÓLIZAS.
Las pólizas se entregaran a más tardar el día 08 xx xxxxx de 2009.
4.5. LUGAR DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El lugar de la prestación del servicio será en Oficinas Centrales de la Convocante ubicadas en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxx Xxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000 en el D.F.
El licitante a quien se adjudique el contrato, deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, técnicas, procedimientos, y equipos suficientes y adecuados para el tipo de SERVICIO solicitado a fin de garantizar que el SERVICIO objeto de esta Licitación sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a desarrollarlo a satisfacción del INSTITUTO FONACOT.
Personal de la Dirección de Factor Humano, se encargará de comprobar, supervisar y verificar la realización correcta y eficiente del SERVICIO objeto de esta Licitación.
4.7. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN.
Los licitantes deberán guardar la más estricta confidencialidad respecto de la información y documentación que con motivo de la presente licitación se genere y durante la prestación del servicio, en caso de resultar adjudicado. Para tal efecto los licitantes deberán suscribir y presentar como parte de su propuesta, el escrito de confidencialidad que se incluye como Anexo 10 de las presentes bases.
5. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN ESTA LICITACIÓN.
En la presente Licitación no podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la S.F.P, en los términos de la Ley.
Las personas que participen en esta Licitación deberán cumplir con los siguientes requisitos:
A. Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana.
B. Acreditar su personalidad jurídica, de conformidad con lo establecido en el Anexo No. 1
de estas BASES.
C. Ser personas que posean plena capacidad jurídica y no encontrarse impedidos civil, mercantil o administrativamente para ejercer plenamente sus derechos y cumplir sus obligaciones.
D. Comprar las BASES de esta Licitación y acreditarlo conforme se indica en las presentes BASES.
X. Xxxxxxxx en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, un sobre cerrado, que contendrá la proposición técnica y económica, así como la documentación complementaria requerida, la cual a elección del licitante podrá entregarse dentro o fuera del sobre que contenga las proposiciones.
F. En el caso de aquellos licitantes que a su elección opten por participar a través de medios remotos de comunicación electrónica, deberán contar con la Certificación del Medio de Identificación Electrónica (Certificado Digital vigente), que como medio de comunicación electrónica, utilizarán en sustitución de la firma autógrafa para enviar sus proposiciones, mismo que será otorgado por la S.F.P., mediante el cual reconozcan como propia y auténtica la información que envíen a través de COMPRANET.
G. Los licitantes que opten por el envío de sus proposiciones a través de medios remotos de comunicación electrónica deberán concluir el envío de éstas, a más tardar una hora antes del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, señalado en el Numeral
7.3 de estas BASES.
5.1. FORMA DE ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA.
Los licitantes deberán acreditar su personalidad jurídica, mediante la presentación a su elección, del formato debidamente requisitado que se incluye como Anexo No. 1 de estas BASES, o bien, mediante escrito, en el que su firmante manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, conteniendo los siguientes datos:
I. DEL LICITANTE: Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además, descripción del objeto social de la empresa; identificando los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como nombre de los socios que aparezcan en éstas.
II. DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las proposiciones.
El domicilio que se señale en el Anexo No. 1, será aquel en el que el licitante pueda recibir todo tipo de notificaciones y documentos que resulten.
Asimismo, en caso de que el licitante nombre a un representante para efectos de presentar las proposiciones técnicas y económicas, o bien, para asistir a todos los eventos de la Licitación, bastará con la exhibición de una carta poder simple, conforme al Anexo No. 2 el cual forma parte de estas BASES, otorgada por la persona que suscriba las proposiciones, anexando copia de una identificación vigente de quien entregue las proposiciones, para cotejo contra el original. La carta poder y la identificación a la que se ha hecho referencia, son documentos que podrán ir dentro o fuera del sobre de la propuesta.
No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las proposiciones, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente.
El Prestador del SERVICIO deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el correspondiente contrato.
La entrega de las proposiciones se hará por escrito mediante un sobre cerrado que contendrá la proposición técnica y económica, junto o dentro del sobre cerrado deberá entregarse comprobante que acredite el pago por concepto de la compra de BASES de esta licitación, ya que en caso contrario no se admitirá su participación. Para el caso de licitantes que opten por participar a través de medios remotos de comunicación electrónica, podrán remitir su comprobante de pago de BASES como imagen tipo .jpg o .gif (con características y especificaciones claras).
Asimismo, las personas que deseen participar en la Licitación deberán:
A) Cumplir con lo establecido en las presentes BASES y los licitantes podrán presentar sus propuestas técnicas y económicas, así como la documentación complementaria, conforme al Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envió de propuestas dentro de las Licitaciones Públicas que celebren las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 09 xx xxxxxx del año 2000.
B) Los licitantes sólo podrán presentar una proposición por Licitación.
C) La S.F.P., a través de COMPRANET, emitirá a los licitantes un acuse de recibo electrónico con el que se acreditará la recepción de sus propuestas y de la documentación distinta a éstas, preferentemente, deberán identificar cada una de las páginas que integren sus proposiciones, con los datos siguientes: RFC, número de la presente Licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de las propuestas, debiendo presentar sus propuestas técnicas y económicas y demás documentos en los formatos de paquetería que permita COMPRANET.
D) Las cartas protestadas que presenten los licitantes, deberán ser firmadas autógrafamente por la persona facultada para ello. Adicionalmente, las proposiciones que presenten los licitantes deberán ser firmadas autógrafamente en la última hoja del documento que las contenga, no siendo motivo de descalificación el que el resto de las hojas que las integren y sus anexos carezcan de firma o rubrica.
E) Presentar su propuesta en original y de acuerdo a lo indicado en estas BASES, de conformidad a lo establecido en el artículo 30 fracción II del Reglamento.
F) Las proposiciones técnicas y económicas deberán estar elaboradas en papel membretado de la empresa, sin tachaduras ni enmendaduras y firmada en forma autógrafa por el representante legal en la última hoja de cada una de las propuestas.
G) Presentar los Anexos Nos.: 1, 2, 3, 5, 6, 7, 9 y 10 en papel membretado de la misma empresa, mismos que deberán ir acompañados de la propuesta técnica.
5.2.1. PROPOSICIONES HECHAS A TRAVÉS DE MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA.
Los interesados que opten por participar en la presente Licitación, a través de medios remotos de comunicación electrónica, se sujetarán a lo siguiente:
a) Reconocerán como propia y auténtica la información que por medios remotos de comunicación electrónica envíen a través de COMPRANET, y que a su vez, se distinga por el certificado de identificación electrónica que les emita la S.F.P. En dicha información quedarán comprendidas las propuestas técnica y económica; la documentación distinta a éstas, y las manifestaciones bajo protesta de decir verdad que se requieren en la Licitación.
b) Notificarán oportunamente a la S.F.P., bajo su responsabilidad, respecto de cualquier modificación o renovación de las facultades otorgadas a su apoderado o representante al que haya sido entregado un certificado digital.
c) Aceptarán que el uso de su certificado digital por persona distinta a la autorizada, quedará bajo su exclusiva responsabilidad.
d) Admitirán que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por la CONVOCANTE, cuando los sobres en los que contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.
e) Aceptarán que se tendrán por notificados del fallo y de las actas que se levanten con motivo de la presente Licitación, cuando se encuentren a su disposición a través de COMPRANET.
f) Consentirán que será motivo de que la S.F.P. invalide su certificado digital, cuando haga mal uso de la red privada de comunicaciones de COMPRANET.
5.3. INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones que presenten los licitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
A. Se presentarán por escrito en idioma español, así como todo lo relacionado con las mismas. Los anexos técnicos y folletos, podrán presentarse en el idioma del país de origen acompañados de una traducción simple al español.
B. Deberán abarcar el 100% del servicio requerido en la partida única.
C. Deberán ser claras y no establecer condición alguna, ni emplear abreviaturas o presentar raspaduras y/o enmendaduras.
X. Xxxxxxx contener la firma autógrafa del licitante o su apoderado que cuente con facultades suficientes para actos de administración y/o dominio o poder especial para actos de licitación.
E. Para el caso del licitante que resulte adjudicado, las proposiciones se mantendrán vigentes durante el periodo de prestación del servicio objeto de esta licitación, o bien, hasta que el contrato respectivo se extinga.
F. La proposición económica deberá estar en precios fijos y firmes, en pesos mexicanos (moneda nacional).
G. La proposición económica se presentará desglosando el IVA.
X. Xxxx el caso de aquellos licitantes que a su elección opten por el envío de sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, deberán elaborarse en formatos Word (versión office 2000 o anteriores), Excel (versión office 2000 o anteriores), PDF (versión 4), HTML o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo jpg o gif o winzip, libre de virus, según se requiera.
I. En el supuesto del inciso anterior, se recomienda identificar cada una de las páginas que integran las proposiciones, con los datos siguientes: registro federal de contribuyentes (R.F.C.), número de licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible, dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos que se especifican en estas BASES durante el acto de presentación y apertura de proposiciones.
X. Xxxx el caso de aquellos licitantes que opten por el envío de sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, deberán emplear en sustitución de la firma autógrafa, el medio de identificación electrónica que para tal fin deberá certificarse previamente por la S.F.P.
K. Para el envío de las proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, el licitante deberá utilizar exclusivamente el programa informático que la S.F.P., le proporcione.
L. Los sobres deberán ser generados mediante el uso de tecnologías que resguarden la confiabilidad de la información, de tal forma que sea inviolable, mediante el programa informático que la S.F.P. les proporcione una vez concluido el proceso de certificación de su medio de identificación electrónica.
5.4. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.
La documentación complementaria a elección del licitante podrá entregarse dentro o fuera del sobre que contenga las proposiciones, y será la siguiente:
A. Copia del recibo de pago de las BASES de esta Licitación, ya que en caso contrario no se admitirá su participación.
B. En caso de que se nombre a un representante para asistir a los eventos de esta licitación y para presentar las proposiciones respectivas deberá acreditarse con carta poder simple otorgada por la persona que suscriba las proposiciones, de acuerdo al Anexo No. 2 el cual forma parte de estas bases, así como copia y original para cotejo, de identificación vigente de quien entregue las proposiciones.
C. Escrito bajo protesta de decir verdad, que conoce la Ley, su Reglamento, las presentes BASES, sus anexos y, en su caso, las modificaciones derivadas de la junta de aclaraciones; así como de no encontrarse en los supuestos de los artículos 31, fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley, en términos del Anexo No. 5 el cual forma parte de las presentes BASES.
X. Xxxxxxx de declaración de integridad, a través del cual manifiesta que se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes, en términos del Anexo No. 6 el cual forma parte de las presentes BASES.
X. Xxxxx de conformidad y aceptación de las presentes BASES y sus anexos y en su caso de las modificaciones derivadas de la junta de aclaración al contenido de las BASES.
F. Formato de acreditación de personalidad jurídica del licitante debidamente requisitado conforme al Anexo No. 1 de estas BASES, o bien, carta bajo protesta de decir verdad con la misma información solicitada en ese anexo.
G. Original y copia para su cotejo de identificación Oficial vigente de quien suscriba la propuesta, (cartilla del SERVICIO militar nacional, pasaporte, credencial de elector o cédula profesional).
H. Escrito bajo protesta de decir verdad, que conoce el contenido de la Nota informativa para licitantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE), en términos del Anexo No. 9 el cual forma parte de las presentes BASES.
I. Currículum, así como relación de principales clientes con domicilio, teléfono de los mismos y el nombre de la persona que es el contacto. la presentación de esta información representa la manifestación expresa de que los licitantes autorizan a Convocante para obtener por sus propios medios, información referente a la relación comercial y el grado de cumplimiento de sus compromisos con terceros.
J. Original y copia de la autorización emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar en el ramo de vida.
K. Escrito del licitante en el que manifieste que con fundamento en el Articulo 53, Segundo Párrafo, de “La Ley”, que en caso de resultar adjudicado, queda obligado a responder de la calidad del servicio, así como de cualquier otra responsabilidad en que se hubiere incurrido, en los términos señalados en el Contrato respectivo y en la Legislación aplicable.
5.5. PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA
La proposición técnica y económica, deberán presentarse dentro del sobre único de proposiciones y contener la siguiente documentación:
La propuesta técnica, deberá contener la siguiente documentación:
a) Descripción amplia y detallada del SERVICIO ofertado, cumpliendo estrictamente con lo señalado en el Anexo No. 4 el cual forma parte integrante de estas BASES.
La propuesta económica, deberá contener la cotización del SERVICIO ofertado conforme al Anexo No. 7, el cual forma parte de las presentes BASES.
En su caso, y a fin de dar preferencia a personas con discapacidad o a la empresa que cuente con personal con discapacidad en una proporción del 5% (Cinco por ciento) cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a 6 (seis) meses, el licitante manifestará por escrito y bajo protesta de decir verdad, que se encuentra en este supuesto, incluyendo copia del aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS, por cada trabajador.
De preferencia los licitantes deberán proteger con cinta adhesiva la información que proporcionen en sus cotizaciones, relativa a precios unitarios, impuestos, subtotales, totales e importes, se hace la aclaración que lo anterior es para facilitar la presentación y desarrollo del procedimiento de licitación por lo que su inobservancia no será motivo de descalificación.
Además de presentar por escrito sus proposiciones, técnica y económica, preferentemente se solicitan en medio magnético, en CD o disco de 3 1/2”, en formato Word versión office 2000 o anteriores, libre de virus. El no presentar las proposiciones en disco magnético, no será motivo de descalificación.
Se recomienda que las proposiciones, se entreguen preferentemente con folio en todas sus hojas, sin embargo el incumplimiento de esta recomendación, no será motivo de descalificación.
6. CONDICIONES DE PRECIO Y PAGO.
Los precios de cotización que presenten, serán considerados fijos hasta que se concluya la relación contractual, con las siguientes características:
A) En pesos mexicanos (moneda nacional).
B) Se cotizará por precio unitario.
C) Subtotal por concepto.
D) Precio total del servicio objeto de esta licitación.
E) Los precios deberán incluir todos los costos involucrados, considerando todos los conceptos del servicio que requiere la CONVOCANTE, por lo que el licitante que resulte adjudicado no podrá agregar ningún costo extra y serán inalterables durante la vigencia del contrato.
No se otorgará anticipo.
Con fundamento en los Artículos 13 de “La Ley” y 37 de La Ley sobre el contrato de Seguro el Instituto FONACOT los pagos se realizarán en moneda nacional y de conformidad con lo establecido en el Artículo 62 del Reglamento de “La Ley.”, de la siguiente manera:
Del Pago xx Xxxxxx del Plan Básico.
El pago de las primas del plan básico a la Aseguradora por concepto del Seguro Vida Institucional, se realizará en una sola exhibición
Del Pago xx Xxxxxx del Plan por Potenciación.
El Instituto FONACOT, realizará la retención vía nómina de forma mensual de la prima por incremento de suma asegurada (potenciación).
El monto de las retenciones que efectuará, será el importe que resulte de aplicar la cuota a la percepción ordinaria establecido en el presente contrato.
El pago xx xxxxxx por potenciación de asegurados, se realizará en forma mensual vía Transferencia Electrónica.
La Aseguradora deberá verificar la recepción del recurso y procede a la emisión de la carta recibo.
Para efectuar los pagos será necesario presentar lo siguiente:
a. Presentación del original del recibo de pago xx xxxxxx que reúna los requisitos fiscales respectivos, en el que indique el SERVICIO prestado y el número de contrato que lo ampara.
b. Será entregado en las Oficinas Centrales del INSTITUTO FONACOT en la oficina de la Dirección de Factor Humano en un horario de labores de las 9:00 a las 15:00 horas de lunes a viernes.
c. En caso de que el Prestador del SERVICIO presente su recibo con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del artículo 62 del Reglamento.
d. El pago se efectuara a través del mecanismo xx xxxxxxx productivas, mediante depósito en la cuenta de cheques del prestador del SERVICIO, a partir de los 16 (dieciséis) días hábiles posteriores a la presentación de la factura debidamente requisitada, para lo cual el licitante ganador deberá estar afiliado al Programa xx Xxxxxxx Productivas o en proceso de afiliación.
