Asociada a Contratos de Arrendamiento con Promesa de Compraventa
Seguro Colectivo de Incendio, Coberturas Adicionales y sismo
Asociada a Contratos de Arrendamiento con Promesa de Compraventa
BSECS 2-3-4-6-7-10-13 MAPSA y BSECS 9 ACFIN
Santiago, 2 xx Xxxxxx 2018 Versión Modificadas al 24 xx xxxxxx 2018
La información contenida en este documento es de propiedad de Securitizadora Security S.A. Las empresas participantes solamente podrán utilizarla para preparar sus ofertas en el marco de este proceso de licitación. La información incorporada en estas bases y las ofertas que presenten las empresas participantes serán tratadas de manera confidencial y sólo podrán utilizarse para los fines de esta licitación.
1
I) INTRODUCCION
El presente documento corresponde a las Bases de Licitación, que incluye el cronograma de esta Licitación, las condiciones de los seguros que se licitan, los requisitos que deben cumplir las Compañías Aseguradoras participantes y las normas de adjudicación (en adelante “las Bases de Licitación” o “las Bases”), de los Seguros de Incendio y Coberturas Adicionales (con o sin Sismo) para la cartera de créditos y mutuos hipotecarios de Securitizadora Security S.A. , de acuerdo con las disposiciones y exigencias contenidas en el marco regulatorio vigente para estos efectos.
En lo sucesivo, y a menos que las Bases se refieran específicamente a un determinado tipo de cobertura o póliza, todos los seguros incorporados en esta licitación se denominarán conjuntamente “el seguro licitado” o “la póliza”.
Se aplicará el marco regulatorio vigente en todo aquello que no estuviere previsto ni regulado en las Bases o que corresponda a una norma legal imperativa.
II) DEFINICIONES Y ABREVIATURAS.
En las presentes Bases de Licitación las definiciones y abreviaturas siguientes tendrán el significado que se indica a continuación, las cuales serán igualmente aplicables para el término en singular y en plural, masculino o femenino. Asimismo, a menos de indicarse expresamente una regla especial diversa, los conceptos señalados a continuación serán indistintamente aplicables a todos los instrumentos que forman parte de estas Bases de Licitación.
Adjudicatario: Es la o las Compañía(s) de Seguros y/x Xxxxxxxx x Xxxxxxxx de Xxxxxxx a quien(es) SECURITIZADORA SECURITY S.A. haya adjudicado la cartera de Seguro de Incendio y otras coberturas complementarias objeto de la presente Licitación.
Antecedentes Administrativos: Es el conjunto de documentos y antecedentes que permiten identificar al Oferente y evaluar su idoneidad para la adjudicación de la presente Licitación, así como todo otro documento que se exija en las Bases y que no forme parte de la Oferta Técnica- Económica.
Asegurado o Deudor Asegurado: Persona natural o jurídica actualmente deudora de SECURITIZADORA SECURITY S.A. o cuyo crédito es actualmente administrado por éste y, sobre el cual, la(s) Compañía(s) de Xxxxxxx asumen el riesgo de Incendio y otras Coberturas Complementarias objeto de la presente Licitación.
Bases: Corresponde a las presentes Bases de Licitación, sus respectivos Anexos y el Documento Aclaratorio.
Beneficiario: SECURITIZADORA SECURITY S.A. o el Acreedor Hipotecario por el monto de su interés asegurable, y en el saldo el deudor asegurado hasta concurrencia de su interés.
Cronograma de Actividades: Corresponde a las etapas y fechas establecidas en estas Bases
Coaseguro: Es la concurrencia acordada de dos o más Compañías de Seguros en la cobertura del mismo riesgo objeto de esta licitación.
CMF: Comisión para el Mercado Financiero, continuadora legal de la Superintendencia de Valores y Seguros
Compañía Oferente: Es la Compañía de Seguros que participa en este proceso de Licitación y que ha presentado una Oferta en la forma y dentro de los plazos establecidos en las presentes Bases.
Compañía Participante: Es la Compañía de Seguros que ha sido invitada a participar en este proceso de Licitación.
Contrato: Es el acuerdo que deberá suscribir el Adjudicatario de la Licitación con Securitizadora Security.
Días: Es el plazo de tiempo establecido de acuerdo al artículo 48 del Código Civil.
Días corridos: Es la secuencia cronológica continua de días de 24 horas, contados desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas del mismo día.
Día Hábil: Significará cualquier día del año, excepto xxxxxxx, xxxxxxxx o festivos.
Documento Aclaratorio: Corresponde al documento emitido por SECURITIZADORA SECURITY S.A.que contiene la totalidad de las preguntas y respuestas formuladas durante el proceso de licitación, el que será enviado a las Compañías Participantes por correo electrónico en la oportunidad que señalan las Bases.
Entidad Crediticia o Licitante: Securitizadora Security
Licitación o Proceso de Licitación: Se refiere al proceso mediante el cual se efectúa la adjudicación del Seguro de Incendio y otras Coberturas Complementarias.
Líder del Coaseguro o Líder: Es la Compañía de Seguros encargada de la administración, dirección y ejecución del contrato de Xxxxxxxxx, y a su vez, la encargada de coordinar las relaciones entre Securitizadora Security, el Asegurado y los Coaseguradores. El Líder representará a los Coaseguradores y actuará como mandatario de éstos para todos los efectos derivados de la presente licitación, tales como la suscripción y el cumplimiento del contrato de seguro colectivo, la emisión y aplicación de las respectivas pólizas, el pago de indemnizaciones por siniestros y la distribución proporcional entre los Coaseguradores de las primas que el Líder haya recibido de Securitizadora Security
Marco Regulatorio: Conjunto de disposiciones legales, reglamentarias, administrativas e instrucciones vigentes que son aplicables a la licitación y/o a los seguros licitados. Está conformado por el Artículo 40 del DFL 251 de 1931, por el Título VIII del Libro II del Código de Comercio (incorporado por LA Ley 20.667 de 2013), por la Circular Nº 3530 de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), que corresponde a la Norma de Carácter General Nº330 de la CMF, emitidas en forma conjunta por ambos organismos supervisores, incluyendo las modificaciones realizadas posteriormente (“la Circular Conjunta”), por la Norma de Carácter General Nº331 de la CMF y sus modificaciones, y por todas las demás normas legales, administrativas e instrucciones vigentes que sean aplicables.
Monto Asegurado: Corresponde al valor que tiene la propiedad en garantía, y que se ha cuantificado de acuerdo a la tasación hecha por la entidad crediticia.
Mutuo Hipotecario: Préstamo otorgado y/o administrado por SECURITIZADORA SECURITY S.A. para la compra, ampliación, reparación o construcción de una vivienda, compra de sitios, oficinas o locales comerciales, o para fines generales, otorgado en pesos o unidades de fomento y que está sustentado en un contrato por escritura pública. Tratándose de un mutuo hipotecario endosable éste se transa en el mercado mediante endoso y permite al titular o acreedor del contrato entregarlo a terceros para su financiamiento, el que se denominará indistintamente con la expresión MHE.
Norma Conjunta: Corresponde a la Norma de Carácter General N° 330 de la Superintendencia de Valores y Seguros y la Circular N° 3.530 emitida por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.
Oferta Técnica - Económica: Está constituida por las condiciones generales y particulares de la póliza licitada, con una tasa de prima expresada en un porcentaje del monto asegurado de cada riesgo, incluyendo la comisión xxx Xxxxxxxx de Seguros, cuya presentación deberá ajustarse al formato que se incluye como Xxxxx XXX
Plazos: Para todos los efectos de estas Bases, toda referencia a números de días en la definición de plazos se entenderá como de días corridos, salvo indicación en contrario.
Propuesta u Oferta: Está conformada por los Antecedentes Administrativos y la Oferta Técnica- Económica que presente el Oferente en esta Licitación, la cual deberá expresarse en idioma español y ajustarse al formato contenido en Anexo III.
Reaseguro: Contrato que suscribe la o las Compañía(s) de Seguros Oferente directamente con otra compañía nacional o extranjera, con la finalidad que cederle o traspasarle, a cambio de una prima determinada, la totalidad o una parte de los riesgos de Incendio y otras coberturas adicionales que son objeto de la presente Licitación.
SBIF: Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.
Seguros: Seguros de incendio y coberturas adicionales, con coberturas de sismo, asociados a Contratos de Arrendamiento con Promesa de Compraventa vigentes otorgados y/o administrados por Securitizadora Security.
III) BASES ADMINISTRATIVAS DEL PROCESO DE LICITACION
1 ANTECEDENTES Y OBJETIVOS GENERALES
Las Bases de Licitación y sus Anexos tienen por objeto establecer condiciones generales y objetivas bajo las cuales se licitarán las pólizas, con el propósito de generar competencia en el mercado y obtener las mejores condiciones técnicas y económicas para dar cobertura a la cartera de asegurados en stock y al flujo de nuevos deudores que contraten los seguros licitados.
Se informa a las Compañías Aseguradoras y demás interesados en participar de esta licitación que el acreedor hipotecario y beneficiario de las pólizas será la institución que tenga la calidad de acreedor en forma originaria o la haya adquirido por endoso, cesión o securitización, con los alcances que establece el punto 10. del Título III. de la Norma de Carácter General Nº 331 de la CMF.
Se deja constancia que los Anexos forman parte integrante de estas Bases de Licitación para todos los efectos.
1.1 Entidad Crediticia. Administración de la Licitación
Para los efectos de esta licitación y del marco regulatorio vigente, la entidad crediticia es Securitizadora Security, RUT 00.000.000-0 (en adelante también “la Entidad Crediticia” o “la Securitizadora”). La administración de esta licitación, vale decir, el proceso de consultas y respuestas, la recepción y evaluación de las ofertas, así como también la decisión de adjudicación y su comunicación a las empresas participantes, estará a cargo de la Entidad Crediticia y cualquier observación o consulta respecto de estas Bases deberá enviarse precisamente a la Entidad Crediticia, en los términos que se indican más adelante.
1.2 Participantes
Tendrán derecho a participar en esta licitación todas las Compañías de Seguros del Primer Grupo, en adelante “las Compañías Aseguradoras” o “las Compañías Participantes”, que al momento de presentar su oferta y al resolverse la adjudicación cumplan los requisitos de clasificación de riesgo establecidos en el marco regulatorio vigente y las exigencias descritas en las Bases. Las Compañías Aseguradoras tendrán la opción de participar en forma individual o en coaseguro, debiendo en este último caso indicar los porcentajes de responsabilidad que asumen y designar a un coasegurador líder.
