LÍNEA DE CRÉDITO PERSONAL SOLICITUD-CONTRATO
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LÍNEA DE CRÉDITO PERSONAL SOLICITUD-CONTRATO
SOFOM Inbursa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Inbursa
Xxxxx xx xxx Xxxxxx 000, Xxx. Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx III Sección, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx
1. Datos generales del solicitante
ID Cliente GFI: Primer nombre
Apellido paterno
RFC con homoclave o NIF
1.1 Generales |
Segundo nombre Apellido materno
d | d | / | m | m | / | a | a | a | a |
Fecha de nacimiento Entidad federativa de nacimiento País de nacimiento
Género:
PARA IMPRESIÓN
Femenino Masculino
Estado civil:
Casado Soltero
Nacionalidad En caso de ser de nacionalidad extranjera, indique su calidad migratoria en términos de la Ley de Migración:
Residente permanente Residente temporal Otra
Tipo de identificación Número de identificación
CURP FIEL
Ocupación, profesión, actividad, giro u objeto social
1.2 Domicilio particular |
Calle Núm. exterior Edificio Núm. interior C.P. Colonia Delegación o municipio
Ciudad o población Entidad federativa País
Tipo de vivienda: Propia Hipotecada Rentada Familiar | Otra | |||||||||||||||||||||||||||||
1.3 Contacto |
Teléfono del domicilio (con lada) Correo electrónico
Antigüedad de la línea telefónica Teléfono móvil (con lada) Compañía celular Años
DESTINADO
Inbursa Verde: Deseo consultar por internet el estado de cuenta de mi crédito. Sí No
Radar Inbursa: Autorizo de manera expresa el envío de avisos a mi teléfono móvil. Sí No
1.4 Datos del empleo actual
Nombre de la empresa o entidad donde trabaja
Negocio propio
Antigüedad Teléfono (con lada) Extensión
Sueldo o ingreso fijo Otros ingresos Especifique la fuente de otros ingresos Total de ingresos
1.6 Información adicional
a | a | / | m | m | |||||||||||||||||||
1.5 Ingresos mensuales y referencia de productos |
NO
¿Usted, su cónyuge, concubina(rio) o persona con parentesco de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado desempeña o ha desempeñado en los últimos
dos años, alguna función pública, política, judicial o militar de alta jerarquía en México o en el extranjero? Sí No
¿Quién?
Cargo: Fecha en que dejó el cargo
d | d | / | m | m | / | a | a | a | a |
AFI-47-10 AGOSTO 2017
Nombre(s) y apellidos:
Página 1 de 10
2. Referencias personales para contacto y gestiones de cobro (mínimo un familiar)
Primer nombre Segundo nombre
Apellido paterno Apellido materno
Teléfono particular (con lada) Teléfono oficina (con lada) Extensión Relación o parentesco Correo electrónico
Primer nombre Segundo nombre
Apellido paterno Apellido materno
3. Información del crédito |
Teléfono particular (con lada) Teléfono oficina (con lada) Extensión Relación o parentesco Correo electrónico
Monto de crédito autorizado
Monto de pago mensual
IMPRESIÓN
Plazo autorizado
Pagos mensuales
3 | 8 | m | e | s | e | s | 3 | 6 | ||||||||||||||||||||||||||||||
3.1 Datos de la cuenta en la que se depositará el crédito |
El nombre del titular de la cuenta en que se depositará el crédito debe ser el del solicitante del crédito.
3.2 Horario de contactación |
Número de cuenta CLABE a 18 posiciones Nombre del banco
Días de la semana
Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado
Horario
De x
Xxxxxxx
4. Declaraciones del solicitante
1. Quedo enterado de que SOFOM Inbursa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Inbursa, no contrae ninguna obligación a la entrega y recepción de la presente Solicitud-Contrato, y la autorizo para que la conserve independientemente de la resolución final del crédito.
2. Autorizo a SOFOM Inbursa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Inbursa, para utilizar mi información con fines mercadotécnicos o publicitarios, así como para recibir publicidad. Autorizo a SOFOM Inbursa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Inbursa, para utilizar y/o proporcionar la información contenida en esta solicitud y/u otros documentos que deriven de la operación del producto contratado, a cualquier empresa que forme parte del Consorcio al que ésta pertenece (conforme el término Consorcio se define en la Ley
NO DESTINADO PARA
xxx Xxxxxxx de Valores), para efectos de ofrecimiento y promoción de bienes, productos y servicios y/o prospección comercial. Sí No
Asimismo declaro bajo protesta de decir verdad que:
Firma del solicitante
i) La información y/o documentación que he proporcionado y que en el futuro llegue a proporcionar en relación con el o los productos o servicios que se solicitan mediante el presente contrato son y serán verídicos y auténticos, por lo que autorizo a que ello sea corroborado.
ii) Manifiesto que el origen y procedencia de los recursos empleados en cada una de las operaciones que realice al amparo de cada uno de los productos y servicios contratados con SOFOM Inbursa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Inbursa proceden de actividades lícitas y que manifiesto expresamente que no permitiré el uso o acceso a terceros para operar en los productos, cuentas, contratos o servicios contratados con SOFOM Inbursa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Inbursa.
iii) Manifiesto que no realizaré transacciones destinadas a favorecer actividades ilícitas, por lo que asumo cualquier responsabilidad que se genere por actuar ante SOFOM Inbursa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Inbursa en contravención a lo dispuesto en este contrato y/o en los demás productos o servicios que se presten en relación con el mismo. Adicionalmente declaro que he sido apercibido de las responsabilidades civiles y/o penales en las que pueden incurrir las personas que permitan a terceros el acceso o uso de sus productos o servicios financieros sin haberlo declarado, que oculten información o presenten información falsa en el uso de los productos o servicios financieros contratados o que actúen como prestanombres de terceros para el uso indebido de dichos productos y servicios financieros.
3. Manifiesto que la información es correcta considerando el artículo 98 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; que he leído y estoy de acuerdo en los términos y condiciones de la presente Solicitud-Contrato.