Para el caso de que se presenten pagos en exceso o se determine la rescisión del contrato, se estará a lo dispuesto por el artículo 51, párrafos 3º y 4º de la Ley.
Los impuestos y derechos que procedan con motivo de la contratación de los servicios, serán pagados por el Prestador del SERVICIO, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales vigentes en la materia.
El INSTITUTO FONACOT sólo cubrirá el derecho de póliza de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes en la materia, en virtud a que con fundamento en la fracción IX, del artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado se encuentra exenta del pago del de dicho impuesto.
7. DESARROLLO DE LOS ACTOS DE LA LICITACIÓN.
Los actos de la presente licitación serán presididos por el Subdirector General de Administración, el Director de Recursos Materiales y Servicios y/o el Experto Funcionario en Adquisiciones, Arrendamientos e Inventarios, como servidores públicos designados.
En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la S.F.P., o de la CONVOCANTE, no sea posible abrir el sobre que contenga las proposiciones enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción, salvo que en el sobre en los que se incluya dicha información contenga virus informáticos o no pueda abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a los programas o equipo de cómputo del licitante, se tendrá por no presentadas las proposiciones y demás documentación requerida en las presentes BASES.
La S.F.P. podrá verificar en cualquier momento que durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las proposiciones que obren en poder de la CONVOCANTE.
En el acta que se levante del acto de presentación y apertura de proposiciones, se identificarán las proposiciones que se hayan presentado por medios remotos de comunicación electrónica.
Las actas que se levanten con motivo de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y del fallo del procedimiento de esta licitación, estarán a disposición de los licitantes que no hayan asistido, en el pizarrón localizado en la planta baja del edificio ubicado en Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxx. Xxxx Xxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxxxxxx, en México, Distrito Federal, por un término de cinco días hábiles posteriores a la celebración de cada evento, en horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 horas y de las 16:00 a las 18:00 horas, siendo responsabilidad exclusiva de cada licitante, acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de las mismas.
Lo anterior, sustituye la notificación personal, por lo que será de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse del contenido de las actas y obtener copia de las mismas.
De igual forma, dichas actas se podrán consultar en COMPRANET, en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, donde estarán a disposición de los licitantes a partir del día hábil siguiente al de la celebración de cada acto.
Los licitantes que opten por presentar sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, se darán por notificados de las actas respectivas cuando éstas se encuentren a su disposición a través de COMPRANET, a más tardar el día hábil siguiente al de celebración de cada acto, sin menoscabo que puedan acudir a recoger el acta correspondiente en las oficinas de la CONVOCANTE ubicadas del edificio ubicado en Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxx. Xxxx Xxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxxxxxx, en México, Distrito Federal.
7.1. JUNTA PARA LA ACLARACIÓN DEL CONTENIDO DE LAS BASES.
Con fundamento en el artículo 34 del Reglamento y con el objeto de eliminar las dudas que puedan motivarse con la lectura del contenido de estas BASES, la junta de aclaración de BASES se llevará a cabo el día 04 xx xxxxx de 2009, a las 11:00 horas, en la Sala 3 de la Planta Baja de Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxx. Xxxx Xxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxxxxxx, en México, Distrito Federal. En ella podrán participar los licitantes que hayan adquirido las BASES correspondientes, lo cual deberá acreditarse con copia del comprobante del pago de las mismas, en caso contrario se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas.
Las modificaciones y aclaraciones que se hicieren durante este evento serán parte integrante de las presentes BASES, por lo que deberán ser consideradas para la elaboración de las propuestas, las cuales en ningún caso podrán consistir en la sustitución del SERVICIO convocado originalmente, adición de otro de distinto rubro o en variación significativa de sus características.
Los licitantes que hayan adquirido las presentes BASES, podrán solicitar por escrito y/o en forma electrónica, formato Word en disco de 3 1/2 ó enviarlo a la CONVOCANTE, al correo electrónico xxxx.xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx hasta las 10:00 horas del día 00 xx xxxxx xx 0000, xxx xxxxxxxxxxxx que sobre las BASES estimen pertinentes, acompañando una copia del recibo de pago de BASES. Por su parte la CONVOCANTE contestará en la junta de aclaraciones las solicitudes recibidas en la fecha prevista en este numeral. Si por algún motivo el licitante no hubiere podido enviar sus preguntas en la fecha antes prevista, éstas se podrán recibir incluso durante el desarrollo de la junta de aclaraciones, cuyas respuestas se otorgaran por la CONVOCANTE dentro de las 24 horas siguientes a su recepción, convocándose a una nueva junta de aclaraciones.
En el supuesto de que las proposiciones se presenten a través de medios remotos de comunicación electrónica, las dudas también podrán ser remitidas a través del programa
informático COMPRANET. En estos casos, la solicitud de aclaración de BASES podrá ser presentada hasta con una hora de antelación a la fecha y hora indicada para el evento en este mismo numeral.
Se dará lectura a las respuestas de todas las preguntas recibidas dentro del plazo estipulado. En caso que durante el evento se reciban preguntas y éstas requieran de un mayor análisis o si debido a su complejidad no se les puede dar respuesta de inmediato, podrán celebrarse las juntas de aclaraciones que se consideren necesarias.
Al término del evento, se levantará el acta de la Junta de Aclaraciones, la que será firmada por los asistentes y de la que se entregará copia a los mismos.
7.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES.
Dentro de la hora previa al acto de presentación y apertura de proposiciones, los licitantes, deberán presentarse al lugar señalado para su celebración en la fecha indicada, identificándose y firmando el registro para participar en la licitación.
7.3. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
En punto de la hora señalada para este acto, según lo establecido en el calendario de actos de esta licitación, se llevará a cabo el evento de acuerdo con el siguiente programa y no se aceptará por ninguna circunstancia otra proposición.
De conformidad con el artículo 35 de la Ley, el acto de presentación y apertura de proposiciones, en el que podrán participar los licitantes que hayan cubierto el costo de las BASES de Licitación, se llevará a cabo en una etapa, el día 12 xx xxxxx de 2009, a las 11:00 horas, en la Sala de juntas 3 de la Planta Baja de Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxx. Xxxx Xxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxxxxxx, en México, Distrito Federal, de la siguiente manera:
Conforme a lo establecido en el numeral 2.1 de las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles y la Prestación de Servicios de cualquier naturaleza del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, los actos serán presididos por el Subdirector General de Administración, el Director de Recursos Materiales y Servicios o por el Experto Funcionario en Adquisiciones, Arrendamiento e Inventarios, el desarrollo será el siguiente:
A. Previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, la CONVOCANTE verificará que los licitantes que participan por medios remotos de comunicación
electrónica hayan realizado el pago de las BASES, mediante la consulta en el sistema de banca electrónica, y/o la verificación a través de COMPRANET, con lo cual se dará por acreditado el pago.
B. La participación de los licitantes por medios remotos de comunicación electrónica deberán concluir el envío de sus proposiciones técnica y económica, incluyendo a la documentación distinta a éstas, a más tardar una hora antes de la fecha y hora establecida en la convocatoria para el inicio de presentación de proposiciones.
C. Se declarará iniciado el acto a la hora indicada en el Calendario de Eventos (punto 3.1) de estas BASES de Licitación. Una vez iniciado el acto no se aceptarán propuestas de licitantes, que no estén previamente registrados hasta esa hora, sin embargo, podrán permanecer en calidad de observadores del evento, sin derecho a voz.
X. Xx efectuará la presentación de los servidores públicos asistentes, siendo presidido por el servidor público designado por la CONVOCANTE para tal efecto, quien será el único facultado para aceptar o desechar las propuestas y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización del acto, en los términos de la Ley y su Reglamento.
E. Las propuestas no podrán ser retiradas o dejarse sin efectos una vez iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de Licitación hasta su conclusión, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30, fracción X del Reglamento.
F. Se pasará lista de asistencia a los licitantes.
G. Todos los licitantes presentes deberán entregar en sobre cerrado sus proposiciones a quien presida el acto, posteriormente se registrarán las que en su caso, se hayan recibido vía electrónica, una vez concluido lo anterior, la apertura de las proposiciones iniciará con las que fueron enviadas por medios electrónicos y posteriormente con las presentadas en papel en el citado acto.
H. En este acto se procederá a la revisión cuantitativa de los documentos exigidos en el punto 5.5 de estas BASES, sin entrar al análisis detallado de su contenido y se dará lectura al precio unitario que integran la propuesta económica así como el importe total, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 39 del Reglamento.
I. Por lo menos un licitante, si asistiere alguno, y el servidor público de la CONVOCANTE facultado para presidir el acto o el servidor público que la CONVOCANTE designe, rubricarán las propuestas técnicas, incluidos los de
aquellos cuyas propuestas hubieren sido desechadas, los cuales quedarán en custodia de la CONVOCANTE.
Concluido este acto, se procederá a levantar el acta correspondiente, en la que se harán constar las proposiciones que por medios electrónicos fueron recibidas en tiempo y forma, las que fueron recibidas por escrito y las que fueron aceptadas para su posterior evaluación y el importe de cada una de ellas, así como las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron, se dará lectura a la misma y será firmada por los asistentes, a quienes se les entregará copia de la misma, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los licitantes que no hayan asistido al acto, para efectos de su notificación.
La falta de la firma de algún licitante, no invalidará el contenido y efectos del acta.
De conformidad con el artículo 37, párrafo primero de la Ley, el fallo de esta Licitación será comunicado en junta pública y por escrito a todos los licitantes, el día 19 xx xxxxx de 2009, a las 13:00 horas, en la Sala de juntas 3 de la Planta Baja del domicilio del INSTITUTO FONACOT, a la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieren participado en el acto de presentación y apertura de proposiciones, levantándose el acta respectiva que firmarán los asistentes, a quienes se entregará copia de la misma. La falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido para efectos de su notificación, en el pizarrón localizado en la planta baja de las oficinas del INSTITUTO FONACOT.
Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, procederá la inconformidad que se interponga por los licitantes en los términos del artículo 65 de la Ley.
De conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo 56 de la Ley, las propuestas técnicas y económicas desechadas durante la Licitación, serán devueltas a los licitantes que así lo soliciten, una vez transcurridos 60 (sesenta) días naturales, contados a partir de la fecha en la cual se de a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las propuestas las conservará la CONVOCANTE, hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos se procederá a su devolución, de solicitarla el Licitante, o a su destrucción.
8. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
La evaluación de las proposiciones que presenten los licitantes, será efectuada por la CONVOCANTE de conformidad con los siguientes criterios:
La CONVOCANTE para efectos de evaluación podrá utilizar las metodologías descritas en los artículos 23, fracción II y 41 del Reglamento.
La CONVOCANTE no se utilizará el mecanismo de puntos y porcentajes para la evaluación de las proposiciones.
No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la CONVOCANTE que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la presente licitación; así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposiciones. En ningún caso podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las proposiciones presentadas.
No se considerarán las proposiciones, cuando el volumen ofertado sea menor al 100 % del volumen solicitado.
La CONVOCANTE podrá desechar las proposiciones, cuyos precios no resulten aceptables ni convenientes para los intereses de la misma.
En caso de que el presupuesto asignado al procedimiento de la presente licitación sea rebasado por las proposiciones presentadas, la CONVOCANTE podrá considerar lo previsto por la fracción VI del artículo 46 del Reglamento.
8.1. EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS.
A. Se verificará que las proposiciones incluyan la información, los documentos y los requisitos solicitados en estas BASES y los que se deriven de la Junta de Aclaración al contenido de las BASES.
B. Se verificará documentalmente que el servicio ofertado cumpla con los requisitos solicitados en el Anexo No. 4 de estas BASES, así como con aquellos que resulten de la junta de aclaraciones.
C. La CONVOCANTE podrá realizar visitas a las oficinas e instalaciones de los licitantes para evaluar su capacidad técnica y administrativa.
8.2. EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS:
A. Se evaluarán al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo.
B. La evaluación de las proposiciones se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todos los precios ofertados por los licitantes en el Anexo No. 7 y los resultados se asentarán en un resumen comparativo de precios ofertados.
C. Cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la CONVOCANTE cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, estos podrán corregirse por la CONVOCANTE, lo que se hará constar en el dictamen de fallo. Si el licitante no acepta la corrección de la proposición, se desechará la misma.
D. La CONVOCANTE podrá desechar las proposiciones cuyo precio sea de tal forma desproporcionado con respecto a los xxx xxxxxxx, conforme a la investigación de precios realizada, que evidencie que el licitante no podrá cumplir con los servicios requeridos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley, para el caso de que en igualdad de condiciones se presente un empate, se dará preferencia a personas con discapacidad o a la empresa que cuente con personal con discapacidad en una proporción del 5 (cinco) por ciento cuando menos de la totalidad de la planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a 6 (seis) meses; antigüedad que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS. O en su caso se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la CONVOCANTE, en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del Prestador del SERVICIO y posteriormente los demás boletos empatados, con los que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones, de conformidad a lo establecido en el artículo 44 del Reglamento.
8.3. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
La CONVOCANTE llevará a cabo la adjudicación del contrato que se derive de esta Licitación, considerando los siguientes criterios:
Se elegirá al licitante que de manera estricta resulte solvente y cumpla con todas las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la CONVOCANTE, evaluándose las características solicitadas en el Anexo No. 4.
La adjudicación se efectuará a un sólo licitante.
La CONVOCANTE emitirá un dictamen en el que se sustente el fallo, exponiendo el análisis de las proposiciones admitidas y se hará mención de las proposiciones desechadas de conformidad a los artículos 36 y 36 Bis de la Ley y 46 de su Reglamento.
9. DESCALIFICACIÓN DE LOS LICITANTES. MOTIVOS DE DESCALIFICACIÓN.
Se descalificará a los licitantes que incurran en una o varias de las siguientes situaciones:
A. Que no cumplan con alguno de los requisitos establecidos en estas BASES o los que se deriven de la Junta de Aclaración al contenido de las BASES, que afecte la solvencia de la proposición.
B. Cuando se compruebe que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar el precio de los servicios solicitados, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
C. Cuando presenten la Proposición Económica en moneda extranjera.
D. Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español.
E. Cuando proporcionen información o documentación falsa y/o alterada.
F. Cuando presenten más de una proposición técnica y/o económica.
G. Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 31, fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley.
H. Cuando se solicite “bajo protesta de decir verdad” y esta leyenda sea omitida en el documento correspondiente.
I. Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la Ley, al Reglamento o a cualquier otro ordenamiento legal en la materia.
X. Cuando se compruebe que los costos incluidos en la proposición sean substancialmente inferiores a los xx xxxxxxx y por tanto se ponga en riesgo la realización del servicio.
K. En caso de que el licitante que compró las BASES transfiera a otro las mismas.
10. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA LICITACIÓN.
Se podrá suspender la licitación, en los siguientes casos:
a) Cuando se presenten casos fortuitos o de fuerza mayor que hagan necesaria la suspensión.
b) Cuando lo determine la S.F.P., mediante resolución.
Para efecto de lo anterior, se avisará por escrito, a los involucrados y se asentará dicha circunstancia en el acta correspondiente a la etapa en donde se origine la causal que la motive. Si desaparecen las causas que motivaren la suspensión, o bien, cuando la CONVOCANTE reciba la resolución que al efecto emita la S.F.P., previo aviso a los involucrados, se reanudará la licitación, sólo podrán continuar quienes no hubiesen sido descalificados.
11. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN.
Podrá cancelarse la licitación, en los siguientes casos:
A) En caso fortuito o por causas de fuerza mayor.
B) Cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para contratar la prestación del servicio objeto de esta licitación.
C) Cuando lo determine la S.F.P.
Cuando se cancele la licitación, se notificará por escrito a todos los involucrados.
En caso de cancelación de la licitación, el INSTITUTO FONACOT podrá convocar a una nueva licitación.
12. DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA.
La CONVOCANTE podrá declarar desierta la licitación, cuando:
A) Vencido el plazo de venta de estas BASES, ninguna persona las adquiera.
B) No se presente ninguna proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones y no existan proposiciones a través de medios remotos de comunicación electrónica.
C) Ninguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos establecidos en estas BASES.