Conforme a lo dispuesto en el numeral 22 del Título III.2 de la Xxxxx Xxxxxxxx, las compañías reaseguradoras que por cesión de la Compañía adjudicada deban asumir una parte o la totalidad de los riesgos del contrato licitado deberán cumplir el requisito de clasificación mínima de riesgo que se indica a continuación:
Entidad Clasificadora de Riesgos | Clasificación de Riesgo Mínima Requerida |
Standard and Poor´s | A- |
Xxxxx Ratings | A- |
Xxxxx´s | A 3 |
AM Best | A- |
2 ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO
2.1 Cronograma de Actividades
A continuación se presenta el cronograma de actividades y fechas asociadas a este proceso de licitación. Este cronograma puede ser modificado por la Entidad Crediticia si ocurren hechos o circunstancias sobrevinientes que sean ajenos a la voluntad de ésta, lo cual, de producirse, será informado oportunamente por escrito o correo electrónico a las Compañías Participantes:
Actividades o etapas | Fechas |
Publicación de llamado a licitación (diario y sitio web) | 2 xx xxxxxx de 2018 |
Despacho de invitaciones por carta a las Compañías Aseguradoras | 2 xx xxxxxx de 2018 |
Despacho de Bases de Licitación a C.M.F | 2 xx xxxxxx de 2018 |
Período de consultas respecto a las Bases de Licitación | Desde 2 hasta el 13 xx xxxxxx de 2018 |
Respuestas a las consultas de cada Compañía de Seguros | Desde el 14 hasta el 23 xx xxxxxx de 2018 |
Envío de respuestas a todas las Compañías Participantes de la Licitación - C.M.F | 24 xx xxxxxx de 2018 |
Presentación y apertura de ofertas ante Notario Público | 12 de septiembre de 2018 |
Adjudicación de Licitación y comunicación a las Compañías Participantes | 24 de septiembre de 2018 |
Publicación de adjudicación (diario y sitio web) | 27 de septiembre de 2018 |
Suscripción de contrato por escritura pública | 12 de octubre de 2018 |
Las Compañías Aseguradoras que participen y que entreguen ofertas en el marco de este proceso de licitación deberán sujetarse a los requisitos y al procedimiento que se indican en el presente documento.
2.2 Ofertas
Las ofertas deben presentarse incluyendo necesariamente los servicios de un Corredor de Seguros. Las Compañías que presenten una oferta (“las Compañías Oferentes”) deberán hacerlo en la fecha y en el lugar que estas Bases de Licitación señalan. Queda entendido y convenido que la presentación de una oferta constituye aceptación completa de las Bases de Licitación por parte de la Compañía Oferente.
2.3 Interlocutor de la Entidad Crediticia
Todas las consultas u observaciones que las Compañías Participantes deseen formular respecto de estas Bases deberán ser enviadas por escrito o mediante correo electrónico a Xxxxx Xxxxxxxx Salas xxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxx.xx y Alejandra Vergara xxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxx.xx quienes serán los únicos interlocutores válidos de la Entidad Crediticia ante las Compañías Aseguradoras y responsable de mantener con éstas la comunicación necesaria durante este proceso de licitación, especialmente para atender y responder las eventuales consultas que puedan surgir en relación con estas Bases. Cualquier contacto verbal o escrito realizado por alguna Compañía con una persona de la Entidad Crediticia distinta de la antes señalada, no será considerada para los fines de esta licitación.
2.4 Período de Consultas y Respuestas
El período de consultas indicado en el punto 2.1 de las Bases constituye la única oportunidad de las Compañías oferentes para efectuar preguntas, solicitar aclaraciones o formular observaciones respecto de estas Bases de Licitación.
Concluido el período para formular consultas, la Entidad Crediticia enviará sus respuestas por correo electrónico al respectivo consultante dentro del plazo que señalan las Bases. Al término del período de respuestas, la Entidad Crediticia enviará por correo electrónico a las Compañías Participantes un Documento Aclaratorio con la totalidad de las preguntas formuladas y sus correspondientes respuestas.
2.5 Análisis de la información proporcionada en las Bases.
Cada Compañía Oferente es responsable del estudio de los antecedentes proporcionados en estas Bases y de la valorización de los componentes que conforman el seguro objeto de la presente Licitación. La sola participación de la Compañía de Seguros y del respectivo Corredor de Seguros en la presente Licitación implica la aceptación pura y simple de estas Bases. En este mismo sentido, si existiere alguna omisión y/o error por parte del Oferente respecto de los antecedentes o condiciones de la Oferta, la Compañía y el Corredor de Seguros no podrán eximirse de las obligaciones contraídas en virtud de la Oferta y las condiciones establecidas en estas Bases.
2.6 Presentación y Apertura de Ofertas
Las ofertas que presenten las Compañías participantes deberán ser entregadas en sobres cerrados distintos, a saber:
SOBRE 1: Antecedentes esenciales que deben presentar las Compañías Oferentes
I) CARTA DE OFERTA que deberá ajustarse al formato contenido en el Anexo I de estas Bases y presentarse debidamente suscrita por la(s) Compañía(s) Participante(s) BSECS 2-3-4-6-7-10-9-13 MAPSA y ACFIN
II) ANTECEDENTES DE LA(S) COMPAÑÍA(S) ASEGURADORA(S).
Las Compañías que participen en esta licitación, sea en forma individual o en coaseguro, deberán acompañar a su Carta de Oferta los siguientes antecedentes:
i) Copia o fotocopia simple de las escrituras y documentos que acrediten la personería y facultades suficientes del (de los) representante(s) de la(s) Compañía(s) Oferente(s);
ii) Informes de clasificación de riesgo de las respectivas Compañías Oferentes con una vigencia no superior a 60 días, que deberán acompañarse en original o copia simple;
iii) Certificado de vigencia de la(s) Compañía(s) Oferente(s) emitido por la CMF con una anticipación no superior a 180 días de la presentación de la oferta, que debe acompañarse en original o copia simple;
iv) Ejemplar original de la Declaración de Confidencialidad suscrita por el (los) representante(s) de la(s) Compañía(s) Oferente(s), según formato adjunto en el Anexo II de estas Bases; y
v) Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta (“la boleta”) por un monto de 500 UF (quinientas unidades de fomento), que deberá ajustarse a los siguientes requisitos:
i) Tomada por la Compañía Oferente en cualquier entidad bancaria de la plaza, que no sea Banco Security.
ii) Emitida a nombre de Securitizadora Security S.A,;
iii) Incondicional e irrevocable;
iv) Pagadera a la vista;
v) Plazo de Vigencia (validez) mínimo de 60 días a contar de la fecha de presentación de la Oferta;
vi) Glosa de la boleta:
• “Para garantizar el cumplimiento íntegro y oportuno de la Oferta presentada por [Nombre de la Compañía Oferente] en la Licitación Pública del Seguro Colectivo de Incendio, coberturas adicionales y Sismo, para la cartera de Contratos de Arrendamiento con Promesa de Compraventa de Securitizadora Security”
En caso que fuere necesario, dicha boleta deberá renovarse por un plazo adicional de 30 días mientras no se cumpla el requisito para su devolución, según se indica más adelante.
La Boleta de Garantía se hará efectiva en caso que la Compañía Adjudicataria no concurra a firmar el contrato objeto de la presente Licitación, en los términos, plazos y condiciones estipulados, o en caso que faltando 5 días hábiles para el término de su vigencia no sea renovada por un plazo adicional de 30 días.
Una vez adjudicada la Licitación se devolverá esta garantía a las Compañías Oferentes que no se hubieren adjudicado la Licitación, dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la publicación de los resultados de la Licitación y en el mismo plazo desde la suscripción del contrato respecto al Adjudicatario. En caso que la Licitación se declare desierta, la garantía de seriedad de la Oferta será igualmente devuelta a todas las Compañías Oferentes en el mismo plazo ya señalado, a contar, de la fecha en que se comunique la decisión de la Securitizadora de declarar desierta la licitación.
En caso que la oferta sea presentada en forma de COASEGURO, los antecedentes exigidos en este numeral a las Compañías Aseguradoras deberán ser presentados en relación a cada una de las Compañías que participen del coaseguro. Sin embargo, el monto de la boleta de garantía será equivalente al porcentaje de participación que cada Compañía asuma en el coaseguro, el que deberá calcularse en relación al monto total de UF 500 que corresponde a la garantía establecida por la entidad crediticia.
III) ANTECEDENTES XXX XXXXXXXX DE SEGUROS
Además de los documentos que se indican en el punto II) anterior, las Compañías de Seguros serán responsables de acompañar los siguientes antecedentes del respectivo Corredor:
a) Ejemplar original de la oferta que el Corredor haya formulado a la(s) Compañía(s) para participar en esta licitación, debiendo señalar al menos la comisión de intermediación y los servicios que prestará el Corredor, y presentarse debidamente firmada por el (los) representante legal(es) xxx Xxxxxxxx;
b) Una declaración del Gerente General o representante legal del respectivo Corredor de Seguros, en la cual, declare que ese Corredor cumple los requisitos establecidos en la Xxxxx Xxxxxxxx, documento que deberá acompañarse en original;
c) Un certificado de vigencia xxx Xxxxxxxx emitido por la CMF con fecha no anterior a 60 días desde la presentación de su oferta a la Compañía, en original o copia simple; y
d) Ejemplar original de la declaración de confidencialidad que se incluye en Anexo II de estas Bases, firmada por el (los) representante(s) legal(es) xxx Xxxxxxxx de Seguros.
SOBRE 2: Oferta Técnica - Económica. Póliza Colectiva de Incendio con Sismo BSECS 2-3-4-6-7-9- 10-13 MAPSA y ACFIN (Anexo III )
Oferta Técnica: queda entendido y convenido que la oferta incluye todas las condiciones o modalidades de aseguramiento indicadas en las Bases
Oferta Económica: debe presentarse utilizando el formato contenido en Anexo III de estas Bases.
ANTECEDENTES ESENCIALES
Para estos fines, los antecedentes esenciales que deben acompañar las Compañías Oferentes, sin los cuales la Entidad Crediticia procederá a descalificar la oferta presentada por la respectiva Compañía, son todos los antecedentes que deben incluirse en el SOBRE 1 y en el SOBRE 2, respectivamente.
En consecuencia, al momento de la apertura de ofertas el señor Xxxxxxx determinará y hará constar en su acta si las Compañías Oferentes acompañaron o no todos los antecedentes esenciales y si las ofertas presentadas se ajustan a lo señalado precedentemente.
Las Compañías Aseguradoras deberán presentar sus ofertas económicas indicando una tasa neta mensual, expresada como un porcentaje uniforme del monto asegurado., La tasa solicitada incluirá la comisión de intermediación xxx xxxxxxxx de seguros, que se determinará como un porcentaje de dicha tasa y no incluirá IVA. Se solicita a las Compañías que presenten su oferta que la tasa ofrecida venga desglosada en su composición afecta a IVA y exenta de IVA.
Se deja expresa constancia que no habrá revisión, discusión ni modificación de condiciones durante la vigencia de los seguros licitados.