4. He leído y acepto incondicionalmente las condiciones de la presente Solicitud-Contrato.
5. Manifiesto expresamente que SOFOM Inbursa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Inbursa me hizo saber, previamente a la firma de la presente solicitud, el monto de las comisiones vigentes y estoy de acuerdo con el importe de las mismas, así mismo, acepto que SOFOM Inbursa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Inbursa proporcione mi información a terceros para efectos de manejo de aspectos operativos.
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6. Por este conducto autorizo expresamente a SOFOM Inbursa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Inbursa, para que por conducto de sus funcionarios facultados lleve a cabo investigaciones sobre mi comportamiento crediticio en las Sociedades de Información Crediticia que estime conveniente.
Asimismo, declaro que conozco la naturaleza y alcance de la información que se solicitará, del uso que SOFOM Inbursa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Inbursa hará de tal información y de que ésta podrá realizar consultas periódicas de mi historial crediticio, consintiendo que esta autorización se encuentre vigente por un período de 3 años contados a partir de la fecha de su expedición y en todo caso, durante el tiempo que mantenga relación jurídica conmigo.
Estoy consciente y acepto que este documento quede bajo propiedad de SOFOM Inbursa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Inbursa, para efectos de control y cumplimiento del artículo 28 de la Ley para Regular a las Sociedades de Información Crediticia.
Lugar: Fecha
d | d | / | m | m | / | a | a | a | a |
Si usted ya tuvo un Línea de Crédito Telmex o Telnor deberá pagar la última mensualidad para procesar esta solicitud.
Firma del solicitante
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5. Declaraciones de quien promueve o intermedia el producto (debe ser llenado obligatoriamente)
Declaro que durante el llenado del presente formato entrevisté personalmente al solicitante y hago constar que cotejé con su original la documentación referida en este documento y que informaré a esa institución inmediatamente cuando tenga conocimiento sobre cualquier cambio en la información contenida en el mismo,
con el propósito de actualizar el expediente del solicitante. Nombre y firma del asesor
¿Se realizó visita al domicilio del solicitante?
Sí Comentarios adicionales No
NO DESTINADO PARA IMPRESIÓN
¿Existe el domicilio?
Sí Comentarios adicionales No
¿Atendido en guardia bancaria?
Sí No
Nombre y firma del funcionario que confirma que el cliente acudió a la sucursal y el asesor lo atendió en su guardia.
6. Comisiones
Asesor 1
% |
Clave:
Participación: Nombre y firma
Asesor 2
% |
Clave: Participación:
Nombre y firma
7. Documentación requerida
A fin de dar trámite oportunamente a esta solicitud de crédito usted debe cumplir con los siguientes requisitos y anexar copia de la siguiente documentación:
1. Solicitud-contrato debidamente requisitada
2. Comprobante de domicilio no mayor a tres meses de antigüedad a partir de su expedición
3. Edad entre 18 y 70 años
4. Credencial de elector o pasaporte vigente
5. Estado de cuenta con cuenta CLABE reciente
6. Carta invitación enviada por Telmex
7. Tabla de amortización´por monto autorizado con firma del cliente
ID Cliente GFI: Número de identificación de clientes de Inbursa. FIEL: Número de serie de la Firma Electrónica Avanzada.
NIF: Número de Identificación Fiscal o equivalente en caso de extranjeros.
Para cualquier consulta estamos a sus órdenes en los teléfonos 0000 0000 o Lada sin costo 01 800 90 90000, de lunes x xxxxxxx de 7:00 a 20:00 hrs., así como en nuestras sucursales y oficinas.
Si la atención a sus solicitudes de servicio o aclaración no han sido satisfactorias, puede acudir a nuestra Unidad Especializada de Atención a Usuarios con oficinas en Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx con teléfonos de atención en la Ciudad de México y Área Metropolitana 5238 0649 o desde el interior de la República al 01 800 849 1000, o bien a través del correo electrónico xxxxxx@xxxxxxx.xxx
Número de registro en el RECA: 0000-000-000000/00-00000-0000
CARÁTULA DE CRÉDITO LÍNEA DE CRÉDITO PERSONAL
NO DESTINADO PARA IMPRESIÓN
SOFOM Inbursa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Inbursa Xxxxx xx xxx Xxxxxx 000, Xxx. Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx III Sección, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 11000, Ciudad de México
Nombre Comercial del Producto: LÍNEA DE CRÉDITO PERSONAL | |||
Tipo de Crédito: SIMPLE | |||
CAT (COSTO ANUAL TOTAL) | TASA DE INTERÉS ANUAL ORDINARIA Y MORATORIA | MONTO DEL CRÉDITO | MONTO TOTAL A PAGAR |
35.0% (treinta y cinco por ciento) Sin IVA, para fines informativos y de comparación | 34.3% (treinta y cuatro punto tres por ciento) Incluye IVA No aplica Tasa de Interés Anual Moratoria | Pesos moneda nacional | Pesos moneda nacional |
Plazo del crédito: 38 meses | Fecha límite de pago: Fecha xx xxxxx: | ||
COMISIONES RELEVANTES | |||
Pago tardío (xxxx): Penalidad por incumplimiento por la cantidad de $400.00 (cuatrocientos pesos 00/100 moneda nacional) más su correspondiente Impuesto al Valor Agregado (IVA), por cada mes en el que continúe el incumplimiento, durante todo el tiempo en que dure la xxxx. | |||
ADVERTENCIAS: Incumplir tus obligaciones te puede generar comisiones e intereses moratorios. Contratar créditos que excedan tu capacidad de pago afecta tu historial crediticio. | |||
SEGUROS | |||
No aplica | |||
ESTADO DE CUENTA | |||
Enviar a: domicilio | Consulta: vía internet | Envío por correo electrónico | |
Aclaraciones y reclamaciones: Unidad Especializada de Atención a Usuarios Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxx. Xxxx Xxxxx, Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx Tel.(00) 0000 0000 ó 00 000 00 00000 Correo electrónico: xxxxxx@xxxxxxx.xxx Página de internet: xxx.xxxxxxx.xxx | |||
Registro de Contratos de Adhesión Núm.: 0000-000-000000/00-00000-0000 Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) Tel. 00 000 000 0000 y (00) 0000 0000 |
Nombre completo y firma del cliente.
Manifiesto mi consentimiento en los términos señalados en la presente Carátula de Crédito, misma que forma parte de la Solicitud-Contrato.
