PAGACRÉDITO MÁS
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TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO
EL PRESENTE DOCUMENTO HACE PARTE INTEGRAL DEL TÍTULO DE CAPITALIZACIÓN
Primera. OBJETO: El objeto del presente Título es estimular el ahorro en los clientes de Banco Caja Social, quienes, además de constituir un capital, con el pago de una cuota determinada, participarán en un sorteo mensual efectuado por COLMENA CAPITALIZADORA S.A. Si el Título resultare favorecido en dicho sorteo, el valor del premio será abonado al saldo insoluto del crédito mencionado en el Título, otorgado por Banco Caja Social. En el evento de verificarse la cancelación total de la deuda con el monto del sorteo, si existiere algún saldo, éste será entregado directamente al Suscriptor.
Segunda. VALIDEZ: Este Título requiere para su validez la firma autorizada de un funcionario de COLMENA CAPITALIZADORA S.A. y para su activación, el pago efectivo de la cuota, la firma y el código de un funcionario de la Entidad Financiera Agrupadora, autorizado por COLMENA CAPITALIZADORA S.A. entidad que en adelante se denominará la CAPITALIZADORA.
Tercera. PLAZOS: El plazo de ahorro total del Título se divide en dos períodos: El primero del mes 1 al 36 y el segundo del mes 37 al 48 (plazo de ahorro total).
Cuarta. CUOTA ÚNICA: El Suscriptor del Título depositará al inicio de la vigencia, una suma determinada de dinero que se denomina cuota única. En caso de que el Suscriptor deseare continuar con su ahorro después de vencido el primer período, deberá depositar al inicio del mes treinta y siete (37) una suma igual a veinticinco (25) veces la cuota única del primer período.
Parágrafo Primero: El término máximo para el pago de la cuota única de ahorro es hasta el día diez (10) de cada mes calendario, fecha límite para participar en el sorteo del mes respectivo. Si el día del vencimiento coincide con xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se tomará como último día hábil el inmediatamente anterior.
Parágrafo Segundo: El Suscriptor adquiere el derecho a que la CAPITALIZADORA transfiera el ahorro, cuyos montos aparecen en la tabla de Valores de Rescate incluida en este plegable, a un fondo en el cual devengarán el interés técnico estipulado en dicha tabla. En todo caso se garantiza un interés técnico mínimo del 0.5% efectivo anual.
Quinta. SORTEOS MENSUALES: La CAPITALIZADORA se compromete a efectuar mensualmente un sorteo durante el primer período del contrato de capitalización, con supervisión de la autoridad competente, en el cual participarán los Títulos que hayan consignado oportunamente la cuota, dentro del grupo de cuarenta y ocho mil (48.000) participantes establecido en el Título. Si el Título resultare favorecido en el sorteo, el Suscriptor tendrá derecho a un premio de quince (15) veces la cuota única y cinco (5) premios adicionales cada uno por el valor de la cuota única, los cuales serán abonados al saldo insoluto del crédito otorgado al Suscriptor por la Entidad Financiera Agrupadora. En el evento de verificarse la cancelación total de la deuda con el monto del sorteo, si existiere algún saldo, éste será entregado directamente al Suscriptor, quien a su vez podrá perseverar en el contrato o recibir el valor correspondiente.
Sexta. CANCELACIÓN ANTICIPADA: Si el Título fuere cancelado anticipadamente, el Suscriptor recibirá de la CAPITALIZADORA, la cantidad de dinero a que tenga derecho, de acuerdo con los Valores de Rescate correspondientes al tiempo de retiro, valores que están sujetos al comportamiento semanal de la DTF.
Séptima. CADUCIDAD Y REHABILITACIÓN: El presente Título no caduca bajo ninguna circunstancia; en consecuencia no habrá lugar a rehabilitación.
Octava. PRESCRIPCIÓN: Toda deuda en favor del Suscriptor por concepto de Valores de Rescate, participación de beneficios, capitales vencidos y no pagados en los vencimientos, prescribe a los diez (10) años contados a partir del mes 48, plazo de ahorro total.
Novena. LIQUIDACIÓN: Para cualquier liquidación definitiva se requiere la entrega del Título a la CAPITALIZADORA.
