MODALIDAD
MODALIDAD
APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO
DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL POR PRODUCTO
“PARA LA MODELACIÓN HIDROLÓGICA Y ESTUDIO DE RIESGOS DE LA PRESA DE MISICUNI”
Primera Convocatoria CUCE: 15-0633-00-602044-1-1
CODIGO INTERNO: EM.GT.ANPE-05/2015
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Aprobado Mediante Resolución Ministerial N° 274 de 9 xx xxxx de 2013 Elaborado en base al Decreto Supremo N° 0181 de 28 xx xxxxx de 2009
de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios
Documento Base de Contratación de Servicios de Consultoría Individual por Producto en la Modalidad ANPE.
1
CONTENIDO
1 NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN 3
3 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 3
5 RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS 4
6 CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES 4
8 CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 5
10 DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE 5
15 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO. 6
16 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD 7
17 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE PRESUPUESTO FIJO 7
18 CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN 7
19 ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA 8
20 SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO Y PAGO 8
21 MODIFICACIONES AL CONTRATO 9
23 CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 11
24 CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA 13
PARTE I
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES
1 NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación de Servicios de Consultoría Individual se rige por el Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el presente Documento Base de Contratación (DBC).
En esta convocatoria podrán participar únicamente las personas naturales con capacidad de contratar.
3 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
3.1 Consultas escritas sobre el DBC “CORRESPONDE”
Cualquier potencial proponente podrá formular consultas escritas dirigidas al RPA, hasta la fecha límite establecida en el presente DBC.
3.2 Reunión Informativa de Aclaración “CORRESPONDE”
Se realizará una Reunión Informativa de Aclaración, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, en la que los potenciales proponentes podrán expresar sus consultas sobre el proceso de contratación.
Las solicitudes de aclaración, las consultas escritas y sus respuestas, deberán ser tratadas en la Reunión Informativa de Aclaración.
Al final de la reunión, el convocante entregará a cada uno de los potenciales proponentes asistentes o aquellos que así lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de Reunión, suscrita por los servidores públicos y todos los asistentes que así lo deseen.
1.1. De acuerdo con lo establecido en el Artículo 20 del Decreto Supremo Nº 0181, el proponente, decidirá el tipo de garantía a presentar entre:
a) Boleta de Garantía.
b) Garantía a Primer Requerimiento
c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento.
1.2. De acuerdo con lo establecido en el inciso b) del Artículo 21 del Decreto Supremo Nº 0181, las garantías requeridas para la contratación de Consultores Individuales por Producto son:
a) Garantía de Cumplimiento de Contrato. La entidad convocante solicitará la Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato.
Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la garantía de cumplimiento de contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago.
b) Garantía de Correcta Inversión de Anticipo. En caso de convenirse anticipo, el proponente deberá presentar una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado. El monto total del anticipo no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato.
El tratamiento de ejecución y devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato y Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.
1.3. Para Consultorías Individuales de Línea no se realizará retenciones ni se solicitará ninguna garantía.
5 RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
5.1 Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC.
5.2 Las causales de descalificación son:
a) Incumplimiento u omisión a la presentación de cualquier Formulario de Declaración Jurada requerido en el presente DBC;
b) Incumplimiento a la Declaración Jurada del Formulario de Presentación de Propuestas (Formulario A-1).
c) Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.
d) Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial.
e) Cuando producto de la revisión de la propuesta económica, existiera una diferencia superior al dos por ciento (2%), entre el monto expresado en numeral con el monto expresado en literal.
f) Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste al plazo mínimo requerido en el presente DBC.
g) Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta.
h) Cuando el proponente presente dos o más propuestas.
i) Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras.
j) Cuando la propuesta presente errores no subsanables.
k) Si para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalda lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
l) Si para la suscripción del contrato la documentación solicitada, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que el proponente hubiese justificado oportunamente el retraso por causas de fuerza mayor, caso fortuito o cuando la causa sea ajena a su voluntad.
m) Cuando el proponente desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato.
La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente.
6 CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES
6.1 Se deberán considerar como criterios de subsanabilidad los siguientes:
a) Cuando los requisitos, condiciones, documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en el presente DBC.
b) Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma y que no incidan en la validez y legalidad de la propuesta presentada.
c) Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén claramente señalados en el presente DBC.
d) Cuando el proponente oferte condiciones superiores a las requeridas en los Términos de Referencia, siempre que estas condiciones no afecten el fin para el que fueron requeridas y/o se consideren beneficiosas para la Entidad.
Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considerar otros criterios de subsanabilidad.
Cuando la propuesta contenga errores subsanables, estos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción del contrato.
6.2 Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes:
a) La ausencia de cualquier Formulario, solicitado en el presente DBC.
b) La falta de firma del proponente en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
c) La falta de la propuesta técnica o parte de ella.
d) La falta de la propuesta económica o parte de ella, excepto cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
e) Cuando se presente en fotocopia simple el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
El RPA declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 del Decreto Supremo Nº 0181.
8 CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción del Contrato a través de Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 del Decreto Supremo Nº 0181.
Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, en procesos de contratación por montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso b) del parágrafo I del Artículo
90 del Decreto Supremo Nº 0181; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII del Título I del Decreto Supremo Nº 0181.
10 DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE
Los documentos que deben presentar los proponentes son:
a) Formulario de Presentación de la Propuesta (Formulario A-1).
b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2).
c) Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), excepto cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo.
d) Formularios de Propuesta Técnica, en base a los Términos de Referencia (Formulario C-1 y Formulario C-2).
La recepción de propuestas se efectuará en el lugar, fecha y hora límite fijados en el presente DBC.
La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado dirigido a la entidad convocante, citando el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria.
La propuesta deberá tener una validez no menor a treinta (30) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de propuestas.
La apertura pública de propuestas se realizará en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC. Se verificarán los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, utilizando el Formulario V-1. Cuando se aplique los Métodos de Selección y Adjudicación de: Calidad, Propuesta Técnica y Costo o Calidad, se dará lectura a los precios ofertados.
El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, suspenderá el acto y recomendará al RPA mediante informe, que la convocatoria sea declarada desierta.
La entidad convocante, de acuerdo con el Artículo 23 del Decreto Supremo Nº 0181, para la evaluación de propuestas, podrá aplicar uno de los siguientes Métodos de Selección y Adjudicación:
a) Presupuesto Fijo; “NO APLICA ESTE MÉTODO”
b) Calidad, Propuesta Técnica y Costo; APLICA ESTE MÉTODO
c) Calidad. “NO APLICA ESTE MÉTODO”
Concluido el acto de apertura en sesión reservada, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, determinará si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formularios de la propuesta, utilizando el Formulario V-1.
15 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO. APLICA ESTE MÉTODO
Este método será utilizado para realizar la evaluación de las propuestas presentadas para la contratación de Servicios de Consultoría Individual por Producto.
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas con los siguientes puntajes:
PRIMERA ETAPA: | Propuesta Económica (PE) | : 30 puntos |
SEGUNDA ETAPA: | Propuesta Técnica (PT) | : 70 puntos |
15.1 Evaluación Propuesta Económica
Errores Aritméticos. Se corregirán los errores aritméticos, verificando la propuesta económica y la información del Formulario B-1 de cada propuesta, considerando lo siguiente:
a) Cuando exista discrepancia entre el monto indicado en numeral y literal, prevalecerá el literal.
b) Si la diferencia entre el numeral y el literal, es menor o igual al 2% (dos por ciento) se ajustará la propuesta, caso contrario la propuesta será descalifica.