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CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE EN MONEDA NACIONAL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SOFOM INBURSA, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO INBURSA REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA PERSONA QUE SE SEÑALA Y FIRMA LA PRESENTE SOLICITUD-CONTRATO (EN LO SUCESIVO ASI DENOMINADA), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO INBURSA, Y POR LA OTRA PARTE LA PERSONA CUYOS DATOS QUEDARON ASENTADOS EN LA SOLICITUD-CONTRATO A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO EL ACREDITADO, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I.- Declara el ACREDITADO, por su propio derecho y bajo protesta de decir verdad que:
a) Es una persona física, mayor de edad, con plena capacidad para celebrar el presente contrato, en lo sucesivo la Solicitud-Contrato.
b) Ha solicitado a INBURSA, un crédito simple, para ser dispuesto bajo los términos y condiciones de la presente Solicitud-Contrato.
c) Esta Solicitud-Contrato constituirá una obligación válida y exigible en su contra de conformidad con sus respectivos términos.
d) No existe procedimiento judicial o administrativo alguno en su contra que pueda afectar la legalidad, validez, o exigibilidad de las obligaciones derivadas de la presente Solicitud-Contrato, ni pasivos contingentes que afecten su solvencia.
e) Se encuentra al corriente en el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo y que a la fecha de este instrumento no ha incurrido en el incumplimiento de ningún contrato o convenio en los que sea parte y que como consecuencia de dicho incumplimiento se ponga en riesgo la celebración y cumplimiento de este instrumento.
f) La información que ha hecho del conocimiento, así como la cual ha entregado a INBURSA, refleja en forma veraz y fidedigna su condición financiera. Asimismo declara que la información y/o datos y/o documentos de identificación otorgados en copia fotostática son verídicos y autoriza a INBURSA a corroborarla de estimarlo conveniente.
g) Los flujos con los que pagará el importe del crédito que se le otorga mediante el presente instrumento son y serán propios, de procedencia lícita y producto de su actividad comercial, mercantil, profesional y/o laboral lícita.
NO DESTINADO PARA IMPRESIÓN
h) INBURSA le explicó antes de la fecha de firma de la presente Solicitud-Contrato de crédito y ha entendido perfectamente el contenido de la misma y de todos los documentos a suscribir por virtud de esta Solicitud-Contrato, así como los cargos, comisiones o gastos que se generarán a la firma del presente instrumento y el Costo Anual Total (CAT) SIN IVA el cual se proporciona expresado en términos porcentuales anuales exclusivamente para fines informativos y de comparación y que incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes al crédito y que se estipula en la Carátula que forma parte integrante de la presente Solicitud- Contrato correspondiente al monto del crédito que se otorga; con los cuales está de acuerdo en sus términos y condiciones.
i) Conoce que el CRÉDITO que se otorga mediante la presente Solicitud-Contrato, podrá ser otorgado con el apoyo de Nacional Financiera, S.N.C. (en lo sucesivo NAFIN), exclusivamente para fines de desarrollo nacional.
j) A la fecha de la presente Solicitud-Contrato, no le ha sido notificado ni se le ha dado a conocer formalmente una situación o hecho relacionado con sus obligaciones fiscales, crédito fiscal o algún acto de inicio de facultades de verificación o dentro de un Procedimiento Administrativo de Ejecución por parte del Servicio de Administración Tributaria o cualquier otra autoridad fiscal.
k) INBURSA ha puesto a su disposición previamente su Aviso de Privacidad, por lo que conociendo su contenido, otorgó su consentimiento para que sus Datos Personales, incluyendo los sensibles, sean tratados conforme se establece en dicho aviso. Así mismo, en caso de que haya proporcionado Datos Personales de otros Titulares, se obliga a hacer del conocimiento de esos Titulares que ha proporcionado tales datos a INBURSA y a hacer de su conocimiento tanto el referido Aviso de Privacidad, como los medios por los cuales esa institución lo tiene a su disposición.
II.- Declara INBURSA a través de su representante y bajo protesta de decir verdad que:
a) Es una sociedad financiera de objeto múltiple entidad regulada, debidamente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos y para su constitución y operación no requiere de la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
b) Su representante cuenta con facultades suficientes para obligarla en términos de este instrumento, mismas que a la fecha no le han sido revocadas o modificadas o limitadas en forma alguna.
c) Con base a las declaraciones del ACREDITADO está dispuesto a celebrar la presente Solicitud-Contrato con el fin de otorgarle al ACREDITADO un crédito simple, de conformidad con los términos y condiciones previstos en la presente Solicitud-Contrato y sujeto a la previa autorización de INBURSA de acuerdo a sus requisitos y políticas de crédito vigentes.
Expuesto lo anterior las partes están de acuerdo en otorgar las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- IMPORTE DEL CRÉDITO.- INBURSA otorga al ACREDITADO un crédito simple individual, en Moneda Nacional por la cantidad que determine INBURSA y que se señala en la presente Solicitud-Contrato, en lo sucesivo el CRÉDITO del cual se dará por recibido en la fecha que INBURSA lo abone a la cuenta que se indica en la presente Solicitud-Contrato.
En el importe del CRÉDITO no quedan comprendidos los intereses que se causen en virtud de esta Solicitud-Contrato.
El CRÉDITO a que se refiere esta Solicitud-Contrato no es revolvente, es decir, que cuando la disposición sea pagada, no se restablecerá total o parcialmente el monto del CRÉDITO.
SEGUNDA.- DESTINO DEL CRÉDITO.- El ACREDITADO destinará el CRÉDITO señalado en la presente Solicitud-Contrato, para necesidades de liquidez.
TERCERA.- DISPOSICIÓN DEL CRÉDITO.- El ACREDITADO podrá disponer hasta la totalidad del importe del CRÉDITO, mediante una sola disposición, dándose por recibido de dicho importe en la fecha en que INBURSA deposite el importe del CRÉDITO en la cuenta señalada en la presente Solicitud- Contrato. La disposición está sujeta a la disponibilidad financiera de la tesorería de INBURSA, en caso de que sea limitada por cualquier causa y no sea posible cubrir la disposición requerida, dicha limitación en ningún caso podrá originar responsabilidad alguna a cargo de INBURSA.