Décima. CONTROL DEL TÍTULO: Solamente el(los) Suscriptor(es) podrá(n) ejercer los derechos, privilegios y beneficios que aquí se estipulan. Si hay varios Suscriptores y el tipo de manejo es alternativo, cualquiera de ellos podrá ejercer estos derechos mediante la presentación del Título y del documento de identidad que lo identifique como tal.
Décima Primera. TRANSFERENCIAS: El presente Título ha sido expedido nominativamente; cualquier transferencia del mismo operará por endoso a favor de un deudor de la Entidad Financiera Agrupadora, previa autorización escrita del Suscriptor, que deberá ser presentada ante la CAPITALIZADORA para efectos pertinentes. El endoso será registrado en el Título correspondiente, con la aprobación de la CAPITALIZADORA, quien en todo caso, se reserva el derecho a aceptar el endoso antes indicado.
Décima Segunda. DOMICILIO Y NOTIFICACIÓN: El Suscriptor y la CAPITALIZADORA señalan como lugar del cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente contrato y como domicilio contractual, la ciudad de Bogotá D.C., sin perjuicio de las disposiciones procesales vigentes. La CAPITALIZADORA recibirá notificaciones en la sede de su oficina principal, en la ciudad de Bogotá D.C., Xxxxxxx Xx Xxxxxx Xx 00X-00 Xxxxx X Xxxx 0.
Décima Tercera. APROBACIÓN: El presente contrato ha sido elaborado por la CAPITALIZADORA y la aprobación del Título hecha por la Superintendencia Financiera, de conformidad con las condiciones establecidas en el Art. 180 del E.O.S.F. y TIT. VI, CAP. I, NUM. 1, SUBNUM. 1.1 de la Circular Externa 007 de 1996 de la Superintendencia Financiera de Colombia.
ANEXOS
En cumplimiento de lo previsto en el Título VI, Capítulo I, Numeral 2, Subnumeral 2.4.8 de la Circular Externa 007 de 1996 de la Superintendencia Financiera, se transcribe de éste mismo capítulo la siguiente información:
2.4. SORTEOS DE CAPITALIZACIÓN
2.4.1. CONFORMACIÓN DE GRUPOS: Para determinar el número de grupos en el sorteo se debe dividir el número de Suscriptores que han de participar entre el tamaño del grupo (1.200, 1.000, 900, etc.). Si el cuociente es exacto, el número de grupos debe coincidir con el número de títulos que deben resultar favorecidos. Si existe residuo en esta división, el número de grupos debe ser igual al cuociente entero más uno y el número de títulos favorecidos debe ser igual al número entero de cuociente más la probabilidad de que salga favorecido un Suscriptor en el grupo incompleto.
2.4.2. ELABORACIÓN DE LAS LISTAS DE LOS SUSCRIPTORES QUE HAN DE PARTICIPAR EN EL SORTEO: Las listas de los Suscriptores que han de participar en el sorteo pueden elaborarse utilizando cualquier orden que, en todo caso, conforme al tamaño del grupo, garantice la aleatoriedad e igualdad de posibilidades de participación a cada uno de los integrantes del grupo. Las listas deben estar a disposición de los Suscriptores tres (3) días hábiles antes del sorteo, para su examen.
2.4.3. DERECHO A PARTICIPAR EN EL SORTEO: Los Suscriptores tendrán derecho a que la compañía les demuestre su participación en el sorteo. El Suscriptor que habiendo satisfecho sus cuotas en la oportunidad determinada en el contrato, no figurare en las listas de uno o más sorteos, tendrá derecho a participar en el siguiente con un número adicional de posiciones en un mismo grupo, igual al de los sorteos en que ha dejado de tomar parte.
2.4.4. INFORMACIÓN A LOS SUSCRIPTORES FAVORECIDOS: Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la realización del sorteo, las sociedades de capitalización deben informar a los Suscriptores favorecidos sobre dicha circunstancia, mediante comunicación escrita enviada al domicilio que para el efecto se registre en la compañía, sin perjuicio de la utilización de mecanismos adicionales de amplia difusión.