Los sobres deberán presentarse debidamente cerrados y con el siguiente rótulo de identificación en su exterior:
”Licitación Seguro de Incendio, Coberturas Adicionales y Xxxxx- Xxxxxxx de Contratos Arrendamiento con Promesa de Compraventa BSECS 2-3-4-6-7-9-10-13 de Securitizadora Security”
SOBRE 1: “Carta de Oferta y Antecedentes Generales de los Oferentes” SOBRE 2: “Oferta Técnica-Económica. Póliza Colectiva de Incendio con Sismo”
En el anverso de cada sobre deberá indicarse el nombre de la Compañía de Seguros Oferente.
Se informa a las Compañías Participantes que los documentos en que consten las ofertas presentadas y en especial las tasas o comisiones indicadas deben venir escritos en forma clara y legible, sin enmendaduras, correcciones o alteraciones de ningún tipo. La Entidad Crediticia procederá a descalificar de inmediato la oferta que no se ajuste a lo indicado.
2.7 Recepción de Ofertas
Las ofertas que deseen presentar las Compañías deberán entregarse entre las 15:45 hrs.y las 16:00 hrs. del día 12 de septiembre de 2018 en Xxxx. Xxxxxxxxx 0000, (-0) xxxxxx, Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxx. Al momento de presentarse una oferta, la Entidad Crediticia entregará al interesado un comprobante de su recepción.
2.8 Apertura de Ofertas
La apertura de todas las ofertas recibidas en los términos que señala el numeral 2.7 anterior, se efectuará ante el Notario Público de Santiago xxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx o quien lo subrogue o reemplace legalmente, el día 12 de septiembre de 2018, a partir de las 16:00 hrs. en Xxxx. Xxxxxxxxx 0000, xxxxxx, Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxx, donde podrán concurrir los representantes de las Compañías de Seguros y Corredores de Seguros, los representantes o ejecutivos de la Entidad Crediticia y el público en general.
Quedarán automáticamente excluidas aquellas Compañías Aseguradoras que no hayan acompañado en el SOBRE 1 los antecedentes esenciales ya indicados. De ser así, no se procederá a la apertura de los sobres que contengan la oferta técnica-económica de la compañía descalificada, a quien se le hará devolución inmediata de todos los antecedentes, circunstancia que certificará el Xx. Xxxxxxx.
El Xx. Xxxxxxx levantará un acta en que señalará los nombres de las Compañías Oferentes, los antecedentes entregados y un resumen de las ofertas económicas presentadas. Se dejará constancia de los nombres de las Compañías Aseguradoras que fueron excluidas del proceso en razón de no haber entregado los antecedentes esenciales.
2.9 Criterios de Adjudicación
Conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del DFL 251 sobre Compañías de Seguros, la presente licitación será adjudicada a la Compañía Aseguradora que haya ofrecido el menor precio incluyendo la comisión xxx xxxxxxxx de seguros.
En el evento que dos o más Compañías presenten ofertas iguales en términos de precio, se adjudicará la licitación a la compañía de seguros que a la fecha de la adjudicación presente la mejor clasificación de riesgo, considerando la menor que se le haya asignado.
Finalmente, en caso que los precios y las clasificaciones de riesgo sean iguales, la Entidad Crediticia resolverá a quién se adjudica la licitación, tomando en consideración el interés de los deudores asegurados y los antecedentes presentados por las Compañías oferentes.
2.10 Participación Necesaria y Reemplazo xxx Xxxxxxxx
Las ofertas que presenten las Compañías Aseguradoras deberán incluir necesariamente los servicios de un Corredor de Seguros que cumpla los requisitos establecidos en el marco regulatorio vigente.
En uso de sus facultades legales, al momento de adjudicar esta licitación la Entidad Crediticia podrá sustituir al Corredor incluido en la oferta adjudicada por otro Corredor de su elección, manteniendo la misma comisión de intermediación considerada en dicha oferta.
2.11 Consideraciones Generales
2.11.1 Inalterabilidad de las Bases
El presente documento contiene todas las exigencias y condiciones que la Entidad Crediticia solicita a las Compañías Aseguradoras, sin que puedan modificarse o alterarse con posterioridad, salvo en razón de circunstancias sobrevinientes tales como eventuales observaciones o reparos que los organismos supervisores puedan formular respecto de las Bases u otros hechos completamente ajenos a la voluntad de la Securitizadora, lo cual, de producirse, será informado oportunamente a las Compañías Participantes y siempre antes de la fecha señalada para la apertura de ofertas.
La totalidad de la documentación que entreguen las Compañías Oferentes deberá estar firmada por su representante legal o apoderado con facultades suficientes.
La Entidad Crediticia no será responsable de ninguna oferta que haya sido dirigida o entregada en una oportunidad o forma distinta a la señalada en estas Bases.
2.11.2 Carácter vinculante de las ofertas
Todas las ofertas presentadas por las Compañías Aseguradoras serán vinculantes para éstas, durante un plazo de 30 días corridos desde la fecha de apertura de ofertas.
2.11.3 Comunicación de la adjudicación
La adjudicación de esta licitación será comunicada por carta certificada a la Compañía Aseguradora que haya sido seleccionada (“la Compañía Adjudicataria” o “Compañía Adjudicada”) y a las demás compañías oferentes. A las compañías invitadas que no hayan presentado oferta se les informará mediante carta simple y/o por correo electrónico. De igual forma se comunicará el hecho de haberse declarado desierta la licitación, conforme a lo previsto en el marco regulatorio vigente.
La Entidad Crediticia publicará el resultado de la licitación en el Diario “La segunda” dentro de un plazo máximo de 15 días contado desde la apertura de las ofertas. Asimismo, dicho resultado se publicará en la página web xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx dentro del mismo plazo antes señalado.
2.11.4 Deber de confidencialidad
Se deja establecido que toda la información entregada en virtud o con motivo de este proceso de licitación por la Entidad Crediticia a las Compañías Participantes y viceversa, es confidencial y de propiedad de la parte que entregó dicha información y que ninguna información deberá ser utilizada por una parte, para un objeto distinto del permitido o requerido para el cumplimiento de este proceso de licitación y el futuro contrato que se suscriba con motivo de la adjudicación. Las partes se obligan a no revelar o proveer ninguna información recibida de la otra parte a un
tercero, sin el consentimiento expreso y por escrito de la otra parte, y las partes acuerdan tomar todas las medidas razonables para salvaguardar la información confidencial de cada una de ellas.
Asimismo, las Compañías Aseguradoras se obligan a no emplear el nombre de la Entidad Crediticia para obtener beneficios que sean o puedan ser directos o indirectos. El incumplimiento de esta obligación hará responsable a las Compañías Participantes por los perjuicios que se causen directamente a la Entidad Crediticia, sin que ello impida la iniciación de las acciones penales correspondientes.
El contrato establecerá las normas y obligaciones de confidencialidad que regirán entre las partes, en términos similares a los indicados precedentemente. Al término del contrato, las partes se comprometen a hacer devolución de toda la documentación y/o antecedentes que pudieren haber recibido con motivo del mismo y que comprendan o contengan cualquier información de propiedad de la otra parte, incluyendo todas sus copias o reproducciones, en cualquier medio, sea mecánico, electrónico, magnético, fotoquímico u otro, salvo los antecedentes o registros que las partes deban conservar para atender consultas, reclamos o siniestros que hayan sido denunciados o puedan comunicarse con posterioridad a la terminación del contrato. Lo anterior se hará efectivo en la fecha que ambas partes convengan y, en su defecto, dentro de un plazo máximo de 30 días contados desde la expiración del contrato. Asimismo, las partes se obligan a mantener en forma indefinida la restricción de utilizar o divulgar la información entregada durante el proceso de licitación o en virtud de este contrato.
3 CONDICIONES CONTRACTUALES
3.1 Aplicación supletoria del marco regulatorio vigente
Se aplicará el marco regulatorio vigente en todo aquello que no estuviere previsto ni regulado en las Bases o que corresponda a una norma legal imperativa.
El marco regulatorio vigente está conformado por el Artículo 40 del DFL 251 de 1931, por el Título VIII del Libro II del Código de Comercio (incorporado por Ley 20.667 de 2013), por la Circular Nº 3530 de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), que corresponde a la Norma de Carácter General Nº330 de la CMF emitidas en forma conjunta por ambos organismos supervisores, incluyendo las modificaciones realizadas con fecha 13 xx xxxxx de 2013 y cualquier otra modificación posterior (“la Norma Conjunta”), por la Norma de Carácter General Nº331 de la CMF y sus modificaciones, y por todas las demás normas legales, reglamentarias e instrucciones vigentes que tengan relación directa con el contrato, formando parte integrante del mismo.
3.2 Vigencia de las Pólizas
La póliza que se licita tendrá una vigencia de 12 meses, desde las 12:00 hrs. del día 31 de octubre de 2018 y hasta las 12:00 horas del 31 de octubre de 2019 Dentro de este plazo, no se admitirán
modificaciones a las condiciones pactadas en las respectivas pólizas y ninguna de las partes podrá ponerles término en forma anticipada.
No obstante lo anterior, la Entidad Crediticia podrá poner término anticipado a la póliza en caso de incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones, quiebra, insolvencia u otros hechos sobrevinientes que afecten a la Compañía Adjudicataria y pongan en riesgo los intereses de los deudores asegurados y/o de la Entidad Crediticia. El aviso de término anticipado se dará mediante carta certificada enviada al domicilio registrado en la póliza y producirá efectos a partir de la fecha señalada en dicho aviso, sin perjuicio de otros derechos y de las indemnizaciones que puedan emanar del incumplimiento o término de la relación contractual.
3.3 Firma de contrato
La Entidad Crediticia suscribirá un contrato por escritura pública con la Compañía Adjudicataria, a más tardar en la fecha que se indica en el punto 2.1. de estas Bases.
No obstante, la Entidad Crediticia y la Compañía Adjudicataria podrán suscribir acuerdos preliminares destinados a facilitar la entrega recíproca de información y la implementación del contrato definitivo.
3.4 Gastos y demás desembolsos.
Todos los gastos, derechos, cargos, honorarios, comisiones, tasas, impuestos y cualquier otro desembolso en que incurran los Oferentes y/o Corredores de Seguros, con motivo de los términos, documentos y contratos contemplados en las presentes Bases o que se deriven de esta Licitación, serán de cargo exclusivo de ellos.
3.5 Orden de prelación.
Para la interpretación y aplicación del contrato, el orden de prelación entre los diferentes instrumentos que forman parte del mismo será:
a) Condiciones generales de la póliza y cláusulas adicionales depositadas en la CMF;
b) El Contrato y sus estipulaciones o condiciones particulares;
c) Las Bases de Licitación;
d) Las consultas y respuestas generadas durante el proceso de licitación;
e) La Oferta de la Compañía Adjudicataria; y
f) La Carta de Adjudicación.
3.6 Resolución de conflictos
Las eventuales controversias que puedan surgir entre los deudores asegurados y la Compañía Adjudicada o el Corredor de Seguros se someterán al mecanismo de solución de conflictos establecido en las condiciones generales de las respectivas pólizas.