El ACREDITADO reconoce irrevocablemente que el estado de cuenta en donde conste el depósito del importe del CRÉDITO realizado por INBURSA, constituye el aviso de disposición y que la misma se documentará mediante asientos contables, por lo que el estado de cuenta certificado por el contador de INBURSA será prueba suficiente tanto de la disposición, como del importe pendiente de pago.
El ACREDITADO podrá dar por terminada la presente Solicitud-Contrato en un período xx xxxx días hábiles posteriores a la firma e la misma, sin responsabilidad alguna para el mismo, siempre y cuando el ACREDITADO no haya dispuesto el monto del CRÉDITO autorizado, en virtud de la mencionada cancelación INBURSA no cobrará comisión alguna.
CUARTA.- AMORTIZACIÓN Y PLAZO DEL CRÉDITO.- El ACREDITADO pagará el CRÉDITO mediante 36 (treinta y seis) pagos mensuales y consecutivos de capital e intereses, mismas cantidades que estarán incluidas en el monto total a pagar a través del recibo de la línea (en lo sucesivo la LÍNEA), dentro del plazo del CRÉDITO, que será de 38 (treinta y ocho) meses contados a partir de que se haya realizado la disposición del CRÉDITO y de conformidad con la Tabla de Amortización (en lo sucesivo así denominada) misma que será entregada al ACREDITADO a la firma del presente instrumento y que forma parte de la presente Solicitud-Contrato.
El ACREDITADO realizará la primera amortización de capital y pago de intereses, a más tardar en la fecha xx xxxxx indicada en el recibo de la LÍNEA del mes siguiente al que se otorgue el CRÉDITO.
En el entendido que la segunda y subsecuentes amortizaciones de capital y pagos de intereses las realizará mensualmente precisamente en la fecha xx xxxxx indicada en los subsecuentes recibos de la LÍNEA hasta la total liquidación del CRÉDITO, dentro del plazo estipulado para la vigencia de la presente Solicitud-Contrato, el cual en ningún caso será prorrogable.
La fecha límite de pago del saldo deudor podrá ser consultada en el recibo de la LÍNEA y en la Carátula de la presente Solicitud- Contrato.
Una vez vencido el plazo del CRÉDITO, sus accesorios legales y convencionales deberán haber sido pagados en su totalidad a INBURSA, permaneciendo vigente la presente Solicitud-Contrato y sus disposiciones hasta su total pago. Todos los pagos deberán hacerse libres de cualquier deducción o retención alguna en fondos inmediatamente disponibles.
NO DESTINADO PARA IMPRESIÓN
En caso de que el día en que deba de realizarse cualquier amortización de capital y/o pago de intereses y/o cualquier otro gasto que deba cubrir sea inhábil, dicho pago deberá de realizarse el día hábil inmediato siguiente.
QUINTA.- INTERESES ORDINARIOS.- El ACREDITADO pagará mensualmente intereses ordinarios sobre el saldo insoluto del CRÉDITO a razón de aplicar la tasa fija, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 34.3% (treinta y cuatro punto tres por ciento) anual. El periodo para el cómputo de intereses será en forma mensual. Las partes convienen que la tasa de interés ordinaria aplicable al CRÉDITO, se calculará tomando como base un año calendario de 360 (trescientos sesenta) días, sobre el número de días efectivamente transcurridos, es decir, 365 (trescientos sesenta y cinco) días entre 12 (doce) meses; en el entendido de que el pago de intereses no podrá ser exigido por adelantado, sino únicamente por períodos vencidos.
INBURSA y el ACREDITADO, de conformidad con el artículo 363 del Código de Comercio, el cual se transcribe más adelante en la presente cláusula, acuerdan expresamente que los intereses ordinarios que se generen sobre el saldo insoluto del CRÉDITO a partir de la fecha en que se le abonen los recursos al ACREDITADO en la cuenta señalada en la presente Solicitud-Contrato y hasta el segundo mes inmediato siguiente contado a partir de esta fecha, sean capitalizados, por lo que, dichos intereses serán exigibles, se darán por vencidos y las partes acuerdan que se procederá a su respectiva capitalización, en virtud de lo anterior, en la fecha en que se capitalicen dichos intereses, el saldo insoluto del CRÉDITO incluirá la capitalización correspondiente.
«Artículo 363 del Código de Comercio.- Los intereses vencidos y no pagados, no devengarán intereses. Los contratantes podrán, sin embargo, capitalizarlos.»
SEXTA.- PENALIDAD POR INCUMPLIMIENTO.- En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del ACREDITADO, éste pagará a INBURSA, a partir de la fecha del incumplimiento una penalidad por la cantidad de $400.00 (cuatrocientos pesos 00/100 moneda nacional) más su correspondiente Impuesto al Valor Agregado (IVA), por cada mes en el que continúe el incumplimiento, durante todo el tiempo en que dure la xxxx (en lo sucesivo “Penalidad por Incumplimiento").
SÉPTIMA.- CARGOS Y ABONOS.- El ACREDITADO acepta y autoriza a INBURSA para abonar cualquier disposición del CRÉDITO en la cuenta que en su caso Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa (el «BANCO» ) le maneje a INBURSA; así mismo el ACREDITADO autoriza, faculta e instruye irrevocablemente a INBURSA de conformidad con el documento que el ACREDITADO entrega a INBURSA por separado para efectuar los cargos correspondientes en la cuenta que le maneja en su caso el BANCO respecto de cualquier adeudo que resulte en su contra, así como cualquier interés ordinario y/o penalidad(es) por incumplimiento y/o penas convencionales que se causen por dichos adeudos y en este acto manifiesta expresamente su consentimiento para que se cargue: el principal, los intereses, comisiones, gastos o erogaciones que por cualquier concepto se generen con motivo de la presente Solicitud-Contrato.
El ACREDITADO podrá en cualquier momento cancelar la autorización a que se refiere el párrafo anterior mediante simple aviso dado por escrito al BANCO o a INBURSA, en cuyo caso el ACREDITADO se obliga a realizar todos y cada uno de los pagos restantes del CRÉDITO en la cuenta que le señale a INBURSA para tal efecto.