Una vez efectuada la corrección de los errores aritméticos, se elegirá la propuesta con el menor valor registrado en la última columna del Formulario V-2.
A la propuesta de menor valor se le asignará treinta (30) puntos, al resto de las propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Donde:
=
∗ 30
Puntaje de la Evaluación del Costo de la Propuesta Económica del Proponente i
Propuesta Económica del Proponente i
Propuesta Ajustada de Menor Valor
Las propuestas que no fueran descalificadas en la etapa de la Evaluación Económica, pasarán a la Evaluación Técnica.
15.2 Evaluación de la Propuesta Técnica
La Propuesta Técnica, contenida en el Formulario C-1, será evaluada aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-3.
Las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la Metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignarán treinta y cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, de acuerdo con el Formulario V-3.
El puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi), será el resultado de la suma de los puntajes obtenidos de la evaluación de los Formularios C-1 y C-2, utilizando el Formulario V-3.
Las propuestas que en la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi) no alcancen el puntaje mínimo del cincuenta (50) puntos serán descalificadas.
15.3 Determinación del Puntaje Total
Una vez calificadas las propuestas técnica y económica, se determinará el puntaje total de las mismas utilizando el Formulario V-4, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Donde:
= +
Puntaje Total de la Propuesta Evaluada
Propuesta Económica del Proponente i
Propuesta Técnica del Proponente i
El Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, recomendará la Adjudicación de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total (PTPi).
16 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD “NO APLICA ESTE MÉTODO”
17 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE PRESUPUESTO FIJO “NO APLICA ESTE MÉTODO”
18 CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN
El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente:
a) Nómina de los proponentes.
b) Cuadros de Evaluación.
c) Detalle de errores subsanables, cuando corresponda.
d) Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda.
e) Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
f) Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considere pertinentes.
19 ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA
19.1 El RPA, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Adjudicación o Declaratoria Desierta.
19.2 En caso de que el RPA solicite al Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del Cronograma de Plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Adjudicación o Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma de plazos deberá ser publicado en el SICOES.
Si el RPA, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado.
19.3 Para contrataciones con montos mayores a Bs200.000 (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el RPA deberá adjudicar o declarar desierta la contratación mediante Resolución, para contrataciones menores a dicho monto la entidad determinará el documento de adjudicación o declaratoria desierta.
19.3.1 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá mínimamente la siguiente información:
a) Nómina de los participantes y precios ofertados por el servicio.
b) Los resultados de la calificación.
c) Causales de descalificación, cuando corresponda.
d) Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda.
e) Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.
19.4 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 del Decreto Supremo Nº 0181. La notificación, deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. En contrataciones hasta Bs200.000 (Doscientos mil 00/100 Bolivianos), el documento de adjudicación o declaratoria desierta, deberá ser publicado en el SICOES.
20 SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO Y PAGO
20.1 El proponente adjudicado deberá entregar para la suscripción del contrato, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en la Declaración Jurada de Presentación de Propuestas (Formulario A-1), excepto aquella documentación cuya información se encuentre en el Certificado XXXX.
Las entidades públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado xxx XXXX, presentado por el proponente adjudicado, ingresando el código de verificación del Certificado en el SICOES.
20.2 La entidad convocante deberá otorgar al proponente adjudicado un plazo no inferior a cuatro (4) días hábiles para la entrega de los documentos requeridos en el presente DBC; si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del tiempo otorgado, el proceso deberá continuar.
Para contrataciones mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el plazo de entrega de documentos, será computable a partir del vencimiento del plazo para la interposición de Recursos Administrativos de Impugnación.
En caso que el proponente adjudicado justifique oportunamente el retraso en la presentación de uno o varios documentos requeridos para la formalización de la contratación, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos.
Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato, su propuesta será descalificada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causa de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 49 del Decreto Supremo Nº 0181.
Si el desistimiento se debe a que la notificación de adjudicación se realizó una vez vencida la validez de la propuesta presentada, corresponderá la descalificación de la propuesta por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido.
Si producto de la revisión efectuada para la formalización de la contratación los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
En los dos casos señalados precedentemente, el RPA deberá autorizar la modificación del Cronograma de Plazos a partir de la fecha de emisión del documento de adjudicación.
En caso de convenirse anticipo el proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado.
20.3 Los pagos por el servicio se realizarán previa conformidad de la entidad convocante, entrega de la factura y entrega del comprobante de pago de contribuciones al Sistema Integral de Pensiones.
Para Consultores Individuales por Producto en ausencia de la nota fiscal (factura), la entidad convocante deberá retener los montos de obligaciones tributarias para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.
En los contratos suscritos para servicios de Consultoría Individual de Línea, al encontrarse las personas naturales sujetas al Régimen Complementario de Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), la entidad convocante solicitará el registro en el Servicio de Impuestos Nacionales como contribuyentes directos del RC-IVA, siendo responsabilidad del consultor presentar la declaración jurada trimestral al Servicio de Impuestos Nacionales.
Por otra parte, para servicios de Consultoría Individual de Línea la entidad podrá actuar como agente de retención y pago por contribuciones al Sistema Integral de Pensiones.
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse mediante:
a) Contrato Modificatorio para Consultores Individuales por Producto: Cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
b) Contrato Modificatorio para Consultores Individuales de Línea: Cuando la Unidad Solicitante requiera ampliar el plazo del servicio de Consultoría Individual de Línea, deberá de manera previa a la conclusión del contrato, realizar una evaluación del cumplimiento de los Términos de Referencia. En base a esta evaluación, la MAE o la autoridad que suscribió el contrato principal podrá tomar la decisión de ampliar o no el Contrato del Consultor.
Esta ampliación podrá realizarse hasta un máximo de dos (2) veces, no debiendo exceder el plazo de cada ampliación al establecido en el contrato principal.
Una vez que el Responsable de Recepción o Comisión de Recepción (contraparte) de la entidad emita su conformidad a la prestación del servicio, la Unidad Administrativa, efectuará el cierre del contrato, verificando el cumplimiento de las demás estipulaciones del contrato suscrito, a efectos de:
1. Cobro de penalidades (solamente para Consultoría Individual por Producto).
2. Devolución de garantías o devolución de retenciones por concepto de cumplimiento contrato (solamente para Consultoría Individual por Producto).
