DECLARACIONES
Convenio E.F.D. 034/ABG/09/2022
CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN PARA OPERAR EL SISTEMA EDUCACIÓN
DUAL, que celebran por una parte DARANJO MÉXICO SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en lo sucesivo “LA EMPRESA”, representada en este acto por el C. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, APODERADO LEGAL y por la otra la UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TLAXCALA, en lo sucesivo “LA UPTX” representada en este acto por su Rector Maestro Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, REPRESENTANTE LEGAL; conviniendo los suscribientes que actuando de manera conjunta también podrán ser denominados “LAS PARTES” a lo largo del presente documento, mismos que se someten al tenor de los siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas.
DECLARACIONES
DE “LA EMPRESA”
I. Que su denominación o razón social es DARANJO MÉXICO SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE;
II. Que se encuentra legalmente constituida, conforme a las leyes mexicanas que rigen la materia, mediante Escritura Pública número doscientos treinta y cinco, de fecha siete xx xxxxx del año dos mil once, ante la fe del Licenciado Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Notario Público número Dos de la Demarcación Judicial xx Xxxxxxxx, Tlaxcala, inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en el Estado de Tlaxcala, bajo folio mercantil electrónico número 709*81, de fecha veintidós xx xxxxx del año dos mil once.
III. Que en este acto se encuentra representada por el C. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, en su carácter de Apoderado Legal, quien, de acuerdo con las cláusulas primera, y segunda, del instrumento notarial número cinco mil ciento dieciséis, cuenta con facultades para suscribir contratos, convenios, acuerdos y demás actos jurídicos que se requieren para cumplir su objeto social, conforme al Poder General para Pleitos que exhibe en este acto;
IV. Que conformidad con los estatutos sociales su objeto social consiste en 1. Compra venta y fabricación de materiales plásticos, así como lo relacionado con este mercado: Materias
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primas plásticas, partes plásticas, maquinaria y equipos para la transformación de plásticos. La compra venta y fabricación de materiales farmacéuticos, médicos y/o productos y alimentos relacionados con la salud, así como lo relacionado con este mercado; materias primas, partes, maquinaria y equipos para la transformación de materiales farmacéuticos, médico y/o productos y alimentos relacionados con la salud. 2. Desarrollo, construcción y comercialización de toda clase de espacio habitacionales y/o comerciales y/o industriales como son fraccionamientos, condominios, plazas comerciales, nave industrial y parques industriales, en el entendido de que estos no son limitativos sino enunciativos, por lo que la sociedad podrá desarrollar todas aquellas obras civiles y arquitectónicas análogas; entre otras.
V. Que, para los efectos de este convenio, señala como su domicilio legal el ubicado en Xxxxxxx xxxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, xxxxxx 0000, xxxxxxx xx xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000.
VI. Manifiesta que su REGISTRO Federal de Contribuyentes es DME110307678.
DE “LA UPTX”
I.I. Que es un Organismo Público Descentralizado, debidamente constituido conforme a las leyes mexicanas, como consta en el Decreto de Creación Número 143, de fecha 25 de noviembre del año 2004, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala.
I.II. Que con fundamento en los artículos 21, 28, fracción VII, y XIV, 29, 30, fracciones I, y XII, de la Ley de las Entidades Paraestatales del Estado de Tlaxcala, en concordancia con los diversos 15, 17, y 18, del Decreto de Creación; 23, 25, fracción X, del Reglamento Interior, y el numeral 1, del Manual de Organización los tres últimos ordenamientos legales vigentes en la Universidad Politécnica de Tlaxcala, el encargado de la rectoría maestro Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, goza de facultades suficientes para suscribir éste Instrumento Jurídico en nombre de la Universidad, en virtud del nombramiento de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil dieciocho, concedido por el ciudadano Xxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, gobernador del estado de Tlaxcala, debidamente certificado por el licenciado Xxxxxxxxx
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Xxxxxx Xxxxxxx, Notario Público número dos de la demarcación xx Xxxxxxxx, Zacatelco, Tlaxcala.