En caso de que INBURSA no efectuará el cargo a la cuenta que en su caso le maneja el BANCO de los pagos a que el ACREDITADO está obligado conforme a la presente Solicitud-Contrato o en ésta no existieren fondos suficientes para realizar los cargos autorizados, el ACREDITADO se obliga a pagar directamente en cualquiera de las sucursales del BANCO, las mensualidades correspondientes, o en su caso, en cualquier otro domicilio que INBURSA le señale al efecto, en días y horas hábiles.
De conformidad con lo establecido en la Circular 22/2008 (VEINTIDÓS DIAGONAL DOS MIL OCHO) del Banco de México, INBURSA acreditará el pago del CRÉDITO de acuerdo al medio de pago que se utilice, de la manera siguiente:
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Medios de pago | Fechas de acreditamiento del pago |
Efectivo | Se acreditará el mismo día. |
Cheque | a) Del BANCO, se acreditará el mismo día b)De otro banco, depositado antes de las 16:00 (dieciséis) horas se acreditará a más tardar el día hábil bancario siguiente, y después de las 16:00 (dieciséis) horas, se acreditará a más tardar el segundo día hábil bancario siguiente |
Domiciliación | Se acreditará: a) En la fecha que se acuerde con el ACREDITADO b) En la fecha límite de pago del CRÉDITO |
Transferencia electrónica de fondos | a) A través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), o mediante cargos y abonos en cuentas del BANCO se acreditará el mismo día hábil en que se ordene la transferencia. b) Si el Pago se realiza a través del Sistema de Transferencias Electrónicas, se acreditará a más tardar el día hábil bancario siguiente. |
OCTAVA.- LUGAR DE PAGO.- El ACREDITADO pagará a favor de INBURSA, sin necesidad de requerimiento o previo aviso, cualquier pago tanto de capital como de intereses que en su caso se generen con motivo del CRÉDITO a través del pago del recibo de la LÍNEA o en el domicilio que INBURSA señala en la presente Solicitud-Contrato, o en cualquier otro domicilio que señale INBURSA por escrito, en horas y días hábiles.
En caso de que al ACREDITADO no le llegue a su domicilio el recibo de la LÍNEA o en éste no se señale el monto del pago mensual del CRÉDITO, el ACREDITADO se obliga a pagar directamente en cualquiera de las sucursales del BANCO, el pago mensual correspondiente, o en su caso, en cualquier otro domicilio que INBURSA le señale al efecto, en días y horas hábiles.
NOVENA.- PAGOS ANTICIPADOS.- El ACREDITADO y/o alguna otra Entidad, podrá pagar por anticipado total o parcialmente el CRÉDITO a cargo del ACREDITADO, sin penalización alguna, siempre y cuando, esté al corriente en los pagos a que se refiere esta Solicitud-Contrato y la Tabla de Amortización, sin que ese hecho lo exima de la obligación de efectuar los pagos inmediatos siguientes. En caso de que el pago sea realizado por una Entidad, está última debe de cumplir con los requisitos establecidos por INBURSA y debe de realizar el pago por el total insoluto del CRÉDITO y, en este caso INBURSA le cederá todos sus derechos derivados del mismo.
INBURSA deberá de entregar al ACREDITADO, un comprobante del monto del pago anticipado realizado por el ACREDITADO cada vez que éste lo realice, dicho monto se aplicará en forma exclusiva al saldo insoluto del CRÉDITO.
NO DESTINADO PARA IMPRESIÓN
En caso de que el ACREDITADO realice algún pago anticipado parcial, INBURSA le entregará por escrito, la nueva Tabla de Amortización que contenga el saldo insoluto del CRÉDITO, la cual le será entregada al recibir el pago anticipado, o bien, por el medio pactado en la presente Solicitud-Contrato para la entrega de los estados de cuenta, a más tardar en la fecha en que se le entregue el estado de cuenta correspondiente al período inmediato siguiente al que se realizó dicho pago anticipado.
Si por cualquier circunstancia el ACREDITADO no recibe la nueva Tabla de Amortización a más tardar en la fecha en que se efectúe el pago anticipado o en la fecha en que se le entregue el estado de cuenta correspondiente al período en que se efectuó dicho pago anticipado, el ACREDITADO podrá acudir directamente a cualquier sucursal de BANCO a solicitarla.
DÉCIMA.- DENUNCIA.- INBURSA se reserva el derecho de denunciar la presente Solicitud-Contrato, mediante simple aviso dado al ACREDITADO por escrito de conformidad con lo establecido en el presente instrumento.
DÉCIMA PRIMERA.- APLICACIÓN DE PAGOS.- Todo pago realizado bajo la presente Solicitud-Contrato, se aplicará de la siguiente manera: en primer lugar a cualquier gasto, costo o comisión pendiente de pago derivado de esta Solicitud-Contrato, en segundo lugar a penalidad(es) por incumplimiento, en tercer lugar a intereses ordinarios del mes correspondiente al pago y en último lugar a capital.
DÉCIMA SEGUNDA.- TÍTULO EJECUTIVO.- La presente Solicitud-Contrato, junto con el estado de cuenta certificado por el contador del INBURSA, es título ejecutivo sin necesidad de reconocimiento de firma, ni de otro requisito, determinándose el saldo insoluto y accesorios legales y convencionales por el contador de INBURSA.
DÉCIMA TERCERA.- CESIÓN.- INBURSA en el momento que así lo estime pertinente, podrá ceder total o parcialmente los derechos inherentes a esta Solicitud-Contrato, en los términos establecidos por la Ley para estos casos, para lo cual el ACREDITADO lo faculta expresamente.
El ACREDITADO no podrá ceder ningún derecho y/u obligación derivada de la presente Solicitud-Contrato a ningún tercero, sin la previa autorización de INBURSA otorgada por escrito.
DÉCIMA CUARTA.- ESTADO DE CUENTA.- El ACREDITADO reconoce y acepta que el cargo que aparezca en el recibo de la LÍNEA no constituye un comprobante fiscal y que en caso de que el ACREDITADO requiera del desglose y/o de un comprobante fiscal, lo recibirá directamente de INBURSA.