2.4.5. PARTICIPACIÓN DE TÍTULOS RESCINDIDOS: Cuando al rescindir un Título se advierta que éste ha dejado de participar en uno o más sorteos a que tenía derecho, se resarcirá al Suscriptor con la devolución del costo de los sorteos correspondientes, adicionados los intereses generados desde la fecha de pago de la cuota hasta la de cancelación del Valor de Rescate, calculados a la tasa fijada por la Capitalizadora para préstamos con garantía del Título.
No obstante, previa estipulación contractual, la devolución puede sustituirse con la participación del Suscriptor en el sorteo que se realice con mayor proximidad a la fecha en que se detectó la situación, con un número de posiciones en el mismo grupo igual al de los sorteos en que no participó, sin que ésta alternativa implique la prórroga del Título ni la causación de cuotas a cargo del Suscriptor. En todo caso, en el evento en que no se efectúe el sorteo en las condiciones previstas, debe hacerse efectiva la devolución en los términos igualmente establecidos.
2.4.6. TÍTULOS CADUCADOS O RESCINDIDOS: Si efectuado un sorteo resulta favorecido un Título caducado o rescindido, se considerará favorecido el Título vigente que tenga la posición posterior, o la anterior en caso de no encontrarse Títulos vigentes con posiciones posteriores, en forma tal que siempre resulte favorecido uno de los Suscriptores del grupo.
2.4.7. TÍTULOS RESCINDIDOS ANTES DEL SORTEO: El Suscriptor que pague oportunamente la cuota y rescinda su título antes del sorteo, no puede participar en éste. No obstante, el Valor de Rescate se le computará sobre las cuotas pagadas hasta la fecha de la rescisión, sin descontar la cuota del sorteo en que no participó.
SEÑOR SUSCRIPTOR
En la sede de Colmena Capitalizadora o en cualquier oficina del Banco Caja Social, usted podrá tramitar:
• Cancelación o Rescisión, con el Original del Título y el Original y fotocopia del documento de identidad.
• Expedición de Certificación en caso de pérdida o extravío del Título, con denuncio original y el Original y fotocopia del documento de identidad.
• Endoso del Título, con el Certificado de Crédito del Nuevo Suscriptor.
• Solicitudes relacionadas con su producto.
Para mayor información comuníquese con Capitalizadora Colmena en Bogotá al 210 50 80 o en la línea 01 8000 112320.
Pagacrédito Más es un producto emitido y administrado por Colmena Capitalizadora S.A.
Para quejas o reclamos comuníquese con la Línea Amiga del Banco Caja Social, con Capitalizadora Colmena, o con el Defensor del Consumidor Financiero, cuya información de contacto podrá ser consultada en xxx.xxxxxxx-xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
NOTA: EL CONTENIDO ANTERIOR CORRESPONDE AL IMPRESO EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO.
TÍTULO
Producto Aprobado por la Superintendencia Financiera
Grupo de Sorteo: 48.000 Suscriptores
Plazo Total: Primer período del mes 1 al mes 36. Segundo período del mes 37 al mes 48.
Valor del Sorteo Mensual: 1 Premio de 15 veces la cuota única y 5 premios adicionales cada uno por el valor de la cuota única.
ADVERTENCIA PARA EL SUSCRIPTOR
Mediante el presente contrato el Suscriptor se compromete a entregar una suma fija de dinero, entendiéndose que de la cuota una parte se destina a la constitución de un fondo de ahorro y, la otra, a deducir los gastos iniciales pendientes de amortización en que incurra la Capitalizadora, tales como expedición del Título, papelería, comisiones, administración y costos del sorteo. Por consiguiente, en caso de rescisión o cancelación anticipada del contrato por parte del Suscriptor, la cantidad de dinero a que tiene derecho no siempre resultará igual a la cuota pagada, siendo la obligación de la compañía en este sentido, entregar al Suscriptor en el momento que lo solicite, la cantidad de dinero a que tenga derecho de acuerdo con la Tabla de Valores de Rescate anexa a este Título (*) (TIT. VI. CAP I. NUM. 2. SUBNUM. 2.1.1. Literal a, de la Circular Externa 007 de 1996 de la Superintendencia Financiera de Colombia). Se aclara que la Tabla de Valores de Rescate mencionada corresponde a un ejemplo.