3. Emisión del Certificado de Cumplimiento de Contrato.
PARTE II
INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
23 CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
A. CONVOCATORIA Se convoca a la presentación de propuestas para el siguiente proceso: | |||||||||||||||
Entidad convocante : | EMPRESA MISICUNI | ||||||||||||||
Modalidad de Contratación : CUCE : | Apoyo Nacional a la Producción y Empleo | ||||||||||||||
- | - - |
| |||||||||||||
Código interno que la entidad utiliza para Identificar al proceso : Objeto de la contratación : | EM.GT.ANPE.05/2015 | ||||||||||||||
SERVICIOS DE CONSULTORÍA INDIVIDUALPOR PRODUCTO PARA LA MODELACIÓN HIDROLÓGICA Y ESTUDIO DE RIESGOS DE LA PRESA DE MISICUNI | |||||||||||||||
Método de Selección y Adjudicación : | a) Presupuesto Fijo X b) Calidad, Propuesta Técnica y Costo | ||||||||||||||
Forma de Adjudicación : Precio Fijo o Referencial : La contratación se formalizará mediante : | c) Calidad | ||||||||||||||
Total | |||||||||||||||
Bs.57.000.- según OM/CI/35/2015 | |||||||||||||||
Contrato | |||||||||||||||
La entidad deberá realizar la retención del 7 %, por concepto de Garantía de Garantía de Cumplimiento de Cumplimiento de Contrato en caso de Consultoría Individual por Producto o Contrato : prever la retención. Nombre del Organismo Organismo Financiador : Financiador % de Financiamiento (de acuerdo al clasificador vigente) Otros Recursos Específicos (OTPRO) 100 | |||||||||||||||
B. INFORMACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC) Los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES y obtener información de la entidad de acuerdo con los siguientes datos: | |||||||||||||||
Horario de atención de la entidad : 08:30 a.m. a 12:30 p.m. y 14:30 p.m. a 18:30 p.m. días lunes x xxxxxxx Nombre Completo Cargo Dependencia Xxxxx Xxxxx Jefe Dpto. Proyectos. Gerencia Técnica Encargado de atender consultas : Xxxxxxxx Op. Mtto. y Sistemas Domicilio fijado para el proceso de contratación por la entidad Xx. Xxxxx Xxxxxx Xx0000 xxxx Xx. Xxxx, Xxxx Xxxxx convocante : Teléfono : 4410840-2 int.122 Fax : 0000000 Correo electrónico para consultas : cc: xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx |
C. CRONOGRAMA DE PLAZOS | ||||||||
El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente: | ||||||||
FECHA | HORA | |||||||
# | ACTIVIDAD | Hora: Min | LUGAR Y DIRECCIÓN | |||||
Día/Mes/Año | ||||||||
1 | Publicación del DBC en el SICOES y la Convocatoria en la Mesa de Partes | : | 13/10/2015 | |||||
2 | Consultas Escritas (No son obligatorias) | : | 15/10/2015 | 17:00 | Ventanilla Única de la Empresa MISICUNI, Av. Xxxxx Xxxxxx N°1663 casi Av. Perú | |||
3 | Reunión Informativa de Aclaración (No es obligatoria) | 16/10/2015 | 16:00 | Sala Reuniones de la Empresa MISICUNI, Av. Xxxxx Xxxxxx N°1663 casi Av. Perú | ||||
4 | Fecha límite de presentación y Apertura de Propuestas | : | 20/10/2015 | 15:00 15:05 | Oficina y luego Sala de Reuniones Empresa MISICUNI, Av. Xxxxx Xxxxxx N°1663 casi Av. Perú | |||
5 | Presentación del Informe de Evaluación y Recomendación al RPA | : | 22/10/2015 | 16:00 | Gerencia Administrativa Financiera | |||
6 | Adjudicación o Declaratoria Desierta | : | 23/10/2015 | |||||
7 | Notificación de la Adjudicación o Declaratoria Desierta: | 26/10/2015 | ||||||
8 | Presentación de documentos para la suscripción del contrato | : | 30/10/2015 | |||||
9 | Suscripción de contrato | : | 03/11/2015 |
Todos los plazos son de cumplimiento obligatorio, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 47 de las NB-SABS
24 CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DECONSULTORÍA
EN ESTE CUADRO LA ENTIDAD DEBE DETALLAR LAS CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA OBJETO DE LA CONSULTORÍA DE ACUERDO AL SIGUIENTE MODELO |
MODELACION HIDROLOGICA Y ESTUDIO DE RIESGOS DE LA PRESA DE MISICUNI 1. ANTECEDENTES Debido a la conclusión de la presa y posterior llenado del embalse, la Empresa Misicuni requiere que se actualicen los estudios hidrológicos con los que cuenta, de manera que estos estudios permitan realizar una modelación hidrológica y estudio de riesgos de la presa de Misicuni. 2. OBJETIVOS DE LA CONSULTORÍA El objetivo de esta consultoría es la modelación hidrológica y estudio de riesgos de la presa de Misicuni, en base a la recopilación, procesamiento y validación de datos hidrológicos dentro la cuenca Misicuni. 3. ALCANCE DE LOS SERVICIOS El Consultor deberá realizar sin limitarse a ello las siguiente actividades: A) Recepción de información básica para estudio preliminar La Empresa Misicuni proporcionara al Consultor la siguiente información: • Estudios hidrológicos existentes • Datos metrológicos • Imágenes satelitales en alta resolución • Modelo Digital del terreno • Información topográfica existente xxx xxxxx aguas abajo de la presa • Curva cota volumen del embalse de Misicuni Con esta información el Consultor deberá realizar una simulación previa preliminar para definir la extensión aproximada del área bajo riesgo. B) Recopilación de la información in situ y visita de campo Comprende: 1) Relevamiento de campo para recopilar la siguiente información: • Mapas de la zona de estudio (fotos aéreas, imágenes satelitales, etc.). • Aspectos técnicos de la presa, cuenca, crecidas de diseño (estudio hidrológico) 2) En la visita de campo se verificará la zona aguas abajo de la Presa para: • Definir la ubicación de los perfiles longitudinales y transversales que realizará la Empresa Misicuni • Identificar singularidades (puentes, caminos, vías férreas que los atraviesen, poblaciones importantes |
Con esta recopilación el Consultor deberá emitir un Informe de los resultados del análisis de antecedentes, estudios específicos, trabajos de gabinete y campo realizados para obtener la información básica necesaria para los estudios hidrodinámicos
.
C) Elaboración del Estudio de rotura.
Comprende:
- Definición de los tipos de rotura (estudio de la brecha
- Definición de los posibles escenarios de riesgo para la obtención de la onda de rotura
- Crecida de diseño sin rotura xx xxxxx
- Crecida de diseño con rotura xx xxxxx
- Rotura xx xxxxx por erosión interna en día soleado (tubificación).
- Caudales habituales en el río (para ser comparados con demás escenarios)
- Simulación hidrodinámica de los escenarios de riesgo. Además de las características del río y de la planicie de inundación, la modelación considerará los asentamientos poblacionales y singularidades viviendas, equipamientos, caminos, puentes, líneas de alta tensión, etc.)
La extensión del estudio hidrodinámico se definirá en función de la altura de inundación y el impacto que ella cause en el xxxxx xx xxxxx abajo.
El Consultor deberá emitir Informe del estudio de rotura
D) Elaboración de los mapas de inundación para cada escenario (para diferentes zonas).
Comprende:
Mapas de inundación a escalas 1:50000 o 1:100000 con las líneas de inundación de todos los escenarios simulados.
Se definirán secciones de interés las cuales se vincularán a un cuadro de referencias con la descripción sintética del escenario correspondiente, con la siguiente información:
- Niveles máximos que alcanzaría el agua.
- Caudal máximo.
- Tiempo de arribo de la onda de crecida.
- Tiempo para alcanzar el nivel máximo.