D) Los precios presentados en las proposiciones económicas no fueren aceptables ni convenientes a los intereses de la CONVOCANTE, conforme a la investigación xx xxxxxxx realizada.
En caso de declararse desierta la licitación, se podrá convocar a una segunda licitación.
13. MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE.
A partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta inclusive el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones de esta licitación, se podrán modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria, que no impliquen sustitución o variación significativa de los servicios convocados originalmente o la adición de otros distintos; en este caso, las modificaciones se harán del conocimiento de los interesados a través de los medios utilizados para la publicación de la convocatoria.
A partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta inclusive el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones de esta licitación, se podrán modificar los plazos u otros aspectos establecidos en las BASES que no impliquen sustitución o variación significativa de los servicios convocados originalmente o la adición de otros distintos, en este caso, se publicará aviso en el Diario Oficial de la Federación a efecto de que los interesados acudan a las instalaciones de la CONVOCANTE para conocer las modificaciones.
En el caso de que las modificaciones se deriven de la junta de aclaración al contenido de las BASES se entregará copia del acta respectiva a todos los interesados y no será necesaria la publicación del aviso mencionado en el párrafo anterior.
De no comparecer los interesados dentro del plazo mencionado, se considerará que se han hecho sabedores para todos los efectos legales a que haya lugar, de las modificaciones correspondientes.
Cualquier modificación o aclaración a las BASES, derivada del resultado de la junta de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las presentes BASES.
Solo se podrá modificar el contrato que se derive de esta licitación en los términos previstos por los artículos 52 de la Ley, así como 56, fracción I, 59 y 63 del Reglamento.
Asimismo, se podrá modificar el contrato cuando se presente el supuesto que establece el cuarto párrafo del artículo 54 de la Ley.
Toda modificación deberá formalizarse por escrito.
14. INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CONTRATOS.
14.1. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Realizada la evaluación de las proposiciones, el contrato será adjudicado al licitante que reúna las mejores condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la CONVOCANTE y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Se adjudicará el contrato abierto a que se refieren las presentes BASES, en el que se establecerá una cantidad mínima y máxima de presupuesto a ejercer durante el periodo de contratación.
El Prestador del Servicio deberá presentar el día hábil siguiente a la emisión del fallo de la presente licitación, escrito libre con los siguientes requisitos:
1. Lugar y fecha.
2. Nombre, denominación o razón social.
3. Clave del R.F.C.
4. Domicilio fiscal.
5. Actividad preponderante.
6. Nombre, R.F.C. y firma del representante legal, en su caso.
7. Monto total mínimo y máximo del contrato.
8. Señalar si el contrato se trata de adquisición de bienes, arrendamiento o prestación de servicios.
9. Número de contrato.
10. Manifestación bajo protesta de decir verdad que a la fecha de su escrito libre:
a) Han cumplido con sus obligaciones en materia de inscripción al R.F.C., a que se refiere el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.
b) Se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual del ISR por el último ejercicio fiscal que se encuentre obligado.
c) Que no tienen créditos fiscales determinados firmes a su cargo por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IMPAC, IETU, impuestos generales de importación y de exportación (impuestos al comercio exterior), y sus accesorios. Así como créditos fiscales determinados firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias.
d) En el caso de que existan créditos fiscales determinados firmes manifestarán que se comprometen a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan
por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretendan contratar, en la fecha en que las citadas autoridades señalen, en este caso, se estará a lo establecido en la regla II.2.1.9, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 (D.O.F. 27-05-2008).
e) Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubiera interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación.
f) En caso de contar con autorización para el pago a plazos, que no han incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el articulo 66-a, fracción IV del Código Fiscal de la Federación.
El escrito deberá ser suscrito por persona legalmente autorizada para ello y presentarse en la oficina del Experto Funcionario en Adquisiciones, Arrendamiento e Inventarios, sita en el domicilio de la CONVOCANTE, en días hábiles de las 9:00 a las 15:00 horas y de las 16:00 a las 18:00 horas.
El contrato se firmará en la Sala de Juntas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios sita en el domicilio de la CONVOCANTE, dentro de los 05 días hábiles siguientes al de la notificación de fallo de la presente licitación, cuyo modelo se incluye en el Anexo No. 12 de estas BASES, el cual se ajustará a lo establecido en las presentes BASES, así como a las aclaraciones y modificaciones a las mismas que se deriven de la junta de aclaración al contenido de las BASES, en días hábiles de las 9:00 a las 15:00 horas y de las 16:00 a las 18:00 horas.
Si el licitante que resulte adjudicado no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, en el periodo señalado en el párrafo anterior, será sancionado en los términos del articulo 60 de la Ley, en este supuesto se podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la siguiente proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precios con respecto a la postura ganadora no sea superior al 10%; en caso de que este último no acepte la adjudicación, se declarará desierta la partida o la licitación, según sea el caso.
El licitante que resulte adjudicado, deberá presentarse el día hábil siguiente de haberse emitido el fallo, en el domicilio de la CONVOCANTE, en horario de las 9:00 a las 15:00 horas y de las 16:00 a las 18:00 horas; presentando la siguiente documentación:
1. Exhibir para cotejo, copia certificada y entregar copia simple del acta constitutiva, de la empresa conteniendo la inscripción del Registro Público del Comercio o de Asociaciones Civiles, según corresponda, así como todas las modificaciones existentes.(Tratándose de personas xxxxxxx).
2. Exhibir copia certificada del testimonio notarial del poder general para actos de administración y/o dominio de quien suscribirá el contrato y entregar copia simple.
3. Exhibir identificación oficial vigente del representante legal o de quien suscriba el contrato (pasaporte, cedula profesional, cartilla del servicio militar nacional o credencial para votar) y entregar copia simple.
4. Acreditamiento de su nacionalidad mexicana, tratándose de personas xxxxxxx, mediante la copia certificada de la escritura pública correspondiente, en la que conste que se constituyó conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional; tratándose de personas físicas, mediante copia certificada del acta de nacimiento correspondiente o, en su caso, de la carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente y la documentación con la que demuestren tener su domicilio legal en el territorio nacional y entregar copia simple.
5. Exhibir original de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes, además el alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y entregar copia simple.
6. Comprobante de domicilio (copia del último recibo telefónico, recibo de luz, agua, etc.)
7. Carta con datos bancarios (Nombre del Banco, No. de plaza, No. de sucursal y nombre, No. de cuenta y el No. de CLABE).
8. El acuse de recepción de la consulta de opinión ante el SAT, con el que se compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la Regla I.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2008, o aquella que en el futuro la sustituya, dentro de los 2 días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo de la presente licitación.
14.4. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Con fundamento en lo preceptuado por el artículo 14 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Xxxxxxx se exceptúa al prestador de presentar garantía de cumplimiento de contrato por considerarse de acreditada solvencia.
.
En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas, la S.F.P., procederá, conforme a lo dispuesto en los artículos 59 y 60 de la Ley.
Asimismo y de conformidad con lo previsto en el artículo 58 del Reglamento, los licitantes que no se encuentran obligados a la presentación de dicha garantía, no deben incluir en la propuesta económica el costo por dicho concepto
Se sancionará al licitante o Prestador del Servicio que infrinja las disposiciones de la ley, con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes en la fecha de la infracción e inhabilitará temporalmente para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la ley al licitante o Prestador del SERVICIO que se ubique en alguno de los supuestos siguientes:
A) Los licitantes que injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen el contrato adjudicado por el INSTITUTO FONACOT en el plazo establecido en el Numeral 14.3 de estas BASES;
B) Los Prestadores del SERVICIO que se encuentren en alguno de los supuestos establecidos en las fracciones III o XII del artículo 50 de la Ley.
C) Los Prestadores del SERVICIO que no cumplan con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios graves al INSTITUTO FONACOT, así como aquellos que presten el servicio con especificaciones distintas de las convenidas, y
D) Los licitantes o Prestadores del SERVICIO que proporcionen información falsa o que actúen con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de conciliación o de una inconformidad.
Cuando el incumplimiento de las obligaciones del licitante ganador derive por otras causas establecidas en el contrato, la Convocante podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato.
Considerando que las instituciones de seguros deben de incluir en sus pólizas de seguro, la cláusula de interés moratorio, dicha cláusula sustituye a las penas convencionales, por lo que los licitantes deberán incluirla en su propuesta técnica, conforme al texto siguiente:
“Interés moratorio.- En caso de que la Aseguradora, no obstante haber recibido todos los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización, capital o renta, en los términos del artículo 71 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, en vez del interés legal aplicable, se obliga a pagar a Convocante, beneficiario o tercero dañado, un interés moratorio calculado conforme a lo dispuesto por el artículo 135 bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Xxxxxxx, durante el lapso xx xxxx. Dicho interés moratorio se computara a partir del día siguiente a aquel que venza el plazo de treinta días señalado en la Ley sobre el Contrato de Seguro.”
Para el caso de pago del Seguro, se aplicará el 10% por cada día de atraso sobre el monto del deducible hasta consumirlo, así como por cada 15 minutos en la atención de la póliza de Seguro de Vida.
Se aplicarán por retrasos imputables al proveedor en lo señalado en el Anexo No. 4 de esta Licitación conforme a lo siguiente:
Por cada día hábil de retraso en el plazo para entregar la póliza inicial o un endoso, la Convocante, aplicará el 10% (diez por ciento) del importe del derecho de emisión de la póliza o endoso retrasado con independencia del importe de estos, sin límite.
15.2. VERIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE LA LICITACIÓN.
El área responsable para administrar y verificar la correcta prestación de este servicio, así como el cumplimiento del contrato que se derive de esta licitación, será la de la Dirección de Desarrollo de Factor Humano, ubicada en Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxx. Xxxx Xxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, en México, Distrito Federal.
El INSTITUTO FONACOT considerará recibido y aceptado el servicio objeto de la licitación, una vez que el licitante a quien se adjudique el contrato, realice la prestación de los servicios conforme las condiciones y especificaciones señaladas en el Anexo No. 4 de estas BASES.
El INSTITUTO FONACOT podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato adjudicado cuando el Prestador del SERVICIO no cumpla con las condiciones establecidas en estas BASES o en el contrato que se suscriba, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia. Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se prestare el servicio, el procedimiento iniciado quedara sin efecto, previa aceptación y verificación del INSTITUTO FONACOT de que continúa vigente la necesidad de la prestación del servicio, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes; por lo que de manera enunciativa, mas no limitativa, se entenderá por incumplimiento:
A) Si transcurrido el tiempo señalado para el inicio del servicio, estos no se realizan.
B) Si el Prestador del SERVICIO no ejecuta el servicio objeto de esta licitación con la calidad, eficiencia y especificaciones solicitadas por el INSTITUTO FONACOT.
C) Cuando el Prestador del SERVICIO ceda total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y obligaciones a que se refiera el contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa del INSTITUTO FONACOT.
D) Cuando el Prestador del SERVICIO suspenda injustificadamente la ejecución de los servicios contratados, o no les otorgue la debida atención conforme las instrucciones del INSTITUTO FONACOT.
E) Cuando el Prestador del SERVICIO no cumpla en tiempo y forma la realización de los servicios solicitados.
F) Cuando la autoridad competente declare la suspensión de pagos o alguna situación distinta, que sea análoga o equivalente y que afecte el patrimonio del Prestador del SERVICIO.
G) Cuando el servicio no sea realizado de acuerdo con las normas, especificaciones y obligaciones a que se refiere el contrato.
H) Cuando el Prestador del SERVICIO y/o personal del Prestador del SERVICIO impida el desempeño normal de labores del INSTITUTO FONACOT, durante la prestación de los servicios, por causas distintas a la naturaleza de la prestación del servicio.
I) En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el contrato respectivo o de las disposiciones de la Ley.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, el INSTITUTO FONACOT comunicará por escrito al Prestador del SERVICIO el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que estime pertinentes, transcurrido dicho término el INSTITUTO FONACOT, tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por el Prestador del SERVICIO, determinará de manera fundada y motivada si resulta procedente o no rescindir el contrato, y comunicará por escrito al Prestador del SERVICIO dicha determinación, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes.
El INSTITUTO FONACOT, podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, el INSTITUTO FONACOT elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, el INSTITUTO FONACOT establecerá con el Prestador del SERVICIO otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley.
Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, el INSTITUTO FONACOT quedará expresamente facultado para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las penas convencionales y/o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa.
Cuando en la prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, el INSTITUTO FONACOT, bajo su responsabilidad podrá suspender la prestación del servicio, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente prestados.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables al INSTITUTO FONACOT, a solicitud escrita del Prestador del SERVICIO cubrirán los gastos no recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual el Prestador del SERVICIO deberá presentar dentro de los diez días hábiles siguientes de la notificación del termino de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
El INSTITUTO FONACOT pagará los gastos no recuperables, en pesos mexicanos moneda nacional dentro de los treinta días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva y documentación soporte.
En caso de que el Prestador del SERVICIO no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso.
El plazo de suspensión, será fijado por el INSTITUTO FONACOT, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.
El INSTITUTO FONACOT podrá dar por terminado anticipadamente el contrato adjudicado mediante comunicación por escrito co|n 5 (cinco) días hábiles de antelación al Prestador del SERVICIO, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al INSTITUTO FONACOT quedando únicamente obligado el INSTITUTO FONACOT a reembolsar al Prestador del SERVICIO los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente, lo anterior de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 54 de la Ley y 66 del Reglamento.
19. INCONFORMIDADES Y CONTROVERSIAS.
En contra de la resolución que contenga el fallo, no procederá recurso alguno, pero los licitantes podrán inconformarse ante el Órgano Interno de Control en el INSTITUTO FONACOT, con oficinas en Av. de los Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxx. Xxxx Xxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, con teléfono 00-00-00-00 extensiones 7494 y 7828, por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones de la Ley, en los términos del articulo 65 del propio ordenamiento legal.
En tal sentido la inconformidad será presentada, a elección del promovente, por escrito o a través de los medios remotos de comunicación electrónica que al efecto establezca la S.F.P., las inconformidades deberán presentarse dentro de los plazos que se señalan en el artículo 65 de la Ley. Transcurrido el plazo establecido, se tendrá por precluido el derecho a inconformarse.
Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de la Ley, de estas BASES o de los contratos que se deriven de la presente licitación, serán resueltas por los tribunales federales de la ciudad de México, Distrito Federal, por lo que las partes renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiere corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro. En el supuesto de que se suscite alguna controversia relacionada con la información enviada a través de medios remotos de comunicación electrónica, la autoridad competente podrá solicitar a la S.F.P, exhiba los archivos electrónicos que obran en COMPRANET, así como la impresión de éstos debidamente certificados, a efecto de desahogar las pruebas a que haya lugar, conforme a las disposiciones adjetivas que resulten aplicables.
20. NO NEGOCIACIÓN DE CONDICIONES.
Bajo ninguna circunstancia podrán ser negociadas las condiciones estipuladas en estas BASES o las proposiciones presentadas por los licitantes.
Se establece que el licitante al que se adjudique el contrato, no podrá transmitir bajo ningún titulo, los derechos y obligaciones que se establezcan en el o los contrato(s) que se deriven de esta licitación, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa del INSTITUTO FONACOT.
21. SITUACIONES NO PREVISTAS EN ESTAS BASES.
Cualquier situación que no haya sido prevista en las presentes BASES, será resuelta por el INSTITUTO FONACOT escuchando la opinión de las autoridades competentes, con base en las atribuciones establecidas en las disposiciones aplicables.
Asimismo, para la interpretación o aplicación de estas BASES o del contrato que se celebre, en lo no previsto en tales documentos se estará a lo dispuesto en la Ley y su Reglamento; Código Civil Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; Código Federal de Procedimientos Civiles y demás disposiciones legales vigentes en la materia.