Banco Caja Social actúa bajo la exclusiva responsabilidad de Capitalizadora Colmena S.A. y, por lo tanto, no asume ninguna obligación frente al Cliente relacionado con la ejecución del negocio que da origen a esta transacción.
NOTA: es importante tener en cuenta que para este plan, el interés técnico es del 80% de la DTF y será liquidado con el promedio de la DTF de la semana inmediatamente anterior, con un mínimo del 0.5% anual.
Este producto no se encuentra amparado por un Seguro de Depósitos.
AUTORIZACIÓN
Como titular de la cuenta No. autorizo a Banco Caja Social para debitar
2. Por su seguridad no entregue los documentos para la cancelación de su Título a personas que estén haciendo fila.
3. Le recomendamos no utilizar a terceras personas para realizar sus operaciones, siempre hágalas personalmente y tampoco acepte ayuda de personas extrañas en la realización de sus solicitudes, ni en la firma de los documentos para reclamar el pago del Título de Capitalización.
4. Tome su tiempo para realizar y entender la transacción que está realizando, no permita presiones por parte de personas que estén realizando la misma operación.
5. Siempre revise los documentos antes de firmarlos.
6. Asegúrese que el pago de su Título haya quedado depositado en su cuenta.
7. Recuerde reclamar el Comprobante de Cancelación totalmente diligenciado y firmado.
Procedimiento para la Cancelación del Título de Capitalización
1. Acercarse personalmente a la oficina del Banco Caja Social donde lo adquirió, o directamente a la oficina de Capitalizadora Colmena S.A. en Bogotá, en la Xxxxxxx Xx Xxxxxx Xx. 00X - 00 Xxxxx X xxxx 0.
2. Entregar el original del Título de Capitalización, fotocopia del documento de identidad y presentar el original de éste.
3. Si el original del Título de Capitalización ha sido extraviado, presentar denuncio original en donde se indique claramente el número del Título.
He sido informado y capacitado acerca de las medidas de seguridad que deberé tener en cuenta para el manejo del producto de capitalización a través de los diferentes canales, así como los procedimientos para la cancelación del mismo.
* SE ANEXAN TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO DE PAGACREDITO MAS.
** Valor comisión por la transacción $0.00
Un producto de: COLMENA CAPITALIZADORA NIT: 890300383-2
de mi cuenta el valor de $ Moneda Legal, por concepto de la
adquisición del Título de Capitalización Pagacrédito Más a mi nombre, valor que se debe acreditar a la cuenta de Colmena Capitalizadora No. . (**)
Así mismo, AUTORIZO a que Capitalizadora Colmena S.A. una vez se cumpla el plazo de ahorro total, pueda realizar la cancelación del Título de Capitalización y girar la totalidad de los recursos realizando abono al Crédito que se encuentra relacionado con el presente Título o a la obligación que tenga más vencida con el Banco Caja Social a mi cargo y en favor de éste.
MEDIDAS DE SEGURIDAD
Porque pensamos en su seguridad, al momento de realizar las operaciones relacionadas con su Título de Capitalización, tenga en cuenta la siguiente información:
Para la adquisición de su Título de Capitalización:
1. El Título de Capitalización, solamente es vendido por el funcionario del Banco Caja Social que está debidamente identificado.
2. Xxx detenidamente los términos y condiciones del contrato del Título de Capitalización que está recibiendo.
3. En el Título de Capitalización verifique que sus datos personales sean correctos.
4. Firme el Título de Capitalización, junto con el funcionario del Banco que realizó la venta.
5. No olvide reclamar el original del Título de Capitalización junto con los Términos y Condiciones del Contrato.
Para la cancelación de su Título de Capitalización en el Banco Caja Social
1. Recuerde que únicamente debe realizar los trámites con un funcionario de Banco Caja Social debidamente identificado en la oficina donde adquirió el Título, o de manera directa en las instalaciones de Colmena Capitalizadora en Bogotá, en la Xxxxxxx Xx Xxxxxx Xx. 00X - 00 Xxxxx X xxxx 0.
TABLA DE VALORES DE RESCATE
Señor Suscriptor: A continuación encontrará dos tablas de valores de rescate, la primera con el interés mínimo garantizado correspondiente al 0.5% EA (80% DTF 0.625%) y la segunda con un DTF 4.4% EA (80% DTF 4.4%) que refleja el comportamiento actual de esta tasa de referencia.