I.III. Tiene como objeto:
a) Impartir educación superior, de licenciatura, especialización tecnológica y de posgrado, así como cursos de actualización en sus diversas modalidades.
b) Preparar profesionales con una sólida formación científica, técnica y en valores, conscientes del contexto nacional en lo económico, social y cultural.
c) Llevar a cabo investigación aplicada y desarrollo tecnológico, que resulten pertinentes para el desarrollo económico y social de la región, del estado y la nación.
d) Difundir el conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación humana integral
e) Prestar servicios tecnológicos y de asesoría, que contribuyan a mejorar el desempeño de las empresas y otras organizaciones de la región y del estado, principalmente.
f)Impartir programas de educación continua, orientados a la capacitación para el trabajo y el fomento de cultura tecnológica en la región y el estado.
I.XI. Que para los efectos legales de este convenio señala como domicilio el ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx 0, de la Localidad de San Xxxxx Xxxxxxxxxxxx, Municipio de Tepeyanco, Tlaxcala, Código Postal 90180, con Registro Federal de Contribuyentes UPT041125D17.
DE “LAS PARTES”:
I. Que, dada la naturaleza y objetivos del presente convenio, durante la vigencia del mismo no se generará ninguna relación de carácter laboral entre “LA EMPRESA” y el “ESTUDIANTE DUAL”; de igual forma, este último tendrá prohibido inmiscuirse en los asuntos internos de “LA EMPRESA” o de carácter sindical.
II. Que el vínculo que se genere entre el “ESTUDIANTE DUAL” y “LA EMPRESA” donde se llegase a ejecutar materialmente el presente convenio, genere única y exclusivamente una relación de carácter práctico formativo-académico.
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III. Que de conformidad con las anteriores declaraciones reconocen su personalidad y capacidad legal que ostentan; asimismo, conocen el alcance y contenido del presente Convenio y están de acuerdo en someterse a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. Que el presente convenio tiene por objeto vincular con el Sector Productivo Empresarial a los estudiantes de los Programas Académicos de la Universidad Politécnica de Tlaxcala, bajo la modalidad de EDUCACIÓN DUAL, a fin de contribuir en la formación profesional de la población estudiantil participante.
Establecer y regular la Educación Dual Superior, combinando los procesos de enseñanza y aprendizaje en “LA UPTX” y en “LA EMPRESA”.
Establecer las bases de colaboración y apoyo para implementar las acciones de educación dual entre “LAS PARTES” que se llevarán a cabo en las áreas que integran “LA EMPRESA” de conformidad con la normatividad establecida por el Gobierno del Estado de México.
El presente convenio tiene como propósito establecer las bases y condiciones bajo las cuales “LA EMPRESA” recibirá al “ESTUDIANTE DUAL” propuesto por “LA UPTX” y seleccionado por “LA EMPRESA”.
SEGUNDA. DEFINICIONES. Para los efectos de este convenio, se entenderá por:
I. Actividades de Aprendizaje: A las actividades de formación y capacitación que derivan de un plan de estudios, orientadas al desarrollo de las competencias genéricas, disciplinares, profesionales y complementarias, logradas mediante el estudio, la enseñanza o la experiencia;
II. Competencias: Al conjunto articulado de conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores que se manifiestan en la capacidad observable para resolver determinados problemas y circunstancias de la vida cotidiana, en los ámbitos personal, social y profesional;
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III. Convenio de Aprendizaje: Al acuerdo que se establece entre la UPTX, la EMPRESA y el estudiante dual, para desarrollar las competencias que éste adquirirá en su relación con esta última. Cuando el estudiante sea menor de edad, se incluirá la firma del padre, madre o tutor;
IV. Educación Dual: Alternativa innovadora en la que se alinean las necesidades, áreas de oportunidad de desarrollo económico, industrial, tecnológico, social y de nodos educativos productivos o demanda de los sectores privado, público y social, con los perfiles de las Instituciones Educativas del tipo Medio Superior y Superior. Ello, mediante una colaboración de beneficio mutuo, en donde se conjugan las competencias adquiridas en los espacios educativos, con la práctica laboral o profesional, lo cual permite fortalecer y desarrollar aptitudes del estudiante dual, propiciando mejores condiciones para su inserción laboral o profesional. En esta cadena de corresponsabilidad, el proceso de aprendizaje en la EMPRESA se alterna y complementa con la formación teórica en la UPTX;
V. Estudiante Dual: Estudiante inscrito en una UPTX, seleccionado por la Universidad y la EMPRESA para participar en la educación dual. Dicho estudiante deberá reunir los requisitos académicos necesarios y contar con las características suficientes de actitud, iniciativa y responsabilidad;
VI. UPTX: A la Universidad Politécnica de Tlaxcala.
VII. Tutor Académico: Al Docente responsable de la formación y evaluación de competencias desarrolladas por el estudiante dual en la UPTX “LA UPTX”, y del seguimiento del aprendizaje y evaluación del mismo dentro de la EMPRESA, a través de la plataforma digital;
VIII. Formador de la EMPRESA: Al profesionista que cuenta con al menos título de nivel licenciatura, responsable de conducir el proceso de aprendizaje del estudiante dual en la EMPRESA.