22. TRANSPARENCIA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN.
A las presentes BASES se adjunta el Anexo No. 11 denominado "Encuesta de Transparencia del Procedimiento de Licitación”, mismo que se solicita sea requisitado en el desarrollo de los eventos
de esta licitación, así como el Anexo No. 9 relativo a la "Nota Informativa para Participantes de Países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y firmantes de la Convención para combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales”
Se consideraran como parte integrante de las presentes BASES los anexos que a continuación se señalan:
nombre) , manifiesto bajo protesta a decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir las proposiciones en la presente Licitación, a nombre y representación de: (persona física o moral)
No. De la Licitación:
Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio.- Calle y número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo electrónico:
No. De la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó la misma: No. Del Registro Público de Comercio: Fecha:
Relación de socios.-
Apellido Paterno:Apellido Materno: Nombre(s): R.F.C.: Descripción del objeto social:
Reformas al acta constitutiva:
Relación de socios que han participado en las reformas:
Nombre del apoderado o representante:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.- Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó la misma:
(Lugar y fecha) Protesto lo necesario (firma)
(NOMBRE) , BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN MI CARÁCTER DE APODERADO DE LA EMPRESA , SEGÚN CONSTA EN EL
TESTIMONIO NOTARIAL No. DE FECHA ,
OTORGADO ANTE EL NOTARIO PÚBLICO No. , (NOMBRE XXX XXXXXXX), (LOCALIDAD DE LA NOTARIA), OTORGO LA PRESENTE CARTA PODER A (NOMBRE DE QUIEN RECIBE EL PODER) PARA QUE A MI NOMBRE Y REPRESENTACIÓN, RESPECTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. , CONVOCADA POR EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES, SE ENCARGUE DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN, COMPAREZCA A LOS ACTOS RELATIVOS A LA JUNTA ACLARATORIA, PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS, FALLO, ASÍ COMO HAGA LAS ACLARACIONES QUE SE DERIVEN DE DICHOS ACTOS.
LUGAR Y FECHA
(NOMBRE DE LA PERSONA QUE OTORGA) (NOMBRE DE LA PERSONA QUE RECIBE)
(NOMBRE DE TESTIGO) (NOMBRE DE TESTIGO)
RELACIÓN DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PARTICIPAR
DOCUMENTO SOLICITADO | PRESENTADO SI NO | |
LA PROPUESTA TÉCNICA DEBERÁ CONTENER: | ||
Descripción amplia y detallada del SERVICIO ofertado, cumpliendo estrictamente con lo señalado en el Anexo No. 4 el cual forma parte integrante de estas BASES. | ||
Copia del recibo de pago de las BASES de esta Licitación, ya que en caso contrario no se admitirá su participación. | ||
En caso de que se nombre a un representante para asistir a los eventos de esta licitación y para presentar las proposiciones respectivas deberá acreditarse con carta poder simple otorgada por la persona que suscriba las proposiciones, de acuerdo al Anexo No. 2 el cual forma parte de estas bases, así como copia y original para cotejo, de identificación vigente de quien entregue las proposiciones. | ||
Escrito bajo protesta de decir verdad, que conoce la Ley, su Reglamento, las presentes BASES, sus anexos y, en su caso, las modificaciones derivadas de la junta de aclaraciones; así como de no encontrarse en los supuestos de los artículos 31, fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley, en términos del Anexo No. 5 el cual forma parte de las presentes BASES. | ||
Escrito de declaración de integridad, a través del cual manifiesta que se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes, en términos del Anexo No. 6 el cual forma parte de las presentes BASES. | ||
Carta de conformidad y aceptación de las presentes BASES y sus anexos y en su caso de las modificaciones derivadas de la junta de aclaración al contenido de las BASES. | ||
Formato de acreditación de personalidad jurídica del licitante debidamente requisitado conforme al Anexo No. 1 de estas BASES, o bien, carta bajo protesta de decir verdad con la misma información solicitada en ese anexo. | ||
Original y copia para su cotejo de identificación Oficial vigente de quien suscriba la propuesta, (cartilla del SERVICIO militar nacional, pasaporte, credencial de elector o cédula profesional). |
Escrito bajo protesta de decir verdad, que conoce el contenido de la Nota informativa para licitantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE), en términos del Anexo No. 9 el cual forma parte de las presentes BASES. | ||
Currículum, así como relación de principales clientes con domicilio, teléfono de los mismos y el nombre de la persona que es el contacto. La presentación de esta información representa la manifestación expresa de que los licitantes autorizan a “la dependencia” para obtener por sus propios medios, información referente a la relación comercial y el grado de cumplimiento de sus compromisos con terceros. | ||
Original y copia de la autorización emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar en el ramo de vida. | ||
Escrito del licitante en el que manifieste que con fundamento en el Articulo 53, Segundo Párrafo, de “La Ley”, que en caso de resultar adjudicado, queda obligado a responder de la calidad del servicio, así como de cualquier otra responsabilidad en que se hubiere incurrido, en los términos señalados en el Contrato respectivo y en la Legislación aplicable. |
DOCUMENTO SOLICITADO | PRESENTADO SI NO |
LA PROPUESTA ECONÓMICA DEBERÁ CONTENER: | ||
La Propuesta económica, Anexo No. 7. |
Cuando resulte aplicable, deberá entregar el siguiente documento: | ||
Cuando la empresa cuente con personal con discapacidad en una proporción del 5% (cinco por ciento) cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a 6 (seis) meses, el licitante manifestará por escrito y bajo protesta de decir verdad, que se encuentra en este supuesto, incluyendo copia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social por cada trabajador. |
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y ALCANCES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO ASPECTOS GENERALES DEL SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL
1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO SOLICITADO.
Se requiere el seguro colectivo de vida para la siguiente composición mínima y máxima de personal de acuerdo a las siguientes tablas:
MÍNIMA
TOTAL | |
MANDOS MEDIOS Y SUPERIORES | 137 |
PERSONAL OPERATIVO | 670 |
PERSONAL EVENTUAL | 82 |
PERSONAL PENSIONADO | 1 |
TOTAL | 890 |
MÁXIMA
TOTAL | |
MANDOS MEDIOS Y SUPERIORES | 191 |
PERSONAL OPERATIVO | 901 |
PERSONAL EVENTUAL | 90 |
PERSONAL PENSIONADO | 1 |
TOTAL | 1183 |
I. Seguro de Vida Institucional para los servidores públicos del Instituto FONACOT.
Cubre los riesgos de fallecimiento, doble indemnización por muerte accidental, muerte colectiva así como beneficio por invalidez total y permanente, de conformidad con lo establecido en la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social, con un periodo de espera para declarar la invalidez total y permanente de 6 meses.
Así como el riesgo de trabajo, la incapacidad permanente y total, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.
Para ambos riesgos, no importará el sexo, edad u ocupación del asegurado. Tampoco se harán exámenes médicos.
Con este seguro se garantiza la seguridad del servidor público o sus beneficiarios, mediante el pago de una suma asegurada básica que consiste en:
Personal operativo: un pago de 40 meses xx xxxxxxx mensual ordinario.
Personal de mando o estructura: Un pago de 40 meses xx xxxxxxx ordinario mensual.
El Instituto FONACOT cubrirá el pago de la prima correspondiente a la cobertura básica.
El servidor público, podrá, voluntariamente y mediante descuento en nómina, incrementar la suma asegurada en 52, 68 ó 100 meses de su percepción mensual.
La suma asegurada de cada servidor público es aplicada al cien por ciento de la percepción ordinaria, no existen requisitos de asegurabilidad.
II. Seguro de Vida para los pensionados.
Cubre el riesgo de fallecimiento del pensionado cualquiera que sea su sexo.
La cobertura básica es equivalente a 12 veces la pensión mensual a la fecha de fallecimiento del asegurado.
El Instituto FONACOT cubrirá el pago de la prima correspondiente a la cobertura básica.
El pensionado podrá, voluntariamente con cargo a su pensión y mediante descuento en la misma, incrementar la suma asegurada a 22, 39 ó 56 veces adicionales de pensión.
La suma asegurada de cada pensionado es aplicada al cien por ciento de su pensión. No existen requisitos de asegurabilidad.
La cobertura del Seguro de Vida, continuará vigente aún cuando los pensionados no cobren tres meses consecutivos de pensión, porque le sea suspendida la misma por falta del pase de vigencia de derechos ante el IMSS. Cuando el jubilado o pensionado se encuentre en este supuesto, el Instituto FONACOT deberá dar aviso a la Aseguradora, informando a partir de qué fecha inicia la suspensión de la pensión y de inmediato deberá dar aviso a la Aseguradora cuando active nuevamente la pensión del jubilado o pensionado.
A los pensionados que reingresen al servicio activo les será cancelado el Seguro de Vida de Pensionados, toda vez que al ingresar a alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal (Poder Ejecutivo), Poder Legislativo y Poder Judicial, le será otorgada nuevamente la prestación del Seguro de Vida Institucional.
El pensionado que laboró en dos Secretarías o Entidades y le contaron para su pensión, únicamente podrá pagar una sola prima básica, sin embargo podrá contratar de las opciones de potenciación la que mejor le convenga.
La renuncia al Seguro de Vida de Pensionados es irrevocable, y deberá efectuarse directamente ante la entidad de Seguridad Social que le corresponda, mediante escrito del pensionado para cancelar la retención del descuento de prima.
Los reclamos de los beneficiarios para el pago de la suma asegurada y las solicitudes de devolución xx xxxxxx por parte de los pensionados, que no sean por causas inherentes al IMSS, deben ser atendidos por la Aseguradora.
2. ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO.
El horario de atención para la orientación a los asegurados y el pago de siniestros, se proporcionará en días y horas hábiles, durante toda la vigencia del contrato. El servicio de atención a los asegurados vía telefónica se deberá proporcionar de lunes a viernes, al menos durante 12 horas. El servicio de atención personal y recepción de documentación deberá ser durante los días hábiles en el horario de atención al público en general. Preferentemente, el servicio de lunes a jueves será al menos de 8 horas hábiles y los viernes al menos de 6 horas hábiles.
La Aseguradora deberá contar con una estructura en la atención de siniestros para garantizar el servicio solicitado en estas bases y cumplir con los tiempos de respuesta establecidos en este punto.
El proceso de administración el cual incluye la baja y alta de asegurados, se describe en el
Anexo 4.3.1 de las presentes Bases.
Asimismo, la Dirección de Desarrollo de Factor Humano del Instituto FONACOT será responsable de la administración completa del contrato directamente con la compañía de seguros que resulte adjudicada, así como de realizar el pago oportuno de la prima correspondiente a su población asegurada de acuerdo a lo descrito en el Anexo 4.3.
Para el inicio de la vigencia, la Convocante entregará a la Aseguradora ganadora, dentro de los cinco días hábiles posteriores contados un día después de la firma del contrato, la base de asegurados para que la Aseguradora ganadora pueda dar de alta en sus sistemas a los
servidores públicos y le dará a conocer, los datos del asesor en seguros que apoyará al Instituto FONACOT para la atención de todos los aspectos relacionados con el seguro en cuestión.
Para la vigencia del presente contrato, la Convocante será responsable de solicitar a sus servidores públicos asegurados, el consentimiento y la designación de beneficiarios, a través del formato que ya les fue entregado. Este formato se requisitará en un original para el expediente del servidor público, el cual será resguardado por la Convocante y una copia para el servidor público sellada por el Área Técnica Correspondiente.
En lo que se refiere a los sistemas con que cuente la compañía de seguros para la administración y prestación de este servicio, será responsabilidad de dicha Aseguradora el buen funcionamiento de su sistema con la finalidad de no interrumpir los servicios requeridos en las presentes bases.
Para la información que proporcione el Instituto FONACOT la compañía de seguros deberá contar con una herramienta contra virus informáticos. El Instituto FONACOT se deslinda de toda responsabilidad por ataque de virus informáticos a los sistemas de la compañía de seguros.
La Aseguradora deberá establecer los mecanismos de control necesarios para garantizar la calidad de la información, el correcto funcionamiento de sus procedimientos, la carga de información y todo lo que sea conveniente para el desarrollo de este seguro, basándose en una metodología de trabajo probada y utilizada en el mercado de tecnologías de información.
En caso de no ser procedente el pago de un siniestro, la compañía de seguros deberá notificar el resultado negativo del dictamen de siniestros al solicitante durante los cinco días hábiles posteriores a la entrega total de la documentación que ampare la reclamación.
El tiempo de respuesta para el pago de los siniestros será de siete días hábiles, una vez que la Aseguradora cuente con la información necesaria.
3. ENTREGABLES.
La Aseguradora dentro de los veinte días hábiles siguientes al inicio de vigencia del contrato, deberá difundir a través de su página de Internet, las condiciones generales del contrato, y deberán permanecer durante toda la vigencia del mismo con la finalidad de que todos los asegurados puedan consultarlos, y, en su caso, imprimirlas.
La Aseguradora deberá entregar a la Convocante, el reporte de siniestralidad consolidado (tanto de servidores públicos como de pensionados), en medio magnético durante los treinta días naturales posteriores al cierre de cada trimestre, detallando lo siguiente:
1 | Nombre del Asegurado |
2 | Causa del Siniestro (fallecimiento o invalidez/incapacidad total y permanente/incapacidad permanente total) |
3 | Fecha del Siniestro |
4 | Fecha en que se reclama el siniestro (reporte) |
5 | Fecha de pago |
6 | Nivel de suma asegurada |
7 | Ultimo sueldo percibido |
8 | Suma Asegurada Pagada |
9 | Dependencia o Entidad del asegurado |
1 0 | Sexo del asegurado |
1 1 | Nivel del asegurado |
1 2 | Tipo de asegurado (servidor público o pensionista) |
La Aseguradora ganadora deberá entregar a la Convocante, a través de la Dirección de Desarrollo de Factor Humano, el reporte de pago xx xxxxxx y la colectividad asegurada (tanto de servidores públicos como de pensionados), en medio magnético, durante los treinta días naturales posteriores al cierre de cada trimestre, detallando lo siguiente:
a. Personal en Activo: Nombre Completo del beneficiario, Registro Federal de Contribuyentes, CURP, Sexo, Nivel Tabular, Percepción Ordinaria Bruta Mensual, Porcentaje de la Prima Básica, Importe de Prima Básica Trimestral, Porcentaje de la Prima Potenciada, Importe de Prima Potenciada Trimestral, e Importe de la Prima Total Pagada por el Trimestre.
b. Personal Pensionado: Nombre Completo del beneficiario, Registro Federal de Contribuyentes, CURP, Sexo, Importe de la Pensión Mensual, Porcentaje de la Prima Básica, Importe de Prima Básica Trimestral, Porcentaje de la Prima Potenciada, Importe de Prima Potenciada Trimestral e Importe de la Prima Total Pagada por el Trimestre.
4. CARACTERÍSTICAS DE LOS ASEGURADOS QUE CONFORMARÁN EL GRUPO ASEGURABLE PARA EL SERVICIO DESCRITO DE LAS PRESENTES BASES.
Los asegurados que integrarán el grupo asegurado de las presentes bases para este seguro corresponderán a los servidores públicos y pensionados del Instituto FONACOT.
INFORMACIÓN TÉCNICA ADICIONAL
INFORMACIÓN TÉCNICA ADICIONAL. SERVIDORES PÚBLICOS.
Archivo que contendrá:
1. Régimen laboral;
2. RFC con homoclave;
3. Sexo;
4. Percepción ordinaria;
5. Meses potenciados (52, 68 ó 100 de percepción ordinaria);
6. Total de meses asegurados, y
7. Entidad federativa.
Con esta información se va a obtener y proporcionar a las Aseguradoras:
a) Edad promedio global por sexo;
b) Porcentaje global de hombres y mujeres;
c) Porcentaje global de asegurados que contratan potenciación;
d) Porcentaje de asegurados global que contratan potenciación por tipo (52, 68 ó 100);
e) Percepción ordinaria promedio global, y
f) Distribución de la población global.
PENSIONADOS.
1. Denominación;
2. Ramo;
3. Registro Federal de Contribuyentes;
4. Edad;
5. Fecha de inicio de la Pensión;
6. Tipo de pensión;
7. Monto de la Pensión;
8. Meses de la cobertura básica;
9. Meses potenciados, y
10. Total de meses asegurados.
SINIESTRALIDAD.
Detalle de la siniestralidad registrada durante 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008.
A N E X O 4.2.
CONDICIONES GENERALES QUE INTEGRAN EL SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL CONDICIONES GENERALES QUE INTEGRAN EL SERVICIO SOLICITADO.