Sin perjuicio de lo anterior, los eventuales conflictos que puedan surgir entre la entidad crediticia y la compañía adjudicada o entre cualquiera de éstas y el corredor, que no estén legalmente sometidos a un arbitraje y sólo en aquellas materias que no sean parte ni emanen directamente de la póliza de seguro licitada, se someterán a la resolución de la justicia ordinaria. En todo lo demás, se aplicará el mecanismo de resolución de conflictos que establece el artículo 36 de la POL 120131490.
3.7 Póliza vigente Ampliación y Continuidad de Cobertura.
En el Anexo IV de estas Bases se informan los datos generales de la póliza vigente. De conformidad con el marco regulatorio vigente, se deja constancia que si a la fecha de término de la póliza vigente no hubiere podido iniciarse la cobertura de los contratos licitados, la compañía aseguradora deberá prorrogar la cobertura de la póliza vigente, en las mismas condiciones que rigen actualmente, por un plazo adicional de hasta 60 días. Vencido el plazo de extensión de cobertura antes mencionado, sin que se hubiere iniciado la cobertura de un nuevo contrato que reemplace al anterior, el plazo adicional de cobertura y la prima asociada serán negociados entre la compañía de seguros que mantiene el contrato vigente y la entidad crediticia. En este caso, la entidad crediticia asumirá la prima en proporción al saldo de la deuda con respecto al valor asegurado, correspondiendo al deudor asegurado la parte restante.
La nueva póliza deberá otorgar continuidad de cobertura a los deudores de Contratos de Arrendamiento con promesa de Compraventa y las respectivas materias aseguradas. Se entenderá como continuidad de cobertura el aseguramiento en la nueva póliza de toda la cartera que estuviere incorporada y vigente en la póliza colectiva anterior, sin realizar una nueva suscripción, en tanto se cumplan las condiciones señaladas en el Nº 5 del título III.1 de la Xxxxx Xxxxxxxx, a saber:
a. Que el asegurado y la materia asegurada hayan estado cubiertos en la póliza colectiva anterior;
b. Que el hecho esté cubierto también en el nuevo contrato de seguro;
c. Que la característica de la materia asegurada no haya sido excluida en la póliza colectiva anterior; y
d. Que la característica de la materia asegurada no haya sido objeto de una declaración falsa o reticente.
3.8 Pago de indemnizaciones por siniestros
En el contrato que se suscriba con la Compañía Adjudicada y en las respectivas pólizas se dejará constancia que el pago de las indemnizaciones que correspondan al acreedor hipotecario con motivo de un siniestro será realizado directamente y a nombre de la institución que tenga esa calidad en forma originaria o que la haya adquirido por endoso, cesión o securitización posterior.
3.9 Seguridad de la información
La Compañía Adjudicataria se compromete a aplicar todos los resguardos necesarios para asegurar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de todos los activos de información de la Entidad Crediticia, a que tenga acceso con motivo u ocasión del contrato.
Cuando los servicios entregados a la Entidad Crediticia requieran que la Compañía Aseguradora ocupe instalaciones propias de la Entidad Crediticia o de personas relacionadas y/o tenga acceso a documentación, equipamiento, redes y/o aplicaciones de la Entidad Crediticia, la Compañía Aseguradora se obliga a respetar las siguientes condiciones:
a) La Compañía Aseguradora cumplirá con las disposiciones de trabajo, medidas de seguridad y esquema de accesos lógicos y físicos aplicables por la Entidad Crediticia y cualquiera de sus personas relacionadas, según corresponda;
b) La Compañía Aseguradora utilizará la documentación, equipamiento, redes, aplicaciones y/o cualquier otro activo de información para el único propósito de cumplir las obligaciones que le impone el contrato. En ningún caso, la Compañía Aseguradora podrá utilizar dichos recursos para desarrollar actividades para personas o entidades distintas a la Entidad Crediticia o sus personas relacionadas;
c) La Compañía Aseguradora acuerda que sus empleados y terceros, por los que responde, no violarán o intentarán violar ninguno de los sistemas de seguridad de la Entidad Crediticia, u obtener, o intentar obtener acceso a ningún programa o datos más allá de lo necesario para desarrollar las actividades descritas en el contrato;
d) La Compañía Aseguradora es responsable de utilizar todos los medios disponibles para evitar la introducción de cualquier tipo de software malicioso (virus, troyanos, gusanos, etc.) en el equipamiento la Entidad Crediticia, e informar en forma inmediata cualquier violación que detecte al respecto;
e) La Compañía Aseguradora deberá mantener en forma separada o aislada de otros clientes todos los activos de información que posea de la Entidad Crediticia, sean estos físicos o magnéticos que permitan su entrega inmediata.
3.10 Responsabilidad
La Compañía Aseguradora se obliga a las funciones que legalmente le corresponden y a mantener absoluta reserva y confidencialidad de los antecedentes que le entregue la Entidad Crediticia, asumiendo su responsabilidad tanto respecto de hechos propios como de los hechos de sus dependientes y también de terceras personas que, a cualquier título, realicen labores o presten servicios dentro de las oficinas de la Compañía Aseguradora o en las dependencias de la Entidad Crediticia, o tengan acceso a las operaciones que realiza o administra la Entidad Crediticia.
Las responsabilidades directas o indirectas emanadas de estas Bases y del contrato para la Compañía Aseguradora adjudicada, generadas durante la vigencia del mismo y con posterioridad, en su caso, que resulten de un hecho imputable a la Compañía Aseguradora o a cualquiera de sus trabajadores o agentes, facultan a la Entidad Crediticia para exigir las indemnizaciones equivalentes a las pérdidas que generen esos hechos o acciones para la Entidad Crediticia, sin limitación de ninguna especie, cualquiera sea el número de causas recurrentes.
3.11 Recaudación de prima, periodicidad de pago y plazo xx xxxxxx
SECURITIZADORA SECURITY S.A. se hará cargo de cobrar y recaudar las primas mensualmente junto con los respectivos dividendos hipotecarios, sin costo alguno para la Compañía Adjudicataria.
Las primas recaudadas por la entidad crediticia serán traspasadas a la compañía de seguros en un plazo máximo de 30 días hábiles bancarios.
Queda entendido y convenido que el plazo xx xxxxxx será de UN MES, contado desde la fecha en que debió pagarse la respectiva prima por el deudor asegurado.
3.12 Servicios xxx Xxxxxxxx de Seguros
Sin perjuicio de lo establecido en el D.S. Nº 1055 de 2012, que contiene el Reglamento de los Auxiliares del Comercio de Seguros, los corredores de seguros que participen de esta licitación junto a las Compañías oferentes, deberán asistir a la Entidad Crediticia y al deudor asegurado en el envío de información a la Compañía de Seguros sobre eventuales modificaciones a las materias aseguradas, a la canalización de denuncias de siniestros hacia la compañía de seguros y el proceso de tramitación del siniestro desde su denuncia hasta la materialización del pago de la indemnización, cuando corresponda.
3.13 Información a los Asegurados.
La Compañía de Seguros que se adjudique la presente licitación deberá entregar a los asegurados la información contemplada en la Sección V. de la Norma Conjunta, en la forma y oportunidad que ésta determina.
3.14 Término asistido - Responsabilidades ante finalización del contrato
En caso que el contrato licitado termine en forma anticipada o de acuerdo a los plazos preestablecidos, la Compañía Adjudicataria deberá entregar o restituir a la Entidad Crediticia o a quien ésta determine, todos los activos de información, bases de datos, equipos, materiales u otros activos propios de la entidad crediticia, obligación que deberá cumplir en la fecha que las partes acuerden y en todo caso dentro de un plazo máximo de 30 días desde la fecha efectiva de término del contrato. La Entidad Crediticia suspenderá el pago de las facturas pendientes, hasta la recepción de todos sus activos.
Se entiende por activos todos aquellos bienes, materiales, antecedentes e información que las partes hayan entregado u obtenido con motivo del contrato, en particular, los datos y registros relacionados con el desarrollo y cumplimiento del contrato, que contengan datos, archivos magnéticos, registros históricos, archivos físicos u otros necesarios para que la Entidad Crediticia pueda realizar un nuevo proceso de licitación de los seguros.
Esta entrega de activos e información se realizará sin costo alguno para la Entidad Crediticia, cualquiera sea el motivo de terminación del contrato, y la Compañía Adjudicada podrá conservar la información necesaria para la atención de consultas o reclamos y/o para la tramitación de siniestros pendientes (ocurridos y no reportados) que puedan afectar a la materia asegurada, quedando igualmente la Compañía Aseguradora sujeta a la obligación de confidencialidad establecida en estas Bases. Respecto a los siniestros denunciados que se encuentren en proceso de liquidación, la Compañía Adjudicada se obliga a enviar mensualmente a la Entidad Crediticia y al Corredor un informe de avances con su estado actual, hasta el cierre de cada uno de los casos.
3.15 Atención de requerimientos de la Entidad Crediticia
La Compañía Adjudicataria se comprometerá a entregar a la Entidad Crediticia toda la asistencia y los documentos necesarios que ésta le solicite con motivo de auditorías internas o externas.
La Compañía Aseguradora que resulte adjudicada deberá considerar la asignación de un ejecutivo de cuenta para la atención expedita y oportuna de los requerimientos de la Entidad Crediticia, en especial en situaciones de emergencia, indicando además el nombre y cargo de su superior inmediato, a objeto de poder escalar un problema cuando fuere necesario. La Compañía Adjudicataria deberá informar oportunamente a la Entidad Crediticia y al Corredor del eventual cambio de ejecutivo de cuenta y/o de su superior inmediato.
IV. BASES TÉCNICAS DE LOS SEGUROS LICITADOS.
a. MATERIA ASEGURADA
Edificios e instalaciones de uso exclusivamente habitacional, sus dependencias y construcciones que se encuentren dentro de los deslindes del inmueble constituido en garantía a favor del respectivo acreedor de Contrato de Arrendamiento con promesa de Compraventa, incluyendo si corresponde, rejas, portones, cierros, veredas, pavimentos, muros medianeros y/o de contención, piscinas, obras de drenaje y obras civiles en general, pozos, canales, caminos, redes de agua, y demás obras complementarias como fundaciones, cimientos, sobre cimientos artefactos de iluminación interior y/o exterior, transformadores eléctricos y sub estaciones eléctricas, muros de contención y toda infraestructura física que forme parte de la propiedad correspondiente a la cartera de Contratos de Arrendamiento con Promesa de Compraventa Ley 00.xx Securitizadora Security.
ASEGURADOS STOCK Y FLUJO
Se debe considerar incorporación de flujo para esta Licitación Stock
Las personas que mantienen vigente contrato de arrendamiento con promesa de compraventa Ley
19.281 en calidad de deudores directos, avales o codeudores y codeudores solidarios, por la adquisición de bienes de uso habitacional que sea administrado por SECURITIZADORA SECURITY.
La Compañía adjudicada asumirá los riesgos en continuidad de cobertura respecto a la cartera de asegurados en stock y no será exigible una nueva declaración del asegurado, en la medida
que se cumplan los requisitos señalados en el numeral 2.1 siguiente de estas Bases.