INBURSA se obliga a informar al ACREDITADO el saldo del CRÉDITO, el Costo Anual Total del mismo, así como los cargos y abonos efectuados, a través de los estados de cuenta mensuales que emita al efecto.
EL ACREDITADO en este acto acepta, conviene y da su consentimiento a INBURSA para obtener los estados de cuenta del CRÉDITO, directamente en las sucursales del BANCO y/o a través de la página de internet de INBURSA (xxx.xxxxxxx.xxx), en el entendido de que el ACREDITADO podrá en cualquier momento realizar la consulta de sus saldos en las sucursales de BANCO, en el centro de atención a clientes de INBURSA y/o en la página de internet de INBURSA.
Para realizar consultas de saldos, transacciones y movimientos por cualquiera de los medios antes señalados, el ACREDITADO deberá de contar con su número de CRÉDITO, en caso de acudir directamente a las sucursales del BANCO deberá presentar su identificación oficial vigente.
DÉCIMA QUINTA.- IMPUESTOS.- El ACREDITADO se obliga a cubrir a INBURSA los cargos que procedan por concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA), conforme a las leyes vigentes aplicables, sobre los intereses ordinarios y en su caso a la(s) penalidad(es) por incumplimiento que se generen conforme a lo pactado en esta Solicitud-Contrato.
DÉCIMA SEXTA.- CAUSAS DE VENCIMIENTO ANTICIPADO.- INBURSA podrá dar por vencidas anticipadamente las obligaciones a cargo del ACREDITADO y exigir el pago del saldo insoluto del CRÉDITO y de sus accesorios pactados en la presente Solicitud-Contrato, sin lugar a declaración previa, en los siguientes casos:
a) Si el ACREDITADO deja de cubrir puntualmente una o más de las obligaciones de pago pactadas en este instrumento.
b) Si el importe del CRÉDITO no es empleado precisamente para el fin indicado en la presente Solicitud-Contrato.
c) Si INBURSA notifica al ACREDITADO la denuncia del CRÉDITO objeto del presente instrumento.
d) Si es entablado por o en contra del ACREDITADO cualquier procedimiento de concurso civil o admite por escrito su incapacidad para pagar sus deudas, según corresponda.
e) Si cualquier declaración hecha por el ACREDITADO para obtener el CRÉDITO, o cualquier certificación o documento que haya entregado en cumplimiento de las obligaciones a su cargo en esta Solicitud-Contrato, resulta ser falsa o incorrecta al momento de haber sido hecha o entregada.
f) Si el ACREDITADO no da aviso de cualquier cambio en la información señalada en la presente Solicitud-Contrato.
g) Si el ACREDITADO no cumpliere con cualquiera de las obligaciones a su cargo derivadas de esta Solicitud-Contrato o de la Ley.
h) En caso de muerte, declaración de estado de interdicción, inhabilitación o ausencia del ACREDITADO.
En los casos anteriores se podrá dar por vencido anticipadamente el plazo y se hará exigible en una sola exhibición la totalidad del capital adeudado, de sus intereses y demás accesorios legales y convencionales y pactados en la presente Solicitud-Contrato y en el entendido de que INBURSA le notificará al ACREDITADO, dentro de los 5 (cinco) días siguientes a que tenga conocimiento de cualquiera de las situaciones anteriores que se llegaren a presentar y su decisión de dar por vencidas anticipadamente la presente Solicitud-Contrato, mientras el saldo insoluto del CRÉDITO no sea pagado, se generará(n) penalidad(es) por incumplimiento a cargo del ACREDITADO, a partir de la fecha en que INBURSA notifique al ACREDITADO la terminación anticipada de la presente Solicitud-Contrato.
El ACREDITADO podrá solicitar la terminación de la presente Solicitud-Contrato en cualquier tiempo, para lo cual deberá solicitar a INBURSA su cancelación mediante simple comunicación escrita presentada en cualquier sucursal del BANCO y/o en las oficinas de lNBURSA, y este último a más tardar el día hábil inmediato siguiente a la fecha de la solicitud respectiva, informará al ACREDITADO el importe de los adeudos y dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes INBURSA pondrá a su disposición dicho dato en la sucursal del BANCO elegida por el ACREDITADO, asimismo INBURSA proporcionará al ACREDITADO una clave que identificará su solicitud de terminación y una vez liquidados los adeudos, se dará por terminada la presente Solicitud-Contrato.
Mientras el ACREDITADO no liquide la totalidad del saldo que se le dé a conocer, la presente Solicitud-Contrato no será cancelada.
NO DESTINADO PARA IMPRESIÓN
Para el caso de que no exista saldo pendiente de pago, INBURSA dará por terminada esta Solicitud-Contrato el día hábil siguiente a la fecha de presentación de la solicitud del ACREDITADO y reportará a la Sociedad de Información Crediticia que la cuenta está cerrada y sin adeudo alguno dentro del plazo que para tales efectos señale la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. Para el caso de que exista algún saldo a favor del ACREDITADO derivado del presente CRÉDITO, INBURSA le entregará dicho importe en la fecha de cancelación del mismo, deduciendo en su caso, los cargos y gastos generados a la fecha de terminación de la presente Solicitud-Contrato, en ambos casos INBURSA entregará al ACREDITADO dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a partir de que hubiera realizado el pago del monto adeudado un estado de cuenta mediante el cual se dará constancia de la cancelación de la Solicitud-Contrato y la inexistencia de adeudos pendientes entre las partes.
Para el caso de que exista algún saldo a favor del ACREDITADO derivada de la terminación anticipada de la presente Solicitud-Contrato, INBURSA le entregará dicho importe en la fecha de cancelación de la misma.
El ACREDITADO podrá convenir por escrito la terminación de la operación de la presente Solicitud-Contrato por conducto de otra institución financiera que se denominará “receptora”, la cual, en caso de ser procedente, debe abrir una cuenta a nombre del ACREDITADO y comunicar a INBURSA su compromiso con la veracidad y legitimidad de la instrucción de terminación por parte del ACREDITADO.
En esta situación INBURSA dará a conocer a la institución financiera “receptora” la información respecto del saldo y aquella que resulte necesaria para la terminación de la operación solicitada por el ACREDITADO.