El valor de rescate es el valor que usted recibe al cancelar su título de capitalización, una vez abonados intereses y descontado gastos.
Las tablas de valores de rescate son únicamente indicativas y se incluyen en el presente plegable a manera de ejemplo. El mes de nivelación depende del comportamiento de la DTF, el cual podrá ser anterior o posterior al mes indicado en el ejemplo.
Para calcular el valor de rescate de su ahorro en un mes especifico, debe usar la siguiente fórmula:
Valor de Rescate = (Valor del título de capitalización*valor de rescate en un mes específico) / 1000
Por ejemplo y de acuerdo con las tablas de valores de rescate presentadas a continuación; si el cliente adquirió un título de capitalización de $300.000 y quiere conocer el valor de rescate en el mes 36 de acuerdo con la tabla de interés mínimo garantizado del 0,5%:
El valor de rescate en el mes 36 es: 923,03, con lo cual el valor de rescate, es decir el valor que recibiría el cliente en el mes 36, es:
Valor rescate mes 36 = (300.000*923.03)/1000= $ 276.909,06 El valor de rescate en el mes 36 de acuerdo con la tabla con una tasa de DTF de 3.52% (valor actual), es:
Valor rescate mes 36 = (300.000*1009.28)/1000= $302.783,27
Ejemplo con el interés mínimo garantizando correspondiente al 0.5% (80% DTF 0.625% EA) Cuenta de Ahorro 25.000
Ejemplo DTF xx xxxxxxx correspondiente a 3,52% (80% DTF 4.4% EA) Cuenta de Ahorro 25.000
MES | CUOTA DE AHORRO | GASTOS | CAPITAL DE AHORRO | GASTOS SORTEO | VALOR DE RESCATE |
1 | 1.000 | 33.88 | 965,70 | 0,00 | 965,97 |
2 | 1,25 | 0,42 | 964,70 | ||
3 | 1,25 | 0,42 | 963,44 | ||
4 | 1,25 | 0,42 | 962,17 | ||
5 | 1,25 | 0,42 | 960,90 | ||
6 | 1,25 | 0,42 | 959,64 | ||
7 | 1,25 | 0,42 | 958,37 | ||
8 | 1,25 | 0,42 | 957,10 | ||
9 | 1,25 | 0,42 | 955,83 | ||
10 | 1,25 | 0,42 | 954,56 | ||
11 | 1,25 | 0,42 | 953,29 | ||
12 | 1,25 | 0,42 | 952,02 | ||
13 | 1,19 | 0,42 | 950,81 | ||
14 | 1,19 | 0,42 | 949,60 | ||
15 | 1,19 | 0,42 | 948,39 | ||
16 | 1,19 | 0,42 | 947,17 | ||
17 | 1,19 | 0,42 | 945,96 | ||
18 | 1,19 | 0,42 | 944,75 | ||
19 | 1,19 | 0,42 | 943,53 | ||
20 | 1,19 | 0,42 | 942,32 | ||
21 | 1,19 | 0,42 | 941,10 | ||
22 | 1,19 | 0,42 | 939,89 | ||
23 | 1,19 | 0,42 | 938,67 | ||
24 | 1,19 | 0,42 | 937,45 | ||
25 | 1,17 | 0,42 | 936,25 | ||
26 | 1,17 | 0,42 | 935,05 | ||
27 | 1,17 | 0,42 | 933,85 | ||
28 | 1,17 | 0,42 | 932,65 | ||
29 | 1,17 | 0,42 | 931,45 | ||
30 | 1,17 | 0,42 | 930,25 | ||
31 | 1,17 | 0,42 | 929,05 | ||
32 | 1,17 | 0,42 | 927,85 | ||
33 | 1,17 | 0,42 | 926,64 | ||
34 | 1,17 | 0,42 | 925,44 | ||
35 | 1,17 | 0,42 | 924,23 | ||
36 | 1,17 | 0,42 | 923,03 | ||
