EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA
Resolución N°. 219 del 23 xx xxxxxx de 2024
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“Por la cual se terminan unos encargos, se hace un nombramiento en periodo de prueba y se declara una vacante temporal en un xxxxxx xx xxxxxxx administrativa”
EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA
En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el numeral 1 del Artículo 1° de la Resolución 525 del 26 de octubre de 2023, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son xx xxxxxxx, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos xx xxxxxxx y ascenso en los mismos se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015 (modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017), los empleos xx xxxxxxx administrativa en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que así mismo, según lo señalado en el artículo 2.2.5.3.2, ibidem, la provisión definitiva de los empleos xx xxxxxxx se efectuará, entre otras situaciones, “(…) 4. Con la persona que al momento en que deba producirse el nombramiento ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.”
Que el artículo 27 de la Ley 909 de 2004 establece que el ingreso y la permanencia en los empleos xx xxxxxxx administrativa se harán exclusivamente con base en el mérito, mediante procesos de selección en los que se garantice la transparencia y la objetividad, sin discriminación alguna.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo Nro. 29 del 19 xx xxxx de 2023, “Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Proceso de Selección, en las modalidades de ASCENSO y ABIERTO, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General xx Xxxxxxx Administrativa de la planta de personal de la SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA – Proceso de selección No. 2500 de 2023-
Distrito Capital 5” y el Acuerdo Nro. 54 del 14 xx xxxxx de 2023 “Por el cual se modifica el artículo 8º del Acuerdo 29 del 18 xx xxxx de 2023 y se dictan otras disposiciones”, dispuso adelantar el concurso en modalidades ascenso y abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuarenta y dos (142) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General xx Xxxxxxx Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, identificado como el “Proceso de Selección No. 2500 de 2023 –Distrito Capital 5”.
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“Por la cual se terminan unos encargos, se hace un nombramiento en periodo de prueba y se declara una vacante temporal en un xxxxxx xx xxxxxxx administrativa”
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución Nro. 13849 del 26 de julio de 2024, por el cual conformó la lista de elegibles para proveer el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia que fue convocados a través de la Convocatoria No. 2500 de 2023, según lo dispuesto en el citado Acuerdo.
Que la lista de elegibles del proceso de selección fue publicada por la Comisión Nacional del Servicio Civil y quedó en firme el día 16 xx xxxxxx de 2024, a efecto de realizar los nombramientos en período de prueba en los empleos convocados a concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que la señora XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX, identificada con cédula de ciudadanía 0000000000 ocupó la posición número 2 en la citada lista de elegibles, la cual se encuentra en firme para proveer el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18, ofertado con la OPEC Nro. 200561, de la Convocatoria “Proceso de Selección No. 2500 de 2023 –Distrito Capital 5” de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar a la señora XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX, en período de prueba por el término de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y si el resultado de la evaluación de desempeño se encuentra en nivel sobresaliente o satisfactorio, la evaluada adquirirá los derechos xx xxxxxxx sobre este empleo y deberá ser actualizado en el Registro Público xx Xxxxxxx Administrativa; de lo contrario, si el resultado de la evaluación de desempeño se encuentra en el nivel no satisfactorio, una vez en firme la calificación, su nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada, según lo señalado en el Artículo 31 de la Ley 909 de 2024, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto 1083 de 2015 y el Acuerdo Nro. CNSC – 20181000006176 del 10 de octubre de 2018 “Por el cual se establece el Sistema Tipo de Evaluación de Desempeño Laboral de los Empleados Públicos xx Xxxxxxx Administrativa y en Período de Prueba”.
Que la señora XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX es servidora pública de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia y tiene derechos xx xxxxxxx administrativa en el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 01.
Que una vez posesionada XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX en el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 continuará la vacancia temporal del empleo sobre el cual tiene derechos xx xxxxxxx administrativa esto es PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 01, por lo que se mantendrán vigentes las situaciones administrativas de los servidores que se encuentren en la respectiva escalera por el termino de duración del período de prueba y hasta que se produzca y quede ejecutoriada la evaluación del desempeño laboral del empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18.