Lo anterior a fin de que la institución financiera “receptora” proceda a liquidar el adeudo del ACREDITADO convirtiéndose en acreedora del mismo por el importe correspondiente y a llevar a cabo los trámites respectivos bajo su responsabilidad y sin cobro de comisión alguna por tales gestiones.
DÉCIMA SÉPTIMA.- COMISIÓN MERCANTIL.- INBURSA podrá contratar con distintas entidades y/o establecimientos mercantiles (los «Establecimientos»), comisiones mercantiles indelegables en términos del artículo 273, (mismo que se transcribe más adelante en la presente cláusula) y demás aplicables del Código de Comercio y de las Disposiciones de carácter general aplicables a las Instituciones de Crédito, con la finalidad de que en dichos Establecimientos se auxilie a INBURSA en la ejecución de algunas de las operaciones materia de la presente Solicitud-Contrato, particularmente en la recepción de pagos.
INBURSA en todo momento tendrá la facultad de determinar y/o modificar las reglas, términos y condiciones bajo las cuales deberá regirse y ejecutarse la recepción de pagos o cualquier otro servicio que se preste o llegue a prestarse en los Establecimientos, los cuales estarán sujetos en todo momento al cumplimiento de la legislación y reglamentación, así como disposiciones administrativas aplicables, emitidas por la autoridad competente. INBURSA podrá notificar al ACREDITADO ya sea por escrito o vía medios electrónicos aquellos Establecimientos con quienes celebre los contratos de comisión mercantil a que se refiere este apartado.
El ACREDITADO reconoce que los Establecimientos no están autorizados por el Gobierno Federal ni por INBURSA para asumir obligaciones a su nombre y por cuenta de este último y no se encuentran supervisados ni regulados por las autoridades financieras.
«Las operaciones realizadas a través de los comisionistas bancarios podrán generar comisión, consulte antes de realizar su operación». Los Establecimientos actuarán a nombre y por cuenta de INBURSA.
«Artículo 273 del Código de Comercio.- El mandato aplicado a actos concretos de comercio, se reputa comisión mercantil. Es comitente el que confiere comisión mercantil y comisionista el que la desempeña.»
DÉCIMA OCTAVA.- IMPREVISIÓN.- El ACREDITADO renuncia expresa e irrevocablemente a invocar y/o ejercer cualquier derecho que puedan tener a su favor por circunstancias y/o acontecimientos desconocidos, extraordinarios y/o imprevisibles que le afecten o puedan afectar de cualquier manera en el cumplimiento de sus obligaciones en el presente instrumento. La presente renuncia no afecta el interés público, ni de terceros.
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DÉCIMA NOVENA.- MODIFICACIONES.- En caso de que INBURSA durante la vigencia de la presente Solicitud-Contrato decida modificar parcial o totalmente los términos y condiciones de la misma, en el entendido de que tanto comisiones y/o tasas de interés no tendrán modificación alguna y se respetarán las establecidas en la presente Solicitud-Contrato. INBURSA hará del conocimiento del ACREDITADO por escrito de la modificación realizada con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda que surtan efectos las modificaciones correspondientes. Para el caso de que INBURSA modifique los términos y condiciones de la presente Solicitud-Contrato, el ACREDITADO dentro de un plazo de 30 (treinta) días naturales siguientes a que surta efectos la modificación correspondiente tendrá derecho a dar por terminado la presente Solicitud-Contrato, en caso de no estar de acuerdo con dicha modificación sin responsabilidad alguna a su cargo, en el entendido de que el ACREDITADO deberá pagar a INBURSA el saldo insoluto del CRÉDITO, los cargos, gastos y comisiones generados a la fecha de terminación de la presente Solicitud-Contrato y bajo las condiciones pactadas originalmente.
VIGÉSIMA.- CONTACTO PARA GESTIONES DE COBRO.- El ACREDITADO en este acto autoriza y faculta irrevocablemente a INBURSA para que cualquier asunto relacionado con la presente Solicitud-Contrato, inclusive las gestiones de cobro de cualquier cantidad pagadera al amparo de la misma, pueda realizarlo a través de cualquiera de los siguientes medios: i) comunicado por escrito enviado al domicilio del ACREDITADO y/o de las Referencias Personales para Contacto y Gestiones de Cobro que el propio ACREDITADO proporcionó a INBURSA en la Solicitud-Contrato y/o a entidades que forman parte directa o indirectamente del Grupo Financiero Inbursa, S.A.B. de C.V., sus subsidiarias y afiliadas, con motivo de alguna relación jurídica celebrada con alguna de dichas entidades y/o los proporcionados a través de alguno de los medios electrónicos al BANCO y/o los proporcionados con posterioridad a la formalización de la relación contractual, con motivo de las actualizaciones de los datos anteriormente proporcionados y/o a través de los obtenidos de manera indirecta relacionados con el ACREDITADO y/o los proporcionados por alguna de las Referencias Personales para Contacto y Cobro (los
«AUTORIZADOS»); y/o ii) un mensaje enviado al correo electrónico del ACREDITADO y/o de los AUTORIZADOS cuando dicho correo electrónico haya sido proporcionado por el propio ACREDITADO; y/o iii) a través de llamadas a los números telefónicos del ACREDITADO y/o de los AUTORIZADOS.
En este sentido, es responsabilidad única y exclusivamente del ACREDITADO la designación de los «AUTORIZADOS», y por lo tanto de hacer del conocimiento de los mismos el contenido del Aviso de Privacidad así como los medios por los cuales INBURSA lo tiene a su disposición, en virtud de que el ACREDITADO en este acto manifiesta que cuenta con el consentimiento de los «AUTORIZADOS» para proporcionar sus datos personales para los fines descritos en la presente cláusula. Por lo que INBURSA en ningún momento será responsable por las inconformidades que dichas llamadas pudieran ocasionar.