En correspondencia con las poblaciones afectadas, se elaborarán mapas (a escala 1:10000 o 1:20000) donde se identificarán:
- Sectores afectados.
- Posibles vías de evacuación.
- Áreas de posible refugio para evacuados.
- Ubicación de las dependencias de los servicios públicos esenciales.
El Consultor deberá elaborara incluir en un informe mapas de inundación generales a escalas 1:50000 o 1:100000 y de mayor detalle (1:10000 o 1:20000) en zonas con poblaciones afectadas
E) Elaboración de la Guía de consulta rápida.
Elaboración de la guía Guía de consulta rápida.
F) Elaboración y/o compilación de documentación adicional de respaldo en Anexos.
Anexo A - Estudios realizados
Anexo B - Informe Técnico de los modelos hidrodinámicos Estos anexos deben están incluidos en el informe final.
4. INFORMES
Se prevén al menos dos (2) viajes al sitio, el primero para realizar el relevamiento de campo y el segundo en el momento que se considere necesario durante el desarrollo de los trabajos.
Informes
Se presentarán informes de acuerdo al plan de trabajo presentado por el Consultor y aprobado por la Empresa Misicuni (e informes parciales cuando se requiera). El Consultor presentará, pero sin limitarse a ello, los siguientes informes:
Primer Informe
A los 15 días de iniciados los trabajos en un original y una copia. El informe debe incluir la simulación previa preliminar para definir la extensión aproximada del área bajo riesgo.
Informe de los resultados del análisis de antecedentes, estudios específicos, trabajos de gabinete (y, eventualmente, campo), realizados para obtener la información básica necesaria para los estudios hidrodinámicos
Segundo Informe
A los 30 días de iniciados los trabajos en un original y una copia. El informe debe incluir Informe del estudio de rotura y Mapas de inundación generales a escalas 1:50000 o 1:100000 y de mayor detalle (1:10000 o 1:20000) en zonas con poblaciones afectadas.
Informe Final
A los 50 días de iniciados los trabajos en un original y una copia. El informe debe incluir las correcciones y presentación informes finales. No se aceptaran formatos PDF o protegidos.
Revisión y Aprobación de Informes.
El Consultor debe presentar en el plazo indicado los informes. La Empresa Misicuni tendrá un plazo máximo de (2) días calendario para aprobar dicho informe o pedir complementaciones.
El Informe final se presentará con una carátula genérica con identificación de la entidad contratante, y el nombre del Consultor. Se debe incluir el índice de los componentes indicando claramente el tema que se desarrolla, los planos (indicando la página de ubicación) y la relación de anexos.
Los planos deberán ser dibujados en formato digital y en plataforma Autocad. Los planos deben permitir situar, replantear y construir las obras sin más que este documento. En los planos se hará figurar las escalas gráficas precisas. En los planos se deben introducir todas las referencias necesarias para su fácil entendimiento (ubicación, identificación de partes, etc.).
El Consultor entregará en formato digital todos los documentos elaborados debidamente ordenados y etiquetados con la misma numeración que los documentos presentados en formato impreso. El Consultor deberá entregar los archivos digitales de los programas de ingeniería utilizados para obtener resultados.
5. LUGAR Y PLAZO DE LA CONSULTORIA
La Consultoría deberá desarrollarse en el departamento de Cochabamba y tendrá una duración de 50 días calendario
6. SUPERVISION
La jefatura del Departamento De Proyectos Operación, Mantenimiento Y Sistemas se encargará de realizar la supervisión y seguimiento de la Consultoría.
7. PERFIL REQUERIDO DEL CONSULTOR
La Consultoría deberá ser ejecutada por un profesional que deberá contar con el siguiente perfil:
1. Título en Provisión Nacional de Ingeniero Civil
2. Maestría en Ciencias en Recursos Hídricos y/o en el área de hidrología
3. Experiencia General de 15 años, demostrada en ingeniería civil, hidrología e hidráulica, en instituciones públicas o privadas o como consultor independiente, relacionada al aprovechamiento de recursos hídricos, irrigación, generación de energía hidroeléctrica y/o manejo xx xxxxxxx.
4. Experiencia especifica de 10 años como Consultor, Director, Gerente, y/o Especialista, en las áreas de: hidrología, proyectos hidroeléctricos, medio ambiente y/o manejo xx xxxxxxx.
8. MONTO DE LA CONSULTORÍA Y FORMA DE PAGO
El monto total de la Consultoría es de Bs. 57.000. Este monto será pagado de la siguiente manera: 30% a la presentación y aprobación del Primer Informe, a los 15 días
60% a la presentación y aprobación del Segundo Informe, a los 30 días 10% a la presentación y aprobación del Informe Final a los 50 días
9. PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y LOS DOCUMENTOS
La información y documentación generada de la prestación de este servicio de Consultoría serán de propiedad del Contratante y en consecuencia deberán ser entregadas a éste, quedando absolutamente prohibida la difusión de dicha documentación, total o parcial, sin previo consentimiento escrito del Contratante.
10. OTRAS CONDICIONES
La Empresa Misicuni entregará al Consultor toda la información meteorológica e hidrométrica con la que cuenta y los estudios hidrológicos existentes.
La Empresa Misicuni proporcionará transporte a la zona del proyecto y alimentación en Campamento Bocatoma y apoyo topográfico que requiera.
El Consultor deberá contar con las herramientas necesarias para realizar su trabajo como: personal de apoyo, equipos de computación, paquetes computaciones de ingeniería y todo lo necesario para cumplir con el alcance de trabajo.
PARTE III ANEXO 1
FORMULARIO A-1 PRESENTACIÓN DE PROPUESTA
1. DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN | |||||||||||||||||||
CUCE: | - | - | - | - | - | ||||||||||||||
Señalar el objeto de la Contratación que aparece en la convocatoria: | |||||||||||||||||||
2. PLAZO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA (en días calendario): | |||||||||||||||||||
(El proponente debe registrar la validez de su propuesta.) |
I.- De las Condiciones del Proceso
a) Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0181, NB-SABS y el presente DBC.
b) Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación.
c) Declaro que como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el Artículo 43 del Decreto Supremo Nº 0181, para participar en el proceso de contratación.
d) Xxxxxxx y garantizo haber examinado el DBC, así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del contrato.
e) Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados por la entidad convocante al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas.
f) Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes (no aplica para Consultoría Individual de Línea).
g) Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta.
h) Xxxxxx a sola firma de este documento, que todos los formularios presentados se tienen por suscritos.
i) Comprometo mi inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX) una vez presentada mi propuesta a la entidad convocante (excepto para aquellos proponentes que ya se encuentren inscritos en el XXXX).
j) Me comprometo a denunciar por escrito ante la MAE de la entidad convocante, cualquier tipo de presión o intento de extorsión de parte de los servidores públicos de la entidad convocante o de otras personas, para que se asuman las acciones legales y administrativas correspondientes.
II.- De la Presentación de Documentos
En caso de ser adjudicado, para la suscripción de contrato, se presentará la siguiente documentación, en original o fotocopia legalizada, salvo aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado xx XXXX:
a) Certificado xx XXXX que respalde la información declarada en su propuesta.
b) Fotocopia simple del Carnet de Identidad.
c) La documentación que respalde la información declarada en los Formulario C-1 y C-2 con relación a su formación y experiencia.
d) Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato (deberá suprimir este requisito en caso de pagos parciales y en caso de Consultores Individuales de Línea).
(Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)
FORMULARIO A-2
DECLARACIÓN JURADA DE IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE | ||||||||
Nombre del proponente | : | |||||||
Cédula de Identidad o Número de Identificación Tributaria | : | Número CI/NIT | Fecha de expedición NIT | |||||
(Valido y Activo) | Día | Mes | Año | |||||
Domicilio: | : | |||||||
Teléfonos | : | |||||||
3. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES /COMUNICACIONES | ||||||||
Fax (solo si tiene) | : | |||||||
Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía | ||||||||
Correo Electrónico | : |
FORMULARIO Nº B-1
DECLARACIÓN JURADA DE PROPUESTA ECONÓMICA
(Este Formulario no es aplicable para el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde no es necesaria la presentación de propuesta económica. En caso de que el proponente presente propuesta económica y éste fuese adjudicado, se procederá a pagar el monto del presupuesto fijo establecido por la entidad.)
Nº | DETALLE DEL SERVICIO | MONTONUMERAL EN Bs | MONTO LITERAL EN Bs |
1 |
FORMULARIO C-1 FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
(Condiciones mínimas requeridas por la entidad)
1. CONDICIONES MÍNIMAS SOLICITADAS POR LA ENTIDAD. (*) | |||||||
A. Formación | : | Ingeniero Civil | |||||
B. Cursos | |||||||
: | En el área de recursos hídricos, recursos renovables, hidrología, HEC. | ||||||
C. Experiencia General | : | 15 años | |||||
D. Experiencia Específica | Determinar en años y en el área específica, según el objeto del contrato | ||||||
: | |||||||
2. CONDICIONES MÍNIMAS PRESENTADAS POR EL PROPONENTE. (**) | |||||||
A. FORMACIÓN | |||||||
Nº | Institución | Fecha del documento que avala la formación | Grado de instrucción | Documento, certificado u otros | |||
1 | |||||||
2 | |||||||
N | |||||||
B. CURSOS (ESPECIALIZACIÓN, SEMINARIOS, CAPACITACIONES, ENTRE OTROS) | |||||||
Nº | Institución | Fecha del documento que avala el curso | Nombre del Curso | Duración en Horas Académicas | |||
1 | |||||||
2 | |||||||
C. EXPERIENCIA GENERAL | |||||||
N° | Institución, Empresa o Lugar de Trabajo | Objeto del Trabajo | Cargo Ocupado | Tiempo Trabajado | |||
Años | Meses | ||||||
1 | |||||||
2 | |||||||
D. EXPERIENCIA ESPECÍFICAS | |||||||
N° | Institución, Empresa o Lugar de Trabajo | Objeto del trabajo | Cargo Ocupado | Tiempo Trabajado | |||
Años | Meses | ||||||
1 | |||||||
2 |
(*)La entidad deberá establecer las condiciones mínimas requeridas para la realización de la Consultoría, considerando lo establecido en los términos de referencia señalados en el numeral 23 del presente DBC (Formación mínima por ejemplo título en provisión nacional y experiencia general, 3 años en el xxxxxx xxxxxxx x 0 xxx xx xx xxxxxx xxxxxxx).
(**)El Proponente debe presentar su propuesta de acuerdo con las condiciones mínimas solicitadas por la entidad.
21
FORMULARIO C-2 FORMACIÓN Y EXPERIENCIA ADICIONAL
1. CONDICIONES ADICIONALES SOLICITADAS POR LA ENTIDAD. (*) | |||||
A. Formación Complementaria | : | Maestría en recursos hídricos o en el área de hidrología | Puntaje: (**) | a.1 = 10 puntos | |
B. Experiencia Específica | : | Estudios o Consultorías en hidrología, por cada estudio o consultoría se asignaran 2.5 puntos hasta un máximo de 25 puntos. Se consideran los estudios o consultorías mayores o iguales a 3 meses | Puntaje: | b.2 = 25 puntos | |
2. CONDICIONES ADICIONALES PRESENTADAS POR EL PROPONENTE. (***) | |||||
A. FORMACIÓN COMPLEMENTARIA | |||||
Nº | Institución Educativa | Fechas de emisión del título | Grado | Título | |
B. EXPERIENCIA ESPECÍFICAS | |||||
N° | Institución, Empresa o Lugar de Trabajo | Objeto del trabajo | Cargo Ocupado | Tiempo Trabajado | |
Años | Meses | ||||
1 | |||||
2 | |||||
N |
(*)La Entidad deberá definir las condiciones adicionales a la propuesta presentada, respecto a la formación y a la experiencia específica (por ejemplo la entidad si ha establecido como una condición mínima la formación de licenciatura, en la formación complementaría puede solicitarse un nivel de maestría).
(**) La entidad deberá definir la puntuación para la formación y experiencia específica, pudiendo establecer rangos. La suma de los puntajes asignados para las condiciones adicionales deberá ser 35 puntos.
(***)El proponente deberá ofertar condiciones adicionales solicitadas en el presente Formulario.