IX. Plan de Formación: Al Plan de Fortalecimiento y Desarrollo de las Competencias, en el que la UPTX y la EMPRESA establecen las acciones formativas conjuntas, que ponen en contacto al estudiante dual con el entorno profesional, lo familiarizan con la EMPRESA, aplicando sus
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conocimientos teóricos, para alcanzar los perfiles de egreso previstos en su Programa Educativo y el requerido por la EMPRESA;
X. Plan de Rotación: A la estrategia de ocupación itinerante de puestos de aprendizaje que realiza el estudiante dual, durante su formación en la EMPRESA;
XI. Plan y Programas de Estudio: Al Plan Curricular Escolarizado o Programa Educativo de la carrera de la UPTX;
XII. Plataforma Digital: A la herramienta digital educativa de seguimiento, evaluación y monitoreo sobre los reportes de actividades de aprendizaje efectivo, de las competencias deseables y desarrolladas entre la EMPRESA y la UPTX;
XIII. Puesto de Aprendizaje: Al grupo de actividades y habilidades que desempeña el estudiante dual en la EMPRESA, vinculadas al perfil de egreso;
XIV. Reporte de Aprendizaje: Al informe que elabora el estudiante dual, describiendo las actividades de aprendizaje realizadas en un periodo específico, de acuerdo con el Plan de Rotación, el Plan y los Programas de Estudio con base en su nivel de formación;
XV. EMPRESA: Entidad de carácter público, privado o social, que produce bienes o servicios.
TERCERA. COMPROMISOS.
I. “LA UPTX” se compromete a:
a) Designar al personal académico que conjuntamente con el personal asignado por “LA EMPRESA”, coordinará el desarrollo de la educación dual;
b) Designar a personal académico que realizará las funciones de tutor académico en coordinación con el personal asignado por “LA EMPRESA”;
c) Someter a consideración de “LA EMPRESA” la lista de candidatos a ingresar a la Educación Dual;
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d) Realizar el proceso de preselección de los estudiantes que participarán en educación dual para proponerlos, de acuerdo con los perfiles profesionales que establecen los Planes de Estudio de las Carreras que se imparten y que sean adecuados con los perfiles requeridos por “LA EMPRESA”;
e) Comunicar previamente por escrito a “LA EMPRESA” la preselección de los estudiantes dual, así como cualquier cambio o modificación que sufra dicha preselección;
f) Expedir la documentación oficial que acredite la conclusión de sus estudios la estructura reticular correspondiente;
g) Supervisar por conducto de los tutores académicos, que los estudiantes duales cumplan con el Plan de Formación y las disposiciones que rijan a “LAS PARTES”;
h) Resolver las irregularidades que con respecto a la conducta de los estudiantes dual sean reportadas por los formadores de “LA EMPRESA” y por los tutores académicos de “LA UPTX”;
i) Atender los reportes que rinda “LA EMPRESA” respecto al cumplimiento de las actividades incorporadas en los Puestos de Aprendizaje y Plan de Rotación, por medio de los tutores académicos y el personal académico responsable de la Coordinación de la educación dual;
j) Aplicar las medidas disciplinarias y sanciones a que pudiese hacerse acreedor el “ESTUDIANTE DUAL” por incumplimiento de sus obligaciones en el desarrollo del Plan de Formación;
k) Gestionar a cada estudiante dual el Seguro Facultativo que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Seguro contra Accidentes;
l) Capacitar al formador de “LA EMPRESA” y el tutor “LA UPTX”;
m) Garantizar que el Plan de Formación, Plan de Rotación y Puesto de Aprendizaje sean acorde con lo establecido en los Planes y Programas de Estudio;
n) Contar con capital humano capacitado, infraestructura y elementos tecnológicos mínimos suficientes;
o) Implementar mecanismos de supervisión, seguimiento y evaluación del Plan de Formación en el que participe;
p) Llevar el registro escolar del estudiante dual que participe en los planes de formación;
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q) Recabar la información sobre los resultados de las evaluaciones que se practiquen al estudiante dual en la EMPRESA, de acuerdo con las actividades de aprendizaje del Plan de Formación, misma que formará parte de la calificación del estudiante dual;
r) Evaluar el cumplimiento del Plan de Estudios, las competencias adquiridas tanto en la UPTX como en la EMPRESA, para otorgar al estudiante el certificado correspondiente;
s) Mantener vigente la incorporación al Seguro de Enfermedades del Régimen Obligatorio del Seguro Social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie o de un esquema de seguridad social similar y la póliza de seguro contra accidentes, cuya cobertura incluya las actividades de aprendizaje inherentes a la educación dual y sus traslados;
t) Difundir las convocatorias de becas de la educación dual que se emitan, así como postular estudiantes para ser candidatos a obtener dicho estímulo; y
u) Analizar los casos académicos especiales de los estudiantes, a través de los mecanismos establecidos, para incorporarlos a la educación dual.