NO DESTINADO PARA IMPRESIÓN
VIGÉSIMA PRIMERA.- ACLARACIONES.- Cuando el ACREDITADO no esté de acuerdo con alguno de los cargos que aparezcan en el estado de cuenta, podrá presentar una solicitud de aclaración dentro del plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx, la cual podrá presentarse en cualquier sucursal del BANCO y/o en las oficinas de INBURSA, o bien, en la Unidad Especializada de atención a usuarios de INBURSA en Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Teléfonos en la Ciudad de México 52 38 06 49, en el interior de la República 01 800 849 10 00, correo electrónico xxxxxx@xxxxxxx.xxx mediante escrito, correo electrónico o cualquier otro medio con el que el ACREDITADO pueda acreditar fehacientemente la recepción de dicha solicitud, misma que INBURSA deberá acusar de recibido, o directamente en la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) a los teléfonos, en el interior de la República 01 800 999 80 80, o en la Ciudad de México 53 40 09 99, o en su página de internet xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, o al correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx. INBURSA tendrá un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días para entregar por escrito al ACREDITADO el dictamen correspondiente a la aclaración solicitada, al que deberá anexar copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión del dictamen que se entregue, con base en la información que, conforme a las disposiciones aplicables, obre en su poder, con un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en la solicitud presentada por el ACREDITADO. En caso de que conforme al dictamen señalado en el párrafo anterior resulte procedente el cobro realizado por INBURSA, el ACREDITADO deberá realizar el pago de la cantidad a su cargo, más los intereses ordinarios generados conforme a lo establecido en la presente Solicitud-Contrato, sin que proceda el cobro de penalidad(es) por incumplimiento y otros accesorios generados por la suspensión del pago que se haya realizado en términos de lo establecido en la presente cláusula. INBURSA deberá poner a disposición del ACREDITADO en la sucursal de BANCO en la que entregó la solicitud de aclaración, o bien, en la Unidad Especializada de INBURSA, el expediente generado con motivo de la solicitud, así como integrar en éste toda la documentación e información que, conforme a las disposiciones aplicables, obre en su poder y que se relacione directamente con la solicitud de aclaración que corresponda, el expediente no podrá incluir información de operaciones relacionadas con terceras personas.
INBURSA mantendrá a disposición del ACREDITADO, en la sucursal de BANCO donde presentó su solicitud de aclaración, o bien, en la Unidad Especializada de INBURSA la información relativa al estado que guarda su solicitud presentada en términos de lo pactado en la presente cláusula.
Se podrán consultar las cuentas en redes sociales siguientes: en Facebook Inbursa Gfi y en Twitter en @XxxxxXxxxxxx.xxx
INBURSA proporcionará al ACREDITADO de manera gratuita información para evitar posibles fraudes en los productos o servicios contratados al amparo de esta Solicitud-Contrato, como son notificaciones de la realización de operaciones e información en su página de la red mundial de internet.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- AUTORIZACIÓN Y CANCELACIÓN PARA PROPORCIONAR INFORMACIÓN.- El ACREDITADO, de conformidad con lo establecido
en la Solicitud-Contrato, en este acto autoriza a INBURSA, para que éste último proporcione sus Datos Personales (nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico u información análoga) a cualquier empresa que sea parte integrante de Grupo Financiero Inbursa, S.A.B. de C.V., con la finalidad de que cada una de las empresas integrantes de dicho grupo, puedan ofrecerle sus servicios.
El ACREDITADO autoriza a INBURSA a que proporcione sus Datos Personales, a terceros distintos a los señalados en el párrafo que antecede para fines promocionales relacionados con bienes o servicios, así como para compartir sus Datos Personales, a efecto de comercializar productos adicionales al que se refiere la presente Solicitud-Contrato.
En caso de que el ACREDITADO decida cambiar su consentimiento respecto a lo establecido en los párrafos anteriores, deberá acudir a cualquier sucursal del BANCO y manifestar por escrito lo anterior, a fin de que INBURSA realice el cambio correspondiente.
VIGÉSIMA TERCERA.- NO CONDICIONAMIENTO.- INBURSA tiene prohibido condicionar la contratación de operaciones o servicios financieros a la contratación de otra operación o servicio.
Las partes convienen que INBURSA podrá ofrecer al ACREDITADO productos y servicios financieros de otras entidades que estén ligados a cualquiera de los productos y servicios objeto de la presente Solicitud-Contrato, siempre que se cuente con el consentimiento expreso del ACREDITADO para contratar productos o servicios adicionales o ligados con la presente Solicitud-Contrato, en el entendido de que el ACREDITADO podrá contratar dichos productos o servicios a través de un tercero independiente.
El ACREDITADO otorga en este acto su aprobación para que INBURSA pueda compartir su información, que no esté sujeta a disposiciones de secrecía con terceros que ofrezcan otro tipo de productos y servicios adicionales y que estén relacionados con los productos o servicios objeto de la presente Solicitud- Contrato.
VIGÉSIMA CUARTA.- DOMICILIO.- Para todos los efectos legales derivados de esta Solicitud-Contrato, las partes señalan como sus domicilios: El ACREDITADO señala como su domicilio fiscal actual: El señalado en la presente Solicitud-Contrato.
INBURSA: Xxxxx xx xxx Xxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad de México.
El ACREDITADO e INBURSA señalan como su domicilio los consignados en la presente Solicitud-Contrato, estando facultado el ACREDITADO, para modificar dicho domicilio en cualquier tiempo, mediante aviso por escrito con acuse de recibo que dirija a INBURSA, en el entendido que dicha notificación surtirá efectos en un plazo de 30 (treinta) días hábiles, contados a partir de la fecha en que el ACREDITADO entregue la notificación de cambio de domicilio a INBURSA.
Mientras las partes no notifiquen a la otra de cualquier cambio de domicilio, las notificaciones que en los domicilios arriba señalados se realicen, surtirán plenamente sus efectos legales.
VIGÉSIMA QUINTA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN.- Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de las obligaciones derivadas de esta Solicitud-Contrato, las partes y comparecientes se someten a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, y a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción a la que pudieren tener derecho en virtud de sus domicilios presentes o futuros, de la ubicación de sus bienes o por cualquier otra causa.
Leída la presente Solicitud-Contrato por las partes y enteradas de su contenido la firman dando su consentimiento en el lugar y fecha señalada en esta Solicitud-Contrato, entregando un ejemplar de la misma INBURSA al ACREDITADO.
Acreditado Inbursa
NO DESTINADO PARA IMPRESIÓN