ANEXO 2
FORMULARIOS REFERENCIALES DE APOYO
Formulario V-1 Formulario de Evaluación Preliminar Formulario V-2 Formulario de Evaluación Propuesta Económica Formulario V-3 Formulario de Evaluación de Propuesta Técnica
Formulario V-4 Resumen de la Evaluación Técnica y Económica
Formulario V- 1 EVALUACIÓN PRELIMINAR
DATOS GENERALES DEL PROCESO | |||||||||||||||||
CUCE : - | - | - | - - | ||||||||||||||
Objeto de la : Contratación Nombre del : Proponente Propuesta : Económica | |||||||||||||||||
Verificación Evaluación Preliminar (Acto de Apertura) (Sesión Reservada) | |||||||||||||||||
Requisitos Evaluados | PRESENTÓ | ||||||||||||||||
SI | NO | ||||||||||||||||
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS | |||||||||||||||||
1. Formulario A-1. de Presentación de Propuesta | |||||||||||||||||
2. Formulario A-2 de Identificación del Proponente | |||||||||||||||||
PROPUESTA TÉCNICA | |||||||||||||||||
4. FORMULARIO C-1. | |||||||||||||||||
5. FORMULARIO C-2 | |||||||||||||||||
PROPUESTA ECONÓMICA | |||||||||||||||||
6. FORMULARIO B-1. Declaración Jurada de Propuesta Económica |
CONTINÚAN DESCALIFICAN
- - - - - | ||
FORMULARIO V-2 PROPUESTA ECONÓMICA
DATOS DEL PROCESO | ||||
CUCE : Objeto de la : Contratación Fecha y lugar del Acto : de Apertura | Día Mes Año |
Dirección | ||
N° | NOMBRE DEL PROPONENTE | VALOR LEÍDO DE LA PROPUESTA | MONTO REVISADO | ORDEN DE PRELACIÓN |
Pp | MR(*) | |||
1 | ||||
2 | ||||
3 | ||||
4 | ||||
5 | ||||
… | ||||
N |
(*) En caso de no evidenciarse errores aritméticos el monto leído de la propuesta (pp) debe trasladarse a la casilla Monto Revisado (MR)
FORMULARIO V-3 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
TÉRMINOS DE REFERENCIA | ||||||||
Formación y Experiencia (Llenado por la Entidad) | ||||||||
PROPONENTES | ||||||||
PROPONENTE A | PROPONENTE B | PROPONENTE C | PROPONENTE n | |||||
Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | |
A. Formación | ||||||||
B. Cursos (Especialización, Seminarios, Capacitaciones, entre otros) | ||||||||
C. Experiencia General | ||||||||
D. Experiencia Específica | ||||||||
METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPPLE | (Xxxxxxx si cumple o no cumple) | (Xxxxxxx si cumple o no cumple) | (Xxxxxxx si cumple o no cumple) | (Xxxxxxx si cumple o no cumple) | ||||
CONDICIONES ADICIONALES | ||||||||
Formación y Experiencia Adicional (Llenado por la Entidad) | ||||||||
Puntaje Asignado | PROPONENTES | |||||||
PROPONENTE A | PROPONENTE B | PROPONENTE C | PROPONENTE n | |||||
Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | |||||
A. Formación Complementaria | ||||||||
B. Experiencia Específica | ||||||||
PUNTAJE TOTAL DE LAS CONDICIONES ADICIONALES | 35 | (Sumar los puntajes obtenidos de cada criterio) | (Sumar los puntajes obtenidos de cada criterio) | (Sumar los puntajes obtenidos de cada criterio) | (Sumar los puntajes obtenidos de cada criterio) |
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (PT) | PROPONENTE A | PROPONENTE B | PROPONENTE C | PROPONENTE n | |
Puntaje Asignado | Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | |
Puntaje de la evaluación cumple/no cumple | 35 | ||||
Puntaje de las condiciones adicionales | 35 | ||||
PUNTAJE TOTAL DE LA EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (PT) | 70 |
FORMULARIO V-4
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA
(Para el Método de Selección y Adjudicación Calidad, Propuesta Técnica, Costo)
Los factores de evaluación deberán determinarse de acuerdo con lo siguiente:
ABREVIACIÓN | DESCRIPCIÓN | PUNTAJE ASIGNADO |
PE | Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica | 30 puntos |
PT | Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica | 70 puntos |
PTP | PUNTAJE TOTAL DE LA PROPUESTA EVALUADA | 100 puntos |
RESUMEN DE EVALUACIÓN | PROPONENTES | |||
EMPRESA A | EMPRESA B | EMPRESA C | EMPRESA n | |
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica(de acuerdo con lo establecido en el sub-numeral 15.1) | ||||
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica, del Formulario V- 3 | ||||
PUNTAJE TOTAL |
ANEXO 3
MODELO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL (SEÑALAR SI ES INDIVIDUAL O PRODUCTO)
CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE
CONSULTORÍA (señalar objeto, CUCE y el número o código interno que la entidad utiliza para identificar al contrato)
Conste por el presente Contrato Administrativo para la prestación de servicios de consultoría, que celebran por una parte (registrar de forma clara y detallada el nombre o razón social de la entidad contratante), con NIT Nº (señalar el Número de Identificación Tributaria), con domicilio en (señalar de forma clara el
domicilio de la entidad), en (señalar el distrito, provincia y
departamento), representado legalmente por (registrar el nombre de la MAE o del servidor público a quien se delega la competencia para la suscripción del Contrato, y la Resolución correspondiente de delegación), en calidad de (señalar el cargo del servidor público delegado para la firma), con Cédula de identidad Nº (señalar el número de Cédula de Identidad), que en adelante se denominará la ENTIDAD; y, por otra parte, (registrar las Generales xx Xxx del proponente adjudicado), que en adelante se denominará el CONSULTOR, quienes celebran y suscriben el presente Contrato Administrativo, al tenor de las siguientes clausulas:
CLÁUSULA PRIMERA.- (ANTECEDENTES)
La ENTIDAD, en proceso realizado bajo las normas y regulaciones de contratación establecidas en el Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el Documento Base de Contratación (DBC), para la Contratación de Servicios de Consultoría Individual (señalar si es consultoría individual de línea o por producto), en la Modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE), convocó en fecha (señalar la fecha de la publicación de la convocatoria en el SICOES) a personas naturales con capacidad de contratar con el Estado, a presentar propuestas en el proceso de contratación con Código Único de Contratación Estatal (CUCE) (señalar el CUCE del proceso), en base a lo solicitado en el DBC.
Concluido el proceso de evaluación de propuestas, el Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA), en base al Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación N° (señalar el número del Informe), emitido por (el) (la)
(señalar según corresponda al Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación), resolvió adjudicar la contratación del Servicio de Consultoría Individual
(señalar si es consultoría individual de línea o por producto) a
(señalar el nombre del proponente adjudicado), al cumplir su propuesta con todos los requisitos solicitados en el DBC.
CLÁUSULA SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE)
El presente Contrato se celebra al amparo de las siguientes disposiciones:
a) Constitución Política del Estado.
b) Ley Nº 1178, de 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxxxxx x Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxxx.
x) Xxxxxxx Supremo Nº 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios – NB-SABS y sus modificaciones.
d) Ley del Presupuesto General del Estado aprobado para la gestión y su reglamentación.
e) Otras disposiciones relacionadas.
CLÁUSULA TERCERA.- (OBJETO Y CAUSA)
El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de (describir de forma detallada el servicio de consultoría a realizar que se constituye en el objeto del contrato), que en adelante se denominará la CONSULTORÍA, para (establecer la causa de la contratación), provistos por el CONSULTOR de conformidad con el DBC y Propuesta Adjudicada, con estricta y absoluta sujeción al presente Contrato.
CLÁUSULA CUARTA.- (DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO)
Forman parte del presente contrato, los siguientes documentos:
a) Documento Base de Contratación.
b) Propuesta Adjudicada.
c) Documento de Adjudicación.
d) Garantía de Cumplimiento de contrato, cuando corresponda (suprimir este inciso en caso de que se tengan programados pagos parciales o en caso de que el contrato sea para consultoría individual de línea).
e) Garantía de Correcta de Inversión de Anticipo, cuando corresponda (suprimir este inciso en caso de que el proponente no haya solicitado Anticipo o en caso de que el contrato sea para consultoría individual de línea).
f) Certificado xxx XXXX.
g) Poder General del Representante Legal y Fotocopia de Carnet de Identidad.
h) Otros Documentos específicos de acuerdo al objeto de la contratación. (La ENTIDAD, detallará, cuando corresponda, los documentos específicos necesarios para el contrato).
CLÁUSULA QUINTA.- (OBLIGACIONES DE LAS PARTES)
Las partes contratantes se comprometen y obligan a dar cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas del presente contrato.
Por su parte, el CONSULTOR se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
1. Realizar la prestación del SERVICIO objeto del presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el DBC, así como las condiciones de su propuesta.
2. Mantener vigentes las garantías presentadas (suprimir este inciso en caso de que se tengan programados pagos parciales o en caso de que el contrato sea para consultoría individual de línea).
3. Actualizar la (s) Garantía (s) (vigencia y/o monto), a requerimiento de la Entidad (suprimir este inciso en caso de que se tengan programados pagos parciales o en caso de que el contrato sea para consultoría individual de línea).
4. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato.