II. “LA EMPRESA” se compromete a:
a) Xxxxxxx las asesorías necesarias al “ESTUDIANTE DUAL” en el desarrollo de las competencias de aprendizaje definidas en el “Plan de Formación” y que lleve a cabo en sus instalaciones.
b) Designar al personal que realizará las funciones de formador para el desarrollo de la educación dual;
c) Contar con instalaciones adecuadas, personal capacitado y actualizado en las áreas de conocimiento afines al perfil de egreso del estudiante dual;
d) Contar con áreas especializadas afines al perfil de egreso del estudiante dual;
e) Contar con la organización, personal de instrucción especializado y con experiencia en su puesto, la infraestructura y los recursos materiales necesarios para impulsar y ejecutar el Plan de Formación;
f) Adquirir el compromiso de operar e impulsar la educación dual de acuerdo con la normatividad vigente;
g) Permitir que la UPTX realice visitas para constatar que cumpla con las condiciones establecidas;
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h) Firmar el Convenio Marco de Colaboración, Convenio Específico de Cooperación y Convenio de Aprendizaje.
i) Realizar el proceso de selección de los estudiantes propuestos por “LA UPTX” para que participen en educación dual, que reúnan los requisitos establecidos por “LAS PARTES”
j) Coordinar conjuntamente con los tutores académicos designados por “LA UPTX” las actividades de educación dual.
k) Proporcionar oportunamente, la información que le sea requerida, en relación con el desarrollo del Plan de Formación en el que participe;
l) Definir y elaborar, en coordinación con “LA UPTX”, los Planes de Formación y los Planes de Rotación y Puestos de Aprendizaje cuando proceda, así como las actividades a realizar para lograr las competencias definidas;
m) Asegurar que el “ESTUDIANTE DUAL” cuente con el conocimiento y práctica de las medidas de seguridad y salud dentro de “LA EMPRESA”;
n) Cumplir con lo establecido en el Plan de Formación acordado con “LA UPTX”;
o) Reportar por escrito a “LA UPTX” los resultados obtenidos en las evaluaciones aplicadas a los estudiantes dual al término de cada cuatrimestre/semestre escolar;
III. “LAS PARTES” se comprometen a:
a) Evaluar cuatrimestralmente la operatividad e impacto social del presente convenio, con el objeto de determinar, en caso necesario, su modificación o terminación.
b) Elaborar conjuntamente los Puestos de Aprendizaje, el Plan de Rotación y el Plan de Formación;
c) Establecer de común acuerdo el calendario y horario a que se sujetarán los estudiantes duales y las visitas de los tutores académicos.
d) Los horarios de alimentos en la EMPRESA cuando proceda
e) Supervisar el desarrollo del Plan de Formación, Puestos de Aprendizaje y Plan de Rotación a los que se sujetarán los estudiantes duales.
f) Establecer los procedimientos y criterios de evaluación del desempeño del estudiante de la educación dual.
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g) Formalizar un convenio de aprendizaje, mediante el cual se establecen los acuerdos para que el estudiante dual desarrolle las competencias establecidas en los planes de estudio de las Carreras que imparte “LA UPTX”;
h) Las demás que se requieran y acuerden las partes que los suscriban, para el adecuado desarrollo de la educación dual.