Las condiciones generales que integran el Seguro de Vida Institucional que deberá otorgar la
compañía de seguros para este contrato, se describen en el Anexo 4.3. Dichas condiciones generales, deberán ser aplicables para la interpretación del contenido de las presentes bases y deberán formar parte del contrato del Seguro de Vida Institucional que se indica en el Anexo 4.3.
Primera. Colectividad asegurada.
a) Los servidores públicos que presten sus servicios al Instituto FONACOT serán integrantes de la colectividad asegurada.
b) Los pensionados y jubilados del Instituto FONACOT serán integrantes de la colectividad asegurada, cualquiera que sea su edad o sexo.
Quedan expresamente excluidos de este seguro:
Las personas que prestando sus servicios a favor del Instituto FONACOT, perciban sus emolumentos por honorarios.
Segunda. Suma asegurada para servidores públicos.
La Aseguradora pagará por concepto de suma asegurada, con motivo del fallecimiento o de invalidez total y permanente, o muerte colectiva el monto equivalente a un pago de 40 meses xx xxxxxxx mensual ordinario para el Personal operativo, y un pago de 40 meses de percepción ordinaria mensual para el caso de Personal de mando o estructura, al momento de ocurrir el siniestro.
I. Con motivo del fallecimiento del asegurado, directamente a los beneficiarios designados por él mismo; y
II. Tratándose de incapacidad total y permanente al propio asegurado.
Cuando un servidor público cobre la suma asegurada por incapacidad total y permanente, invalidez o incapacidad permanente total, y llegara a reincorporarse a la vida laboral, únicamente tendrá derecho al seguro de vida institucional por la cobertura de vida, sin el beneficio nuevamente de incapacidad total y permanente, invalidez o incapacidad permanente total.
Es responsabilidad del Instituto FONACOT llevar el control de aquellos servidores públicos que se reincorporen a laborar después de habérseles dictaminado una incapacidad total y permanente, invalidez o incapacidad permanente total, a fin de que se le informe al servidor público, que el Seguro de Vida Institucional únicamente lo cubrirá por fallecimiento.
Es responsabilidad de la Aseguradora llevar el control de aquellos servidores públicos que ya hayan cobrado la cobertura del seguro por incapacidad total y permanente o invalidez o incapacidad permanente total del seguro, para que en el supuesto de volvérseles a dictaminar otra incapacidad total y permanente o invalidez o incapacidad permanente, no cobren dos veces la suma asegurada, ya que en este supuesto únicamente tendrán derecho a la cobertura de fallecimiento.
El pago del importe total de las mencionadas sumas aseguradas, se realizará en una sola exhibición, directamente a los beneficiarios que haya designado el asegurado.
Tercera. Suma asegurada para pensionados.
La Aseguradora pagará por concepto de suma asegurada, con motivo del fallecimiento del pensionado o jubilado asegurado, el monto equivalente a dieciocho veces el importe de su pensión mensual al momento de ocurrir el siniestro.
El pago del importe total de la mencionada suma asegurada, se realizará en una sola exhibición, directamente a los beneficiarios que haya designado el pensionado.
Cuarta. Beneficio de Exención de pago xx xxxxxx (BEPP).
Al asegurado que sea indemnizado por la cobertura de invalidez total y permanente le será otorgado por la Compañía de Seguros una póliza individual de vida vitalicia por la misma suma asegurada contratada en su cobertura básica sin costo alguno para el Instituto ni para el xxxxxxxxx.Xx edad máxima de aceptación es a los 64 años y se cancelará al cumplir 65 años.
Quinta. Percepción Ordinaria, Salario Mensual Ordinario y Pensión.
La percepción ordinaria, salario mensual ordinario y la pensión que servirán de base para determinar el importe de la suma asegurada será la que esté consignada en el respectivo comprobante de pago del servidor público, al momento de ocurrir el siniestro. La ASEGURADORA, deberá de verificar esa percepción con la reportada en los formatos “Reporte trimestral de pagos” y “Reporte de movimientos de personal”.
La Aseguradora deberá verificar en los mencionados comprobantes de pago, que la percepción ordinaria, salario mensual ordinario o la pensión no consignen pagos retroactivos u otros que
afecten la suma asegurada. En caso de duda deberá de acudir a la Dirección de Desarrollo de Factor Humano.
Sexta. Consentimiento para ser asegurado y designación de beneficiarios.
Cualquier miembro de la colectividad asegurada deberá requisitar el formato de consentimiento para ser asegurado y deberá hacer designación de beneficiarios, mediante el formato establecido en el ANEXO I.4 el cual deberá de entregar al Instituto FONACOT, caso de no hacerlo, no será responsabilidad para el Instituto FONACOT, cuando suceda un siniestro.
El servidor público requisitará el formato denominado “Consentimiento y Designación de Beneficiarios”, establecido en el Anexo I.6. El original se entregará al Instituto FONACOT, a través de la Dirección de Desarrollo de Factor Humano, para que lo integre a su expediente de personal y lo resguarde, al momento de recibirlo la Dirección de Desarrollo de Factor Humano, le entregará una copia sellada.
El asegurado podrá hacer cambio de beneficiarios en cualquier momento, para lo cual deberá de requisitar nuevamente el formato denominado “Formato de Consentimiento y Designación de Beneficiarios” y entregarlo en la Dirección de Desarrollo de Factor Humano para su resguardo. En caso de no hacerlo oportunamente y se pague el importe del seguro al último beneficiario que la Aseguradora haya tenido conocimiento, será sin responsabilidad alguna para ésta. La Aseguradora pagará el importe del seguro al último beneficiario que tuvo conocimiento.
El derecho de revocar la designación de beneficiarios, cesará solamente cuando el asegurado haga renuncia de él y, además conste en el certificado respectivo, debiendo comunicarla el asegurado por escrito al beneficiario y a la Dirección de Desarrollo de Factor Humano.
Cuando se nombre exclusivamente un beneficiario y éste fallezca antes o al mismo tiempo que el servidor público asegurado y no exista designación de otro beneficiario, el importe del seguro se pagará a la sucesión del asegurado, salvo pacto en contrario o que hubiere renunciado al derecho de revocar la designación de beneficiarios.
Cuando existan varios beneficiarios, la parte del que fallezca antes o al mismo tiempo que el asegurado, acrecentará por partes iguales la de los demás.
La designación de beneficiarios otorgada por el servidor público en el consentimiento del Seguro de Vida Institucional, será la que se utilizará para pagar la suma asegurada, tanto de la prima básica como de la prima potenciada.
Séptima. Baja del servicio.
Al separarse el servidor público asegurado del servicio activo en el Instituto FONACOT, automáticamente causará baja de este seguro, salvo que dicha separación tenga como causa inmediata la pensión por jubilación del trabajador y desee continuar asegurado.
En todo caso, los pensionados que deseen continuar asegurados, quedarán protegidos sólo por el riesgo de fallecimiento, con una suma asegurada equivalente a dieciocho veces el monto de su pensión mensual a la fecha del siniestro.
Este derecho deberá ejercerse a más tardar dentro de los noventa días hábiles siguientes a aquél en que el servidor público cause baja del servicio activo con derecho a pensión.
Octava. Seguro de ex empleados del Instituto FONACOT (CONVERSIÓN).
En caso de separación definitiva de la colectividad asegurada, la persona de que se trate, sin examen médico y por una sola vez, podrá si así lo desea, continuar protegida pasando a formar parte de la cartera de seguro de vida individual de la Aseguradora, con los beneficios que la Aseguradora y el servidor público acuerden, siempre que su edad esté comprendida dentro de los límites de admisión establecidos en la misma. Para ejercer este derecho, la persona separada de la colectividad deberá presentar su solicitud a la Aseguradora dentro de los treinta días hábiles siguientes a su separación.
La suma asegurada contratada por el ex empleado deberá ser la misma con la que contaba en el Instituto, a excepción de que él decida lo contrario, solicitará otra suma asegurada, mayor o menor a la que tenía. El pago de la prima de este seguro correrá por cuenta de éste último.
Novena. Pago de suma asegurada.
Al ocurrir el siniestro del asegurado, la Aseguradora pagará a los beneficiarios designados, el monto de la suma asegurada que corresponda, dentro de los siete días hábiles. Para tal efecto, el beneficiario deberá entregar la documentación siguiente:
a) Copia certificada del acta de defunción del asegurado;
b) Xxxxxx comprobante de pago del asegurado o uno anterior a éste. Para el caso de pensionados asegurados, comprobante del último pago de pensión que hubiere percibido o uno anterior a éste;
c) Solicitud de pago del beneficiario o carta dirigida a la Aseguradora en donde solicite el pago de la suma asegurada, este documento deberá tener nombre del asegurado y su RFC con homoclave;
d) Identificación oficial del beneficiario y del asegurado (Credencial del IFE, pasaporte, cartilla y/o cédula profesional) del beneficiario, en caso de que el domicilio no sea igual al manifestado en la credencial del IFE, se anexará comprobante de domicilio (último recibo telefónico, de luz, de pago de impuesto predial), y
e) Original de la designación de beneficiarios o copia certificada por el área Jurídica.
f) En caso de que el beneficiario sea cónyuge deberá presentar copia certificada u original del acta de matrimonio.
En caso de extravío del comprobante de pago, el Instituto FONACOT, expedirá al asegurado una constancia que tendrá la misma validez que el comprobante de pago.
Para el pago de la suma asegurada por incapacidad total y permanente o invalidez o incapacidad permanente total del servidor público asegurado, se deberá entregar a la Aseguradora la misma documentación anteriormente descrita, a excepción de la copia certificada del acta de defunción, en su lugar se entregará una copia certificada del dictamen de incapacidad total y permanente, o en su caso invalidez expedido por el IMSS o Carta del médico privado tratante junto con los estudios que comprueben la invalidez total y permanente.
En caso de fallecimiento en el extranjero, y en el supuesto de que no se expidan actas de defunción, la Aseguradora, aceptará el documento expedido por la autoridad del país donde falleció.
En el supuesto de que la Aseguradora, no obstante haber recibido los documentos anteriormente mencionados, no cumpla con la obligación de pagar la suma Aseguradora dentro del plazo legal establecido para su exigibilidad, se estará a lo dispuesto en el artículo 135 bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
Décima. Formas de pago
La Aseguradora pagará al asegurado o a sus beneficiarios, a través de sus centros de servicio, o en las oficinas de las representaciones, si es que las tiene o a través de promotorías, por medio de depósito en cuenta, para lo cual el asegurado o el beneficiario deberá presentar una copia del estado de cuenta en donde se identifique la CLABE y el Banco, o a través de cheque, el cual se puede enviar por correo certificado al domicilio del asegurado o del beneficiario.
Décima primera. Suspensión de los efectos del nombramiento.
a) Cuando un servidor público haya sido objeto de prisión preventiva seguida de sentencia absolutoria ejecutoriada, tendrá derecho a pagar a la Aseguradora el costo de la cobertura
básica y, en su caso el incremento de suma asegurada (potenciación), durante el tiempo que duró en prisión preventiva, para lo cual la Aseguradora realizará el cálculo xx xxxxxx y le informará por escrito, a cuánto asciende el pago, la fecha límite para cubrirlo y la cuenta en donde tiene que depositarlo.
b) Cuando un servidor público haya sido objeto de suspensión o cese, y haya obtenido una resolución firme favorable, o en su caso el juicio administrativo y la autoridad ordene la retroacción de los efectos del cese o de la suspensión, mediante resolución firme y ejecutoriada, el Instituto FONACOT pagará el costo de la cobertura básica, y el servidor público tendrá derecho a pagar el costo de la cobertura potenciada durante todo el tiempo que duró el procedimiento o juicio. En este caso la Aseguradora aceptará el pago xx xxxxxx tanto básica como potenciada (en caso de que la haya tenido) de forma retroactiva.
Décima tercera. Pagos retroactivos xx xxxxxx.
Siempre y cuando se haya realizado el descuento al servidor público o pensionado correspondiente a la prima básica o, en su caso, potenciada y la Aseguradora argumente no haber recibido dicho pago por parte del Instituto FONACOT, bastará que el servidor público o el pensionado presente ante la Aseguradora su recibo de pago en donde refleje el descuento del seguro para que la Aseguradora acepte el pago retroactivo de las primas adeudadas por parte del Instituto FONACOT.
Décima cuarta. Suma asegurada potenciada.
Servidores públicos
La Contratante y la Aseguradora convienen que los servidores públicos protegidos por este seguro, podrán hacer aportaciones adicionales de prima con cargo a su salario a través del sistema de nómina, que se aplicarán al incremento de la suma asegurada de la cobertura de vida, incapacidad total y permanente, invalidez e incapacidad permanente total a que se hace mérito en este instrumento.
El incremento de suma asegurada (potenciación) para los servidores públicos podrá ser de 52, 68 y 100 meses de su percepción mensual al momento del siniestro.
El Instituto FONACOT durante la primera quincena posterior al fallo, deberá hacer del conocimiento de los servidores públicos los costos de las primas por incremento de suma asegurada (potenciación) y en el lapso de 60 días naturales, posteriores a la primera quincena posterior al fallo, deberá recabar, en caso de que el servidor público desee potenciar su seguro, la autorización para el descuento en nómina y entero a la Aseguradora de la potenciación elegida. En tanto el Instituto FONACOT no cuente con esta autorización, no podrá aplicar ningún descuento de la percepción ordinaria del servidor público.
El descuento será a partir de la fecha en que el servidor público firme el documento de autorización, únicamente procederán descuentos retroactivos para empatar la fecha en que el servidor público otorgó la autorización.
Para este efecto, la dependencia remitirá al Instituto FONACOT el formato que se deberá requisitar para obtener la autorización de descuento del servidor público. Será responsabilidad de la Dirección de Desarrollo de Factor Humano recabar la autorización de los servidores públicos.
Pensionados
La Contratante y la Aseguradora convienen que los pensionados protegidos por este seguro, podrán hacer aportaciones adicionales de prima con cargo a su pensión a través del sistema nómina, que se aplicará al incremento de la suma asegurada de la cobertura de vida a que se hace mérito en este instrumento.
El incremento de suma asegurada para los pensionados podrá ser de 22, 39 ó 56 meses de su pensión mensual al momento del siniestro.
El Instituto FONACOT durante la primera quincena posterior al fallo deberá de hacer del conocimiento de los pensionados los costos de las primas por incremento de suma asegurada (potenciación) y en el lapso de noventa días naturales deberán recabar, en caso de que el pensionado desee potenciar su seguro, la autorización para el descuento en nómina y entero a la Aseguradora de la potenciación elegida. En tanto el IMSS no cuente con esta autorización, no podrá aplicar ningún descuento por potenciación de la pensión del pensionado.
El descuento será a partir de la fecha en que el pensionado firme el documento de autorización, únicamente procederán descuentos retroactivos para empatar la fecha en que el pensionado otorgó la autorización.
Para este efecto, la dependencia remitirá al Instituto FONACOT el formato que se deberá requisitar para obtener la autorización de descuento del pensionado.
Será responsabilidad del Instituto FONACOT recabar la autorización de los pensionados e informar a la Dirección de Desarrollo de Factor Humano del Instituto FONACOT , a más tardar el XXXX de XXXX del presente año, el número de autorizaciones recabadas del total de la colectividad asegurada.
Décima quinta. Bajas de los servidores públicos por incapacidad total y permanente.
El Instituto FONACOT, cuando el servidor público les entregue el dictamen por incapacidad total y permanente, deberá de operar la baja del servidor público, un día después de la fecha en que se le dictaminó cualquiera de los estados de salud anteriormente mencionados.
Décima sexta. Vigencia.
El presente contrato tiene una vigencia a partir de las doce horas del día XXXX del mes de XXXX de dos mil nueve y concluye a las doce horas del día treinta y uno de diciembre de dos mil nueve.
Décima séptima. Ampliación de la vigencia.
Con fundamento en el artículo 52 de la Ley, se podrán celebrar convenios modificatorios al contrato que se derive de esta licitación, sin tener que recurrir a una nueva licitación, y deberá de formalizarse por escrito siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en los mismos, respetando las primas pactadas originalmente; así como que se cuente con la disponibilidad presupuestal correspondiente; modificaciones que podrán hacerse en cualquier tiempo, siempre y cuando se realicen éstas antes de que concluya la vigencia del contrato.