37 | 25.000 | 1,15 | 24.998,85 | 0,42 | 25929,19 |
38 | 1,15 | 0,00 | 25938,81 | ||
39 | 1,15 | 0,00 | 25948,44 | ||
40 | 1,15 | 0,00 | 25958,08 | ||
41 | 1,15 | 0,00 | 25967,71 | ||
42 | 1,15 | 0,00 | 25977,35 | ||
43 | 1,15 | 0,00 | 25987,00 | ||
44 | 1,15 | 0,00 | 25996,65 | ||
45 | 1,15 | 0,00 | 26006,30 | ||
46 | 1,15 | 0,00 | 26015,96 | ||
47 | 1,15 | 0,00 | 26025,62 | ||
48 | 1,15 | 0,00 | 26035,28 |
MES | CUOTA DE AHORRO | GASTOS | CAPITAL DE AHORRO | GASTOS SORTEO | VALOR DE RESCATE |
1 | 1.000 | 33.88 | 965,70 | 0,42 | 967,56 |
2 | 1,25 | 0,42 | 968,68 | ||
3 | 1,25 | 0,42 | 969,81 | ||
4 | 1,25 | 0,42 | 970,94 | ||
5 | 1,25 | 0,42 | 972,07 | ||
6 | 1,25 | 0,42 | 973,21 | ||
7 | 1,25 | 0,42 | 974,35 | ||
8 | 1,25 | 0,42 | 975,49 | ||
9 | 1,25 | 0,42 | 976,64 | ||
10 | 1,25 | 0,42 | 977,79 | ||
11 | 1,25 | 0,42 | 978,94 | ||
12 | 1,25 | 0,42 | 980,10 | ||
13 | 1,22 | 0,42 | 981,28 | ||
14 | 1,22 | 0,42 | 982,47 | ||
15 | 1,22 | 0,42 | 983,66 | ||
16 | 1,22 | 0,42 | 984,86 | ||
17 | 1,22 | 0,42 | 986,06 | ||
18 | 1,22 | 0,42 | 987,26 | ||
19 | 1,22 | 0,42 | 988,47 | ||
20 | 1,22 | 0,42 | 989,67 | ||
21 | 1,22 | 0,42 | 990,89 | ||
22 | 1,22 | 0,42 | 992,10 | ||
23 | 1,22 | 0,42 | 993,32 | ||
24 | 1,22 | 0,42 | 994,54 | ||
25 | 1,24 | 0,42 | 995,75 | ||
26 | 1,24 | 0,42 | 996,96 | ||
27 | 1,24 | 0,42 | 998,18 | ||
28 | 1,24 | 0,42 | 999,40 | ||
29 | 1,24 | 0,42 | 1000,62 | ||
30 | 1,24 | 0,42 | 1001,85 | ||
31 | 1,24 | 0,42 | 1003,08 | ||
32 | 1,24 | 0,42 | 1004,31 | ||
33 | 1,24 | 0,42 | 1005,55 | ||
34 | 1,24 | 0,42 | 1006,79 | ||
35 | 1,24 | 0,42 | 1008,03 | ||
36 | 1,24 | 0,42 | 1009,28 | ||
37 | 25.000 | 1,25 | 24.998,74 | 0,00 | 26059,02 |
38 | 1,25 | 0,00 | 26132,99 | ||
39 | 1,25 | 0,00 | 26207,17 | ||
40 | 1,25 | 0,00 | 26281,57 | ||
41 | 1,25 | 0,00 | 26356,18 | ||
42 | 1,25 | 0,00 | 26431,01 | ||
43 | 1,25 | 0,00 | 26506,05 | ||
44 | 1,25 | 0,00 | 26581,32 | ||
45 | 1,25 | 0,00 | 26656,79 | ||
46 | 1,25 | 0,00 | 26732,49 | ||
47 | 1,25 | 0,00 | 26808,40 | ||
48 | 1,25 | 0,00 | 26884,53 |
Valor del Rescate: Es el valor a que tiene derecho el Suscriptor en cualquier momento del plan, el cual depende de los meses que permanezca la cuota ahorrada, previo el descuento de los diferentes gastos generados por el Título y sumado el interés técnico correspondiente.
Interés Técnico: Es el rendimiento que se le reconoce a los valores de rescate, que permite al final de la meta de ahorro se logre la nivelación del Título. El interés técnico equivale al 80% de la D.T.F.
Nota: Los valores de rescate están sujetos al comportamiento semanal de la D.T.F.