5. (Otras obligaciones que la entidad considere pertinente de acuerdo al objeto de contratación.)
Por su parte, la ENTIDAD se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
(Seleccionar estas obligaciones en caso de Consultores Individuales de Línea)
1. Apoyar la Consultoría proporcionando la información necesaria, apoyo logístico referente a condiciones de trabajo e insumos.
2. Dar conformidad al servicio de CONSULTORÍA, en un plazo no mayor de 5 días hábiles computables a partir de la recepción de informe.
3. Realizar el pago de la CONSULTORÍA en un plazo no mayor de 10 días hábiles computables a partir de la emisión de la conformidad a favor del Consultor.
4. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato.
(Seleccionar estas obligaciones en caso de Consultores Individuales por Producto)
1. Apoyar la Consultoría proporcionando la información necesaria.
2. Dar conformidad del producto presentado en un plazo no mayor de 10 días hábiles computables a partir de la recepción de informe.
3. Realizar el pago de la CONSULTORÍA en el o los plazos establecidos en el presente contrato a favor del Consultor.
4. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato.
CLÁUSULA SEXTA.- (VIGENCIA)
El contrato, entrará en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción, por ambas partes, hasta que las mismas hayan dado cumplimiento a todas las cláusulas contenidas en el presente Contrato.
(En caso de Consultoría Individual por Producto seleccionar una de las siguientes cláusulas considerando si se va a requerir Garantía o Retención por pagos parciales).
CLÁUSULA SÉPTIMA.- (GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO)
A la suscripción del contrato, el CONSULTOR, garantiza el fiel cumplimiento del presente Contrato en todas sus partes con (Señalar el tipo de garantía presentada, Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento) a la orden de (señalar el nombre o razón social de la ENTIDAD), por el siete por ciento (7%) del monto del contrato que corresponde a (señalar el monto en forma numeral y literal), con vigencia a partir de la firma de contrato, hasta la conclusión del mismo.
En caso de que el CONSULTOR, incurriere en algún tipo de incumplimiento contractual, el importe de dicha garantía, será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimiento.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- (RETENCIONES POR PAGOS PARCIALES)
El CONSULTOR acepta expresamente, que la ENTIDAD retendrá el siete por cien (7%) de cada pago parcial, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Estas retenciones serán reintegradas en el marco de lo establecido en la Cláusula Decima Novena del presente contrato.
En caso de que el CONSULTOR, incurriere en algún tipo de incumplimiento contractual, el importe de dicha garantía será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimiento.
(En caso de Consultoría Individual de Línea, considerar la siguiente cláusula y suprimir las dos anteriores cláusulas séptimas)
CLÁUSULA SÉPTIMA.- (COMPROMISO POR GARANTÍA)
A la suscripción del contrato, el CONSULTOR se compromete a su fiel cumplimiento del contrato en todas sus partes. En este sentido el CONSULTOR no está obligado a presentar una Garantía de Cumplimiento de Contrato, ni la Entidad a realizar la retención de los pagos parciales por concepto de Garantía de Cumplimiento de Contrato; sin embargo, en caso de que el CONSULTOR, incurriere en algún tipo de incumplimiento contractual, se tendrá al mismo como impedido de participar en los procesos de contrataciones del Estado, en el marco del artículo 43 del Decreto Supremo Nº 0181.
(En caso de Consultoría Individual de Línea, suprimir el texto de la cláusula y señalar que en la consultoría individual de línea no corresponde solicitar anticipo)
CLÁUSULA OCTAVA.- (ANTICIPO)
La ENTIDAD, podrá otorgar anticipos al CONSULTOR, mismos que deberán ser facturados y que por ningún concepto deberán exceder el veinte por ciento (20%) del monto del Contrato, contra entrega de una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto a ser desembolsado, la misma que deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario. El importe del anticipo será descontado en (indicar el número de pagos), pagos hasta cubrir el monto total del anticipo.
El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el CONSULTOR no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los (Registrar en forma literal y numeral, el plazo previsto al efecto) días establecidos al efecto.
Esta Garantía podrá ser sustituida periódicamente por otra garantía, cuyo valor deberá ser la diferencia entre el monto otorgado y el monto descontado en cada pago. Las Garantías sustitutivas deberán mantener su vigencia en forma continua y hasta la amortización total del anticipo.
CLÁUSULA NOVENA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DE LA CONSULTORÍA)
(Considerar esta redacción en el caso de que la prestación del servicio sea por un plazo determinado)
El plazo para la prestación de la CONSULTORIA, tendrá una duración de
(establecer el plazo en días calendario, numeral y litera), computables a partir
(Seleccionar una de las siguientes opciones):
a) de la emisión del orden de proceder;
b) del desembolso del anticipo;
c) del día siguiente hábil de la suscripción del contrato.
En el caso de que la finalización de la CONSULTORÍA, coincida con un día xxxxxx, xxxxxxx o feriado, la misma será trasladada al siguiente día hábil administrativo.
(Considerar esta redacción en el caso de que la prestación del servicio sea por Producto con entregas parciales, contemplados en un Cronograma)
El plazo para la prestación de la CONSULTORIA, se realizará de acuerdo al siguiente cronograma (establecer los plazos, de acuerdo al cronograma establecido en los términos de referencia, en días calendario, numeral y literal), computables a partir
(Seleccionar una de las siguientes opciones):
a) de la emisión del orden de proceder;
b) del desembolso del anticipo;
c) del día siguiente hábil de la suscripción del contrato.
En el caso de que la finalización de la CONSULTORÍA, coincida con un día xxxxxx, xxxxxxx o feriado, la misma será trasladada al siguiente día hábil administrativo.
CLÁUSULA DÉCIMA.- (LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS)
El CONSULTOR realizará la CONSULTORÍA, objeto del presente contrato en
(señalar el lugar o lugares donde realizará la consultoría).
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- (DEL MONTO, MONEDA Y FORMA DE PAGO)
(El monto, moneda y forma de pago será elaborada por la entidad CONTRATANTE conforme a los Términos de Referencia establecidos en el DBC).
La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- (ESTIPULACIÓN SOBRE IMPUESTOS)
Correrá por cuenta del CONSULTOR, en el marco de la relación contractual, el pago de todos los impuestos vigentes en el país a la fecha de suscripción del presente contrato.
En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia, implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara los vigentes, mediante disposición legal expresa, el CONSULTOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha normativa.
(Seleccionar esta cláusula para la contratación Consultores Individuales por Producto)
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- (FACTURACIÓN)
Para que se efectúe el pago, el CONSULTOR deberá emitir la respectiva factura oficial por el anticipo cuando este exista y por el monto del pago a favor de la ENTIDAD, caso contrario la ENTIDAD deberá retener los montos de obligaciones tributarias pendientes, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.
(Seleccionar esta cláusula para la contratación Consultores Individuales de Línea)
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- (FACTURACIÓN)
Para que se efectúe el pago, el CONSULTOR deberá presentar los descargos impositivos correspondientes, o la respectiva factura oficial por el monto del pago a favor de la ENTIDAD, caso contrario la ENTIDAD deberá retener los montos de obligaciones tributarias pendientes, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.