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“Por la cual se terminan unos encargos, se hace un nombramiento en periodo de prueba y se declara una vacante temporal en un xxxxxx xx xxxxxxx administrativa”
Que a la fecha, la servidora pública XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX se encuentra ejerciendo en encargo el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO código 219 grado 15 de la planta de empleos de esta Secretaría, que por ordenamiento legal, debe darse por terminado el encargo para tomar posesión del empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 e iniciar el período de prueba en el precitado empleo.
Que el citado empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18, ofertado mediante la OPEC Nro. 200561, en la actualidad se encuentra provisto con la servidora pública XXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXXX identificada con la cédula de ciudadanía 00000000, nombrada con carácter de encargo, quien es titular con derechos xx xxxxxxx administrativa del empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 16 de la planta de empleos de esta Secretaría.
Que a su vez, el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 16, actualmente está provisto mediante encargo con la servidora pública XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX identificada con la cédula de ciudadanía 00000000, quien fue nombrada con tal condición y hasta por el término de la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo, y quien es titular con derechos xx xxxxxxx administrativa del empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 15 de la planta de empleos de esta Secretaría.
Que el nominador a través de resolución motivada podrá dar por terminado el encargo, entre otras, por determinarse procedente la provisión definitiva del empleo, conforme a lo dispuesto en el artículo
2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015 relacionada con las órdenes de provisión definitiva, el cual incluye el nombramiento en periodo de prueba con la lista de elegibles resultante de un proceso de selección por mérito, determinando que a la terminación del encargo la persona que lo venía ejerciendo cesará automáticamente en el desempeño de las funciones de éste y asumirá las del empleo del cual es titular.
Que en atención a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.7.6 del Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015 es deber del jefe de la entidad proceder a realizar en estricto orden de mérito según lista de elegibles en firme, los nombramientos en período de prueba en el empleo objeto de concurso.
Que conforme a lo dispuesto en el parágrafo del artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 “Los encargos o nombramientos que se realicen en vacancias temporales, se efectuarán por el tiempo que dure la misma.”
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, “Antes de cumplirse el término de duración del encargo o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”.
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“Por la cual se terminan unos encargos, se hace un nombramiento en periodo de prueba y se declara una vacante temporal en un xxxxxx xx xxxxxxx administrativa”
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente terminar los encargos respectivos de los servidores públicos XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX, en el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO código 219 grado 15, XXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXXX en el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado
18 y XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX en el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 16,
como consecuencia de la provisión, a través de nombramiento en período de prueba, de la señora XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX, quien ocupó la posición Nro. 2 en las listas de elegibles en firme de la convocatoria “Proceso de Selección No. 2500 de 2023 –Distrito Capital 5” para proveer el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18, ofertado con la OPEC Nro. 200561, de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia.
Que de acuerdo con lo antes mencionado y por ordenamiento legal en los términos citados, se procederá a dar por terminados los encargos aquí referenciados.
Que en el numeral 1 del artículo 1° de la Resolución 525 del 26 de octubre de 2023, “Por medio de la cual efectúan unas delegaciones en materia xx Xxxxxxx Humano” se delegó en esta Subsecretaría la función de realizar el nombramiento en período de prueba de los servidores públicos de las listas de elegibles enviadas por la Comisión Nacional del Servicio Civil y derogarlo en los casos a que haya lugar.
Que, en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – Terminar el encargo efectuado a la servidora pública XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX, identificada con cédula de ciudadanía 0000000000, en el empleo de vacancia definitiva de PROFESIONAL UNIVERSITARIO código 219 grado 15, quien es titular con derechos xx xxxxxxx administrativa del empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 01 de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia.
ARTÍCULO SEGUNDO. Terminar el encargo efectuado la servidora pública XXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXXX identificada con la cédula de ciudadanía 00000000, en el empleo en vacancia definitiva de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia.
PARÁGRAFO. -De conformidad con lo dispuesto en este artículo, la servidora pública XXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXXX, deberá asumir las funciones de su respectivo empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 16, del cual ostenta su titularidad con derechos xx xxxxxxx administrativa, el primer día hábil siguiente a la terminación del encargo, la cual se hará efectiva a partir de la fecha en que la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba tome posesión del respectivo empleo. La comunicación de tal circunstancia será realizada por la Dirección de Gestión Humana de esta Secretaría.