Flujo
Respecto al flujo de los nuevos asegurables o los asegurados vigentes que soliciten cobertura para un nuevo contrato de arrendamiento con promesa de compraventa, deberán cumplir los requisitos existentes en esta póliza
Para los inmuebles que están sometidos al régimen de copropiedad inmobiliaria, la cobertura se extiende a la parte proporcional que les corresponda en los bienes comunes, incluyendo estacionamientos, bodegas, instalaciones de gas, electricidad y comunicaciones, conexiones a las redes de servicios públicos, de TV Cable e Internet, antenas de recepción satelital, árboles, plantas, arbustos, jardines, subterráneos (debidamente individualizados en la póliza), estanques calderas y piscinas.
b. MONTO ASEGURADO
El monto asegurado corresponde al valor de tasación del inmueble, descontado el valor del terreno. Según las condiciones generales de la póliza, el monto asegurado será el valor del inmueble asegurado al momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro, consignado en el informe de tasación elaborado por el tasador de la entidad crediticia, sin considerar el valor del terreno. El monto asegurado se incrementará adicionalmente en un 10% de su valor, para cubrir bienes complementarios tales como rejas, portones, cierros, veredas, pavimentos, piscinas, muelles y muros de contención, árboles, plantas, arbustos, jardines, obras de drenaje, pozos y canales, en caso de que no se hayan incorporado expresamente en las condiciones particulares de la póliza, sin necesidad de estipulación explícita. El monto asegurado de los inmuebles asegurados que forman parte de un condominio incluye los bienes de dominio común en la proporción de la respectiva unidad.
c. PRIMA
Será la resultante de aplicar la tasa de prima ofrecida al monto asegurado mensualmente, la cual no podrá ser modificada durante la vigencia del contrato.
d. ASEGURADOS
Las personas que mantienen vigente contrato de arrendamiento con promesa de compraventa Ley
19.281 en calidad de deudores directos, por la adquisición de bienes de uso habitacional, que sea administrado por SECURITIZADORA SECURITY.
e. BENEFICIARIO
El beneficiario de las pólizas será la institución financiera que tenga el carácter de acreedor en forma originaria o la haya adquirido por endoso, cesión o securitización del respectivo Contrato de Arrendamiento con Promesa de Compraventa, hasta por un monto equivalente al saldo insoluto de la deuda. Se deja constancia que en todo lo que exceda al saldo insoluto de la deuda, el beneficiario será el propio deudor asegurado.
f. UBICACIÓN DEL RIESGO
Territorio Nacional.
g. USO O DESTINO
Se informa a las Compañías que dentro de la cartera de asegurados en stock podrían existir inmuebles que hayan cambiado su uso o destino. Esta circunstancia no será motivo de rechazo de un siniestro en la medida que el nuevo uso o destino del inmueble sea de aquellos susceptibles de cobertura en virtud de las condiciones generales de la póliza.
h. PRIMA ANUAL DEL SEGURO LICITADO
Incendio con sismo UF 4.235 Monto de la prima anual neta de IVA y de comisiones.
Este monto se informa para efectos de determinar el cumplimiento de la prima mínima que deben haber intermediado los Corredores de Seguros que participen en esta licitación, conforme a lo dispuesto en la Norma Conjunta.
V. CONDICIONES GENERALES DE LAS COBERTURAS
(POL 120131490) Incendio.
(CAD 120130071) Incendio y daños materiales causados por riesgo de la naturaleza, extendiéndose a cubrir el incendio y daños materiales causados por viento, desbordamiento de cauces y peso de nieve o hielo.
(CAD 120130072) Daños materiales causados por aeronaves. (CAD 120130078) Daños materiales causados por explosión.
(CAD 120130079) Daños materiales por incendio y explosión a consecuencia directa de huelga, desorden popular o actos terroristas.
(CAD 120130074) Colapso de edificios.
(CAD 120130076) Daños materiales causados por vehículos motorizados.
(CAD 1201301492) Daños materiales a consecuencia directa de huelga o desorden popular. (CAD120140254) Saqueo y daños materiales por saqueo durante huelga o desorden popular.
(CAD 120130077) Daños materiales causados por roturas de cañerías o por desbordamiento de estanques matrices.
(CAD 120130075) Daño eléctrico
(CAD 120130598) Incendio y daños materiales causados por sismo.
(CAD 120130070) Incendio y daños materiales causados por salida de mar, originada por sismo.
VI. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS SEGUROS LICITADOS:
Sub límites asegurados, independientes y adicionales al monto asegurado en la póliza principal y otras condiciones particulares:
Honorarios Profesionales: La cobertura de honorarios profesionales no se encuentra en la póliza de incendio ni en sus adicionales. Esto corresponde a una extensión de cobertura cubriendo los honorarios profesionales hasta un límite del 1% del monto asegurado con un límite de UF 50 por evento y ubicación. Este monto se deberá pagar al deudor asegurado una vez liquidado el siniestro.
Hasta el límite establecido, se cubren los gastos necesarios que por concepto de honorarios profesionales, ya sea de arquitectos, ingenieros, constructores y otros profesionales, en los que el asegurado deba, razonablemente incurrir, como consecuencia de un evento cubierto y que estén relacionados única y exclusivamente con la reconstrucción, reparación o restitución de los bienes asegurados que hayan resultado dañados. Se excluyen expresamente todos aquellos gastos destinados a la justificación de siniestros y a todo tipo de reclamaciones en contra de la compañía, con un límite de UF. 50.
Inhabitabilidad: en caso de no catastrófico será de un máximo de 1.7%mensual del monto asegurado con un límite de 6 meses desde la fecha del evento; más gastos de traslado para mudanzas de UF 10 ida y vuelta.
Respecto a los de los catastróficos será hasta un monto de 1.7% mensual del monto asegurado y con un límite de 12 meses desde la fecha del evento, más gastos de traslado para mudanzas de UF 10 ida y vuelta.
Gastos de Obtención de Permisos para Reconstrucción, con un límite de UF 50.
Reparaciones Provisorias: Se cubren con un límite de UF 50, por los gastos incurridos en reparaciones provisorias que sean indispensables para la conservación del inmueble asegurado, que sean consecuencia de un siniestro que se encuentre amparado en el presente seguro.
Gastos de Aceleración: Se acuerda y conviene que este seguro cubre los costos y gastos en que ha incurrido el asegurado, con el consentimiento de los aseguradores, en pagos adicionales por trabajo en sobretiempo, en la noche, domingo y feriados, transportes expresos, incluidos los aéreos, incurridos en conexión con la preparación o reconstrucción de la propiedad asegurada, posterior a la pérdida, destrucción o daño físico por siniestro cubierto, hasta un límite del 10% de la pérdida por ubicación.
Trabajos de Construcción, Reparación y Mantención: Se acuerda y conviene que se entienden cubiertas las pérdidas y daños amparados por el seguro que sean consecuencia directa de trabajos de construcción, reparaciones y mantenciones.
Gastos por Demoliciones: Se extiende a cubrir los gastos que incurra el Asegurado por demoliciones que sean necesarias u ordenadas por la autoridad competente hasta el 5% del monto asegurado. Este monto constituirá un sublímite adicional al monto asegurado.
Rehabilitación Automática: En caso de siniestro, el monto asegurado se rehabilitará en forma automática por una sola vez sin cobro de prima. En caso de existir una segunda rehabilitación dentro del período de vigencia de la póliza licitada, esta rehabilitación no será automática y se hará efectiva previo pago de la prima que corresponda, que será de cargo del asegurado, manteniéndose la tasa de prima definida en la póliza adjudicada.
CONDICIONES PARTICULARES CLÁUSULA DE ALTERACIÓN DEL RIESGO.
Se otorga cobertura automática en caso que el deudor efectúe ampliaciones, reparaciones, construcciones o mejoras en el bien asegurado y que aumenten el valor del inmueble hasta un 10% del monto asegurado, por sobre el valor de tasación original efectuada por SECURITIZADORA SECURITY
S.A. En tal caso la diferencia se determinará al momento del siniestro conforme a la escritura que respalda dicha operación, siendo procedente el cobro de prima retroactiva y proporcional desde la fecha en que se haya originado el aumento de valor. Sin embargo, el cobro retroactivo de prima no podrá considerar una fecha anterior al inicio de vigencia de la respectiva póliza colectiva. Se cubrirán asimismo los siniestros que se produzcan al momento de la ejecución de las obras de ampliación, reparación y/o mejoras siempre que no se altere el uso o destino del bien asegurado.
En directa relación con lo anterior, no se exigirá a los Asegurados la declaración sobre agravamiento de riesgos contemplada en el artículo 526 del Código de Comercio hasta el límite antes señalado, sin perjuicio del cobro de prima que pueda realizar la entidad aseguradora. Se deja constancia que si el Asegurado informare a la Entidad Licitante o al Corredor las agravaciones de riesgos que se hayan producido en la materia asegurada, éstas deberán comunicarlas a la Compañía en los términos y dentro del plazo que establece la citada disposición legal, desde que hayan tomado conocimiento de tal situación.
Retiro de escombros, traslado de muebles y demoliciones que sean necesarias u ordenadas por autoridad competente: hasta un 10% del monto asegurado. Este monto o porcentaje constituye un sublímite que es adicional al monto asegurado de la póliza principal.
Tipo de póliza
La póliza es de tratamiento anual donde se debe indicar la prima por el período de vigencia, con pago xx xxxxxx mensual. Xxxxxx será por 12 meses a contar del 31 de octubre de 2018.
DEDUCIBLES
▪ Incendio y Daños Materiales causados por sismo, e Incendio y Daños Materiales causados por salida de mar originada por sismo: Riesgos habitacionales 1% del monto asegurado por ubicación con mínimo de UF 15.
▪ Riesgos de la naturaleza : UF 5 en toda y cada pérdida.
CONTRATACIÓN DE PÓLIZA INDIVIDUAL.
La contratación y aceptación de pólizas individuales relacionadas con créditos hipotecarios del Art. 40 del D.F.L. 251 se sujetará a los requisitos del marco regulatorio vigente. La Compañía Adjudicataria no puede ofrecer por su cuenta a los clientes de SECURITIZADORA SECURITY S.A. pólizas individuales que incluyan las mismas coberturas y que se refieran a los mismos bienes que conforman la cartera asegurada en la(s) póliza(s) colectiva(s), durante el período de vigencia del Contrato Licitado. Lo anterior, no obsta a que el deudor asegurado pueda cotizar y contratar libremente una póliza individual en cualquier Compañía a su elección.