(Seleccionar esta cláusula para la contratación Consultores Individuales por Producto)
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO)
El contrato podrá ser modificado por uno o varios contratos modificatorios, mismos que pueden afectar el alcance, monto y/o plazo. El monto de cada contrato modificatorio no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del presente contrato; asimismo, la suma de los montos de los contratos modificatorios no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 89 del Decreto Supremo N° 0181.
(Seleccionar esta cláusula para la contratación Consultores Individuales de Línea)
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO)
La modificación al contrato podrá realizarse hasta un máximo de dos (2) veces, no debiendo exceder el plazo de cada modificación al establecido en el presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 89 del Decreto Supremo N° 0181.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- (CESIÓN)
El CONSULTOR no podrá transferir parcial ni totalmente las obligaciones contraídas en el presente Contrato, siendo de su entera responsabilidad la ejecución y cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo.
(Sólo para contrataciones de Consultores Individuales por Producto incluir la siguiente Cláusula, en caso de consultoría individual de línea suprimir señalar que no aplica multas al presente contrato)
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- (MULTAS)
El CONSULTOR se obliga a cumplir con el cronograma y/o el plazo de entrega establecido en la
Cláusula Novena del presente Contrato, caso contrario será multado con el % (La
ENTIDAD establecerá el porcentaje de acuerdo al objeto del contrato, mismo que no podrá exceder del 1% del monto del contrato) por día de retraso. La suma de las multas no podrá exceder en ningún caso el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato sin perjuicio de resolver el mismo.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- (CONFIDENCIALIDAD)
Los materiales producidos por el CONSULTOR, así como la información a la que este tuviere acceso, durante o después de la ejecución presente contrato, tendrá carácter confidencial, quedando expresamente prohibida su divulgación a terceros, exceptuando los casos en que la Entidad emita un pronunciamiento escrito estableciendo lo contrario.
Así mismo el CONSULTOR reconoce que la ENTIDAD es el único propietario de los productos y documentos producidos en la CONSULTORÍA, producto del presente Contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- (EXONERACIÓN A LA ENTIDAD DE RESPONSABILIDADES POR DAÑO A TERCEROS)
El CONSULTOR se obliga a tomar todas las previsiones que pudiesen surgir por daño a terceros, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- (TERMINACIÓN DEL CONTRATO)
Se dará por terminado el vínculo contractual por una de las siguientes causales:
1. Por Cumplimiento del objeto de Contrato:
Tanto la ENTIDAD como el CONSULTOR darán por terminado el presente Contrato, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas contenidas en el mismo, lo cual se hará constar por escrito.
2. Por Resolución del contrato:
2.1 A requerimiento de la ENTIDAD, por causa atribuible al CONSULTOR:
a) Por incumplimiento en la realización de la CONSULTORÍA en el plazo establecido.
b) Por suspensión en la provisión de la CONSULTORÍA sin justificación.
c) Por incumplimiento del objeto de contratación de la CONSULTORÍA en lo referente a los términos de referencia.
2.2 A requerimiento del CONSULTOR, por causales atribuibles a la ENTIDAD:
a) Si apartándose del objeto del Contrato, la ENTIDAD pretende efectuar modificaciones a los términos de referencia.
b) Por incumplimiento en los pagos por más de sesenta (60) días calendario computados a partir de la fecha en la que debía efectivizarse el pago.
c) Por instrucciones injustificadas emanadas por la ENTIDAD para la suspensión del servicio por más de treinta (30) días calendario.
2.3 Por causa de fuerza mayor o caso fortuito:
Si se presentaran situaciones de fuerza mayor o caso fortuito que imposibiliten la ejecución del contrato o vayan contra los intereses del Estado, se podrá resolver el contrato.
2.4 Por acuerdo entre partes
Precederá cuando ambas partes otorguen su consentimiento con el objetivo de terminar con la Relación contractual, bajo las siguientes condiciones:
a) Que la voluntad del Consultor, sea libre y plena;
b) Que la voluntad de la Entidad, se otorgue cuando haya inexistencia de causa de resolución imputable al Consultor;
c) Que la voluntad de la Entidad, se otorgue cuando existan razones de interés público u otras circunstancias de carácter excepcional que hagan innecesaria o inconveniente la permanencia del contrato.
d) Que exista un beneficio mutuo entre las partes.
2.5 Procedimiento de Resolución por causas atribuibles a las partes o por fuerza mayor o caso fortuito.
De ocurrir una de las causas anteriormente señaladas, cualquiera de las partes deberá notificar a la otra su intención de resolver el CONTRATO, estableciendo en forma clara y específica la causa en la que se funda.
La primera notificación de intención de resolución del CONTRATO, deberá ser cursada en un plazo de cinco (5) días hábiles posteriores al hecho generador de la resolución del contrato, especificando la causal de resolución, que deberá ser efectuada mediante carta dirigida a la ENTIDAD o al PROVEEDOR según corresponda.
Si la causal argumentada es subsanada, no prosigue la resolución. Empero, si no existe solución a la conclusión en el plazo de (señalar el plazo para subsanar las observaciones), se debe cursar una segunda carta comunicando que la resolución se ha hecho efectiva.
Cuando se efectúe la resolución del contrato se procederá a una liquidación de saldos deudores y acreedores de ambas partes, efectuándose los pagos a que hubiere lugar, conforme la evaluación del grado de cumplimiento de los términos de referencia.
2.6 Procedimiento de Resolución por mutuo acuerdo.
Cuando se efectúe la resolución por mutuo acuerdo, ambas partes deberán suscribir un documento de Resolución de Contrato por mutuo acuerdo, el cual deberá contener la siguiente información: partes suscribientes, antecedentes, condiciones para la Resolución de Contrato por acuerdo mutuo (establecidas en el numeral 2.4 de la presente cláusula), objeto del documento, alcances de la Resolución, inexistencia de obligación y conformidad de las partes.
Cuando se efectúe la resolución por acuerdo mutuo se procederá a una liquidación de saldos deudores y acreedores de ambas partes, efectuándose los pagos a que hubiere lugar, conforme la evaluación del grado de cumplimiento de los términos de referencia. Asimismo, no procederá la ejecución de garantía de cumplimiento de contrato, ni la ejecución de las retenciones por concepto de garantía de cumplimiento de contrato, tampoco procederá la publicación del CONSULTOR en el SICOES como impedido de participar en procesos de contratación.
CLÁUSULA VIGÉSIMA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS)
En caso surgir dudas sobre los derechos y obligaciones de las partes durante la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a los términos y condiciones del contrato, Documento Base de Contratación, propuesta adjudicada, sometidas a la Jurisdicción Coactiva Fiscal.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- (CONSENTIMIENTO)
En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento, firmamos el presente Contrato en cuatro ejemplares de un mismo tenor y validez el/la señor(a) (registrar el nombre de la MAE o del funcionario a quien se delega la competencia y responsabilidad para la suscripción del Contrato, y la Resolución correspondiente o documento de nombramiento), en representación legal de la ENTIDAD, y el/la señor(a) (registrar el nombre de la persona natural adjudicada) como Consultor contratado.
Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado en idioma español.
(Registrar la ciudad o localidad y fecha en que se suscribe el Contrato).
(Registrar el nombre y cargo (Registrar el nombre del Consultor) del Funcionario habilitado)
para la firma del contrato)