IV. DEL “ESTUDIANTE DUAL” se compromete a:
Para su Ingreso deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Estar inscrito en “LA UPTX”;
b) Haber aprobado la totalidad de asignaturas del ciclo escolar o periodo previo a la solicitud de incorporación a la educación dual;
c) Contar con disponibilidad de tiempo completo, condición susceptible de adecuarse por las instituciones educativas, según la modalidad de estudios que oferten;
d) Formalizar un Convenio de Aprendizaje con “LA EMPRESA” y la “LA UPTX” en la que esté inscrito, y
e) Presentar carta compromiso a la UPTX aceptando cumplir cabalmente con su Plan de Formación.
Y una vez aceptado en el Plan de Formación deberá:
f) Desarrollar conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes bajo la guía de los mentores académico y de la EMPRESA, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Formación;
g) Concluir su Plan de Formación;
h) Ajustarse al calendario, horarios, a las medidas de seguridad y salud, y demás especificaciones establecidos en el Plan de Formación;
i) Someterse a las evaluaciones previstas en el Plan de Formación;
j) Acatar la normatividad interna de “LA EMPRESA” y de la “LA UPTX”, y
k) Manifestar de manera expresa que no sostendrá relación de trabajo de ninguna especie, incluyendo la capacitación inicial o el periodo de prueba con la EMPRESA durante el periodo en el que participa en educación dual.
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En caso de que no concluyan su plan de Formación por cuestiones propias o ajenas a su voluntad, podrá elegir la continuidad de sus estudios en la UPTX en la que esté inscrito, previa valoración y determinación de las autoridades de “LA UPTX”.
CUARTA. DE LOS PLANES DE ESTUDIOS QUE PARTICIPAN. “LAS PARTES” convienen que
solo operarán los planes y programas de estudios autorizados por el la Secretaría Académica de “LA UPTX”.
QUINTA. DE LOS PLANES DE FORMACIÓN. “LAS PARTES” acuerdan que en los Planes de Formación se establecerán las competencias a desarrollar, señaladas en los planes y programas de estudios autorizados a “LA UPTX”, así como en su caso, las sugeridas por la “EMPRESA” y acordadas de común acuerdo.
Los Planes de Formación al que se sujetarán las partes del presente acuerdo serán los establecidos en el formato 1.1 “Plan de Formación”, mismos que se anexan al presente convenio como parte integral del mismo.
SEXTA. COORDINACIÓN DEL PLAN. “LAS PARTES” designarán coordinadores para supervisar el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, con las facultades para resolver de común acuerdo los asuntos derivados de su aplicación y que no se encuentren previstos en el mismo.
SEPTIMA. CONFIDENCIALIDAD. “LAS PARTES” se obligan a guardar por su estudiante, personal o cualquier otra persona perteneciente a la misma, la más absoluta confidencialidad y/o secrecía de toda aquella información técnica que resulte de la ejecución del presente Convenio, así como los recursos materiales que se utilicen en el desarrollo de la educación dual, recibirán un trato estrictamente confidencial durante su vigencia y hasta cinco años después de que haya concluido el presente Convenio.
OCTAVA. VIGENCIA Y TERMINACIÓN. “LAS PARTES” convienen que la vigencia del presente convenio será por un tiempo de dos (2) años, a partir de la fecha de suscripción. No obstante, éstas tendrán la absoluta libertad de darlo por terminado en cualquier momento, previa notificación por escrito que se haga la una a la otra con al menos treinta días naturales de anticipación. De
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que configurarse este supuesto, se comprometen a concluir las acciones que se estén ejecutando para no incurrir en un perjuicio académico del “ESTUDIANTE DUAL”.
NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIA. “LAS PARTES” manifiestan que el presente Convenio es producto de la buena fe, por lo que las posibles controversias que llegarán a suscitarse con motivo de su interpretación y ejecución, las resolverán de común acuerdo, haciendo constar esta circunstancia por escrito.
Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico de Cooperación, y enteradas de su contenido, alcance y fuerza legal, manifiestan su conformidad y para su debida constancia lo firman por duplicado al calce y margen, en la Universidad Politécnica de Tlaxcala, ubicada en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xx 0, Xxx Xxxxx Xxxxxxxxxxxx Municipio de Tepeyanco, a los veintiséis días del mes de octubre de dos mil veintidos.
“LA EMPRESA” | “LA UPTX” | |
C. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx. Apoderado Legal. | Maestro. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Rector. |
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