Con la finalidad de mantener unida a la colectividad del Seguro de Vida Institucional, sólo se podrá ampliar la vigencia del servicio para todos los integrantes del contrato, es decir no podrán hacerse modificaciones con sólo algunos participantes.
En dicha ampliación no podrá incrementarse el monto de la prima y la aseguradora continuará prestando el servicio en las mismas condiciones pactadas.
Cualquier modificación, deberá formalizarse mediante convenio y por escrito, mismo que será suscrito por los servidores públicos que lo hayan hecho en el contrato de servicios, quienes los sustituyan o estén facultados para ello.
Décima octava. Modificaciones al contrato.
De acuerdo a lo estipulado en el artículo 36-D de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Xxxxxxx, se podrán realizar cambios en el contrato que determine la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, sin que esto contravenga lo previsto en el artículo 52 de la Ley.
Décima novena. Rectificación de la póliza.
El artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Xxxxxx, se transcribe en su integridad, de conformidad con lo previsto por el artículo 26 de la Ley indicada:
“Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”.
Vigésima. Moneda.
Todos los pagos relativos a este seguro, ya sean por parte del Instituto FONACOT, el asegurado o la Aseguradora, se harán en moneda nacional.
Vigésima primera. Prescripción.
Todas las acciones que se deriven de este contrato de seguro prescribirán en el plazo establecido en el artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, desde la fecha del acontecimiento que les dio origen, salvo los casos de excepción consignados en el artículo 82 de la misma Ley.
El plazo que trata el párrafo anterior no correrá en caso de omisión, falsas o inexactas declaraciones sobre el riesgo ocurrido, sino desde el día en que la Aseguradora haya tenido conocimiento de él y, si se trata de la realización del siniestro, desde el día en que haya llegado a conocimiento de los interesados, quienes deberán demostrar que hasta entonces ignoraban dicha realización. Tratándose de terceros beneficiarios se necesitará además, que éstos tengan conocimiento del derecho constituido en su favor.
La prescripción se interrumpirá no sólo por las causas ordinarias, sino también por la iniciación del procedimiento señalado por el artículo 66 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
Vigésima segunda. Retención de Impuesto Sobre la Renta a la suma asegurada.
Artículo 167, fracción XVI, Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Se entiende que, entre otros, son ingresos en los términos de este Capítulo los siguientes:
XVI. Las cantidades que paguen las instituciones de seguros a los asegurados o a sus beneficiarios, que no se consideren intereses ni indemnizaciones a que se refiere la fracción XVII del artículo 109 y el artículo 158 de esta Ley, independientemente del nombre con el que se les designe, siempre que la prima haya sido pagada por el empleador, así como las que correspondan al excedente determinado conforme al segundo párrafo de la fracción XVII del
artículo 109 de esta Ley. En este caso las instituciones de seguros deberán efectuar una retención aplicando la tasa del 20% sobre el monto de las cantidades pagadas, sin deducción alguna.
Cuando las personas no estén obligadas a presentar declaración anual, la retención efectuada se considerará como pago definitivo. Cuando dichas personas opten por presentar declaración del ejercicio, acumularán las cantidades a que se refiere el párrafo anterior a sus demás ingresos, en cuyo caso podrán acreditar contra el impuesto que resulte a su cargo, el monto de la retención efectuada en los términos del párrafo anterior.
A N E X O 4.3.
PROCEDIMIENTO DE ADMINISTRACIÓN, MOVIMIENTOS Y PAGOS DEL SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL POR PARTE DEL INSTITUTO FONACOT
De los Movimientos en el Plan Básico.
La Dirección de Desarrollo de Factor Humano informará a la Aseguradora, a través de medio magnético, en archivo de Excel, Formato Reporte de Movimientos de Personal (Anexo 4.3.1) y Formato Reporte de Correcciones (Anexo 4.3.2) en los tiempos establecidos en las condiciones generales, los siguientes movimientos:
Movimientos de Alta de asegurados. Movimiento de Cambio de Nivel.
Movimientos de Baja de asegurados. Correcciones de datos del asegurado.
ANEXO 4.3.1 REPORTE DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL
ANEXO 4.3.1 REPORTE DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL
Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores FECHA DE NÚMERO DE PÓLIZA:
1 2 3 4 5
6 7 8
DATOS DEL
APELLIDO PATERN | APELLIDO MATERN | NOMBRE | NOMBRE | FECHA DE NACIMIENT | RF | HOMOCLAV | CUR | SEXO | NIVEL TABULA | FECHA EN QU CAUSA EFECTO EL MOVIMIENT | E PERCEPCION ORDINARIA BRUTA MENSUA | PORCENTAJE D LA PRIMA | EIMPORTE DE PRIMA BASIC MENSUAL | A MESES POTENCIADOS | PORCENTAJE D LA PRIMA POTENCIAD | E IMPORTE DE PRIMA POTENCIADA QUINCENA | TOTAL DE MES ASEGURADO | ES TIPO DE MOVIMIENT |
9 10 11 12
13 14 15
16 17
18 19
INSTRUCTIVO DEL ANEXO 4.3.1 REPORTE DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL
NOMBRE | TIPO DE CELDA | DESCRIPCION DEL LLENADO |
COLUMNA (1) Apellido Paterno | Texto Mayúsculas | Escribir sin acentos, ni abreviaturas |
COLUMNA (2) Apellido Materno | Texto Mayúsculas | Escribir sin acentos, ni abreviaturas. |
COLUMNA (3) Nombre 1 | Texto Mayúsculas | Escribir nombres completos sin acentos, ni abreviaturas Todos los registros llevan nombre Nombres compuestos por dos o mas palabras deben ir en una sola celda |
COLUMNA (4) Nombre 2 | Texto Mayúsculas | Escribir nombres completos sin acentos, ni abreviaturas. Se escribe a partir del 2º nombre de la persona, acompañado de un 3º ó mas, de ser así. |
COLUMNA (5) Fecha de | Numérico, | Se compone por 8 dígitos numéricos Orden: AAAAMMDD |
Nacimiento | Escribir sin líneas diagonales, líneas horizontales o espacios en blanco. Es importante validar que la fecha de nacimiento del Titular debe ser la misma en lo que corresponde a la parte numérica que compone el RFC. | |||||||
COLUMNA (6) RFC | | Alfanumérico Mayúsculas | La clave del RFC es la cadena de caracteres que se compone de 4 letras y 6 dígitos numéricos. LLLLAAMMDD Los digitos númericos deberán de estar conciliados con la fecha de nacimiento. Escribir sin líneas diagonales, líneas horizontales o espacios en blanco | |||||
COLUMNA (7) Homoclave | | Alfanúmerico Mayúsculas | La Homoclave son los tres últimos caracteres alfanuméricos de cualquier RFC. Escribir sin líneas diagonales, líneas horizontales o espacios en blanco | |||||
COLUMNA (8) CURP | Alfanúmerico | Clave Única de Registro de Población (18 caracteres) Escribir sin líneas diagonales, líneas horizontales o espacios en blanco. | ||||||
COLUMNA (9) Sexo | | Texto Mayúsculas | Se deberá indicar en todos los registros la naturaleza del sexo de la persona, ya sea el caso, se determina que la persona es masculino (M) o femenino (F). | |||||
COLUMNA (10) Nivel Tabular | | Alfanúmerico Mayúsculas | Es el indicador del Grupo Jerárquico de conformidad a los tabulares autorizados. Tomar encuenta que no pueden ir otros niveles diferentes a los autorizados. | |||||
COLUMNA (11) Fecha en que Causa Efecto el Movimiento | | Numérico | Se compone solamente por 8 dígitos numéricos Orden: AAAAMMDD Escribir sin líneas diagonales, líneas horizontales o espacios en blanco. Fecha en que la dependencia operó en la nómina el movimiento de alta, baja o cambio de nivel del servidor público. | |||||
COLUMNA (12) Percepción Ordinaria Bruta Mensual | | Numérico | Es la remuneración que recibe el servidor público por su trabajo, se compone xxx xxxxxx base más compensación garantizada. Con dos decimales | |||||
COLUMNA (13) Porcentaje de | | Numérico | Porcentaje ordinaria | que bruta | se aplica mensual | a para | la | percepción determinar el |
la Prima Básica | importe de la prima básica a pagar. | |
COLUMNA (14) Importe de Prima Básica Mensual | Numérico | Importe que resulta de multiplicar el porcentaje de la prima básica por la percepción ordinaria bruta mensual. Con dos decimales. |
COLUMNA (15) Meses Potenciados | Numérico | Número de meses elegidos por el servidor público por concepto del plan de potenciación. |
COLUMNA (16) Porcentaje de Prima Potenciada | Numérico | Porcentaje que se aplica a la percepción ordinaria bruta mensual para determinar el importe de la prima de potenciación a pagar. |
COLUMNA (17) Importe de la Prima Potenciada Quincenal | Numérico, | Importe que resulta de multiplicar el porcentaje de la prima potenciada por la percepción ordinaria bruta mensual, dividida entre dos. Con dos decimales |
COLUMNA (18) Total de Meses Asegurados | Numérico | Es la suma del número de meses de la suma asegurada básica, más el número de meses de la suma asegurada potenciada. |
COLUMNA (19) Tipo de Movimiento | Texto Mayúsculas | Se deberá de anotar, alta, baja o cambio de nivel. |
ANEXO 4.3.2 REPORTE DE CORRECCIONES
ANEXO 1.3.2 REPORTE DE
Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores FECHA DE
NÚMERO DE PÓLIZA:
APELLIDO PATERN | APELLIDO MATERN | NOMBRE | NOMBRE | FECHA DE NACIMIENT | RF | HOMOCLAV | CUR | SEXO | NIVEL TABULAR | FECHA EN QU CAUSA EFECTO EL MOVIMIENT | E PERCEPCION ORDINARIA BRUTA MENSUA | PORCENTAJE D LA PRIMA | EIMPORTE DE PRIMA BASIC MENSUA | A MESES POTENCIADOS | PORCENTAJE D LA PRIMA POTENCIAD | E IMPORTE DE PRIMA POTENCIADA QUINCENA | TOTAL DE MESES ASEGURADO | ||
DEBE |
1 2 3 4
5 6 7
8 9 10 11 12 13
14 15 16 17
18 19
XXXX DEBE DICE DEBE DICE DEBE DICE DEBE DICE DEBE DICE DEBE DICE DEBE DICE DEBE DICE DEBE DICE DEBE DICE
INSTRUCTIVO DEL ANEXO 4.3.2 REPORTE DE CORRECCIONES
NOMBRE | TIPO DE CELDA | DESCRIPCION DEL LLENADO |
COLUMNA (1) DICE: DEBE DECIR | Texto Mayusculas | DICE: Escribir todos los datos de las celdas sin correcciones. DEBE DECIR: Escribir solo el o los datos que se corriguen, en la celda correspondiente. |
COLUMNA (2) Apellido Paterno | Texto Mayúsculas | Escribir sin acentos, ni abreviaturas |
COLUMNA (3) Apellido Materno | Texto Mayúsculas | Escribir sin acentos, ni abreviaturas. |
COLUMNA (4) Nombre 1 | Texto Mayúsculas | Escribir nombres completos sin acentos, ni abreviaturas Todos los registros llevan nombre Nombres compuestos por dos o mas palabras deben ir en una sola celda |
COLUMNA (5) | Texto | Escribir nombres completos sin acentos, ni |
Nombre 2 | Mayúsculas | abreviaturas. Se escribe a partir del 2º nombre de la persona, acompañado de un 3º ó mas, de ser así. |
COLUMNA (6) Fecha de Nacimiento | Numérico | Se compone por 8 dígitos numéricos Orden: AAAAMMDD Escribir sin líneas diagonales, líneas horizontales o espacios en blanco. Es importante validar que la fecha de nacimiento del Titular debe ser la misma en lo que corresponde a la parte numérica que compone el RFC. |
COLUMNA (7) RFC | Alfanumérico Mayúsculas | La clave del RFC es la cadena de caracteres que se compone de 4 letras y 6 dígitos numéricos. LLLLAAMMDD Los digitos númericos deberán de estar conciliados con la fecha de nacimiento. Escribir sin líneas diagonales, líneas horizontales o espacios en blanco |
COLUMNA (8) Homoclave | Alfanumérico Mayúsculas | La Homoclave son los tres últimos caracteres alfanuméricos de cualquier RFC. Escribir sin líneas diagonales, líneas horizontales o espacios en blanco |
COLUMNA (9) CURP | Alfanumérico | Clave Única de Registro de Población (18 caracteres) Escribir sin líneas diagonales, líneas horizontales o espacios en blanco. |
COLUMNA (10) Sexo | Texto Mayúsculas | Se deberá indicar en todos los registros la naturaleza del sexo de la persona, ya sea el caso, se determina que la persona es masculino (M) o femenino (F). |
COLUMNA (11) Nivel Tabular | Alfanúmerico Mayúsculas | Es el indicador del Grupo Jerarquico de conformidad a los tabulares autorizados. Tomar encuenta que no pueden ir otros niveles diferentes a los autorizados. |
COLUMNA (12) Fecha en que Causa Efecto el Movimiento | Numérico | Se compone solamente por 8 dígitos numéricos Orden: AAAAMMDD Escribir sin líneas diagonales, líneas horizontales o espacios en blanco. Fecha en que la dependencia operó en la nómina el movimiento de alta, baja o cambio de nivel del servidor público. |
COLUMNA (13) | Numérico | Es la remuneración que recibe el servidor público |
Percepción Ordinaria Bruta Mensual | por su trabajo, se compone xxx xxxxxx base más compensación garantizada. Con dos decimales | |
COLUMNA (14) Porcentaje de la Prima Básica Mensual | Numérico | Porcentaje que se aplica a la percepción ordinaria bruta mensual para determinar el importe de la prima básica a pagar. |
COLUMNA (15) Importe de Prima Básica Mensual | Numérico | Importe que resulta de multiplicar el porcentaje de la prima básica por la percepción ordinaria bruta mensual. Con dos decimales. |
COLUMNA (16) Meses Potenciados | Numérico | Número de meses elegidos por el servidor público por concepto del plan de potenciación. |
COLUMNA (17) Porcentaje de Prima Potenciada | Numérico | Porcentaje que se aplica a la percepción ordinaria bruta mensual para determinar el importe de la prima de potenciación a pagar. |
COLUMNA (18) Importe de la Prima Potenciada Quincenal | Numérico, | Importe que resulta de multiplicar el porcentaje de la prima potenciada por la percepción ordinaria bruta mensual, dividida entre dos. Con dos decimales |
COLUMNA (19) Total de Meses Asegurados | Numérico | Es la suma del número de meses de la suma asegurada básica, más el número de meses de la suma asegurada potenciada. |
ANEXO 4.3.3. REPORTE DE AJUSTES DE PRIMA
ANEXO 4.3.3. REPORTE DE AJUSTES DE PRIMA
Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores Periodo de Reporte:
Número de Póliza: Fecha de elaboración:
ALTAS Y BAJAS
APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO | NOMBRE(s) | TIPO DE MOVIMIENTO | RFC | CURP | FECHA EN QUE CAUSA EFECTO EL MOVIMIENTO | IMPORTE DE PAGO DE PRIMA QUINCENAL | NUMERO DE QUINCENAS A APLICAR | IMPORTE DE PAGO DE PRIMA CATORCENAL | NUMERO DE CATORCENAS A APLICAR | IMPORTE A PAGAR |
CAMBIO DE NIVEL
APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO | NOMBRE( s) | TIPO DE MOVIMIENT O | RF C | CURP | FECHA EN QUE CAUSA EFECTO EL MOVIMIENT O | IMPORTE DE PAGO DE PRIMA QUINCENAL | DIFEREN CIA XX XXXXXX | NUMERO DE QUINCENA S A APLICAR | IMPORTE DE PAGO DE PRIMA CATORCENAL | DIFERE NCIA XX XXXXXX | NUMERO DE CATORCENA S A APLICAR | IMPORTE A PAGAR |
CORRECCIONES
APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO | NOMBRE(s) | TIPO DE MOVIMIENTO | RFC | CURP | FECHA EN QUE CAUSA EFECTO EL MOVIMIENTO | IMPORTE DE PAGO DE PRIMA QUINCENAL | IMPORTE DE PAGO DE PRIMA CATORCENAL | NUMERO DE QUINCENAS | IMPORTE A PAGAR | ||
DICE | DEBE DECIR | DICE | DEBE DECIR | |||||||||
POTENCIACION
APELLIDO PATERNO | APELLID X XXXXXX O | NOMBRE(s) | TIPO DE MOVIMIENTO | RFC | CUR P | FECHA EN QUE CAUSA EFECTO EL MOVIMIENT O | IMPORTE DE PAGO DE PRIMA POTENCIADA | PRIMA QUINCENAL POR POTENCIACION | PRIMA CATORCENAL POR POTENCIACION | DIFERE NCIAS | NUMERO DE QUINCEN AS | IMPORTE A PAGAR | |||
DICE | DEBE DECIR | DICE | DEBE DECIR | DICE | DEBE DECIR | ||||||||||
A N E X O 4.4.