CLÁUSULAS ESPECIALES
Cláusula de Errores u Omisiones
La Compañía Adjudicataria se obliga a dar cobertura a la materia asegurada en todos los casos en que por hecho fortuito, error o inadvertencia de la Entidad Crediticia no se haya informado oportunamente la contratación del seguro o la ocurrencia de un siniestro y/o no se haya enterado o traspasado la prima a la Compañía Aseguradora, situaciones que serán admitidas por ésta para todos los efectos relativos a
la cobertura y al pago de la indemnización correspondiente, siempre que el riesgo sea asegurable en la póliza, cualquiera sea la oportunidad en que se detecten e informen, de modo que la Compañía Aseguradora procederá como si tal hecho, error o inadvertencia jamás hubiere ocurrido, sin perjuicio de su derecho a cobrar la prima correspondiente incluso en forma retroactiva. Tampoco habrá objeción alguna por parte de la Compañía Aseguradora en caso que se hubiese producido un error en la identificación del riesgo asegurado, prevaleciendo siempre la respectiva escritura de mutuo hipotecario. El asegurado tendrá siempre derecho al pago íntegro de la indemnización que legalmente proceda y en caso que el siniestro fuese rechazado por motivos o vicios formales atribuibles a la propia entidad crediticia, la Compañía deberá indemnizar al deudor asegurado pero tendrá derecho a repetir en contra de la Securitizadora si los montos pagados durante la vigencia de las pólizas excedieren de UF 10.000.
VII. NORMAS OPERATIVAS Y PROCEDIMIENTO DE SINIESTROS
a) Emisión Pólizas de Seguros e información de asegurados
La Compañía adjudicada, emitirá una póliza con vigencia de 12 meses donde se incluirá el stock de asegurados vigentes y con continuidad de cobertura. Cada mes, la entidad crediticia informará a la compañía, las altas y bajas de asegurados según corresponda. De la cuadratura del proceso anterior, resultará la cartera vigente de asegurados para efectos de ingreso de siniestros, y el pago de prima correspondiente.
b) Plazo máximo para informar los riesgos asegurados
La información correspondiente a las exclusiones e inclusiones de riesgos asegurados se enviará a la Compañía Adjudicataria dentro de un plazo máximo de 90 días contados desde la fecha del acto o contrato que la genera.
c) Certificados de cobertura
Respecto al stock de asegurados , se deja constancia que los certificados de cobertura se entregarán en la forma y dentro del plazo que establecen los artículos 517 y siguientes del Comercio y las disposiciones de la Circular Nº 2123 de la CMF. Se adjunta anexo 2, Cuadro Resumen de Cobertura Seguro de Daños Asociado a Crédito Hipotecario, al final del Anexo IV.
Respecto a los nuevos asegurados (flujo), se deja constancia que los certificados de cobertura se entregarán en la forma mensual y dentro del plazo que establecen los artículos 517 y siguientes del Comercio y las disposiciones de la Circular Nº 2123 de la CMF.
La Compañía Adjudicataria deberá contar además con medios o aplicaciones tecnológicas que permitan emitir o generar certificados de cobertura solicitados puntualmente por un asegurado, dentro de un plazo máximo de 3 días hábiles contados desde el requerimiento.
d)
e) Informes administrativos
La Compañía Adjudicataria deberá entregar en forma bi-mensual a la Securitizadora y al Corredor de Seguros, los siguientes informes:
• Informe del stock asegurado
• Informe xx xxxxxx y comisiones pagadas
• Informe de siniestros por riesgo: indicando prima neta pagada, Nº de siniestros pagados, Nº de siniestros provisionados, % de siniestralidad
• Informe de siniestros pendientes de liquidación indicando identificación del siniestro y comentario del estado en que se encuentra.
f) Siniestros
1) En caso de un siniestro, SECURITIZADORA SECURITY o el cliente asegurado informará al Corredor de Seguros por cualquier medio que se encuentre disponible para estos efectos, quien canalizará los siniestros y a su vez informará a la Compañía, que deberá designar un liquidador y asignar número de Siniestro dentro de un plazo no superior a 3 días hábiles, contados desde la recepción del denuncio.
2) Denuncio de Siniestros. La Compañía Aseguradora otorgará un plazo de 60 días para realizar la denuncia de siniestros, plazo que se extenderá a 90 días para eventos catastróficos. Estos plazos se iniciarán tan pronto sea posible desde el momento en que se tome conocimiento del hecho que pueda constituir o constituya un siniestro que afecte la materia asegurada en la póliza.
3) Igualmente las Compañías deben contar con facilidades que permitan a los asegurados, al menos, realizar denuncios de siniestros en forma remota y sin limitación de xxxxxxx, debiendo entregarse
al denunciante una confirmación fehaciente de la recepción del denuncio.
4) Liquidación de Siniestros. El plazo para la inspección del inmueble siniestrado, no podrá ser superior a 7 días hábiles contados desde la recepción del denuncio en la compañía aseguradora. El plazo para el pago de la indemnización, no podrá ser inferior a 3 días hábiles ni superior a 6 días hábiles, contados desde la notificación de la aceptación de la compañía de la procedencia del pago de la indemnización.
Sin perjuicio de lo establecido en los puntos anteriores, los plazos totales de liquidación nunca podrán exceder los señalados en el Decreto Supremo Nº 1055 de 2012.
Tratándose de eventos catastróficos los plazos del proceso de liquidación, incluida la inspección del inmueble asegurado, corresponderá únicamente a los establecidos en el Decreto Supremo Nº 1055 de 2012.
Emitido el informe final de liquidación, la Compañía deberá remitir una copia del mismo a la Securitizadora Security, al Corredor de Seguros y al cliente asegurado. En caso de no haber impugnación por parte de la Securitizadora Security, xxx Xxxxxxxx de Seguros ni del asegurado, se solicitará el pago de la indemnización correspondiente. Con todo, la compañía de seguros podrá impugnar el informe de liquidación cuando haya sido efectuado por un liquidador externo e independiente de ella.
Cobertura:
▪ Incendio, coberturas adicionales y sismo.
Respecto de las condiciones de suscripción, para el periodo de siniestros indicado:
a. Condiciones de ingreso.
▪ No existe restricción.
b. Antigüedad máxima:
▪ No existe restricción.
c. Tipo de construcción:
▪ Para la cobertura de sismo se excluye adobe, similares, adobillo, construcciones hechas con bloques de barro o cualquier construcción que ocupe barro, sólo o combinado con materiales como madera, metal, acero u otro material, sea construcción total o parcial.
Otras exclusiones:
▪ No existe restricción para riesgos habitacionales.
Cambio de condiciones del período informado:
▪ No existen.
▪ De acuerdo a las POL y CAD indicadas en Bases de Licitación, que se encuentran Detalladas en “Bases técnicas de los seguros licitados”, en Condiciones generales de cobertura seguros licitados.
ANEXO I CARTA DE OFERTA
Santiago, 12 de septiembre 2018
Señores
Securitizadora Security Xxxxxxx Xxxxxx Xxx 00 xxxx 0 Xxx Xxxxxx - Xxxxxxxx Presente
Ref.: Licitación de Seguros de Incendio, Coberturas Adicionales y Sismo
De nuestra consideración:
De acuerdo con lo solicitado en las Bases de Licitación, que nuestra Compañía conoce y acepta íntegramente, tenemos el agrado de presentar a ustedes nuestra oferta respecto a los Seguros de Incendio y Coberturas Adicionales con Sismo para las carteras de Contratos de Arrendamiento con Promesa de Compraventa BSECS 2-3-4-6-7-9-10-13 MAPSA y ACFIN de Securitizadora Security, que se adjunta como Oferta Técnico-Económica en SOBRE 1 y SOBRE 2.
Los antecedentes generales de los oferentes se incluyen como anexo de la presente carta. Sin otro particular, se despide atentamente,
……………………………………………………………
p.p. (Nombre Compañía Aseguradora Oferente)
ANEXO CARTA DE OFERTA ANTECEDENTES GENERALES DE LOS OFERENTES
I. Compañía de Seguros
Razón Social | |
Rut | |
Dirección | |
Teléfono | |
Representante Legal | |
Rut | |
Cargo | |
Teléfono | |
II. Coaseguradores
Razón Social | RUT |
1. | |
2. | |
3. | |
4. |
III. Corredor de Seguros
Razón Social | |
Rut | |
Dirección | |
Teléfono | |
Representante Legal | |
Rut | |
Cargo | |
Teléfono | |
Prima Neta intermediada últimos 2 años. | UF |
……………………………..........................
Firma Representante(s) Legal(es) Compañía
ANEXO II DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
[Compañía/Corredor Oferente] expresamente declara que todos los documentos e información que le haya sido proporcionada o de la que tome conocimiento, con ocasión de la licitación de los Seguros de Incendio y Coberturas Adicionales asociados a créditos hipotecarios vigentes otorgados y/o administrados por SECURITIZADORA SECURITY S.A. tienen el carácter de confidencial y reservado y, por lo tanto, no pueden ser divulgados a terceros en ninguna forma, obligándose el declarante a mantener bajo estricta reserva y usar dicha información sólo para los fines previstos en las respectivas bases de licitación y el Contrato a que la presente declaración accede. El suscribiente declara tener conocimiento que “Información Confidencial o Reservada” de SECIRITIZADORA SECURITY, significa cualquier documento, dato u otro antecedente o información que diga relación ya sea con las operaciones, actos, contratos, negocios o proyectos de SECURITIZADORA SECURITY S.A.
[xxxxxxx] igualmente se obliga: a) A restringir el acceso a la Información Confidencial sólo a aquellos representantes que deban conocerla atendida la finalidad para la cual ella se proporciona, debiendo comunicar –además– a dichas personas el carácter confidencial de la Información, e instruirlos para que sea tratada como tal, dentro de los términos de la presente declaración; b) A hacer respetar los términos descritos por parte de sus representantes, y a responder del incumplimiento en que estos pudiesen incurrir.
Por su parte, [xxxxxxx] reconoce que SECURITIZADORA SECURITY podrá divulgar los términos y condiciones de esta contratación, según corresponda, en la medida que corresponda a un requerimiento de sus políticas internas, requerimiento de autoridad o de conformidad con cualquier norma legal o administrativa. [xxxxxxx] faculta igualmente a SECURITIZADORA SECURITY para informar a su Directorio sobre aspectos esenciales del presente proceso de Licitación, de las Ofertas y del contrato que se suscriba en definitiva.
NOMBRE DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS / CORREDOR DE SEGUROS
FIRMA DEL (DE LOS) REPRESENTANTE(S) COMPAÑÍA / CORREDOR DE SEGUROS
ANEXO III
OFERTA TÉCNICA-ECONÓMICA INCENDIO COBERTURAS ADICIONALES Y SISMO
Santiago, 12 de septiembre 2018.
Seguro Colectivo de Incendio, Coberturas adicionales y sismo para Cartera de Contratos de Arrendamiento con promesa de Compraventa BSECS 2-3-4-6-7-9-10-13 de
Securitizadora Security
Compañía de Seguros:
Corredor de Seguros:
TASA MENSUAL % | |
Incendio y coberturas adicionales (tasa afecta ) | |
Sismo (tasa exenta) | |
IVA | |
Total tasa bruta mensual IVA incluido (1+2+3) |
La siguiente oferta considera e incluye todas las condiciones técnicas señaladas en las Bases de Licitación.