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ARTÍCULO TERCERO. - Terminar el encargo efectuado a la servidora pública XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX identificada con la cédula de ciudadanía 00000000, en el empleo en vacancia temporal de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 16 de la planta global de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia.
PARÁGRAFO. – De conformidad con lo dispuesto en este artículo, la servidora pública XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX, deberá asumir las funciones de su respectivo empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 15, del cual ostenta su titularidad con derechos xx xxxxxxx administrativa, el primer día hábil siguiente a la terminación del encargo, la cual se hará efectiva a partir de la fecha en que la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba tome posesión del respectivo empleo. La comunicación de tal circunstancia será realizada por la Dirección de Gestión Humana de esta Secretaría.
ARTÍCULO CUARTO. – La terminación de los citados encargos se harán efectivas a partir de la fecha en la cual la persona aquí nombrada en período de prueba tome posesión del respectivo empleo, de lo cual se comunicará a través de la Dirección de Gestión Humana de esta Secretaría.
ARTÍCULO QUINTO. – Nombrar en período de prueba a la señora XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX, identificada con cédula de ciudadanía 0000000000, para desempeñar el cargo xx xxxxxxx administrativa de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la planta global de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, correspondiente a la OPEC Nro. 200561 “Proceso de Selección No. 2500 de 2023 –Distrito Capital 5”, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
PARÁGRAFO PRIMERO. – El período de prueba tendrá un término de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado. Si el resultado de la evaluación de desempeño es sobresaliente o satisfactorio, el empleado superará el período de prueba, adquirirá los derechos xx xxxxxxx en el respectivo empleo y deberá tramitarse ante la Comisión Nacional del Servicio Civil la solicitud de actualización en el Registro Público de la Carrera Administrativa o de lo contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
PARÁGRAFO SEGUNDO. – Una vez posesionada en el empleo identificado en este artículo quedará declarada la vacancia temporal del empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 01, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, del cual es titular en la actualidad la servidora pública XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX por el término de duración del periodo de prueba y hasta que se produzca y quede en firme la evaluación del desempeño laboral del empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 en la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, conforme lo expuesto en la parte motiva de esta Resolución.
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PARÁGRAFO TERCERO. – Lo anterior mantiene las vigentes situaciones administrativas de los servidores públicos que se encuentren en la respectiva escalera que inicia con el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 01, del cual es titular con derechos xx xxxxxxx administrativa XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX, sin perjuicio de que, en los términos xx xxx, el nominador podrá darlos por terminados por Resolución motivada.
PARÁGRAFO CUARTO. – Al finalizar el respectivo período de prueba si la calificación es satisfactoria, deberá solicitar la declaratoria de vacancia definitiva adjuntando la respectiva evaluación en firme. En el evento de ser insatisfactoria, una vez en firme la calificación, su nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada. En este último evento, o en caso de renuncia anticipada al empleo ejercido en periodo de prueba, la servidora pública XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX el día hábil siguiente a la terminación del periodo de prueba o de la aceptación de la renuncia, deberá reasumir las funciones del empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 01 del cual es titular para no incurrir en abandono del cargo.
ARTÍCULO SEXTO. – La nombrada en período de prueba tendrá diez (10) días hábiles contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar por escrito si acepta o rechaza el nombramiento. A partir de la aceptación, tendrá diez (10) días hábiles para tomar posesión del empleo de conformidad con lo señalado en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017.
ARTÍCULO SÉPTIMO. - Comunicar el contenido de la presente Resolución a través de la Dirección de Gestión Humana de la Secretaría.
ARTÍCULO OCTAVO. - La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los veintitrés (23) días del mes xx xxxxxx de 2024.
XXXXXXXX XXXX XXXXXXXXX
Subsecretario de Gestión Institucional
Elaboró: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx – Dirección de Gestión Humana Revisó: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx – Dirección de Gestión Humana
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx – Dirección de Gestión Humana Aprobó: Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx - Directora de Gestión Humana