FORMATOS DE CONSENTIMIENTO PARA EL SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL DE LOS SERVIDORES PUBLICOS Y PENSIONADOS
CONSENTIMIENTO PARA SER ASEGURADO Y DESIGNACION BENEFICIARIOS DEL SEGURO INSTITUCIONAL DE VIDA EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS | NUM. DE | ||||||
OTORGA COMO PRESTACION A LOS SERVIDORES | |||||||
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES CON | |||||||
FAVOR DE LLENAR CLARAMENTE CON LETRA DE MOLDE O A | CLAVE UNICA DE REGISTRO DE | ||||||
Nombre de la Dependencia o Entidad a la que pertenece el servidor público | |||||||
SUMA ASEGURADA EN MESES | |||||||
SUMA 4 | SUMA POTENCIAD | TOTA | |||||
ALTA EN LA DEPENDENCIA | |||||||
PARENTESC | |||||||
APELLIDO | APELLIDO | NOMBRE % | |||||
EXPRESAMENTE OTORGO A NOMBRE DE SOLO CUANDO EL ASEGURADO NO PUEDA DEPENDENCIA O ENTIDAD, MI PARA SER ASEGURADO EN LA POLIZA DE INSTITUCION DE VIDA, QUE CONTRATE CON INSTITUCIONES DE SEGUROS QUE CORRESPONDA FIRMA DEL HUELLA XXX XXXXXX Lugar y fecha en que se firma este a de ESTE CONSENTIMIENTO Y DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS SURTIRÁ SUS EFECTOS E INICIARÁ SU VALIDEZ A PARTIR DEL DE | DE | . |
*BENEFICIARIOS
En el caso de que se desee nombrar como beneficiarios a menores de , no se debe señalar a un mayor de edad como representante de los menores para qu , en su , cobre la .
Lo anterior porque las legislaciones civiles previenen la forma en que debe designarse tutores, albaceas, representantes de herederos u otros cargos consideran al contrato de seguro como el instrumento adecuado para tales
La designación que se hiciera de un mayor de edad como representante de menores , durante la minoría de edad de , legalmente puede implicar se nombra beneficiario al mayor de , quien en todo caso sólo tendría una obligación , pues la designación que se hace de beneficiarios en un contrato seguro le concede el derecho incondicionado de disponer de la suma
CONSENTIMIENTO PARA SER ASEGURADO Y DESIGNACION BENEFICIARIOS DEL SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS | NUM. DE | |||||||
OTORGA COMO PRESTACION A LOS SERVIDORES | ||||||||
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES CON | ||||||||
FAVOR DE LLENAR CLARAMENTE CON LETRA DE MOLDE O A | CLAVE UNICA DE REGISTRO DE | |||||||
Nombre de la Dependencia o Entidad a la que pertenece el servidor público | ||||||||
SUMA ASEGURADA EN MESES | ||||||||
SUMA | 4 | SUMA POTENCIAD | TOTA | |||||
ALTA EN LA DEPENDENCIA | ||||||||
PARENTESC | ||||||||
APELLIDO | APELLIDO | NOMBRE % | ||||||
FECHA EN QUE FUE DICTAMINADA | FECHA DEL COBRO SEGURO DE | NOMBRE DE LA ASEGURADOR | ||||||
INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENT | ||||||||
INVALIDE | ||||||||
INCAPACIDAD PERMANENTE | ||||||||
EXPRESAMENTE OTORGO A NOMBRE DE SOLO CUANDO EL ASEGURADO NO DEPENDENCIA O ENTIDAD, MI FIRMA PARA SER ASEGURADO EN LA POLIZA DE INSTITUCION DE VIDA, QUE CONTRATE CON INSTITUCIONES DE SEGUROS QUE CORRESPONDA FIRMA DEL HUELLA XXX XXXXXX Lugar y fecha en que se firma este a de ESTE CONSENTIMIENTO Y DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS SURTIRÁ SUS EFECTOS E INICIARÁ SU VALIDEZ A PARTIR DEL DE DE |
*BENEFICIARIOS
En el caso de que se desee nombrar como beneficiarios a menores de edad, no se debe señalar a un mayor de edad como representante de los menores para que, en su representación, cobre la
Lo anterior porque las legislaciones civiles previenen la forma en que debe designarse tutores, albaceas, representantes de herederos u otros cargos consideran al contrato de seguro como el instrumento adacuado para tales
La designación que se hiciera de un mayor de edad como representante de menores beneficiarios, durante la minoría de edad de ellos, legalmente puede se nombra beneficiario al mayor de edad, quien en todo caso sólo tendría una obligación moral, pues la designación que se hace de beneficiarios en un seguro le concede el derecho incondicionado de disponer de la suma
ANEXO No. 5 MANIFESTACIÓN BAJO PROTESTA
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES
( NOMBRE ) BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA , DECLARO LO SIGUIENTE:
QUE CONOZCO LA LEY, SU REGLAMENTO, LAS PRESENTES BASES, SUS ANEXOS Y, EN SU CASO, LAS MODIFICACIONES DERIVADAS DE LA JUNTA DE ACLARACIONES; ASÍ COMO NO ENCONTRARME EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 31, FRACCIÓN XXIV, 50 Y 60 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO .
LUGAR Y FECHA
ANEXO No. 6 DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES
( NOMBRE ) BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA , DECLARO LO SIGUIENTE:
QUE ME ABSTENDRÉ DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPUESTAS, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS LICITANTES.
LUGAR Y FECHA
FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA
FECHA | DIA | MES | AÑO |
NOMBRE DEL LICITANTE R.F.C. | |||
DOMICILIO | |||
TELEFONO | FAX | CORREO ELECTRONICO | |
LO PROPUESTO, SE APEGA A LA DESCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN SOLICITADA POR EL INSTITUTO FONACOT Y QUE SE INDICAN EN EL ANEXO 4, DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NÚMERO
Los datos solicitados con el signo % deberán expresarse en porcentajes. Las cuotas expresadas en porcentajes deberán tener dos decimales.
Todas las cantidades de dinero deberán estar expresadas en moneda nacional, con dos decimales y en pesos, no en miles de pesos.
A) PLAN BÁSICO
A.1) Seguro de Vida Institucional de los Servidores Públicos
A.1.1) Importe por servidor público:
Suma Asegurada Básica | Cuota Mensual por Asegurado (a) | Bonificación por no Intermediación (b) | Descuentos (c) | Cuota Mensual Total a Pagar por Asegurado (a)-(b)-(c) |
40 meses de percepción ordinaria mensual | % | % | % | % |
A.1.2) Importe de Adjudicación del contrato:
Suma Asegurada Básica | Cuota Mensual Total a Pagar por Asegurado (a) | Suma de Percepciones Ordinarias de la Colectividad Asegurada por un mes (b) | Prima Mensual a Pagar por el Total de Asegurados (a) * (b) = (c) | Bonificación por no Intermediación (d) | Descuentos (e) | Prima Mensual Total a Pagar de la Colectividad Asegurada por un mes (c)–(d)- (e)=(f) |
40 meses de percepci ón ordinaria mensual | % | $ | $ | $ | $ | $ |
Prima Mensual Total a Pagar de la Colectividad Asegurada por un mes (f) | Número de meses de la vigencia (g) | Derecho de póliza (h) | Importe total (f)*(g)+(h)= I |
$ | $ | $ | $ |
La cuota total será la misma durante la vigencia del contrato y no se deberá modificar para los nuevos que se integren al contrato y que no forman parte de la colectividad asegurada actualmente.
A.2) Seguro de Vida de los Pensionados
A.2.1) Importe por pensionado:
Suma Asegurada Básica | Cuota por Pensionista (a) | Bonificación por no Intermediación (b) | Descuentos (c) | Cuota Total a Pagar por Pensionados (a)-(b)-(c) |
12 meses de la pensión mensual | % | % | % | % |
A.2.2) Importe total de los pensionados:
Suma Asegurada Básica | Cuota por Pensionado (a) | Suma de las Pensiones de los Pensionados (b) | Prima por el Total de Pensionados (a) * (b) = (c) | Bonificació n por no Intermedia ción (d) | Descuentos (e) | Prima Total a Pagar (c)-(d)-(e)= (f) |
12 meses de la pensión mensua l | % | $ | $ | $0 | $0 | $ |
Prima Mensual Total a Pagar (f) | Número de Meses de la Vigencia (g) | Derecho de póliza (h) | Prima Total a Pagar Durante Toda la Vigencia para los Pensionados (f) * (g)+(h)=I |
$ | $ | $ |
La cuota total a pagar de los pensionados será la misma durante la vigencia y no se deberá modificar para los nuevos asegurados que se integren al contrato y que no forman parte de la colectividad asegurada actualmente.
B) PLAN DE POTENCIACIÓN
B.1) Seguro de Vida de los Servidores Públicos
Potenciación de Suma Asegurada | Cuota Mensual por Asegurado (a) | Bonificación por no Intermediación (b) | Descuentos (c) | Cuota Mensual Total a Pagar (a)-(b)-(c) |
52 meses de percepción mensual | % | % | % | % |
68 meses de percepción mensual | % | % | % | % |
100 meses de percepción mensual | % | % | % | % |
La prima de la potenciación que adquiere y paga el servidor público mensualmente a través de nómina deberá ser fija durante la vigencia y no se deberá modificar.
B.2 Seguro de Vida de los Pensionados
Seguro de Vida Jubilados y Pensionados Potenciaciones | |||||
Edad | Cuota del seguro de vida en porcentaje de la pensión Número de meses adicionales de pensión | ||||
22 | 39 | 56 | 73 | 90 | |
40 | |||||
41 | |||||
42 | |||||
43 | |||||
44 | |||||
45 | |||||
46 | |||||
47 | |||||
48 | |||||
49 | |||||
50 | |||||
51 | |||||
52 | |||||
53 | |||||
54 | |||||
55 | |||||
56 | |||||
57 | |||||
58 | |||||
59 | |||||
60 | |||||
61 | |||||
62 |
63 | |||||
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67 | |||||
68 | |||||
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70 | |||||
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73 | |||||
74 | |||||
75 | |||||
76 | |||||
77 | |||||
78 | |||||
79 | |||||
80 | |||||
81 | |||||
82 | |||||
83 | |||||
84 | |||||
85 | |||||
86 | |||||
87 | |||||
88 | |||||
89 | |||||
90 | |||||
91 | |||||
92 | |||||
93 | |||||
94 | |||||
95 | |||||
96 | |||||
97 | |||||
98 | |||||
99 |
Se deberán llenar los espacios en porcentajes. Estos porcentajes se aplicarán a la pensión mensual del asegurado para obtener la prima correspondiente.
Vigencia de la cotización:
EN EL CASO QUE EL INSTITUTO FONACOT ME OTORGUE LA ADJUDICACION ME OBLIGO EN NOMBRE DE MÍ REPRESENTADA A SUSCRIBIR EL CONTRATO QUE SE DERIVE, EN LOS TERMINOS, CONDICIONES Y PORCENTAJE ESTABLECIDOS EN ESTAS BASES.
NOMBRE | CARGO | FIRMA |
ANEXO No. 8 ARTÍCULO 32-D DEL CFF
(PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA, SOLO PARA EL LICITANTE GANADOR, DEBERÁ SER ENTREGADO AL SIGUIENTE DÍA HÁBIL DE LA FIRMA DEL CONTRATO)
México, D.F., a ---- de de 2009
Licitación Publica: conforme al procedimiento establ
Licitación Publica: “Conforme al procedimiento establecido en el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por que el importe de la contraprestación no excede el monto autorizado por el
Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009.”.
Monto mínimo Pesos M.N. /100 y monto máximo del Contrato (sin IVA):
$----------Pesos M.N /100
Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
P r e s e n t e
ecido en
Me refiero al contrato No. XXXXXX, para la prestación del servicio de XXXXXXXX, que esa Entidad adjudicó a la empresa XXXXXXXXXXXX, mediante el procedimiento derivado de la Licitación pública nacional número. , por un monto total mínimo de: $XXXXXXX (XXXXXXXX PESOS 00/100 M.N.) y monto total máximo $XXXXXXX (XXXXXXXX PESOS 00/100 M.N.)
, representante legal de . (RFC: XXXXXXXXXX), con domicilio fiscal en la calle de xxxxxxxxxxxxxx número xx, Colonia xxxxxxxxxxxx Delegación xxxxxxxxxxxx, Código Postal xxxxxx, con actividad preponderante xxxxxxxxxxxxxxxxx, en la ciudad de México D.F., y en los términos establecidos por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación en vigor y la Regla I.2.1.16., de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2008, emitida esta última por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, bajo protesta de decir verdad manifiesto lo siguiente:
a) Que mi representada ha cumplido con sus obligaciones en materia de inscripción y avisos al Registro Federal de Contribuyentes, a que se refieren el CFF y su Reglamento.
b) Que mi representada se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual del ISR por los dos últimos ejercicios fiscales por los que se encuentren obligado a; así como de los pagos mensuales del IVA y retenciones de ISR de salarios de los 12 meses anteriores a la fecha de presentación del escrito a que se refiere esta fracción. Cuando los contribuyentes tengan menos de dos años de inscritos en el RFC, la manifestación a que se refiere este inciso, corresponderá al periodo transcurrido desde la inscripción y hasta la fecha que presenten el escrito, sin que en ningún caso los pagos mensuales excedan de los últimos 12 meses.
c) Que mi representada no tienen créditos fiscales determinados firmes a su cargo por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IMPAC, impuestos generales de importación y de exportación (impuestos al comercio exterior), y todos los accesorios, como recargos, sanciones, gastos de ejecución y la indemnización por cheque devuelto, que deriven de las anteriores.
d) En el caso que existan créditos fiscales determinados firmes, mi representada se compromete a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicio u obra pública que se pretendan contratar, en la fecha en que las citadas autoridades señalen, en este caso, se estará a lo establecido en la regla II.2.1.9, de Resolución Miscelánea Fiscal para el 2008.
e) Que tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF.
f) En caso de contar con autorización para el pago a plazo, manifestarán que a la fecha de presentación del escrito no han incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.
(NOTA: en caso de tener adeudos fiscales, sustituir la expresión anterior por la siguiente:)
Que mi representada sí tiene adeudos fiscales firmes a su cargo por impuestos federales, distintos al ISAN e ISTUV., pero se compromete a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan por el objeto a que se refiere la adjudicación del contrato por parte del INSTITUTO FONACOT, en la fecha en que las citadas autoridades señalen.
ATENTAMENTE
(NOMBRE)
Representante Legal (RFC XXXXXXXXXXXXX) e-mail XXXXXXXXXXXXX
Anexo: Copia de la identificación oficial del suscrito.
PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO. (OCDE)
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación -la primera ya fue aprobaba- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en: Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores
comprometidos en su cumplimiento.
Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta. de mejores practicas corporativas (controles internos, monitoreo. información financiera pública. auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos
o bienes a servidores públicos. para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorías: no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
Artículo 222
Cometen el delito de cohecho:
I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dadiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del estado.
Capítulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros. Artículo 222 bis
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales. Ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicio:
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión:
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
Ill. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u
organización pública internacionales.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá declarar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el dañó causado o el beneficio obtenido por la persona moral.
ANEXO No. 10
CARTA DE CONFIDENCIALIDAD
XXXXXX XX XXXXXX, X XX XX 0000.
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO:
EL QUE SUSCRIBE C. EN MI CARÁCTER DE
MANIFIESTO, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE DURANTE LA PRESENTE LICITACIÓN Y EN CASO DE SER ADJUDICADO GUARDARÉ LA MÁS ESTRICTA CONFIDENCIALIDAD EN RELACIÓN A LO QUE DERIVE DEL SERVICIO PRESTADO, A LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN QUE ME SEA PROPORCIONADA PARA LA PRESTACIÓN DEL MISMO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO.
EN EL ENTENDIDO DE QUE DE NO MANIFESTARME CON VERACIDAD, ACEPTO QUE ELLO SEA CAUSA DE RESCISIÓN DEL CONTRATO CELEBRADO CON LA CONVOCANTE.
ATENTAMENTE
(NOMBRE Y FIRMA) REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO No. 11
ENCUESTA DE TRANSPARENCIA DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
INSTRUCCIONES: FAVOR DE CALIFICAR LOS SUPUESTOS PLANTEADOS EN ESTA ENCUESTA CON UN “X”, SEGÚN CONSIDERE.
EVENTO | SUPUESTOS | CALIFICACION | |||
TOTALMEN- TE DE ACUERDO | EN GENERAL DE ACUERDO | EN GENERAL EN DESACUER DO | TOTALMEN TE EN DESACUER DO | ||
JUNTA DE ACLA- RACIONES | El contenido de las bases es claro para la adquisición o contratación de servicios que se pretende realizar. | ||||
Las preguntas técnicas efectuadas en el evento, se contestaron con claridad. | |||||
PRESENTACION DE PROPOSICIO- NES Y APERTURA DE OFERTAS TECNICAS | El evento se desarrolló con oportunidad, en razón de la cantidad de documentación que presentaron los licitantes. | ||||
RESOLUCION TEC- NICA Y APERTURA DE OFERTAS ECO- NOMICAS | La resolución técnica fue emitida conforme a las bases y junta de aclaraciones del concurso. | ||||
FALLO | En el fallo se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de los proveedores adjudicados. | ||||
GENERALES. | El acceso al inmueble fue expedito. | ||||
Todos los eventos dieron inicio en el tiempo establecido. | |||||
El trato que me dieron los servidores públicos de la Institución durante la licitación, fue respetuosa y amable. | |||||
Volvería a participar en otra licitación que emita institución. | |||||
El concurso se apegó a la normatividad aplicable |
SI USTED DESEA AGREGAR ALGUN COMENTARIO RESPECTO AL CONCURSO, FAVOR DE ANOTARLO EN EL SIGUIENTE CUADRO.
ANEXO No. 12 MODELO DE CONTRATO
(EL PRESENTE FORMATO SE AJUSTARÁ CONFORME A LA PROPUESTA TECNICA Y ECONOMICA GANADORA, ASI COMO A LAS MODIFICACIONES DERIVADAS DE LA JUNTA DE ACLARACIONES)
CONTRATO No. I-SD-2009- CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA EL SEGURO COLECTIVO DE VIDA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL INSTITUTO FONACOT, REPRESENTADO POR EL LIC. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, EN SU CARACTER DE APODERADO LEGAL, Y POR LA OTRA , REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR , EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARA COMO EL PRESTADOR, SUJETÁNDOSE LAS PARTES AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. DECLARA EL INSTITUTO FONACOT, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:
I.1 Que su representado, es un organismo público descentralizado de interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como con autosuficiencia presupuestal y sectorizado en la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, en virtud a lo establecido en el Decreto por el que se crea la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 xx xxxxx del 2006.
I.2 Que su representado se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la clave IFN060425C53.
I.3 Que cuenta con facultades legales suficientes para obligar a su representado en los términos y condiciones de este contrato como se desprende de la escritura pública No.
de fecha de de , otorgada ante la fe del Lic.
, Notario Público No. del Distrito Federal.
I.4 No tener ninguna relación de parentesco o afinidad con el PRESTADOR en términos de la fracción XX del Artículo 8º de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
I.5 Que para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, cuenta con recursos disponibles suficientes no comprometidos en la partida presupuestal número partida 1404, denominada “Cuotas para el Seguro de Vida del Personal Civil” y cuenta con suficiencia presupuestal para contratar el presente servicio, según oficio número
de fecha de 2009, emitido por la Dirección de Recursos Materiales y Servicios del INSTITUTO FONACOT.
I.6 Que en atención a lo anterior, el presente contrato se adjudicó al PRESTADOR mediante el procedimiento de licitación pública número 14100001-0 -09, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 134 Constitucional, 26, fracción I, 28 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como del fallo emitido con fecha de de 2009.
I.7 Que su representado tiene su domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, xxxxxx xxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxxxxxx, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
II. DECLARA EL REPRESENTANTE DEL PRESTADOR:
II.1 Que su representada es una Sociedad , constituida de conformidad con la legislación mexicana, según consta en la escritura constitutiva número , de fecha otorgada ante la fe del Lic. , Notario Público Número del , inscrita en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de , bajo el folio mercantil número , tomo , volumen , del libro .
II.2 Que de acuerdo con sus estatutos, el objeto social de su representada consiste entre otras actividades, en .
II.3 Que su representada se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, bajo la clave
.
II.4 Que su representada cuenta con la autorización por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para ejercer como institución de seguros, como consta en el oficio número fechado el día .
II.5 Que cuenta con facultades legales suficientes para obligar a su representada en los términos y condiciones de la escritura pública número , de fecha de de , otorgada ante la fe del Lic. , Notario Público número del , facultades que bajo protesta de decir verdad a la fecha no le han sido revocadas o modificadas, y se identifica con su
credencial para votar número de folio , expedida por el Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral.
II.6 Que su representada como empresa legalmente establecida, cuenta con los recursos técnicos, financieros, materiales y humanos para cumplir con el objeto del presente contrato, utilizando los procedimientos que le señala el INSTITUTO FONACOT para la debida atención de los asuntos encomendados.
II.7 Que su representada se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales federales, en observancia estricta a lo preceptuado por el Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Regla I.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008.
II.8 Que manifiesta bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en los supuestos de los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de que alguna de las personas físicas que forman parte del PRESTADOR se encuentre en los supuestos señalados anteriormente, el contrato será nulo previa determinación de la autoridad competente de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
II.9 Que su representada tiene su domicilio en
, mismo que señala para los fines y objeto del presente contrato.
III. DECLARAN AMBAS PARTES:
III.1 Que están de acuerdo en que los apartados, títulos e incisos del presente contrato, únicamente se asignan para fines de claridad y de referencia y de ninguna manera se consideran como interpretación de condiciones del texto de este contrato.
III.2 Que se reconocen la personalidad y facultades con las que se ostentan y manifiestan que las facultades con que actúan no les han sido revocadas o modificadas en forma alguna, por lo que están conformes en obligarse de acuerdo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El INSTITUTO FONACOT contrata del PRESTADOR un seguro colectivo de vida para el siguiente número de personal y con las características genéricas se detallan a continuación:
MÍNIMA
TOTAL | |
MANDOS MEDIOS Y SUPERIORES | 137 |
PERSONAL OPERATIVO | 670 |
PERSONAL EVENTUAL | 82 |
PERSONAL PENSIONADO | 1 |
TOTAL | 890 |
MÁXIMA
TOTAL | |
MANDOS MEDIOS Y SUPERIORES | 191 |
PERSONAL OPERATIVO | 901 |
PERSONAL EVENTUAL | 90 |
PERSONAL PENSIONADO | 1 |
TOTAL | 1183 |
I. Seguro de Vida Institucional para los servidores públicos del INSTITUTO FONACOT.
Cubre los riesgos de fallecimiento, doble indemnización por muerte accidental, muerte colectiva así como beneficio por invalidez total y permanente, de conformidad con lo establecido en la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social, con un periodo de espera para declarar la invalidez total y permanente de 6 meses.
Así como el riesgo de trabajo, la incapacidad permanente y total, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.
Para ambos riesgos, no importará el sexo, edad u ocupación del asegurado. Tampoco se harán exámenes médicos.
Con este seguro se garantiza la seguridad del servidor público o sus beneficiarios, mediante el pago de una suma asegurada básica que consiste en:
Personal operativo: un pago de 40 meses xx xxxxxxx mensual ordinario.
Personal de mando o estructura: Un pago de 40 meses xx xxxxxxx ordinario mensual. El INSTITUTO FONACOT cubrirá el pago de la prima correspondiente a la cobertura básica.
El servidor público, podrá, voluntariamente y mediante descuento en nómina, incrementar la suma asegurada en 52, 68 ó 100 meses de su percepción mensual.
La suma asegurada de cada servidor público es aplicada al cien por ciento de la percepción ordinaria, no existen requisitos de asegurabilidad.
II. Seguro de Vida para los pensionados.
Cubre el riesgo de fallecimiento del pensionado cualquiera que sea su sexo.
La cobertura básica es equivalente a 18 veces la pensión mensual a la fecha de fallecimiento del asegurado.
El INSTITUTO FONACOT cubrirá el pago de la prima correspondiente a la cobertura básica.
El pensionado podrá, voluntariamente con cargo a su pensión y mediante descuento en la misma, incrementar la suma asegurada a 22, 39 ó 56 veces adicionales de pensión.
La suma asegurada de cada pensionado es aplicada al cien por ciento de su pensión. No existen requisitos de asegurabilidad.
La cobertura del Seguro de Vida, continuará vigente aún cuando los pensionados no cobren tres meses consecutivos de pensión, porque le sea suspendida la misma por falta del pase de vigencia de derechos ante el IMSS. Cuando el jubilado o pensionado se encuentre en este supuesto, el INSTITUTO FONACOT deberá dar aviso al PRESTADOR, informando a partir de qué fecha inicia la suspensión de la pensión y de inmediato deberá dar aviso al PRESTADOR cuando active nuevamente la pensión del jubilado o pensionado.
A los pensionados que reingresen al servicio activo les será cancelado el Seguro de Vida de Pensionados, toda vez que al ingresar a alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal (Poder Ejecutivo), Poder Legislativo y Poder Judicial, le será otorgada nuevamente la prestación del Seguro de Vida Institucional.
El pensionado que laboró en dos Secretarías o Entidades y le contaron para su pensión, únicamente podrá pagar una sola prima básica, sin embargo podrá contratar de las opciones de potenciación la que mejor le convenga.
La renuncia al Seguro de Vida de Pensionados es irrevocable, y deberá efectuarse directamente ante la entidad de Seguridad Social que le corresponda, mediante escrito del pensionado para cancelar la retención del descuento de prima.
Los reclamos de los beneficiarios para el pago de la suma asegurada y las solicitudes de devolución xx xxxxxx por parte de los pensionados, que no sean por causas inherentes al IMSS, deben ser atendidos por la Aseguradora.
Las condiciones específicas del objeto del presente contrato se detallan en la póliza.
SEGUNDA. ANEXOS. Los anexos que firmados por las partes se integran al presente instrumento como si estuviesen insertados a la letra, son los que a continuación se enlistan:
ANEXO I. PÓLIZA.
ANEXO II. DOMICILIOS DE ATENCIÓN PARA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
TE RCERA. HORARIO DE LABORES PARA LA ATENCIÓN DE SINIESTROS. El horario de atención
para la orientación a los asegurados y el pago de siniestros, se proporcionará en días y horas hábiles, durante toda la vigencia del contrato. El servicio de atención a los asegurados vía telefónica se deberá proporcionar de lunes a viernes, al menos durante 12 horas.
El servicio de atención personal y recepción de documentación deberá ser durante los días hábiles en el horario de atención al público en general. Preferentemente, el servicio de lunes a jueves será al menos de 8 horas hábiles y los viernes al menos de 6 horas hábiles.
CUARTA. POLIZA. El PRESTADOR se obliga a entregar al INSTITUTO FONACOT a más tardar el día 08 xx xxxxx de 2009, la póliza correspondiente.
QUINTA. SERVICIOS. Por lo que se refiere al otorgamiento de los servicios objeto de este contrato, las coberturas y condiciones específicas se detallan en la póliza correspondiente, contenida en el anexo I del presente contrato.
SEXTA. IMPROCEDENCIA Y PAGO DE SINIESTROS. En caso de no ser procedente el pago de un siniestro, el PRESTADOR deberá notificar el resultado negativo del dictamen de siniestros al solicitante durante los cinco días hábiles posteriores a la entrega total de la documentación que ampare la reclamación.
El tiempo de respuesta para el pago de los siniestros será de siete días hábiles, una vez que el PRESTADOR cuente con la información necesaria.
SÉPTIMA. PRECIOS UNITARIOS. El INSTITUTO FONACOT pagará al PRESTADOR por los
servicios objeto del presente contrato, las siguientes cantidades:
PLAN BÁSICO
Seguro de Vida Institucional de los Servidores Públicos
Suma Asegurada Básica | Cuota Mensual Total a Pagar por Asegurado (a) | Suma de Percepciones Ordinarias de la Colectividad Asegurada por un mes (b) | Prima Mensual a Pagar por el Total de Asegurados (a) * (b) = (c) | Bonificación por no Intermediación (d) | Descuentos (e) | Prima Mensual Total a Pagar de la Colectividad Asegurada por un mes (c)–(d)- (e)=(f) |
40 meses de percepci ón ordinaria mensual | % | $ | $ | $ | $ | $ |
Prima Mensual Total a Pagar de la Colectividad Asegurada por un mes (f) | Número de meses de la vigencia (g) | Importe total (f)*(g)= H |
$ | $ |
La cuota total será la misma durante la vigencia del contrato y no se deberá modificar para los nuevos que se integren al contrato y que no forman parte de la colectividad asegurada actualmente.
Seguro de Vida de los Pensionados
Suma Asegurada Básica | Cuota por Pensionado (a) | Suma de las Pensiones de los Pensionados (b) | Prima por el Total de Pensionados (a) * (b) = (c) | Bonificació n por no Intermedia ción (d) | Descuentos (e) | Prima Total a Pagar (c)-(d)-(e)= (f) |
18 meses de la pensión mensua | 0.7% | $ | $ | $0 | $0 | $ |
l |
Prima Mensual Total a Pagar (f) | Número de Meses de la Vigencia (g) | Prima Total a Pagar Durante Toda la Vigencia para los Pensionados (f) * (g) |
$ | $ |
Los precios son en moneda nacional y serán considerados fijos hasta que concluya la relación contractual, debiendo Incluir el PRESTADOR todos los costos involucrados considerando todos los conceptos del servicio que requiere el INSTITUTO FONACOT, por lo que el PRESTADOR no podrá agregar ningún costo extra y serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
Asimismo, el INSTITUTO FONACOT, con fundamento en lo previsto en el artículo 66, fracción I del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, no pagará al PRESTADOR aquellos servicios solicitados y no proporcionados.
OCTAVA. MONTO TOTAL. Por la totalidad de los servicios objeto del presente contrato el INSTITUTO FONACOT pagará al PRESTADOR la cantidad de $ .00 ( pesos, 00/100, Moneda Nacional).
Las partes están de acuerdo que a las primas del seguro no se les aplicara el Impuesto al Valor Agregado, toda vez que los seguros objeto del presente contrato corresponden al Ramo de Vida.
El pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el PRESTADOR deba efectuar en su caso por concepto xx xxxxx convencionales.
NOVENA. FORMA DE PAGO. El INSTITUTO FONACOT cubrirá al PRESTADOR la cantidad señalada en la cláusula que antecede, a través del programa xx xxxxxxx productivas o depósito interbancario a la cuenta número , CLABE , que el PRESTADOR tiene a su favor en el Banco , S.A., sucursal , a partir de los 16 (dieciséis) días naturales, posteriores a la presentación de la factura correspondiente, la cual deberá contener los requisitos xx xxx y contar con el visto bueno del área usuaria.