Las tasas indicadas incluyen la comisión xxx xxxxxxxx y deben considerar 4 decimales. Comisión Corredor: % + IVA.
Información Compañías en Coaseguro
Nombre Compañía de Seguros | % Participación |
1. | |
2. | |
3. | |
4. | |
5. |
Nota: Agregar más información (líneas) si fuese necesario. Nombre Coasegurador Líder:
……………………………..........................
Firma Representante(s) Legal(es) Compañía
ANEXO IV
Pólizas Colectivas Vigentes
Cartera | Compañía Vigente | N° de Poliza | Cobertura | Termino de Vigencia |
BSECS 2-3-4-6-7-10-13 MAPSA | Liberty Seguros | 20264885 | Incendio y sismo | 31-10-2018 |
BSECS 9 ACFIN | BCI Seguros | 3844697 | Incendio y sismo | 31-10-2018 |
Identificación de la Cobertura
a) Asegurados :
Deudores de Contratos de Arrendamiento con Promesa de Compraventa de Securitizadora Security BSECS 2-3-4-6-7-9-10-13 MAPSA y ACFIN
b) Cobertura :
Incendio adicionales y sismo
c) Montos Asegurados Carteras Vigente junio 2018
MONTOS ASEGURADOS CARTERA VIGENTE | |
CON XXXXX | |
N° Operaciones | 5.828 |
Monto Total | 3.561.872 |
Monto Mayor | 1.700 |
Monto Promedio | 611 |
Monto Menor | 46 |
Desviacion Estándar | 183 |
c) Vigencia o duración de la cobertura:
12 meses desde 12 hrs. del 31 de octubre de a 2018 hasta 12 hrs. del 31 de octubre
de 2019.
2.1) Respecto de los créditos Se asegura Stock y flujo
2.2) Respecto de los Bienes Raíces
a)Distribución cartera vigente según tramos de montos asegurados:
Distribución Cartera Con Sismo por tramo | ||
Tramos | N° Operaciones | Monto Asegurado UF |
Desde 1 hasta 500 | 1.616 | 675.711 |
Desde 501 hasta 1.000 | 4.014 | 2.659.953 |
Desde 1.001 hasta 1.500 | 195 | 221.464 |
Desde 1.501 hasta 2.000 | 3 | 4.744 |
Total general | 5.828 | 3.561.872 |
Distribución cartera vigente según Tipo de Crédito:
b) Contratos de Arrendamiento con período xx xxxxxx:
No hay
c) Distribución cartera vigente según tipo de financiamiento:
Leasing Habitacional
d) Distribución Cartera Vigente según uso/destino:
100% habitacional
g) Distribución cartera vigente por tipo de vivienda
Distribución Cartera Con Sismo por Tipo de Riesgo | ||
Tipo | N° Operaciones | Monto Asegurado UF |
casa | 4.307 | 2.515.577 |
Departamento | 1.521 | 1.046.294 |
Total general | 5.828 | 3.561.872 |
h) Distribución cartera vigente por Comuna
Distribución Cartera con Sismo por Comuna | ||
Comuna | Monto Asegurado UF | N° Operaciones |
ALGARROBO | 2.767 | 5 |
ANGOL | 1.794 | 4 |
ANTOFAGASTA | 88.640 | 112 |
ARAUCO | 2.905 | 6 |
ARICA | 2.040 | 2 |
BUIN | 13.578 | 23 |
XXXXXX | 3.452 | 8 |
CABRERO | 13.067 | 35 |
CALAMA | 4.281 | 5 |
CALERA DE TANGO | 11.073 | 20 |
XXXXX XXXXX | 0.000 | 0 |
XXXXXX | 0.000 | 3 |
XXXXXXX | 000 | 0 |
XXXXXXXXXX | 9.181 | 19 |
XXXXXXXXX | 000 | 0 |
XXXXXXXXX | 0.000 | 00 |
XXXXX XXXXX | 7.902 | 17 |
CHIGUAYANTE | 30.325 | 52 |
CHILLAN | 45.044 | 88 |
CHILLAN VIEJO | 13.459 | 33 |
COELEMU | 1.817 | 3 |
XXXXXXXX | 000 | 1 |
COINCO | 448 | 1 |
Distribución Cartera con Sismo por Comuna | ||||
Comuna | Monto Asegurado UF | N° Operaciones | ||
COLINA | 3.746 | 9 | ||
CONCEPCION | 52.994 | 85 | ||
CONCHALI | 41.789 | 56 | ||
XXXXXX | 000 | 0 | ||
XXXXXXXXXXXX | 1.998 | 4 | ||
COPIAPO | 35.077 | 61 | ||
COQUIMBO | 139.032 | 213 | ||
CORONEL | 23.748 | 46 | ||
CURACAVI | 2.107 | 3 | ||
CURICO | 7.087 | 17 | ||
DALCAHUE | 3.213 | 5 | ||
EL BOSQUE | 16.942 | 32 | ||
EL MONTE | 2.593 | 4 | ||
EL TABO | 2.626 | 5 | ||
ESTACION CENTRAL | 19.158 | 29 | ||
FREIRINA | 1.058 | 2 | ||
GRANEROS | 4.314 | 7 | ||
HUALPEN | 30.879 | 62 | ||
HUALQUI | 5.909 | 15 | ||
HUECHURABA | 1.638 | 4 | ||
ILLAPEL | 4.845 | 12 | ||
INDEPENDENCIA | 19.586 | 28 | ||
XXXX XX XXXXX | 000 | 0 | ||
XX XXXXXX | 16.209 | 31 | ||
LA CISTERNA | 18.515 | 26 | ||
LA XXXX | 14.001 | 27 | ||
LA FLORIDA | 47.043 | 79 | ||
LA GRANJA | 14.461 | 27 | ||
XX XXXXX | 000 | 0 | ||
XX XXXXXXX | 4.032 | 10 | ||
XX XXXXX | 0.000 | 0 | ||
XX XXXXXX | 152.483 | 248 | ||
LAJA | 14.296 | 33 | ||
LAMPA | 8.191 | 13 | ||
LAS CONDES | 2.351 | 3 | ||
XXXXXXX | 000 | 0 | ||
XXXXXXX | 10.816 | 20 | ||
LINARES | 1.980 | 5 | ||
LLAY LLAY | 1.723 | 3 | ||
LO BARNECHEA | 1.578 | 3 | ||
LO ESPEJO | 11.609 | 20 | ||
LO XXXXX | 41.881 | 68 | ||
LOS ANDES | 22.034 | 34 | ||
LOS ANGELES | 49.060 | 108 | ||
LOS VILOS | 408 | 1 | ||
LOTA | 1.913 | 4 | ||
MACHALI | 2.713 | 4 | ||
MACUL | 12.740 | 19 | ||
MAIPU | 366.885 | 581 | ||
XXXXX XXXXX | 000 | 0 | ||
XXXXX | 1.692 | 3 | ||
MELIPILLA | 3.420 | 8 | ||
MULCHEN | 1.648 | 5 | ||
NACIMIENTO | 13.172 | 37 | ||
NUEVA IMPERIAL | 4.630 | 13 | ||
XXXXX | 000 | 0 | ||
XXXXX | 8.422 | 11 | ||
OLMUE | 34 383 | 1 | ||
OSORNO | 2.452 | 6 | ||
OVALLE | 7.096 | 12 | ||
PADRE XXXXXXX | 2.828 | 6 | ||
PADRE LAS CASAS | 6.919 | 15 |
Distribución Cartera con Sismo por Comuna | ||||
Comuna | Monto Asegurado UF | N° Operaciones | ||
NACIMIENTO | 13.172 | 37 | ||
NUEVA IMPERIAL | 4.630 | 13 | ||
XXXXX | 000 | 0 | ||
XXXXX | 8.422 | 11 | ||
OLMUE | 383 | 1 | ||
OSORNO | 2.452 | 6 | ||
OVALLE | 7.096 | 12 | ||
XXXXX XXXXXXX | 0.000 | 0 | ||
XXXXX XXX XXXXX | 6.919 | 15 | ||
PAINE | 7.274 | 12 | ||
XXXXX XXXXXXX XXXXX | 9.946 | 15 | ||
PENAFLOR | 3.132 | 5 | ||
PENALOLEN | 6.789 | 10 | ||
PENCO | 1.657 | 3 | ||
PEÑAFLOR | 25.162 | 40 | ||
PEÑALOLEN | 21.249 | 40 | ||
PIRQUE | 1.103 | 2 | ||
XXXXXXXXXX | 000 | 0 | ||
XXXXXXXXXXX | 1.820 | 2 | ||
PUCON | 595 | 1 | ||
PUDAHUEL | 114.238 | 195 | ||
XXXXXX XXXX | 000.000 | 000 | ||
XXXXXX XXXXX | 75.003 | 141 | ||
PUERTO VARAS | 1.693 | 2 | ||
QUILICURA | 115.457 | 179 | ||
QUILLOTA | 18.424 | 34 | ||
QUILPUE | 77.231 | 122 | ||
QUINTA NORMAL | 159.517 | 209 | ||
QUINTERO | 5.930 | 12 | ||
XXXXXXXX | 000 | 0 | ||
XXXXXXXX | 68.343 | 114 | ||
RECOLETA | 63.298 | 95 | ||
RENCA | 28.454 | 45 | ||
RENGO | 9.349 | 18 | ||
ROMERAL | 364 | 1 | ||
ROMERAL | 830 | 1 | ||
SALAMANCA | 2.179 | 4 | ||
XXX XXXXXXX | 0.000 | 00 | ||
XXX XXXXXXXX | 136.335 | 240 | ||
XXX XXXXXX | 000 | 0 | ||
XXX XXXXXX | 4.379 | 9 | ||
SAN XXXXXXXX | 6.591 | 15 | ||
SAN XXXXXXX | 20.248 | 31 | ||
SAN XXXXXX | 58.847 | 69 | ||
XXX XXXXX | 00.000 | 00 | ||
XXX XXXXX XX XX XXX | 25.145 | 43 | ||
SAN XXXXX | 2.437 | 5 | ||
SAN XXXXXXX | 7.767 | 17 | ||
SANTA XXXXXXX | 1.834 | 5 | ||
XXXXX XXXX | 000 | 0 | ||
XXXXXXXX | 91.712 | 111 | ||
XXXXXXXX XXXXX | 00.000 | 00 | ||
XXXXX XXXXXXX | 587 | 1 | ||
TALAGANTE | 3.638 | 7 | ||
TALCA | 20.305 | 34 | ||
TALCAHUANO | 42.673 | 68 | ||
TEMUCO | 30.053 | 61 | ||
TOME | 35 1.621 | 3 | ||
TUCAPEL | 1.245 | 2 | ||
XXXXXXXX | 1.835 | 3 | ||
VALLENAR | 9.890 | 14 | ||
VALPARAISO | 36.046 | 57 |
Distribución Cartera con Sismo por Comuna | ||
Comuna | Monto Asegurado UF | N° Operaciones |
TALAGANTE | 3.638 | 7 |
TALCA | 20.305 | 34 |
TALCAHUANO | 42.673 | 68 |
TEMUCO | 30.053 | 61 |
TOME | 1.621 | 3 |
TUCAPEL | 1.245 | 2 |
XXXXXXXX | 1.835 | 3 |
VALLENAR | 9.890 | 14 |
VALPARAISO | 36.046 | 57 |
XXXXXX | 1.075 | 2 |
XXXXXX | 000 | 0 |
XXXXX XXXXXXX | 90.505 | 158 |
VILLARRICA | 1.934 | 0 |
XXXX XXX XXX | 00.000 | 00 |
XXXX XXX XXX | 103.575 | 159 |
VITACURA | 3.043 | 5 |
YUMBEL | 1.401 | 3 |
YUNGAY | 1.495 | 4 |
Total | 3.561.872 | 5.828 |
i) Antigüedad y tipo de construcción
Antigüedad de la Construccion | |
Cartera Total. | 5.828 |
Menos a 5 años. | 7 |
Entre 5 a 9,99 años. | 89 |
De 10 a 14,99 años. | 3.505 |
Mayor o igual a 15 años. | 2.227 |
Tipo de construcción : El total de la cartera corresponde a tipo de construcción sólida
20 Mayores montos asegurados
20 mayores montos asegurados | |
Comuna | Monto asegurado UF |
ANTOFAGASTA | 1.700 |
XXXXX | 0.000 |
XXXXXXXX | 1.517 |
XXXXX | 0.000 |
XXXXXXXXXXX | 1.489 |
MAIPU | 1.449 |
XXXXX | 0.000 |
XXXXXXXXXXX | 1.443 |
SAN XXXXXX | 1.437 |
MAIPU | 1.435 |
SANTIAGO | 1.417 |
SANTIAGO | 1.398 |
QUILICURA | 1.396 |
RENCA | 1.369 |
SANTIAGO | 1.357 |
PUENTE ALTO | 1.357 |
SANTIAGO | 1.355 |
MAIPU | 1.354 |
QUILICURA | 1.350 |
MAIPU | 1.334 |
STOCK UF ASEGURADAS | |||||
VALORES EN UF | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 | 2013 |
ACFIN | 1.034.812 | 1.067.648 | 1.112.192 | 1.146.845 | 1.180.492 |
MAPSA | 2.590.888 | 2.737.623 | 2.871.258 | 2.975.291 | 3.046.164 |
TOTAL | 3.627.717 | 3.807.287 | 3.985.465 | 4.124.150 | 4.228.669 |
Siniestralidad últimos 5 años:
(Se informan los meses sólo con siniestros) MAPSA
INCENDIO Y SISMO MAPSA | ||||||||||
PAGADOS HABITACIONAL | PENDIENTES | RECHAZADOS | ||||||||
AÑO | MES | COMUNA | N° SINIESTROS | VALOR PROMEDIO ASEGURADO (UF) | MONTO TOTAL INDEMNIZADO (UF) | N° SINIESTROS | VALOR PROMEDIO ASEGURADO (UF) | MONTO TOTAL A INDEMNIZAR | N° SINIESTROS | VALOR PROMEDIO ASEGURADO (UF) |
2013 | 7 | 4 | 819,00 | $ 959.031 | ||||||
2013 | 8 | 2 | 712,00 | $ 1.223.738 | ||||||
2013 | 11 | 1 | 570,00 | $ 11.638.683 | ||||||
2013 | 12 | 1 | 479,00 | $ 548.805 | ||||||
2014 | 1 | 3 | 708,00 | $ 2.252.853 | ||||||
2014 | 2 | 1 | 780,00 | $ 82.372 | ||||||
2014 | 3 | 2 | 614,00 | $ 972.291 | ||||||
2014 | 4 | 3 | 582,00 | $ 30.177.926 | ||||||
2014 | 5 | 0 | - | $ - | ||||||
2014 | 6 | 1 | 393,00 | $ 9.461.047 | ||||||
2014 | 7 | 1 | 512,00 | $ 7.349.276 | 1 | |||||
2014 | 8 | 0 | - | $ - | ||||||
2014 | 9 | 1 | 441,00 | $ 1.332.006 | 1 | |||||
2014 | 10 | 0 | - | $ - | ||||||
2014 | 11 | 0 | - | $ - | ||||||
2014 | 12 | 1 | 693,63 | $ 581.680 | 2 | |||||
2015 | 1 | 0 | - | $ - | 1 | |||||
2015 | 2 | 0 | - | $ - | ||||||
2015 | 3 | 3 | 505,00 | $ 3.926.773 | ||||||
2015 | 4 | 1 | 625,00 | $ 15.608.113 | ||||||
2015 | 5 | 3 | 755,00 | $ 1.978.069 | ||||||
2015 | 6 | 0 | - | $ - | ||||||
2015 | 7 | 2 | 387,00 | $ 2.937.050 | 1 | 811,00 | ||||
2015 | 8 | 1 | 918,00 | $ 473.948 | 2 | 605,00 | ||||
2015 | 9 | 15 | 626,00 | $ 19.026.513 | ||||||
2015 | 10 | 1 | 1.051,00 | $ 332.470 | 3 | 757,00 | ||||
2015 | 11 | 1 | 590,00 | $ 328.821 | 1 | 372,00 | ||||
2015 | 12 | 1 | 693,00 | $ 835.683 | ||||||
2016 | 1 | 1 | 592,00 | $ 752.602 | ||||||
2016 | 2 | 1 | 694,00 | $ 1.544.089 | ||||||
2016 | 3 | 0 | - | $ - | ||||||
2016 | 4 | 1 | 784,00 | $ 273.698 | ||||||
2016 | 5 | 0 | - | $ - | ||||||
2016 | 6 | 0 | - | $ - |
INCENDIO Y SISMO MAPSA | ||||||||||
PAGADOS HABITACIONAL | PENDIENTES | RECHAZADOS | ||||||||
AÑO | MES | COMUNA | N° SINIESTROS | VALOR PROMEDIO ASEGURADO (UF) | MONTO TOTAL INDEMNIZADO (UF) | N° SINIESTROS | VALOR PROMEDIO ASEGURADO (UF) | MONTO TOTAL A INDEMNIZAR | N° SINIESTROS | VALOR PROMEDIO ASEGURADO (UF) |
2016 | 7 | 0 | - | $ - | ||||||
2017 | 8 | 0 | - | $ - | ||||||
2016 | 9 | 1 | 766,00 | $ 137.536 | ||||||
2016 | 10 | 0 | - | $ - | ||||||
2016 | 11 | 2 | 518,00 | $ 386.252 | ||||||
2016 | 12 | 0 | - | $ - | ||||||
2017 | 1 | 0 | - | $ - | ||||||
2017 | 2 | 0 | - | $ - | ||||||
2017 | 3 | 1 | 550,00 | $ 529.109 | 5 | 628,00 | ||||
2017 | 4 | 0 | - | $ - | ||||||
2017 | 5 | 0 | - | $ - | ||||||
2017 | 6 | 1 | 454,00 | $ 623.748 | 1 | 313 | ||||
2018 | 1 | 3 | 105 | |||||||
2018 | 2 | 2 | 36 | |||||||
2018 | 4 | 2 | 89 | 2 | 181 | |||||
2018 | 6 | 1 | 63 | |||||||
2018 | 7 | 1 | 68 | |||||||
TOTAL | 64 | 10.508 | 49.694.704 | 4 | 0 | 311 | 18 | 3.486 |
INCENDIO Y SISMO ACFIN | ||||||||||
PAGADOS HABITACIONAL | PENDIENTES | RECHAZADOS | ||||||||
AÑO | MES | COMUNA | N° SINIESTROS | VALOR PROMEDIO ASEGURADO (UF) | MONTO TOTAL INDEMNIZADO (UF) | N° SINIESTROS | VALOR PROMEDIO ASEGURADO (UF) | MONTO TOTAL A INDEMNIZAR | N° SINIESTROS | VALOR PROMEDIO ASEGURADO (UF) |
2013 | 9 | - | 1 | 555,00 | 79,39 | |||||
2013 | 11 | - | 1 | 1.122,00 | 137,21 | |||||
2014 | 4 | - | 1 | 590,00 | 209,37 | |||||
2014 | 6 | - | 7 | 727,00 | 42,31 | |||||
2015 | 3 | - | 79 | 879,33 | 391,96 | 6 | 787,03 | 96 | 772,57 | |
2015 | 3 | - | 1 | 1.065,00 | 20,18 | |||||
2015 | 3 | - | 1 | 667,00 | 340,00 | |||||
2015 | 3 | - | 1 | 677,00 | 332,00 | |||||
2015 | 6 | - | 1 | 805,00 | ||||||
2015 | 6 | - | 1 | 955,00 | ||||||
2015 | 9 | - | 16 | 566,50 | 1.349,87 | 4 | 600,25 | |||
2015 | 10 | - | 2 | 478,00 | ||||||
2015 | 12 | - | 1 | 658,00 | 335,12 | |||||
2016 | 1 | 1 | 620,00 | 13,38 | ||||||
2016 | 4 | - | 3 | 792,00 | 183,23 | |||||
2017 | 2 | - | 1 | 874,00 | 16,12 | |||||
2017 | 5 | - | 1 | 542,00 | ||||||
2017 | 6 | - | 1 | 650,00 | 0 | |||||
2018 | 4 | 2 | 24,10 | 1 | ||||||
2018 | 5 | 1 | 75 | |||||||
2018 | 6 | 1 | 1 | |||||||
TOTAL | 118 | 3.474,24 | 9 | 1.437,03 | 105 |
1. Respecto de las condiciones de suscripción, para el periodo de siniestros indicado:
a. Condiciones de ingreso
• No existe restricción
b. Antigüedad máxima
• No existe restricción.
c. Tipo de construcción
• Para la cobertura de sismo se excluye adobe, similares, adobillo, construcciones hechas con bloques de barro o cualquier construcción que ocupe barro, sólo o combinado con materiales como madera, metal, acero u otro material, sea construcción total o parcial.
d. Otras exclusiones
• No existe restricción para riesgos habitacionales y servicios profesionales.
2. Cambio de condiciones del período informado
• No hay modificaciones
3. Condiciones de suscripción requeridas por cobertura para Incendio, sismo y adicionales y para Incendio y adicionales:
a. Condiciones de ingreso:
• De acuerdo a las POL y CAD indicadas en Bases de Licitación, que se encuentran detalladas en “Bases técnicas de los seguros licitados”, en Condiciones generales de cobertura seguros licitados.
b. Antigüedad máxima:
• No existe restricción
c. Tipo de construcción
• No existe restricción, excepto adobe, adobillo, similares total o parcial para la cobertura de sismo.
d. Otras exclusiones
• No existe restricción para riesgos habitacionales y servicios profesionales.